Decreto Nº 6.392 - Reglamento orgánico del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación
颁布于 2008-09-02 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 委内瑞拉
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, food security, food sovereignty, governance
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Miercoles 3 de septtcmbre de 2008 GACETA OFiClAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VEN..:ZlJELA 363.947 necreto NO 6.392 02 de 5eptiembre 2008 HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la Republica En ejerddc de ta atribuci6n que Ie confieren los nurnerales 2, 11 Y 20 del artcuo 236 de la Constitucion de le Republica eonvartena de Venezuela, en ccncorcanoe con 10 dtspuestc en los articulos 46, 58, 61, 64 Y 83 del Decretc con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orglmica de ta Adminlstradon Publica, 53 de la Ley del Estatuto de ta funclon Publica, 20, 26, 33 Y 34 del Decretc sobre Organizaclon y sunccoanueruc de la Administracl6n Publica Naconel, en Consejode Ministros. DICTA e! slgulente, REGLAMENTO ORGANICO DEL MINISTERIO DEL POOER POPULAR PARA LA ALiMENTACION TITULO I Disposiciones Generales Articulo 1°. EI presente ReglamentoOrganlco nene per objeto determmar la estructura organlzativa y fundonal del Ministerio del Poder Popularpara ta A1imentacion, asl como deterrnmar las competenoas y nmocoes de las diferentes depenoerctas que 10 mteq-an. La designation de personas en masculino tiene en las disposiciones de este Reglamento un sennoc aeoencc, referido siempre, por igual a hombres y mcjeres. Articulo 20. EI Ministerio del pcder Popular para la AllmentaciOn, estara Integrado par el Despacho del r-nrastro. los pespechos de los vcemrnstros de Politlcas Alimentarias y ceseon Socoeconomlca, las oecnas de Apoyo, est como las Unidadescoerewes integradaspor las tsrecoones Generales, y cemas dependendas que se establezcan en este Reglamento Organicoy en su resoecavo ReglamentoInterno. Articulo 3. EI Despacho del vicemnustro de ecuncas enrnentertas estara Integrado por las neecoones Generales de Alimentos, Mercadeo y Callded, esr como las oemas oecercences que se estaoiezcen en el Reglamento lntemo, previa aprobacon del Mlnisterio del Poder Popular con cornpetencta en materia de planltlceclon. Articulo 4°, EI Despacho del Viceministro de Gestion soctceccnomlca estara integrado par las tareccones Generales de: ProgramasSodoeconornlcos, 'rrebajo con las Comunidades Organizadas y nscerzacon y Control, esr como las cernes dependences que se establezcan en el Reglamento Interne, previa aprobaCiOn del Ministerio del seder Popular con competenclaen materia de planificaciOn. TITULO II Del Despacho del Mlnlstro Articulo 50, EI pespecho del Minlstro del PoderPopular para la enmentecco estera integrado por le orecoon del oespaco: la oncna Estrategica de sennmrento y Evaluacicin de Poh'ticas publlcas; ra oncoa de Consultoria Juridica; le ursoeo de Auditoria Interna; la onona de Tecnologia de la Inrcrrnaocn; 363.948 GACETA OFlCIAL DE LA REPUBUCA BOLIVARlANA DE VENEZUELA MiercoJes 3 de septiembre de 2008 de comuorcecico y Reladones Insntuconetes: de P1anlficacion y Presupuesto: de Relaclones Internaclonales; de AdmlnlstraciOn y Ananzas; Recursos Humanos y la Supenntendenda Nacional de Silos, A1macenes y DepOsitos Agricolas. Articulo 60. Los t1tulares de las dependenclas seflaladas en el articulo anterior tendriin rango de Directores Generales. CAPITULO I De la DirecciOn del Despacho Articulo 70. Corresponde a ta Direccion del Despacho: 1. Recibir, reviser, anallzar y presenter oportunamente al Minlstro, la informadOn que este dlsponga llevar a la cuenta del Presidente de le Republica al ccnsejc de Ministros, los GabineteS Moviles, Juntas sectonetes. 0 a las COmlsiones Presidenciales e Interministeriales de las que forme parte el Minlsterio. 2. COOrdinar, organizar y elaborar la agenda del Ministro, ast como efectuar el registro ccrresccoceote a las euoences. reuruooes y cemes actlVldadesque presida. 3. ccoromer el cumplimiento de las instrucdones ministeriales, y necer et seguimiento de las lmpartldas a las ceceroeoces del Ministerio. 4. Revisar Ia informacion y los documentos que remitan las diferentes cecenoences adscritas al Ministerio, integrandolos y presentiindolos al Ministro para la decision y tramlte ccrreecoonerae. 5. 5ervlr de enlace con las demes depenclendas del Ministerio, asi como en la Interaction con otras Instituciones. 6. COOrdinar las actividades inherentes a ra prestaci6n de asesoria y apoyo que requiera el Despacho del Ministro. 7. Administrar el sistema general de recepci6n de documentos y correspondencia del Ministerio, e mtormere! Mlnistro sobre su contenido; reeneer el trarrste correspondiente y controer su ejecucon. 8. Prestar apoyo logfstico, en las giras y eventos en los cuales participe eI Ministerio. 9. Ejercer la Secretarla EjeCutivade Ia Junta Ministerial. 10. Participar en la p1aniflcacion, formulaci6n presucuestena y control de gestion del Mlnisterio. 11. las oemas atribuclones que Ie sefialen las leves, los reglamentos, decretos y las resoluciones. CAPITULOll De la OrLClnaEsUategica de 5eguimiento y Evaluaci6n de Politicas Publicas Articulo 80. Corresponde a la Oficina Estrategica de 5eguimiento y EvaluaciOn de Pol{ticas Publicas: 1. Apoyar y asesorar al Mlnistro y a Ia Junta Ministerial, en el dlsefio, formulacion y evaluacion de las polfticas pUblicas del Ministeria. 2. Garantizar, en concordanda con la Ofidna de P1anificaci60 y Presupuesto adscrita al Despacho del Mlnlstro, la compatibilidad de las politicas sectoriales generadas en los Despachosde los VlCeminlstros. 3. Efectuar el seguimientD, evaluacioo y medicion de impacto de las politic.as sectoriales, a partir de las propuestas suministradas par los Despad10s de los Viceministros y po~ la Ofidna de P1anificadon y Presupuesto, analizando sus resultados y proponlendo los ajustes necesarios con la finalidad de alcanzar los objetivos y metas planteadas. 4. Efectuar los analisis necesarios del entorno del sector agroalimentarlo, para meJorar el diseno y eJecucion de politicas y estrategias sectorlales. 5. Coordlnar con eI apoyo de la Oficina de Planiflcadoo y Presupuesto, la vinculadOn funclonal del Mlnisterlo del Poder Popular para la A1lmentaciOn con los demils organos de la Adminlstratioo Publica, con la finalidad de lograr los acuerdos intersectorlales que otorquen viabllidad a las politicas, planes, programas y prcsectos del MinlsteriO y sus entes adsaitos. 