Resolución S/n - Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico con una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 5 de abril y el 31 de octubre de 2010
颁布于 2010-04-15 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 乌拉圭
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, inland fisheries, seasons, fishing gear/fishing method, fishery management and conservation
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IM .P .O . IM .P .O . Nº 27.959 - Abril 23 de 2010104-A CARILLA Nº 4 6B SN1012 MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA 1 Resolución S/n Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico con una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 5 de abril y el 31 de octubre de 2010. (1.012*R) MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 15 de Abril de 2010 002/311/2010 RD 35 VISTO: la resolución ministerial Nº 93/2008, de 5 de noviembre de 2008, que dispuso la prohibición de realizar actividades de pesca con redes de enmalle en los ríos y arroyos del territorio nacional con determinadas excepciones; RESULTANDO: I) el numeral 5º) de la referida resolución, estableció una prohibición general de pescar con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor a 300 metros de la costa; II) las inquietudes formuladas por los pescadores artesanales en cuanto a las consecuencias inmediatas de índole socio-económico que la prohibición de pesca a 300 metros de la costa ha generado en su labor diaria; III) que la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos está realizando estudios y reuniones con los distintos actores a efectos de recomendar medidas que minimicen los conflictos por el uso del espacio y los recursos acuáticos; CONSIDERANDO: sin perjuicio de las disposiciones vigentes que regulan la actividad de la pesca artesanal, resulta procedente revisar las disposiciones vinculadas a la prohibición de pesca en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor a 300 metros de la costa; ATENTO: a lo establecido por la ley Nº 13.833, de 29 de diciembre de 1969, artículos 2 y 3 literales A, D y F del decreto-ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975, a la resolución del Poder Ejecutivo Nº 115/2007, de 5 de marzo de 2007 y a la resolución ministerial Nº 93/2008, de 5 de noviembre de 2008, EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA, ACTUANDO EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS RESUELVE: 1 1º.- Autorizar la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico a una distancia menor de 300 metros de la costa entre el 5 de abril y el 31 de octubre de 2010. 2 2º.- Publíquese en el Diario Oficial y dos diarios de circulación nacional. 3 3º.- Remítase fotocopia de la presente resolución a la Presidencia de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la resolución Nº 115/2007 del Poder Ejecutivo y dése cuenta a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. Cumplido, con las constancias correspondientes, archívese. TABARE AGUERRE. CODIGO CIVIL (Ley Nº 16.603, antecedentes, exposición de motivos y normas complementarias) ..................... $ 150 CONSTITUCION NACIONAL (Con enmiendas Plebiscitos 1989, 1994, y 1996) .......................................... $ 275 NORMAS ARANCELARIAS DEL MERCOSUR (Arancel Externo Común, Decreto 527/01, Lista de Excepciones, Nomenclaturas Arancelarias y otras relacionadas. Contiene indice temático y cronológico) ...................................................................................................... $ 150 PRESUPUESTO NACIONAL (Ley Nº 17.930) ................................................................................... $ 140 NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO ................................................................................................... $ 140 REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL (Decreto Nº 315/994 y normas complementarias) ......................................................................................... $ 150 TOCAF 1996 - TEXTO ORDENADO DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACION FINANCIERA (Decreto Nº 194/997 y normas complementarias) ......................................................................................... $ 140 CODIGO GENERAL DEL PROCESO ............................................................................................. $ 150 CODIGO DE COMERCIO ................................................................................................................ $ 150 CODIGO TRIBUTARIO .................................................................................................................... $ 150 CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA (Ley 17823) .................................................... $ 150 REGISTRO NACIONAL DE LEYES Y DECRETOS ..................................................................... $ 150 INVESTIGACION HISTORICA SOBRE DETENIDOS DESAPARECIDOS .............................. $ 150 CD’s www.impo.com.uy - impo@impo.com.uy