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委内瑞拉的法律

Resolución Conjunta - Reglamento Técnico para el Etiquetado de Eficiencia Energética para Lámparas Fluorescentes

颁布于 2014-03-17 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
委内瑞拉
主题
Energy
关键词
energy conservation/energy production, ecofriendly products/ecofriendly processes, certification, internal trade, international trade, environmental standards, standards, protection of environment
类别
*

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. L unes 17 de marzo de 2014 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLIC A BO LIVARIANA DE VENEZUELA 410.023 de dldembre del mlsmo ai'io, qulen suscribe, actuando en su condici6n de Auditor articulo 107 de la Ley Organlca de la Contraloria General de la Republica y lntemo (E) de la Corporad6n Electrlca Nacional (CORPOELEC), consJdera del Sistema Nadonal de control Fiscal, en concordancla con lo estableddo procedente ratlficar en todas y cada una de sus partes la imputaci6n que le fuera en el artlculo 101 de su Reglamento, podra lnt.erponer contra la declaratorla fonnulada al dudadano IOOLFO JOSE ANEZ BATISTA, titular de la cedula de de responsabilidad admlnistratlva el correspondiente Recurso de ldentldad No. 7.630.625, medlante el Auto de Apertura de fecha 28 de Junio de Reconslderad6n, dentro de los quince (15) dfas hablles slgulentes, mas 2013, lnserto a los folios 299 al 305 del citildo expedlente admlnlstratlvo. Asl se ocho (08) dias contlnuos que se conceden como tennlno de la dlstanda, decide. contados a partir de que la dedsl6n conste por escrlto en el expedlente respectlvo. III DISPOSITlVA 'I. Aslmlsmo, se advierte al dudadano I DOLFO JOSE /\NEZ BATISTA, titular de En merito de los razonamlentos precedentemente expuestos, qulen la cedula de ldentidad No. 7.630.625, que tal y como le rue notificado SUSOibe, ADOLFO APOl'fl'E HERNANDEZ, actuando en su condld6n de Auditor mediante Acta de fecha 13 de enero de 2014, inserta a los folios 354 al 387 lntemo (E) de la Corporad6n Electrica Nadonal (CORPOELEC), tal y como consta del expediente ldentificado con las letras y numeros en la Resolud6n de Junta Dlrectlva No. DIR-OS51 de fecha 24 de marzo de 2012, UAI-DR-01-2013, de conformldad con lo prevlsto en el articulo 108 de la procede de confonnldad con lo previsto en el artkulo 103 de la Ley Organlca de la Ley Organlca de la Contraloria General de la Republlca y del Sistema COntraloria General de la Republica y deJ Sistema Nacional de control Fiscal, en Nadonal de control Ascal, podra lnterponer Recurso de Nulidad por ante los trlbunales de la Jurisdlcd6n COntendoso Admlnistratlva, en el lapso de concordancla con lo establecldo en los articulos 97 y 98 de su Reglamento, a sels (6) meses contados a partlr de que la dec1sl6n conste per esaito en el reproduclr el pronunciamlento oral y publico realizado en la sede de la Unidad de Auditor/a lntema de la dtada Corporacl6n en recha 13 de enero de 2014, donde se expedient.e respectlvo. deddl6 lo que se espedfica a continuacl6n: S. En atend6n a los prindpios de ejecutivldad y ejecutorteclad de los Actos Admlnlstratlvos, se ordena la apllcad6n y formallzaci6n de la multa a que se 1. Se declara la Respon,sabllidad Administratlva del ciudadano: contrae el presente auto dedsorio. ✓ IDOLFO JOSE ANEZ BATISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la 6. Remitase un eJemplar del present.e auto dedsorlo a la COntraloria General cedula de ldentldad No. 7.630.625, en su condicl6n de Vicepresident.e EJecvtlvo (E) de Ananzas de la extlnta COmpailia An6nima de de la Republlca, una vez firme en sede admlnlstratlva, a los fines Admlnlstraci6n y Fomento Electrico (CADAFE), durante el ejerdclo fiscal estabieddos en el articulo 105 de la Ley Organlca de la COntraloria General correspondlente al ail<> 2009, por el hecho que le fue imputado medlante el Auto de Apertura de fecha 28 de Junlo de 2013, a traves del cual se dio de la Republlca y del Sistema Nadonal de control Fiscal, en concordancla lnldo al procedlmlento admlnlstratlvo para la detennlnacl6n de con lo previsto en el artlculo 111 de su Reglamento. responsabllldades ldentitlcado con el No. UAI-DR-01-2013.