6. Partictper en la planificaclOn, formulad6n presupuestana y control de gestioo del Ministerlo. 7. las cernes atribudones que Ie seiialen las leyes, los reqlarrentcs, deaetos y las resolucores. CAPITULO [II De la Consultoria Juridica Articulo go. Corresponde a la CoosultorfaJurfdlca: 1. Ejercer la rectorta legal del Ministerio, y en tal sentido, asesorar dlrectamente al oescectc del Ministro, e! Despacho de los Viceministros, y demas dependencias adscrltas al Ministerio en' materla legal. 2. Emltir dictiimenes y oplnlones score los asuntos que sean sametidos a su consideration. 3. Preparar y revisar los proyectos de contratos, resctucones, y demas aetas en que deba Intervenir el Ministerlo. 4. Promover la pUblicaCioo de dctamenes, estudios e lntormes legales que e1abore. S. Aslstir a las dependendas del Mlnisterio, en Ia etebcracron de las resclucones y aetos que decidan recursos admlnistrativos. 6. Presidlr y coordlnar las reuniones conjuntas de los consultores jurfdicoS de los entes adscntcs al Ministeria. 7. Aslstir con representaden permanente, con derechc a voz y vote, en la Comisi6n de uoteoones del Ministerio, de conformidad con 10 estableclclo en la normativa score actecicnes. 6. Partlcipar en la planiflcadon, formulaci6n presupuestana y control de gestioo del Mlnlsterio. '1. las demas etribuciones que Ie seiialen las leyes, los reqlamentos, decretos y las resorudooes CAPITULO IV De la Unldad de Auditoria Intema A.rticulo 10. Corresponde a ta Unidad de Auditoria Interna 1. Ejercer las facultades y cumpllr las obhqaciones establecidas en la normativa sobre el control y llscalizadon de los Ingresos, gastos y bienes pUblicos nacionales, Y la normativa que regula Ia Administraci6n Financiera del sector PUblico, para los organos de control interno de la Administradon Publica central. 2. Verificar la legalidad, exactltud y correcta utilizaciOn de lOS fondos publiCOS del Ministerio y sus entes adscritos, y en particular la sujeciOn de la actlvidad administrativa re\ativa al manejo de Ingresos, gastos y adquisicion de bienes y servidos. 3. Efectuar auditorias, analisis e investigaCiones de las actividades del Ministerlo, para evaluar los planes, programas, prayectos y resultados de la accion admlnlstrativa, asf como Ia eficacia de sus operadones. 4. Ejecutar en eI ambito de su competencia, actuadones de Inspeccioo, vigilancia, fiscalizadon y control de las ofidnas, direcciones y Dependenciasdel Ministerio. 5. Atender y coordlnar el sumlnlstro de Informadon sabre la gestiOn administrativa y financiera del Minlsterio, requerida por la ContralOrlaGeneral de Ia Republica y demas organos vinculados con Ia activldad contralora y fiscalizadora. 6. Evaluar los resultados de la gestiOn econ6mica del Ministerio, a objeto de detennlnar la eficacla, eficienda y economia de las operadOlles, asi como el blJen usa de los recursos humanos, materiales y financleros. 7. lnidar y sustandar las averiguaclones adminlstrativas y fiscales, en eI ambito de su competenda, cuando surgieren elementos de Juido de que funcionarlos adscrltos :' Mlnisteria, y de que particulares reladonados con SL:S Miercoles 3 de septiembre de 2008 GACETA OFlCIAL DE LA REPUBUCA BOUVARlANA DE VENEZUELA 363.949 actividades, que tengan a $U cargo 0 Intervel1gan de cualquier forma, en Ia administraci6n, manejo 0 custodia de bienes ° fondos del Minlsterio, hubieren Incurrido en ados, hechos u omisiones generaclores de la responsabilldad admlnistrativa prevlsta en la normativa sabre el control y fiscalizad6n de los Ingresos, gastos y bienes pUbiIcos nadonales. 8. Evaluar el sistema de control Interno, induyendo er grado de operatividad y eficiencia de los sistemas de administraci6n y de informacion gerendal, con la nnendad de proponer a la rMxima autoriclad las reccmencaccnes para mejorarlo y aumentar Ia efectivldad y efidenda de la gesti6n administrativa. 9. Vef'ir.car, resguardar y custodlar la cauci6n que deben prestar los fundonarios adscrltos al Mlnisterio de conformidad con Ia Ley. 10. Ejercer la potestad de investigacl6n cuando exlstan motives sutidentes para ello, en la sustanciad6n del respective expedient£! y dejar constantia de sus resultados mediante informe. 11. Formular reparo euando en eI curso de una acuacton de control fiscal interne se detecten Indicios de que se ha causadodano patrimonial a ta Republica. 12. Partidpar en la planiflcadon, formuladOn presopuestarta y control de gestlon del Mlnlsterio. 13. Las demas atrlbuclones que Ie sefielen las leyes, los reglamentos, deaetos y las rescluccnes. CAPITULO V De la Ofldna de Tecnologia de la Informacion Articulo 11. Corresponde a ta Ofidna de Tecnologla de la Informacion: 1. Garantizar el desarrollo y manterumiento de sistemas automatizados que proporclonen InformaciOn oportuna y conJiabJe que contrlbuya can Ia toma de dedslones del Mlnisterio. 2. Garantizar le caUdad y la ejecudon de las acciones de control, segurldad y auditoria en los sistemas de informacion y basede datos. 3. Garantlzar eJ soporte tecocc a todas las dependendas del Mlnisterlo, asi como a cada uno de los niveles de servido de los sistemas, ptatatormas, equipos, redes y procedlmientos del sistema de informadon automatizaclo Integral del Ministerio. 4. Coordlnar la administraci6n y evaluadon de la base de datos global del Mlnlsteria y sus entes adscritos. S. Coordlnar eI dlseiio, administradon y actualizaclon de la piiglna Web del Ministerio y sus entes aclscritos. 6. Coordlnar con los organos y entes competentes, todo 10 relative a la mate1a de planes nacionalesde tecnologia de informacion. 7. Planificar, programar, asesorar y garantizar apoyo para los usuarios de temologia de Informaci6n del MinisteriO y sus entes adSClitos. 8. Realizar los estudios y las evaluadones tecnicas pertinentes para la adqulsicion de los componentes tecnol6glcos. 9. COOrdinar y evaluar Ia insl:alaci6n, conflguracl6n, programad6n, administraci6n, gestion y mantenimiento de los equlpos que se requieran para el desarrollo de la infraestructura telef6nica en el Mlnisterla, en Ia Red Nacionalde Telecomunlcaciones. 10. Participar en la planifbdon, formuJacl6n presupuestaria y control de gesti6n del Mlnisterio. 11. Las demas atribuciones que Ie .seilalen las leyes, los reglamentos, deaetos y las resoluciones. CAPnuLOVI De la OfIdn. de COmunlc:aclOn y Reladones InstItudonales Articulo 12. Corresponde a Ia OfIdna de Comunk:8clon y Reladones Institucionales: 1. Olseiiar la estrategia comunicadonat e lnformativa interna y extema del Minlsterlo y sus entes adscrItos; con base en. los lineamientos emanadosdel Despacho del Mlnistro y del Organo competent£! que rige Ia materia. 