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Decreto Nº 321/011 - Apruébanse disposiciones que regirán en carácter de Estrategias Regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible para el Área Metropolitana

颁布于 2011-09-09 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
乌拉圭
主题
Land and soil
关键词
land-use planning, agricultural land, urban land

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  1. 10 Documentos MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MED IO AMBIENTE 5 Decreto 321/011 Apruebanse disposiciones que regiran en caracter de Estrategias Reg ionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible para el Area Metropolitana. (1.685*R) MJNISTERTO DE VIVIENDA, ORDENAMJENTO TERRITORIAL YMEDTO AMBTE TE Montevideo, 9 de Setiembre de 2011 VISTO: el documento correspond iente a las Estrategias Regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible Metropolitanas, elaboradas en el marco de! acuerdo oporhmamente suscrito entre el Ministe rio de Vivienda, Ordenamiento Territoria l y Medio Ambiente y las Intendencias de Canelones, Montevideo y San Jose; RESULTANDO: I) que el Articulo 12 de la Ley O 18.308, de 18 de junio de 2008, es tablece que las Estrategias Regionales contend ran al menos, los objetivos regionales de mediano y largo plazo para el ordenamiento te rritorial y desarrollo sosten ible, los lineamientos de estrategia te rritorial contemplando la accion coo rd inada del Gobie rno Nacional, los Gobie rnos Departamentales y los actores privados, la planificacion de servicios e infraestructuras territo riales, propuestas de desarrollo regional y fortalecimiento institucional; II) que por Resolucion de! Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Terri tori al y Medio Ambiente N° 882/2010 de 1° de setiembre de 2010, se dispuso la Puesta de Manifiesto de las Estrategias Regionales de Ord enamiento Te rritorial y Desarrollo Sosten ible Metropolitanas, asf como el documento de base que las fundamenta y el mate rial grafico por el pe rfodo de treinta dias, procediendo en igual sentido las respectivas Intendencias involucradas, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 24 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008; III) que por Resolucion de la citada Secretarfa de Estado N° 815/2011, de 15 de agosto de 2011, se aprobo la Evaluacion Ambiental Estrategica del instrumento Estra tegias Regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible Metro po litanas, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artfculo 47 de la ley '18.308 de 18 de junio de 2008; JV) que asimismo, los Gobie rnos Departamentales de San Jose, Canelones y Montevideo, han aprobado las Estrategias Regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible Metropol itanas, en cu mplimiento de lo d ispuesto por el artfculo 13 de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008; CONSIDERANDO: I) que se entiende necesario contar con un instrumen to de ordena miento territorial y desarrollo sostenible en el area metropolitana, que abarca tres departamentos con una importante densidad de poblacion y gran pa rte de la produccion total de b ienes y servicios de! pafs; II) que corresponde en cumplimiento del citado articulo proceder en igual forma, respecto a la aprobacion de las Estrategias Region ales de Ordenamiento Territo rial y Desarrollo Sostenible Metro politanas, por el parte de! Poder Ejecu tivo; ATENTO: a lo precedentemente expuesto ya lo d ispuesto po r la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008, Decreto 221/2009, de 11 de mayo de 2009 y Decreto 400/ 2009, de 26 de agosto de 2009; EL PRESIDENT£ DE LA REPUBLICA DECRETA: N° 28.312 - septiembre 2 1 de 2011 Diario~ Articulo 1°.- Apruebense en el marco de la Ley N° 18.308 de 18 de junio de 2008 de Ordenam iento Territorial y Desa rrollo Sostenible, las siguientes disposiciones generales que regiran en ca racte r de Estrategias Regionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible pa ra el area Metropolitana. Articulo 2°.- (Defin icion): Las Estrategias Regio nales de Ordenamiento Territo rial y Desa rrollo Sostenible Metropolitanas, constituyen un instrumento de caracter estructural de apl icacion en las jurisd icciones territoriales de los departamentos de Canelones, Montevideo y San Jose. Articulo 3°.- (Objeto): Tienen po r objeto la plan ifi cacion del desa rrollo integ rado y ambientalmente sustentable del area, mediante el ordenamiento territorial y la prevision de los procesos de transformacion metropolitanas. Articulo 4°.- (Vigencia): Se adopta, como horizonte temporal, el ano 2030, a fin de posibil itar el anal isis prospectivo a largo plazo y la elaboracion concertada y articulada de los dife rentes instrumentos de ordenamiento te rritorial, de escala depa rtamental y local. Articulo 5°.