Decreto N° 2.663, mediante el cual se dicta la Reforma del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Parque Nacional Mochina
颁布于 1992-11-26 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 委内瑞拉
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- protected area, community management, ecosystem conservation, soil conservation/soil improvement, sustainable use, environmental security, management/conservation, protection of habitats, protection of species, coastal zone management, wetlands, marine protected areas, biodiversity, invasive alien species
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' \ AÑOCXJ-MES IV - Caracas, martes 19 de enero de 1993 Nº· 4.520 Extraordinario ' . SUMARIO - Presídencla &t la República Decr~fo W 2.663, media rite el cual se dicta la 'Reforma de I Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Parque Nacional Mo chlna; Ministerio de Educación · Reso1~i~n por 1a cual! se conf~ere fa Condecorición de la "Orden 27 de Jumo", en su Primera, Segunda ,y Tercera Olase, a los cilidadanos que en etlas se mencionan. --~--- -----------~------... --- PaiESIDENCIA tii'-LA BEPUllJiltA . 2-6 de noviembre de 1992 CULOa UJ)RU PDU ftuideáta de la aepOliaa .. $11 úao -de laa atribuciones que ·1• contiere ·10a .articulo• 6, · n y 3~ de la ·Ley org6nica para la Ordenac16n del Territorio, en conaejo de Kinietroa. DECRETA lo aiguiente: "auoa& Da. l'LU .N caDmXIllftO T IIMillfD"ft> ;· DS V80 De. PDQOa -DCIOIIU, IIOCSJD - Articulo 1. se •oditica al texto dei articulo 11, :•l cual · queda redactado de la lillln81"a ai911iente: . • Articulo U. A loa tinH da au ordenaci6n y aanejo, •l Parque ha ■ido obieto - de una zonitieaei6n de uao • de acuerdo a la singularidad, tragilidad, valor ·d• loa .r..eurao~ .natural .. de cada uno de loa espacio• que lo confor.an· y de loa usos y aetividadH e:d• tentes para la fecl)a de la creaci6n del P.arque. Estas zonas se corresponden ~on laa definiciones -••table9idaa en el Regl .. ento · Parcial de la Ley Org6nice para la Ordenac'i6n -del Territorio sobre Adainistraci6n .y 1111.nejo de Pa·rque a lfacionale• y KonUJtentos Naturales .Y sa daecriben· a eontinuaci6n: . I, i2nA a Protecci6n Intfqral ·rm c011prende: a) .La Pefta Morro Bla~ y au 6rea aarina inaediat.a, • ubic:ada .. al o.ete del~ Isla Arapo del Oeat-e y lo• 411eantilados del extraio oecident.al de Hta lela; en tµla circnmterencia ~-- treecientoa oincuenta·iiietroa P50 •> de radio - 11!11 prc,yecci6n horizontal, cuyo centro u •l punto lilú alto de la Pella, • b) La Laguna de la Bodega, "incluyendo las·· foniacio nes de iaanglaraa y aoricha l•• adyacentes, coapren dido■ en un cuadril A tero cuyos . lados son: por el norte la : tn'-'11 de -cottta, por el aur la can: etera nacional . PYerto La eru~-c--man&, por al *•te el rio Nur1..,cu11l h6.11ta su deS<mboc!id.ura y j,)Or el oeste al r1o Santa F6 hasta .su dese!ilbocadura, en Gentido -••ta-oeste. c) La franja de 500 aetroa a partir de la formaciOn .-de -.anglares de la linea de coa.ta a todo lo e.ncho .del valle conto?11-ado por la deaeaboeadura del r1o Yaguari,cua l entre el piedecerro y la • carretera nacional Puerto TA c-ruz-cuman&. d) La• -comunidad•• ·-coralinas y lo• fond~ 11&ri.noa localizados en una distancia de doscientoe --troa ( 2 oo •l en proyecci6n hori1ontal .a partir, ,,... . la -- Hnea de costa de las islas Picda Grande y -''Cacbioa- · .110; ad •iaao el .bajo coralinc, al oeate ,.da ',lá ,.;,1á1a Venado y el loca lindo / entre Isla de-Monoti . • · ?ala Arapo del Oeste en aeritido -eate-oeate, ,'. " ,. e) La cuenca alta del rio C~lorad~- a partir de la cota de tarreno de loa cuatroeientoá ·( 400) 'Mtitoa. I~. 1.sml Primitiva .2 snv-■tre !f.L. co■prw• .lu 11,;u1■nt•1 Anl.ll a) Norte o Costara: coaprend• • •xeepci6n .Se - lu islas de ~apo toda• la• - tierra• -rgidaa que conforman el a'iateu inaul&r, y -.el MOtor -.continen tal del Parque -ubicado al norte -de la . -carretera Pto. La Cruz-CuaanA J~o Aceite ·de Castilla, Penlnaula de . Manare .y loa.- cerros lacondido y Arro- • jata). se. ,except~ italibi6n de Hta zona, aquellos - lugar•• , conte.plaéloa ooao • •aitioa de lance• y .·"sitio• d• récreaoi6n• perteneoient .. a l• lana de ~iét!t• ~aturál x.nejado ·y ·a -la Zona 'de bc:rea- ·- el'On' r••pectiv4Mnta. b) -·Sur o Continent.all cc;aprande todaa ·lu - t:inru ubicadas al aur de la can-etera. Puerto • - La- cru- • cu.an4 y que li:aitan entre la lona de bclilperaci~ - Y. e-1 linden; aur .. te • del --Puque.· , : far.tiendo del , ¡,wito donde l .~ .. te del. -Parq,M -- ~ . la curva de nivel de loa Niacientoa -tr-09 :aobz:e . a1 ,niv•l del 1111.r (600 !ll•••n•••> -~ eÍ~ .. aoie 'dad, •• contin6a por ..ta ■i ... ~ -de nivel . en · direqci6n suroeste variable but.a •lcanáar la quebrada Él P~,. de donde eontin61a - •~ abajo haata alc;1U1H1' al r1o Col~ad!), de -~~-- aiiJue aguas · arriba hasta alcanzar una qual>ra4a --que .. • une • al .. c:1onado. r1o por su ~ .laguierda - y que deli■ita . el 4ru intervenida por .la cantera • del . cerro La Virgen, de Hte punto el iWte de la- :sena encierra el &rea intervenida por laa obru de ·la canter,, baat.a encontrar .el lugar donde la quebrada -• La• Ki•ionu intuoepta l a curva de nivel da loa euatroei entoa utroa sobre el nivel del 1111.r (400 ■., •. n. •· ) continuando : .JiO,r uta . •i.li■a · curva, en direé:ci6n ·aur variable, hasta una Htribaci6n donde la •direcci6n de .uta curva de nivel i::allbia hacia el este ·-•n el luga~ conocido ccmo El ·Manco, dé donde •• continoa · con ruJlbo sur franco, hasta ell<:()nUar la represa del Turiaiquire, en el · lindero del ~arque. De alH continQa por el lindero del Parque en direeci6n uta y luego norte, haat.a alcanzar ••l punto ·inicial de ••ta dueripei6n en el cerro· La - Soledad, • • c) Primitiva Marina: ca.prende una franja .sobre -•l • agua - de cloaciantoa -troa .(200 •l de distancia alrod,edor 11• todas lu ialaa que N • erieuent.raa • en el Pa:r,qua, aa1 coiio toda .ei 6rea interna d4Íl Golto· de Santa Fe desde la deautbocadura- del -r1o Santa Pe . hasta la Punta Si•~ Citl)U, . de donde eontil)Qa a doacientoa .utro• (aóo ■l en proyeeci6n horJ,zontal paralelo • l.a- Hneil de costa haa ta Punta Aguirre en la • boca de la Bah~• Mochiu, de donde . " proy~ · en ilentido oeste-este huta Punta - Barraca, ence rrando • toda la bahía bajo esta zona. Da aqu1, continOa en direcc.i6n Este• la •i■- distancia. de la costa hasta Punta El Pefl.6n en el lindero ' !ate d.el Pai;que Nacional. Bata zona eat, intarruapida por las •ventanas• o ··•aitio• de lance• perten-.ien tea a la ~ona da Ulbiente natur•l ll!Ailejado y por l os. 15i t J.os de recruciOn <le la• ioruis . c!e i:c&c,eaci<>n co~t0~~ladoa anal pre.3~nt• ae,gl<lll~nto. La Zona Pri?aitiva l!larina •• interrwape por los ·•aitio• de lance•, loe cual•• son: PUerto bcondi- • do, Guaigu&, Aquirre, Manare, Sl Tigr1llo, 111 - Oculto, La Pet\ita, -Playa de Piedra, El - 'l'oro, ~:ia las - Patas, Playa Muerto, carenero, La Laguna, La ?a~a, Puerto de Tablas, llodeato, El Perico, Siete c~paa, Naiguat&, El Rinc6n de Chap1n, El Rine6n de ' . -Pe~lta, htan, Pet:Ulto, llarln, t. Torta, •· Jlolaido, ChllÍaNI del O.te J La C.cbOa, 1,uahlente M lnt~ por loa aitloa de ncrnci6n. . XII • . JQD,11 d9. bbigt.e ~ l(aMjadp .LAlllll.l e~• •l •actor net&Mnte urino del Parque, liaitado entre el lindero lforte )" out• del-· :t>arque Jlaclonal, la aona priaitiva aariM desde el -· Golfo •• de C- lant:a Pe haata P\lnta Gen-da, la lona de oao ·aapeclal hh1a de Posueloa que N extietld• desde el Notro de Barcelona ballta Pllnta Ber9antin baat& el ~lfo de San Pe., ,'tV~ lsm& ~ Rpgi¡n,r,ci6n ~ 1B1U.1 coaprende el • -~ contineJ1tal del Parque ••ciona~, liaitado ·entre·· , la cu'ratera P\lerto La érua-cu.ana, la aona • prlaitiva aur o continental- y 1011 lindero■ del ·Parque · Nacional. Lu tierra• ~idaa da , 1aa islu de Arapo y una franja de agua■ aar ina• de &90 • • · d.e ·ancbo en proyecoi6n boriaontal t¡Uf partiendo • deade' av 1nterc:epci6n con la Bona de 1Jao Bapecial hhla de Pozuelo•, aigue linea de coata en dirac- • .c16n hacia el uta, basta encontrar el lWte de la . lona Prlaitiva Marina ubicada trente a la deaea!>o- • cadura dal rlo llanta h.· : Ivualaante N conaiderada ·lona de kecuperac16n laa riberu del r1o El Tacal o Barbacoe en una · diatancia de 50 • a a.da ana de su.a lllr9-- v. .IQna ü Bera:uqi6n 1BU. COlll)rende el • aector con.foraado por laa playaa da vallacito, El T~in do, La Blltehita, lateban Granda y Kajagual, locali &adaa ,entr• loa l1i9ues de-fM~ Punta de lfan9l• y Puerto Muevo, en al Golfo de santa Fe. 11:at& aona undra . por • 1wtti • o..te 1a :s- de Prot:.aco16n . In~al de la llodega1 por el sur la carretera Pu~ La erua-aiuna.. Por e1 s.te el . terainal. tur1•t1co de Puerto lhleTo. Por el Jlorta liait& cori la linea da la playa y . la S- l't'Wti,ra xarina. Ccmprende adeab loa eitioa de ~ci6n intend- . ~,: •(llle interruaipen la •- prWtiva, coao ·: , 1- playaai : Lu Kar1tu, Playa . Blanca, . Kanare; Playa llarln, Playa &l hro, lll saco, •. Piiinare, . Piedra Sacrit&, eautaro, cautarito• Pu,art.o Sacondi do,, Cacb1-, Lu !?a&UelU, llanaanillo, Pan~ Bl • PeMn, Isla ele Burro o Guar&IJUAO, Iala dÍt ' .. Plata:, Baraaro, ., , ~. La ca- y La .canolt&, Cabruta, Gabarra, llanfl• Qucaado, Garrapata, : A,Ju1- · ·rn, Bl Tri9illo, i.a. Cllicu, Acei.t.a ele cutilla, - ~ Aneqada. . VI. ZQna ¡¡. svYicla. .1.lll.l. ~ local1u4a . - ' •l • · Centro. Poblado Jlochia, 1.U &onu ele uao . Eapec.lai de laa .~idadaa ~l, Yaguaracual, y ci la■ iona• de Aaartiguaci6n da San Pedrito4 Barbapoa • y . · Guaranache. •• vn • .llmA d9. ~ 11mec1a1 ·lm.i.· contoraada por . 1.~ . Het:ona del 'Parque qlM han aido -tidoa a una • -ror intervenci6n y en loa cual .. ■- déaarrouan • •~ ividad•• .- Y eervicJ011. -A loe ·•fact- da uta plan H .aaiqna un r6cJiaen ·eapec1a1 que cons1deri el . WIO --a~ual en relaci6a c;:on loe objetivoa · de cr-ci6n del parque, bta• zona• utan. co~ionadu~ por: ••• .a) -Zona de U.ó Eapecia;I. ·Coaunidad llurucual: Coa.; • prende • el MCtor doDde Íle encuentra . U!tJlt4da : la . coaunidad lluruc:uaJ.· y út' confozwada par laa tie rraa ul>icadaa por .debajo de la curva da - n·iwl ·de • · loa doacientoa Mtroa · eobre el nivel del aar • (200 •.•. n.111.) partiendo . dei puente, ·- la carretera .Puerto · La ~z-Cullan& :aobra ia Quem-ada ea■wral, aigu!,ndo aguaa arriba de eata, haata alcan•ar la curva de niwl dtJ loa d9acientoe aatroa aobre al . nivel del .ar: (200 a·:a . n.a. ), de donde contintla por asta aissa curva de nivel en direcei6n á1 Esta, cruzando al r1o !hlrncual ha.ta alcanzar una utr1- baci6n ~itua.~ al . llorta da este r1o, .. de . donde contintla · por la referida utribaci6n en ·direcci6n Oeste hasta encontrar la carretera Puerto La O ~, CwlanA, por donde aa cont1nGa huta encontrar el punto inicial aobre el puente de la -Quebrada Caallu""' • .ral. . · . . • • . • • . ·.: ,··. • b) Zona · de oaó Eapecial coaunidad Yaguaracual: Coaprende el sector .donde N encuentra asentada la . COIIW\idad de Yaguaracual ·y asU coDronaada por laa. ·tierra• ubica.das por debajo de la curva de nivel de loa doscitu,to■ Jltltroa sobre el nivel del n.ar (200 •·• · n . a.) y cuyos 11ait.ea lMt cnte1"J1l.nan aa1: • par tiendo • d1,1l prl.,Mr puo.nte e<obre el r1o Yaguiiracual en la carr etár·a P\.terto ta ~I-C'wr.'l.?14, s• s i,¡u• por ••t• cauc e 1.1guaa arriba hasta alcanzar l a ·ci:irva'}•·d• nivel da doaciento• -tros aobra el nivel del \ar (200 a.a . n .a.) .de, donda continOa por eaa curva de nivel en .. ntido Noreste, haau alcanzar el tribu tario •4• aeptentrion.al que c.onton&a el r1o Yagua racual, por donde ·contin<a aguas abajo haata alcan zar- °la "carr•te.ra .l>uer~o .La Cruz-~h4.. •• de • állt · ,,. -t•• · •··~~ •. -.,'('- .. ~ "' ... it-•:., .-., ., ~ ..... ·,· · • • r •· t• -!s ,., .., .,r--,1,1 .. · . ,...:. .... -.. ,,: contin4a por la aenc1ona4a Y!a . • direcciOn a Puerto La Crua haat& 1111COntrar el .priaer paente ya aaneionado, .obre el r1o Ya(J\laracual, ~ - ci•rr• la poligonal • e') Troncal 9, 'l'raao Liaonal-Quebrada Caabural1 Coaprende · el . u:~ de la carretera .l'llerto La Crua-cu.ana Y una franja da doacientoa Mtroe (200 .a.) al -rgen ■ur. de -te v1a, en •l. trecho que va dtiada •l lindero del JJarque •acional en el · Li110n&l haau al puente aobra .. la Qllabrada ~•l. ·d) Troncal 9, ?:roo lfllr\lcual-Puerto · IIUevo-Yaguara cual: Coaprenda al traao da la carretera Puerto La Crua~na y una ctranj• da ~ -ientoa -u-o. . (200 •·) al iaargen. •ur. de e.ta v1a en el ·trecho .epa ··,,. desde llurucual haeta Puti"to Jfllevo, dude donde -te . zona pasa a coaprendu franja• de doaoient- -troa (300 ••) a allbos lado. da la referida carretera en el tre,¡:ho que va déada Puerto Jruevo haata YA<JUU'á- cual. • •> Troncal 9, • Traao de Yaguaracual-.. lla Vi•t& Barbacoa1 Coaprende e'l traao de la carretera Puerto La erua-cua.na, • .adeúa .de ftanju de 49Kientoe -tro• (200 ••> de ancho a Utbo9 ladoa de la IIÍID cionade carretera, en el trecbo qua va 4ellde Yatba racual ha•ta el aactor a.-inado Laa Caaitaa, donde cc.ienaa la lona de AaortiCJ11A,c16n Barbacoa.· f) .Zona de uso • lapecial cerro Arroja t.: . Coapr..ta la vla de a=-- ca-: =-mica al topo ele ·eerro Arraja ta con .la carre~ Plaarto La ~~. . en el sector dencainaclo Paradero y toda el Ana ubicada en el . aencioaado -topo c,-1 .carro ~jaba por enoiJla de la cur,ra de ni'Nl de loa quinientoll ~ -troa aom-e •~ 11,1,,.1 del aar. 9) S- ele O.O Sapec:ial L1nN BHotrica I, UO . llV: Coapzende 111r corrador de cinclwlta -.trae (50 •> ele ancbo . Y aeteJlta y .~lnao kiloaetrqa . . (75 . ~ ele · l9r90, .-11onde - encaenti'.a el tendido elktrico • 230 KV ~ - atrav1 ... el Parqua hcioa,l. en ~ ou.~--~-' --~ ~ ---~~-- -~ ~- . ,. h) .,zona de U.O Bapacia l U-- náctr{c:a II, 230 ffr e~ un ~ de ol.ncuenta ~ (50 -a) de ancho y ~tenta y c:1.ncio • - 1t1i~ (7s ta; • llU'IJO, donde M ea.cu.ntra el .tendido allctriCÓ 210 . ltv . qua atravi..