2. COOrdinar con los Organos y entes competentes, el desarrollo de mecanlsmos de ccoceaccn e intercamblo Institudonal en materia de comunlcadones, en er ambito nadonal. 3. P1anlficar, asesorar, coordlnar y diriglr ta poIitica informativa reladonacla con eI Ministeria, con base en los Iineamientos emanadosdel Organa competente que r1ge la materia. 4. Analizar eI entomo de la opinion publica nadonal e intemaclonal y la InformaciOn emitida par OJalquier medio de ccmunlcaden social, rerenoe a las competendas del Ministerioy susentes aclscritos. 5. Ol.seilar y elaborar materiales Informatives impresos y audiavisuales, para mediasde comunicaciOn comunitarios. 6. Coordinar, dlriglr y supervlsar Ia dlstribudon de informadOn, publicadones y cualquier otro material divulgativO, sabre Ia 5eguridad y Soberanla A1imentaria. 7. Coorcmer las reieoones del Ministerio y ses entes adscritos con los mediasde comunicaci6nsocial. 8. Velar y coordinar 10 relative a Ia proye«i6n de Ia imagen lnstibJdonal del Ministerio y sus entes adsaitos. 9. COOrdinar las reladones protocolares del Ministerio y sus entes adscritos. 10. Asesorar y asistir al Ministro, los Despachos de los Vicemlnistros, entes adsaitos y demiis dependencias del Minlsterio, en Ia programadon y ejecud6n de actividades informativas. 11. Partidpar en le planlficad6n, formuladon presupuestarla y control de gestion del Mlnlsterlo. 12. Las cernes atribudones que Ie .seilalen las !eyes, los reglamentos, clecretos y las resoIudones. CAPITULO VII DeI. Oficina de Planlficadiln y Presupuesto Articulo 13. Corresponde a Ia Ofidna de Planificacion y Presupuesto: 1. Partidpar en el diseiio y formulad6n de las poIiticas del Minlsterio. 2. Definir los Iineamlentos basicos y coordinar Ia implementad6n de metodologias para la p1anlficaci6n integral del sector, con base a las directrices emanadasdel Mlnlsterlo con COll'lpetenda para Ia planificaci6n del Estaclo yel Ministerloencargado de las f1nanzas publlcas. 3. Coordlnar y consoIldar el proceso de formulaci6n de los planes operatlvos del Ministerio, y sus entes adsaitos. 4. Coordlnar y consoIldar el proceso de formulacion del presupuesto del Mlnisterio. S. Efectuar eI seguimiento y evaluaci6n de Ia ejecud6n de los planes, programas y provectos del Ministeria y de sus entes adsaitos. 6. Revlsar y analizar los proyectoS de presupuesto y tramitartos ante los organos competentes a los fines de su aprobaci6n. 7. Etectuar seguimiento y evaluad6n a Ia ejecud6n presupuestariadel Mlnisterio. 8. Coordinar y tramitar la programad6n de compromlsos del presupuestode gastosdel Mlnlsterio. 9. Coordinar y tramitar las modlflcadooeS del presupuesto del Ministerlo, y sus entes adscrltos. 10. Coordlnar eI disei'io, analisls e Implementaei6n de los camblos organizadonaJes, normas Y proceclimientos, 363.950 GACETA OFIClAL DE LA REPUBUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA Miercoles 3 de septiembre de 2008 formularlos e lnstructlvos de las diferentes dependencias del MiniSterio. 11. Dlseiiar, Implanter V coordlnar el sistema de control de gesti6n instltucionaldel Ministerlo. 12. Planlncar y ccorctnar el slstema de esacsuces del Ministerio. 12. 5ervir de centro de difusi6n V divulgaci6n oflclal de las estadiSticas del sectoreumentaro. 13. Partlclpar en el Comlte V sutcorrete de esteorsuces Agricolas, V presldir el sutcorrste de esteoeeces de Consumo. 14. Apoyar a la Oficina de 5eguimiento y Evaluacion de PoIit1cas Publlcas, con el suminlstro de lntcrmacon estadistlca y fslco financiera para la evaluacicn y seguimiento de la counce sectorial. 15. Coordinar ta etebcradcn y cooscnoecion de le Memoria y Cuenta del Minlsterio V sus entes adscntos, esr como suministrar la informacion requerida, para la elabcraclcn del rrenseje presldendal. 16. Las denas atribuclones que Ie seiialen las jeyes, los reglamentos, decretos V las resolccones. CAPITULO VIn De la Ofielna de RelaCiones Internacionales Articulo 14. Corresponde a ta Oficina de Relaciones lnternacionales: 1. Asistir y asesorar al Ministerio en materia de releclones internaclonales en eI ambito enmentano. 2. cocrcner, siguiendo los uoeementce del Nlntstro, y con ra participaCion de los Despachos de los Viceministros, las ectlvldades de ccccereccn jntemaccnat con los orqancs y entes naoonales e Internaclcnales competentes vinculados al sectorallmentario. 3. Diseiiar e implementar procedtrnientos de seguimiento y eveluaclcn de los acuerdos V convenios de coopeaccn internadonal. 4. Identificar las necesrdeoes V oportunidades de cooperacon tecntca Vnnendera menaconer. 5. Promover ta generacion de nuevos convenios y acuerdos de cooperacion internacional, en coordinadon con los Despachos de los Viceministros, y los demas organos y entescompetentes. 6. Participar, conjuntamente con (as Despachos de \05 Viceminlstros, organos y entes competentes, en las negociaciones, acuerdos y convenios de cooperacion intemacional, que esten vinculadas al sector agroa\imenterio. 7. 5elVir de enlace entre el Ministerio, 6I'ganos homologos de otras naciones y organizaciones alimentarias, en coordinaci6n con los organos y entes competentes, a los efectos de profundizar las reladones de cooperacion instltucional. 8. Participar en la planificaci6n, formulaclon presupuestaria y control de gesti6ndel Ministerio. 9. las demas atribuciones que Ie senalen las leyes, los reglamentos, decretos y las resoiudones. CAPITULO IX De la Ofldna de Administracion y Finanzas Articulo 15. Corresponde a la Ofielna de Administracion y Finanzas: 1. Coordinar y supervisar los servicios administrativos y finanderos del Minlsterio. 2. Efectuar los registros de la ejecucion financiera y presupuestaria de los gastosdel Mlnisterio. 3. Coordinar los procesos de contrataciones reladonadas con sus competendas, V que por orden del Minlstro, deban suscribir. 4. Coordlnar y administrar Ia ejecuciOn y prestad6n de los servidos generales y de infraestructura, a lasdependencias del Mini5terio. 5. Asesorar a los dlferentes Despachos, en la ejecuclOn de te polftlca financlera del Minlsterlo. 6. Coordlnar los prccescs de lidtaciones para Ia adqulsocn de bienesy sevclos requeridos por eI Ministerio. 7. Rendir cuenta de los ingresos V gastos del Minlsterio a los organosde los Poderes Pliblicos, competentes. 