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乌拉圭的法律

Decreto N° 126/020 - Autorización para la divulgación de los resultados y datos obtenidos en las investigaciones científicas en el medio acuático

颁布于 2020-04-13 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
乌拉圭
主题
Fisheries and aquaculture, Water
关键词
access-to-information, data collection/reporting, research

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Decreto N° 126/020 AUTORIZACION PARA LA DIVULGACION DE LOS RESULTADOS Y DATOS OBTENIDOS EN LAS INVESTIGACIONES CIENTIFICAS EN EL MEDIO ACUATICO Promulgación: 13/04/2020 Publicación: 21/04/2020 VISTO: el Decreto N° 115/018 de 24 de abril de 2018, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 269/018 de 27 de agosto de 2018, reglamentario de la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013; RESULTANDO: que los literales k) y I) del artículo 44 y los artículos 48 y 71 del citado Decreto, establecen restricciones a la libertad para divulgar los datos obtenidos en las investigaciones científicas del medio acuático; CONSIDERANDO: I) que el artículo 47 de la Constitución de la República establece que la protección del medio ambiente es de interés general, y que el acceso al agua potable y al saneamiento constituyen derechos humanos fundamentales; II) que las disposiciones de la Ley N° 19.175 tienen su ámbito de aplicación en las actividades de pesca y acuicultura; III) que asimismo dicha norma legal establece como finalidad entre otras- el fomento de la investigación pesquera con el fin de obtener la información científica y tecnológica necesaria para conservar y promover las sustentabilidad y el uso responsable de los recursos hidrobiológicos nacionales; IV) que de acuerdo al principio de transparencia que rige a la Administración Pública y a lo establecido en el artículo 8 de la Ley N° 18.381 de 17 octubre de 2008 las excepciones al acceso a la información pública serán de interpretación estricta; V) que se estima conveniente la divulgación de los resultados y datos obtenidos en las investigaciones científicas que se realicen en el medio acuático, sin perjuicio de las disposiciones de la Ley N° 19.175 y de las competencias asignadas a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el 47 de la Constitución de la República, Ley N° 16.112 de 30 de mayo de 1990, Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y su Decreto N° 115/018 de 24 de abril de 2018 con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 269/018 de 27 de agosto de 2018 y demás normas concordantes y aplicables en la materia; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA: Artículo 1 Dispónese que los resultados de las investigaciones científicas, así como los datos globales o estadísticos obtenidos en el medio acuático podrán ser divulgados libremente, no requiriendo autorización previa de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, ni de ninguna otra dependencia del Estado. Artículo 2 Comuníquese, publíquese, etc. LACALLE POU LUIS - CARLOS MARÍA URIARTE - ERNESTO TALVI JAVIER GARCÍA - IRENE MOREIRA https://www.impo.com.uy/bases/decretos/126-2020/1 https://www.impo.com.uy/bases/decretos/126-2020/2

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