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萨尔瓦多的法律

Acuerdo Nº 316 - Instructivo para la adquisición de plantas de café a viveristas y la contratación de operaciones relacionadas

颁布于 2017-06-09 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
萨尔瓦多
主题
Cultivated plants
关键词
plant protection, plant variety, seeds/planting material, subsidy/incentive, plant production
类别
agriculture

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文本

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  1. MINISTERIO. DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SAN SALVADOR,EL SALVADOR, C. A. / ACUERDO N° 316. Sania Tecla, 9 de junio de 2017, El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Agricultura y Ganadería. CONSIDERANDO: i. Que el parque cafetalero nacional se. encuentra envejecido y afectado en la actualidad por la Roya del cafeto, principal enfermedad del cultivo, por lo cuales necesario invertir en la renovación del mismo, por ser fuente importante de empleo para la familia rural, generador de divisas para el país; y por ser un recurso eco biológico que produce oxígeno, ayuda a la captación de lluvia para mantener los mantos acufferos que proporcionan agua a la población y además permite la sostenibilidad de flora y fauna conservando la biodivcrsidad. ii. Que en fecha 11 de mayo del año dos mil diecisiete fue aprobado el Decretó Legislativo número 671 que contiene las "Disposiciones Especiaba y Transitorios Aplicables al Ministerio .de Agricultura y Ganadería para la Adquisición de Plantas de Café a Viveristas y la Contratación de los Servicios relacionados a Traslados, Resguardo. Vigilancia y Distribución de las mismas y la Exoneración del impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la prestación de Servicios en dichas Adquisiciones y Contrataciones m. Que el artículo tres del Decreto 671, establece que el Ministerio de Agricultura y Ganadería, en el ejercicio de sus facultades, deberá elaborar un instructivo que regule los. procedimientos especiales para la adquisición de las plantas y las Contrataciones én el marco del mismo decreto. POR TANTO, en uso de sus facultades legales, ACUERDA emitir el presente: INSTRUCTIVO QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LAS PLANTAS Y SERVICIOS RELACIONADOS, EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 671 QUE CONTIENE: "DISPOSICIONES ESPECIALES Y TRANSITORIAS APLICABLES AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA PARA LÁ ADQUISICIÓN DE PLANTAS DE CÀFÉ A VIVERISTAS Y LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS A TRASLADOS,. RESGUARDO, VIGILANCIA Y DISTRIBUCIÓN DE LAS MISMAS Y LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES Y A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN DICHAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES." A rt 1.- OBJETO DEL INSTRUCTIVO El presente instructivo tiene por objeto desarrollar el procedimiento especial para adquisición de plantas de café á viveristas y las contrataciones de operaciones relacionadas al traslado, resguardo, vigilancia y distribución dé las mismas, que permítan implementar el Deereto Legislativo N° 671 del 11 de mayo del '2017. A rt 2.- ALCANCE Quedan sujetos a la aplicación del presente instructivo, Ministerio de Agricultura y Ganadería y sus dependencias, los viveristas que provean de los bienes o servicios asociadas con el Decreto Legislativo 671 del 11 de mayo del 2017; así como las personas que resulten beneficiadas con la entrega de plantas de café, en el marco del mismo Decreto. Este instructivo se limita a la adquisición de plantas de café a Viveristas, y contratación de servicios relacionados a traslados, 1 de 5 resguardo, vigilancia y distribución de las mismas, A rt 3.- DEFINICIONES V SIGLAS: a, Beneficiarios: productores y productoras individuales y/o apremiados en asociaciones, cooperativas (sector reformado y tradicional) y otras que el MAG determine. b. DGSV: Dirección General de Sanidad Vegetal. c. Especificaciones técnicas de las plantas de vivero: características fenotípicas y geno típicas dé las plantas de café a adquirir, así como las variedades requeridas, tamaño y tipo de bolsa donde se estiman estarán sembradas, sustrato utilizado, lugares y cantidades de plantas donde serán entregadas, entre otros. d, ET: Especificaciones Técnicas, s. MAG: Ministerio de Agricultura y Ganadería. f. OFI: Oficina Financiera Institucional. g. Plantas de café; Se refiere a planta de vivero de café, la cual se desarrolla bajo condiciones y cuidados especiales durante un periodo de 10 a 12 meses para luego ser sembrada en campo definitivo. h. Planta sana: planta de vivero de café con follaje y raíz sin síntomas o daño por el ataque de plagas (insectos, nematodos, ácaros, malezas y hongos etc.), ¡. TDR; Términos de Referencia. j. Variedades de café; Variedad de plantas que serán sembradas, las cuales serán resistentes a la roya del cafeto y que se les conoce como "Catira ores, Sarchimores, Arabustas (Icatu e ícatu amarillo), Anacafé 14, y Pac amar a". k. Viveristas: persona o grupo de personas naturales o jurídicas que se dedican a la producción y venía de plantas de vivero de café, quienes ofrecerán el producto requerido al MAG. Art. 4.