  2. 7. Se ordena remitir la presente deds!6n, una vez firme en sede 2. De confonnldad con lo establecldo en el articulo 105 de la Ley Organica de admlnlstratlva, al Mlnist.erio del Poder Popular para la Energia Electrica la COntraloria General de la Republica y del Sistema Nadonal de control (M.P.P.E.E.), a los fines de gestionar su publlcad6n en la Gaceta Oficial de Fiscal, en concordanda con lo p,evlsto en el articulo 109 de su Reglamento, la Republlca Bolivariana de Venezuela, todo ello de conrormldad con lo asl como en apllcad6n def artirulo 37 <lei C6dlgo Penal, hablendose prevlsto en el articulo 101 deJ Reglamento de la Ley Organlca de la compensado las drcunstandas at.enuantes contenldas en los numerales COntraloria General de la Republlca y del Sistema Nadonal de control 1° y 3° del articulo 108 del Reglamento Ley Organica de la COntraloria Flscal. General de la Republlca y del Sistema Nadonal de control Ase.al, relatlvas a que el dudadano dedarado responsable no ha sldo objeto de la lmposici6n 8. Remftase copia certificada de la presente decision, una vez firme en sede de alguna de las sandones prevlstas en la tantas veces mendonada Ley administrativa, a la Maxima Autortdad de la Corporacl6n Electrica Nacional Organica de la COnt:raloria General, asi como que el mlsmo cooper6 y (CORPOELEC). partldp6 acttvamente en el esdaredmlento del hecho debatldo tanto Cumplase, ~ durant.e la lnvestlgad6n, como durant.e el procedlmlento admlnlstratlvo de det.enninaci6n de responsabllldades, qulen suscribe, acuerda lmponer una ,;eo' "'-..,0 ~+~ '--------:.YqfCORPOELEc' \ \ . t multa al dudadano I OOLFO JOSE ANEI. BATISTA, titular de la cedula de ~ ldentldad No. 7.630.625, en su condld6n de Vlcepresldent.e Ejecutlvo (E) de Econ. ADOLFO APON HERNAND Z A~ Auditor lntemo (E) de la COrporaci6n ~ ,., _,,.1; Ananzas de la extinta COmpailia An6nima de Adminlstraci6n y Fomento Electrica Nadonal (CORPOELEC) ~!lli'At.QrrOR\.I.~ Electrico (CADAFE), durante el ejerciclo fiscal correspondiente al ano 2009, Resoludon de Junta DirecriV8 No. OJR-0051 de feclla 24 de marzo de 2012 por un monto que asclende a la cantldad de Diel. MIL OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 10.083,15), cantldad esta equlvalente a CIENTO OCHENTA Y TRES CON TREINTA Y TRES UNIDAOES MINISTERIOS DEL PODER POPULAR TRIBUTARIAS (183,33 U.T.), calculadas en raz6n de la entidad del hecho Irregular, asi como en atencl6n al valor de la Unldad Trlbutarla (U.T.) PARA LA ENERGIA ELECTRICA vlgente para el ejerdcio fiscal correspondlente al ailo 2009, la cual ascendia Y PAM E_L COMERCIO a la cantldad de ONCUENTA y ONCO BOLIVARES SIN CENTIMOS REJIUBLICA BOLNARIANA OE VENEZUELA (Bs. 55,00), de confonnldad con la Providencia No. SNAT/2009 0002344 de MINISTEUO De. PODER POPULAR PARA LA ENERGIA El..l:.CTRJCA DESPACHO DEL MINISTRO fecha 26 de febrero de 2009, emanada del Servicio Nacional lntegrado de RESOLUCl6N N' Olli Admlnlstrad6n Aduanera y Trlbutaria (SENlAT), publlcada en la Gaceta MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA El. COMERCIO DESPACHO DEL MINISTRO Ofldal de la Republlca Bollvariana de Venezuela No. 39.127 de recha 26 de RESOLUCl6N N· ue febrero de 2009. 203° 154• y 1.4•

  3. RESOLUCION 01 t:} 3. Se prevlene al cludadlano IOOLFO JOSE ANEZ BATISTA, titular de la cedula de ldentldad No. 7.630.625, que tal y como le fue notlflcado medlant.e Acta En ejercldo de las lllibudones que les confie<en los anlc:ulos 60 y n, numerales 1, 19 y 27 de fecha 13 de enero de 2014, lnserta a los folios 354 al 387 del expediente del Deaeto N· 6.217 con Ranoo. Valo, y Fuetu. de Ley Org6nlca De La Admlnistracl6n Publlca, en concordancla con lo dispuesto en el anlrulo 16 de la Ley OrgAnlc.a de ldentlflcado con las letras y numeros UAI-DR-01-2013, sin perjuiclo de! ProcedlmlenlOS Adn-lnislrallvos; anlculo 2, numerales s y 12 del DecrelD N" 6.991 de fecha agotamlento de la via admlnlstratlva, de conformldad con lo dlspuesto en el 21 de OCWbre de 2009, mediaite el rual se crea el Minlsterio del Poder Popular para la 410.024 GACETAOFICIALDELAREPUBLICABOLIVARIANA