Decreto Nº 8.795/12 - Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal
颁布于 2012-02-02 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 委内瑞拉
- 主题
- Agricultural and rural development
- 关键词
- institution, agricultural development, less favoured areas, policy/planning, community management, financial agricultural measures, capacity building, cooperative/producer organization, non-governmental entity, Indigenous Peoples, governance
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Articulo 1°. EI presente Reglamento bene por objeto de Tierras y Desarrollo Agrario, en' concordanda con 10 desarrollar las ambudones y competencias del Ministerio del estableddo en los articulos 4 y 19 de la Ley del Estatuto de la Poder Popular para las Comunas y Protecdon Sodal como Fundoo PUblica. organo coordinador y rector del Sistema Economico Comunai el Registro Publico y las organizaciones sodoproductivas del Sistema Ec0n6mico Comunal, a los fines de establecer las bases DECRETO juridico-institucionales necesarias para construir y fortalecer el Sistema Econ6mico Comunal en el marco del modele productivo sodalista.
Articulo 1°. Designo al ciudadano LUIS ALFREDO MOTTA DOMINGUEZ. btular de la cedula de identidad NO V-4.423.S39,. PRESIDENTE DEL INSTlTUTO Finalidades NAOONAL DE nERRAS, as! como de su Directoria, adscrito Articulo 2°. EI presente Reglamento bene las siguientes al Ministerio del Poder Popular para Agricultura y Tierras. finalldades: 1. Fortalecer las ambudones y competendas de coordinadon
Articulo 2°. Delego en el Ministro del Poder Popular para la y rectoria del Ministerio del Poder Popular para las AgriOJltura y Tierras la jurernentadon del referido ciudadano. Comunas y Protecti6n Social en materia de formuladon, ejecud60 y control de las polibcas publicas dirigidas al Dado en Caracas, a los dos dias del mes de febrero oe oos mil Sistema Ec0n6mico Comunal, conforme al Plan de doce. Alios 201° de la Independencia, 152° de la Federadon y DesarrolloEc0n6micoy Sodal de la Nadon. 130 de la RevoludOn Bolivariana. 2. Establecer las normas de orqanizadon, direcdon, EjecUtese, fundonamiento, supervision y formadon del Registro (L.S.) Publico del Sistema Economico Comunal, como mecio indispensable para la constltucion y desarrollo de las HUGO CHAVEZ FRIAS organizadones socioproductivas, as! como para garantizar la seguridady estabilidad de sus relacionesjuridicas. Refrendado 8 v..:epresidente Ejecutivo 3. Establecer las normas generales dirigidas a promover, (LS.) EUASlAUA MIlANO constituir y consolidar las organizaciones socioproductivas como integrantes fundamentales del Sistema Economico Comunal. -Refrendado 8 Encal1JOdO del Minislefio del Poder Popularpara la Agricultura y TIerras (LS.) ELIAS JAUA MILANO Ambito de Aplicacion
Articulo 3°. EI presente Reglamento es aplicable a las comunidades organizadas, Consejos Comunales, Comunas y todas las instances y expresiones del Poder Popular, en espedal a las organizadones sodoproductivas que se Decreta NO 8.795 02 de febrero de 2012 constituyan dentro del sistema econormco comunal, de igual manera a los organos y entes del Poder Publico y las organizadones del sector privado en sus relaciones con las instandas del Poder Popular. HUGO CHAVEZ FRlAZ Presidente de la Republica Capitulo II La Coordinadon y Rectoria del Sistema Economico Comunal Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficada poIftica y calidad revolucionaria en la construcoon del sodalismo, la refundadon del Estado Venezolano, basado en Del Organa Coordinador prindpios humanistas, sustentado en los prindpio rnorales y Articulo 4°. EI Ministerlo del Poder Popular para las Comunas encos bolivarianos que persiguen el progreso de la patria y del y Protecdon Sodal es el organo coordinador y rector del cotecnvo. oor mandata del pueblo y en ejerooo de la atribuoon Sistema· Economico Comunal y, en consecuencia, es Jueves 2 de febrero de 2012 GACETAOFlClALDE LAREPUBUCABOlJVARlANADE VENEZUELA 391.177 compelente para la formuladon, ejecudon y control de las confonmidad con la las leyes, reglamentas y resolutiones pohncas pUblicas en esta materia, con sujeci6n al Plan de sobre Ia materia. Desarrollo Econ6mico y Sodal de la Nadon, la Ley Organica del Sistema Economlco Comunal, sus reglamentos y demas 14. Supervisar, inspecdonar, evaluar y controlar a las nonmativa aplicable. organizadones -SOCioproduclivas del Sistema Ec0n6mioo Comunal, asi como adopter medidas a Que hubiere lugar parahacercumplir la Ley, reglamentos y resoluoones en la De las atribuclones y competendas materia. del Organo Coordlnador Articulo S° , EI Ministerio del Peder Popular para las Comunas IS. Canoeer las autorizaciones, notificadones obligatorias y y Proteccion Sodal, como organo coordinador y rector deI-- demas asuntos reladonadas con Ia propieclad sodal y €I Sistema Economico Comunal, tiene las siguientes atributiones y sistema a~ernativo de intercambio solidario, de compelendas: conformidad con las leyes, reglamentas y resolutiones en la materia. I. Definir y establecer las politicasy lineainientos aplicables al Sistema EconOmico Comunal, sus organizaclones 16. Resolver las diSPlllaS y conflictos internos de las sodoproductivas. organizaciones sodoproductivas del Sistema Economico Comunal a traves la medladOn y el arbitraje, como los 2. Ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar el medics alternatives de resoludon de conflictos. desarrollo y cumplimiento de las politicas y Iineamientas del Sistema Economico Comunal, sus organizadones 17. Las demas estabieddas en las leyes, reglamentos y sodoproductivas y ra red de comercio justa y suminislro resoludones sabre ta rnateria sodalista . 3. Elaborar informes pericdicos y especiales sobre el Paragrafo Unlco: Las atribuciones retaclonadas en 10 atinente cumplimiento de las politicas y Iineamientos del Sistema a la Red de Comerclo justa y suministro socialista asi como el Economico, sus organizaciones socloproducnvas para Intercambio Comereial Internacional y la planificacion de presentarlos al Presidente de la Republica a traves de la incentivos cambianos seran desarrollada mediante normas de Vicepresldenda competente. caracter tEknico emanadas del Ministerio del Poder Popular con competenda en comerclo. 4. Dlctar las Normas Tecnlcas del Sisterna Economico Comunal, sus organizaciones socioproductivas, como aetos administratives generales de caracter imperativo y de De las normas generales de las obligatorio cumplimiento. organlzaclones socloproductlvas
Articulo 6°. Las normas generales sobre la constitution, 5. Dictar las Gulas TEknlcas del Sistema Ecooomico Comunal, organizadOn y fundonamiento de las organizadones sus organlzadones sodoproductivas, como herramienlaS sodoproductivas del Sistema Econamico Comunal, dictadas por pedag6gicas de canlcter orientador. el Minlsterio del Poder Popular para las Comunas y ProtectiOn Social son aetas administratives generales de caracter 6. Dictar las normas generales de constituci6n, inscripdOn en imperative y de obIigatorio cumplimlento. Estas nonmas er Registro PUblico, organizacl6n y fundonamiento de las generales regularan, entre otras, las siguientes materias de las organizadones sodoproductivas del Sistema Economico organizadones sodoproductivas: Comunal, como actos administrativas generales de canlcter imperativo y de obligatorio cumplimiento. I. ConstittJci6n. 7. Dietar, establecer, evaluar, acompailar, supervisar y 2. Estructura intema. controlar las medidas para promover y garantizar €I acceso de las organizadones sodoproductivas del Sistema 3. Fundonamiento y modelo de gesti6n. Econ6mico Comunal en los procesos de intereambiO nadonal e Internadonal, espedalmente a las oompras del 4. Disposici6n, USO Y disfnrte de la propiedad sodal. Estado. 5. Sistemas de adminiSlradOn yoontabilidad. B. f<lnmular y promover poIiticas de incentives a las organizadones SOCiOproductivas y la red de comerdo justo 6. CreatiOn, organizaci6n y administradOn de los fondos y suministro sodalisla. intemos. 9. Organizar, dirigir, normar y supervisar eI Registro PUblico 7. Compras de insumos para la produeci6n de sus blenes y del Sistema Ec0n6mico Comunal, en desamollo del articulo servicios. 19 de Ia LeyOrganica del Sistema Economico Comunal. B. Intercambio, trueque y comerdenzaoon de sus bienes y 10. Crear espados para la coordinaci6n interinstitudonal de los servides. organos y entes del Estado para la ejecudon de las politicas y Iineamientos del Sistema Econemico Comunal, 9. Las marcas e Imagen. sus organlzadones sodoproductivas y la red de comerdo justo y suminislro sodalista. 11. Acceder e intercambiar informacion relacionada con el ~'''.' Sistema Eoonomico Comunal con los organos y entes del Del acompailamlento Integral a las Estado competentes en la materia. organlzaclones socIoproductivas
Articulo 7°. Ei Ministerio del Poder Popular para las Comunas 12. Requerir infonmacion a los particulares relacionadas oon el y Protection Sodal debe brindar acompaiiamiento integral a las Sistema Econamico Comunal para el ejerddo de sus organizadones sodoproductivas del Sistema Eoonamioo atribudones. Comunal, entre otras, en las siguientes materias: 13. Brindar acompaiiamiento integral a las organlzadones sodoproductivas del Sistema Econ6mico Com"""l.. de I. Fonmad6n y capacitaci6n. 391.178 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA Jueves 2 de febrero de 2012 2. Asignad6n de recursos finanderos y no fmanoeros, de 1. Publiddad: EI Registro PUblico del Sistema Economico conformidad con eI numeral 3 del articulo 8 de la Ley Comunal es pUblico. EI Ministerlo del Pader Popular para Organica del Sistema Econ6mico Comunat. las Comunas y Proteccion Social, a traves de susorganas y entes competentes, garantizara el acceso a las personas 3. Asistenda y aetualizackin tecnol6gica de conformidad con para obtener Ia informacion en eI contenida, asi como eI numeralS del articulo 8 de Ia Ley Organica del Sistema certificadones y copias . a que hubiere lugar, con las Economico Comunal. Iimitadanes que estabfezca las (eyes y reglamentos. 4. Formuladon y gestionde proyectos. 2. Fe publica: La fe pUblica registral protege la verosimilitud y certeza juridica que muestran sus asientos. Los 5. Servidos comunes en materia de administradon, registradores y registradoras del Sistema Economico conlabilidad y juridica. Comunal confieren fe publica a tadas las actuaoones, declaraciones y certiflcadones, que con ta! caracter 6. Rendid6n de cuentas, autoricen, otorg<lndole eficada y p1eno valor probatario. 7. Las dernas que el Ministerio considere pertinente. 3. Eflcada admlnlstratlva: Los procedimientos y trarnltes administrativosc1el Registro del Sistema Economico Comunal deben guardar en tado momento simpliddad, Del Servido de Medladon y Arbltraje uniformidad, celeridad, pertinenda, utilidad, enoenoa y ser de las Organizadones Socloproduct!vas de tadl cornprensi6n, con el fin de garanbzar ta eficaz Articulo So. EI Mlnisterio del Poder Popular para las Comunas prestaoon del servioo. y Proteccion Social creara un servido de mediad6n y arbitraje para conoeer y resolver las disputas y conflictos internosde las 4. InformadOn: Los Organos encargados de la actividad del organizaciones sociopraductivas del Sistema Economico Registro del Sistema Ecooomieo Comunal mtormaran a las Comunal, as! como los generados entre elias con los consejos personas de manera oportuna y veraz, en un lapse no comunales y dernas instandas del Pader Popular, como un mayor de tres (3) dfas habiles, sobre el estada de sus media alternative de resoludon de conflictos. Este servicio se tramites y suminlstraran la informacion que a soiicitud de regira por los principios y valores establecidos en el articulo 5° los demas orqanos y entes pubncos les sea requerida, can de la LeyOrganica del Sistema Economlco Comuna!. las excepeiones que se establezcan en las leyes, reglamentos y resoluciones sobre la materia. Las aetas consbtubvas y estatutos de las orqanlzaclcnes sociopraductivas deben sujelar la resoludon de los conflictos S. Accesibllldad: Las actividades, funciones y procesos del entre sus integrantes, pwductores, productoras, prosumtdoras Registro del Sistema Economico Comunal seran de facil y prosumidoras, as! como entre elias con los Consejos acceso a todas las personas en los arnbitos nacional, Comunales y oernas instandas del Pade Popular, al service de munidpal, comunal y cuelquier otra forma de orqanizadon rnediadon y arbitraje del Ministerio del Pader Popular para las politico-territorial que 50 creare. Tadas las personas podran Comunas y Protecdon Social. iniciar y tramitar directamente, sin asistenda 0 representaciOn alguna, los procedimientos ante este Registro. capitulo III EI Registro PUblico 6. Folio Personal: La inscripdon en el Registro del Sistema del Sistema Economlco Comunal Economico Comunal se lIevara par el sistema denominado folio personal. Del Registro PUblico del Sistema 7. Uniddad: Cada asiento en el Registra del Sistema EconOmico Comunal Economkc Comunal corresponds a una oroanuadon