- al Parque • ••cicÍnal en NIJJUdo ·ou~, .deede Q>roaal basta ·carro de la • .Jlónta- lla. . . : .. -: ~ .; 1) Zona de U"°Bapec"ial Rutaa de hYe9aci6n . para euqu .. de Cran ~lado: La navegac16n de ·buqlma de 9ran ·caládo, -y~r~ a ·Cll&AJlta toneladaa (tO t.) d4i desplazaaiento; ' dentro de laa ~ c,,él. 'Parqué Jfacional . a6lo podr& r-li&aree en la lona de aa biente 11a~1- llánejadó y .de acuerdo a laa ratas da navegac~6n que · - .. t&blecen a contimiac16n para ·1a entrada y ■ali~ de ·eabu'cacionea hacia .¡ · d,áde' loa puertoa de Pertl9alete, Cuanta y Puerto La c:ruz :· • 1. Ruta ~t.e -1: -~• .lu · ulaa ·- ~ ·Borrachitoa : y el Jlorro :~ aárcelona ; 2. ·Ruta oeste · 2: ·entre .. laa · u. laa La Borracha ·· ·. • • • .; Las · aú.aanaa. • • 1 3. - Ruta Oeste· J: entre :1.ü i alu "Chiaana Grande y Cbi.aana Segunda. • · -t. bta· ele Ferrya: en~• la i•l~ Chiaana. del Sar • y PUnt.a Bergantin en el continerite, -~ ·al nr ele la iala Quiri.ca ·y mitre .laa ·.i.alu Picuda duca e isla C.i chiCIIIIO; y tinalaanté .i oeste de la. Iala P icuda Grande. Bata ruta tendr& . caracter • 1:aporaJ. hasta . tanto se detáraine la ruta · d~initln al norte y oeste de la■ I•laa Chiaanaa: :e, ' s . . Ruta - Este( antre Punta Perti<,p1lete ~ , Ia],111 -de Plata, al oeste da -1• Iala de. llonoa, entre la. l'.•la Cachi.caao • Isla Tig11.itit)Qe, y dnalaante al .-at• de la X.la P1CÚda .Gr&DIM. : • • • - • 6. Ruta Worte: entre Íaa Ial~ Cbiaanaa y lu I•las La Borracha j) Zona Especial de Ravegaci6n pará Rastropeacaa: O..tinida por una ruta ·en l1nea recia, desde la isla El Faro ·ª la .antr&da dOI la Bah1a de Guanta, en direcc ión al ¡;.-.so entre lll.!I is l a i, Chi.Jlana G:cande y Chia&na S~"idai , de aqu1 las eabo.rcaciones del:rllrM ruivegar • con ~ !lozte. Fr anco Msta oa=ritrar-sa tuera de · los lil'>duos, del Pll"qlle, y viceversa . Esta ruta de ber& aer respetada C0aC! la Q.nica penú. tidai para . la circulaci6n de las eabarcacionea dedicadas a la pes~ de Krastre y que ne~sitan navegar en agua:s del Parque Nacional Mochuaa hacia y d eade el · Pu~o d~ Cuanta: . • La circu la~H, n ,d.MU:~ .. :1..:::<R,.::;.;~ -t. 0 ':.#.) lt" ·.-.~,.i· .. :: .. . ~· 1.·t,"'" ' (!~•·¡~ .1·. i : ."! . ., ) del Parque Nacional dabe raaliiarpa con laa arta• , da peac~ racoqidaa, k) Zona da Uso !apiaclal !aha de Po&uelo1: comprende . 11il .aector de equa• marinea, al eur de 1e linea qua - proyecta horizontalunta, an d1recci0n hacia el aata, daada al punto••• aeptentribnal del Morro da ' Barcelona haata au intarcapc10n con PUnta Ber ·gantln. VIII. 1.QDA aYG· co■prenda: Pobiacional Autóctono .LllfAl... a) ·Kocbiu: coapranda al aector donde ea encuentra .al centro poblado da lloch1aa y eatl confol'ado por .. la• tierra• planaa no inundabl•• situada• entre la lln•a da playa por al Norta, . la ensenada C.■anterio por aloa.ta, el piedeaonta dal carro de Moch1aa por al Sur y la q:uabr ada . Coroul por al !ata. b) Petara: coaprancre al sector donde•• encuentra locali&ada la ·=•unidad da Petara, anal Golfo da Santa . • ,.. y ••U contoraada por laa tierna · plana• liaitadaa entra la linea da playa por al Sur, al piad4111Dnta por al Norte y por la• alavac1onaa o pr.oaotorioa qua liaitan naturalaanta la anaenada . por al Esta y ai Oaata: e) La Morena: coaprenda •1 sector donde se ancu•n~ tia localizada la caaunidad da La Morena an al extreao occidental ·d• la Paninau111 da Santa re. btl contoraado por las tierra• planas liaitada■ entra la 11naa da playa por al oaata, al piadaaonta por al .. ta y las elevaciones da Punta La Pana por al INl' y l'unta Gorda por al norte. • ·tx. ISIIIA lita Aa9rtiquaciOn 1AU coapnnd• ·1as ai guientu lraas: a) San Padrito: •co■pranda al sector donde · •• en cuentra. la co11UJ1idad da San Pad.rito y astl contor- . aada por las tierras ubicadas entra loa • ■iguiantas . 11.aitu: por al Norte~ al rlo s~t• ra, por al .. sur . la curvad• nivel de 1- cien -trosaobra •l nlval del aar (100, .a.a.n .•. ¡., por al lata el ·punto donde la curva da nivel 11andoriada intaraacta . al rio Santa Pa;. por el Oasta al lindero dal Párque Nacio- nal (Quebrada san .. Padro). • • • b) . Barbacoa: COJIPranda al uctor ' donda sa encuentra · uantada .la coaunidad da Barbacoa y·aat& contoraada por las tierras ubicadas por dabajo·da la cur,,a de · n1vel de los doscientos ..troa sobra alnival· dal aar (200 •·••n••·>", a aaboa ·lados da . la carratara Puerto La Crus-cu.anl~ an el trecho qua va desda al puente sobra al r1o Barba.coa en ef. ■actor denomina-' do •t.a• caiiitaa•, hasta al sector conocido coao El Tacal . en 'al lindaro ·d•l Parque, Zata Hctor utl encerrado dantro :d• una poligona~ cúyo punto na.aro uno (1) da coordenadas tl'l'I( K 359000 •• y lf ·1144000 •• • - encuentra al :Norte del -ncionado puente, da doncla H une lladianta aagaanto recto con el ·punto na.ero doa (2) da coordanadas OTK K 359600 ■, y K 1143450 ■. al sur dai ·r10 Barbacoas aobrá la curva da nivel da loa doscientos -tros aobra al nivel dal aar (200 a.s.n.a.) da donde M contind&. por uta · curva de · nival an diracci6n Xoruta variable hasta encontrar al limero dal Parque ••~ion.al. Da .. ta punto acoapalla al lindero, atravesando 111 -.ncionad& carretera ~ta · encontrar al punto na.aro tru (J) da coordenadas tml I!: 363600 •· :y • .N 1149700 •· en al sector Sl Tacal, da donde H una ■-dienta segaanto recto con al punto na.ero - cuatro (4) da coordenadas tml. • K 362!100 ■. y 11 1149700 •• sobra ia curva dÁI nivel de l~ doscientos -troa sobre •l nivel del aar (200 a.s.n.a.), da asta punto la poliqonal H • continda por eu Jlina c:urva da· . nivel . an direcci6n Suroaata variable huta unirM al punto inicial nim<lro uno (1) cerrando la poligonal,. c) CWU-anacbe1 Coaprenoa • . aector dond• H encuen tra la CG1!1Wli.S.d da ·euaranacba y uu contoraada por 1u•tierru ubicadas· por dal:)ajo da la curva da nivel da los cien .. troa aotira al nivel del u.r (100 a.s.n.a.) en la cu.nea dal r1o Guaranache. .Articulo 2. Sa aoditica al texto del articulo I~, al cual queda redactado da la~• siguiente: Articulo 19. Los nrvicioa qua•• pre•t&rln a los usuarios dal Puque. aon aquello• vinculado•, .. • loa ,aoa asl.gnados y ~ lu actividadH periitidas, <ll'ntro .,eUoa: de tra1\s¡¡:>orte l!larlti=, de <!poyo a la investigación cientl.fica y d" apoyo a la ncreaci6n y al turis!KI talea coll'IO: hoteles, posadas turlsti eaa, instalaciones de acllllipaaiento, ~xpendio de aliaentos, auallas, fondaaderoa para aabarcacionaa deportivas, alquilar o venta da aJ'.t1culo• deporti vos, ventas de artes.a.ni• local••; y ·todoa aquellos qua garanticen el disfrute da los privilegio• asc6nicoa y turlstico• de la reqi6n. Parlgrafo un icor t.o• werv1c1oa 'praatado• al pO.bl i =·o qua la adain1straci6n ••ti obliqada a realizar, podr&n sar prestados bajo el r6giaan da concaa1onea o diractaaente por la adainiatraci6n dal Instituto Nacional do Parqu•• (INPARQU!S). En al priHr caso, el contrato da conca■ iOn contandr& las diapoaicio nas necesarias . para aaequrar la ·consarvac16n, d•hnaa y aajoraa.iento da loa racuraoa naturales ranovabl••· y del aabienta, dentro dal lrea da incidencia del aervicio da cuya praataciOn •• trata. Articulo J. · sa .odifie& al art1C\llo 26, el ·cval queda redactado da la aanara aiguianta: Articulo 26, Dentro dal Parque Nacional Mochiaa á6lo ••• podrln desarrollar los uso■ y ejecutar la• actividad•• confora••· con la aoniticaci6n ••tabla cida an al ·T!tulo anterior, aujatos a las condicio• n•• qua a continuac16n •• indican y a la• aapacifi-. cácionas qua•• establaacan on la corraspondients autorizaci6n o aprobaci6n, qua aaqlln al caso, saa otorgada -al afecto. La zoniticaci6n establecida en al Plah •• dasarro llarl dentro de las condicione• genaral•• ·y ajacu ci6n da las actividad•• sig1Uantu1 I. ZlmA ·lis Protecci6n Integral, .. podrl aprobar o autorisar1 1 a) La• ~ctividadas de invasti9aci6n ciantifie&. b) El ingreso da invastigadoraa ,¡ dal personal da vigilancia y guardaria dal Parque, an ajarcicio da sus funcionas. e) . La■ inatalaclonaii da carlctar taaporal, qua puedan necesitar loa investigador•• para los tinu aspac1ticoa ·d• au.s • tral:\4jos de ca■ po. Dichas instalaciones no daban causar iapacto sobre al ambienta ni · ganarar daftos a loa recursos que H est6n protegiendo. 'U. ZlmA Pri•itiya T1rn1tr■: H poddn aprobar o autor.izar: .· a) Las actividadH da invastigaci6n ciant1tica y da aducaci6n a.abianta.l . . b) El excursionisao, a trav6s da senderos y · rutas ••pecial11anta . •seftaladoil y . acondicionados a tal • af41CtO~ . e) La circulac16n en bestias, a trav6s da ¡aqualloa ca■inos o -nd•r.oa qua a tal afecto data'nuna y aaftal• la superintendencia del Parque. • d) • U . acapaaianto, an lu. trua upac.Uir saftalad,a■. • a) La ilutalaci6n da s.a1\alu!antoa yTlas -1nroraat1voa o adu~tivoa Y. puestos da . . par- quu. III. .lQllA Pri■itiya IAdD&, .. podr& aprobar o autoril:ar: a) Las aotividadu.da inv,utigacl6n cientlfic:a y da ectuca,;:16n ubt.ntal . b) Las actividadu ■umarinas da rec:roaci6n, en aquellos sitio• Mftaladoa ·a talaa atactoa. e) Lu actividades da peaca con fines deportivos. d) La ·inatalaciOn da .. ~laaientos y earul..M into.-tivoa o ed:ucatiV09 y ~os da guardapar qu•• tlot4J\tu. a) Zl to:ldeo da a■harcacionu 4-porti-n.a an aque llos sitios a.ftalado■ al •tacto. f) La ~"Veq:aci6n, la C\al da})a rNliZU"M aanta n.iando una distancia a1ni.Aa da la orilla o 11.na.a da costad, cincuenta -troa •(50 •·>, co.a :aadlda para la protacci6n do la coaunidad arracital, respetando la velocidad ■&xiaa pera.itida da diez nudos {lO n,) ·, Por razona• da protacci6n y ■anejo da los recursoa naturales, podr6 prohibirse tA11pOralmenta la nava gaci6n en deter111inados sector•• de ••ta Zona, saglln lo resuelva la · Direcci6n ~noral Sectorial da Parques Nacionales del Instituto Nacional ds Par ques ( lliP ARQITT;S) . IV. z.rua !1I l,lllbieott ~ K4¡.e; • adc, se podrAn aprobar o autorizar: a ) La CO!\S~ .. =· de L'"l.Stahce i ~ e lo,a sit i ca de -~·- 6 . ea~, e<: ~40,s. 'ULU oi;:19C>: ~e.rl. os . t ·ü r á .. i<::os, ~--:a rt~le c. i'nf-t;.r§u!tiv0a ~d "1c a.t1voa, ·ale•m.an ,, ~• de •"l\a.lhec.i6n, pu•ato■ da quardaparquea, refugio■, · local-■ para venta d• ooaida liqera, facilidad•• para carpaa, airador•• y -r•nd•ro■ -caapeatt•,aa y •u•ll•• fijoe o flotante• dependi•ndo cie la■ caracterlatica■ del fondo, b) La■ competencia• de velarhao .y otra■ activida d•• n6uticaa, ■ujeta■ a la• cond1c1on•• e■tableci da• para cada caao por la Oirecci6n General S•cto rial ~• Parquaa iacional•• de INPARQU!S. e) Laa actividad•• eubaarina■ de reeraaci6n, da acuerdo a ló eatablecido en el preae.nt• Decreto. d) La navegaci6n a aotor. •> La• actividad•• de peaca artesanal, r•■trinqida■ de .acuerdo a la■ e■t1pulac1one■ •■peoial•• conteni da■ en el pre■ente Decreto, V, ¡gna sS,11 BtcuPlrtPiAn Matural, ■e podrAn aprobar o autoriaer1 . . a) LH /lctividadH da invut1qac16n ciant1tica, b) La• actividad•• inherent .. al deaarrollo de lo■ proqr■lMl■ con■ervacioni■taa para la recuperao16n o reateuraoi6n del auelo, de la flora y de la tawae y ¡>ara. el. aejoraaiento· de la calidad del aqua. ·e:¡ La■ actividadH agrlcola■ que ■e ven!~ reali zando en ••toa ••ctcire■ para el •o-nto de la declaratoria del Parque Nacional, ••r4n peraitidaa teaporallNnte, ai .. pre que cumplan con 10· indicado en el Articulo 76 del pre1!5■nt• Decreto. VI. ZlmA si. Recr1aciOn: •• podri~ aprobar o autori zar: a) La■ actividad•• d• recreaci6n con una denaidad aixiiaa •d• 30 -2 ·por per■ona. b) La con■trucei6n de in•talaciona■ tale■ coao: centro■ d• viaitante■, acupu:l:entoa, balneario•, muelle■, kio■co■, cafetine■, reataurante■, .••rv1- c:io■ sanitario•, Ar••• de picnic, pueato• 4• guar daparque■ y obra• conexa■, .VII, ZlmA a servici01, H podr6n aprobar o autori ·zar: a) La■ actividadu de recreac16n t el alojuiento. • b) La corwtrucoi6n-d• inatalacione9 y dotac1on•• apropiada■ pera la prutaci6n de ■ervicio■ .al pQblico tal•• ·coao: hotelu, po■ada■• tur1aticaa, c;abafta•, re■taurantea, cafeter1aa, centro■ de recreo, balneario■, caapaaentoa, e■tacionuientoa y obra• conexa■, • e) La• actividadea ·de 110dit1caci6n o alteraci6n del - aedio . natural requerida■ para • la • con■trueci6n de .obra■ da intar•• pQblico perai■iblu, a■l co110 pera la recreaei6n· y el turi■-, tale■ C0110 rafor .. ta cione■, lioviaianto■ de tierra, .tala■ , dragado •• y rellano; · ••to■ 4ltiaoa ■ieapr• y cuando no •• realicen ■obre fondo -.arino con foraacion•• corali na■; ce.unidad•• de taner&qaua o aanqle y • previa la ·reali&aci6n y aprobaci6n d•. UJ1 htudio .de Impac to Aabiental . de acuerdo· a lo ... atablecido· en al Decreto 2213 publicado el 27 de abril da 1992. . • ' i • \· VIII; Z-l!nÚ. a :llR.Q Poblacional ·Aut6ctono, •• podrin aprobar ·o autorizar: .-, a) La• actividad•• de inve■tigaci6n, educaé16n, recraáci6n y tur~■ao. b) · La instalación de viviendas de los pobladores que tengan su domicilio legal y · residencia . perma nente dentro del Parque ·Nacional. c) · 1,a instalación de hoteles, · posadas tur1sticas, cabaftas, restaurantes, cafeterias, abastos y obras conexas. d) Las edificaiiiones y construcciones inherentes -a la actividad pesquera. e) 'Los s.ervicios públicos. !) Las instalaciones •Y labÓratorios para el des arrollo ·de la investigaci6n cientifica. IY., Zill<ª.:ó <k 1,)g¡ L'ü2~J...tl !!.\!.