DEVENEZUELA Lunes 17 de marzo de 2014 Energia El4drica. publicado en la Gaceia Ollcial de la Rep6blica Bol/varlana de Venezuela • l.tmpa,a Fluo....,.nte Tubulat Unoal: Limpara de desea.rga eleelrica que f>O$N N" 39.294, de fecha 28 de OCIJbre de 2009, reformado parcialmente ()0( el Decreto N" 7.377 dos elea.rodos denuo de un IUbo de vidrlo ineaJ, reUtno da una n.zcla Qaseos&. cuyas de leeha 13 de abril de 2010, publicado on la Gaceta OficiaJ de la Rep(iblica Bolivarlana de paredes inltfnu eslin rtcubil:rt&s de una susll.ncia ftuorescente que se vue,tve luminosa al Venezuela N" 39.414, de focha 30 de ab<II de 2010 y cuya ~ltlma refoona pa,cial, se reallz6 a pasar la corrienta entre DJ dos electrodos. traves del Oecreto N" 8,528 ,de fecha 1.8 de OCUJbl'e de 2011. publicaao en la Gaceta Oficiol • Umpva Fluorncente Tubular CircuW. Umpara de desca.roa eledrica que P0&ff de la Rep(ibllca BoUvariana de Venezuela N" 39.780, de es& mlsma fecha; artfculo 11 del dos electrodos dentro de un tuba de vldrio t'leltionado en forma de anlllo con ambos extremos empalmados uno sabre 0110, reU.no de una mezcla Qaseosa. euyas pa,edes intl!imas estin Oecrero N" 39,130, de fecha. 03 de marzo de 2009 y en conconlancia con lo prevlsto en los tecubienas de Ur\& susiancia 1'Jo{es,cen1e que se vuehfe luminosa aJ pasa, la. eorr~nte entre arllculo 21, numeral 5 y artfculo 27, nurneralos 1,4,7 y 36 de la Ley O<ganlea del Sistema y los dos elec.iroclos. Servlclo EJ6ctrtco; artlcuo 11, numerales 7, 10 y 11 del Oeae1D N" 6.732 de focha 02 de • Pot:encla de una 1'mpana.: Es el vakw que define \a polencia. absorbld!a por la luente. junk> de 2009, l)Ublicado en la Gaceta Ollcial de la Rep(bllca Bolivariana de Venezuela N" la cual es lndk:ada en el embalajl po( el fabrtcante, y expresado en wan (W) 39.202, de focha 17 de Junk> de 2009, en COllCCldlncl& con lo dispuesto en los arllculos 12, • e;ftcacla lumlnosa de una fuente: Relaci6n entre el llujo luminoso 101m emitido y la 34, 75, 76, 88, 111 y 112 de la Ley del Slslama Venezolano para la Calldad. poteneia tol&I abso<l>ida po, la lvonte, exprnada en lomen/Waa (lm/W). • Flujo Lumino9<>; Es la pane de La potenci& radiante k>l&l emilida por una luenle de CONSIOE.RANDO luz. que es capaz. de ser perciblda p0{ el ojo humano, ex-ptesada en ~menes (Im). • Vida media de una IM\pa,a.: lntlfVlllo de tiempo en el qUlt una 16mpara funciona Que el Minlslerio df'I Poder Popular con oom~tenda. en materia de energfa elkttica en completam•~e hast.a qu~ 1alla o hula que cumpta e&wquier olro critedo de exigendas de ejeleiclos do sus atribuciones lmpulsa/A ol Uso Raclonal y Efocienle de la Energia, adoptondo duraci6n, doc:larada pot ol IAb<icanto, u prnada en ho,u (h), \odu las m.didu *nlicas y eeon6micu necnarit.s pa,a c:ontnbulr con el dna.rrollo econ6mlco y :50Cial de la poblaci6n WnHolML • lndlco da l!Jicllncia f!nl111i!ta: Es la ,olaci6n que define la dase de efieienc:ia enorg61ica, en bue al rendirrffnto do la ""-a. exp,esado en porcentaje ('b), CONSIDE.RANDO • Distorsi6n Toal dt Arm6nlcoo dt COrrlente (THDQ: Couesponde al grado de Que el Minls~rio del Poder Popular con eompetenda en ccmercio ejerce la rK10ria en distorsi6n de la onda de cx,rriente en re\ad6n a una ood& de conitnte puramerlle sinusoidal. m&leria de No,ma1iu,ei6n, ~!dad. Motrologla y Reglamentco T6cnlecs para la producci6n AnfQllo 5: Se prolllbo la impono<i6n, 1ebri:aci6n y eo,neicializaei6n de 16mpa,as de bienes'lserviclo:s. ftllO!~ nlts, deterilas en el arilaJlo 2. quo no eumplan con los parimeuos estableeidos en CONSIOl!RANDO 1u tablas N" 1, 2, 3, y b especificado en las c:lases de eficiencia ene,getiea (s61o se peunlir"1 para la eomorcializaci6n. las clases .,.. h...., ta "C"). Que la RepUbb Bdiva,iana de Venezuela. suscribi6 et Pt010cob de Kyoto de:5de el 16 de febreto de 2005, que eslallleee 1omenlll la erocieneia energitica Asimismo, Venezuela .., Tabla 1. Va.lol• referenda>es de las "'1np,.,as tluo,n.c:enles c:ompactas con balasto incorpoto a la c;,impaft.a muncU1J ambienlal, a f1n de coadyuva, en I& disminuci6n de los integrado. nM1ies