- CREACIÓN DEL COMITÉ DE COMPRAS Créase el Comité de Compras, en adelante denominado "Comité11, que tendrá por objeto ejecutar las acciones conducentes a ia optimización y racionalización de los recursos asignados a la adquisición de plantas de café y servicios relacionados. El Comité estará integrado por un representante de: a. Un representante de ia Oficina de Adquisiciones y Contrataciones deí-MAG, quien coordinará el Comité de Compras b. Un representante de la Dirección General de Sanidad Vegetal c. Un representante de CENTA-Café d. Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica del MAG e. Un especialista financiero. El Comité de Compras estará facultado para solicitar apoyo a cualquier dependencia del MAC, que estime necesario para el fiel cumplimiento de sus funciones. Los miembros que integrarán el Comité de Compras serán nombrados de manera específica en un acuerdo en el Ramo de Agricultura y Ganadería. Art. 5.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE COMPRAS El comité de compras está facultado para ejercer las siguientes funciones: i. Tramitar los requerimientos de adquisiciones y contrataciones remitidos por el Coordinador de la Cadena de Café. 2, Conformar un expediente por cada proceso de adquisición. 3, Definir los criterios de evaluación de las ofertas en las bases de compra. 4, Elaborar las bases de compra de plantas de café y/o del servicio relacionado. s. Responder las consultas hechas por los proveedores, a más tardar dos días después de haber presentado la consulta. 6. Remitir las Garantías originales presentadas por los viveristas y/o proveedores a resguardo de la O FE ?. Evaluar las ofertas presentadas, mediante un cuadro comparativo de ofertas recibidas y el resultado de los dictámenes 2 de 5 técnicos, asegurando que lo ofertado sea conforme a los requerimientos de las bases. Deberá emitirse un acta de evaluación de ofertas con la recomendación de adjudicación al Titular del MAG, debidamente firmado por los integrantes del Comité de Compras. s. Notificar ía resolución de adjudicación a ios viveristas y proveedores adjudicados. 9. Tramitar con la Oficina de Asesoría Jurídica dei MAG, el contrato respectivo, 10, Entregar los contratos a los oferentes adjudicados y una copia a cada administrador de contrato. íi. Informar a la Unidad solicitante sobre los procesos concluidos. A rt 6, -REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS VIVERISTAS Y PROVEEDORES a. Los viveristas deberán estar inscritos previamente en ía Dirección General de Sanidad Vegetal; aquellos que no estén inscritos como productores de plantas de café, podrán inscribirse cumpliendo con los requisitos de ley correspondientes. b. Presentaría oferta acompañada de los documentos que sean requeridos en las bases de compra. c. Todo viverista interesado en participar como oferente de plantas de café, deberá permitir la inspección de las plantas ofertadas y cumplir con las recomendaciones técnicas prescritas por ei personal del MAG a través de la Coordinador del Subsector Café. Caso contrario, quedará excluido del proceso de adquisición. d. Presentar diagnostico fitosamtario y agronómico (tratamiento sanitario y de fertilización aplicado a las plantas,.origen, de la variedad, información técnica de número y condiciones de plantas) avalado por el técnico asignado por la coordinación de la cadena de café en lazona.de ubicación del vivero. e. Presentar la certificación fítosanitaria otorgada por la Dirección General de Sanidad Vegetal del MAG. Los proveedores de servicios relacionados deberán cumplir con los requisitos detallados; en los literales b) y c) de este artículo y otros que determinen las bases de compra. Art. 7.- COORDINACIÓN ENTRE LA DGSV Y EL SÜBSECTOK CAFÉ El Director General de.Sanidad Vegetal y ei Coordinador del Subsector Café, se coordinarán a fin de establecer lo.s lineamientos correspondientes para asegurar que las plantas de café certificadas fitosanitariamente sean las entregadas a los beneficiarios seleccionados. Para ello, establecerán los' mecanismos necesarios para que cada administrador de contrato asegure operativamente que las plantas certificadas sean las entregadas al beneficiario. ArtS,- REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIRLOS BENEFICIARIOS Para ser beneficiario con plantas de café de variedades resistentes a la roya del cafeto (Hemileia vastatrlx), deberá, cumplir los siguientes.requisitos: a. Ser productores y productoras individuales.y/o agremiados en asociaciones, cooperativas