Articulo 9°. Se crea el Registro PUblico del Sistema Econ6mico sodapraductiva. 5610 debe existir un expedtente por Comunal bajo ta organizaci6n, direction y supervisiOn del persona juridica. Ministero del Pader Popular para las Comunas y Proteccion Social, como una dependenda fundonal que tiene par objeto: S. Prlorldad: Tedo documento que ingrese al Registro del Sistema Econ6mico Comunal debera inscribirse can 1. La inscnpoon de las organizadones sociopraductivas del prelad6n a cualquierotro titulo presentado posteriormente. Sistema Economico Comunal, asi como de los actos, convenios y contratosrelativesa los mismos. 9. Rogadon: La presentacon de un documento dan! por inidado el procedimiento registral, el cual debera ser 2. La legalizacion de los libros de las organizadones impulsado de ofido hasta su eondusion, siempre que haya sociopraductivas del Sistema Econ6mico Comunal, de sidodebidamente admitido. coofarmidad con 10 establecido en las leyes, reglamentos y resoluciones. 10. Legalldad: 5610 se inscribiran en el Registro del Sistema Econ6mico Comunal los titulos que reunan los requisitos de 3. EI depOsito y publlddad de los estados contables e fonda y forma estabieddos por las leyes, regiamentos y informes periOdicos de las organizadones socioproductivas resoludones. del Sistema Economico Comunal, de conformidad con 10 establecido en las leyes, reglamentos y resoluclones. Efecto. del Registro Publico 4. La centralizacion y publicaeion de la informacion registral del Sistema Economico Comunal del Sistema Econ6mico Comunal. Articulo 11. La inscripd6n de un acto en el Registro Publico del Sistema Economico Comunal y su posterior publicaeion 5. La inscripeion de cualquier otro acto senalado en las leyes, cuando esta sea requerida aea una presuncion que no admite reglamentos y resolueiones. prueba en contrario sabre ' el conocimiento universal del acto inscrito. EI contenido del Registro se presume exacta y valida, perc la inscripcion no convalida aetos nulos. Prlncipio. del Reglstro Publico del Sistema Economico Comunal Los actos sujetas a inscripdon en el Registro Publico del
Articulo 10. EI Registro Publico del Sistema Economico Sistema Economico Comunal seran oponibles a terceros de Comunal se rige por los siguientes prindpios: buena fe desde 50 pub/ieacion. La falta de inscripdon no podra Jueves 2 de febrero de 2012 GACETAOFlOALDE lAREPUBUCABOUVARlANADE VENEZlJElA 391.179 ser invocada por quien est" obligado a realizarla. La dedaradon efecto, el Registro debera formar, actualizar y preserver sus de inexactitud 0 nulidad de los asientos del Registro no archives fstcos. perjudicara los derechos de terceros de buena fe adquiridos conforme a derecho. Boletlnes Oficiales
Articulo 17. EI Ministerio dei Poder Popular para las Comunas De las atribuciones y competencias poora crear boletines oficiales del Registro Publico del Sistema del 6rgano Coordinador Economico Comunai, a los fines de publicar los actos, convenios
Articulo 12. EI Ministerio del Poder Popular para las Comunas y contratos de las organizaciones socioproductivas que cuya y Proteccion Social, como organo coondinador y rector del publicacion sea requerida por las leyes, reglamentos y Sistema Economico Comunal, tiene las mas amplias resoludones. atribuciones y competencias para orqanizar, dirigir, normar y supervisar el Registro Publico del Sistema Economico. A tal efecto, dictara las normas y directrices que sean necesarias Nonnas supletorias para cumplir con su objeto y finalidades, de conformidad con la Articulo 18. Todo 10 no previsto en la Ley Organica del Ley Orqaruca del Sistema Economico Comunal y el presente Sistema sconomicc edmunal, y el presente reglamento en Reglamento. materia del Registro Publicodel Sistema Economico Comunal 50 regira por 10 establecido en la Ley de Registro Publico y Notariado y la Ley Organica del Registro Civil, en cuanto fuere Funcion calificadora compatible con los principios, valones y nomnas que regulan el
Articulo 13. Corresponde al Registro PUblico del Sistema Poder Popular. Econornico Comunal ejercer la fundon calificadora en este sistema registral. A tal efecto, al momenta de calificar los documentos, se limitara exdusivamente a 10 que se desprenda capitulo IV del titulo y a la informacion que conste en el Registro. En estes Las Empresas de Propiedad Social Directa e Indirecta casos, sus decisiones no prejuzqaran sobre la validez del titulo Comunal y las Unldades Productlvas Familiares ni de las obligaciones que contenga. Secci6n Primera Normas Generales de las Potestades de control Empresas de Propiedad Social Directa e Indirecta
Articulo 14. Corresponde al Registro Publico del Sistema Comunal y las Unidades Productivas Familiares Econ6mico Comunal vigilar el cumplimiento de los requisites legales establecidos para la constituciOn y funcionamiento de las' organizaciones socioproductivas. A tal efecto, delberil cumpJir, entre atras, lassiguientes obligadones: Creaclon y constitucion
Articulo 19. EI Acta Constitutiva y Estatutos de las empnesas 1, Abstenerse de registrar las organizadones socioprocluctivas de propiedad social debe ser aprobada por su Asamblea de cuando su proyecto socioproductivo tenga per objeto Productones y Productoras, previa decision de la Asamblea de finalidades distintas a las previstas de la Ley Organica del Ciudadanos y Oudadanas de la instancia de agregaciOn Sistema Economico Comunal, sus reglamentos y comunal que acuerde su creaoon. resoluoones. 2. Abstenerse de registrar las organizaciones socioproductivas La creacion de las empresas de propiedad social indirecta debe cuando no se acompafian los documentos 0 cumplen los ser decidida por el Presidente 0 Pnesidenta de la Republica, los requisitos contemplados en ia Ley Organica del Sistema gobemadores, las gobennadoras, los alcaldes 0 las alcaldesas, Econ6mico Comunal, sus reglamentos y resoluoones, previa decision de la Asamblea de Oudadanos y Oudadanas de ia instancia de agregacion comunal que acuende su ereaci6n. EI 3. Verificar ia procedencia del proyecto socioproductivo de acto de su creaoon deoera publicarse en el organo oficial de las organizaciones socioproductivas. publicacion correspondiente. EI Acta Constitutiva y Estatutos de las unidades productivas Funciones notariales del familia res debe ser aprobada por su Asamblea Familiar, previa Registro Publico del Sistema Economico Comunal decision de la Asamblea de Oudadanos y Oudadanas de la
Articulo 15. EI Registro Publico del Sistema Economico instancia de agregadon comunal que acuerde su creadon, Comunal tiene atribuciones notariales en reladon a los aetas, convenios V contratos celebrados por las organizaciones socioproductivas del Sistema Econ6mico ComunaL En Objeto y duracion consecuencia, tiene potestad para otorgar fe publica de los Articulo 20. Las empresas de propiedad social directa e aetos jurfdicos ocurridos en su presencia. indirecta comunal y las unidades productivas familianes tendran por objeto: Sistemas de Archivo del I. Desarrollar las actividades sodoproductivas y actividades Registro Publico del Sistema Economico Comunal socoeconomicas, politicas, cuiturales y ecol6gicas con
Articulo 16. EI Registro Publico del Sistema Economico igualdad sustantiva entre sus integrantes, basadas en la Comunal acoge el sistema de archivo mixto, el cual ejecucion del cido productivo socialistaestablecidas en sus cornprendera uno digital V automatizado, Y otro fisico, Estatutos. 2. Realizar actividades que resulten en beneficio de sus EI archive digital y automatizado almecenara todas las Productores y Productoras para alcanzar el buen vivir suyo, lnscripciones que se realicen en el Registro. Los asientos suva V de sus familias. contenidos en este archive tendrim la eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos publicos, 3. Reinvertir socialmente los excedentes derivados de sus actividadesen el desarrollo integral de sus comunidades. Er" el archive Fisico se cornpilaran, conservaran V dispondran, en forma integral, docurnentos y datos en formato fisico. A tal 4. Contribuir al desarrollo social integraldel pats. 391.180 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARlANA DE VENEZUELA Jueves 2 de febrero de 2012 La duradon de estas organizadones socioproductivas podra ser S. Rendir cuentas semestralmente y cada VOl que sea por tiempo determinado 0 por tiempo indefinldo, de requerido, ejercer la contraloria social, como actividad conformidad con 10 estableddo en susEstatutos. permanente, en el desarrollo de la gestiOn comunitari. y comunal. Valores y prindplos 6. Prever mecfidas adecuedas para promover la defensa,
Articulo 21. Las empresas de propiedad social directa e proteed6n y aseguramiento del media ambiente en indirecta comunal y las unidades productivas familiares del condiciones optfmasen Ia realizadon de sus actividades, a Sistema Ec0n6mico Comunal rigen su organizadon y los fines de minlmizar el Impaeto ambiental de las fundonarrnento par los siguientes .valores y prindpios operadones que realice. comunitarios: democrada partidpativa y protag6nica, lnteres colectivo, propiedad social, equldad, justida, igualdad socat, 7. Reinvertir sodalmente los excedentes para el desarrollo de compiementariedad, primacfa de los intereses coIectivos, las comunidades y contribuir al desarrollo social del pais, diversidad cultural, satisfacdOO de las necesldades de manera de acuerdo a los reglamentos y resoludones de esta ley. sustentable y sostenible, la cunura ecoI6gica, la preponderanda de los intereses comunes sobre los individuales, planificacion, 8. Dar priOlid<Kl a 18$ personas y al trabajo comohecho social asociadon abierta y voluntaria, formadon y educaoon, etica sobre el ca~l, con el fin de garantizar el desanrollo socialista, respeto y fomento de las tradidones, Ia diversidad humano integral. cultural y la articuladOO del trabajo en redes socioproductivas que contnbuyan a la satisfacdon de las necesidades colectivas, 9. Garantizar la igualdad de derechos y obligadones para los aportando la mayor suma de feliddad posible, defensa de los y las integrantes de la organizadon socioproductiva. derecnos humanos, corresponsabilidad, cogestion, autogestion, cooperaclon, solidaridad, transparenda, honestidad, eficada, 10. Desanrollar acciones estrategicas de enlace y coordinadon eficiencia, efectividad, universalidad, responsabHidad, deber para articularse en red, con otras organlzadones social, rendiclon de cuentas, control sodal, Iibre debate de socioproductlvas, a los fines de garantizar el desanrollo y ideas, voluntariedad, sustentabilidad, defensa y protecclen consolidad6n del Sistema Economico Comunal, para eievar ambiental, garantfa de los derechos de la mujer, de los ninos, ios niveles de eficlencla en la produetividad y la cobertura ninas y adolescentes y toda persona en sltuadon de de bienes y services en benefido de la colectividad y el vulnerabilldad, y defensa de la integridad territorial y de la desanrollo social integral de nuestro pais. soberarna naclonal. 11. Incentivar la lnsercon socioproductiva como eiemento fundamental del desarrollo social, impulsando el espirttu Gestion produetlva emprendedor solldarlo y la cultura dei trabajo colectivo.