de eonsurno de eloctrieidod, y po< conslgulente lu emisiones de CO2. &.ficacia L YminoM. Factor de Refenmcial 11- ""' potenci& '4>THDI Vi da media CONSIOERANDO Rango de potencia Nivel mlnimo mhima mfnima (h) m(nimo oennkido Que se manliene un aumcnto ac.Nrado de I& demanda elkltica, rnukando $Uperiot a la P, 1 w 47 0,5 1SO 6.000 tasa de aeclmien\o de las inversiones que re.aha La industria para satkfacer esa demand•; I W < PCIW 4g 0,5 1SO 6.000 citeunstanclu ntas q,. obfigan al c,eeutlvo Naclonal a eslOblecer estralegias y lineamien'tos que promutYaJ'I el uso elicante dit la ene,gra elka.rica en las Areas y zonas I W < PSUW 54 0,5 150 6.000 servidas pot la Corporaci6n Elklriea Nacional, SA, (CORPOELEC). UW <P '15 W 56 0,S 150 6.000 CONSIOE.RANDO 15W< P S11 W 58 0,5 1SO 6.000 Que La reglamentaci6n l6cnica de Nltfactos etktricos en VenezueLa es un '-rea importante 11 W < P ~25 W SQ 0,5 150 6.000 para lograr la .soslenlbia.dad de los plane$ de U$O efciitnla de la energla que promueve el Z5W < P'31i W 63 0,5 150 6.000 Es\ado venezo&afto, en donde la no,mativa tkniea vigenta d•be .., ac:lua.li:uida, esl&bleciendo los mflodos de •nsayo y creaci6n de lu etiquelaS de eficiencta ene,gi tiCA Not&: Est:os vakws reterencUS de l&mp,a,as f~rescente-s compaaas con ba.tasl;o pwa una major Wormaci6n aJ fabre&n'-, lmportado, y consumido,, que g.a,anlieen su debido lntegrado, &picas&, a aqueSlu mn rosca hula E27. eumplimlen lo. Tobia z. Valores relereneialn de lu l6mpatas fluo,nan\eo linwco. CONSIDl!RANDO Efic&cja Luminosa Refereneia.l nmNn Vida Diwnetro media Que a ua"'5 de los Prcgramu de Namaliuci6n y Etlquetodo oon estMdareo mlnlmos de ~ Imagen M ...-.cial nominal Nivel mfnlmo mfnima(h) ericiencia enarg'1ica. imp.m-,lados por pabes herrnanos tales como Atgemina. Br.uil, oennitkJo Chile y Cuba. h&n podido alcanw resubdos efed.NOS en la tendencLa de la d~llibuc:i6n de modelos de a,para&os mb eflcienleS en el mercado, permttiendo asl que los usuarios(as) L . - · _· - - · - - - - ) Ma)'OtO pued.an acx.ecter a aparatos de mayor ef-.cienda, disminuyendo su taduraci6n de energfa t -··--· :-::..7:=:;, igual • 70 20.000 eWcuA y mejorando su calidad de vida. 25mm . --· -· ······-·--.... •• · 1 R£SU£LVEN ., Oic::tw ef siguiente: Menor a 75 30.000 25mm REGLAIIENTO ltcHIICO PARA EL IITIQUETADO DI! ! FICl£NQA ENEIIGIITICA PARA Tabla s. Valores refereneiales de las lamparas fluoreseentes ein:ulares. lAIIPARAS FLUOR£SCENTES

  4. Anf°"lo 1: La pArSenle Revl&mentoei6n T~nica liono po< objrto estabiecet 10$ requisilos y Eficacla Lumlnos.a DUmetro Referonelal llmlWI Vida modla metodologlas para la ciasrrcaci6n de los valo<ts dt eroeiencia energ6tica, ""todos de ensayo Imagen roteronclal nominal Nlvol mfnlmo m fnimo (h) y etlquolado de lu 16mparu fluorneonlH dt usos domnticos y >imilares, aimentadas po, pormlddo la red elktric&, fa.bf'lcadu o fflpartadas en todo el Wrrilork> n.aeionaJ. E.sta c&uiOcaci6n se Mayo,o hace de acuerdo • au-pct•nda y flujo luminoso. An(cuk> 2: Lu disposk;:k>nn del presente Rev"'"-nto T6cnk:c, apbn a los siguienles lipos 0 iguol a 25mm Menor a 45 10.000 de IAmparas fluorescentesc • Umpa,• Fluorescenle COmpac:ta 0 25mm 65 12.000 Altlculo e: Para la venfleaci6n de kls requlsltos tknicos de ericieneia energetiea, se deben Ump,a,a Fluorescente Tubular Lineal utlllzar las m610dos de ensayo dispuestos en las slgulentes normas de relerenela: • Umpa,a Fluorescente Tubular Circulal • IEC 60969: 2001 Lamparas con balasto lntegrado para seivicios generales de iluminac.On. Requisites de Anf""lo J : A 10s efedGB dtl pr- nto Reglamento T~lco. lu subpartidas araneelarlas que tuncionamtento. idtntrcan • las 16mparas fluomcentes, son lu sigulentes: 853Q.3l.OO (apiica s61o para lu fluoteountes de c:.itodo edente), 1153Q.32.00 (apliea s6b pa,a 16mpa,as de vapo, de - IEC 60901: 2001 l.Amparas fluorescentes con casquillo simp$e. Requlsitos de funclonamienlO. merauio). • IEC 60081: 2002 L4mparas nuorescentes ,d e doble easqulllo. Ank:ulo 4: A 10s efeetos dt esta Reooluci6n se enliondt por: Requlsitos de funcionamienro. • L'1npa,a Fluof'W:Seente Compacta.: Umpara de desca,g_a elktrica con bal~~l ~ J • CIE 84:19811 Madk:16n del Flu]o Luminoso. , .. ..., _ ,,,,.,1-r.