Acuerdo Nº 281 - NSO 67.32.01:08 sobre parámetros oficiales del contenido de plomo, cadmio, mercurio y otros contaminantes en los productos pesqueros
颁布于 2009-03-10 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Central American Integration System (SICA)
- 国家
- 萨尔瓦多
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- food safety and quality, fish products, hygiene/sanitary procedures, toxicity/poisoning, processing/handling, inspection
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DIARIO OFICIAL Torno N" 382 ACUERDO N° 281 San Salvador, 10 de marzo de 2009 Vista la solicitud del Ingeniero CARLOS ROBERTO OCHOA CORDOVA, Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Cieneia y Tecnologia (CONACYT), relativa a que S6 apruebe la NORMA SALVADORENA OBLIGATORIA: NSO.67.32.01:08 "VALORES Y METODOS DE TOMA DE MUESTRAS PARA EL CONTROL OFICIAL DE LOS NIVELES DE PLOMO, CADMIO, MERCURIO Y ESTANO INORGANICO, Y SE FIJA EL CONTENIDO MAxIMO DE CADA UNO EN DETERMINADOS PRODUCTOS PESQUEROS (Primera Actualizaci6n)"; y CONSIDERANDO: I- Que la Junta Oirectiva de CONACYT ha adoptado la Norma antes relacionada, mediante el punta nurnero SIETE Literal "A", del Acta Nurnero SEISCIENTOS VEINTICINCO, de la Sesion celebrada el dia nueve de enero del ana en curso. II- Que de conformidad con el Articulo 2 parrato 12, del Acuerdo sobre Obstaoulos Tecnicos al Cornercio, adoptado en la Conferencia Ministerial de la Orqanizacion Mundial del Comerclc (OMC). Cuarto Periodo, Ronda de Doha, celebrada del 9 al 14 de noviembre de 2001, que S8 retiere a la "Elaboraci6n, Adopci6n y Aplicaci6n de Reglamentos Tecnicos por Instituciones del Gobiemo Centra!", los Miembros deben prever un "plazo prudencial" entre la publicacicn de los reglamentos tecnicos y su entrada en vigor, con el fin de "dar tiempo a los productores de los Miembros exportadores para adaptar sus productos 0 sus rnetodos de producci6n a las prescripciones del Miembro importador". III- Que dentro de las Decisiones y Recomendaciones adoptadas por el Comite de Obstaculos Tecnicos al Comercia de la OMC, en la Decision Ministerial del ano 2001 sabre cuestiones y preocupacianes relativas a la aphcacion del Acuerda mencionado en el Considerando anterior, indicaron que el termmo "plazo prudencial" del Parrato 12 del Articulo 2 antes referido, se entendera que significa normalmente un periodo no inferior a seis meses, "salvo cuando de ese modo no sea factible cumplir con los objetivos legitimos perseguidos". EI mismo Articulo 2 del Acuerdo, en su Parrafo 2, establece como "objetivos legitimos", entre otros: los imperatives de la seguridad nacionaf la prevenci6n de practicas que puedan inducir a error; la proteccion de la salud 0 seguridad humanas, de la vida 0 la salud animal 0 vegetal 0 del medio ambients. DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 23 de Marzo de 2009. IV· Que en nota REF. DM-019/2009, de fecha veinte de febrero del corriente ano, el senor Ministro de Agricultura y Ganaderia solicita que, debido a que esta norma regula aspectos fundamentales para la proteccion de la salud humana, S8 agilice su aprobaci6n y puesta en vigencia inmediata: pues dicha norma ya rue ajustada conforms los resultados de las consultas publicas nacionales e internacionales correspondientes, quedando adecuada a los contextos de los paises Miembros, evitando asi que S6 constituya en obstaculo tecnico al comercio. Acemas, los componentes de actualizacion de la norma respecto de las que 58 encuentran vigentes, son relevantes para adecuar la calidad de los productos a 10 requerido en los mercados internacionales, circunstancia que no solo coadyuva el imputso