Articulo 22. La qesticn produetiva de las empresas de propledao social directa e indireeta comunal y las unidades 12. Garantizar un modelo de gestion basado en el aprendizaje produetivas familiares del Sistema EconOmico Comunal debe permanente y regido por los prindpios propios de la responder a las neeesidades colectivas y contribuir a fortaleeer democrada revoludonaria. las potendalidades y capaddades de las comunidades y al desarrollo social de nuestro pais, en el marco del cumphmiento 13. Hacer transparente las estnJeturas de costas y predos, asi del Plan de Desarrollo Economico y Sodal de la Nadon, las como partidpar en la creadOO de nuevas formas de politicas y Iineamientos del Ministerio del Poder Popular para Ia espados de integradon, mediante el intercambio directode Comunas y ta Protecoon Sodal y del Plan de Desarrollo de la bienes y servidos entre organizadones socioproductivas y comunidad 0 cornuna correspondiente. lascomunidades. ObligacJones genenlles de le 14. Las dernas que Ie sean establecidas en su Acta Constitutiva Empresa de Produeclon SocIal y EstaMos, asf como en ConstitudOn de la Republica
Articulo 23. Las empresas de propiecJad social directa e BoIivariana de Venezueia, la Ley Org.nica del Sistema indirecta comunaI y las unidades productivas familiares del Econ6miCD Comunal, los Reglamentosl las Resoludones y Sistema EconOmico Comunal deberan: Normas adoptadas por ei Ministerio del Poder Popular para la Comunas y la ProtecdOO Sodal. I. Oisenar y ejecutar planes, programas y proyectos De la Administration y Contabilidad SOCloproductivos, en coordinadon con el Com~e de Articulo 24. La administradon y contabilidad de las empresas Economia Cornunal, el Consejo de Economia Comunal 0 la de propiedad sodal directa e Indirecta comunal y las unidades instancia de articuladon en materia de economia comunal productivaS familiares se rige par los prinopios de efidencia, del sistema de agregadon, segun sea el caso, dirigidos a eficada, radonalidad de la inversiOn, severidad del gasto, consolidar el desarrollo integral de la comunidad 0 las uniformidad, simpliddad, transparenoa, demoaada comunidades de nuestroambitoterritorial. partidpativa y protagOOica, rer"ndOO pUblica de cuentas y contralorla social. A tal efecto, adoptaran el modelo unico de 2. Promover y practicar la democrada participativa y admlnistradon y contabHidad estableddo para el Sistema protagonica, basada en los principios de la etica sociallsta y Economico Comunal por el Minlsterio del Poder Popular para las el desarrollo de aetividades socioproductivas, surgidas del Comunas y Protecdon Social. seno de la comunidad 0 las comunidades 3. Cumplir y hacer cumplir las decisiones emanadas del Blenes bajo regimen de propiedad social dlrecta Camite de Economia Comunal, el Consejo de Econom{a Articulo 25. los blenes muebles e inmuebles de las empresas Comunal 0 la instancia en materia de economia comunal de propiedad sodal direeta e indirecta comunal y las unidades del sistema de agregacion, segun sea el caso, en funclon productivas famillaresque constituyan los medios de produoci6n de artlCuiar los planes y proyeetos socioproductivos a ios de sus bienes y serviclos se encuentran bajo el. regimen de iineamientos de planificacion de la instancia respectiva. propiedad social directa, por 10 que su uso, disfrute y disposidon se rige por 10 estableddo en las leyes, reglamentos 4. Fomentar, promover e implementar el desarrollo de y resoluciones sobre la materia. aetividades socioproductivas, politicas, culturales, eeol6gicas, de defensa de los derechos humanos y de las Los bienes bajo propiedad social directa de estas personas en situadon de vulnerabilidad, de acuerdo a los organizadones produetivas deben identificarse plenamente en prindpios y valores contenidos en esta Ley. susEstaMos. ~.'. -: r ' ," -. ,'.. Jueves 2 de Cebrero de 2012 GACEI;\OFlClALDElAREPI1BUCAlIOllVARIANADEVENEZlJElA 391.181 De los Llbros y otros Infonnes socioproductiva, salvo las comunidades de areas IUrales y
Articulo 26. La, empresas de propiedad sodal directa e comunidades indigenas. indirecta comunal y las unidades productivaS familiares deben lIevar, en cumplimiento del numeralS del articulo 27 de Ia Ley 8. No ocupar cargos de elecci6n popular. Organica del Sistema Econ6mico Comunal, los siguientes Ubros debidamente certificadas pur el RegiStrO PUblico del Sistema 9. No estarsujete a Interdiod6ncivil 0 inhabUitad6n politica. EconomicoComunal: 10. No ser requerido pur instanclas jud'lCiales. 1. Libros de Contabilidad: Libro Dlano, Libno Mayor Y Ubro de lnventario. Para ser integrante de la Unidad de Adminislraci6n y ContraJoria Social, ademas de cumplir con los requisitlls anteriores, deber.i 2. Libros sooales: tibr o de Aetas de Asambleas, Libno de ser mayor de diedocho (18) aiios. 8 numeral 7 del presente Asistenda de Asamblea, Ubfo de Minutas de cada Unidad articulono sera aplicable a las Unidades Pnoductivas Fammares. Interna y Libno de Asistenda a Reuniones de caeIa Unidad Intema. . Derechos 3. Los demas que sean establecidas por eI Ministerio del Articulo 29. Las y las integrantes de las empresas de Poder Popular para la Comunas y la PnotecciOn Social. propiedad social directa e indirecta comunal y las unidades productivas familiares del Sistema Econ6mico ComunaI tienen, As; rnismo, al d erre de so ejercido fiscal deben presentar eI entre otros, los siguientes derechos: Balance General, estado de ganandas y peroidas, eI nujo de caja y el plan de aetividades para el ejercido foscal, los cuates 1. Redbir una justa remuneraci6n pur el trabajo rearaado de deben ser registradas en el Registno PUblico del Sistema acuerdo a la calidad y cantidad del mismo. Economico Comunal. 2. Redbir apoyo economico de su organi1ad6n socioproductiva ante situadones de contingenda, Sujeclon a nonnas generales emergenda 0 problemas de salud, que no posean
Articulo 27. La estructura interna, Cundonamienlo, modelo de capaddad de cubrir. qesticn, propledad social, sistemas de administraei6n y contabilidad, fondos internes, compras, intercambio, trueque, 3. Redbir permanentemente ta formadOn y capacitaci6n cornerctaltzacon, marcas e imagen de las empresas de tecnica-productiva y politioo-ideolOgica necesaria para su propicdad SOCial directa e indirecta comunal y las unldades pleno desarrollo dentro de la organizaci6n y del Sistema productivas familia res de' Sistema Economico Comunal se rige Economico Comunal. por su Acta Consttutiva y Estatutos, los cuales deben ajustarse y" cumplir la Constituden de la Republica BoIivariana de 4. Partidparcon derechoa VOl y voto en las Asambleas de Ia Venezuela, la Ley Organica del Sistema Ecooomico Comunal, los organizadon socioproductlva. Reglamentos, las Resoludones y Normas adoptadas por eI Ministerio del Poder Popular para la Comunas y Ia Pnoteed6n 5. Designar y ser designadas 0 designadas como integrantes Social. de las unidades internas de Ia organi1ad6n sodoproductiva. Seod6n Segunda 6. Partidpar con derecho a VOl en los espados de consuIta Y De los y las Integrantes de debate soilfe la gesti6n productiva de Ia organllacic5n Empresas de Propiedad Sodal Directa e Indlrecta sodoproductiva. Comunal y las Unidades Productlvas Famlllares 7. RedbirinformaciOn verazy oportuna de Ia adminislrad6n y gestiOn de la organizaci6n sodoproductiva. Requisites 8. Partidpar con derecho a VOl en las espados de rend'od6n
Articulo 28. Para ser integrante de las empresas de propiedad de cuenta y contraloria sodal de Ia comunidad, consejo social directa e indirecta comunal y las unidades productivas comunal, comuna 0 Parlamenlo Comunal. farnlltares del Sistema Econ6micoComunal se requiere: 9. Organizar planes de trabajo voIuntario en fawlr del 1. Ser venezolano 0 venezolana, extranjero 0 extranjera desarrollo eI desarrollo integral de SUS comuoidadies. resldente, habitante de Ia comunidad con al menos un (1) 10. Velar y defender eI buen usc de las activos de propiedad ano de residencia en la misma, salvo en los cesos de social 0 coIectiva. comunidades reoen consttuidas. 11. Los demas estableddas en Ia ConslitudOn de Ia RepUblica 2. Ser mayorde quince (15) anos. Sohvariana de Venezuela, fa Ley Drganica del Sistema Economico Comunal, los Reglamentos, las ResoIudones y 3. Estar inscrito en el registro electoral de Ia instance de Normas adoptadas por el Ministerio del Podier Popular para agregacion comunal. la Comunas y la Protecdon Social. 4. De reconocida honorabilidad.