> e.C:tt6nico inie;rado a la mlsma, lo que peunle su UISl.l.lac:i6n direc:ta a la lensi6n de la red, posee 1Ubos de tamaJ\os reducidos. reltnos de una meu:la oaseosa. cuyas paredes intemu Nota: De acuerllo con el Lipo conespondiente de lampara, para el cAk:ulo del fae1ar de nLln recublenu de una su,WlQa fluo1escen'9 que se vu~w lumlnosa aJ pu,ar la c:orriente polencia de las lamparas ftuoreseenles compeelaS con balasto lntegrao:lo, deber/i llevar en enue los dos elecb'odos. consideraci6n la dlslorsi6n de la fonna de onda de la corriente, la cuaJ debe ser ealculada de la slgulente manera:

  5. Lunes 17 de marzo de 2014 GACETAOFICIALDELAREPUBLICA BOLIVARIANADEVENEZUELA 410.025 Figura N• L Di""neionu de la etiqueta Donde: ..-- THD distorsi6n annonica total Energra . , delaseJe antre tansldn y eo<rianta I M,tpdolog(a PN1 It dfftnlcl6n dt II cilH cit ttldancl& totr:9'UCI ! ~ e i Para deflnlr la ciase de eliciencia energ41ica de las lamparas fluorascentes se debe apl~~Jt, cff't*~ ~ ~laci6n siguiente: ~ o~) ~ '\ •·' •• J: ~ ~ ~ ) Pua perteneoer a la c&e.M •A• M debe cumplir Jo eiguilnce: • Umparu lkr<><9S<»ntn sin baluto N1'"1!rldo: P • (0,15.vl) + 0,00097. 9 • Lu demu tirnp&tas tlu<><eocentes: P, (0,24.v9) + 0,010, . 1 Donde: P Poconcia de la limpoto en wan (W) Flu)> lurnlnot0 de la lwnparo en lunwn (Im) Nola: El nu,:> lumnoso y ta po1encia de as ""1paras se deben medir cuando su circuilo de fundonamiento lione apllc:ada la(s) lensi6n(es) nominaJ(es) de Venezuela y frecuencia Ardculo I: La etiquela de -ene,gta· debe contener ta sigulen&lt lrdonnACiOn en ldloma nommal (60 Hz). cas-&ellano, taJ como • indk.a en la Figura""° 2.: SI una limpara no per1en.oa a la. dase •A•, se debe clasiflCAI des.de dase "'8· hula clue •l Flujo Luminoeo, e,p,nldo en iu,..n (Im). "F', aplicando la tcxmula siguiente: b) P01■ncia. 0"l"esado en watt (W). C61culo de c:i.- •e • hula •p Pasa determinat lu clasa desde ·a· has\a "'P, se debe cak:ular el (ndice de efcienci& c) Er!C&OI. Luminoa, exprt:sada en lumen por waa (lmW). energf lit;a·r, de la slguienle manera: d) Vida. exprmdun ho/as (h).

  6. ~ Figura N• 2. Caracterfaticas y corunido de la etiquetL ~ Oonde: Energia ...u,..,.w · Pr • 0,88.-w'O-+ 0,040.8 pa,a I> 34 Im I M • • ~ - - - 4 - - M."llf' W lb»d 14" P'r • 0,20.e P para I s 34 Im Potencia de la 1'mparaen wau (W) ••-----4- ....,,_2,· Pr Potencia de referenda (W) I Flu)> luminoso de la lwnpora en ltrnwn ~m)EI flujo lummooo y la poienci4 de las limparas se deben medW cuando su cin:uilo de lunclor.amien'O tiene aplicada La(s) lens.a,(es) nominol(n) do Venezue!a y becuencia nominal (60 Hz). ,..._L......eio(-> ,.._ ..(WJ La clue de ellciencia e,-rg611ca e<><rwspondiente dnda la -a· hasta la "P se ..,..blece en la =•-u....,_ lh) slgulon1e IOl>la N°◄: Tabla 4. Clases de eficiencia ene,o41ica - l o " A ~ de ii enua en violncla. dtl pr-•• Reglamento Tknico. las 1'mparu 1ndlce de Eflcl•ncla En•111•tlc:<1 (II Clase d• tluorncerus lab<ic,,du o lmpoftAdm en ti lerrtorfo """"1aJ. deber6n tener lnoorporada la Eftclencla Etiqi..ta de •Energta· esaabledda en el pnwnlt ReglamenlO Tknic:o, xgUn s,ea el caso, en 1<60% 8 ti pals de <><igtn ode procedonc:lo, o anlel de - diotribuldoo por el fabricanle national. 60%:Sl<80% C La otiqueta dooe HIM adhorida al 1mbalaje de la l.lmpora iluc,escente y colocada en un sirlo 80 % :SI <95 % 0 vislblo para el usuario. 95 % :S I < 110 % E Miculo 10: Los labficantn """ionales e . . _ - de l.lmparu fluorescenles, ,ujetos a 110 % :SI F la apicaci6n de nit Reglanwnto Tknico, dtbor6n cumpllt am las •lguienles npec:ifr;.acionH 90bre • I con1eni:So mercurial en lu ""1pa,as fluorncen~: Las f6rmulas lndlcadas se resumen en la 18bla N"S. • El c.ontenido m.rcurial de 1u 16:mp&ru fluo1e-soen\eS campaaas con balu1.0 0110grado, no debo ... - r lea dnco (5) mlllgramos (mg) do men:urio (Hg). Esto aplic.a para Tabla 5. Resumen de formulas para -rcaci6n de eficiencia energ~tica cualqulor polencia de la IAmpa,a.