a las exportaciones, sino que tarnbien beneficia a nuestros consumidores, proveyendo a su vez elementos para su control y seguimiento. v- Que can base en las Consideraciones anteriores, y con fundamento en la proteccion del objetivo leqltirno de la salud humana, es necesario que la norma NSO.67.32.01 :08 "VALORES Y METODOS DE TOMA DE MUESTRAS PARA EL CONTROL OFICIAL DE LOS NIVELES DE PLOMO, CADMIO, MERCURIO Y ESTAiilo INORGANICO, Y SE FIJA EL CONTENIDO MAxiMO DE CADA UNO EN DETERMINADOS PRODUCTOS PESQUEROS (Primera Actualizaci6n)", entre en vigencia al dla siguiente de su publicaci6n en el Diana Oficial. PORTANTO: De conformidad con el Art. 36 incise tercero de la Ley dei CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGiA, as; como del Articulo 2 parrafos 2 y 12 del Acuerdo Sobre Obstaculos Tecnicos al Cornercio; este Ministerio ACUERDA: 1°) Apruebase la NORMA SALVADOREiilA OBLIGATORIA: NSO.67.32.01:08 "VALORES Y METODOS DE TOMA DE MUESTRAS PARA EL CONTROL OFICIAL DE LOS NIVELES DE PLOMO, CADMIO, MERCURIO Y ESTAiilo INORGANICO, Y SE FIJA EL CONTENIDO MAxiMO DE CADA UNO EN DETERMINADOS PRODUCTOS PESQUEROS (Primera Actualizaci6n)"; de acuerdo con 105 siguientes terminos: DIARIO OFICIAL Torno N" 382 NORMA SALVADORENA NSO 67.32.01 :08 VALORES Y METODOS DE TOMA DE MUESTRAS PARA EL CONTROL OFICIAL DE LOS NIVELES DE PLOMO, CADMIO, MERCURIO, Y ESTANO INORGANICO Y SE FIJA EL CONTENIDO MAxIMO DE CADA UNO EN DETERMINADOS PRODUCTOS PESQUEROS. Primera actualizacien. CORRESPONDENCIA: Esta norma es una adopcion de los Reglamentos de la Union Europea 1881/2006/ CE Y Reglamento (CE) 333! 2007. ICS 67.120.30 Editada porelConsejo Nacional deCiencia y Tecoologia, CONACYT, Colonia Medica, Avenida Dr. Emilio Alvarez, Rodriguez Pacas, y Pasaje Dr. Guillermo Rodriguez Pacas # 51, San Salvador, El Salvador, Centro America. Tel: 2226 2800, 22256222; Fax. 2225 6255; e-mail: infoq@conacyt.gob,sv. Derechos reservados DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 23 de Marzo de 2009. INFOR~IE Los Comites Tecnicos de Normalizacion del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, CONACYT, son los organismos encargados de realizar el cstudio de las normas. Estan integrados por representantes de la Empresa Privada, Gobiemo, Organismos de Proteccion al Consumidor y Academico Universitario. Con el fin de garannzar un consenso nacional e intemacional, los proyectos elaborados por los Comites se someten a un periodo de consulta publica durante el eual puede formular observaciones cualquier persona. El estudio elaborado fue aprobado como NSO 67.32.01 :08 VALORES Y METODOS DE TOM A DE MUESTRAS PARA EL CONTROL OFICIAL DE LOS NIVELES DE PLOMO, CADMJO, MERCURIO, Y ESTANO INORGANICO Y SE FIJA EL CONTENIDO MAxIMO DE CADA UNO EN DETERMINADOS PRODUCTOS PESQUEROS. Primera actualizacion por el Comite Tecnico N° 32, La oficializacion conlleva la ratificacion por Junta Directiva de CONACYT y el Acuerdo Ejecutivo del Ministerio de Economia. La oficializacion conlleva la ratificacion par Junta Directiva y el Acuerdo Ejecutivo del Ministerio de Economia. Esta norma esta sujeta a permanente revision con el objeto de que responda en todo mornento a las necesidades y exigencias de la tecnica moderna. Las solicitudes fundadas para su revision rnereceran la mayor atencion del Organismo del Consejo: Departamento de Normalizacion, Metrologia y Certificacion de la Calidad. MIEMBROS PARTlClPANTES DEL COMITE 32 Luis Enrique Parada Zobeyda Valenciade Toledo Gloria A. Montoya Marcela Fuentes Guillen Saul Ovidio Gonzalez Celia Alfaro de Hidalgo Ricardo Harrison Parker Direccion General de Sanidad Vegetal y Animal. Ministerio de