Articulo 30. Los y las integrantes de las e m = : 5. Tener capacidad para el trabajo colectivo con disposicion y propiedad social directa e indirecta comunal y las unidades tlernpo para el trabajo comunitario. productlvas familiares del Sistema Ec0n6mico Comunal tienen. entre otros, las siguientes deberes: 6. Espiritu unitario y compromiso con las intereses de ta comunidad. I. Coadyuvar en eI desarrollo del sistema econcimico comunal, para contribuir con la transformad6n del modeIo 7. NO poseer parentesco hasta el cuarto grado de productivo tradidonal en un modelo pnoductivo soeialista. consanguinidad y segundo grado de afinidad con las demas integrantes de la Unidad de AdministradOn y de la 2. Incentivar fa participatiOn y ayudla mutua entre SUS Unidad de Contraloria Social que confonnanla organizad6n companeras y companeras de trabajo 391.182 GACETA OFiCIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARlANA DE VENEZUELA Jueves 2 de febrero de 2012 3. Promoverla etica y disciplina revoludonarla. S. Ser des9Jado 0 designada en un cargo publico de eleeoon popular. 4. Rendir cuenta de su gestion semestralmente y cuandose Ie sea requendo. 6. Per <I5DkJci6n Y/o IIquidaci6n de Ia organizad6n socioproWcliva. 5. Manejar con efiden cia y eficada los recursos de la organizadon, asignados per el Estado u obtenidos por 7. Per veneimientodel tenmino de duradOn de la organizaci6n cualquier otra via. socioproductiva. 6. Aetuar conforme a los acuerdos alcanzados en Asa mblea, 8. Incurrir en alguna falta grave 0 inheaon de las ya sea del ambito de su sistema de agregadon comunal 0 establecilIas en la ley que Mge Ia materia y las que nonmen las ordinaries y extraordinaMas de la organizaciOn las instanciasdel Peder Popular. productiva. 9. ConIraw!rir las disposldones estableddas en Ia Carta 7. Promover y practicer la dernocrada partidpativa y Ftnladonal de la Comuna, las Cartas Comunales relativas protaqoruca en el desarrollo de las aetividades a las IIIlI1I1ils.de convivenda 0 Incurrir en alguna falta socoproducnvas. calificadiJ mmo grave en la ley que regula la materia. 8. Partid par en el diseiio y ejecu d on de los planes, 10. 111 muerte. programas . y proyectos socioproductivos diMgidos a consolidar el desarrollo integral de la comunidad. 11. AcIDs de vioIencia contra los demas integrantes de Ia e<ganizacitln socIoproductiva 0 sus familias. 9. Promover la Contralorfa Social y estar sujetoa la misma. 12. lnannplimiento reiterado e inj ustificado de sus 10. Velar por el buen uso de los activos de propiedad social 0 I espot lSiIIJiIidddes labora Ies. coIectiva. 13. Haber sidD sancionado 0 sandonada de forma reiterada 11. l os dernas establecidos en la Constitudon de la RepUblica po< haIII!I" inamido en faltas estableddas en el Reglamento aonvanana de Venezuela, la Ley Orqanlca del Sistema de Normas, Faltas Ysandones. Econ6mico Comunal, los Reglamentos, las Resoluciones y Normas adoptadas por el Ministerio del Poder Popular para 14. Cualq..... otra que establezcan los estatutos de la la Comunas y la IJOtecd6n Social. e<gani>adlln sodoproduetiva Comuna!. Trabajo comunltarlo y formad6n int egral Par8gnlfo Primero: En las empresas de propiedad SOCial
Articulo 31. Todos los y las integrantes de las empresas de directa e irDecta comunal corresponde a Ia Asamblea de propiedad sociai directa e indirecta comunal y las unidades Oudadanos y Ciudadanas deliberar y deddir sobre la perdlda de productivas familiares del Sistema Economico Comunal tlenen el condi<i6n de integrante en los cases contemplados en los derecho y el dew de desarrollar aedones de trabajo numerales 2,. 8, 9, 11, 12 Y 13 de este articulo, previa soIidtud comunitario como expresi6n de conciencia y compromiso al de Ia Asamliea de la organizaci6n SOCioproductiva. En los servicio del pueblo, contMbuyendo al desarrollo SOCialista dernas eases, Ia Asamblea de Oudadanos y Oudadanos 50 comunal, de manera organizada, coordinada y colectiva. limitar.i a W!lificar y declarar Ia percjlda de la coodid6n de integrante, previa soIidtud de ta Asamblea de la organizadOn As[ mismo, tienen el derecho y el deber de partlooar en socioprod~ En los supuestos previstos en los numerales 8, procesos y actividades de forrnaoen y capacttaoon tecnlca- 9, 11, 12 Y 13 de este articulo, la Unidad de AdministradOn de productiva y polltico-ideol6gica necesaria para su desarrollo la organlzadDn socioproduetiva podra adoptar y ejecutar las integral dentro de la orqanizadon y del sistema econ6mico medidas inmeclatas que sean necesarias para garantizar su comuna!. A tal efecto, asisnran a los procesos y actividades que adecuado finionamiento, inc1uyendo la separad 6n provisional, sean convocados por la Unldad de Formad6n de Ia organlzad6n con 0 Sin ~ de remuneradOn, del 0 Ia integrante SOCioproductiva, asl como por el Ministerio del Poder Popular COIlespDiidienle, hasta por el maxlmo de treinta (30) dias para las Comunas y Protecdon Social, para 10 cual disfrutaran continuos. de penmiso debidamente remunerado durante el tiempo que requieran para particpar en ellos. Panlgrafo segundo: En las unidades prodUClivaS familiares Perdida de la Condidon de Integrante corresponde a Ia Asamblea Familiar deliberilr y deddir sobre Ia
Articulo 32 . Son causas de perdida de la condidon de perdlda de a:nId6n de integrantes en los casos cootemplado, integrante de las empresas de propiedad social directa e en los nulll5lles 2, 8, 9, 11, 12 Y 13 de este articulo, asi come indirecta comunal y las unidades productivas familiares del infonmar posaa.,,,"ente la decision acordada a la Asamblea de Sistema Economlco Comunal: Oudadanos y Oudadanas de la Instanda de agregaci6r comunal a que mrresponda. La renunda a su condidOn de integrante de la organizacion SOCioproduetiva. Reglamento de Nonnas, Falta. y sandones
Articulo 33. ..... empresas de propledad SOCial directa e 2. EI cambia de residencia comprobado, Fuera del ambito indirecta coamaI y las unidades productivas familiares del geograFico al que pertenezca la organlzadon Sistema Eco"OaIico Comunal estableceran un Reglamento de socioproductiva. Nonmas, Falas Y sandones, aprobado per su Asamblea, a los fines de garanlizar la convivencia, el respeto reciproco Y I", 3. Par enfermedad que imposibilite ejercer sus funclones. derechos de sus integrantes, asi como el adecuadc fundonamienlD de la organizadon SOCioproductiva. En est", 4. Estar sujeto a sentencia definitivamente firme, dictada por Regiamento 110 pod",n establecerse causas de perdida de I' los organos jurisdiccionales, que impida el ejercicio de sus condici6n de negrantes distintas a las previstas en la leI rundones. Org,;nica del Sistema Economico Comunal. Jueves 2 de febrero de 2012 GACETA OFlClALDElAREPUBUCAIlOI1VARlANADEVENEZIJELA 391.183 secclen Tercera Unidad de Contraloria Social, de la de la instancia de Las Empresas agregacion comunal a que corresponda, y dei Ministerio del de Propiedad Social Direeta e Indirecta Comunal Poder Popular para las eomunas y Proteccion Social. 10. Promover la soludon alternativa de conflictos internos de la Estructura O~anlzativa orqanizacon, sus unidades tnternas y de sus Productores y
Articulo 34. La estructura interna de las empresas de Productoras a traves de la rnedtadon. propiedad social directa e indirecta comunal estera conformada par la Asamblea de Productores y Productoras, como 11. Proponer la escala de remuneraciones y beneflcios sodales rnarufestacion de la democracia directa y protaqonica, y per las de los Productores y Productoras a la consideraclon de la siqutentesunidades internas: Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia de aqreqacion comunal a que corresponda. 1. Unidad de Adrninlstraclon. 2. Unidad de Gestion Productiva. 12. Fijar los porcentajes de Fondos Internos de la crqanlzacion 3. Unidad de Formacion. productiva, de conformidad con las leyes, reglamentos y 4. Unidad de Contraloria Social. resoluciones. . 'I 13. Determinar las condiciones de trabajo de los Productores y Asamblea de produetores y Produetoras Productoras de caracter no pecuniario tales como, jornada
Articulo 35. La Asamblea de Productores y Productoras de las de trabajo, horarlo, dias de descanso y vacadones. empresas de propledad social directa comunal estara integrada par todos los Productores y Productoras que prestan servicios 14. Conecer los informes de funcionamiento de las unidades en elias, inciuyendo a qulenes se encuentren en condtdon de internas de la orqanlzauon socioproductiva. perrnlso a hcenoa. 15. Las dernas que establezcan las leyes, reglamentos y resoluciones. Atrlbuciones de la Asamblea de Productores y Productoras EI numeral 1 del presente articulo no sera aplicable a ias
Articulo 36. La Asamblea de Productores y Productoras de las empresas de propiedad sodal indirecta comunal. En estos empresas de propiedad social directa e indirecta comunal cases, correspondera a la Asamblea de Produetores y tendran las siguientes atribuciones: Productoras decldir presentar la propuesta de reforma del Acta Constitutiva y Estatutos de estas organizaciones 1. Aprobar el Acta Constltutiva y Estatutos de la orqanizaoon secioproductivas, a los fines de someterla a la conslderadon del socioproductiva, as! como sus reformas, previa decision de Ejecutivo Nadonal, Estadal 0 Municipal, sequn corresponda. la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancla de aqreqacion comunal a quecorresponda. En los casos contemplados en el numeral 9 del presente articulo, si 50 tratare de empresas de propiedad social indirecta 2. Proponer ei Proyecto sodoproductivo a la consideradon de comunal, el ejercicio de estas atribuciones corresponde al la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia Ejecu~vo Nacional, Estadal 0 Municipal 50gun corresponda. de agregacion comunal a quecorresponda. 3. Proponer el ingreso de nuevos Productores y Productoras a Asambleas de Produetores y Productoras la consideradon de la Asamblea de Ciudadanos y Ordlnarlas y Extraordinarias Ciudadanas de la instancia de agregaci6n comunal a que Articulo 37. La Asamblea de Productores y Productoras corresponda. Ordinaria de las empresas de propiedad social directa e indirecta comunal sesionara cuatro (4) veces al ano, una (1) 4. Aprobar la perdida de condidon de integrantes de la durante cada trimestre. La Asamblea de Productores y orqaruzacion socioproductiva, as! como informar a la Produetoras Extraordinaria seslonara cuando sea convocada por Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de Ia instanda de soiicitud de dos tercios (2/3) de los Productores y Productoras; agregacion comunal a que corresponda. ia Unidad de Acministracion; la Unidad de Gestion Productiva; 0, por la Unidad de Contraloria Social. 5. Proponer los integrantes de las unidades internas de la orqanlzadon socioproductiva a la consideration de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia de La Asamblea de Productores y Productoras de las empresas de agregaci6n comunal a que corresponda, as! como solicitar propiedad social directa e indirecta comunal 50 considerara su remoci6n cuando 10 estimen conveniente y oportuno, validamente constituida cuando concurran dos tercos (2/3) de salvo 10 estableddo en el articulo26 de la Ley Orqanica del los Productores y Productoras. En caso de no haber quorum Sistema Econ6mico Comunal. para la primera convocatoria, seconvocara la Asamblea por segunda vez para una fecha comprendida dentro de los tres 6. Aprobar y reformer el Reglamento de Normas, Faltas y (03) dias siguientes en los mismos terminos de la primera y 50 Sanciones de los Productores y ProductDras, asi como constderara validamenteconstituida con el cincuenta por ciento aplicar las sanciones a que hubiere lugar por las faltas que (50%) de los Productores y Productoras. Esta circunstancia 50 no sean graves. harasaber en la convocatoria. 7. Aprobar y reformar ei Reglamento Interno del Fondo de Atenclon a los Productores y Productoras. Declslones y Aetas de las Asambleas de Produetores y Produetoras Ordlnarlas y Extraordlnarlas 8. Aprobar las solicitudes de cooperacion soIidaria dirigidas a Articulo 38. Las declsiones de la Asamblea de Productores y atender a necesidades imprevistas de los Productores y Productoras de las empresas de propiedad sodal directa e Productoras con recurses del Fondo de Atendon a los indirecta comunal se adoptaran por mayorfa simple de votos de Productores y Produetcras. los Productores y Productoras presentes en la Asamblea. Sin embargo, las decisiones referidas a la reforma de los Estatutos, 9. Adoptar las dedsiones de disponer y gravar los bienes que la aprooaoon y reforma del Reglamento de Normas, Faltas y constituyen medios de producdon hajo regimen de Sanciones de los Productores y Productoras, la eprooadon y propiedad social directa, con autorizadones previas de la reforma el Reglamento Interno del Fondo de Atendon a los 391.18~ GACETA OFICIAL DE LA REPUBLI CA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Jueves z de febrero de 2012 Productores y Productoras, la fijadon de la escala de 7. Aprobar, suscribir contratas y convenios de diferente remuneraclones y benefidos sodales de los Producteres y indole, que sean necesanos para la consecuoon de los Productoras y la Fljaclon los porcentajes de Fondos Internos de fines de la organization socioproductiva, de eonformidad la1lrganizacion productiva, seran adoptadas por la mayoria de con 10 dispuesto en las leyes, reglamentos y resoludones, cos tercios (2/3) de los Producteres y Productoras presentes en as; como en - los Estatutos, previa autorizadOn de la la Asamblea . instanda de agregadon comuna! 0 el Organo 0 ente del Poder PUblicO al Que corresponda • .De toda Asa mblea de Producteres y Productoras se levantarii un acta que se hara constar en el Iibro respective y debera hacer 8. Supervisar Ia gestion de los y las inl egranl es de la mendon a las decisiones, medldas acordadas y anexar la lista organizadOnsocioproductiva comuna!. de los asistentes a la rnlsrna. B acta debera ser f lrmada per los y las presentes en la Asa mblea. Las actas levantadas en las 9. Convocar y presidir las asambleas ordmartas y asarnbleas respectivas seran de conocimiento publico y deberan extraordinarias de la orqanlzadon socioproductiva, de ser registradas en el Registro Publico del Sistema Economlco conformidad con las leyes, reglamentos, resol uoones y los Comuna!. Estatutos. Designation y remodon 10. Designar y 'revoca r apoderados 0 apoderadas judiciales y de Integrantes de las Unldades Intemas extrajudidales.