  7. c,... F6rmula.s apllcables • Para et cuo de lu timpa,u ftuorncerUs Wbulatn line&fl y c:lrculares, el contenido A Lamparas fluorescentes sin P :S (0,15.v'8)+ 0,00097. 8 mercurial no debo 1xced11 los ocho (8) m111g,....,. (mg) de men:urlo (Hg). Esto aplic.a para balasto lntegrado cualqultr potancia de la limpar&. Otras I6mparas P :S (0.24.v'8)+0,0103. 8 Fluorescentes PJderafp Oofcg· sl anm o durante el tiempo en vigencia del p1esen1e Reglamento T,Q"lco, Pr - 0,88. v'8 + 0.049.8 '- Rep(iblica Boiva,iana de Venezuela susc:ribe &JgCm acuerdo o convenio internac.ional O.Bal' /(%)■~><100 para 8 > 34 Im P, doode el con1enido mercurial de las 16mparas ftuo,escenles anles sellaladas dismlnuyan. .., dlberA adecuar a los nuevos VU)(es. Anrculo U : Los labfk:antes nac:lonales o importadotes de l&mparas ffuorescentes, sujetos a la apbc\6n de nla Resoluc\6n, para la aprooac\6n de un modelo particular de 16mpara. Anlculo 7: Las 16mparas nuorescentes sellaladas en el artlculo 2. Que sean labricadas o debertn ev&lua, una C&Rk1ad mlnfma de veln1e (20) limpa,u y cumplir con kls p,a,Ametros comercializadas an el 18rTitorio naclonal, deberan tenor un etlquetado de ·energfa·, segun las exlgldos en Hie Reglanwnto Tknico. En el caoo on que cuarro (4) o mis IAmparas (mis del especificaciones slgulentes: 15%) no cumplan c:on los pa,A.melto:s exigidos en nia norma. el prodUciO se conside1a no conto,me. a) Las clases en la etiqueta deben ser en coloras, de acuerdo al modelo de colores sul>StraCUvos (CMYK), segun los valores indicados en la Tabla A, ver Figura N" 1. Anlculo 12: Lu 16mparas nuoreocen1es deben contener en su • mbalajo i:ldivldual. la sigulenie 01f01mod6n adQOllal: b) Los caracwes (numeros y lellllS) a lmpnmlr en la etlqueta deben ser del ~po Arial, taJ como se lndlca en la Figura N' 2. • MarCA dol fab<icam; Tabla A - Cok,,.. pva a etiquct& • Pats de origen; •Tensl6nM; CloM C:ian M"l'M)n l& Amarillo N(':ll'° (Cl M • Frea.1encla (Hz); "'"' 1 • C:Cnlonido mercurial., millgran»s (mg) de mercurio (Hg): u,

  8. "' • M•nool• acerCA de la disposici6n f11al adecuada. Art.f culo 13; Los fabricantes nae~ o imponadores de 1'.mp,aras f1uoresc:entM 5ujetos • .,,.= _,.,torno ae e taqu.- "' .,,. &Sia R~uci6n, provlo • la importaci6n y/o c:omerciolizac\6o de los mism05, deber6n ·- Texto U'IO ~~o n~ mscribi<se en el Roglslro de Declarar:i6n de Efciencia Ene~tica. que al eiecto oe lle',a en el 410.026 GACETAOFICIALDELAREPUBLICABOLIVARIANADEVENEZUELA Lunes 17 de marzo de 2014 Serw:io Au1'1nomo Naciional de Nonno.izaci6n, c.udad, Metrologla y R09iamentos Tkni<:os Ardculo za: En caso de incumptimianlo CX>n el JHesente Regl&mento Tllknico denuo del (SENCAMER). terrilorio nacionaJ, el imponack)f o labl'icanle nacionaJ de l,a me,eanela de l4.mpatas fluorescentes. asumirin la responsabilidad, gastos en el manejo y disposicl6n final del Altlc:ulo 1A: PO/ll lnscriblrse en el R•,o do Ooclaraa6n de Efidencia Energftica deberln producto. oonslgnar el original o copia ccMada de las slguienleS recaudos: Anfcuk> 24; Esia Resoluci6n ffltrai'- en vigcncla a lo:s seis (6) meses poste,iores de la feeha •l Planilia do 10liclud. de su pubW<:ac:k)n en la Gacela Of'.::ial de la RepOblica Bollvarlana da Venezuela. b) Acia o documen\O constituVYo y u\llUtos sociaJes de la empresa oon su Uttima ComunfqLJeS« y publiquese. modific:Ki6n, debidamento protoa>liudas. Par el Ejecu1M> Na:ionaf, c) Copla de las ctdulu de ldentidad de las socios o def ..presentanle legal. segun sea el cuo. d) Documento a.utenticado o carta poder que acredite a I.a persoo• autodz.ada por la emptna. e) Comproben1e de R09is~o do lnlorrnaci6n Fiscal (Ril'). 