8. Controlar y lIevar el reglstro de los bienes nacionales asignados al Minlsterio. 9. Ejecutar los prccesos de admlnistrad6n, octecen V mantenimientode los bienespropledaddel Mlni5terio. 10. Participar en la ptanflcadon, formuladon presupuesterta y control de gesti6ndel Minister'io. 11. Las demas atnbuccnes que le senalen las leyes, los reglamentos, decretos y las resoludones. CAPITULO X De la Oflcina de Recursos Humanos Articulo 16. Corresponde a la OflClna de Recursos Humanos: 1. Asesorar y aslsttr a los Despadlos dei Nimstrc, vioemlmstrcs y oemas dependencias del Ministerio, en (a fljadon de politicasy objetivos en materia de personal. 2. Representar al Mlnlsterio en ta etabcraclon, discusian y decisiOn en materiade contretaclon coIectiva. 3. Planlficar, dirigir, coordinar, ccncorar V evaluer la apUcacion del sistema de recurscs humanos e impartir las instrucciones para la ejecocon de las ccmcetences. 4. Elaborar el plan de personal de conrormload con Ie normativa que regula la funclon publica V el trabajo, V las directrices que emanen del Ministerlo encarqacc de ta planiflcacion del Estado; asi como diJigir, cocrdlnaz, evaluer Vcontroler su ejecuccn. 5. Prestar esisterca tecnlca en las areas funconales del Ministerio en materia del sistema de admlni5'JJd6n de personal, para la aplicaciOn de los procesos inhercntes a la planificaclan, evemacron V mantenimiento de! recurso humano. 6. Diseiiar y mantener actualizada las eseuctcres ce cargos requeridas para el cumplimiento de las compet:e!)das del Minlsterio. 7. CoorcHnar la ejecudon de los concursos que se requieran para el ingreso y ascenso de los fundonarios de carrera, segun normativas y lineamientos del Ministerio (~cargado de la planlficacion del Estado. 8. Garantizar la aplicacian y actualizatiOn del !;!Aema de daSificacion V remuneraciOn de cargos, de acue,do con 10 establecido por el Minister10 encargado de la pi"r.ificad6n del Estad.o. 9. Promover el mejoramlento, bienestarV seguridad social del personal adscritoal Mlnlstelio. 10. Controlarel cumplimientode la normativa legal en materia laboral, e instrulr y sustanciar los expedientes disciplinarios. 11. PrOlJOner ante el Despacho del MinislJ'o, los movimientos de ingre50S, egresos, ascensos, retiros y demas movimientosde personal. 12. Proponer ante el Minlsterlo encargado de la planificaclon del Estado, los movimlentos de personal a que hubiere lugar, a los finesde su aprobacion. 13. Establecer el sistema de capaCitad6n y desarrollo de personal, y coordinar los procesos de evaluaciOn. 14. Disenar e implementar planes y programas de desarrollo de los funcionarios de carrera. 15. Preparar y sumlnistrar InformaciOn sabre Ie gesti6n del personal, requerida par 106rganoscompetentes del sector publico. 16. Actuar como enlace ante eI Minister10 encargado de la planificacl6n del Estae!o, en las materias de su competencia. 17. Participar en Ia planlficaci6n, formulaci6n presupuestalia y control de gestiOn del Mlnlsterio. • 18. Las demas atribuciones que Ie seiiaIen las leyes, los reglarnentos, decretos y las resoludones. Miercoles 3 de septiembre de 200s GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 363.951 CAPITULO XI Ofidna de AtendOn al Oudadano Articulo 17. Conesponde it Ia Of!dna de Atencion al Ciudadano 1. Atender, orientar, epcver V esesorar a los cudecanos que acudan a soIldtar informacion, requenr documentos 0 interponer denundas, qcejas, redarnos,. sugerencias 0 pencicnes ante eI Ministerio del Poder Popular para Ia AlimentaciOn. 2. Promover mecaniSrnos institucionales para la particlpaCiOn popular y la corresponsabilidad en la gestion publica entre el Ministerio V los dudadanos en todas las etapas del proceso de partidpaciOn. 3. Aperturar y convocar para la Inscripci6n y actuallzacion permanente del Registro de Comunidades Organizadas y Organizaciones PUblicas No Estatales relaclonadas con la naturaleza y competendas del Mlnisterio, en coordinaclOn con la Direccion General de Trabajo con lasComunidades. 4. Informar a losdudadanos en cuanto al usa de los bienes V el gasto de los reQJrSOS que integren el petrtmcmo publico del Minlsterlo. 5. Ofrecer Informad6n permanente a losciudadanos sabrelos proyectos y actiYldades del Ministerlo, mediante aqceuos materiales impresos, iorcrrnanccs, audiovisuales u otros que sean accesibles a las condiciones proptas de la poblacion cojeuvc vinculada a la Mision A1imentadon, en coonnoacon con Ia OflCina de Comunicacion y Retaclones Institudonales. 6. onecer informad6n a la dudaclanfa reianva a la estructura orqarazanva, funclones, tramites administrativos y servtcios quepresta el Ministefio VsusEntes Adscritos. 7. lmplementar rnecanismos que permitan la partlcipacion ciudadana con relaci6n a! disei'io V simplificacion de los tramites que se realicen anteel Ministerio, en coordinaccn con lasdemiisunidades administratlvas. 8. Recil)ir y canalizar denuncias, sugerencias, quejas y reclamos con las unceoes edrmrustreuvas ccmpetentes para dar respuestas oportunas V establecer los correctivos administrativos del caso cuando asl'Io requiera. 9. canalizar con la Oflcina de Fiscalizacion y Control las quejas de la pobIadon que Ie competa resolver, a fIR de comprobar Vabrlr las investigaciones a quehayalugar. 10. Informar a los particulares, el estado en eI que se encuentra su tramltacl6n, asicomoel plaza dentrodel OJal se Ie<lara respuesta. 11. Elevar a la Auditorla Interna, las denuncias vinculadas (on la presunta ocurrencla de irregularldades administrativas, de acuerdo con 10 dlspuesto en la LeV Organica de la Conualorfa General de la Republica V del Sistema Nacional de Control Fiscal 0 Ia Ley Contra la Corrupcion. 12. Implementar un sistema de informacion centralizada, automatizada, rapida, de Mcil acceso que apoye los servicios de atenc:lon al publico en coordinacion (on la Oficina de Administracion V Finanzas V la OficJna de Tecnologia de la Informad6n. 13. Coordinar con la Oficina de Planiflcadon V Presupuesto la elaboracJon e implementaciOn del Plan de Simplificacion de Tramites Adminlstrativos, de acuerdo con los Iineamientos del Ministerio del Poder Popular para la Planlficacion y Desarrollo. 14. Brlndar al personal de la unidacl, en coordinacion con la Qflcina de Recursos Humanos, asesoramlento y capacitadon en materia de partlcipacion ciudadana y atendon al ducladano. 15. Particlpar en la planificadOn, formulacion presupuestaria y control de gestiOn del Ministerio. 