~J. :t · X¡¡g µM ª.Ql.tl Y ~ ~ f.Jll:,,:.:S..i~f:~ , se podrAn apr;,ba r o a·..itori zar: • a) Lás actividades de recuperaci6n · en Areas degra dadas y de una pendiente superior a l JOt. b) El a.provschallientit· turlatico-~ci~l d., !.a actividad agrloola y aua proceaoa {~:limo) • . e) La conatruoci6n de editicaci- • turl•Ucae recreacional•• de apoyo a la actividad anterior. d) • Laa actividad■- agrlcola• en ~iant- ~rea al 301 y ejecut:Jldaa en araonJa con el aabiente, • aedi11nt• t~ica■ y cultivo■ con■ervacioni.etu. X. ISmU 4- 11.Ml bpecial cJe■crita1 baJ,Q la 'lli.ia:: lu s.... lL. L. L.. a.. 11... .t.. h al ·JlAll&fR Yl1 da! Articulo l1l •• podr6n aprobar o au~har la■ actividad .. acorde■ con la aonif1cac!16n lleftalada para cada una ele ·ella■ . • XI. Jsm& de - bpecial bl&1A da Pomeloa. .. podr6n aprobar ·ó autori&er1 a) La con■truoci6n da infrautructura■ .de ■-rvic:ioei tur1atico■ y recreacionalu, b) La eon■trucci6n de • 1nrrautructuru para •1 ■aneaaiento y control aabiental. e) Fondeadero■ de eabarcacionu. d) La■ actividad .. de aoclific;:ac16n o alteraci6n ·c1e1 a.dio natural requerida■ para la con■uucci6u de obra1t de inter•• pO.blico ·perai■ibl••• a■ t ccao para la recreaci6n y el turi■-, tal .. ccao. raror-ta cione■. , aoviaiento■ da t ·ierra, tala■', • dragado y relleno; e■to■ lllti.ao■ ■ iespre y cuando no - realicen ■obre fondo -rino con foraacionea corali na■, COIIUnidad•• da táner6g--■- o aangl• ·y previa la realiaaci6n .Y aprobaci6n da un Zatudio de Iapac to bbiental. de acuerdo a lo -tablecido an al Decreto 2213 publicado el 27 da ahri1· u ·1,,2. ·Par6grafo Priilero: para el aprovecbmliento racional • d• la• Zona■ de U■o Poblacional Aut6ctono, da · U■o Espacial Nurucual .y Yaguaracual y lude Aaortigaa c.i6n, - conatituye una Coai■i6n inteqrada por senda• repra■-niiant.ea del In■tituto •acional de Parquu (IHPAIIIQUBS) quien 1, pr"idir&, de· lo■ Kiniaterio■ del Allbienta y de lo■. , liatura- . lH Renovabl .. , de Agx:icultura y Cria, del ~ llo ··urbano,. de la Corpor11ci6n para el Desarrollo del 'Í'uru.a (CORP0'1!11RISNO) y un repreMntante del Con■-jo llllnicipal. ·oidla caaiir:16n t:.ndr6 a - cargo la · elaboraci6n da un Plan para el deaarrollo integral- de la■ :Zonas indicada■ , - t,mcllÍn a lo■ lineuientoa, directrica■ y UOli ■e11aladaa · en ~ Decreto y de la■ condici- c¡ue piará ediflcacionaa y conatruccioma N • estalll- en el • vticalo ■iguient~. Par6grafo ~¡ 0Ba■ta tanto .. elabore el indi cado Plan, la Diracci6n General Sectorial ,da Par que• Nacio~i- del Instituto llaciqnal da ~ (IHPARQUU) otorgara la■ autoriaacionu y aproha ciona■ para la ~c16n o ejecuci6n da.actividades dentro da dicbaa Zona■, otd.a la· opW6n de la colli■i6n y ■uj■tandoM a lu .condicione■ estableci da■ en ate Decreto,-· Par6grafo Tercero: Loa aervicioa: pre■tadoa al p11blieo a· trav6a de obra■ de interN p6blico, CDD . caricter excluyente ·a lo■ a■ign'ado■ al Inst:itat:o Nacional · de Parquu, podr&n peraitirN - lu ar-. cuya ocupaci6n. del territorio haya ■ido · aprobada o autórizxada por el Inatituto ••cional ele ~ (tNPARQIJES), por la v1a d•l: contrato adlli.ni■trati- vo, • el cual contendr6 las disposiciones· necesarias para ·asegurar la conservaci6n, defensa y aejora miento de los .. recursos naturales renovables y del ambiente, mAs las previsiones que· a titulo oneroso se obligue a la parte solicitante. • • Art.1culo 4. se·'- modi!ica -el artlculo 39, . el cual queda redactado de la manera siguiente: ~1culo 39. Las actividades de recreación y turis mo que pueden ser realizadas dentro del Parque, con sujeción .a la zonificación establecida, son: paseos en botes, embarcaciones turlsticas. o recreaciona les, actiyidades de ' playa, ·sub!iiarini:illo, veleris110, remo, esqui, surf, windsurt , turismo naturalista, observación de aves, pesca deportiva, acaapaaiento, excursionismo, · picnic, paseos en bestia y trote. Parágrafo Pri1>ero: A los efectos de este artl.culo se ente nderá como ac ampa~iento tµristico la infi:-~estructu ra de u,;o público para el servicio turlstico qu e fun c jona · ~n f orma pe riódic~ o permanente, penni t ¡e.ndo al a loj a~ier-,to y las activ i dades de aire. "libre; facilitando l a pernocta en tiendas de campaña, remolques o casas rodantes, refugios, caba·nas u otros t:ipos de aloja,. ient:o turlstico s imilar al ya existente en la zona . Pulgrato, Se9t1.hdo: 11 danrrollo de la• inhaeetructura• referid•• en el paragrafo anterior, .. ragtra de conroraidad • lo ••tablecido en laa nora.u para regular la actividad da los ca.paaento. Tur1aticoe, contenida• en la Resoluc16n No. 133 del Nini■tario de FOIMlnto, da fecha 23 da enero da 199a, publicada en la Gac.,ta Oficial 110. 34.189, de fecba 24 de anaro de 1992·, • Hlvo las qua contrave119an lo dispuesto en este Deci:sto, y aol. te podr&n ubicarse entre loa U■it•• de la lona de Jtacreac16n coaprandida entre los sectores da. V■llecito, n TDMlrindo, La c-iaa, Esteban Orlinde, Jlaja,gual -, 11:l TotWIO, local1aadoa entre loa lw¡area deooainadc;la l'wlta de Ma"9le, P\ierto Nuevo y la lona Racreacional dal Valle de Marln en •l Golfo da Santa re, no pudiendo llXcedar a. 500 ll2 da con• t.rucci6n por ~-- bruta aprovechable, deter■i nada . ••t• an funci6n da las potencialidad•• y lillitantea ecol6gica• praaantea an dic:ha aupertici• y con capacidad de 40 persona■ co■o ñxi■o alo::l• aiento en ella. -Articulo 5. I■pr1-se integra.ente, precadfdo del preeent• Decreto, el Plan de Ordana■iento y R•~ gla.-nto de Uso Clel Parque Jracional • Mochi- con laill aodificacionaa aqu1 sancionadas y, en el correapon dient• texto ~leo, suatituytnse por l~• del pre- sente Decreto. • Dado en caraca•, a lo• Yelntiseis dlas~det ■es Ja .-1o'lt-iNi>i-a d~ .;iij -noy~ntos :1on.nta r d:>S. ~~? - - 1821!. de 1il lndeper.~a11:µ y IJ3• ,4.e h..federact6n. C4Rl,O..~ ANDRF.S PEREZ Refrendado: El Ministto de Rdacioocs interiores, LUIS P~UA ORDAZ · El Ministro de Relaciooes Exteriores, FERNANDO OCHOA ANTICH El Ministro de Hacmla. PEDRO ROSAS BRAVO • - · ·· - E Ministto de la Defema; IVAN JIMENEZ SANCHEZ Bl Ministro de Fomento, FRANK DE ARMAS MORENO E Minis1Io de F.ducaci6ti, PEDRO AUGUSTO BEAUPERTHUY E Ministto de Sanidad y Asistencia Social, RAFAEL ORIHUELA FJ MiDi.stro de Agrlcuiturá y Cría, JONATHAÑ CÓLES WARD El Ministro del Trabajo, JESUS RUBEN RODRIGUEZ V. . FJ Ministro de Transporte y Comunicaciones, FERNANDO MARTINEZ M. E MiÓistro de Justicia, JOSE MENDOZA ANGULO • • • El MiDislro de Energ{a y Minas (E), RAFA?, M . GUEVARA El Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables PP-lRIQUE COLMENARES FINOL .. · \finistro del Desarrollo-urbano, DIOGENES,MUllCA L1i M"mistnl de la Familia; TERESA ALBANEZ BARNOLA El Ministro de la Secretariá de la Presidencia, CELESTINO ARMAS El Ministro de Estado RICARDO HÁUSMANN El Ministro de F.&ado: LEÓPOLOO SUCRE..FIGARELLA El Ministro de Estado, JESUS CARMONA BORJAS CllL08 JJmUa HUI Pr-ictant. de la llapG],lioa De confcira.idad con lo dispuesto en los .utlculoa. 6°, 17 y 35 de la Ley OrgAnica para la Ordenaci6n del Territorio, en· Consejo de Ministros, DECRETA el sigt.1iente ~ PLll DS o;l.l)l!n.lllltli'l'O 'l lt~l"O Dl! USO DZI. PARQIJB JQCIODL KOCJITKA 'U'rtiLO 1 t>r !!POSI e¡ oiru 1JIOJl:l!liBI >.rt! C'Jlo 1. el pceGente Decr~to tiene por objeto 1 · &atablecar la• dlracüice•, pol1tlc•• y llnaulen-' to• qua confor■an el plan de ordanuiento del Parque Nacional Mochi■a, a•! 00110 lo• criterio• para . asiqnar lo• usos, 'la aonificac16n de lo• •i••os y las nor■aa que de•arrollaran tale• uao• y regularAn la ejecuci6n de las actividad•• qua pue<1an aer real i11adas, tanto por el ••otor pG],lico co•o por •l privado. Articulo 2. La ad:ainiatraci6n y ■anejo del Parque Nacional Kochi■a eetara a oarqo del Instituto Nacional de Puqu•• (IKPARQOES), con;onae • lo establecido en · el Ra<;la:■anto Parcial da la IAy OrgAnic:a para la 0rdenac:ion del Territorio •obre Adainietraci6n y Manejo de Parque• Nacional•• y Nonimantos ·Natural .. , con la■ particularidad•• que aqu1 •e astipulan, - ParAgrafo Unico1 U control del Plan · de Ordanuien-. to del Parqu■, corr••ponde ·al Director General sactorial de Parque■ Nacional•• ·del ·1n•tituto Nacional de Parqu•• · (IKPAROUES), quien en ajarcic1o de la correspondiente facultad otor9ara la aproba ci6n o autorizaci6n que confonae a la IAy Organica para la Ordenaci6n .del Territorio •• requieran.-para· to•ar deci■ lones o'realizar actividad••• •890-n sea el caeo, que i■pl1quen la ooupacl6n del· Parque o la ut111nci6n de alg-uno. de •u• recureoa natural••• "Articulo l. La ad:aini■traci6n y -n•jo del Parque · Nacional tandr6 coao objetivo priaordial la protac ci6n y con■ervaci6n de . los recuraci■ ' natural•• renovable• y el equilibrio ecológico, · en beneficio del inter6■ colectivo de las generaciones actuales y futura•. • coao objetivos secundarioa •• tendera a proporcionar a "ta colectividad tacilidad•• de ■ducaci6n, invastigaci6n; recraaci6n y turisao an tora.a ordenada y dentro de 1a·po11tica da conaerva ciOn, detenn y ••joraa.iento del a.hiante, ra■pe tando · 1a■ potanc:ialidad•• y restriccionea propia• da cada uno·d• lo■ espacio• que contoraan el Par~ que. • • fl'rtlI,O II l)ll, PLD DS oaDIDGXIJIIITO CUl'rVLO I ~~ DSL naQUS . Articulo 4. El objetivo fundaJlental del Parque •• preservar, y conservar un conjunto -'da paieaj .. . -relevante■ . y ·representativo■ da ·1.a sana costera nororiental venezolana, Mdiante el c:1mpliaiento de loa siguientes objetivos espec1ticos; 1) conservar JtUestras representativas de loe eco sist1t1111, s de arrecifes coralino•, praderas de ta nerógaJDas marina y. ■anglar••• as1 coao tambi6n, asegurar la conservación de los allbiente• y coaúni dades halófilo•, xerOfilos, sabanas, bosques vera neros o deci,;luos, ··bosques hd:aados y bosques nubla dos. 2) Conservar la biodivarsidad y la requlaciOn del alllbiente garantizando el noraal flujo de enar91a · entre los ecosisttllJllls. 3) Conservar los recursos gen6ticoa de ~a• comuni dad.es naturale• y evitar la p4rdida de especie s de flora y .fauna. 4) Conservar los lugares, objetos y tradiciones del patrimonio histórico-cultural. 5) cons ervar los paisajes de is l as, de las t ormar ciones marino- costeras y dell>As elementos fisiogra ficos, as1 como los paisajes montal'tosos . continenta les, genuinos repres,ntantes d~ l a espectacularidad y unicidad de la región noror1ental venezolana. 6) cons ervar -fuentes·de agua dulce a través de la protección de una importante porción de la cuenca hidrogrH i cca el.el m.aci zo del T\:.r imiquire. 7) J>ioporcionar aedioa y oportunidad•• p&ra la inveatigaci6n c1ent1tica y -4ucaci6n. 1) ~roporclona+ a · l• colectividad oportunidad•• p.ra la recreaci6n y el turi11110, a trav6a del toaento de la• actividad•• deportiva■ y recreativa• acorde con le natural•~• del Parque. 9) con•ervar lo• recuraoa peaquero• co■o la• actividad•• da. aubaiatancia de la local. ba•e de poblaci6n Articulo 5. El objetivo del plan de ordenamiento del Parque Nacional Mochiaa •• preaantar lineuien to• y diractricea para la ordenac16n y el deaarro llo 91-"adual y equilibrado del Parque, . orientado■ hacia el cu■pliaiento de loa objetivo• de au crea• oi6n, 9aranti1 ando la conaervaoi6n, protecci6n e inveatigaci6n de · lo• recuraoa natural•• ranovabl••• la educa0i6n1 la ncreaci6n y ·al turi11110 aabiental ■ent• concebido; y al eata.blecialento de ■ecania•o• • de control del uao de loa reouraoa natural•• rano• vable• a trav•• de la sonificaci6n d• u•o•, •u r99l-■-nta0i6n y la foraulaci6n de progra■a• de adaini■traci6n y -■nejo. CllITULO III DIRIICTIUCU PU& U P:aoTICCIOS Y-DUUJtOLLO .Ill'l'&aa&L . Articulo 6 . La protecci6n integral dal Parque H cuaplir6 d8ntro .de la pol1tica de con■ervaci6n, defensa y aajoruianto del aabiante y de lo■ recur aos natural•• renovable■, co110 objetivo • del úa alto · 1nter6■ nacional y con aujeci6n a laa ■iguien- ·tes directricea: • 1) Proteger y :mantener laa condicione■ naturale• en aquello■ aabiente■ pr1■tino■ o poco perturbado■. 2) Restaurar. loa habitata, C011unidade• .Y especie■ ~•dada■ por la acc.i6n· ·antr6pica. 3) . Instruaantar en foraa prioritaria lo• progruaa■ y accione• de protecci6n de loa recurao■. 4) Satiafacer racionai..ente la demanda educativa, · recreaoional y tur1■tica de la colectividad, ae diante el foaento del uao adec:uado de lo■ espacio• y r•cur•o• del Parque. ,, • Erradicar o reubicar lo■ ·U■OS y actividad•• . no c6naono• · con io■ objetivo■ y ·filo■ofia ·de · -■nejo del Parque Nacional . . 6) Conocer y · difundir adecuadaaente loa valorea del Parque Nacional a nivel local, ·nacional e interna cional. 7) Diaeftar la■ infrautruotura• ·y or9anizar la• actividad••·· de . pre•taci6n de -rvicios pdblico■ • eaenciále■ ,· de ■anara ·que M integren. y .aiaeticen con el a:abiente procurando no producir • i■pacto . aiC)nificativo. . • 8) Defender y ■antener lo• valoru · bi■tórico~cultu ralea y tradicional•• de la regi6n. 9) Acopiar en for■a orqanhada el conociaiento ciant1fico ■obre ·1os •l~to■, ·••tructuraii y proceso■ de lo■ recuraoa f1aico- b16tico y ~oaantar la participación activa de . la• universidad•• nacional.. y otros organi■- en loa prograu■ pertinente■. 10) Mantener y ·manejar racional»ante las poblacio~ nes de peces y otras especies aarinas G01Detidaa a explotación por las peaqueriaa tradicionales. • 11) Defender las aspaciés en peligro de extinci6n , 12) ArlllOnizar el poblaci6n local Parque. 'inter6s social y econ6111ico de la con. loa ~•lores • ainpientales ·c1el 13)· sanear legalmente la superfi cie territorial qµe conforma el Parque. CAP I'l'OLO IV ~"UP.SOB 8.1 0 LOOic6a, J!EICJ!jf.!C08, RISTO!I.ICOS, · Ct/I, 'l.'ORAL :H Y 8 0CIO-!COI/ili'JC0 8 R!!Lk-Valii'rSS Articulo 7. Se consideran co~o recursos bio l ógicos de alta fragilidad y relevancia en al Parque Nacio nal Mochima les siguientes: a) Las comun i dades ele arrecifes y fondos coralinos . b) · Las c011unidadea de -nglar y pradera• de ta:,.,x-6- ga•aa aarinaa, c) La avifauna aarino-coatera, tanto eapeciea local•• coao aiqratoriaa. d) La• eapecie■ eñ· peligro de extJ.nci6n .. y la■ vulnerable■, tal•• coa~ aa•1feroa y reptil•• aari- noa. •l Laa eapeciu de pecea, cruatAceo■ y ■olusco■ cuya• poblacionea han sido sobre-explotada■ • Articulo a; Loe recurso■ esc6nico■ de relevancia que caracterizan el Parque ■on: a) Foraaoionea .9eol6gicaa y· po■icionea geo110rfol6- gicaa de 1special inter6a paiaaj1atico tale. coao acantilados y afloraaiento■ roco•o• . b) La pluralidad de pai~j•, ·conformado por ■onta fta ■, valle■, pen1nsula■, punta■, bahiaa, ensenada■ , golfo• • islas,· que en conjunto contóraan una iapreaion~t• panorbica de alto valor educativo. · c) Playa■ de qran -valor recreacional y eac6nioo. Articulo 9. toe recurso~ hiat:6rico-oúltu.ralea . IÍ6s • relevante■ del Parqua eatln representad~• por, a) Rasgo■ y tipologia■ arquitect6nico• tradicion.