Agricultura y Ganaderia PESQUERA DE SUR S.A de C.V. CALVO CONSERVAS EL SALVADOR Defensorfa del Consumidor Facultad de Ciencias Agronornicas Universidad de El Salvador Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social CONACYT DIARIO OFICIAL Torno N" 382 NORMA SALVADORENA I. OBJETO NSO 67.32.01:08 Esta nonna tiene por objeto establecer los parametres oficiales del courenido de plomo. cadmio. mercuric y otros contaminantes como Dioxinas y PCBs y Benzo(a)pireno en los productos pesqueros frescos y estafio inorganico en productos en conserva, y el muestreo de acuerdo con las nonnas indicadas a continuacion. Las muestras globales asi obtenidas se consideraran representatives de los lotes 0 sublotes. 2. CAMPO DE APLICACION Esta nonna aplica a todos los productos pesqueros incluyendo los productos pesqueros en ccnserva que se procesen, comercialicen, importen, exporten y donaciones hechas al pais. 3. DEFINICIONES 3.1 Congelaciea : metoda deconservacion fisico que seefectua parmedia de equipo especial para lograr una reduccion de la temperatura de los productos objeto de esta Norma en su centro termico a maximo menos 18°C (255 OK), reduciendo los cambios enzimaticos microbiologicos. 3.2 Limite maximo: concentraci6n permitida de aditivos. microorganisrnos, parasites, materia extrana, plaguicidas, biotoxinas, residuos de medicamentos. metales pesados y metaloides en un alimento, bebida 0 materia prima 3.3 Lote: cantidad identificable de alimento entregada en una misma vez y de la que el tecnico declara que posee caracteristicas comunes, tales como origen, variedad, tipo de embalaje, envasador, expedidor a etiquetado. En el easo del pescado, tambien debera ser comparable el tamarto del mismo. 3.4 Muestra: numero total de unidades de producto provenientes de un lote que representan las caractertsticas y condiciones del mismo. 3.5 Muestra elemental: cantidad de material tomado de un unico lugar dellote 0 sublote. 3.6 Muestra global: el total combinado de todas las muestras elementales tomadas dellote 0 sublote. Las muestras globales se consideraran representativas de los lotes 0 sublotes de los que se obtengan. 3.7 Muestra de laboratorio: muestra destinada allaboratorio. 3.8 Pescado congelado: producto alimenticio de especies comestibles, sometido a lirnpieza. eviscerado 0 no, que se conserva a temperatura de congelacion. 3.9 Proceso: conjunto de actividades relatives a la obtencion, elaboracion, fabricacion, preparacion, conservacion, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulacion, transpcrte, distribucion, almacenamiento y expendio 0 suministro al publico de productos. DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 23 de Marzo de 2009. NORMASALVADORENA NSO 67.32.01:08 3.10 Pescado en conserva: es el producto elaborado con 1a came de cualquier especie de pescado (salvo los pescados en conserva regulados por otras Donnas del Codex para productos). Dicho producto debera ser apto para el consumo humano y podra ser una combinacion de especies del mismo genero con propiedades sensoriales simi lares. Se presentaran en envases hermeticamente cerradosy deberanhabersidoobjetode unaelaboracionsuficienteque asegure su esterilidad al momenta de SIl comercializacion. 3.11 Refrfgeraclen: metoda de conservacion fisica con el cual se mantiene 1a temperatura intema de un producto a maximo 4 °C (277 grados Kelvin). 3.12 Sublote: parte de un lote mas grande designada para aplicar sobre ella el metoda de toma de muestras. Cada sublote debe estar separado fisicamente y ser identificable. 4. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 PERSONAL La toma de muestras debe ser efectuada par una persona calificada, en este caso, el inspector oficial de la autoridad competente. 