y otras que el MAG determine. b. Estar inscrito en el Consejo Salvadoreño del. Café (poseer carnet vigente), c. Para, productores individuales: poseer un área cultivada de café desde 0.25 hasta 300 manzanas. Solicitudes arriba de la superficie establecida las autorizará el titular del Ministerio de Agricultura y Ganadería. d. Para cooperativas, asociaciones, ser parte del registro de asociaciones agropecuarias del NIAG, o ser cooperativa de la reforma agraria. e. Contar con ún plan de trabajo acordado con el técnico de la cadena de café y comprometerse a cumplirlo en su totalidad. Art, 9 - DE LA CONFORMACIÓN DEL EXPEDIENTE DE ADQUISICIÓN De todo proceso de adquisición, se deberá crear un expediente foliado, rotulado y con la asignación de un orden correlativo, que deberá contener: a. Hoja de requisición; b. Especificaciones Técnicas ó Términos de Referencia; c. Bases de compra; d. Aviso, carta de invitación u otro medio definido en las bases de compra; 3 de 5 e. Registro de interesados que retiraron bases de compra; f. Copia de la documentación a presentar por los ofertantes, según se requiera en las bases de compra; g. Copias de las Garantías entregadas (las originales serán resguardadas en la OFI); h. Diagnostico fitosanitario y agronómico, emitido por el encargado de la Cadena de cate; ¡, Certificado fitosanitario emitido por la DGSV; j. Acta de evaluación de ofertas; k. Resolución de adjudicación; i. Contrato Original con acuse de recibido por el adjudicado; m. Copia de Orden de Inicio emitida por e! administrador de contrato; n. Acta de recepción a satisfacción de los bienes o servicios emitida por el administrador de contrato y el proveedor; o. Acta de entrega de recibido de bienes o servicios por parte del beneficiario. A rt 10.- DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS CONTRATOS E3 administrador de los contratos para la ejecución del Decreto Legislativo 671 de! II de mayo del 2017, será nombrado mediante acuerdo Ministerial. La persona nombrada, será la responsable de asegurar que las plantas de café o eí servicio relacionado que se reciban, sean conformes con los requeridos. En caso de recibir un bien o servicio no conforme, será sancionado conforme a la ley laboral aplicable al caso, por incumplimiento a sus deberes, pudíendo considerarse como causal de destitución. Los administradores de contratos emitirán las instrucciones correspondientes para la facturación, incluyendo ía subsanación de cualquier dificultad con el mismo. Art. II,- INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS DE ADQUISICIÓN DE PLANTAS DE CAFÉ En caso de incumplimiento de contrato, el MAC podrá dar por extinguido el contrato y sus efectos, sin responsabilidad para la institución, de manera unilateral. Para tal efecto, el Comité de Compras requerirá a la Oficina de Asesoría Jurídica que elabore el documento correspondiente. Para los casos en los que se extinga un contrato, el Comité de Compras estará facultado para proponer al Titular la adjudicación a otro viverísta que baya participado en el mismo proceso y que cumpla los requisitos establecidos en las bases, elaborando para tal efecto la propuesta de resolución de adjudicación. A rt 12.- GESTIÓN DE PAGO DE LAS PLANTAS DE CAFÉ Y DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS Los adjudicados deberán presentarse ante el Comité y retirar la Declaración Jurada donde establezcan el número de cuenta bancariay nombre de la Financiera donde la Dirección de Tesorería del Ministerio de Hacienda le depositará el pago respectivo. El contratista entregará al administrador del contrato la factura emitida conforme a las disposiciones establecidas por la administración tributaria, las cuales serán remitidas a la Oficina Financiera Institucional (OFI) adjuntando e¡ original del Acta de Recepción a Satisfacción emitida por el Administrador del Contrato. La OFI entregará un “quedan”, siempre y cuando la documentación que respalda el trámite de pago se encuentre completa. La OFI será responsable de gestionar oportunamente ante la Dirección General de Tesorería, la solicitud de recursos para que esa Dirección haga efectivo el pago al proveedor, A rt 13.- DE LOS CASOS NO PREVISTOS, MODIFICACIÓN DEL INSTRUCTIVO, Y DE LA VIGENCIA a) CASOS NO PREVISTOS ^ Los casos no previstos en el Presente Instructivo, serán resueltos por el Titular del Ramo de Agricultura y Ganadería a propuesta del Comité. b) DE LA MODIFICACIÓN DEL INSTRUCTIVO 4 de 5 El presente instructivo, podrá modificarse en cualquier momento por el Titular del Ramo, si las condiciones así lo demandan, c) VIGENCIA El presente instructivo entrará en vigencia, a partir de la fecha de su emisión y quedará sin efecto de conformidad a la vigencia del Decreto Legislativo N° 671 del 11 de mayo del 2017. COMUNIQUESE. 5 de 5

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