■; lea da loa pobladoa costeros del oriente de Vane zuela. b) Loa r~■to■ y artefacto• de valor patriaortial da l•• cultura• que han estado presente■•~ el 6raa. Articulo 10. Loa recurso■ ■ocio-econ6■ico• explota ble• dentro dal Parque aon le• · diferente■ arte■an- 1-a ■ practicada■ por ■u. pobladora■, de alto valor . para el · turisao y la recreaci6n. CUITVLO Y IOIIIJ'Icacica Art:1culo -ll, A los fine■ de au ordanaoi6n y-aanejó, . el .Parque ha ■ ido objeto de una zonificaci6n da uao de acuerdo a la •inqularidad, fragilidad, valor de lo■ recurso■ naturales de -c&da uno de lo• upaci qu• lo oonforaan y de loa uaoa y aot·ividada• axis- . ·tente• para la. fecha ·de -la .creaci6n del Parque. Esta■ zona■•• corresponden con la• - definiciona■ establecidas en · al Reglaaento Parciai de · la: Ley Org6nica ·para la Ordenaéi6n del Territorio aobte Adlllini•traciÍln y • 114nejo de Parquea &acionalu y Monumentos Natur~l•• y aede■criben a contlnuaci6n: r. l2llA a Protacci6n Integral <.lll. coaiprende: a) La · Pefta Mo~o· Blanco y au &rea ■arina ~iata, ubicada al -■te de 111 · t■1a Arapo· del ·oa.ta y loa acantilado■ dü axtr.ac, occidental de eata !ala, en una circunterencia .éS• tre■oientoa · cincuant& -tro■ (350 11)· de radio en pr~16n horizontal, cuyo centro•• el punto úa alto 4- la Pella. b) La Laguna de la Bodega, . tncluyando laa foraacio ne■ de ■ánglar .. y 110richal~• adyacentu, ~ren didos en un .cuadril6tero cuyo■ lado■ ■on:. .por el norte ia linea de costa, por ·•1 ■ur la - carra~• nacional Puerto La ·eruz-cu■an6, por ·•l .eete el rlo Nurucual haata ■u deae■booa dura y por el oeste . el rio Santa ,., basta au de■e■bocadura, en .-ntido este-oeate. c) La franja de 500 .. tro■ a partir de la fo~ci6n de manglares de la linea de costa a todo lo aneho del valle contormado por la dea~dura del rio Yaguaracual entr.e el piedecerro y la -carretera nacional Puerto La Cruz-CUllanA. d) Las comunidades coralinas y los fondos . aa.rinoa localizados en una diatancia de doscientos -tro■ (200 11) en proyecci6n horizontal a partir de la l1naa. de costa · da la■ islas PicQa Grande y Caehica moi as1 mismo el bajo coralino al oeste de la · Isla Venado y el localizado entre Isla . de Monos e Isla Arapo ·del Oeste en sentido este-oeste. e) La cuenca alta del r1o Colorado a partir de la cota ·da terreno -de los cuatrocientos (400) metros. II. Z-9.M f.rimitiva Q lliYtlt.D! ~ ~'lll® lu üe:,¡j, w L<i.R ~ a) .Norte o Costera: coll!prendé a excepc i 6n de las islas de /..rapo todas las tierras alller·gidas que conforman el sistema insular, y el sector continen tal del Parque ubicado al norte de la carretera pta. La cruz-ewnanl (carro Aceite da castilla, Pan1nsula de Manare y lo s cerros Escondido y .Arro- jata). -· Se axceptGan ·t.allb16n de ut:a ...-, aquelloa lugar•• contupladoa ~ ••itl- de lance• y ••itios de recr.aci6n• ¡,.rteneoient- a la Zona de Ambiente Natural . Manejado ta la lona de Recl"M ci6n reapectiva-nta. b) sur o continantal1 coaprend• todaa lu tiarr•• ubicada• al aur da la carretera Puerto t.a ~• eu.ana y que l.iJlitan entra la Zona d• llocuperaci6n y . el lindero -=--ta del Parque. Partiendo del puntó donde lindero .. ta del Parque interc.¡,u la curva de niv.l de loe ..J..ciento. ..t'r<M1 9<1bre el niv.l del .-r (600 •·•-n.a.) en el cerro ·:r.a sole dad, .. continQa por ••ta 111 ... ·curva da nivel en direcciOri auroeste variable basta alcanzar la qu,abrada 11:l Pi.Aar, de donde continQa . equaa abaje hasta alcanaar al rlo Colorado, de ·donde ae ai911• aguas arriba baata alcanzar una q1,1ebrada qua ■- une . al aecionado rlo por au urgen iaquiard& y qu. • deliaita el &rea intervenida por la cantera del cerro La Virgen, da uta punto al llaita da la 11ona -encierra el &rea interv.nida por laa • obra■ da la cantara, hasta encontrar el lugar donde la quebrada La■ lliaione■ intercepta la curva de ni'vel da lo■ cuatroci•n~o• -troe sobre al nivel del aar (400 a.a.n.a.) continuando por ••ta ■1111111 curva, en dir'ecci6n sur .variable, hasta una -tribaci6n donde 1a diracci6n da ... ta curva de nivel cuabia hacia al eate en al lugar conocido coao El xanco, da donde se continda con ruabo ■ur franco, baata ·encontrar • la- repreaa del Turi.aiquira, en el lindaro dal • Parque. De all1 continda por el lindero dal Parque . en dirección este y luego norte, basta alcanzar el punto inicial. da esta de-=ipci6n en al carro La Soledad. • e) Priait iva Marina: COll¡)renda úna rranja sobre al . agua de dosciantoa -t:ros ·(:ZOO · •> · da ·distancia alrededor de -todas las islas que aa encuentran en el Parque, as1 ·coao toda el· 4rea interna del Golfo de Santa F• desda la deseabocadura ·del r1o Santa F'a :ha■ta • 1a PUnta Siete capa■, da donde continQa a doacientoe aetroa (:ZOO a) an proyecci6n horiacmtal paralelo a la llnq de · c:o■t&· huta Punta Aguirre en la boca de la Babia Mochiaa, de donde ■a proyecta en aentido oaata-eate hasta Punta ' Barraca~ ' -ence rrando : toda la bllh1a bajo asta sona. De· -aqu!, . contimla ian direcci6n Este a la aisaa distancia da la COtJta haata Punta Ei Peft6n -ali el • lindero Beta del Parque Nacional.. . lista sona • ..U . intarrm,pida por la• •ventana•" o •sitioa de lance• pertenecien tes a .la zdna da aabient.- natural :-jado · y · por loa sitios de recreaci6n de -·1as zonas de recreaci6n , c:onteapladoa en el presente Reglaaanto. La Zona Priaitiva Jlarina ■a interru■pe por loa •sitios de lance•, loe cual~ son: . PUarto Escondi do, . Gl.laiquli., • Aguirre, Jlailare, 11:l Tigrillo,· El Oculto, La Peflita, Flaya de .Piedra, El Toro, ~ .. 1- Pátaa, Playa Nuarto, Carenero,· La Laguna, • ·La Pefla, ·PUarto de Tablaa, 11od-to, El Perico,. Siete • capas, ÍlaigwaU, El Rinc6n de Chaptn, .g¡ Rino6n de Petaquita, ~tare. Petarito, Jlarln, La Tort&, Rolando, 01iuna dal oate y La cacbü, iCJWllaente - interr,mpe por los sitios da- racreaciOD. , . IU. :lmlA a .bbiantt 1Gi1DJ. Napfjadp 1.&lllll.: ~renda al aector netaaante ■arino del Parque, • -liaitado entre al lindero lforta y Oeste del . . Parque Nacional, la zona priaitiva aarina desde el .Golf'o de Santa Fe ha.ata Punta Gordi, la ZOna de Uso Especial Babia da Pozuelos que ae extiende desde el Morro de BarceloM hasta PUnta • Bergantin hasta el Golfo de ~san Fe. • IV. l2nA- la Recu,peraci6n ~ .LB!fl: COllprende el sector continental del Parque Nacional, li•itado entre la carretera PUe.rto La cruz-cwaan&, ·1a zona pr illli ti va sur ·o continental· y loa linderos del Parque Nacional. Las t ierras • eaeI'9idas de las islas de Arapo y una franja de aguas aarinas de 600 a de ancho en proyec:ci6n horizontal -que partiendo desde su intercapci6n con la Zona dé Uso Especial -Bah1a de.Pozuelos, sigue linea ·de costa an -direc ci6n hacia el este, hasta encontrar el 11Jlite de la Zona · Praitiva Marina ubicada !rente a la desembo cadura del r1o Santa Fe. Iguaaente es considerada Zona de Recuperaci6n las riberas del r1o El Tacal .o • Barbacoa en una distancia de 50 • a cada una de sus ñrgenes. v. ZQ.M Q..~ B~'l..coi§.n 1.Bl.t co1J<¡,rende ol sector c:onfor;;iado por ·1as playas de Vallecit.<>, El Tal<!arin do, La tstcl>ita, Esteban Gra.nde y Majagual, locali zadas entre los luga.res de11011inadas Punta de Mangle y Puerto Nuevo, en eí Golfo de Santa Fe. Esta zona tendr6 por 11•ite Oeste la Zona de Protecci6n Integral de la Bodega; por el Sur la carretera ·Puerto La cruz-cu-n6. Por el Este ·el terlllinal turf~tico de ·Puerto Nuevo. Por el Morte laita con 111 l111ea de ia playa y ia :i:ona Pri.aitiva Marina. Coaprenct. a4-Ae los altioe de reoreaci~ intensi va, que interl"UJll)eft la aona priaitlva, COllO aon: laa pleyaa1 Laa Nerita■ , Playa llanca, Manaré, Playa 11ar1n, Playa ·IU Paro, ·sl Saoo, Puinare, Piedra Escrita, Cautaro, ·eautarito, ~erto EaconcU do, cachtaena, La• Caauelaa, Nansanillo, Punta Kl Peft6n, Iale da 8-ll'ro o Guaraguao, Isla de Plata, Baradero, Nono■, Ta911aruao, La canoa y La Canolta, • cabrUta', Gabarra, Mangle OU ... do, Garrapata, Agui rre, •l 'l'rigillo, La■ CUioa■, . Aeeite da ca■tilla, · La Anegada. VI. J.QllA a Seryiciga 11ll.l. g■tarl local hada en el centro Poblado Nochiaa, lu Zonaa c!e i7■o Especial de las Coaunidade■ lfurucnlal, Yagua.racual, y an las Zo~ de ~rtiguaci6n de San Pecltito, '8arbaooa y· Guare.nache. VII. J.QllA 4a: ~ Espacial lllll.l. conforaac;la por loa ■-et.ore■ dal Parque que han sido so■etidoa a una aay<tt intervenci6n y en l~ cualea se .desarrollan actividadea y servició■ . . A lo• efecto■. de e■te plan sa asigna un r'9iaen eapacial qua considara el uso actual . en reiaci6n con. lo■ objetivos de craaci6n del parque. Estas zonas esUn conforudaa: por; a) . Zona da U■o Eapecial coaunidad Jrurucual; Co•- prende,, , el sector donde - encuentra asentada la coaunidad NUrueu.al y · asta con!oraada por las tie rra• µt,icadas por debajo de la curva de nivel de los doscientos J11!8tro■ •ob!'.• el nivel del ur (200 a. a. n. ■.) partiendo del puente, en la carretera -· PUerto . La eruz-c;;...nA sobre la Quebrada c:a.bural, • siguiendo . aguas arriba d• e■ta·, hasta alcanzar la curva de nivel de los doscientos -tro■ ■obre el nivel del aar (:ZOO •.s,n.a.), da.donde continOa por esta •i•- curva de nivel en diracci6n al Este, cruzando el r1o Nurucual haa4 . alc:ánaar Uha eatri, baci6n ■ituada al ·Jforte de -te r1o, da donde continGa por la referida utribaci6n en dirección Oeste haata encontrar la . carr~a PUarto La · Cru11, Cuaanli., por donde se contim1a hasta anconfrar el e punto inicial ■obre el, puente d• la Quel:lrada Caabu- ral.· • • • • b) Zona ·d• uso . Especial CCJaunidad Yaguara=-1: Coaprende 'el --.ect~r' donde iH1 encuentra asentada • la ' c:oaunidad de Yaguaracual y ■-t:A . !Xdlforaa~-~ las. tiarrais ubicada■ por debajo dé' la :Cltt'Vll de nivel de lo■ doscientos -tras sol:lre al nivel ·del ur. • (200 a.s;n.a.) y C!JYOII llait .. ae deter■lnan aal: par tiendo del priaer puente sobre el rlo Yaguaracual en la carretera Puerto La Cruz-cu■ani, .. sigue por este cauce aguas. arriba. hasta alcan11ar la. curva da · nivel de do.ciento■ -troe sobre 411 nivel dal aar - (:ZOO . a;!ll:-n.a.) de donde i,ontine. por 0 eA curva de nivei·en sentido Xore■te, hasta alcanzár iil tr~.;. tario ali.a ■-ptentrional que CQllforaa el r1o YaC)Ú4.;. • • • racual, ·por donde oontinda ac¡ua■ abajo hasta alcan zar la· carretera PUarto La Crus-cuaanl, ·de . all1 • cont.inela • por la aenciónada via en • direcci6n a • • Puerto La Cruz hasta encontrar ~l prlaer puentii ya - aencioná:do, • sobra el r1o • Yaguaracua1; .d~ • ae cierra la poligonal. • c) Troncal 9, 'l'rUÍO Lillonal,-Quebrada caaburai: Coapre:nde el traao ·de ·· 1a ·carretera PUerto· La Cruz cuaan& y una franja de doscientos -tros (200 a.) al aargen sur de esta' v1a, -en el trecho que va • desde el lindero del Parque Nacional en · el • Luonal hasta al puente-sobre la Quebrada·CiltilUral. d) Troncal 9,. TraJÍo Nurucual-Puerto -Nuevo-:Yagua.rÁ cual: COiapnmdeel trllJIO dé la carretera Puerto La cruz-cuaanA y una franja de doscientos •et.roa · (200 a.) al -.rgan sur de esta v1a .en el trecho que·· · va,. desde lfUrueual hasta Puerto Nuevo, desda donde esta . ·' zona pasa a coaprender franjas de doscientos · :metros "' (200 •·> a ambos lados de la referida carretera en el trecho que va desde Puerto Nuevo hasta Yaguara- cual. • e) Troncal 9, Traao de . Yaguaracual-Bella Vista ·aarbacoa: CoJ!Prende el trllllO de la carretera Puerto- . La cruz-cuaan&, adea6s de tranj~ de doscientos metros (200 •·) de ancho a aabos lados de la illen cionada carretera, en el trecho que va desde Yagua racual . hasta el sector denoainado La• -~asitas, donde comienza la Zona de·A110rtiguaci6n Barbacoa. f) Zona de Uso Especial Cerro Arrojata: Comprede la v1a de· acceso que CO!l!llllica el topo de Cerro Arraja ta ·con la carretera Puerto La cruz.-Cl111an6, en el sector denoainado Paradero y toda el ~rea ubicada en ·el aencionado topo del Cerro Arrojata por encima de la curva de nivel de loa quinientos sesenta aetros sobre el nivel del aar. g) Zona de Uso Especial L1nea El6c:trica I, 230 KV: •. ------. C0111Pr•nd• l.ln •Corr9dor de cincuanta •atro■ (50 a) de . liricho • y ·setenta · y einoo k-Uoaetros (75 o) da largo, donde ■e encuentra el tendido e1'ctrioo 230 'KV qua atravie■a •l Parqua Nacional an ·••ntido oeata-e■ta, da■de Santa · r■ haata Barbacoa. h) Zona ds · U■o !apecial L1naa !16ctrica II , 230 KV: Co111¡>randa un cerrador de cincuanta aatros (50•· ~ da ancho y ■atenta y cinco kiloaatros (75 lea) de larqo, donde ■e encuentra el tandido al6ctrico 230 J(V que atravie■a el Parque Nacional an sentido oeat•-••t•, da■da Corozal hasta cerro de . la Monta fla. 1) Zona de U■o E■pecial Ruta■ de Navegacion para Buque■ de Gran . calado: La navegaciOn de buquu . d■ 9ran calado, ■ayore• de cuarenta tonelada■ ·c•o t.) de deaplazaaiento, dentro de las agua■ del Parque Nacional a6lo podrl reali&arae en la Zona de AID bient• Natural Manejado y de acuardo .a la■ ruta■ da navegación que aa eatablecen a continuaciOn para la entrada y salida de ellbarcacione■ hacia y desde loa puerto• de Pertigalate , Guanta y Puerto La Cruz: l. Ruta Oeat.• l: entr■ la■ ialaa Loa Borrachito■ ·y al Morro d• Barcelona. 