4.2 PRODVCTO OBJETO DE MVESTREO Todo lote 0 sublote para analizar sera objeto de un muestreo separado. 4.3 PRECAVCIONES Durante el muestreo y la preparaci6n de las muestras de laboratorio, deben tomarse precauciones can el fin de evitar toda alteraci6n que pueda modificar el contenido de plomo, cadmio, mercurio, y estafio inorganico 0 afectar a los analisis 0 a la representatividad de la muestra global. 4.4 MVESTRAS ELEMENTALES En la medida de 10 posible, las muestras elementales se toman en distintos puntos del lote 0 sublate. 4.5 PREPARACION DE LAS MVESTRAS La muestra global se obtiene por mezcla de todas las muestras elementales. Debe pesar al menos \.0 kg. Cuando no sea posible, se toma la muestra de un envase. DIARIO OFICIAL Torno N" 382 NORMASALVADORENA 4.6 SUBDIVISION DE LA LABORATORIO CON FINES ARBITRAJE NSO 67.32.01:08 MUESTRA GLOBAL DE MUESTRAS DEL SANCIONADORES, COMERCIALES 0 DE Las muestras tomadas con eventuales efectos sancionadores, comerciales 0 de arbitraje se toman de la muestra global homogeneizada. El tamafio de las muestras de laboratorio susceptibles de servir a efectos sancionadores sera suficiente para que puedan hacerse al menos dos analisis. 4.7 ACONDICIONAMIENTO Y ENVIO DE LAS MUESTRAS GLOBALES Y DE LABORATORIO Cada muestra global y cada muestra de laboratorio debe colocarse en un recipiente Iimpio, de material inerte, que ofrezca proteccion adecuada contra todo factor de contaminacion contra la perdida de analitos por adsorci6n a la pared intema del contenedor y contra todo dafio que pudiera ocasionar el transporte. Han de tomarse tambien todas las precauciones necesarias para evitar cualquier modificacion de la composicion de las muestras global y de laboratorio que pudiera ocurrir durante el transporte 0 el almacenamiento. La temperatura especifica para transporte de las muestras al laboratorio sera de menos 3 () C y para el almacenamiento de las muestras en congeladores a menos 18 () C. 4.8 CIERRE DE LA MUESTRA GLOBAL Y ETiQUETADO Cada muestra tomada para usa oficial se debe sellar en ellugar del muestreo y se identificara. Para cada toma de muestras, se debe elaborar un acta de muestreo que pennita identificar sin ambigiledad el lote muestreado, e indicar la fecha y el lugar del muestreo, asi como toda infonnaci6n adicional que pueda ser util al analista. 5. PLANES DE MUESTREO La toma de muestras debe realizarse en el punta en el que el producto entre en la cadena de producci6n y pueda identificarse un late. EI metoda de muestreo que se utilice debe garantizar que la muestra conjunta sea representativa dellote que vaya a controlarse. La muestra global sera de al menos I kg, salvo cuando no sea posible, como ocurre por ejemplo cuando la muestra se compone de un envase 0 una unidad 5.1 NUMERO DE MUESTRAS ELEMENTALES En el casu de productos Iiquidos para los que puede suponerse una distribucion homogenea del contaminante en cuestion en un lote dado, basta tomar una muestra elemental par lote que forme la muestra global. Debe indicarse el numero de lote. Los productos lfquidos que contengan proteina vegetal hidrolizada (HVP) 0 salsa de soya liquida, se deben agirar u homogeneizar por otros medics adecuados, antes de tomar la muestra elemental. DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 23 de Marzo de 2009. NORMASALVADORENA NSO 67.32.01:08 Para otros productos, el numero minima de muestras elementales que deben tomarse debe ser el indicado en 1aTabla l . Las muestras elementales deben tener un peso similar. Toda excepci6n a este numeral debe ser documentado