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委内瑞拉的法律

Resolución Nº 601 - Establece las Normas sobre diseño, emisión, utilización y canje de guías electrónicas de circulación de productos forestales

颁布于 2019-01-31 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
委内瑞拉
主题
Forestry
关键词
forestry protection measures, timber, timber extraction/logging, transport/storage, legal proceedings/administrative proceedings, data collection/reporting, internal trade, agro-forestry, authorization/permit, forest management/forest conservation

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  1. Caracas, jueves 7 de febrero de 2019 Número 41.581 SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N° 3.760, mediante el cual se nombra a la ciudadana Laura Carolina Guerra Angulo, como Superintendenta Nacional de Auditoría Interna (SUNAI), en calidad de Encargada. VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Fundación “Gran Misión Hogares de la Patria” Providencia mediante la cual se constituye la Comisión de Contrataciones de esta Fundación, con carácter permanente, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se especifican. Comisión Central de Planificación Servicio Nacional de Contrataciones Providencia mediante la cual se designa al ciudadano José Luis Belloso, como Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto. Providencia mediante la cual se designan a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se indican, como Miembros de la Comisión de Contrataciones del Servicio Nacional de Contrataciones. VICEPRESIDENCIA SECTORIAL DE ECONOMÍA Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas Providencia mediante la cual se establecen los requisitos y trámites para el envío y recepción de Remesas en criptoactivos a personas naturales en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO Resolución mediante la cual se constituye la Comisión de Contrataciones de este Ministerio, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan. Resolución mediante la cual se crea el Comité de Licitaciones para la Enajenación de Bienes Públicos Nacionales pertenecientes a este Ministerio, integrado por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Pedro Celestino Lugo Martínez, como Responsable Patrimonial de los Bienes Públicos, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ Resolución mediante la cual se establecen las “Normas para la Administración y Mitigación de los Riesgos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, aplicables a las Oficinas de Riesgo y Notarías Públicas del País”. Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingos y Máquinas Traganíqueles Providencia mediante la cual se establecen las Normas para la Prevención, Control y Fiscalización de los Delitos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, que deben implementar los Casinos y Salas de Bingo. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Radamés Jesús Gómez Azuaje, como Jefe de Misión, en la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela acreditada ante la República de Indonesia. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE COMERCIO NACIONAL Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan, como Directores Generales de las Oficinas que en ellas se especifican, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA PESCA Y ACUICULTURA INSOPESCA Providencias mediante las cuales se designan a las ciudadanas que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Instituto. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas y al ciudadano que en ella se mencionan, para ocupar los cargos que en ella se especifican, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE INAC Providencia mediante la cual se otorga el Permiso Operacional a la Sociedad Mercantil Almacenadora Andromeda, C.A., de acuerdo a las condiciones, estipulaciones y términos que en ella se indican. INEA Providencias mediante las cuales se designan a los ciudadanos que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Instituto. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSOCIALISMO Resolución mediante la cual se establecen las Normas sobre diseño, emisión, utilización y canje de guías electrónicas de circulación de productos forestales, procedentes de aprovechamiento debidamente autorizados por este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ATENCIÓN DE LAS AGUAS Resoluciones mediante las cuales se designan a la ciudadana y al ciudadano que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Edixon Josué Sencial Sencial, como Director General de la Oficina de Atención Ciudadana, de este Ministerio. TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA Sala Plena Acta de la Sesión de la Sala Plena, relativa a la reelección del doctor Maikel José Moreno Pérez, como Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, así como de la Junta Directiva que la integra, reelección de los Presidentes y Vicepresidentes de las respectivas Salas del Alto Juzgado y Directores de los Órganos Auxiliares. Dirección Ejecutiva de la Magistratura Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Zuly Yanet Torres Méndez, como Directora General de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en condición de Encargada. Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Yamaly de la Luna Aguilar Calatayud, como Jefa de la División de Relaciones Laborales de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en condición de Encargada. AÑO CXLVI - MES IV SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N° 3.760, mediante el cual se nombra a la ciudadana Laura Carolina Guerra Angulo, como Superintendenta Nacional de Auditoría Interna (SUNAI), en calidad de Encargada. VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Fundación “Gran Misión Hogares de la Patria” Providencia mediante la cual se constituye la Comisión de Contrataciones de esta Fundación, con carácter permanente, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se especifican. Comisión Central de Planificación Servicio Nacional de Contrataciones Providencia mediante la cual se designa al ciudadano José Luis Belloso, como Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto. Providencia mediante la cual se designan a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se indican, como Miembros de la Comisión de Contrataciones del Servicio Nacional de Contrataciones. VICEPRESIDENCIA SECTORIAL DE ECONOMÍA Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas Providencia mediante la cual se establecen los requisitos y trámites para el envío y recepción de Remesas en criptoactivos a personas naturales en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO Resolución mediante la cual se constituye la Comisión de Contrataciones de este Ministerio, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan. Resolución mediante la cual se crea el Comité de Licitaciones para la Enajenación de Bienes Públicos Nacionales pertenecientes a este Ministerio, integrado por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Pedro Celestino Lugo Martínez, como Responsable Patrimonial de los Bienes Públicos, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ Resolución mediante la cual se establecen las “Normas para la Administración y Mitigación de los Riesgos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, aplicables a las Oficinas de Riesgo y Notarías Públicas del País”. Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingos y Máquinas Traganíqueles Providencia mediante la cual se establecen las Normas para la Prevención, Control y Fiscalización de los Delitos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, que deben implementar los Casinos y Salas de Bingo. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Radamés Jesús Gómez Azuaje, como Jefe de Misión, en la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela acreditada ante la República de Indonesia. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE COMERCIO NACIONAL Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan, como Directores Generales de las Oficinas que en ellas se especifican, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA PESCA Y ACUICULTURA INSOPESCA Providencias mediante las cuales se designan a las ciudadanas que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Instituto. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas y al ciudadano que en ella se mencionan, para ocupar los cargos que en ella se especifican, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE INAC Providencia mediante la cual se otorga el Permiso Operacional a la Sociedad Mercantil Almacenadora Andromeda, C.A., de acuerdo a las condiciones, estipulaciones y términos que en ella se indican. INEA Providencias mediante las cuales se designan a los ciudadanos que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Instituto. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSOCIALISMO Resolución mediante la cual se establecen las Normas sobre diseño, emisión, utilización y canje de guías electrónicas de circulación de productos forestales, procedentes de aprovechamiento debidamente autorizados por este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ATENCIÓN DE LAS AGUAS Resoluciones mediante las cuales se designan a la ciudadana y al ciudadano que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Ministerio. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Edixon Josué Sencial Sencial, como Director General de la Oficina de Atención Ciudadana, de este Ministerio. TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA Sala Plena Acta de la Sesión de la Sala Plena, relativa a la reelección del doctor Maikel José Moreno Pérez, como Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, así como de la Junta Directiva que la integra, reelección de los Presidentes y Vicepresidentes de las respectivas Salas del Alto Juzgado y Directores de los Órganos Auxiliares. Dirección Ejecutiva de la Magistratura Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Zuly Yanet Torres Méndez, como Directora General de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en condición de Encargada. Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Yamaly de la Luna Aguilar Calatayud, como Jefa de la División de Relaciones Laborales de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en condición de Encargada. ~ DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 445.438 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Jueves 7 de febrero de 2019 MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSOCIALISMO REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 259 CARACAS, S DE NOVIEMBRE DE 2018 208º, 159º Y 19º En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 78, numeral 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos y el artículo 12 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Marinas y Actividades Conexas, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 5 y artículo 18 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. DECIDE tículo 1. Nombrar al ciudadano PIERINO D'ANGELA VITTI, titular de la •• dula de identidad Nº V-6.265.694, como Capitán de Puerto, en la Capitanía de Puerto de Ciudad Bolívar del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos. CÓDIGO Nº RAC 075; a partir del 05 de noviembre de 2018. Artículo 2, El referido ciudadano antes de asumir el cargo, deberá prestar juramento de cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las Leyes de la República, los deberes inherentes a sus funciones y rendir cuenta en los términos y condiciones que determine la ley. Artículo 3. Los actos y documentos firmados a partir de la publicación de esta Providencia Administrativa, deberán indicar de