2. Rute oeata 2.: entre laa islas La · Borracha y La!' Chiaanaa. J . Ruta Oeata J: entra la• islas Chiaana Grand• y Chimana Segunda, •· Ruta de Ferrya: entre la isla Chiaana del sur y PUnt:a Bergantin anal continente, pasando al aur de la iala Quirica y entre laa isla• Picuda . Chica ·• i ■ la • cachicaao, y f~nal-nte a~ oeata da la isla Picuda Granda. Eata·ruta tend.rA carActar temporal · haata tanto ·•• deteraine la ruta definitiva al norte y oeste de laa Isla■ Chiaanaa. • 5, Ruta !ate: entra Punta Pertigalete • Isla de Plata, al ·oeate de la Iala de Monea, entre 111 .Isla Cachicuo e Isla TigüitigUa, y tinal■ente al oeste de la Iala Picuda Grande. 6. Ruta -Norta: . antra la• ralas Chiaanas y la• Islas La Borracha j) Zona bpaeial da Havagaci6il par-& Raatropeacaa: Definida por una ruta en l1naa recta, deade -la iala Bl raro a la entrada de ·1a 8ah1a de Guanta, en direcc16n al paao entra llÍ.a isla■ Chi■ana Granda y Chi .. na . Segunda, de aqu1 laa . -■.barcacione• deberAn navegar con t'uabo Norte ·Franco haata ···ancontrarae · fuera da .lo• linderos del· Parque, •Y .viceveraa. Bata . ruta daber6 ser raapetada c:oao la dnica perai tida para la circulaci6n . da • la• eabarcacionea dedicada■ • a .la pesca ·de arraatra y qua nacellitan navegar en agua• .del Parque .Nacional Mochi .. hacia .- Y desda el. Pµarto de yUanta. La circulaci6n dentro del Parque Nacional debe. realizarse con las .artea da peaca recogidas. k) Zona de Uao Especial Baha de Pozuelos: comprende el aector de aguas iu.rinaa, al sur da la linea que - proyecta horizontalmente, en dirección hacia el :••t•, desde el punto ·•A• septentrional de·1 :.Morro de Barcelona haata su in.tercepci6n con Punta Ber gantin. VIII. ™ st§ ™ Poblacional Aut6ctono 1.mL: ·comprende: a) Mochima: comprende ' el sector donde se eñcuentra el cen.tro poblado de Mochima y · estA conformado por las tierras . planas no inundables si'tuadas entre la•. linea de playa por el Norte, la ensenada Cementerio por el Oeste, al piedemonte del cerro de Mochima por .el Sur y la quebrada Corozal por· el Este, · b) Petare: comprende el .sector donde se encuentra localizada la comunidad de Petare, en el Golfo de Santa Fe -.y estA conforinada .por las tierras planas limitadas entre la iinea d·e playa por el sur, al piedemonte por el Norte y por las elevaciones o promotorios que limitan naturalmente la . ensenada por el Este y el oeste. c) La Morena: comprende el sector donde se encuen-' tra localizada la comunidad de La Morena · en e.l ext r emo occidental de la Península de Santa Fe . Est A confor1!>.ado por li'>s t i erras plani'>s l imi t adas entre la 11 r,ea de pl aya por el oeste, el pi.ede,no:,te · --por e l este y las el"vac i ones de PUnta La Pef'la por: el sur y Punta Gor:-da por el norte . ix. ~ SH Amortiguación ill.i. comprende las si- 9'Jientas Areas: a ) San ?edrito: comprende· el· sector donde se en- cuentra ls comunidad de San Pedrito ·Y eatl eontor mada por la• tierra• ubicadas entra loa ■i9Uiente■ • 11aita■: por el Norte, al r1o senta Pe, por .el sur la curve de nivel de loa cien ••troe ■obre el nivel del •ar (100. a.a.n.m . ), por el Este el punto donde la curva de nivel ■encionada interaecta al rlo Santa Fe; por el oeste el lindero del Parque Nacio nal (Quebrada San Pedro), b) Barbacoa : co•pranda el aactor dond·e •• encuentra asentada la· coauñidad de Barbacoa y estA conforaada por las tierra-a ubicada■ por debajo de la curva de nivel da los doaciantoa ■atroa sobnt el nivel del mar ( 2 oo •. •. n. •· ) , a · ambos ladoa de .la carretera Puerto La Cruz-CU.anA, en .el trecho que va desde el puent■ sobr.e el r1o Barbacoa en •l sector dano•ina do •La·• Casita■•, haata •l ■-actor C01)0C1do co■o El Tacal en el lindero del Parque. Este aector ••tA encerrado dentro de una poligonal cuyo punto .nQmero : uno (1) de coordenadaa UTH g 359000 •• y N 1144000 m. ·se encuentra al 'Norte del aencionado puente, de • donde ,. ae una ■ediante segmentp recto con el .punto ndmer:o dos (2) • Íie coordemallaa U'1'IC g 359600 ... y 11 1143450 m, al Sur del Tio Barbacoas ·sobra · 1a curva de · nivel da ·10a ·doscientos metro■ sobre ·· al nivel del •ar (200 a.a.n,m,) de donde se continda por esta curva da nivel en ·diracci6n Nore•t• variable hasta encontrar el lindero del Parque .Nacional. ~ este punto acoapafta el ·1indero, atravaaando le mencionada carretare .•hasta encontrar el punto nlllllex:o tres (3) de coordenadas OTM B 363600 •· ·y N. 1149700 •· en el seetor Bl Tacal, de donde ·•e -u.ne mediante segmento recto con el punto nC1Jlero cuatro (4) de coordenadas tJTM E l62900 •· y N 1149700 • · sobre la curva de nivel da loe doaciantoa · -tro• sobre •l nivel del ■ar (200 •.•. Ji.a.), de e11t• plll\to la poligonal•• contirtda por ••a ■i•- cuzya de nivel ' en direcci6n · Suroeste variable hasta unirse al punto iniciál na.ero .uno (1) cerrando la ' poligonal. c) Guaranaehe: coaprenda el ■actor donde•• encuen tra la comunidad de Guaranacha y' . aatA confor■ada . por la■• tierras ubicada• por .debajo de la curva da nivel da ·1oa ·cian ■etroa ■obra el nivel del ur (100 •·•·.n .. a.) en la cuenca del r1o Guaranadbe. Articulo 12. ·para una aejor aplicac:i6n• de . ••ta ·.Decreto,. lail •~naa de■critaa en esta capi~lo aar&n daaarcadaa e identificadas, con la• sigla• -corru pondientas; en al Plano da zonificaciOn -que repro- . ducirl y editara al Servicio Autónoao de • Geograt!a y Cartografia Nacional (SAGECAÍI), al cual•• pondrl a ·,uspoaidon del ptU>lic,o . en laá • oficinas del indicado Servicio AutOnoao y en la■ del In■tituto Nacional de Parques (INPARQUES). CAPITULO vz PllOGUJIU DB ADllIJn:BTllCIOII • 'f DJQJO . .· . . Articuló 13 • .. El plan de ordenaaient9 se deaaqo- . llar6 en progruaa fol'lllllladoa de confor■idad con loa lineamiento• y .cÜrectric:ea que aqui se estable cen Y en funciOn a los diferentes caapoa de acc16n • que deben ser a.tendidos . para· garantizar al . duapli aiento da loa objetivos del Parqu., ·Articulo • 1'; toa campos de ·acciOn que deben aer atel)didoa y los· lineútientos y directrices para la • formulaci6n da los programas requeridos; · áon . loa siguientes: ·1. INFRAESTRUCTURA BASICA. Los progr..as que ... foniulen deberAn tender ií detectar y satl.sfacer los, requerimientos de infraestructura para adecuar cada .zona del Parque al cumpli■iento de sus objetivos propios, de ·acuerdo a su zonificaci6n. ·DeberAn fon11ularse programas . especificos de guarderia · ambiental, investigación, educaci6n, recreación y turismo, as~ como de:servicios para la poblac16n. II, · CALIDAD AMBIENTAL. ·Deber!n formularse los programas necesarios para favorecer· la ejecución de las· actividades ·permitidas, sin menoscabo de . la conservación, defensá y 111ejora11iel)to de lo• · recur sos · naturales r .enovablea presentes en el Parque, Igualmente · se tender& al mejoramiento de la ·calidad de vida .de la poblaciOn asentada dentro del Parque, garantizando .la . armonia entre la permanencia de ella y los valores alllbientales que deben ser pre servados. Dent r o d.e este campo se consider an pr ogr amas prio ri t.ar:- ioa : a) La Guardería Ambi ental . b) El manejo de los recursos naturales renovables . c ) La recuperac ión- de !reas afectadas por la acti v i dad pesquera y agrlcola. --- -· ~ ~----- d) Le raubicaci6n de vivienda• alelada• d• peaoado r•• y ·agricultoree, e) La evaluaci6n continua de la calidad aabiental y la Corporaci6n Cient1tica. " • III, lHVESTIGACIOlf, EOUCACIOM, RE~CION Y TURIS- MO. Lo• prograaa• tenderAn a ar¡aoniaa= el int•r•• pOblico en el deaarrollo de ••ta• actividad•• con los valore• 1uabiant.&lu, aobre la base d• un ••jor conoci•i•nto de los recurso• naturales renovable•, au• alteraciones y el illpacto que genera au utili ·1aci6n, Ceda actividad debtt ser ·d•aarrollada en proqr•-• ••~1ticoa y en cada uno de ello• de berlo establecer.e acciones da colaboraci6n inte rinstitucional, proaoci6n, divul,¡JaéiOn, interpreta ci.6n de la natµraleza y .-majo da los racursoa, entra otro••· Espacial ate.nci6n 4-barl prestar•• a los· prograaas de recruc16n .Y turieáo, con la finalidad ae adecuar la• Ar••• d .. tinadas a .talu usos en tonaa conveniente para garantizar a la colectividad el di■trute de la■ •i-•, ■in . perjui- cio de l .o• valor-■ naturalu. \ • 1 . ' IV. PAR'l'ICIPACIOlf CIUJ)ADAJIA, La progra.aci6n debe dirigir■• a proaover-la incorporacidn de los visi tantes, uauariosy pobladoru del 1dgar al logro de los objetivos del Parque, foilen~ .una actit~d participativa y di~ca, an la soluci6n de loa contlict0t1 . y an general en la oonaervaci6n del Parque Nacional. v. SEGURIDAD. Dentro da uta caapo ae deben . ·tonni- 1ar· prograsa■ tandentea a garantiaar no 8610 la integridad territorial, sino t:aJlbitn la cultural y f1sic., tanto da los pobladorn 00a0 de los usua rios del . • Parque hcional. Bn. tcal 88.lltido • deben desarrollarse, entre otroa, prograaa. de prevenci6n y c~ntrol de incendios; de conttn;Janc:ia; de •. priae ros auxilioa; ••1 ca.o la. r~erentes a la seguri dad territorial y utatal'. Articulo 15, Los ~--- que conllevan la reali zaci6n de actividad .. propias para al -,iteniaianto de la soberania nacional, -tarb a cargo del Ministerio de la Def-, u1 coao loa de aeguridad y orden pOblico y loe de relacionu con la• Depan dencias Federalea eatarú a éaJ:90 del Júni■terio de Rolacioll&9 Interior-ea. • ParAgrato tlnico: Loa progr.-. a loa cualu se refiere eate art.1culo cleberAn elaborarse· en funci6n a las dir~icu y ltnea-ientoe garMtralea estable- • cidoa para la conÍMrv1lci6n, detenaa y •jora.lento d• la• riquezas naturales dai P~ y de l .a .cali dad aabiental y., aalvo al caao da ra:a:on .. de segu ridad y defensa, debert contarae con · la opini6n favorable del Instituto •acional da Parquu (IMPAR-: QUE$) .• Articulo 16. X.Ó. prográau .. reviaarAn artual.aante • y previa evaluaci6n de los r .. ultedoa, en eápecial de .la• necesidad- cS.tectadaa, •• barAn .loe ajuste• corraspondient.u. CU1~'nl nbIJ;DCia. Articulo 17. ltl •~ de aaJia1iaaci6n a aer utili:a:ado en al · 'Parque deber' aer aprobado por la Direccl6n . Ceneral sectorial de Parquea ••cionales del Instituto -.cional de ParqÚea (DIPARQOBS), Bn todo caao .. deberin utUizar .. t.r1a1 .. de tipo rlistico, c6na'onos 6>ri el aabiante, loe aensajes deberAn ser 4lrec;,toa, -111os, v1-il>les y 4• tipo institucional, dirigidos a pro110Cionar loa · valorea del Parque. Articulo 18. Dentro cSe la SODII cluificada COlllO •usp Poblacional AUt6c.-tono•, podrA • pe:nrlttr.. la prC11110Ci6n y oferta de ■-rvicioe priva.toa. En esta zona el Instituto IJ~onal de~ (IlfPARQUES), diaber6 colocar Mftalulient.oA 11D loe cualea • indique el. uao a ~ .. ta 4-tinada y lu acrtividades permitidas conf~ a lo. eatipulado en este »-ere to. CAHTIJJ,OY.IU nrnc-ióe :,vu,:¡coe llU'lllO oa. naan Articulo 19, Los servicio• que se prestaran a loa usuarios del Pl!r'qUe &0n &qUSlloa vinculados a los usos '1Gignados y a lu 11ctiv~d.,. ~iti das, e ntre ellps, de transporte -.:w:rrltl!>o, do a¡;,oyo a la iltvestigaci 6n ciemtiti ca y de apoyo a la r,i,craaci6n y al turi= tales ec>l:IO: bohle11, ~ das turlsti• caa, i.nstalilciones .de acai,,paiai.mto, oxpendio de ·a1i .. ntos, auellea, fondeaderos para ..i,a.rcaciones deportiVll.9, alquiler o venta de articulo& deporti vo.a, ventas de artesan1a localee; y todos aquellos que garanticen el disfrute d• los privilegios esct&nico• y tur1stieoa 'de · la régi6n : • ParAgr.afo Un1001 Los ■ervic1os ·prestado•· al p(1bl1po que la el2ainistraci6n e■t, ol;ll19ada a reaUur, podrln slilr prestado■ bajo el rlgiMn de e:onetaicm. . o directa.ente por la ada1nietraci6n del In■tituto Nacional de P•rqu•• (INPARQUES). In el pri-r CHO, el contrato de conce■i6n contendrl la■ disposicio nes net:•~•r1aa para asegurar la con1ervaci6n, detanaa' y aejor .. ie~to de lo■ recurso• naturales renovable• y del eabiente, dentro ·del lrea de incidencia del servicio de ·cuya preataci6n ae trata. QPITULO · IJ: DIIL &HUID D& uno:naci~ Articulo 20. La expropiaci6n da terreno■ y bienha- · chur1a• de propiedad privada ubicado• dentro .del Parque 8610 proceder, cuando est6n legalMnte aaparados y se ewt¡>lan lo■ extrallOs est■blecidoa en la Ley Org&nica para la ordenaci6n del Territorio, ea decir, que co110 .conaacuencia de la · 1onificaci6n establecida en eate plan, no pueda adecuara• a ella, y que .. produzca un dallo cierto·, efectivo, individualizado, actual y econ6aica.aante cuantiti- . cable. Padgrato Pri-ot LIIÍ d11terainaci6n del ju■tiprecio •• hari an todos loa caaoa en funci6n al uao ao- tual, es decir el uao qua legabente H ••~ reali zando a ~a fecha .de eate o.creto. Par6grato ~01 En caso que •• coapruebe la existencia de bienhechur1a■ inataladaa en violaci6n al r6giaen de O.pend•ncias Federales o de tierras bald!aa, ain panaiao o autori1aci6n de la .autoridad coapat:ente, deber&n aer ra110vidas ■in que H cÍluae .derecho a recl.-r ind11J1nizaci6n alCJWl,ll. Articulo 21. Todo■ loe bien .. de propiedad o uao particular, legai.ente ~•dos, ubiéadoa dentro de· las Areu zonificada■ C0110 zona de Recreaci6n, Zona de Servicios, Zona Priaitlva y Zona de ttecupe- . raci6n lfaturai que eat6n afectadC?• &· u.aóa .o activi• dadea incoapatibl•• con · loa aaignadoa en este Decreto, deber&n ajustarse alalÍ regulaciones aqu1 establecidas, si ello no tuera poa'ible, •• proce der& a la adquisici6n o ·axpropiaci6n dentro da un 'plazo no aayor de .cinco (-5) anoa· contado• a •partir de la tacha de uta Decreto y de contoraidad con . las previsionea de .la Ley For9J1tal ~e Suelo• y de AguaJI; le · Ley ,Org&nica ·¡;.,ra · la Ordenaci6n del Territorio y la ·i.ey de Expropiaci6n ·por Causa de Utilidad POJ:>lic« o Social.. . CUITULO Z WU IICOIICllaCU DIIL PLU Articulo 22. El Ejec\ltivo lfacional deber6 prever una.. !l•iqnaci6n preaupueataria anual para el Parque lfacional llochiu que conteaple los gastoe de inver~ · •i6n, aantanWanto y de pereonal ~arios para cumplir con l..oa requerilúentoa y prevision .. de eate plan. Articulo 23. Loa qrgani- nacional••• upreau ·del · -tado y ·d... ant .. de car6cter pQblico, aaJ; COIIO lu per■anaa ó instituciones ,privadas que tenqan !Mtalaciones o rulican actividad•• dentrO: del Parque, deber&n contribuir econ6aica.ente con ·•l adecuado -jo y conservaci6n del aiaao y, en tal sentido, toaar las correspondiente• previ■ionea presupueatariaa. Art!Clllo 24. Dada au iJll)Ort&ncia geopol!tica, y 1111 alto potencial de riqueza• natural .. ea necesario asegurtt ' la pr,aoancia venezola11a en el Parque y .orientar al aprovechaaiant,,o de . IIU8 recureos ;natura-, ·1ea Nnavabl .. priaordialllente en beneficio colec tivo da los venezolanoa y en defensa de .la integri..; dad territorial. • • .., Articulo 25. Dentro del prOC4so de ordenaci6n del territorio el Parque tiene •igniticado turidaaeritai coao illportante resarvorio d• recursos naturalea ·: y esc:6nicos que, preservados en 'ei upacio y en •i tümpo, representan el a6a alto potencial para· el ta.ento y pro110Ci6n de las actividad•• recreaciona las y tur1aticaa, en la regiOn nororiental. ., 'f I't'Ol,O ! U D3L ~ Dll USO CJ.l'I'rULO I Dll L08 tl8011 Y AC'TXVI~U PZ.U,:I'fIOOS .