跳到主要内容
Nelum
乌拉圭的法律

Resolución S/n - Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009

颁布于 2009-04-01 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
乌拉圭
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, fishing area, fishing gear/fishing method, seasons, artisanal fisheries, fishery management and conservation

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Resolución S/n Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009. MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 1º de Abril de 2009 VISTO: la resolución ministerial Nº 93/2008 de 5 de noviembre de 2008, que dispuso la prohibición de realizar actividades de pesca en ríos y arroyos con excepciones; RESULTANDO: I) el numeral 5º) de la referida resolución, estableció una prohibición general de pescar con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor a 300 metros de la costa; II) las inquietudes formuladas por los pescadores artesanales, en cuanto a las consecuencias inmediatas de índoles socio-económico que la prohibición de pesca a 300 metros de la costa ha generado en su labor diaria; CONSIDERANDO: sin perjuicio de las disposiciones vigentes que regulan la actividad de la pesca artesanal, resulta procedente revisar las disposiciones vinculadas a la prohibición de pesca en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor a 300 metros de la costa; ATENTO: a lo establecido por la Ley Nº 13.833 de 29 de diciembre de 1969, artículos 2 y 3 literales A, D y F del Decreto - Ley Nº 14.484 de 18 de diciembre de 1975 y a la resolución del Poder Ejecutivo Nº 115/ 2007 de 5 de marzo de 2007 y a la resolución ministerial Nº 93/2008 de 5 de noviembre de 2008, EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA, ACTUANDO EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS, RESUELVE: 1º.- Autorizar la pesca con redes de enmalle y palagres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009. 2º.- Encomendar a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos de esta Secretaría de Estado, la formación de un Grupo de Trabajo integrado por técnicos de dicho organismo y representantes de los diversos actores privados y estatales con interés en el tema, a efectos de proponer alternativas que minimicen los conflictos por el uso de dicho espacio acuático. 3º.- Publíquese en el Diario Oficial y dos diarios de circulación nacional. 4º.- Remítase fotocopia de la presente resolución a la Presidencia de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la resolución Nº 115/2007 del Poder Ejecutivo y, dése cuenta a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. Cumplido, con las constancias correspondientes, archívese. ERNESTO AGAZZI.

Resolución S/n - Autorízase la pesca con redes de enmalle y palangres en el Río de la Plata y Océano Atlántico, a una distancia menor de 300 metros de la costa, entre el 13 de abril y el 31 de octubre de 2009 · Nelum