como 10 estipula el numeral 4.8 de esta norma. Tabla 1. Numern minima de muestras elementates cue deben tomarse del late 0 sub Peso del lote Numero minima de muestras (kg) elementales que deben tomarse <50 3 50 a 500 5 >500 10 tote. Tabla 2 Subdivision de los lotes en sublotes. . Peso del lote Peso de los sublotes o numero de (en toneladas) sublotes >15 15 - 30 toneladas <15 Si ellote esta formado por envases individuales, el numero de envases que han de tomarse para formar la muestra global se indica en la Tabla 3. ar una muestra global si ellote esta formado por envases individ Numero de enveses 0 Numerc de envases 0 unidades unidades del lote oue deben tomarse I a 25 I envase 0 unidad 26 a 100 Un 5% un minimo de 2 envases 0 unidades >100 Un 5% como maximo 10 envases 0 unidades Tabla 3. Numero de envases (muestras elementales) que deben tomarse para form uales. NOla I: Los niveles maximos de estafto inorgenico se aplican a los contenidos de cede lata, perc, por manes practices es necesario utilizar muestras globales Si el resultado de la prueba realizada sobre una muestra global de laras fuere inferior, aunque cercano al nivel maximo de estaao inorganico y se sospechara que las lares individuales podrian superar el nivel maximo sera necesario llevar a cabo investigaciones complernentarias. 6. CONFORMlDAD DEL LOTE 0 DEL SUBLOTE CON LA ESPECIFICACION EI laboratorio de control debe analizar la muestra de laboratorio destinada a medidas sancionadoras al menos en dos analisis, y calculara la media de los resultados. Ellote 0 sublote se aceptara si el resultado analttico de la muestra de laboratorio no supera el nivel maximo establecido en esta norma. Ellote 0 sublote se rechazara si el resultado analitico de la muestra de laboratorio supera el nivel maximo respectivo. DIARIO OFICIAL Torno N" 382 NORMASALVADORENA NSO 67.32.01:08 7. CONSECUENCIAS PARA LA SALUD HUMANA DERIVADAS DE LA ACUMULACION DE LOS METALES CADMIO, PLOMO. MERCURIO Y ESTANO INORGANICO. 7.1 Cadmio Puede acumularse en el cuerpo humano y provocar afecciones renales, alteraciones oseas y fallos del aparato reproductor. No puede descartarse que actue como carcinogeno. 7.2 Plomo La absorcion de plomo puede constituir un grave riesgo para la salud publica. E1 plomo puede provocar un retraso del desarrollo mental e intelectual de los nines y causar hipertension y enfermedades cardiovasculares en los adultos. En los ultimos diez aiios, los contenidos de plomo de los productos alimenticios se redujeron sensiblemente porque aument6 la sensibilizacicn ante el problema sanitaria que puede presentar el plomo. 7.3 Mercurio EI mercurio puede provocar alteraciones del desarrollo normal del cerebro de los lactantes ya nlveles mas elevados, puede causar modificaciones neurologicas en losadultos. EI mercurio contamina principalmente el pescado y los productos de la pesca. 7.4 Estafio Inorganico Los compuestos inorganicos del estano pueden producir dolores de estomago, anemia, y problemas del higado y los rinones. A continuacion se presentan los limites maximos permitidos de los metales anteriormente mencionados. 