forma inmediata bajo la firma del funcionario nombr la fech n ero de la mis!de la Gaceta Oficial de la República Bol~, ~ ibl", •• Ve zuela cual haya si o publicada. ¡/ '! i:'$'"" 'Vff~·i;(1-~ Comuníque ! lrV) IR OMERO SAU{ZAR nal de1ÍÍs Espacios Acuáticos ta Ofiaat Nro. 41.153 del 18 de mayo de 2017 al No. 41.166 de fecha 6 de junio de 2017 REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 260 CARACAS, 5 DE NOVIEMBRE DE 2018 208º, 159º Y 19º En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 78, numeral 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos y el artículo 12 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Marinas y Actividades Conexas, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 5 y artículo 18 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. DECIDE Artículo 1. Nombrar al ciudadano ISAAC GUSTAVO JORDAN ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº V-1.569.236, a partir del 26 de octubre de 2018, como capitán de Puerto, en la Capitanía de Puerto de Maracaibo del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos. CÓDIGO Nº RAC 127 Artículo 2. El referido ciudadano antes de asumir el cargo, deberá prestar juramento de cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las Leyes de la República, los deberes inherentes a sus funciones y rendir cuenta en los términos y condiciones que determine la ley. MERO SALAZAR nal de los Espacios Acuáticos Ofklal Nro. 41.153 del 18 de mayo de 2017 'al No. 41.166 de fecha 6 de íunío de 2017 REPÚBUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSOCIAUSMO DESPACHO DEL MINISTRO RESOLUCIÓN Nº 601 caracas, 31 de enero de 2019 208°, 159º y 19° El Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo, designado mediante Decreto Nº 3.464 de fecha 14 de junio de 2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.419 de la misma fecha, en ejercido de las atribuciones conferidas por los artículos 65 y 78, numerales 3 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.147 Extraordinario de fecha 17 de noviembre de 2014; en concordancia con lo previsto en los artículos 128 y 129 de la Ley de Bosques publicada en Gaceta Oficial de la Rei;>ública Bolivariana de Venezuela Nº 40.222 de fecha 06 de agosto de 2013, articulo 6 numeral 2, literal c, y 52 de la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos publicada en Gaceta Oficial N°6.149 de fecha 18 de noviembre de 2014; CONSIDERANDO Que el traslado de productos forestales fuera del área de extracción, así como el depósito y transporte, deben estar amparados en las guías de circulación de productos forestales, las cuales constituyen un mecanismo de control para el tráfico de productos del patrimonio forestal, conforme a lo establecido en la Ley de Bosques, CONSIDERANDO Que el aprovechamiento forestal genera la circulación de productos forestales de carácter perecedero por lo que el Estado venezolano a través de la autoridad competente debe velar por su debido traslado, para lo cual deben estar amparados por las guías de circulación, conforme a las normas que rigen la materia, CONSIDERANDO Que el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, a través del Sistema de Guías Electrónicas Forestales (SIGEFOR), permite registrar y emitir guías electrónicas de circulación de productos forestales y su canje, para amparar su traslado fuera del área de extracción así como su depósito y transporte en el territorio nacional, RESUELVE Artículo 1. Establecer las normas sobre diseño, emisión, utilización y canje de guías electrónicas de circulación de productos forestales procedentes de aprovechamientos debidamente autorizados por el Ministerio del Poder Popular para f~Ecosocialismo. Articulo 2. A los efectos de la presente Resolución, se entenderá por: a) Circulacl6n de Productos Forestales: acción de transportar productos forestales fuera del área de aprovechamiento hasta un centro de depósito o transformación. b) Depósito de Productos Forestales: establecimiento legalmente constituido cuyo objeto sea el depósito, acopio, transporte, distribución, procesamiento o comercialización de productos forestales, debidamente registrado ante el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, con el permiso ambiental de instalación y funcionamiento de Industrias forestales. c) Guia de Circuladón de Productos Forestales: instrumento de control previo, de carácter oficial que expide el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo para controlar por un tiempo determinado la circulación de los productos forestales. d) canje de Guías de Circulac16n de Productos Forestales: trámite por el cual se sustituye por una nueva, la guía de circulación de productos forestales, ya sea por el vencimiento de la anterior guía o como consecuencia del depósito, importación, adjudicación o transformación de los productos forestales en productos elaborados. e) Inutillzaclón de Guias de Circulacl6n de Productos Forestales: Trámite de obligatorio cumplimiento, una vez que los productos forestales, se ubican en el sitio de depósito, que consiste en estampar el sello de Inutilizado, fecha y firma del Director de la Unidad Territorial de Ecosocialismo respectivo en la Guía de Circulación de Productos Forestales. f) Código QR: Es un código de respuesta rápida (del inglés Quick Response cede) generado por el Sistema de Guías Electrónicas Forestales (SIGEFOR), para almacenar Información de las guías electrónicas. El código se puede leer desde un dispositivo móvil por un lector específico (lector de QR), mostrando al momento de su lectura la información correspondiente. Artículo 3. La guía de circulación de productos forestales, será proporcionada por el Sistema de Guías Electrónicas Forestales (SIGEFOR), que gestiona el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, deberá ser Impresa en papel bond, color blanco, tamaño carta; y contendrá la información correspondiente al solicitante, acto administrativo de que se trate, número de guía; Código QR; firma del Director de la Unidad Territorial de Ecosocialismo respectiva, así como las casillas a ser selladas por los órganos de guardería ambiental, durante su control. Articulo 4. Los tipos de guías de circulación de productos forestales son: a) Guía de Aprovechamiento: será expedida para amparar la circulación de productos forestales provenientes de las áreas de aprovechamiento hasta los centros de transformación o depósito. La guía de aprovechamiento tendrá el siguiente formato: Jueves 7 de febrero de 2019 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 445.439 Nllmalo de Gula xxxxxx ■ o.a:-.