16. Las demas atribudones que Ie sei'ialen las leves, ios reglamentos, decretos y las resoluciones. TTTULOIR Del Despacho del Vlc:emlnistro de Politkas Allmentarias Articulo 18. EI Despacho del vcenunistrc de Polfticas A1lmentarias estere a cargo del vcemmstrc respecnvo, quten ecuere de conformidad con 10dlspuesto en la Ley Orgiinica de Ia Administracion Publica, en concordancia coneI Decreto sabre OrganizaciOn V eunctonamteotc de la Administraclon PUblica Nadonal V con las atribuciones establecidas en eI presente Reglamento. Articulo 19. Corresponde al Viceministro de Politicas Alimentarias: 1. Ejercer la secretaria 'tecnrca del Centro Nacional de Balance AlimentarKl. 2. cccrcmer el proceso de eieccrecen del balance nacional de aurrentos, aneuzanoc e informando sus resultados con Ia periodk:ldad que se establezca. 3. Partidpar en la elabcraclcn de las pohtlcas de transformaci6n, almecenermento, dlstrlbucion, comercialiZacion, consume. imccrtacen V exportacion de 105 productos eurrenuctos, atendiendo a 10 establecido para la segurldad anmentarra. 4. Coordinar y hacer seguimiento a Ii ejecucion de las coruces de seguridad V soberanla alimentaria, de acuerdo con los planes, programas V proyectos del Ejecutivo Nacional. 5. Partidpar en eI disei'io de las ccuncas de desarrol!o pesquero y acuicola bajo el contexto de conservacon amblental, en coorcnacion con los organos V entes competentes. 6. Participar en la formulacion de los planes de producciOn de los rubros agricolas y pecuarios dlseiiados par el Ejecutivo Nadonal, requerldcs paragarantizar eI balance nacional de anmeotos. 7. Presentar V aprobar las propuestas de preocs V tarees de los productos V sarvtcosalimentarios conjuntamente conel Mlnisterio con competence en comercio e Industria, V los cernes organos V entesccmpetentes. 8. parncrpar en Acuerdos V converses internaconaies de mececec agricola, vegetal, pecuario, acucola y demiis productos allrnentldos, dirigiendo su politlca en cccrdlnacdn con el Ministerio encargado de las raaoores intemadonales, eI Ministerio con competencia en comerdo e industria, el Ministerio con competencia en tierra y agriOJltura V demiisorganos V entescompetentes. . .• 9. Coordinar y supervisar las propuestas para la autonzaclon de las licencias de Importacion, certlficado de no producclon 0 produccion lnsuficiente, permisos V autorizacion de exportaciones. 10. Participar en la apllcad6n, adminlstradon V fundonamiento de los acuerdos en materia de comercio internacional, V seguridad V soberania alimentaria, en coordinacion con lOS organos y entescompetentes. 11. Coordinar, con el DespachO del Viceministro de Gestion Socioeconomica, el anaJisis de los indicadores de vidade la poblacion por grupos etarios, sociales, economloos V territoriales, que permitan proyectar la seguridad alimentaria, en coordination con el Instituto Nacional de Estadistica Vdemas organos y entesinvolucrados. 12. Participar en la Junta Ministerial. 13. Proponer V hacer seguimiento de programas compensatorios que propicien el desarrollo competltivo del sectoralimentario. 14. Participar en la planificacion, formulaclon presupuestaria V controlde gesti60 del Ministerio. 15. Las demas atrlbuc\ones que Ie sei'ialen las leyes, los reglamentos, decretos V lasresoluciones. CAPITULO I De Ia Dlrecdoo General de Alimentos Articulo 20. COrresponde a la Direcci6n General de A1imentos; 363.952 GACETA OFlCIAL DE LAREPUBUCA BOLIVARIANADE VENEZUELA Mh~rcoles3 de septiembre de 2008 1. Proponer polfticas para Ia crcouccoo, transformadOn, distribud6n y comercracaccn de los prcductos alimeotarios. 2. Efectuar el seguimiento, eveiuacon y cootrol de las ccuuces, planes, proqrernas y prcyectos ecrceumeotancs, conjuntamente con los Despachos de los vcerrurustros, er Ministerlo con ccrnpetencla en tierra y agric:ultura, y los demiis organos y entes competentes. 3. Promover planes, orocrames V proyectos que c:ontribuyan a qerenuzar la seguridad alimeotaria en 10 relative a produc:eiOn y consumo. 4. Elaborar er balanc:e nac:ional de allmentos, que c:ontemple las necesroeoes enerqeucas V nutndcnalesde la pobladon, de ac:uerdo coo las reccmendeciones de los 6rganos y entes c:ompetentes. 5. Coordinar con el Despacho del vicerranlstro de Gestion Soc:loec:006mica Ia cececoeo ococcnve, de almacenamiento y distribud6n de las empresas cccnces y pnvadas. 6. Evaluar Ia encence del sistema eumenterc a objeto de prcponer correctives V, determiner recesdeoes de creacion de programas soclales que garanticen ta securtoeo alimentaria. 7. cccromar coo los 6fganos y entes competeotes, los planes de crcouccco de los rubros agrlcolas y cecuenos requeridos para garantizar er balance naoonat de eumeotcs. 8. Informar pertcdtcemente al Despac:ho del Minlstro, los resultados sabre el proc:eso de formulaC:iOn del balance nac:ional de alimentos y todo 10 reladonado con ta alimentac:i6n. 9. Analizar ta informad6n rererente a los lndicadores de vida de Ia pobIad6n, par grupos etarios, estratos SOCiales y terrltorlales, para determir.ar V propaner politicas para mejorar los resultados de los indicadores. 10. Efectuar el c:ontrol de los indicadores de consumo alimentido dirigidos a las Misiones y programas SOCiales del Ejecutivo Nac:ional, en coordinadon con los 6fganos V entes competeotes. 11. Establecer el sistema de alerta temprana en eI ambito allmentario. 12. Dirigir, anaUzar y evaluar los programas de c:ompensac:iones, para eI desarrollo competitivo del sector alimentario. 13. Partidpar en la planiflcac:iOn, fOrmuladon presupuestaria V control de gestion del Ministerio. 14. Las demas atrlbuc:lones que Ie seiialeo las teves, los reglamentos, decretos y las resoludones. 6. Proponer al Despachc del Viceministro de pounces Alimentarias, las dlrectric:es de promoccn y desarrollo de exportaoon de productos e insumos alimentarios c:uando exlstan excedentes. 7. Partidpar c:onjuntamente con los Desoechcs de los vtcerrarastros, depenoendas, organos y entes c:ompetentes, en la romurecicn de polrncas de regimen acuenerc y aranceiero de productos alimentidos, de ecuercc con los prccedtmientos estableddos par los organismos lnternadoneles. 8. Establecer conjuntamente con la Direeclon General de Alimentos, tomando en c:onsiderad6n el balance neconer de enmentcs, los rubros y cantidades a ser importadas y exportadas. 9. Efectuar y mantener actualizado el registro nac:ional de tmportadores y exportadores de productos anmenncos. 