'I'd dT bl 4 C t lda a . on em o maximo perrm I 0 e mercuric Producto Contenido maximo (me fresco f k. neso) 1- Productos de la pesca excepto los contemolados en el incise 2 0,5 2- ANGUILA (Anguila spp) ATUN (Thunnus spp, Euthvnnus species, Katsuwonus pelamis) BACORETA (Euthynnus spp) BONITO (Sarda, sarda) 1,0 BESUGO 0 ALiGOTE (Pagellus spp) CONGRIO (Cvnooonticus ~D) DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 23 de Marzo de 2009. NORMA SALVADORENA ESCOLAR NEGRO 0 SIERRA (Lepidocybium Flavobrunneum. Ruvettus preuosus, Gempylus serpens) ESPADILLA (Lepidopus coudatus. Aphanopus carbo) ESTURION (Acipenser spp) FLETAN (Hipoglossus hipuglossus) GALLINETA NORDICA (Sebastes marinus, S mentetta. S. viviparus) GALL (Lepidorhombus spp) GRANADERO (Coryphaenoides ruprestis) LUCIO (Esox lucius) MAHI MAHI, DORADO (Coryphaena hippurus ) MARLIN (Makaira spp) MARUCA AZUL (Malva dipterygiav MERO (Dicentrarchus labrax ) MOLLERA (Tricopterus minutes) PAILONA (Centroscymus coetotepis) PERRO DEL NORTE (Anarhichas lupus) PEZ ESPADA (Xiphias g/adius) PEZ VELA (Isiiophrous platypterus) RAPE (Lophius spp ) RAYA (Raja spp ) SALMONETE (Mullus spp) TASARTE (Arcynopsis unicolor) TIBURON (todas las esoecies) NSO 67.32.01 :08 Tabla 5. Contenido maximo oermitido de olomo I Contenido maximo Producto (mg/kg peso fresco) , Came ) de pescado de peces vivos, pescado , I fresco 0 refrigerado, con exclusion, de cames picadas frescas, filetes congelados y refrigerados. Preparaciones y conservas de 0.3 pescado; caviar y sus sucedaneos preparados con huevas. CARNE I) DE ACEDIA(Dicologoglossa cuenata) AN GUlLA (Anguilla anguillla) ATUN (Thunnus spp, Euthynnus species, Katsuwonus oelamis ) DIARIO OFICIAL Torno N" 382 NORMASALVADORENA NSO 67.32.01:08 BACORETA (Euthynus spp) BAlLA (Dicentrachus punctatus) 0.3 BONITO (Sarda sarda) CONGRIO (Cynoponticus sp) JUREL (Trachurus trachurus) LISA (Mugillabrosus /abrosus) I MAHI MAHI. DORADO (Coryphaeno ,, hippurus) MOJARRA (Diplodus vulgaris) RONCADOR (Pamadasys benneti) SARDINA (Sardina pichardus. Opisthonema sp. ) SARDINOPS (Sardinops spp) Crustaceos, excluida la came oscura del cangrejo, asi como la cabeza y el torax de la 0,5 langosta y de crustaceos simi lares de gran tamafio. Moluscos bivalves 1.5 Cefaiopodos (sin vise eras) 1,0 I) Si el pez esta destinado a ser consumido entero, el contenido se aplicara a1 pez entero. 6CTabla . ontenido maximo nermitldo de cadmio Producto Contenido maximo (m.1 ka neso frescol Came ) de pescado de peces vivos, pescado fresco o refrigerado, con exclusion de carnes picadas fresea, filetes congelados 0 refrigerados. Preparaciones y conservas de pescado; caviar y 0,05 , sus sucedaneos preparados con huevas de pescado. CARNE I) DE ACEDIA (Dicologoglossa cuenata) ANGUILA (Anguilla anguilla) ATUN (Thunnus spp- Euthynnus species. Katsuwonus pe/amis ) BACORETA (Euthynus spp) BAlLA (Dicentrachus punctatus) 0, I BONITO (Sardo sardav CONGRIO (Cynoponticus sp) JUREL (Trachurus trachuruss LISA (Mugillabrosus labrosus) MAHI MAHI, DORADO (Coryphaena hippurus ) MOJARRA (Diplodus vulgaris) RONCADOR (Pomadasys benneti) DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 23 de Marzo de 2009. NSO 673201'08 SI el pez esta destinadc a ser consurmdo entero, el contenido se aplicara at pez entero. , , . SARDINA (Sardina pichardus, Opisthonema sp, ) SARDINOPS (Sardinoos stmv Carne de pez espada 0,30 Crustaceos, excluida la carne oscura del cangrejo, 0,5asi como la came de la cabeza y el torax del bogavante U otros grandes crustaceos simi lares (Nephropidae v Palinuridaev Moluscos bivalvos 1,0 Cefalopodos (Sin visceras) I,D ,, NORMASALVADORENA Tabla 7. Contenido maximo permitido de estaiio inorganlco {El limite aoltca tmlcamente a oroductos de fa nesca en conserval Producto Contenido maximo (mol kg ) Productos de la pesca en conserva. 