Articulo 39 , Las unidades de adminlstradOn, gestion productive, formacion y contraloria social de las empresas de 11. Abrir, movilizar y cerrar cuentas bancarias. propiedad social directa e indirecta comunal estaran conformadas por tres (03) integrantes que seran de Iibre 12. Comprar, vender, gravar y enajenar los bienes muebles e deslgnacion y rernooon de la Asamblea de C1udadanos y inmuebles de la orqanlzadon socioproductiva, previo Cludadanas de la instanda de agrega clon comunal a que corresponds, previa propuesta presentada de forma escnta por Informe favorable de la Unldad de Contraloria Social y la Asamblea de Productores y Productoras de la orqamzadcn aprobaoon de la instancia de aqreqacion comunal 0 el socioproductiva, salvo 10 dispuesto en el articulo 26 de ta Ley organo del Peder PUblico al que corresponda, excepto en Organica del Sistema Econornico Comunal. Quienes sean los cases de los blenes que conslituyan medios de designados ejerceran sus funciones durante el periodo de dos producdOn bajo regimen de propledad social directa cuya (2) alios, pudiendo ser nuevamente designados para ejercer deciSiOn corresponde a la Asamblea de Productores y drchas responsabllidades. Producloras 0 bajo regimen de propiedad social indirecta cuya decision es abibucion del Ejecu!ivo Nacional, Estadal Solo podran ser designados como inteqrantes de estas unidades o Munidpal, segtin corre sponda. internas 10 5 Productores y Productoras de la empresa de propiedad social directa comunaJ. En las empresas de propiedad 13. Velar porcue las actividades de la orqanizacion social directa comunal que tengan rnenos de coce (12) sodoproductiva se desa rrollen con estrieto eumplimie nto de las disposidones de esta Ley, SU Reg lamento, los estatutos Productores y Producloras, podran designarse a las mismas personas como integrantes de las unidades de administracicn, de fa organizati6n socioproductiva, el respective Plan de gestion produetiva y forrnadon , En estos casas, los y las sesnon, en correspondenda con el Plan de Desarrollo intecrantes de la unldad de contralor;a no podran formar parte Comunal. de las demas unldades internes de la organizadon socioproduetiva. 14. Elaborar un informe sobre los porcenlajes aplicables a los fondos intennos de la organizadon sodoproductiva y presenta~o a Ia conSiderad6n de la Asamblea de Unldad de Administration Productoresy Producloras.
Articulo 40. La Unidad de Admlnlstradon de las empresas de propiedad social directa e indirecta comunalliene las sigulenles 15. Presentar a la c:onsideracion de la Unidad de Contraleria funciones: Social informes bimestrales sobre la adminlstradOn de los Fondos Inlennos de Ia organizadOn socioproducliva. 1. EJercer la represenladOn legal de la organlzadOn socloproductiva. 16. Presentar a Ia oonsideracion de la Unldad de Contraloria Social Informes semestrales sobre €I desarrollo de los 2. Ejercer la gestion en el ambito de su competencia de las planes y proyedDS socioeoon6micos de la organizadon operaciones para e' optima funcionamiento de la sodoproductiva. organizacion socioproductiva. 17. Ejercer las abi budones relabvas a las politicas de personal 3. Administrar los recursos produdo de los excedentes que y de lalento humane. seran desti nados al fondo de mantenimiento productivo. 18. Las demas Que se establezcan las leyes, reglamenlos y 4. Presentar semestralmenl e a la Asam blea de C1udadanos y resoludones. (iudadanas de la Instancla de agregacion' comunal a que corresponda, informe sobre las activldades desarrolladas y estado de cumplimienl o de las metas de la organlzad On Unidad de Gestion Produetiva soeioproductiva; y al eierre del ejerclc;o fiscal, balance Articulo 41. La Unldad de Gestion Productiva de las empresas general, esiado de ganancias y perdidas, el nUlO de caja y de propiedad social directa e indirecta comunal e indirecta tien e el plan de actividades parael ejercicio fiscal siguiente, para las siguientes func iones : su aprobacion. 5. Uevar los Libras obligatorios que establece las leyes, 1. Asegurar que el manejo de la organlzacion socioproductiva leglamentos y resoluclones, asi como cualquier otro que y sus benefldos esten orientados a la satisfaccion de las estime necesario 0 conveniente la organizacion neeesidades de la comunidad, a traves de la produccion, socloproduetiva. distribu cion, intereambio y consumo de bienes y servid os, saberes y conodmiento, pudiendo ser el intercambio de 6. Administrar lOs recursos, productos, bienes y services que caracter soJidario. Ie pertenezcan a la organizadon socioproductiva, de 2. Garantizar la planificadon de lodas las fases del cido conformidadcon las leyes, reglamentos y resoludones. productive de acuerdoal respectiveplan de gestion. Jueves 2 de feb-ere d. 2012 GACETA OFIOALDE LAREPUBUCABOUVARIANA DE VEl'I"EZUELA 391.185 3. Ejecutar et desarrollo del delo productivo bajo principios sodoproductiva y recomendar oportunamente a Ia Unldad sodalistas de equilibrio ecoloqko. de Administrad6n los ajustes y correctivos que estime neceseries. 4. Asegurar que el manejo de la organlzad6n sodoproductiva y sus benefidos esten en fundon de la satIsfacd6n de las 2. Ejen:er la superv;siOn, control, seguimiento, vigilanda y necesidades oolectivas. f1scanzadOn de la ejecuci6ri de los planes y proyectos de la organlzadOn socioproductiva, .sf como de sus fondos 5. Deddir el precio final para el acceso de las personas a los intemos. bienes 0 services provenientes de las actividades desarrolladas par ta orqaruzacion, en <:orrespondenda con 3. Rendir cuenta publica mediante fa presentaclon de un 10 establecido per el orqano 0 ente oompetente del Estado. informe al derre de cada ejerddo fiscal ante la Asamblea de Oudadanos y Ciudadanas instancia de agregael6n 6. Promover formas de orqanizadon del lrabajo que comunal a que oorresponda 0 e~ cualquier momento que desarrolien una nueva cultura laboral, maximizando las .<P....~'l la Instancia respectiva 10 requlera, de conformidad oon las poslbilidades para lograr la transldon hada el ModeloD • Productivo Sodalista. II~. ~ ~j lOl . leyes, reglamentos y resoluciones. . 4. Coovocar las asambleas extraondinarias de la organizadOn 7. Dead ir 10 relativo a la compra de insumes para la ...., ,"',...;'., sodoproductiva. cuando 10 estime pertinente para el mejor producdon de bienes y servicios de la organizaci6n . .. ' '. cumplimiento de sus funciones. socioproductiva . 5. Autonzar previamente Ia oompra, incremento, disposicion y 8. Decidir 10 relative al destine de bienes y servic:iOS de la gravamen de los bienes que constituyan medios de orqanizado n sodopnoductiva a traves de la distribuc:i6n, producdOn bajo regimen de propiedad social dinecta, de cornercializaoon e intercambio soIidario. oonformidad con las !eyes, reglamentos y resoludones. 9. Presentar a la considerad on de la Unidad de Conlraloria 6. Conocer y evaluar los informes trimestrales que pnesente la Social informes semestrales sobre el desarrollo de los Unidad de Administracion sobre la admlnistradon de los planes y proyectos soooeconornlcos de la organizadOn Fondos Internos de la organizacion socioproductiva y socioproduetiva. realizar ias observadones y recomendaciones a que hubiere lugar, de oonformidad oon las leyes, reglamentos y 10. Las demos que se establezcan las leyes, reglamentos y resoludones. resoluoones. 7. Conooer y evaluar los informes semestrales que presenten En las empresas de propiedad social indlnecta oomunal las la Unidad de Administradon y la Unidad de Gestion atribu ciones establecidas en los numerales 5, 7 Y 8 del presente Productiva sobre el desarrollo de los planes y proyeclOS artic ulo deben ejercerse de manera conjunta con eI Ejecutivo Nacional, Estadal 0 Munldpal, segun corresponda . socioecon6miCOS de Ia organizaciOn socioproduetiva y realizar las observaciones y recomendadones a que hubiere lugar, de oonformidad oon las ieyes, reglamentos y resoluciones. Unidad de Fonnad6n
Articulo 42. La Unidad de FormadOn de las empresas de 8. Requerir informadOn mensual sobre la gesti6n de Ia propiedad social directa e indirecta oomunal tiene las siguientes Unidad de Administraoon y Unldad de GestiOn Productiva, funciones: induyendo el estado de las cuentas bancarias. 1. En arncuiao on con el organa coordinador, desarrollar 9. Inspecdonar y tener acceso a los libras, archives, programas para torrnaoon y capacitaciOn eboo-politica y documentos y oficinas de la Unidad de Adrnlnistradon y tecnico-producttva para los y las integrantes de la Unidad de Gestion Productiva, previa autorlzaclon de la orqamzacion socioproductiva y de la comunidad 0 las Asamblea de Oudadanos y Cludadanas. comunidades, asi como para la acreditadon de saberes y conocimientos, para suministrar las herramientas 10. Las oernas que se establezcan las teves, reglamentos y necesarias para la construcd on del modelo sodalista. resoludones. 2. Implementar mecanismos dirigidos a intercambiar Cuando las observadones y recomendadones de la Unidad de tecnologia, oonOcimientos y saberes para obtener mayor Conlraloria Sodal no sean consideradas por las demas unid.ades eficad a, eficienda y efectividad en la produeci6n e intemas de la organizad on SOCiOproductiva, de manera intercambio de bienes y la prestadOn de servidos . reiterada e inj ustifi cada, las mismas seran elevadas a la instancia de agregaci6n oomunal a Ia que oorresponda y al 3. Generar procesos de aoompaiiamiento sodal integral Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Proteccion mediante la asesoria tecnica y finandera de proyectos SOcial. socio-productivos. 8 Informe Anual contemplado en el numeral 3 de este articulo 4. Articular · redes sodoproductivas como sistemas de deber.\ ser registrado en el Reglstm PUblico del Sistema integrad on entre las comunidades y la organizatiOn Econ6mico Comunal . A tal efecta, quienes integren la Unidad de socioproduetiva. Contraloria Social podran registrar este informe directamente, sin intermediadon de las demos unidades internas. 5. Las demos que se establezcan las Ieyes, reglamentos y resoluciones. Atribuclones de la Asamblea de Cludadanos y Cludadanas Unidad de Contraloria Social Articulo 44. La Asamblea de Oudadanos y Oudadanas de la