10. Promover y desarrollar estudios score las cadenas de ccrnercellzaclon, sistemas de informad6n de mercado, estudlos de competttlvlded y de ffiargenes de comercaltzadcn, 11. Efectuar rec:opllaC:ioo V anallsls de la franja de precos de los diferentes productos alimentidos, para la f1jac:iOn de crecos de sostenimiento. 12. Evaluar, y c:ontrolar, la autorizad6n de las ncercies de importac:iOn, pemlsos Vautorlzac:lones de exportactcoes. 13. Hacer seguimiento a la aplic:aci6n de los ac:uerdos de las organizadones fntemaccnales, en coordinadon con los organos y entes cornpetentes. 14. Efectuar los enauss Vpropuestas para la fljadon de preclos y tarifas de los productos y servcios eameonccs, para ta concertacon con el Minlsterio con competence en ccmeuo e moustrtes, y ceres 6fganos y entes competentes. 15. Efectuar los estudios sodoecon6micos y de merc:adeo necesarios para cooocer opiniones, c:riterlos, grado de satisfac:c:ion y necesidades con relation a las ofertas de las entidades comercializadoras publicasV privadas. 16. Partidpar en la planiflcadon, formulation presupuestaria y c:ontrol de gestioo del Ministeria. 17. LaS demas atribudones que Ie senalen las leyes, los reglamentos, decretos ylas resoluclones. CAPITULO III De la Direccion General de Cillidad Articulo 22. COrresponde a la Direeclon General de Calidad: CAPITULO II De 101 Direcclon GenerilLde Mercadeo Articulo 21. COrresponde a la Direccion General de Mercadeo; 1. Propaner polfticas de mercadeo Interno y externo de alimentos, e lnsumos agroalimentarlos, en coordinac:ion con los 6rganos y entes competentes. 2. CumpUr con las polfticas de mercadeo de bien.;;;, ser.ridos e insumos para la produc:tion agricola, pecuar'a y pesquera de ocuerdo c:on el marCO legal vigente. 3. Formular propuestas sobre las reiaclones economicas 'f comerdales en el ambito nac:iooal e internacional, de los productos y servic:ios alimentarios. 4. Proponer las recomendac:iones tecnlcas para \a suscnpc:iOt1 de COnvenlos V Ac:uerdos internaciona!es de mercadeo agricola V de servic:ios alimentilrios, en COOrdil1l!o6n can 0:'1 Ministerio encargado de las relac:lones mternacloroa!es, Y demas organos Yentes competenteS. 5. Propoller ai Despac:ho del Vicerninisk~ de ','(.:itiV A1imentarias, alternati\tas de solu(i,)ne~.- ,~U3ro0':,' ,,,.,,,:~, c:ontroversias intemac:ionaies relatl\tils ili '~O'-'-I"', d. r>' alimentos e Insumos agroalimentariiJo;, er. coorlilfliJ,j';"· c;.-, Ia Consultona Ji.lrlOlca v ,,, OiiOIl<l oe KeIJ'~Ic:nb Internac:lonaie:;. 1. 2. 3. 4. 5 , ::, Propaner politic:as para garantizar Ia caUdad e inocuidad desde la produc:doo, transformaci6n, distribuc:ion y c:omercializac:i6n de los alimentos y productos alimentic:los. Elaborar los planes, programas V proyectos dirigldos a una efidente aplic:ad6n V mejora de las normas de calidad de ios alimentos y servidos alimentic:los, en coordinac:i6n con los 6rganos Ventes c:ompetentes. Partic:ipar en la formulad6n de propuestas de requerlmientos de calidad de los alimentos, en c:oordinac:ion con el Ministerio con c:ompetenda en salud, y demas 6rganos y ,~ntes c:ornpetentes en la materia. Veritic:ar eI cumpUmiento de las nOffilas de calidad e inocuidad, en ios productos alimentlc:ios de consume humano. Establecer el orograma dto certlticac:ic del control di:' la Cdlidad e inocuidad de los alimentos, en coordinac:ioo Carl ~os organos Vellu;s c:ompelentes. PrOponer JlianBS estrategicas con los organos y entes que {lispongan de i~coratorlos c:oo infraestructura acredit<1tia, t'ilic pro.:<?bas·~ .'lttodos 02 ensayos. i'1Iticip«r conj~r,i.,.;nente c'.)o la Oflc:ina de COmunicaC:I;)" ;<';:;<I(IO(;('S Ins:itu:jonaJe;, .::n la elaboradon de prograrr,,;· ,i',;;;lITr,,;,il-'os d;; ;)-Jbliddad y diVulgac:ion a la poblacion "" <"<Oteri« Je (2:i8,.d, buen"s pritcticas de manufactuf~ " 'xr.;u:-n') de alrne 1005. PropO(li'C poii>~ ~ dirigidas a inc:entlvar la investigac:i6r, Ii' 'ec'lOlog;i:: en :05 procesos de produa::6 r , Miercoles 3 de septiemtre de :Z008 GACETA OFlCIALDE LA REPUBUCA BOLlVARIANADE VENEZUELA 363.953 transformaciOn, dl5trlbucl6n, comerdalizad6n y de caUdad e InocUldad de losallmentos y servlcios allmentlclos. 9. Baborar los planes, programas V proyectos para eI desarrollo dentiftco V tecnico, que conbibuVan a una eficlente apllcad6n V mejol"a de las normas de caUdad e inoculdad de los alimentos y seMdos enrrenuecs, en coordinatiOn con los 6rganos Ventescompetentes, 10. Proponer e Implantar estral:egla$ ccn base en los resultados de losestudos dentl'flc:os, tecaccs, naclOnales e lntemadonales, para mejcrer los prccescs de producclon, transformaci6n, dlstribucl6n V comerclallzad6n de los aUmentos V servidos alimentidos. 11. Proponer V efectUar Investigaciones en eJ ambito de la carded e lnoculdacl de los allmentos, coordlnadamente con losdemas 6rganosVentes ccmpetentes. 12. Establecer los mecanlsmos de regulad6n V control de la manlpulaclon geni!tica de los allmentos, en COOldlnad6n con los 6rgill1OS V entes competentes, y de acuerdo con la OOl'"mativa legal vigente. 13. Representar e! Mlnisterlo V sus entes adsaitos en er Sistema Venezolano para la calldad; en el Codex Alimentarlus, V en los COmites y SUbcomites de Normalizacl6n, que sevlrlCl.den consu competencla. 14. Partldpar en la p1anlflcad6n, formuladon presupuestarla V controlde gesti6n del M1nlsterJo. 15. Las demas abibuclones que le sefialen las leyes, los reglamentos, decretos V las resoludones. TITULO IV Del Despacho del Vlcemlnlstro de GestI6n Socioecon6mica Articulo 23. 8 Despacho del Vtcemlnlstro de Gesti6n scccecceemce estera a cargo del ViceministrO respectivo, qulen actuara de conformiclad con 10 dispuesto en la Ley organlca de la Admlnistradon Publica, en coocorcenda con eI pee-etc Sobre Organlzad6n V Fundonamlento de la Admlnistrad6n Publica Naclonal y con las atrlbudones establecldas en eI presente Reglamento. Articulo 24. ccrresccrde al Despacho del Vlcemlnistro de Gesti6n Sodoecon6mica: 1. Proponer llneamlentos de poIfticas que contrlbuvan a mejorar la gestion operativa, V financlera del Mlnlsterio V de losentesadsaitos. 2. Apovar el proceso de formulad6n de planes, programas V proyectos de los entes adscrltos, conJuntamente oon al Ofldna de Planlficaclon V Presupuesto. 3. Coordinar eI cumplimiento de los planes, programas V proyectos a ejecutar par los entes adscrltos, evaluando los resultados, V establedendo correctIvos, de conformidacl con losprocedlmlentos y la normatlva legalvlgente. 4. Coordlnar V morritorear eI desempei)o Institucional de los entesadscrltos, para evaluar logrose ImpactOS, con base a lasdlredJices emanadas del Ejecuttvo Nadonal. 