-.: •---------~----,nu--.w UIS IA IIII =:.=.m,~~=-~=--==-------..-...... ~-------.. --~---.-UIA AL lA ,.. .. , .. , ........... .. , - - - - ., .. ,. IIIMadllFINillnml - - -- - - .... 11 - // ·- 11 ·- 11 ........... ... .,, , .. , - - - - ., ........ ~ .. ,. dlll fllnlilMlil - - -- - - .... 11 - 11 -, , - , , b) Guía de canje, será expedida por el vencimiento de la guía de aprovechamiento y para amparar la circulación de productos forestales que fueron transformados, importados o adjudicados. La guía de canje tendrá el siguiente formato: lw NQmonulo Gula xxxxxx ■ ·-------------~--.. ....,... ,. .., , =~-==:.~-::".a:.:=-..:::~--&--D--IIIIIA ª ,.. ,, .." .. ~,..,-------... - - - - Artículo 5. La guía de circulación de productos forestales será emitida en función de las cantidades o volúmenes a transportar, para madera en rolas y aserrada por metro cúbico (m3}; para machihembrado por metro cuadrado (m2), para carbón vegetal y similares por kilogramo (Kg) y para estantillos y similares por unidades (Un), identificados por una codificación numérica signada por el Sistema de Guías Electrónicas de Productos Forestales (SIGEFOR). Artículo 6. La guía de circulación de productos forestales, tendrá un valor único de Veinte Unidades Tributarias (20 U.T.), el cual deberá pagarse mediante depósito en la cuenta especial que el servicio autónomo "Servicios Ambientales del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Desconcentrado" (SAMARN) adscrito del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, indique a tal efecto. Articulo 7. La guía de circulación será entregada al solicitante, una vez efectuado el pago correspondiente, mediante Oficio firmado por el Director de la Unidad hiintorial de Ecosocialismo de la jurisdicción correspondiente, dentro de un lapso máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que se hiciere la solicitud. Las guías de circulación de productos forestales que no sean utilizadas por el beneficiario, deben ser devueltas a la Unidad Terlitorial de Ecosocialismo (UTEC) emisora, a los fines de seguimiento y control, en un lapso que no exceda de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de su notificación. Artículo 8. La guía de circulación de productos forestales indicará su vigencia al momento de su expedición, en ningún caso excederá los treinta (30) días hábiles de vigencia. Artículo 9, Una vez transportados los productos forestales, el responsable de las guías dispone de tres (3) días hábiles para inutilizarla ante la Unidad Territorial de Ecosocialismo de la jurisdicción. Artículo 10. La guía de circulación inutilizada es válida únicamente para amparar los productos forestales en depósito o en proceso de transformación, por un período máximo de tres (3) meses, contados desde la fecha de inutilización. Vencido este plazo, deberá procederse al canje inmediato por una nueva, que deberá ser igualmente inutilizada en caso de que los bienes forestales permanezcan en el centro de depósito o procesamiento. Si los productos forestales van a ser transportados fuera del centro de depósito o transformación, la guía de circulación inutilizada deberá canjearse por una nueva, ante la Unidad Territorial de Ecosocialismo de la jurisdicción correspondiente. Artículo 11. La guía de circulación de productos forestales provenientes de bosques plantados y sistemas agroforestales se regirá por lo establecido en la presente Resolución, excepto para aquellos Bosques Plantados que posean una superficie mayor a diez (10) hectáreas, para cuyos casos el formato será proporcionado por la autoridad nacional ambiental para su autogestión. Si los productos forestales provenientes de bosques plantados son transformados y van a ser transportados fuera del centro de depósito o transformación, deben estar amparados por una guía de circulación. Para el caso de grandes volúmenes el formato será proporcionado por la autoridad nacional ambiental para su autogestión. Artículo 12. Los efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana y demás órganos adscritos a la Guardería Ambiental, destacados en los puestos de control ubicados en las diferentes carreteras y autopistas del país, pueden verificar a través del número telefónico, que para tal efecto esté dispuesto por la Autoridad Nacional Ambiental la validez de las guías electrónicas de circulación de productos forestales, debiendo sellar y firmar las casillas reservadas para tal fin en la Guía de Orculación. Artículo 13. El incumplimiento a lo establecido en la presente Resolución dará lugar a la aplicación de sanciones previstas en la Ley de Bosque y demás normas que rigen la matelia. ~ículo 14. Se deroga la Resolución Nº 457 de fecha 08 de agosto de 2016, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.969 de fecha 18 de agosto de 2.016. Artículo 15. Las guías de circulación forestal otorgadas, con antelación a la entrada en vigencia de esta Resolución, bajo el anterior formato continuarán en vigor hasta el cumplimiento del plazo estipulado en las mismas. Artículo 16. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y Publíquese,

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