Articulo 43 . La Unidad de Contraloria Social de las empresas instancia de a agregaciOn oomunal a que corresponda de las de propiedad social directa e indirecta comunal tiene las ernpresas de propiedad sodal directa e indinecta comunal tiene siguient es funciones: las siguientes atribuciones: Vigliar la buena marcha de todos y cada uno de los 1. Deddir y avalar previamente el Acta ConStitutiva y procesos, funciont::s Y resp0nsabilidades de la organizad on Estatutos de la organizadon socioproduc.t.Jva, asi como sus 391.186 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLlVARlANA DE VE NEZUELA Jueves 2 de Iebrero de 2012 reforrnas, presentada a su consideracion por la Asamblea La liquidad6n de las empresas de propiedad social directa de Produetores y Produetoras. comunai ccrrespondera a 50 Unidad de Administradon, En estos casos, de conformidad con el numeral 4 del articulo 39 de ta 2. Aprobar el Proyeeto soooproducnvo somebdo a 50 Ley Organica del Sistema Ec0n6mico Comunal, los bienes consideradcn por la Asamblea de Produetores y resultantes de Ia HquidadOn, si los hubiere, no podran ser Produetoras. apropiados per ninguna de las personas que conformes esta organizadon sodoproducbva. Estes bienes cooservaren y 3. Deddir lOS ingresos de los nuevas Productores y pasaran a estar bajo eI regimen .de propiedad social comunal Productoras, asi como conoeer de la perdida de condloon direeta 0 indirecta seqim corresponda, de contorrnldad con 10 de integrantes de la orqaruzacion soeioproducbva. establecido en las ieyes, reglamentos y resoluciones. 4. Designar y remover a los y las integrantes de las unidades Seecion Cuarta internas de la organizacion sociaproductiva, previa solicitud Las Unidades Productlvas Familiares expresa de la Asamblea de Produetores y Produetoras. 6. Adaptar las decisiones de comprar, incrementa" disponer y Estructura Organlzatlva gravar los bienes que constituyan medios de produccion Articulo 46. La estruetura de las unidades producbvas bajo regimen de propiedad social directa, de conformidad familiares estara conformada por la Asamblea Familiar, como con las leyes, reglamentos, resoludones y los Estatutos. manifestadon de la democ:raeia e igualdad en las reladones ~ familiares, y per fa Unidad de Administradon y GesbOn 7 Aprobar la escata de remunerad ones y benefidos sociales • • Producbva. de ios Produetores y Produetoras, presentados a su consideraclOn por la Asamblea de Productores y • 1"11 Produetoras, en cumplimiento de Iineamientos del Asamblea Familiar Ministeriodel PoderPopular para las Comunas y Prolecaon Articulo 47. La Asamblea Familiar de las unidades producbvas Social. familiares estara integrada par tados los y las Integrantes que prestan servidos en elias, induyendo a quienes se encuentren 8. Deddir sobre la adminlstradon y distribuciOn de los en condidon de permiso 0 licencla. recursos Fondo Comunitario para la Reinversion Social de la orqanizadon sodoproductiva, Atrlbuciones de la Asamblea Familiar 9. Ejercer las atrlbuciones en materia de contralorla social/ de Articulo 48. La Asamblea Familiar de las unidades producbvas conformidad con las leves, reglamentos, resoluciones y los familiares tendren las siguientes etnbuoones: Estatutos. I. Aprobar el Acta Consbtutiva y Estatutos de la organizaciOn 10. Conocer de los casos de incumplimientos reiterados e sodoproductiva, asi como sus reformas, previa dedsion de injusbficados de las observadones y recomendaciones de la Asamblea de Oudadanos y Oudadanas de la instanda la Unidad de Contraloria Social, que sean presentados a su de agregadOn comunal a que corresponda. consideraoon por esta unidad interna y adoptar las deoslones a que hubtere lugar. 2. Proponer del Proyecto socioproductivo, a la consideraoon de ta Asamblea de Oudadanos y Oudadanas de la I I. Autorizar a la Unidad de Contraiorfa Social a inspecdonar y mstanoa de agregacion comunal a que corresponda. tener acceso a los libros, archivos, documentos y ononas de la Unidad de Administradon y Unidad de Gesbon 3. Proponer eI ingreso de nuevas integrantes, a la Productiva . constderaoon de la Asamblea de Gudadanos y Ciudadanas de la mstanoa de aqreqaclcn comunal a que corresponda. 12. Las cernes que se establezcan las leves, reglamentos y resoluciones. 4. Aprobar la perolda de condldon de integrantes de la EI numeral 1 del presente articulo no sera apncabte a las orqanlzacton socioproductiva, as! como informar a ta empresas de propiedad social indireeta comunal. En estos Asamblea de Gudadanos y Ciudadanas de la instance de cases correspondera a la Asamblea de Cludadanos y agregadon comunal a que corresponda. Cludadanas avalarla propuesta de reforma del AetaConsbtutiva y Estatutos presentada por la Asamblea de Productores y 5. Propaner personas para 50 deslgnadOn como inlegrantes Productoras de estas organizaciones sodoproductlvas, a los de fa Unidad de Administradon y Gesbon Producbva de la fines de sameterta a la consideradOn del Ejecutivo Nadonal, organizadOn socioproducbva ante la consioeradon de la Estadal 0 Municipal, segun corresponda. Asamblea de Oudadanos y Oudadanas de la instanda de agregadon comunal a que corresponda, asf como soiicitar En los casas contemplados en ei numeral 6 del presente su remoci6n cuando 10 estimen conveniente y oportuno , articulo, si 50 tratare de empresas de propiedad social indirecta comunal el ejercicio de estas atribuc iones corresponde al 6. Aprobar y reformar el Reglamento de Normas, Faltas y Ejecuti~ Nadonal, Estadal 0 Municipal seguncorresponda. Sanciones de los y las lnlegrantes, asi como aplica, las sanciones a que hubiere lugar por las faltas que no sean Dlsolucion y Uquldacion graves.
Articulo 45. La disolucion de las empresas de propiedad social direeta comunal 5610 puede ser acordada por la Asamblea de 7. Aprobar y reformar el Reglamento Interno del Fondo de Ciudadanos y Ciudadanas de la instancia de agregacion Atendon a los y las Integrantes. comunal que Ie corresponde, por mayorla del setenta y cinco por ciento (75%) de las personas presentes, previa solicitud de 8. Aprobar las solicitudes de cooperacion solidaria dirigidas a la Asamblea de Produetores y Produetoras, decidida en atender a necesidades imprevistas de los y las lntegrantes Asamblea Extraordinaria convocada unicamente a con esta con recursosdel Fondo de Atencion a los y las Integrantes. finalidad por una mayoria del setenta y dnco por ciento (75%) de los Productores y Produetoras presentes. La decisiOn de 9. Adoptar las decisiones de disponery gravar los bienes que disolud on de esta organizad 6n socioprocluctiva sera notifica~a consbtuyen medios de producdon bajo regimen de por la Unidad de Administradon dentro de los tres (3) d,as propiedad social 0 familiar, con autonzadones previas de la habi es al Ministerio del Poder Popular para las Comunas. instanda de agregadon comunal a que corresponda y dei J ueves 2 de febre ro de 2012 GA~OFlOALDElAREPiJBUCABOUVAR1ANADEVENEZL'EIA 391.187 Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protecoon De toda Asamblea Familiar se levantara un acta que se hara Social. oonstar en el Iibro respective y debera hacer mendon a las decisiones, medidas aoordadas y anexar la \ista de los 10, Promover la sotudon altemativa de oonfiictos Internos de la asistentes a la misma. EI acta debera ser firmada por los y las organizacion y de sus lnt egrantes a traves de la medieclon. presentes en la Asamblea. Las actas levantadas en las asambleas respectivas seran de oonodmiento publico y deberan 11. Proponer te escala de remuneradones y benefid os sodales ser registradas en el Registro PUblioo del Sistema Eoon6mioo de los y las Inteqrantes, a fa consderacon de la Asambiea Comunal. de Cludaoanos y Ciudadanas de ta Instanda de agregadon comunal a que corresponda. Deslgnaclon y remoclon de integrantes de 12. Fij ar los porcentajes de Fondos Internos de la orqanlzacion la Unldad de Adminlstraclon y Gestion Productlva productiva, de conformidad con las leyes, reglamentos y Articulo 51. La Unidad de Admlnistraci6n y Gestion Productiva resol uciones. de las unidades productivas familiares estara conformada por tres (03) integrantes que seran de Iibre designacion y rernooon 13. Deter miner las condiciones de trabajo de los y las de la Asamblea de Ciudalianos y Ciudadanas de ta instanda de l ntegrant es de ceracter no pecunia rio tales como, jomada agregad6n comurial a que corresponds, previa propuesta de trabajo, horarlo, dlas de descanso y vacaciones. presentada de forma escrita por la Asamblea Familiar de la organizaci6n sodoproduetiva. Quienes sean designados 14, Conocer y evaluar los informessemestrales que presente la ejerceran sus funciones durante et periodo de des (2) aries, Unidad de Administrad6n y Gesti6n Produetiva sobre la pudiendo ser nuevamente designados para eje rcer dichas admlnistracion de los Fondos Intemos de la orqanlzadon responsabilidades. socioproductiva y realizar las observaciones y reoomendadones a que hubiere lugar, de oonformldad oon las leyes, reglamentos y resoludones. Unldad de Admlnlstradon y Gestion Productlva
Articulo 52. La Unidad de Administradon y Gesti6n Productiva de las unidades produetivas familiares tencra las siquientes 15. Conocer y evaluar los informes semestrales que presenten fundones: ta Unidad de Adrninistradon y Gestion Productiva sobre el desarrollo de los planes y proyectos sodoeconornlcos de la orqaruzacion socioproductiva y realizar las observaciones y recom endaciones a que hubiere lugar, de conformidad con 1. Ejercer la representaclon legal de ta Unidad Productiva las leyes, reglamentos y"resolud ones. Familiar. 16. ~s dernas que establezcan las leyes, reglamentos y 2. Ejercer la gestiOn en el ambito de su competenda de las resoluciones. operadones para el optima luncionamiento de ta organizad6n sodoproductiva. Asambleas Familiares Ordlnarlas y Extraordlnarlas 3. Administrar los recurses producto de los excedentes que
Articulo 49. La Asamblea Familiar Ordinaria de las unidades seran destinados al fondo de mantenimiento productivo. productivas familiares sesionara tres (3) veees al ano, una (1) du rante cada cuatrimestre. La Asambfea Familiar Extraord inaria 4. Presentar semestralmente a la Asamblea de Oudadanos y sesionera cuando sea convocada por solicltud de dos tero os Ciudadanas de la instaocia de agregad6n comunal a que (2/3) de los y las Integrantes 0 la Unidad de Administraci6n y corresponda, informe sabre las aetividades desarrolladas y Gesnon Productiva. estado de cumplimiento de las metas de la organizaci6n socioproductiva; y al cierre del ejercldc fiscal, balance La Asamblea Familiar de las unidades productivas familiares se general, estado de ganancias y perdidas, el fiujo de caja y considerara vaiidamente constituida cuando concurran dos el plan de actividades para el ejereicio fiscal siguiente, para tercios (2/3) de los y las Integrantes. En caso de no haber su aprobaclon. quorum para la primera convocatoria, se oonvocara la Asamblea por segunda VOl para una fecha oomprendida dentro de los tres 5. L1evar los Ubros obligatorios que establece las leyes, (03) dlas siguientes en los mismos terminos de la primera y se reglamentos y resoluciones, asi como walquier 000 que considerara valida ment e constit uida con el d neuenta par dento estime ne<esario 0 conven lente la organ ization (50%) de los Productores y Productoras. Esta circunstancia se sodoproduetiva. hara saber en la convocatori a. 6. Administra r los recursos, productos, bienes y servidos que ie pertenezcan a la organizad6n socioproductiva, de conformldad con las !eyes, reglamentos y resoludones. Oecisiones y Aetas de las Asambleas Famlliares 7. Aprobar, suscribir oontratos y convenios de diferente Ordinarias y Extraordinarias indo le, que sean necesarios para la consecuci 6n de los