- (Contenido): De acuerdo a lo establecido en el articulo 12° de la Ley N° 18.308 de ·13 de junio de 2008, las Estrategias Reg ionales de Ordenamiento Territoria l y Desarrollo Sostenible Metropol itanas contienen las sigu ientes de te rminaciones: a ) Obje tivos regionales de me d iano y la rgo plazo para e l Ord enamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. b) Lineamientos de Estrategia Terri torial, contemplando la accion coordinada de! Gobierno acional, los Gobiernos Departamentales y los actores privados. c) La planificacion de servicios e infraestructuras territoriales. d) Propuestas de Desarrollo Reg io nal y Fortalecimiento Institucional. Articulo 6°.- (Objetivos de mediano y largo plazo): Se establecen los s igu ie ntes objetivos regio nales de mediano y la rgo p!a zo para el o rdenamiento te rritorial y desarrollo sostenible de! Area Metropolitana, considerando la misma, a los efectos de las presentes d isposiciones, como el te rrito rio que abarcan los departamentos de Canelo nes, Montevideo y San Jose: a) Posicionar el Area Metropolitana en el sis tema de ciudades del Cono Sur, a partir del reconocimiento de su papel destacado en la Region Litoral Sur de! te rritorio nacional y sus relaciones con los otros centros urbanos componentes del sistema de ciudades de! pafs. b) Pro mover la localizacion o rdenada de actividades productivas (agropecuarias, industriales, logisticas y turfsticas), en condiciones de compatibil idad con los otros usos de! te rritorio, potenciando las infraestructuras y equ ipam ientos instalados y asegurando la sustentabilidad ambiental. c) Propender a la integracion social, y al fortalecimiento de las centra lidades metropolitanas y loca les. Dotar las centralidades de equipamientos de uso colectivo. Planificar la realizacion de nuevos espacios pt'.1bl icos, mejora r la calidad de los existentes y la accesibilidad a los mismos. d) Adoptar medidas tendientes a consolidar, completar y densificar las areas urbanizadas. Establecer If mites a la expansion Insostenible de las mismas. Fomentar el mejor aprovechamiento de las capacidades e infraestructuras instaladas. e ) Promover la construccion de una identidad metropolitana y el reconocimiento de las d iversidades y singularidades en la conformacion urbano-territorial. f) Fortalecer la puesta en valor de los paisajes naturales y culturales relevantes. Articulo 7°.- (Lineamientos de Estrategia Territorial): Seestablecen los s iguientes lineamientos de estrategia territorial contemplando la accion coordinad a de l Gob ierno Nacional, los Gob ie rnos Departamentales y los acto res privados, pa ra los distintos suelos y localizaciones: I. Suelo categorfa rural. J.l . Suelo subcategorfa rural natural. I.2. Suelo subcategorfa rural prod uctiva. II. Local izacion de actividades y usos industriales. Diario~ N° 28.312 - septiembre 21 de 2011 ITT. Localizacion de actividades y usos logfs ticos. I. Suelo categorfa rural. Conciliar la proteccion de las areas rurales naturales y el desarrollo economico y social en las a reas rura les pro ductivas, de modo ambiental men te sustentable. J.1. Suelo subcategorfa rural natural. Consoli dar y promover la id en tifi cacion, d e limitacion y proteccion de las areas rurales naturales significativas por sus valores ecosistemicos, pa isajfs ticos e his torico-culturales, con una v ision integral de la realidad me tropolitana. En ese marco, se impulsan distintas variedades de actividades turfs ticas, desde el ecoturismo al turismo v inculado a la produccion agrfcola y actividades con fines recrea tivos, de investigacion, de divulgacion y cu lturales. Promover la exclusion de! desarrollo de las actividades mineras en el suelo subcategorfa rural natu ral. 1.2 . Suelo subcategorfa rural productiva. Consolidar y promover la identificacion, delimitacion y proteccion d e las a reas rura les productivas. Fo me ntar su uso intensivo y sustentable de acuerdo a la capacidad de los suelos. Fortalecer la dive rsidad en el uso de! suelo y las continuidades ffs ico - espaciales. Utilizar instrumentos de planificacion-gestion compartidos y promover medidas interinstitucionales con visio n regional. IT. Loca lizacion de actividades y usos industriales. Promover la loca lizacion o rdenada de activid ades y usos industriales en suelo categorfa urbana y suelo categorfa subu rbana en condi ciones ta les que no afecten e l ambie nte, en vinculacio n con la infraestructura v ial-red vial naciona l y redes prima ri as departamentales- y ferroviaria. Los ins trumentos de ordenamiento territorial departamentales de finiran zonas especifi cas pa ra la ubicacio n preferente de estas actividades. UT. Localizacion de actividades y usos log fs ticos. Pro mover la loca lizacion ordenada de activid ades y usos logfs ticos en suelo categorfa urbana y suelo categorfa suburbana, de modo integrado y com patible con otros usos y actividades, en areas vinculados al Pue rto y al Aeropuerto median te la infraestructura vial y fe rroviaria. CD's Documentos 11 Los instrumentos de o rdenamiento territo rial departamentales definiran zonas especificas pa ra la ubicacio n prefe rente de estas activ idades. Articulo 8°.