1) Lista de los fabra.n'tn, man:asi modelocs y poserw;;ia de tu 1'.mpa,u tluore-scentes a comerciallzar, C«1 indicaci6n de sus , ~ o s v,Jocn de\ fndlCe de Eficiencia Energetic& ~). g) lnformes de enuyos o cerU1icaciones emlldas por taboratofim acreditados, organismos aaeditad~ a.utorizados o reconocidos p0( SENCAMER de c:onfOJmidad con las requisitos REPUBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA Hlablocldos on las 111Jculas 5, 6 y 10. DEFENSA PUBLICA Mlltnuu no se disponga de la capcidad de realizar ens.ayes en el p&is o la. eapacidad I n ~ sea lnsurtciente, klis imponado,n y l.abtic&.ntes podr'-n reali.u..r la evaluaciOn de la REPUBUCA BOUVARIANA DE VENEZUElA c:onformidad de los requisitos es.lab~ a lrav&s de laboralorios y orgenismos acreditados DEFENSA PUBUCA internaciona.lmenW pa,a la efdenela energ,tica. que utific:en para sus ~lodes de e:n$a.yO, los establocldos 1n el lll1lculo 6. N O DDPG-2014· l;}"I Caracas, 14/03 / 14 Las 0111ificaciones ylo ens.ayes debertn esw lj)OSlillados o legaliz.ados par las enies 203•, 1ss' y is• competent• de los respediYos paises donde se lwen a cabo dichos ensayos. El Defensor Publlco General Encargado, Abog. CIRO RAM6N ARAUJO, titular Anlc:ulo 15: A todo l1brieante Noclonal o impo,tador que cumpla con las reaudos eKigidos de la cedula de ldentldad N° V-9.372.239, qeslgnado.me:Hante Acuerdo de la en el artrc:ulo anterior, y sus "-rnJ>#as fluorncentes c:umplan eon el rnctice Eficiencia Asamblea Nadonal, de fecha 20 de octubre de 2011, publlcado en la Gaceta Energ6tlca nlablecido. se II OIO(Q&ri una constancia de ·Oedaracl6n de Efidencia. Oflclal de la Republlca Bollvarlana de Venezuela NO 39.782, de la mlsma fecha, Energtllca", que lendr, un.a. vigencia de un afto y podri Slf renovada a solicilud de IA parte con fundamento en lo dlspuesto en el Artfculo 3 de la Ley Orgilnlca de la Defensa 11terosada, f)0I' periodas iguales. Publlca y en ejercldo de sus atrtbuclones, establecidas en el Articulo 14, Artfc:ulo ta: Pata I& ranovaci6n d91 Regislto da Oedaracl6n d• Efic.ienda En•,~tk:.a numerales 1 y 10, ejusdef!1, d9ber'" consigoa,: 1) Planilla de ooidtud. CONSIDERANDO

  9. b) Coplo do tu c4dulu de ldontidod de las sodos o del 1ep,.,...w,1e legal, segun ~•Ill~ Jt,1 ~ - ~ Que el Defensor Publlco General, como maxima autor1dad de la Defensa Publlca, tlene a su cargo la dlrecd6n y supervlsl6n de esta Jnstltuct6n. c) Oocumento a!Aenticado o c:arta poder que acrediee • la persona autoriz.ada por la empresa.. CONSIDERANDO cf) Comprobenle do Rogi,,Uo do lnlo,fT\IICCn F"osal (RIF). •) Lisi& de tos labricanin, m&1cas, modck>I y poteocia de IAmpa,u l\uorexentes a Que medlante Acuerdo de fecha 11 de marzo de 2010, publlcado en la Gaceta comercializar, oon indicaci6n de sus respedhos vabres de fndice de cfic:iencia ene,gttica. Oflclal de la Republlca Bollvar1ana de Venezuela N° 39.384, d:e la mlsma fecha, t) lnformes de ensayos o c:erlificaciones emitidas po, labofa&orios actecfitados, organismos relmpreso por error material y publlcado en la Gaceta Oflclal de la Republlca aaeditados o au10rlzados par $ENO.MER de corlom,ldad con las requisbos eotablecidos en Bollvartana de Venezuela N° 39.395, de fecha 26 de marzo de 2010, la Asamblea las anlculos S. 6 y 10. Nadonal deslgn6 a la Defensora Publlca General y sus dos (2) suplentes, en acatamlento de lo dlspuesto en el Artfculo 12 de la Ley Orgainica de la Defensa Artfculo 17: Los entes del ESlado o las empresas que h&n susaitos a0Jerdos. convenios o Publlca. contralos con el E.stado, que importtn 1'mpa,u fklofncentn svjetas al presenie Roglarnento Tkrloo, dobortn inscribirw 1n ol R"',listm de Declaraci6n de Eliciencla CONSIDERANDO EMrg6tica, mencionldo en al IJ11c:ub 13. Que en vlrtud de la renunda de la anterior Defensora Publlca General, la Anlc:ulo 18: El SoMCio A.