<. Articulo 26 , Dentro del Parque Nacional · Mochiw a6lo •• podr6n desarrollar los usos y ejecutar la actividades ·confonaes con la zonificaci6n establ• ~ L--- -- ·c t d11 •n •l Tltulo anterior, •ujato• a la• condicio nea qua a continuaci6n •• indican y a laa ••paciti c¡,cion•'! , que o• aatablatcan en la eorraapondient• autorizaciOn . o aprobaciOn, ·qu• ae<¡tln al caao, ,,.,a otorgada al afecto. La zonificaciOn establecida en .al Plan •, da■- arrollar6 dentro da laa condiciona• genaral•• y ajacuclOn da las actividad••· aiquiantea: x . .zrn llJI Prot1cci~n Int19ral. •• podrA aprobar o autorizar: a) La• activldadH d•. inveatic¡aciOn cianttfica. • b) El ingraaci da investigador■• y del personal.,,,..da vic¡ilancia •y quardar1a dal Rarqua, en ejercicio da aua funcion ... c) La• inatalacionaa da carActar ta:aporal, qua puedan nacaaitar loa inva■tic¡•doraa p&ra loa · fin .. aapec1ticoa · da aua trabajos da caJIPO• Dicha• inatalacionea no deben caliaar iapacto eobra al • -llllbiante ni generar dal\oa a loa racur•o• qua •• ·••t6n protegiendo. II. ~ Pri•itiya t•rr■1tr•, aa podrAn aprobar o a~torizar: a) La• actividad•• da invaatigaci6n cient1fica y da aducaciOn aabiantal. 1 b) El axcurdoniaao, • travla da aand.roa y · ruta• especialaenta sanáladoa y acondicionado• a tal afecto . c) La circulaci6n an baatiaa, a . travú da aqualloa c .. inoa o sandaroa qua a tal ■tacto dataniin■ ' y aal\alti la Superintendencia del Parque. d) Bl •. acapamianto, en las Area■ especificlllllente aal\alada■ , •l La inatal:aciOn de sel\al .. ianto• ·Y • cartelu inforaativoa ·o educativo•. y puaatoa de guardapar- quea. . { • III, ~ Primitiya -KA.r.:.in&, •• ·podrA aprobar o autorizar: a) La• actividades da 1nvastigaci6n ·c1antUica y da -aducac16n llllbiantal. b) Las actividad•• aubllarinaa de recr~éiOn, aqualloa aitio• aal\aladoa a tal•• efecto.. c) ·La• actividadaa ·dapaaca con finas daportd.voa. ·•¡ en d) La inatalaci6n da ••ftalaaianto• inforaativoa o educativos -y pueat0t1 de quea flotantas. y oartelea guardapar- •l El fondeo de eabarcacicm•• deportiva• en aque llos aitioa .ael\aladoa al afecto. • f) • La navagaciOn, la cual debe • rulharM aanta ·niando una di•tancia ■!nilla de le orilla o l1nu da coata da cincuenta Jietroa (50 ■.), ccao aadida para la protecciOn de la coaunidad arrtleifal, reapatando la velocidad · ab:illa peraitida de diaz ' nudo• (10 n.). • Por razone• da }lrotecc:i6n y 1111najo da loa racuraa. natural••• podr6 prohibirM taporalaente la nava gac16n en datanainadoa sectores da eata 1on11, aagdn ·10 resuelva la Direcci6n Ceneral Sectorial ele Parques Nacionalu dal Inatit.uto Nacional de Par- • quea (IIIPARQUBS). IV. :ZgQA !S.■ Aabianto btJ.ln1. Kan•1otlo, .. podrAn • aprobar o autoriza.r: a) -La conatrucciOn da inatalaci.onea an loa •. dtioe da racraaei6n eatablacidoa, tal•• c:0110: unitario• rdaticoa, cartale• intoraativoa educativo•, ■1- toa de sel\alhaci6n,.· p,.ieatoa de ·guardaparquu, rafugioa, local•• para venta da c011ida ligera, ·facilidades para carpas, airadorea y aerenderoa ,cupestres y auall•• tijoa o flotante• dependiendo · d• las caracter1sticá• del fondo. b) Las competanciaa da veleria■o y otras activida c1es n&utica•, s1Jjetas a las condiciones eatableci- das para cada caso por la Direcci6n General Secto rial de -Par q\les ~acionáles de INPARQUES, c) La• actividades suC111arinas de r &era.ac i6n, da acuerdo á lo establecido en el pre~ante Decreto. d) La navegaci6n a motor. •> Las actividades de pe~~ -artesanal , r••tringidas da acuerdo a lu-utipulacionu ~•pecialaa e ntnnt das en al praaanta o.crato. v. 12.na lb B•c;uperaciQn Natural. ae podtln aprot...r. o autorla:ar1 a) Las actividad•• da invaatigaciOn ciantlfica. b) Las actividadu iñharentaa al desarrollo da loa progra1111a conservacioni•ta• para la racup■ raci6n o raatauraci6n del au■- lo, da la nora y da la fauna Y. para al .. jor .. ianto da la calidad del agua. e) La• actividad•• agr!colaa qu• ·•• venlan raall- · zando en ■atoa sector•• para e1· aoaanto da la declarator-'ia del Parque Hacional, aarAn per■itidH ' taaporalaante, . aieapre que CIUlplan con ·10 indic&4o en al Articulo 76 del pr ... nta Decreto. VI. 12.na Jll ·B4creaci6n: H podrAn aprobar .o autori zar: a) La• actividad•• da recraaciOn con una ·dan.id.ad úxiaa de JO•ª por persona. • b). La construcci6n da inatalacionea talN coao1 centro• da v:J.aitantaa, acaapaJli■ntoa, baln.arioa, ■uellaa, kioacos, , cafetinu, r .. taurantu, .servi cio• sanitarioa, &reas da picnic, pu .. toa da guar- daparquea y obras conazaa. • • • - ~ • - ~~ VII . .zona d.o Setyicioa, M podrA aprobar o autori ·zar: a) L&a actividades da re<:ruci6n Y.•l alojuiianto. b) La conatrucciOn da inatalaci~n•• y dotacionea apropiadas . para la prutaci6n da •ervicios al ptlblico tal•• c:o■o: hotalea, poMdaa turiaticaa cabaftas, restaurant■•,· cafatar1aa, .centros ·• recreo, balnearios, ~toa; utacionuiantoa y obr11s conexaa. e) ·La• actividad■- de IIOdificaciOn o alteraciOn él.1 ■adio natural requerida• para la conatrucei6n da · obra• de · intar6e ~lico per■iaib~ .. , aa1 coao para la recreaciOn y ·el turi-■o, ta-1•• coao . • raforuta .. cianea, aoviaiantoa de tierra, talaa, dragado y relleno; ·utoa . 11lti■oa ai■-pre y . cuando no .. realicen sobra fondo aarino oon forwaciones corali nas, • co■uniclada de faner6gaaaa o aangÍe y previa la reaUzaciOn y . aprobación de un Eatudio de ·1■pa~ to • • Allbient:al da acuerdo a . lo .. tablecldo . en • él Decreto 2213 .publicado el 27 de abril de 1992. . . . . • vi:u . .lOnU stt :izao Po b1aé1onai Aut6ctono. • .. j,odian · · aprobar o autorhar: • . • , a) Las . actividadu· da recraaci6n y turimio . . aducaci6n, . . b) . La inatala~6n aa viviandaa da· : los poblador .. . que tengan au d-icilio legal y residencia peraa- . nante dentro. del Parque Nacional, e) La inatalac16n de botelu, poaadaa turi.ticaa, caballa•; r■-taurantaa, cafa~1••• abaato. y obras conexas. • · •· d) Lu edificacionu y conatrucciona• • inharantaa a la actividad peaquera. •> Loa aarvicioa pQblicoe. f) L&a i.natalacionu y laboratorio■ para el dea arrollo da la invllati9aci6n ciantUica. Ii. Z2nu s1t ilaP Eapacial Jhlruc¡ual Y Yaquv;acual X ZRnll .a QortiQAei6n. "poddn aprobar o autori- zar: • a) Las .actividacha de recuparaci6n en Areaa . dagrá- dada• y da una pendiente superior al 301. . . . . . . . . • b) Bl aprovechaaianto tur1ático-recreaciona1 de .. .la actividad agr1cola y . aua proceaoa (agr~~i.aao) • •• : · e) · La construcciOn da adificacionea tur1aticaa recreacional•• da apoyo a la actividad .anter.ior. d) Las actividades agr1colas an pandiantea r .. al 30\ y ejecutadas en araonla con al ubiente, llédianta técnicas y cultivo■ conservacioniataa. x. ZMM a !.laO J!special déscritaa 1;¡;Jj ¡z loll ~ ill s.... lL. L. t., !L. h.. L. i,. sW. ~ Yll al Art1c;ulo J.ll .aa podrln aprobar o autorbaJ; las ~cti vidades acor~es con la ionl!icaci6n satlaladA para cada una da ella• ; XI . . .lOnl la 11aO Eapecial IAlúA !11 Pozyalo1, M podrán aprobar o. autoriaar: ·-11) La conetrucci.6n de infraeetructura• de ••rvicio• tur1utic09 y recx-eací~nal••· b) La conatrucciOn de infra-truc:tura■ para •l sane,..iento y control aabiental. e) Fondoaderoa de eabarcacion••· d) La■ actividade■ de JIOdiUoaciOn o alteraci6n del medio ruatural roqusrida• para la con■trucciOn de obra■ de interú ¡>Oblico peraiaible■ , a■1 coao para la recruciOn y el turi■-o, tal•• ccao refore■ta cion-, aoviaientoa de tierra, tala■, draqado y re.U.ano; • ut011 01u- . aiuipre y cuando no H reaU.cen sobre tondo aarino con fonaacione■ corali nas, coaunidade• d.e taner69aaa■ o aanqle y previa la r .. 11iáci6n y aprobaciOn de un Eatudio de Iapac to AJlbiental de · acuerdo a lo Htablecido en •l Decrsto·221, publicado el 27 da .abr~l da 1992. Par&grafo Pri-ro: para el-aprovachlllliento racional de la■ Zona■ de uao Poblacional Aut6ctono, de U■o Especial Hurucual y Ya9Uaracualy la■ de Allortiqua ciOn, ■e constituye una Co■i■i6n integrada por . ■endoe repr•••ntante■ del In■tituto Kacional de Parques · (IHPARQUES) 'quien la pr .. idir&, de los Mini•terio■ del Aabiente y de lo• ·Recursos Natura l•• Renovabl .. , de Agricultura y Cria, del .Desarro llo Urbano, de la Corporaci6n para , el Deaarrpllo del Turis110 (CORPOTUIUSKO) y un re~entante del eon,-ejo Municipal. · l?icba Coaiili6n tendrl a su cargo la elaboraciOn de un Plan para el -desarrollo integral de la■ Zonas indicada■, en -funciOn a los lineamientos, directrJce• y u•o• saflalados en este Decr·eto y de la■ condicione• gua para editicacionH y construcci:onea ■e . eatableoen en ·•l articulo •■1guiente. ParAgrato Segundo: Hasta tanto se -elabore .el indi cado .Plan, la Direcci6n General Sectorial de Par ques Nacionales del Inatit~to Nacional de Parques (IlfPARQUES} otorgarl laa autorizacionu y aproba ciones para ·1a ocupaciOn o ajecuci6n ·de actividad•-• dentro isa dicha• Zonas, oida la -opini6n da la . COJ1isi6n y aujeUndose a la■ condiciones uta~leci daa en está Decreto. ParAgrafo Tercero: Loa servicio■ pr .. tado■ al • ptiblico a trav6a de obr as d• inter6• p6blico, con carActer excluyent•·• loa a■ignadoa al· Instituto Nacional de .Parquu, podrln per■ itirse en·1a■ Areaa cuya ocupaciOn del territorio ha~ aido ·aprobada o autorizxada por el .Instituto llacional de Parqu .. (INPARQUES), por la v1a del contrato adainbtrati vo, al cual contendrA la• dispo9icionea nec:esarias para asegurar la col)HrVaciOn, def~ y •jora aiento de . los recursos naturales rel'iovabl•• y del &llbients, :aA■ la• previaione• que a titulo oneroso se obligµ• • ·la parte liJolicitante. Art1culo.Z7. Las editicac'ione• y con■truccionu que puedan • ■-r ejecutada■ confonie a, este -capitulo . y ·. con la -debida adecuaciOn al ca■o que ■e -trate, quedaran sujetas a las ■iguient .. condicionu: a) Toda conatrucciOn H acogert a la · trádici6n y re■cate de lo■ valor .. arquitect6nico■ d• los centroe pol:>ladoa -de la co■ta oriental venezolana, . .. (: • b) En el diael\o de toda construcci6n debe toaarse .en cuenta la■ ·tipologlas arqui~ect6nica• y urbana• de la regi6n oriental venezolana, tunda..ntal.Jlente • en lo que ■e refiere a foraas, -diaensionu y 11ate ria1 ... c) Las fachadas deber!n &l(J)resar el carActer tradi cional de estas .CSificaciones, predOllinando·en todo momento . la verticalidad de los vanos y los techos inclinados.- d) Las constru=ione• podrán teher una altura úxima de ocho (8) metros y una a!niiaa de cinco (5) metros, ■edidos desde la 'cwll:!rera al nivel de piso acabado. S6lo se pendtir& un IIAxillO de dos (2) plantas. e) En los conjuntos urbanos, debe aantenerae el alinea■ iento de tachadas, conservando su continui dad .por ser, deteoinante fundaJtental que caracteri za la •or.folog1a urbana tradicional. /) En los casos de una estructura aislada se re quiere un !rea •inima de parcela de diez mil metros cuadrados (10.000 a2). CAPÍ'f!LO II R~~!i!.D 11\SPIICXAL PARA U !.J!CIJClOM D& ~ llC'tIYIDAD§ &ECCIO• I CIRCULACio• .Y M?;n<UICIOJI Articulo 28. La circulaci6n y navegaci6n de embar caciones· dentro del Pa.rqu<! Nac:ional est4 sujeta a la obtonc10n de aprobaci&n o aut.orhaciOn previ a otorgada por la &uperintendenc:ia del Parque . y. deberl cuaplir ·con toda■ la■ diap011ioionu . laqal que rigen la aateria, adeaA■ de la• expresa-nte . establecida■ en eat■ Decreto . .Articuló· a,. La aprobaciOn o autorhae16n • para navegar' en ei Parque deberl ■ar aolicitada por escrito y tenclr& viqilancia por un afto, al tiraino del cual ·poc1ra ■ar renovada, previo OUJIJ)li■iento de los requiaitoa establecido■. Art.1culo lO. cualquier aabarcaciOn qua•• desplace dentro del Parque ºMacio,uil entre' la• 18 i oo hora■ y • la• 6100 hora• del)erl llevar encendida■ las ·luoeil de navegac16n. Articulo 31. · Toda abarcaci6n que produzca ••i•io nea exce■iva• de gase• o que te119an tu9a de ga•oli na o aceite o cuyo• aotore• aaitan nivelea de ruido ■ayorea a 50 decibelea a dos (2) Mtro■ de diatan cia de · la ruante, no ·podrA circular , dentro del Parque Nacional. • Articulo 32. Aquella■ e■barcacionea de gran tonela je, que nece■ itan atravesar al Parqua Haeional para a):-r!lcar . en lo■. puertos ,de Cuanta, Partigaleta o PUerto La Cruz ■6lo podr&n hacerlo a lo largo <Se las rutas especial•• de navegaé16n ·demarcada• en ·•1 .plano de aoniticaciOn y datinida■ · en el literal •1• del pArrafo VII .del articulo 11 y a una velocidad úxiaa de 10 nudo■. Articulo 33. El .uso da e■barcacionea para el tran■- portede pasajer~. •• conaidera un servicio pdhlico realizable bajo el · r6gi»en de s:onc .. i6n otorgada por el Instituto Nacional de Parqu-■ • (INPARQUES)., el cual establecer.& la■ tarifas y deab condiciones necesarias para ■u conveniente ejecuciOn'. Articulo 34. Toda ,8Jlbarcac16n· deber.& "llantener • a bordo el siguiente equipo a1ni~ de seguridad: un salvavida■ por pasajero, dos ancla•, - do■ r .. 