5. Partidpar en el d1seiio de escenarlos V proyecdooes para proponer altematlvas estrateglcas V de ajustes en eI ambito allmentario, conJuntamente oon eI Despacho del Vicemlnlstro de Polfticas A1lmentarlas, Ia Ofidna Estrategica de 5egulmiento V Evaluad6n de Pollticas Publlcas, V Ia Ofldna de Planlficacl6n V Presupuesto. 6. Evaluar, f1scallzar V controlar Ia gesti6n de lOS entes adscrltos, garanlizando un sistema etldente y efIcaz desde el punto de vista social, econ6mlco V finandero. 7. Efectuar eI anallsis de los 1nd"lcadores de vida de la poblaci6n par grupos etarios, sociaIes V territoriales que permltan proponer pollticas socIales en el ambito allmentarlo, en coordinad6n con eI Despacho del VtcemlnlstTo de Pollticas A1lmentarias. 8. D1r1glr y adminlstrar los programas de compensaciones que se establezcan, para eI desarrollo competitivo del sector de alimentos. 9. Proponer Ia Indu$i6n 0 desincorporacl6n de programas v/o proyectos de caracter econ6mlco V social en eI ambito allmentarlo, a ejecutar par los entes adscrItos, evaluanclo su pertinendaV permanencia, parafortalecer la v1nculacl6l1 conel entomo social del Mlnistelio. 10. Prestar asistencla tecnlca V apoyo a Ia comunidad organlZada, a traves de Ia atend6n dlrecta del dudadano en etambitoallmentarlo. 11. Promover V desarrollar estrateqtes para la conformacl6n de nuevas formasde organlZad6n de producd6n social en el ambitoallmentarlo. 12. Partldparen IaJuntaMinisterial. 13. Partldparen Ia planiflcacl6n, formulad6n presuPUestar/a y control de gestl6n del Mlnlsterlo. 14. Las dem.is abibuclones que Ie sei'ialen las leyes, los reglamentos, decretos y lasresolUCiones. CAPIlULO I De la DIrea:l6n General de Programu Sodoe<:onllmlcos Articulo 25. Corresponde a Ia Olreo:i6n General de PrOlPmas Sodoecon6mlcos: 1. Partlclpar en eJ dlseilo de los lineamientos de las politicas finaoderas de los entes adscrltos, para mejorar su fundonamlento, de acuerdo con las Uneas estrateglcas del Mlnlsteno. 2. Efettuar la evaluaci6n V control de los procesosoperativos, contables, ec:on6mlcos V flnanderos de los entesadscritos, conJuntamente con la onona de P\anlflcad6n V Presupuesto. 3. Efectuar eI anallsls de las situaclones coyunturales que surjan de Ia ejecud6n finandera V aperativa de los entes adscritos, V proponer soluclones. 4. Disenar escenarlOS V proyecciones para proponer altematiVas V ajustes de los procesos f1nanderos V operativos de los entesadsaitos. 5. Partldpar en la organizacl6n de los nUcleos de desarrollo end6geno y estrateglas de economia social a ejecutar par losentesadscr1tos. 6. Proponer planes, programas V proyectos de lmpacto social Vecon6mlc:o queejecuten los entesadscrItos. 7. Efectuar eI seguimiento de los planes, programas V proyectos de caracter social que ejecuten los entes adscritos V evaluar su impacto en las comunidades en coordinaci6n con la D1recc16n de TrabajO con las COmunidades Organlzadas. 8. Partldpar en Ia planlflcad6n, formulad6n presupuest2Wa V controlde gesti6n del Mlnlsteno. 9. Las demas atribuciones que Ie sefialen las leyes, los reglament05, decretos Ylasresoluclones. CAPITULOU D81a DIrecd6n General de Trabafo con las Comunidades organiudas Articulo 26: Corresponde a Ia Direcclon General de TrabaJo con lascomunidades Organlzadas: 1. Desarrollar V establecer los mecanlsmos Instltucionales para la vlnculad6n social con eI entorno en eI ambito allmemarlo. 2. Proponer V promover estrategias-V acciones de artlculadoo con los dlferentes 6rganos V entes relacionados con la atenci6n a Ia dudadania, que permitan vlncular V mejorar los procesos Intemos y de impacto a Ia comunidad en eI ambitoallmentario. 3. Atender V tramltar las sugerendas, quejas, denundas V demandas de la comunidad organlzada en eI ambito arimentario. 4. Ef!CtUar el segulmlento, evaluaci6n V control del puxesamlento de las sugerendas, V resoIud6n de las denunclas, quejas Vdemandas de Iacomunidad organlzada en el ambitoalimentarlo. 363.954 GACETA OFlCIAL DE LAREPUBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Mil~r(:oles3 de septiembre de 2008 5. Promover la Incorporad6n de nuevas rormas de organlZacl6n de produo:i6n social, para rorteiecer la partidpadOn protag6nlca de la comunidad organlzada en er ambitoenrrenenc. 6. Desarrollar y establecer estrateqtas de fcrrnadcn y capadtadon de la comunidad organlzada en el ambito alimentario, que ccedjuven con una erecuve contralorfa social. 7. Promover mecentsnos de articulaclon de los programas y proyectos sccetesalimentarlos, con programas socrates de acd6n directa e indlrecta sobre el ambito anmeoteno que emprenden otros 6rganos y entes del Estado, Y las comunidades organizadas a nivel neconaf, que permlten lncrementar la eficadade los memes. 8. Participar en la planificadon, formulad6n presupuestarta y control de gesti6n del Minlsterio. 9. Las cernes atrlbuclcnes que le sei'ialen las leves, los reglamentos, decretos y las resoncones. CAPfiULO III De la DirecdOn General de Fiscalizaclon y Conb'ol Articulo 27. Corresponde -a la Direcci6n General de nsceuzaccn y Control: 1. Vigilar y fiscalizar eI cumplimiento de las polftlcas alimentarlas, procedlmientos y reguladones en los diferentes ambitos de competencia del Ministerio y sus entesecscrttos. 2. Disefiar e Implantar los programas y guias metadol6gicos para efectuar las mspecccees en los centres de acoplc, silos, almacenes, depOsitos, casas de enmenteoon 0 cualquier cue establecimiento, cove competercia este atribuida al Mlnisterio del Poder Popular para Ia A1imentati6n. 3. Realizar las investigaciOnes ceruoentes, as! como comprobar yatender lasquejas, denundas y demandas de la poblacl6n en coordinati6n con la Direccion General de TrabajO con las ComunIdades orceneaces, V las derivadas de las propias eccones de control que se ejecuten en las activldades rectoras del Ministerio. 4. Presentar ante las mstanctes competentes, los informes que renejen los resultados de las investigaciones efectuadas a aquellos hechos que pudieran presentar irregularidades administratlvas 0 financieras, para la aplicacl6n de lasrespectivas sandones. 5. Efectuar y COOrdinar visitas de control preventivo V asesoramiento a los entes y dependendas integrantes del Sistema Naclonal de Inspectoria General. 6. Partidpar en la planificadOn, formulad6n presupuestaria y controlde gesti6n del Mlnisterio. 