- (Planificacion de servi cios e infraes tructuras te rritoriales). Se promovera: a) La definicion de criterios e indicadores pa ra la evaluacion coordinada de proyectos y obras de g randes equ ipamientos de escala metropolitana, en el marco de sus relaciones con el sistema urbano y te rritorial nacional. b) La estru cturacio n de un s is tema de es pa cios publ ico s metropolitanos, dotados de infraestructuras, equipamientos y servicios adecuados pa ra alcanza r la integracion te rritorial y la inclus ion social. c) La coordinacion e integracion de los sistemas de saneamiento en las areas urban izadas contiguas. d) La formulacion de un sistema integral de tratamiento de los residuos solidos, desde su gene racion has ta su disposicion final. e) La definicio n de una es tructura v ia l jera rqu izada para el transpo rte de cargas, vinculante entre las rutas nacionales, vfas departa menta les y los principales nodos y equipamientos. f) El desarrollo de un sis tema de transporte publico metropolitano, de caracter integral y multimodal. Articulo 9°.- (Propues tas de desarrollo regional y fortalecimiento institucional) Se promovera: a) El fortalecimiento insti tucional para propender al equilibrio de las capacidades de planificacion, gestion, evaluacion y control de las instituciones involucradas. b) La puesta en comt'.111 de protocolos y proced imientos de evaluacion de proy,ectos y programas de iniciativa pt'.1blica o privada, con impacto en el Area Metropoli tana . c) La d isponibilidad de he rramientas de in formacion geografica y bases de da tos compartidas entre las ins tituciones involucradas. Artic}llo 10•.- Comunfquese y Publfquese. JOSE MUJICA, Presidente de la Republica; GRACIELA MUSLERA. CODIGO CIVIL (Incluye Apendice Normativo) ....................................................................................................... $ 150 CONSTITUCION NACIONAL (Con enmiendas Plebiscitos 1989, 1994, 1996 y 2004) ...................................... $ 275 NORMAS ARANCELARIAS DEL MERCOSUR (Arancel Externo Comun, Decreto 642/006, Lista de Excepciones, Nomenclaturas Arancelarias y otras relacionadas. Contiene i.ndice tematico y crono16gico) .. ........................................................................................ ... $ 150 PRESUPUESTO NACIONAL (Ley NQ 17.930) .......................................................................................................... $ 140 NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO ............................................................................................................................. $ 140 DECRETO 500/991 (Actua lizado Marzo 2011) ............................................................................................................ $ 150 REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL (lncluye Apendice Normativo) ...................................... $ 150 TOCAF 1996 - TEXTO ORD EN ADO DE CONT ABILIDAD Y ADMINISTRACION FINANCIERA (Incluye Apend ice Normativo) ...................................................................................................................................... $ 140 COD IGO GENERAL DEL PROCESO (lncluye A pend ice Normativo) ................................................................. $ 150 COD IGO DE COMERCIO (Incl uye Apendice Normativo) .................................................................................... $ 150 COD IGO PENAL (Incluye Apendice Normativo) ..................................................................................................... $ 150 CODIGO TRIBUTARIO (Incluye Apend ice Normativo) ........................................................................................ $ 150 COD IGO DE LA NINEZ Y LA ADOLESCENCIA (Incluye Apendice Norma tivo) ........................................... $ 150 REGISTRO NACIONAL DE LEYES Y DECRETOS ............................................................................................... $ 150 INVESTIGACION HISTORICA SOBRE DETENIDOS DESAPARECIDOS ................................................... $ 150 www.impo.com.uy - impo@impo.com.uy

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