011, juego de herraaienta■ para reparaci,;,nu Mnoz:u, equipo d• priaero• auxilios, doa litros da · agua. dulce por pasajero y bolsas o ncipient••. · para aC\lllular desperdicios . . -Articulo .35. La 't>ireceiOn GeneJ:al sectorial de Parque■ Nacional .. del inatituto Nacional d e Par que■ (DIPARQOES) pqdrA deterainar el na.ero · úxiao de Obareacione• ·a ■er · tondeadaa dentro .'del Parque Nacional,- u1 ~ la ubicaci6n ,Se Ío• . sitio• .de tondeo. Articulo 36. El fondeo de abarcaciones con fine■ . de pernocta dentro del 'parque Nacional, requerir.& aprobaci6n o autorisaciOn expedida por la Superin -tendencia del Parque Nacional y cancelar la tarita • correspondiente. . • Articulo· 37. La• tarifas para e■barcaciones depor~ tiva■ que fondean con fin-■ de pernocta Hr&n .. tablecidas por el In■tituto Racional .de Parque■ (IIIP~UES). • • • .Articulo 38, El espacio aéreo del Parque Nacional ha•ta un techo de 500 metros sobre el ,nivel de la auperficie, .s6lo estar.& abierto para caeron-aves invólucradas en labor.es de guardarla ambienta 1, moni tor eo, investigación y lábores • de büsqueda - y salva11ento. 811CCIOK .U RBCRDCioní.U Y TURI8TICA8 Articulo 39. Las . actividades de recreaci6n y turismo que pueden ser realizadas dentro del Parque, con sujeci6n a la . zonificación establecida, son: paseos en botes, embarcaciones tur1sticas o recreacionales, . actividades de playa, submarinismo, velerismo, remo, esqui, sur!, windsurr, turismo naturalista, observación de aves, pesca deportiva, acampamiento, excursionismo, picnic; paseos en bestia y trote. - . ParAgrafo Primero: A los efectos . de -este articulo. • se . entender6 como acampamiento tur1stico la infraestructura de uso p<iblico para el ser.vicio tur1stico que 'furit:iona en forma .peri6dica o permanente, permitiendo el alojamiento · y las actividades de aire libre, facilitando la pernocta en tiendas de campaña, remolques o casas rodantes, refugios, cabañas u otros tipos de alojamiento turlstico .simil~r ~l ya exi stente en la zona. ParAgrafo segundo: El desarrollo de las infraestructuras refetidas en el parágrafo anterior, se regir& de confonnidad a lo establecido en las normas para regular la actividad de los Campamentos TUr1sticos, conter.idas en la Resoluci6n No. 133 del Min-istério de · Fom.,ntc, · de fecha 23 de llllfl1"0 de 1992, publicada •n la Gaceta Oflchl No. H.,o,, d~ techa. 24 de enero de 1992, aalvo laa que oi;11trAV1tngan lo di1tpueato en eate Decreto, y 11,, .l111••nte podrAn ubicar•• entr-e loa l1a1tea de la l!otlfl de Racreao16n C011prendida entre loe oectorea da V11) lecito, 11 'l'anrindo, La cocuin, Esteban (ln1hda, Majagual y !l Totu■o, locaUzadoa entre los lll'll'l t •• danominadoa Punta 11e Mangle, Puerto N\levo y la i~n• Recreacional del Valle ·de Marln en ell Golfo ti• !!1111t111 Fe , no pudiendo exceder 11e 500 a2 de cona t:1 ·11ed<ln por hectlrea bruta aprovechable, dater111i t111d11 hta en runciOn de le.e potencialidades y U111Jl; t1ntea ecol6gicaa presentes · en diclla superficie y con CApacidad de 40 personas~ Jl4Kill0 aloja •lanto en ella. Articmlo 40. Loa aitioa Y playas de recreac.,J.,6n ,h1bet'ln cuaplir con la• siguiente• condiciones: 1) Jl horario para el uao de esto• aitioa aerA . tijado por la superintendencia del Parque. b) 11to1 aitioa podrAn aer cerrado. teaporal•ente al pttblioo, por raaonea juatiticadaa de protecci6n, oonaervaoi6n o recuperaci&n d• loa recuraoa natura l•• renovables que hayan aido afectadoa. ti) hz-a el 11condiciona.iento paiaajlatico vegetal de ••toa 1itio., ae utilisar4n •i-pre espeei•• oorreapondient•• al ecoaiat..a da cada lugar. • ,-rtfc,ulo 41. Para ejercer la peaca deportiva •• requieN .portar la autori1aci6n, otorgáda por ·1a Direoo16n General Sectorial de Parquu Nacional•• 4•1 Inatituto Nacional de Parque■ (DIPA.RQO&S), previa oanodaci&n d!'. la tarita corraapondiente. p.ra;rato Primero: La- autori.aaci6n deber& indicar, · •ntre otroa: aona de peaca, upeci•• peraitidaa, 11■ite ■AxillO por especie y total de ·pi•••• · por poaed6n, talla llinuia de captura, horario de pa■oa, tranaporte del producto y otra• eapecitica oionea qu• ae conaideran neceaariu ~a la protec oi&~ del reourao. Parao-rato Sequndo: Para la peaca deportiva a6.lo .. penii ten l•• artu de cordel y C&1la de una ' · aola. Un••• eatando a01Ntida■ a veda lu ■iguientu e■peoie■ 1 pes e■pada, pes aguja, aerlln y pes vela. ·· LO• productoa de la peaca deportiva no podñn .u ooaeroialisadoa en ni.nrJdn caao. Articulo 42. ·1,aa .aotividadu ■ul:laa.rinaa d• recx-- oi&n oon o ain aparato de - reápirac::i6n aut611C110 (aouba), aer6n penaitidaa en loa lugar.. Ñllaladoa pera tal tin. Loa aubaari.J\iata• deberin obedecer laa regla■. Maicaa .. t1pulada■ por la • Feder!llc::i&n ·vene1olana de Actividadu Subaarinaa. Si.-pre dal>en ir juntoa, por lo aeno■ , doa buceador•• 'y no daberin acercarse a. loa c:analu y ruta■ de navaqa ci6n, aiendo obiigatorio •l· uao de boya indicadora ,da bucao . aulmarino ·con lu aiguientea caracter1stf c:aai li&ndera. color rojo cuadrada y atraveaada por . una linea diagonal de color blanco d■l extreao ■uperior iaquierdo al interior· derecho o ·1a . band■ra aaul y blanca c::orreapondiente a la letra •Alfa• del C6digo Internacional de Navec¡aci6n. • •• . . - • ·Árt1c;:ulo 43, Asociado a la .actividad .~ina de . recreac::i6n, •• profiibe &Jq>reaaaente: a) MA■ de diez (10) bucaadoru 1'°~ grupo. - • b) La colecta, alteraci6n o .destru=i6n de corales, e■ponjaa o cualquier otro •aniaal o planta que viva ·en al tondo .aarino. c.¡ La. colecta de piezas, alteraci6n en . la disposi ción • o destrucci6n de los restos da naufragios y elllbarcacion•• hundidas que se encuentran en aguas . del Parque Nacional. d) El porte y uao C,e arpones. e) Tocar, parase o sañtarse sobre los coráles. f) El uao d• venenos, qullllicos, narco.tizantea, explosivo■ o cualquier otra suetancia .que ae consi dere peligrosa o daftina para la flora, la . fauna y demAs coaponentes del ~iente .aarino del Parque Nacional. Articulo 44. Las autoridades del Parque Nacional podr!n exig·ir a los buce.adores visitante,s , en c ualquiel" 11omento, la pres.;;ntaci6n de los corce.s• pondientas pex111isos o autorizaciones, Para poder r-ealizar la practica del submarini=o deportivo con equipo autónomo, o para la recarga de aire de las bombonas, cada · buceador debe presentar su respecti vo dOCUJ1ento que lo acredite coao buceador, expedi do o reconocido por la Fede.raci6n Venezolana de Actividades Suh~arinaa (!'VAS) del Instituto Nacio- n a l . o.:.:c· ec. cDeportes ( !NO) , Articulo 45. Todo qn¡po de buceo Dr9ani11ado por loa .. op.¡radorea d• turl.a110, debldaaente autorilladoa para ello por el Instituto Nacional de Parqu•• • (llCPAJt QUES), deberl contar, por cada grupo de ba■ta 10 bucea!iorea, con un aautro da buceo (Buceador Avanudo) y un IMtructor; calificado por la Fede raci6n Venezolana ' de Actividad•• SUbaarinaa, (PVAS) quian deberl re■pOnaabilizarH por la aaquridad de los buzoa y la oon■ervaci6n de los recuraoa, aegün lo establecido en esta Reglaaento y dea&a noraaa vigente• aplicables. Articulo ·46. Laa operadorae tur1sticaa que preten dan funcionar dentro del Parque Nacional, 'deber.lo •olicitar • autoriza~i6n ante la Dir.c:c16n General Sectorial de Parqíi. .... cional .. · del In•tituto Nacional de Parquea (IHPARQUES), deber.ln ■ujetarse a lo eatabl■cido en .. t• Decreto, a la• condicione• eapecialea que H seftalen en la correapondiente autorbaci6n en cuanto a la tonoa• de preataci6n del aervic::io que otrazcan y cancelar la tarifa corre■-.· pondiente. • • Par4<¡rato onico1 Loa gu1aa .turlstie011, · 1nd•pendien tes o pertenecientea li operadoras tur1sticaa, para ejercer actividad.. dentro del. Parque, daber.ln • contar con un entranaaiento • especial que ■er,l ofrecido directaaenta o bajo lá..upervi■i6n • de la Direcci6n General .s.ictorial ·d• Parquu Nacionalu del Instituto llacional de Parquea • .(nrPARQUES), de acuerdo a lo que 4'.ta organisao con■ idere proceden te, a loa fina• de obtenar el .certificado de apro baci6n corrupondJ.enta c¡ue l.oe acredite para reali zar tal•• fW1Cio-. -· ..ooic:a ll% JJIYUTXCDCJ:Ga Articulo 47. Laa expá.uciones, exploraciones y demAa actividadu de inveatigaci6n ciant1fica en el Parque, -t.aran ■ujetu a la■ ragulaciona■ y U.ai t:aciones que para cada ca■o Ntableaca el Xn■tit:ui:o : Nacional de Parqua■ (DIPARQOES), en la aprÓbaciOn o .autoriaaci6n ot4r9ada' a tal .rtn.· •Tocia actividad • ate inveatigaci6n ci'ent:Uica a ■-r ~iaada por .J.úvu tigadores ~anjeroe, no incorporado■ en ·proyectoa aspec::1ficoa del Instituto •acional de Parquea, • debed tener la .canforaidad • previa • del cona.jo Nacional d• Investigaciones C1!11Jlt1.!icas .y '1'9c;nol6- . gica■ (COJo:crT). ·• .. • .. • · .·• '. Par&grafo Unlco. ·n instituto lfaeional de •PIU'quu· (DlPARQUES), ■t:QUDi■trar6 a loe ~ el instructivo interno CO~tivo de. la DOrlllltiYa c¡ue re<¡ir& loa prograi¡u de ,inveatigaci6n. • ~oa ff DS •Unac&~ Articulo . 48. :Dentro del .Pilrqlle Naci~l · ■é - ¡;oc!r,l autorizar • la' ~ arte.Anal, con 1Nj«:i6n a lo . establec:l.do . en este Decreto y en loa planea da . aan•j.o da pesca elaborado■ conjuntaaente por el Institutó Racional . de h:r'quea (DIPARQUU), el .Miniaterio de • Agricultura y crta y un Instituto Cient1fico Nacional de reconocida -trayectoria . Padgrafo tl'nico: - anti~• por pe■ca artesanal .la actividad que ae reali.aa ~lJNmte en pec¡ueftaa unidadaa de captura, dantro da un radio de peaca. li.Jlitado, articulada en base a un r6giae.n de paren teaco, utilizando artea de pesca rud.iaentariaa y que retleja una baja relaci6n capital-tr11bajo. ' Articulo .49. La ·pesca artesanal 11610 podr4 reali zarse en la Zona de Aabiante lfatural lfanejado (ANM). Articulo 50. La autaruaci6n para pe■ca artasanai tandrA un a.11.o de vigencia y sera· otort;p1da, previa solicitud del interaaado, oanjunta:aente por .el Ministerio de Aqric:ultura y cr1a y el . Instituto Nacional da Parqu .. (DfPARQOBS). ParAgrafo Prbero. Sólo podr.ln optar. por autori:za ci6n para pe!tCa artesanal aquellas peraonaa que tengan do•icilio legal . Y reaidancia peraanente dentro del Parque Jfacional o en poblado■ de pee cadores adyacantea y que. estén 1na=itoa en el "Registro de Pescadores Art-..nal-•, llevado conjuntamente por el Instituto Nacional da Parques (INPARQUES) y" al Kinistario C1e Agricultura y Cr1a. Parégrafo S<>gundo: Las ~nas autorizadas para ejercer la peoca artesanal estAn en la obligaci6n de declarar la =pecie, el p~&o y daaAa infonaaci6n requerida por los tuncionz.rios del Inatituto Nacio nal de Pa.rquaa (DfPARQUES) y del Ministerio da Agricultura y Cr1a, refF..r~nte al producto dé la pesca, lo cual es requisito pera optar por la r~10vilci6n de la autod:i:aci6ll, eórru.pondiente a una nueva tempor•d•.· Parágrafo ·Tercero. Kl In•tituto Nacional 11• Par ques junto con al Ministerio d• ~gricultura y Cr1a tijarln al llaite alxi■o da autori~acionaa a aar otorgada• cada afto; la duraci6n da ta · te11porada, laa cuotaa da captura por ••~i• y cutlquiar otra regulaciOn nacaaaria para uegurar al racional aprovechaaianto y la protacciOn del recurso. Art1culÓ 51. La■ artes de pesca artesanal qua podr&n peraitiraa aon ' laa siguiente■ : a) Naaaa b) Chinchorro •d• playa, da bota, da argolla y da cerco c) curriac:an y garapifto d) Atarraya •l Palangre fijo o a la deriva t) Cordel•• Par6grafo Priaaro • . En ninc¡11n caao la• radea .autori zadas podr&n utiliraraa é0110 radas da arrastra ·sobra ·•1 fondo urino. Par& qrato Segundo. La taena da encierro en careo da cardlblenaa no•• poc1ra ·raaliaar en &rea■ .coralinas, ni utilizando bucaadoraa con equipo• .~ut6no.moa. : '. l ~ . . : Par6grafo Tercero. Queda expraa.ual}t• prohibid.o utilizar equipos autOnoao■ da buceo en cualquiera da la■ actividad.ea da pesca. Articulo 5ll. Laa il&-■ no podr&n tener una abart¡µ-a da -ya con dU ... tro inferior a cinco centí.aetro■; deberln aatar ragi■tradaa • . ideotificadaa. por el Instituto Jfac:ional da Parqu.. (INPARQUES); no podrAn aer posadas sobra fondo coralino; . d.i,er&n retirarse del agua cuando no e■t6n en vigencia laa Autori:i:acion • corraapondientu .Y, al cabo de ■u vida O.til, daber'1! aer retiradas del agua y daa truidoa segdn procedi■ientoa astabl■<::idoa por al J:natituto Nacional de Parqu• (INPARQUEB) junto con el Jliniaterio de Agricultura y Cria. Articulo 53. Se dafina COllO •sitio de lance• aque lla• playas donde al paseador .artesanal r-liza faenas de pasea con el •chinchorro•, a loa .tinas de capturar cardt1B6nea de peces durante las 6poc:aa en que dichas· especias•• d~lazan .por ·1aa agua• d• la zona, toa •sitios de ·1anc::a• . poseen fondos • areno·aos .Y son de aguas poco profundas. Par&grafo Unico. Collo estructura da apoyo • a · la pasea se. pei:-■ite al acondicionaJti~o·'tte •iradoree o vigiu ya existentes ullic,ados .en las partes altas adyacentes a la playa. . • Articulo • 54. Las faenas de éatado con • redes .de reaolqúe ,y chinchorros de playa a6lo podr6n reali:-· zarse en · laa playas de fondo arenoso, librea de coralaa, danoainadoa •sitios de .lance•, itencionadoa en la zona de 'Aabienta Natural KAnejado. A.rt:1oulo 55. En loa •sitio■ da lance• a6lo podrA operar un grupo da faena al ■!sao ti-po. -En teaporada alta o da vacaciones •tendr4 priori!lad el uso recreativo aobre la actividad peaqu~a en aquelloa lugarN donde pudieran coincidir espacial :aenta. Articulo 56. Ninguna especie cuya pesca no est6 autorizada podr6 ser vendida al pOl,lico. Articulo 57. Los eje11plaru que posea el pescador o el transportista deberán encontrarse ·•ntero y no se • per]llitirA dentro de loa l.1aites del Parque el traslado en filetea de loa ejuplares capturadoa. Articulo 58. Laa especies zool6gicas IIUU'inas de las e .la.sea de los reptiles y J1a111feros no podrán ser cazadas, o.apturadas, aprovechadas, ni acosadas, salvo para fines estrlctaaante cient1ticos y bajo el control del Instituto Nacional da Parques (IHPARQUES). .Art1cuio 59. Aquellas playa. donde se