Articulo 50. Las decisiones de la Asamblea Familiar de las f ines de la organizacion socioproductiva, de conformidad unidades productivas familiares se adoptaran por mayorfa con 10 dispuesto en las leyes, reglamentos y resoluciones , simple de votos de los y las Integrantes presentes en la asi como en los Estatutas, previa autorizacion de la Asamblea. Sin embargo, las dedsiones referidas a fa reforma de instancia de agregacion comunal 0 el organa 0 ente del los Estatutos, la aprobacion y reforma del Reglamento de Poder Publ ico al que corre sponda . Normas, Falta s y sa ndones de los y las Integrant es, la aprobacion y reforma el Regl amento Interno del Fondo de 8. 5upervisar ia gestion de los y las integrantes de la Atencion a los Productores y Producloras, la fijaaon de la organizacion sodoproductiva comunal. escala de remuneraciones y benefidos sociales de los y las Integrantes y la fijacion los porcentajes de Fondos In ternos de g. Convocar y presidlr las asambleas ordinarias y la orga nizaci6n produetiva, seran adopta das par la mayoria de extraordinar ias de la organization socioprod uctiva, de dos tercios (2/3) de los y las Integrantes presentes en la conformidad con las leyes, reglamentos, resoludones y Asamb lea. sus Estatutos. 391.188 GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Jueves 2 de febrero de 2012 10. Designar y revocar apoderados 0 apoderadas judidales y planes y proyectos socoeconomlccs de la organlzad6n extrajudlciales. sodoproduetiva. 11. Abrir, movilizar y cerrar cuentas bancartas. 27. Las cernes que se establezcan las leyes, reglamentos y nesoluciones. 12. Comprar, vender, gravar y enajenar los bienes muebles e Las fundones establedcias en los numerales 1, 2, 3, 6, 7, 9, 10, inmuebles de la organizacl6n sodoproductiva, previa 12, 24, 2S Y 26 de este articulo son ejerddas de ferma aprobadcn de la instanda de agregaclon comunal 0 eI coleglada. La fundOn prevista en eI numeral 11 de este articulo organa del Poder PUblico al que corresponda, excepto en es ejerdda mediante des firmas conjuntas de los y las los cases de los bienes que constituyen medics de Integrantes de esta unidad Interna. A los fines del ejerddo de la producoon bajo regimen de propiedad social directa cuya fund6n estableddaen eI numeral 7 de este articulo, 0010 seran dedsi6n corresponde a taAsamblea Familiar. objeto de dicho pnxedimiento de autorizaclOn previa los convenes 0 contratos de flnandamlento 0 prestarno, tanto del 13. Velar perque las actividades de ta organizaa6n Estado comode entes privades. sodoproductiva se desarrollen con estricto cumpllmlento de las alSPOSidones de esta Ley, su Reglamento, los estatutos de Ia organizaci6n sodoproductiva, el respective Plan de Ab1budones de la Asamblea de Gesti6n, en correspondenda con el Plan de Desarrollo Cludadanos y Cludadanas Comunal. Articulo 53. La Asamblea de Oudadanos y Ouclaclanas de ta Instanda de agregaciOn comunal a Que corresponda de las 14. Elaborar un Informe sabre los porcentajes aplicables a los unidades productivas famlilares tiene las siguientes fondos internos de ta organizaci6n sodoproduetiva y atributiones: presentarlo a la consideraci6n de la Asamblea Familiar. 1. Deddir y avalar previamente el Acta Constitutiva y 15. Presentar a la conslderadon de la Asamblea Familiar Estatutos de la erganizaci6n socIopnoduetiva, a51 como sus informes semestrales sobre la administraci6n de los Fondos reformas, presentada a su consideraciOn por la Asamblea Internes de la organlzad6n sodoproductiva. Familiar. 16. Pnesentar a la consideraci6n de la Asamblea Familiar Social 2. Apnobar el Proyecto sodoproductive a 50 consideraciOn per informes semestrales sobre el desarrollo de los planes y la Asamblea Familiar. proyectos sodoecon6micos de la organizaci6n soooproducnva. 3. Dedd ir los ingresos de los nuevas integrantes, asi como conocer de la peroida de condidon de integrantes de la 17. Ejercer las atribudones relalivas a las politicas de personal orqanizaocn sodoproductiva. y de talento humano . 4. Designar y remover a los y las integrantes de las unldades 18. Asegurar que eI manejo de la orqaruzaclon .socIOp.roductiva internas de la organlzacion sodoproduetiva, previa solidtud y sus benefidos estenorientados a la sa~sfacoon de las expresa de taAsamblea Familiar. necesidades de la comunidad, a traves de la procucoon, distribudon, intercambio y consumo de bienes y serviclos, S. Adoptar las dedsiones de comprar, incrementar, disponer y saberes y conocimiento, pudiendo ser el intercambio de gravar los bienes (medios de prooucdon) baJo regimen de caracter solidario. propiedad social dlrecta, de conformidad con las leyes, reglamentos, resoluciones y los Estatutos. 19. Garantizar la planificaCi6n de todas las fases del octo productive de acuerdo al respectivo plan de g~6n . 6 Apnobar la escala de remunerad ones y benefldos sodales de los integrantes, presentados a su consideradOn por la Asamblea Familiar, en cumplimienlo de lineamientos del 20. Ejecutar el desarrollo del octo productive bajo pnnopios Ministerlo del Poder Popular para lasComunas y Protecd6n socialistas de equilibrloeco16gico. Social. 21. Asegurar que et manejo de la erganizaciOn sodop~uctiva 7. Deddir sobre la adminlstradon y distribud6n de los y sus benenoos esten en funci6n de Ia satisfacdon de ias recursos Fondo cOmunitario para la Reinversi6n Social de necesidades coleclivas. la organlzad6n sodoproductiva. 22. Deddir el preclo final para el acceso de las personas a los 8. Ejercer las abibudones en materiade contraloria social, de bienes 0 servidos provenientes de las actividades conformidad con las leyes, reglamentos, resoludones y los desarrolladas per la organizacion, en correspondenda con Estatutos. 10 esta~lecido per el organa0 ente competente del Estado. 9. Conocer de los cases de incumplimlentos reiterados e Inju~flcados de las observationes y recomendadones de 23. Promover formas de organlzaciOn del trabajo que Ia Unidad de Contraloria Social, que sean presentados a su desarrollen una nueva cultura laboral, maximlzando las consideradOn per esta unldad interna y adoptar las posibilidades para lograr la transidon hada el Modelo dedsiones a que hubierelugar. Productivo Socialista. 10. Las dermIs que establezcan las leyes, reglamentos y 24. Deddlr 10 rela~ve a la compra de. in5Omos para la resoludones. producdon de ~ienes y servldos de la organizadon socioproductiva. Disolud6n y Uquidad6n 25. Deddir 10 rela~ve al d~no de bienes y serviclos de Ia Articulo 54. La dlsoludon de las unidades produetivas organizadon socioproduetiva a traves de la dlstribucion, familiares 0010 puede ser acordada per la Asamblea de comerdalizaci6n e intercambio solidario . Oudadanos y Oudadanas de la instanda de agregadOn comunal que Ie corresponde, por mayor;a del setenta y dnce 26. Presentar a la consideracion de la Unidad de Contralor;a por dooto (75%) de las personas presentes, previa soIidtud de Social informes semestrales sobre el desarrollo de los la Asamblea Familiar, deddida en Asamblea Extraordln2ria, Jueves 2 de febrero de 2012 GACETAOFIC1ALDEIAREPUBUCABOllVARlANADEVENEZUElA 391.189 convocada urucarnente a con esta finalidad por una mayorfa del artlculaclon del trabajo en redes socioproductivas que setenta y cinco par clento (75%) de 105 Productores y contribuyan a ia satisfacdon de las necesidades colectivas, Productoras presentes. La decision de drsoludon de esta aportando la mayor suma de felicidad posible. orqanizadon socioproductiva sera notificada por la Unidad de Adrnirustraoon y Gesnon Productiva dentro de 105 tres (3) dias habiles siguientes al Ministerio del Poder Popular para las Obligaclones generales de los Comunas. Grupos de Intercamblo Solldario
Articulo 58. Los grupos de intertambio solidario del Sistema La llquldaclon de las unidades productivas familiares tconomico Comunal deberan: correspondera a su Unidad de Adrnlnlstracion y Gestion Productiva. En estos casos, de conformidad con el numeral 4 1. Estimular y fortalecer el intercambio justo de saberes, del articulo 39 de la Ley Organica del Sistema Economico bienes y servlcios en cualquiera de los espados de Comunal, 105 bienes resultantes de la llqulcaclon, si los hubiere, intercambio solidario. no podran ser aproplados por ninguna de las personas que conformen esta orqanizacion socioproductiva. Estos bienes 2. Promover la autogestion comunitaria, incentivando la conservaran y pasaran a estar bajo el regimen de propiedad creacon y. el 'desenvolvimiento personal de ias social comunal directa y se podran a disposicion de la instancla prosumldoras y prosumidores. de aqreqacion comunal que Ie corresponda, de conformidad can 10 establecido en las leyes, reglamentos y resoludones. 3. Mantener la buena fe como base de las operaciones de intercambio. 4. Respetar las tradiciones socialesy culturales. Capitulo V 5. Ser responsable en la elaboradon de bienes y prestadon EI Sistema Alternatlvo de Intercamblo Solldario de servldos, y los Grupos de Intercamblo Solidario 6. Coordinar arrnonicarnente las activldades dispuestas para seceien Primera el intercambio. Los Grupos de Intercambio Solldario 7. Fomentar el desarrolio endoqeno y sustentable. Creacion y constltucion 8. Desarrollar acciones estrateqicas de enlace y coordinadon
Articulo 55. La creadon y.aprobacion del Acta Constltutiva y de las actividades generadas en las etapas de la cadena Estatutos de 105 grupo, de intercambio solidario del Sistema socio-productiva artlculandolas a las redes sodo- Eccnornico Comunal debe ser aprobada por su Asamblea de productivas, a los mercados 0 espacios comunitarios de Prosumidores y Prosurnidoras. interacdon econornlca destinados al intercambio de saberes, bienes y servicios en conjunto can las brigadas sooaustas de producdon, dlstnbudon y consumo Objeto y duracion organizadas en el seno de la comunidad a comuna.