-6nomo Nacional de Nonnaliuci6n, calidad, Meuologla y Roglamen11>S Tkn- (SENCAMER) podrl otocwar lnspeo::iones y conuoles peri6dico, en Asamblea Nadorial encarg6 al primer suptente como Defensor Publlco General la lndu:stria. empresu imponadcns, •tablecimarntos comercia.les, en los recintos y mnas Encargado. • aduanaJn y almacenn p,N'Ad0$, con la linalidlid de verlica, el cumplimlento del p1esente CONSIOERANDO Reglamento Tknico. Que por motlvos lnstltudonales, el Defensor Publlco General Encargado debe Artfculo 19: A p&rtir de la enttada en vigencia de ii presenle Resolud6n, et import.ador partldpar en la Reunl6n de! ConseJo Dlrectlvo de la Asodad6n Interamer1cana de deber, ~dic:ar .n el documenlO Adjun1o de la Oedaraci6n Onie& de Aduana, el nUmero de Defensorias Publlcas (AIDEF) y Sesl6n Especial sabre Intercamblo de Buenas Regisuo sellalado on la constancia de "Declarar:i6n de Eliciencia Energttica", emitida par el Practlcas y Experlenclas sabre la Defensa Publlca como Garantfa de Acceso a la Serw:io Alltbnomo Naclonal de Normaliz.ad6n, Calidad, Metrologla y Reglamentos Tknicos Justlcla de las Personas en Condldones de Vutnerabllload, que tendran lugar en (SENCAMER) y l)f-ntar el original do ta constancla al memento de ia Oedarod6n de la dudad de Washington, D.C, Estados Unldos de Norteamerlca, las dias martes Aduanas. dteclocho (18), mlercoles dleclnueve (19), Jueves velnte (20) y vlernes velntluno Anlc:ulo 20: Loa fabrlcanleS nacionales o lmportadores de llmparos fluoresoentes descrilas (21) de marzo de 2014. en ei &11fcub 2, daberU su.ministrar copia de la Constancia de Oec.laraci6n de Eficiencia CONSIDERANDO Energitica vige,nte, dtsaita an al artfculo 15, a lodas las emp,esas responsab~ de la c:adena de comercializ.acidn de aus equipos. Que en vlrtud de la refertda ausenda temporal se hace necesarlo que la Abog. Artfculo 21: Es rnpansabiidad d•l tabriean1e n.telonal o d~ imporiador de limparas CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS, titular de la Cedula de ldentldad ;: nuo,n<:ontn, el cun,plimltnto de ias dispo,lciones relatlvas al R09istro y Etiqu$d~: • \ N° V-6,960.029, en su caracter de segunda suplente, asuma la dlreccl6n y contenidas en el presente Reglamento Tknico. ~~ resj)onsabllldad de la Defensa Publlca durante el lapso antes sef\alado. ) El comerciante debe exigit a sus proyeedores,, que Ja.s limpwu fluoresc:entes que V.I oornerdaJi:za. exhban el e1ique\Ado con l,a lnlorrnaci6n e,cigida. en el presente Regla.mento RESUELVE T6cnlco y son respcnsables solidArios en cuo de incumplimlen10. pRIMERO: CONVOCAR a la Abog. CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS, titular de la cedula de ldentldad N° V-6.960.029, para que, en su condlci6n de An(cuk> 22: El Mtnb.lerio de! Pode, Popular eon c:ompetenda •n Comercio ejeroerA ia Segunda Suplente, ASUMA las funclones relaclonadas con la dlreccl6n y supervisl6n y el cumplimien&o de lo esl.lblecido •n el preante Reglamento recnico a traves responsabllldad de la Defensa Publlca, a partlr del dia martes dleclocho (18) al del Servicio AIAdnomo Nocional de Nonnol zaciOn, Cllidad, MetroioQJa y Reglamentos vlernes velntluno (21) de marzo de 2014, ambas fechas lnduslve. • T6cnleos (SENCAMER), el cual impondrfi las sancione-s corte,pcndien\es a quienn infri.nja.n el preMnle ReglamenlO Tea1ico de oonlounklad c:on &a Ley de Sistema. Venez.olano para la SEGUNDO: Publlcar el texto integro de la presente Resolucl6n en la Gaceta caidad. Ofldal de la Republlca Bollvarlana de Venezuela.

Resolución Conjunta - Reglamento Técnico para el Etiquetado de Eficiencia Energética para Lámparas Fluorescentes · Nelum