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Resolución S/n - Apruébanse los requisitos para la habilitación e implementación de Buenas Prácticas de Fabricación en los Establecimientos Elaboradores de Alimentos para Animales destinados al Autoconsumo

颁布于 2014-01-09 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
乌拉圭
主题
Livestock
关键词
animal feed/feedstuffs, authorization/permit, good practices

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS Resolución S/n Apruébanse los requisitos para la habilitación e implementación de Buenas Prácticas de Fabricación en los Establecimientos Elaboradores de Alimentos para Animales destinados al Autoconsumo. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS Montevideo, 9 de enero de 2014 VISTO: la necesidad de adecuar para los Establecimientos Elaboradores de Alimentos para Animales destinados al Autoconsumo, los requisitos sobre Buenas Prácticas de Fabricación dispuestos por la Resolución de la DGSA Nº 89 de 21 de noviembre de 2012. RESULTANDO: I) Que de acuerdo a lo establecido en Decreto Nº 281/13 de 3 de setiembre de 2013, modificativo del Decreto Nº 241/04 de 17 de julio de 2004, se amplio el ámbito de aplicación de la fabricación de alimentos para rumiantes quedando incluidos los establecimientos que elaboren productos destinados al autoconsumo. II) Que se requieren adecuar los requisitos vigentes para las Buenas Prácticas de Fabricación en los Establecimientos Elaboradores de Alimentos para Animales destinados al Autoconsumo, III) Que la División Protección de Alimentos ha elaborado una propuesta técnica en la que se incluyen los requisitos para la habilitación e implementación de las mismas, que han sido sucesivamente revisados y evaluados con representantes de los sectores productivos involucrado. CONSIDERANDO: Necesario complementar las disposiciones vigentes a la fecha para la efectiva implementación de un Programa de Buenas Prácticas de Fabricación en los Establecimientos Elaboradores de Alimentos para Animales destinados al Autoconsumo y avanzar en concordancia con los lineamientos estratégicos definidos por esta administración en la materia. ATENTO: A lo previsto en el artículo 375 de Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010, artículo 155 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011, artículo 176 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013, Decreto 241/04 de 14 de julio de 2004, su modificativo Nº 281/13 de 3 de setiembre de 2013 y la Resolución de la DGSA Nº 89 de 21 de noviembre de 2012. LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS RESUELVE: 1. Aprobar los requisitos para la habilitación e implementación de Buenas Prácticas de Fabricación en los Establecimientos Elaboradores de Alimentos para Animales solo destinados al Autoconsumo, que se anexa a la presente Resolución y que forma parte de la misma. 2. El otorgamiento de las habilitaciones que se soliciten a partir de la vigencia de esta disposición quedará condicionado al cumplimiento de los requisitos sobre habilitación e implementación de buenas prácticas que se aprueban. 3. Comuníquese a la Dirección General de Secretaría y a la Unidad de Asuntos Internacionales. 4. Publíquese en el Diario Oficial y divúlguese a través de la página Web institucional. 5. Cumplido archívese. Ing. Agr. INOCENCIO V. BERTONI, DIRECTOR GENERAL PROGRAMA 4 M.G.A.P. - SERVICIOS AGRÍCOLAS.

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