Articulo 56. Los grupos de intercambio solidario del Sistema Economico Comunal tendran por objeto: 9. Fortalecer la identidad comunal y las relaoones comunitarias. 1. Facilitar el encuentro de las Prosumidoras y Prosumidores para incentivar el desarrollo endOgeno y sustentable, can 10. Estimular las reiaciones can los orqanos competentes para vocadon haoa el equilibria entre la produccion y el el desarrollo de la producci6n de saberes, bienes y consume, procurando un modelo de economfa solidaria y servidos, como un medio para alcanzar la soberanfa equivalente, donde la produccion, los saberes y servicios se alimentaria. orienten primordialmente a la satisfaccion end6geno y el excedente productive se intercambie en funci6n de 11. Promover y practicer ia democracia partidpativa y complementar la satlstacdon de las necesidades y el protaqonlca en el desarrollo de las actividades sodo- mejoramiento de las condicionesde vida del pueblo. productivas surgidas del seno de la comunidad, con la inclusion de las Brigadas de producdon, dlstribudon y 2. Realizar actividades que resulten en beneficia de sus consume, a traves de las diferentes organizadones, Prosumidores y Prosumidoras para alcanzar el buen vivir empresascomunitarias y dernas formas asodativas guiadas suvo, suva y de sus familias. par los valores de la mutua cooperacon y la solidaridad. 3. Contribuir al desarrolio social integrai del pais. 12. Fomentar, promover e Implementar el desarrollo de actividades socioecon6micas, pollticas, culturales y La duraclon de estas organizaciones socioproductivas podra ser ecol6gicas para la comunidad, con preferencia en el ambito por tiempo determinado a por tlempo indefinido, de local. conformidad can 10 establecldoen sus Estatutos. 13. Ejercer la contraloria social. Valores y principios 14. Participar conjuntamente con las dernas formas
Articulo 57. Los grupos de Intercambio solidario del Sistema organizativas, surgidas en el sene de la comunidad que Economico Comunal rigen su organizacion y funcionamiento per existan a nlvel regional y local, en la planificad6n y los siguientes valores y principios comunltarios: la propiedad elaboraoon de planes, programas y provectos sooo- social, sattsfaccion de las necesldades de manera sustentabie y productivos. sostenlbie, la cultura ecoloqica, ia preponderancia de los 15. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones para sus intereses comunes sobre los indlviduales, gestion y prosumidores y prosumidoras. partidpadon democratica y protaqcruca, justlcia sociai, ia 16. Establecer redes socia-productivas de distribudon y de corresponsabilidad, cooperaclon, Iibertad, solidaridad, equidad, adquisicion de saberes, bienes y servidos. transparencia, honestidad, igualdad, eficiencia, eficacia, contraloria social, planificaci6n, rendici6n de cuentas, asociaci6n 17. Incentivar la insercion socio-productiva como elemenlO abierta y voiuntaria, formacion y educadon, "tlca socialista, fundamental del desarrollo social, impulsando el espirttu respeto y fomento de las tradiciones, la diversidad culturai, emprendedor y ia cultura dei trabajo colectivo. 391.190 GACETAOFlClAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Jueves z de febrero de 2012 18. Hacer transparentes las estructuras de costos y preoos, 3. Comite de Cornunkedon. particpar en la creaci6n de nuevas formes de mercado, mediante el intercambio directo de bienes y servidos entre 4. Comite de Administracion y Contabilidad. Organizaciones Socio-Productivas y con las comunidades organizadas. 5. Cornite de Logistica y Gestien. 19. Garantizar un modele de gestion basado en el aprendizaje La Asamblea de Prosumidores y PrOSllmidoras de los grupos de permanente y regido por los principiOS propios de la tntercambio solidario del Sistema Economico Comunal, pod", democracia revojucionaria, orientada a ta busqueda de una decidir la creaclon de cualquier otro corniteque sea necesario economia comunal soclallsta. para el desarrollo arrnonico de susfunciones. 20. Las dernas que Ie sean establecidas en su Acta Constitutiva y Eslatutos, as; como en Constitucion de la Republica Asamblea de Productores y Productoras Bolivariana de Venezuela, la Ley Organica del Sistema Articulo 63. La maxima autoridad de los grupos de Economico Comunal, los Reglamentos, las Reseluciones y intercambio selidario del Sistema Econornlco Comunal es la Normas adopladas por el Ministerio del Poder Popular para Asambl ea de Prosumidores y Prosumidoras, que tendra las la Comunas y la Protecd 6n Social. siguientes atribudones: 1. Disenar, denominar, valorar, administrar y en general, De la Admlnistrad6n y Contabilidad decidir sabre cualquter aspecto relativo a la moneda
Articulo 59. La admini>traden y conlabilidad de los grupos de comunal, de conformidad con la Constitud6n de la intercambio selidario del Sistema Econ6mico Comunal, se rige [] .~""rP''''' RepUblica Belivariana de Venezuela, las leyes, reglamentos por los prindpios de eficienda, eficada, racionalidad de la •• y Resoludones del Ministerio del Poder Popular para las inversion, severidad del gasto, uniformldad, simplicidad, O. • OR Comunas y Pnoteccien Social y del Banco Central de transparencia, democrada partidpativa y protagonica, rendicion Mtac,Ofl,Sde '~~e: ~~.·1 Venezuela. publica de cuentas y contralorfa sodal. A tal efecto, adoptaran J ) )414 Jo1.' el modelo untco de administracion y contabilidad establecido 2. Coordinar las actividades de organizadon y funcionamiento para el Sistema Econ6mico Comunal por el Ministerio del Poder de los diferentes espacios del intercambio selidario. Popular para las Comunas y Protecci6n Social. 3. Velar por el buen funclonamiento de la organ izacion internade la asamblea. De 10. Libro. y etres Informes
Articulo 60. Los grupo~ de intercambio selidario del Sistema 4. Cooocer de cualquier otro asunto que sea sometido a su Economico Comunal, en cumplimiento del numeral 5 del articulo consideration. 27 de la Ley Orqanlca del Sistema Econ6mico Comunal, deben lIevar los siguientes Libros, debidamente certiflcados por eI 5. Las dernas estableddas en las leyes, reglamentos y Registro Publico del Sistema Economico Comunal: resoludones. De Ias Asamblea. I. Libros Sociales: Libro de Aetas de Asambleas, Libra de de Prosumldores y Prosumldora. Asistenda de Asamblea, Libra de Minutas de cada Unidad Articulo 64. La Asamblea de Prosumidones y Prosumidoras Intema y Libro de Asistenda a Reuniones de cada Unidad Ordinaria de los grupos de intercambio soIidario se realizara Interna . regularmente despoes de cada mercado de trueque. La Asamblea de Prosumidores y PrOSllmidoras Extraordinaria 2. Registro de Aetividades de intercambio. sesionara cuando sea convocada por solidtud de dos tercios (2/3) de Prosumidores y Prosumidoras a per cualquiera de los 3. Los dernas que sean establecidos por el Ministerio del Comites que conforman el Grupo de IntercambioSolidario. PoderPopular para la Comunas y la Protecdo n Social. La Asamblea de Prosumidores y Prosumidoras se considerara validarnente constituida cuando conconran mas del dncuenta Sujeci6n a nonnas generales por ciento (50%) de los miembros que conforman el Grupo de
Articulo 61. La estruetura interna, fundonarnlento, modele de lntercamblo Solidario. En case de no haber quorum para la gestion, propied ad social, sistemas de adrranistraoon y primera convocatoria, se coovocara per segunda vez para una contabilidad, rondos internos, compras, int ercambio, trueque, fecha comprendida entre los slete (07) dias siguientes en los cornercializaclon, rnarcas e imagen de los grupos de mismos terrnlnos de Ia primera y se coosiderara validamente intercambio sohdano del Sistema Economico Comunal, se rigen constituida con eI numero de Prosumidores 0 Prosumidoras que por su Acta Constitutiva y Estatutos, los cuales deben ajuslarse concunran. Esta drcunstancia se hara saber en la convocateria. y cumplir la Constrtuci6n de la Republica Bolivariana de Venezuela, la Ley Organica del Sistema Economico Comunal, los Los acuerdos se aprobaran por mayoria simple de votos de los Reglamentos, las Resoluciones y Normas adoptadas por el PrOSllmidores 0 Prosumidoras presentes. Ministerio del Poder Popular para la Comunas y la Protecden Social. De tada asamblea se levanlara acta que se ha", constar en eI libra respectivo y deber.\ hacer mencioo a las dedsiones, medidas acordadas y anexar la Iista de los asistentes a la Estructura Organizativa misma. EI acta debera ser firmadapor tocos los Prosumidores y
Articulo 62. La estruetura interna de los grupos de intercambio Prosumidoras asistentes a la Asamblea que conforman el Grupo solidario del Sistema Econ6mico Comunal, estara conformada de lntercambio Solidario presentes. Las actas levanladas en las por la Asamblea de Prosumidores y Prosurnidoras, como asambleas seran de conocimiento publico y deberan ser manifestaci6n de la democracia directa y prota gonica, y par los publicadas en lugares visibles del domicilio de Grupo de siguientes Comit es: l ntercambio Solidario y de la Comunidad. 1. Camite de Formacion y Nuevas Prosumidores y Nuevas De los Comites Prosumidoras. Articulo 65. Los Comites de los grupos de intercambio selidario del Sistema Econ6mico Comunal tendran las siguientes 2. Comlte de Valor, Control y Calidad. fundones: Jueves 2 de febrero de 2012 GAcrJAOFlOALDE LAREPtJ'BI1CABOIlVARlANADE VENEZUELA 391.191 1. COmito de Formad6n y Nuevos Prosumidores: Tend.. Refrendado como fundon capacitar, orientar y acompaiiar a los El Vlcepresidente EjecUt!vo Prosumidores y Prosumidoras en el proceso de inserti6n al (L.S.) EUAS JAUA MIlANO Grupe de Intereambio SoIidario y su formad6n en los prindpios y valores SOCioproductMls comunitarios. Refrendado La Minim del Poder Popular del 2. COmito de Valor, Control y caUdad: Tend.. como fundon tescecbc de la Presidenda (L.S.) sopervtsar el valor de referenda de los bienes y servidos ERIKA DEL VALLE FAIUAS PENA ofrecidos per cada Prosumidor 0 Prosumidora, mediantela Refrendado elaborad6n y actualizaci6n de tablas. de equivalencias, que B Ministro del Poder Popular obedezcan a aitenos como tiempo SOCialmente invertldos; para Relildones tnteeores y Justki. coste de los insumos, recnica de producci6n, costos - (L.S.) operatives; tambien "';aran per la caUdad de produetos y TARECK EL AlSSAMI servidos. EI Ministro del PoderPopular para 3. COmito de Comunicadon: Tend.. como fundon Reladones Exteriores ., prornooonar y difundir todos los Mercados y las diversas (l.S.) actividades que realice el Grupode IntercambioSoIidario. NICOLAS MADURa MOROS Refrendado 4. Comito de Adminlstradon y ContabiUdad: Tendra como EI Ministro del PoderPopular fund6n gestionar, controlar y registrar el adecuado uso de de P1anificad6n y Rnanzas la maneda comunal, asi como las aetividades que fadlitan - (L.S.) el Intercambio SoIidaria, con sujeci6n a las resoIudones JORGE GIORDANI que centro de su competenda emane eI Banco Central de Venezuela. Tambien 50 encargara de adminislrar los B Ministro del Poder Popular incentives, donadones, recur.;os financieros y no para Ia Deh!nsa finanderos que redba eI grupe de intereambio salidaria. (L.S.) HENRY DE JESUS RANGEL SILVA S. COmito de Logistica y Gesti6n: Tendra como fundon la gestion y consecud6n de la logfstica requerida para la Refrend.do LaMinIm del Poder Popular para reafizadon de los Mercados de Trueque y la adecuaci6n de et ccmercc los dfferentes espados, centros de acopio, tiendas - (l.S.) comunitlrias 0 proVeedurias a los fines de desarrollar el EDMEE BETANCOURT DEGARCJA Grupo, asi como redbir en custodia y I espoi ldeI per los bienes que Ie sean adjudicados per OJalquier via al grope de intereambio soIidaria. B Ministro del Poder Poputar de Industrias (LS.) La representad6n legal de los grupesde intencambio soIidario ta RICARDO JOSE MENENDEZ PRIETO ejerceran conjuntamente los voceros prindpales del Comire de Administradon y Contabilidad; del Comire de Valor, Control y Refrendado Calidad: y del Cornite de Formadony Nuevos Miembros. EI Mlnlstrodel Poder Popular para el Turismo (l.S.) Los comites de los gropes de intercambio soIidario se ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA artkularan e integraran con la unldad de agregacion correspondiente, para la mejer gesti6n y satisfaa:i6n de las Refrendado 8 Encargado del Ministerlo del necesidaoes propias y de las otras personas de su comunidad 0 Poder Popular para Ia AgricuItur'a Y TIerTas comunidades. (L S.) ElIASJAUA MIlANO Refrendado La Ministra del POOer Popular para 121 f1:'ucad6n Universltaria Dlsposld6n Derogatoria (L.S.) MARLENE YADIRA CORDOVA Unica. 50 derogan todas las normas contrarias al presente Reglamento. Refrendado La Mintstra del Poder Popular para Dlsposld6n Rnal Ia Educad6n (L.S.) - Unica. EI presente Reglamento entrara en vigencia a partir de MARYANN DEL CARMEN HANSON R.ORES la fecha de su publicaci6n en la Gaceta Ofidal de Ia RepUblica Bolivariana de Venezuela. La Ministnl del Poder Popularpara 121 salud (L.5.) Dado en caracas, a los des dras del mes de febrero de dos mil EUGENIA SADER CASITUANOS doce. Mos 2010 de la Independencia, 1520 de la Federadon y 130 de la Revoludon Bolivariana. Refrend.do La Ministra del PoderPopular para eI TrabaJo y 5egulidad Sodal Ejecutese, (L.S.) (L.S.) MARIA CRISllNA IGtESlAS Refiendado EI Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre (L5.) HUGO CHAVEZ FRIAS JUAN DEJESUS GARCJA TOUSSAINTT