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乌拉圭的法律

Resolución Nº 757/011 - Fíjanse los valores de análisis que deben aplicarse en la obtención de moluscos bivalvos vivos

颁布于 2011-07-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
乌拉圭
主题
Food and nutrition, Fisheries and aquaculture
关键词
molluscs, food safety and quality, standards, toxicity/poisoning

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS DINARA Resolución 757/011 Fíjanse los valores de análisis que deben aplicarse en la obtención de moluscos bivalvos vivos. DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS RESOLUCIÓN Nº 757/2011 Montevideo, 21 de julio de 2011 VISTO: el Decreto Nº 58/11 de fecha 15 de abril de 2011 referente a las Normas Sanitarias para Moluscos Bivalvos Vivos; RESULTANDO: I).- que el mismo establece el procedimiento y regulación respecto a la producción y puesta en el mercado de los moluscos bivalvos vivos; II).- que de acuerdo al art. 24 del referido Decreto la DINARA podrá determinar las técnicas y fijar los valores de análisis que deben aplicarse en la obtención de moluscos bivalvos vivos; CONSIDERANDO: necesario fijar dichos valores para dar cumplimiento a las normas y exigencias a nivel internacional; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en las Leyes Nº 13.833 de 29 de diciembre de 1969 y Decreto - Ley Nº 14.484 de 18 de diciembre de 1975, al Decreto Nº 213/1997 de 18 de junio de 1997 y al art. 24 del Decreto Nº 58/11 de 15 de abril de 2011; EL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS ACUÁTICOS RESUELVE: 1º).- Al análisis bacteriológico, utilizando la técnica del NMP- método ISO 16649-3:2005 el molusco tendrá menos de 230 E. coli por cada 100 g de carne de molusco y líquido intervalvar (Zona clasificada categoría A), permitiendo el consumo humano directo. 2º).- Al análisis bacteriológico, utilizando la técnica del NMP- método ISO 16649-3:2005, el molusco tendrá menos de 4600 E. coli por cada 100 g de carne de molusco y líquido intervalvar en el 90% de las muestras, autorizando la exportación para su consumo previa depuración o transformación (Zona clasificada categoría B). 3º).- Los criterios organolépticos, microbiológicos y de biotoxinas marinas se encontrarán dentro de los parámetros de aptitud para consumo. 4º).- El molusco bivalvo vivo al control de Salmonella, en base a un muestreo de n=5, tendrá un resultado de ausencia en 25 g de muestra. 5º).- La utilización de métodos de muestreo para contaminantes químicos (metales pesados), se realizará con una frecuencia semestral y la determinación será realizada por la técnica de Espectrofotometría de Absorción Atómica (AAS). Los límites máximos de 6º).- El molusco bivalvo no podrá contener toxinas en las partes comestibles del producto (cuerpo entero o toda la parte comestible separada), en cantidades que superen las establecidas internacionalmente como seguras para el consumo humano: Toxina Paralizante de los Moluscos: 800 ug SAX/Kg, determinada por el bioensayo en ratones Toxinas Lipofílicas de los Moluscos: 160 ug OA, DTx, PTx/Kg; 1 mg YTx/Kg; 160 ug AZA/Kg, determinadas por el método de bioensayo en ratones. Toxina Amnésica de los Moluscos: 20 mg DA/Kg, mediante la técnica analítica de HPLC. 7º).- La DINARA podrá, en caso de ser necesario, modificar dichos valores. 8º).- Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. Seguidamente pase a conocimiento del Departamento de Industria Pesquera y publíquese en el sitio Web de DINARA a todos cuyos efectos pase a la Secretaria de Dirección General. Cumplido, archívese en la Sección Administración Documental. Dr. ROLANDO DANIEL GILARDONI, DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS.

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