7. Las demas atrlbuciones que Ie sefiaJen las leyes, los reglamentos, decretos y las resoluciones. CAPITULO IV De la Junta Ministerial Articulo 28. La Junta Ministerial estara integrado por el Ministfo del Pader Popular para la A1imentad6n, el Vlcemlnistro de PoIfticas Alimentarias y el VJCemlnistro de Gesti6n Socioecon6mica y podra invitar a otros funcionarios del Despacho Ministerial a su cargo 0 a particulares, a partidpar a una seslan de la Junta MiniSterial, OJando a su juicio, la naturaleza del asuntoa tratar as( 10 requlera. Articulo 29. La JuntaMinisterial es la maxima lnstancia para Ia toma de decisiones, teniendo bajo su n;sponsabilldad la discusi6n, articulad6n V aprobaci6n de las poIitlcas y planes del Minlsterio del Poder Po{>Ular para la Allmentaei6n. sera apoyado en todo momento por el 5ecretarl0 Ejecutivo del Gablnete, V la Ofidna Estrateglca de Seguimiento y Evaluacion de Polfticas publicas. Articulo 30. La Junta Ministerial se reunira des (2) veces par mes ~mo minlmo V, cada vez que sea convocadc por el Ministro·. Articulo 31. Le corresponden a le Junta Ministerial las siguientes atrlbudones: 1. Ejercer la rectcoe de laspolfbcas publicas del Ministerio. 2. Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo A1imentario, en correspondenda conel Plan Naclonal de Desarrollo. 3. Asegurar le coterenoe, ccnsisterca y compatibilidad de los planes, programas y proyectos del Ministeria, V sus entesadsaltos, con losdel Ejecutivo Neconet. 4. Evaluar eI impacto de la ejecud6n de los planes y el cumpllmiento de los objetivos, para aplicar los correctivos que sean necesencs. 5. Las cernes atrlbuciones que Ie seneen las leyes, los reglamentos, oecretos y las rescludones. muLOV De la Superintendencla Nadonal de Silos, A1macenesy Dep6sltos Agricolas Articulo 32. Forma parte de la estructura organica del Ministerio del Pader Popular para la A1imentaclOn, ta Superlntendenda Nacional de Silos, A1macenes y Dep6sitos Agrfcolas, ceaoa mediante ley de Reforma Pardal de la ley de Silos, A1macenes y Dep6s1tos Agrfcolas, publicado en Gaceta Ofidal de Ia Republica BoIivariana de Venezuela NO 38.419, de fecha 18 de abril de 2006. Articulo 33. La organizad6n y fundonamiento de la Supelintendencla Naclonal de Silos, A1macenes y DepOsitos Agrfcolas y sus unldacles administrativas, sera determinado per er Reglamento de Ia Lev de Silos, A1macenes y DepOsitos Agrfcolas, y su Reglamento Interno. TITULOYI Cargos de Alto Nivel y de ConfianZlf Articulo 34. 5e dedaran de alto nlvel, y par tanto, de libre nombramiento y remocl6n, los cargos del Minlsterlo del Pooer Popular para Ia A1imentaei6n desaltDs a contnuaci6n: Ministro, Viceminlstros y Directores Generales. ArtlC\llo 35. se dedaran como cargos de confianza del Mlnisterio del Poder Popular para la Allmenl:ad6n y, por tanto de libre nombramlento y remoci6n, los cargos de Coordinadores, Coordlnadores de Area, Coordlnadores Rectores EstataJes con las competencias up supradescrltas; ademils de las 5eO"etarlas y asistentes que prestan servidosen eI despacho del Mlnistro y la Direa:i6n del Despacho. TITULOYII Disposici6n Derogatorla Unica. se deroga el Reglamento Organlco del Ministerio de Alimentacl6n, dictado mediante Decreta N° 4.272 del 6 de, febrero de 2006, publicaclo en Ia Gaceta Oficial de la Republica BoIivariana de Venezuela N0 38.374 de fecha 7 de febrero de 2006. TlTULOYlII Disposldones Finales Primera. EI Mlnistfo del Poder Popular para Ia Alimentation dictara mediante ResoluCiOO, el Reglamento Interno del Minlsterlo, en el cual determlnara el numero, competencia, Miereoles 3 de sepnembre de 2008 GACETA onCIAL DE LA REPUBUCA BOLIVARlANA DE VENEZUELA 363.955 organizadon y funcionamiento de las dependences administrativas que lntegran las Unldades definldas en este Regl":mento Drganico. Refrendado EI Mlnistro del Poder Popular para la Educadon (L.S.) HECTOR NAVARRO 5egunda. Todas las dependendas del Ministerio del Poder Popular para la A1imentadon, ceeoas en er preserve RegJamento Orgimico, entraran en funcionamiento a partir de su publlcacl6n en la Gaceta Ofidal de la RepUblica Bolivariana de Venezuela. Las que se crearen con ccascn de la reglamentaci6n Intema del Mlnisterio, entreren en vigencia y funcionamiento en ta oportunidad que sefiaJe el Ministro. Refrem;lado EI Ministrodel Poder Popular para el TrabaJo Vsegurlclad SOCial (L.S.) ROBERTO MANUEL HERNANDEZ Refrendado EI Enaugadodel Minister\(> del seder Popular para la Infraestruetura (L.S.) Tercera, EI presente Reglamento orcemcc entrara en vigenda a partir de la fecha de su publlcaci6nen la Gaceta OOdal. Cuarta. EI Mlnistro del Poder Popular para la A1imentacion queda encargado de la ejecuccn del presente Reglamento. ISIORO UBALOO RONDON TORRES Refrendado EIMlnlstrodel Poder Popular para re Planlflcac16n y Desarrollo (L.S.) HAIMAN ELTROUOI Dado en caracas, a los dos dias del mes de septiembre de cos mil ocho. Aflos 198" de la jndependencta, 149" de ta Federad6n y 100 de la RevolutiOn BoIivariana. .....edo La Ministra del Poder Popular para oercra yTecnologfa (L.S.) NURIS ORlHUELA GUEvARA EjecUtese, (L.S.) Refrendado El Minlstrodel Poder Popular para la Economfa Comunal (L.S.) PEORO MOREJON CARRILLO HUGO QlAVEZ FRIAS Refrendado EI Ministro del Pooer Popular para ta Ailmentadon (L.S.) FELIX RAMON OSORIO GUZMAN MARIA LEON ERIKA DEL VALlEFARIAS PENA SOCORRO ELIZABETH HERNANDEZ FRANCISCO DEASIS SESTO NOVAS VICTORIA MERCEDES MATA GAROA Refrendado La Minlstra de Estado para Asunlosde Ia Mujer (L.5.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para lasTelecomunk:adones V Ia Intormatica (L.S.) Refrendado La Mlnlstra del Poder Popular para la Partidpad6ny Proteeci6n SOCial (L.S.) Refrendado La Ministra del Poder Popular para er Deporte n.s.i Refrendado EIMiniste<io del scoer popularpara la Vivienda y Hatlltat (L.S.) ALI RODRIGUEZ ARAQUE Refrend-'tlo EI MlnlslJo del Pooer Popular para • pererse (L.S.) Refrendado EI MinistrolIel Poder Popular para las Indus:trlas L.Igeras y Comertio (L.S.) ...,"'''''' EIMinistrodel Pooer Popular para las F1namas (L.s.) RAMON EMILIORODRIGUEZ CHAC1N Refrendado EIVlcepresldenle E)ecutivo (L.S.) Refrendado EIMinlstrodel pede- Popular para Relaclones tnrencres yJusticla (L.S.) ,--La Ministra del Poder Popular p;lra e\ Turlsmo (LS.) RAMON ALONZO CARRtZALEZ RENG1FO WILlIAN ANTONIO CONTRERAS GUSTAVO REYES RANGEL BRICENO OLGA CEaUA AZUAJE Retrendado EI Mlnistnldel Poder Popular para la Ail1culbTol y TIaras (L.s.) ELIAS JAUA MILANO Refrendado EI Ministrodel Peder PoplJat" para la EducadOO Superior (L.S.) LUISACUNA CECErb