observe o sa produzca nidificaci6n y desove de.tortugas aarinas o de cualquier otra especie considerada da interés conservacionis.ta, de.l:>er'&n ser cerradas al pl1blico por la Superintendencia del Parque Nacional, aiQn tras dure ·~l proceso .que ae quiere ·proteger. Articulo 60. Se .prohibe co~o inGtru.ciento de pesca, al uso de detonantes. y explosivos, instxu:&ntos de atracción· sónica, luces y sustancias qu1~icas de cua¡quier tipo. Igualmente se prohibe la pesca submarina c~n cualquier tipo d~ instrumento. / canso, utilizada• tradicionalNnte por loa p<!t&C~óo res artesanales, ubicada• en playa■ da islas y tierra tina•, daban ntar inacritaa en al raqiatro· que al •tacto llevara al tnatituto Nacional de Parque■ (Ill'PARQt11!S). En ningOn caso sa par11itir6 la adificaci6n d• nueva• estructuras da ••t• tipo y las exi~entas a6lo podr&n ser ocupada■ durante las temporadas de, pasea por persona■ portádoras de lo• raepactivos panaiaoa o autorizacionea d• pesca, no pudiéndose realizar aajoraa a diehas bienhechuriaa ain autorisaci6n del Instituto Nacional de Parque• (INPARQUJ!:S). Articulo 62. ta• ·ranchariit.s de tipo caney, ya existentes y censadas por al Instituto Nacional de Parques (INPARQOES), qua sirvan d• refugio tuiporal al grupo paseador, daber 6n tener laa caracter1ati caa siguientes: techo~ depalM, au■encia da para daa, ,-· piao rdatico, ca■inar1as paralela■ a la linea de costa y patios eneamantados para colocacl6n ·d• ·redes. • Articulo 63. Aquella■ ubarcacionaa acondicionadas para la pesca de arrastre GnicaJMnta podr6n ingre sar y salir del Parque Nacional exclu■iv ... nta a trav6a da la ruta de navec¡aci6n utablecida en aata Decreto, en cuyo caao deberAn. hacarlo si-pre con las redu izada■. • 8-,CIO. Y DXll'OSIC?OII D• ULIJDTU 'f DUJICB08 80LID08 Artlculo 64. S6lo se par■ itir6n la■ daacarga■ da aguas servida■ en su:aidaroa, poso■ a6pticoa o cu,poa de rieqo, · a coñdici6n de que cwaplan eatric ta.mente con la noraativa sanitaria eatableoida para cada caso. Paragrafo unico: Excepcional.llanta podr6 peraitiraa al reuso da agua■ aarvidas ~atadaa y el v.r1;ido de efluentes an loa c::ur■ oa de aguas, a condiciOn de· que no haya otra alternativa y que hayan aido -previuienta tratadü y cuaplan los parúetroa da laa agua• -Tipo 1, establecidos en al Decreto Ji• · 2831 de techa 29/8/78 • . Articulo 65. -Lo• operadoras tur111t.ic::os,· . transpor tistas y usuarios da' e:abarc::acionas para uso rac:raa oional están · en • la obligación · de .. . r eooleé;:tar .Y - transportar a tierra ~irM para au dÍapo aici6n final fuera -da los linderos del Parque, ~ loa residuos ·•61idoa y basuras qua generan sua.' •:opaia- ciones. • • Articulo '· 66. Loa residuo■ s6lidoa y basuras genera- ' dos pot'. 10■ pobladoraa uenta.dos en las ·zona■ da Uso Espeéial, Poblacional Aut6ctone> y A:aortiguaci6n • ser&n recolectados por loa pobladoras y · .concentra dos . en loa lugaru que deteraina la Suparintanden- · cia· del . Parque a loa fines de facilitar lu laborati da. recolecci6n y · transporta al organisao • coapatente para tranaladarlo a loa aitiós de diapoaici6n ftnal· ubicado■ tuera da loa linderos del Parque Hacional Moehlllá. • .., . Wll'III,O IU . D:U. B.Nnmit ftlll8UOUO Da NO 11• LOII BIDU 80Jft0S & ~DCim • Articulo 67 .. De coato.nddad c,on la■ pr■vi■ ionee · • legales pertinente•~ dentro de laa 6rea■ sujetas a expropiaci6n, - paraitirli la continuaci6n de loa usos actualu legal.aent• ejercido■, • inCOJ1patiblu con loa aaignadoa, durante un pez:iodo no -yor de cinoo .(5) aAoa contadoa a ~ir de 1-. fecha de publioaci6n de uta ~to. Durante el pl.azo sef\alado loa µ,taranc1os deberán proceder a la adecu.aei6n de los usos asignados o, ai tuera el caso, . •e prOCQder6 a la expropiaci6n .correspondien te. Parágrafo Unico: En todo caso . y á los efectos de la pr'eservaci6n d~ loa recursos naturales • ranovablu, la c::ontinuaci6n de las actividad.a en ejeouci6n, se har& de acuerdo a la• previsiones que se establez can en la correspondiente autorizaci6n que se otorgarli .al inscribir ·la actividad en al· •Registro de Actividades Teaporalea• que· llavarA al Instituto Nacional de Parques (IKPARQUES). • CAPI'tULO IV • . fllU!CIOJíBS Articulo 68. Los incwnplimientos o violaciones del presente Decreto serán sancionados de conformidad con el ordenamiento Jur1dico vigente. Parágrafo Unic::o: Las infracciones a las disposi ciones que -regulan las actividades pennitidas serán ..,, ,. ,...,,... {,.. .,...,M::s.,, Ao rnnfnrmit1A.d cnn ln ~Anf-Arla ,:,. ,i. --- - ·ltogi,HaciOn vigente, sin perjuicio de la r,,vocato ria da loa p.r-.iaoa o autorizaciones da uso .cornui pondia.nte■, ·ae1 c:oao de la apl1cac10n de la■ lHdi da■ que ae derivan de la ajacuci6n da laa tuncionu da guardar1a aabiental. Articulo 69. Sin perjuicio da la aancion•• ·a qua haya -lugar, la• autoridad•• coapetentew del 'Parque Nacional podr&n -ordenar el dualojo de aquelloa viaiuantas y uauari011 qua inCU11plan la■ diapoeicio naa del presenta Ragla-nto de Uao. Bl tuncionario que ordene el daNlojo conaignarl anta la autoridad superior:- un u=ito contantivo . de la• razona•, hachee o circun.tancia■ que aaaritaron la deciai6n tallada y la acciOn ajacutada.-- CU>n'ULO y l>HPOatCX<iOII fiDLU 'I DUSI'fmll8 Art1culo 70. JU In.■tituto llaoional da Parquaa (DIPARQIJll:S) podr(pi-ohibir o r .. trinc¡ir taporal-n te la• actividad .. o uaoa pa:raitidoa cuando la conaervaci6n, d~anaa y -joruianto del «llbianta o da loa recurso• naturalu. ranovablaa del parque lo justifiquen plenaaenta. Art1culo 71. Las autoridad•• del Parque Nacional podr&n exi9ir • loa .uauarioa y visitantes, • an cualquier -to, aua reapactivoa docuaentoa da . idantificaci6n y loa panú.aoa o autorizacionai p,artinem:.a. . . -i " Art1C1.1lo 72. Loa pobladora■, uauarioa y viait:&ntu del Parque llacional .. tarln en la obligaci611 de denunciar por ante • la• autoridadu respect:iV1UJ cualquier actividasl qua r.alican t.rcaraa paraonas an contra • de la protecci6n y- conaervaci6n del Parque JÍ'acional lloelú.aa. Art1c:ulo ·7J. Los turicionarioa da guardarta· a:abian tal deber4n cru:aplir sua funcionas con aujeciOn a la■ directric.-, lin.a.ianto■ y procediaientoa qua e■tabl•r:ca al ID■tituto Nacional. da Parques (DIPAR- QUBS). • Art1cúlo 74 . • El · Instituto llacional da Parqu .. (DIPARQUXS) revi■arl la■ . condiciona. bajo laa .cualu loa)utableciaiento• de ■ervicios pQblicoa, • axi■tentes dentro del Parque llacional a la facba da pr09\llgaci6n de -t• Reglaaento, ut6n prastando·al ■ezvicio .y ajustad loa ainos a lu 1)9rau ■obre ooncesionu. Bn. tal ■-ntido, - l• raconoc»ri UD · derec:bo • preferente para obtener la COIICltSi6n dal ■-rvicio. Si no aceptaren, H 1.. concedarA .un lapso no -yor da 90 ella■ para qua- abandonan • la■ in.■taJ.acionas y a6lo H lu pagar& al valor ~l de su■ inveraionu, devaluada■- por el tiaapo da 1f):ili- r:aci6n. · ParAgrafo .• Onico: Bn iCJUaldad ~ condicione■ loe actualu . pobladora del Parque Jlacional JfDchima t:andr4n derecho pr9ferenta para obtener ooncesiona■ • para la prutaci6n da aarvicioe. • Articulo 75. El ciudadano Registrador P1lblico con juridicci6n dentro del Parque Jlaoional ~ • . debarl exi9ir que an todo ~to referido a ~arrano y bienbacbur~. localiaadoll .dentro del ·arque - baga constar tal oircwiatancia· . y la "'onificaci6n qua 1 .. corresponda da....acuerdá a su ubicaci6n. ' Articulo 76. A loe afectos de la • conti.nuaciOn teaporal da algunu Ílctividadas,, dentro da loa 30 . d1!l• ■iCJUiantes a la techa da praiulgaci6n de ute Decreto, al In■tltuto kciona1 de Par'qu■9 (DIPAR QUES), abrir& mi lillro da •aacJi■tro de· .... -tividadas Temporal-•, - al cual aeentarl la identiticai::i On da la actividad, localbaci6n, responsable da ■u ejacuciOn, brava de■=J,pci6n da l.a aiSllll, aqy.ipoa ~ectado■ a la ejacuci6n da la actividad, lapao pera.itido para continuar an ■u ejecución y n~ro de registro que le ■ea asignado. . Parágrafo Prilll1aro: Q{liene■ realicen actividad .. agr1colas, pesquera■, recraacionale■, turaticu u otras coaercialu an el 4rea del Parque Nacional Mocb1-a, debar&n solicitar anta el Instituto Nacio nal da Parques su inscripci6n en el "Registro T&JlpOral da Actividades• dentro de loa 6 aeae■ . siguiantes a • la fecha da pr011ulgaci6n da este Régl8.B:ento. Parágrafo S,:g,mdo: A loa e!Gctos indicados en ei Parágrafo anterior, el solicitante deber! pres entar escrito acompa!lado de loa siguiente.a recaudos: memoria descriptiva de la actividad, =oquia de • localizaci6n, dOCU11entos re!erente:a a los equipo■ afectados a la ejecución de ·1a actividad y cual quier otro recaudo. que el Instituto considere pertinente. Articulo 77. n Instituto Nacional de Parqu.a (lJU>ARQUES) junto oon al llini■tario da A,gricultura y Cr1a, deberin dentro da 1011 treinta dlas a la fecha da publicaci6n de a■te Dacrato, abrir al libro da "Registro da Pescadora■ ~nalu•, al cual debar6 aanten-.r .. actualisado. A talu afee toa loa pescador-e. d~An renovar au inacripci6n dentro da loa pri-r011 JO d1a• de cada afio. Articulo 71. U Inatituto Agrario Kacional (IAM') procadara a reubicar fuera del territorio del Parque Nacional, todll■ laa actividadu da !ndole agr1cola, • a4ignAndole prioridad a lu qua H .des- . árrollan én terreno con pendientaa iqual o superior al treinta por ciento (30 1). Articulo 79, Loa ocupante■ da bianbecbur1as o adificaciona■ a quien - refiere el Parl¡rafo Segundo del Articulo 20 >tandran UD plaso de 30 dlas continuo■ contado■ • partir d• la facha da 6■t• Decreto para r■-v.r la■ ai-•• Vencido •l t6raino utablecido al In11tituto llacional da Parque■ (llfPARQIJ'U) proceded á ·la daaolio16n • de la■ ■iaaa■ ruervA.ndo■e al derecho a- daanda por loa dalloa y perjuicioti qua tal.. contruccionu o • inatalaciones pudieran habar oaUAdo al · ¡,a.tri■onio natural del Batado. Articulo 10. Zl InatitÜto· - lfacional da Parquu (IHPARQUES), u1 co■o 1011 daal■ o~- pdblicoa con re■ponsabilidadu asignadu ■n uta o.creto daberA.n, da.ntr-o del plazo da un afta a partir cW la fecha da ■u pu1,Üca~i6n y ·aalvo Uraino■ upeoiillu aqu1 -■tablecidoa, illpl ,..tar y apHcar loe proce dilú.entoa, -accione■ y aadidu neca■aria■ para asegurar al cwaplilú.ento de la■ praviaionas del Plan de ordenaaianto y Ragl11Aanto da U110.dal Parque -Hacio~l Mochiaa. Articulo 81. Se deroga el .Dacr•to 1;105, de fac::ha 26 da Movieabre da 1.911, .Publicado an Gaceta Oficial 11• 32363, . da facba 27 da •ov!aabre .da 1-Hl; · al · Decreto 270, da . fecba 07 -de Junio da t.989, Publi cado an la Gaceta Oficial•• 4016 Extraordinario, da racha 09 da Junio de 1.919, ••1 coao toda■ lu resoluciones y no:raaa de carActer ~8'1Íaaentario qua con anterioridad regulaban en f:OrJlll parcial loa usos dentrodal Parque ll~cional IIOc:biaa, lÓ. caal-■ quedan intagrat..ente re,¡Jlua.ntadoe .por el . presente Daareto. • . Articuló 12. x.u · nor■a■ contenida■ en .i pr-t• Decreto - aplican 0011 pr~erenc:ia a cualquier -noru re,¡Jl..Dantaria da cañctar general di~ con anterioridad. Dado an caraca■.,a loa veintise!s dhs .d21 ·vs de - novte:a~l"é de •il rt0vectert-:,s novént:i y :dos.- Ali~ --~·,. 182 11 de :l~. Ind~'!1ic\á y i33! '1'? J,1 .Federact6n • . (L, S.) CARLOS ANDRES PEREZ Refrendado: El Ministro de Relaciones Interiores, LUIS PIÑERUA ORDAZ El Ministro de Relaciones E:r:teriores, FERNANDO OCHOA- ANTICH El Ministro de }Iacienda, PEDRO ROSAS BRA YO El Ministro de la Defensa, !VAN JIMENEZ SANCHEZ El Ministro de Fomento, PRANK DE ARMAS MORENO . El Ministro de Educación, PEDRO AUGUSTO BEAUPERTHUY El Ministro de Sánidad y Asistencia Social, RAFAEL ORIBUELA El Ministro de Agricultura y Cri.a, JONA THAN COLES WARD El Ministro del Trabajo, JESUS RUBEN RODRIGUEZ V. El Ministro de T~nsporte y.Comunicaciones, FERNANDO MARTINEZ M. El Ministro de Justicia, JOSE MENDOZA ANGULO El Ministro de Energía y Minas (E), RAFAEL M, GUEYARA El Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables ENRIQUE COLMENARES FINOL El Ministro del Desarrollo Urbano, DIOOENES MUJICA La Ministra de la Fam.ilia , TERESA ALBANEZ BARNOLA El Ministro de la Sec.etaría de la Presidencia, CELESTINO ARMAS El Ministro de Estado , RICARDO HAUSMANN. El Ministro de Estad<' . LEOPOLDO SUCRE FIGARELLA El Ministro de Estado, JESUS CARMONA BORJAS '------ - --- - - - - GACflA OFICIAL .. . . DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DEPOSllO LEGAL p p 76-0002 A~O CXX - MES IV Nº 4.520 Extraordinario Caracas, martes 19 de enero de .1993 tecri,dM anl: k Ull,II - lillr N aila ..,, úil: k 48,11 E~- alraraM • CHllt N ..., ~ k U cala ejem,lar~ 32 pápm Taifa ■jeta I lesDllciél lrt. 21 de fecu 21 4e ltcieare • 1991 Ni&• ■ la ... Oficial .... M.124 Esta Gaceta contiene 24 páginas. - Precio: Bs. 80,00 IMPRENTA. NACIONAL Y GACETA OFICIAL San Lázaro a Puente · Victoria No. 89 Teléfonos: 572.03.57. - 576.12.72 LEY DEL 22 DE JULIO DE 1941 Art. 11.-LA GACETA OFICIAL. aum por Decr-eto fj-~ tivo del 11 de octubre de 1872, c:ontinuari editindose en la Imprenta Nacional con la denominación GACElA OflCW. • DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. Art. 12.-La GACETA OFICIAL DE lDS ESTADOS UNt00S DE VENEZUELA, se publicn todos los das hllbiles, sin ... juicio de que se editen números utraonlnarios siempre q¡,a fuere necesario; y deberán 1nsertane· en ella sin retardo los actos ofw:iales que hayan de publiQne. Parágrafo Unico.-Las ediciones extraordinarias de la ~ A CETA OFICIAL tendm1 una numenld6n especial. Art. 13.-En la GACETA OFICIAL DE lOS ESTADOS UNI- ·• 1 DOS DE VENEZUELA, se publicarm, los actos de lo$ Pode- res Públicos que deberán Insertarse y aqli6llos cuya inclu sión sea considerada conveniente por el Ejecutivo Nacional. Art. 14.-Las·l.eyes, Decretos y demn actos oficiales ten drán carácter de púbicos por el hecho de ·apanar en la GA CETA OFICIAL DE lDS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUE LA. cuyos ejemplares tendrán fuera de domnenlos ~ / 1 .,