200 Otros contaminantes como Dioxinas y PCBs (Ver Anexo Nonnativo A) en came de pescado y productos de la pesca y productos derivados ,excluidas las anguilas'"'", el contenido maximo se aplica a los crustaceos. excluida la came oscura del cangrejo, asi como la cabeza y el torax de la langosta y de crustaceos simi lares de gran tarnano (Nephropidae y Palinuridae). siendo los contenidos maximos pennitidos los siguientes: la suma de dioxinas (EQT PCDD/F-OMS) sera de 4,0 pglg peso fresco y en suma de dioxinas PCBs similares a las dioxinas (EQT PCDD/F- PCB OMS) sera de 8,0 pg/g peso y respecto a came de anguila (Anguilla anguilla) y productos derivados el contenido maximo permitido sera: la suma de dioxinas (EQT PCDD/F-OMS) sera de 4,0 pglg peso fresco y en suma de dioxinas y PCBs simi lares a las dioxinas (EQT PCDD/F~ PCB OMS) sera de 12,0 pg/g peso. 21 Si e! pez esta destinado a ser consutnidc entero, el conlenido se aplicara al pez entero. 11 Productos a!imenticios enumerados en esra categona tal como se definen en las categorias a), b), c). e) y f) de la lista del articulo I del Reglamento (CE) no 10412000.excluidc el higado de pescado contemplado en el codigo NC 0302 70 00. Para Benzo(a)pireno (4) se establecen los contenidos maximos siguientes: Para came de pescado ahumado y productos pesqueros ahumados {5116\ excluidos los moluscos bivalvos. El contenido maximo se aplica a los crustaceos ahumados, excluida la carne oscura de cangrejo, asi como la cabeza y el tcrax de la langosta y de crustaceos similares de gran tamafio (Nephropidae y Palinurida)e, sera de 5,0 ug/kg peso fresco; para carne de pescado no ahumada sera de 2,0 pg/kg.; para crustaceos y cefa16podos, no ahumados. EI contenido maximo se aplica a los crustaceos , excluida la came oscura de cangrejo, asi como la cabeza y el torax de la langosta y de crustaceos simi lares de gran tamaftc (Nephropidae y Palinuridae). sera de 5,0 ug/kg peso fresco; y para moluscos bivalves, sera de 10,0 ug/kg peso fresco. 141 El benzotajpirenc. en relaci6n con el cual se recogen en una lista los contenidcs maximos, se utiliza como marcador de la presencia y el efecto de hidrocarburos aromancos polictciicos cancerigenos. por tanto, estas medidas preven una plena armoruzacion en relaci6n con los hidrocarburos aromaticos policiclicos en los alimentos enumerados en todos los Estados miembros, DIARIO OFICIAL Torno N" 382 NORMASALVADORENA NSO 67.32,01:08 5) Si el pez esta destinado a ser consumido enrero, el conlenido se aplicara al pcz entero. ~I Productos ahmenticios enumerados en esta caregona tal como se definen en las categorias a), b]. c). e) y f) de la Iista del articulo 1 del Reglamento (CE) no 104/2000, excluidc el higado de pcscado contcmplado en cl codigc NC 0302 70 00. 8, METODOS DE ANALISIS Y ENSAYO Reglamento (Cfi) N° 333/2007, en el cual se establecen los metodos de muestreo y analisis para el control oficial de los niveles de plomo, cadmio, mercurio, estano inorganico, 3-MCPD y benzo(a)pireno en los productos alimenticios y Reglameoto (CE) N° 882/2004 y metodos de analisis establecidos par el Codex Alimentarius. 9. VIGILANCIA Y VERIFICACION La vigilancia y verificacion de esta nonna corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganaderia, a1 Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social referente a los productos pesqueros en conserva, y a la Defensoria del Consumidor en 10 referente al etiquetado. ANEXO NORMATIVO A Dioxinas [suma de policlorodibcnzo-para-dioxinas (PCDD) y policlorodibenzofuranos (PCDF), expresada en equivalentcs tcxicos de la Organizaeion Mundial de la Salud {OMS}, utilizando los factures de equivalencia de toxicidad de la mi,ma organizacion (FET-OMS)]. y suma de dioxinas y PCB similares a las dioxinas [sume de PCDD, PCDF Y PCB, expresada en equivalentes toxicos de la OMS, uulizando los factores de equivalencia de toxicidad de la misma organizacion (FET-OMS)]. FET fijados por la OMS a fines de la evaluacion del ricsgo para la salud humana, basados en las conclusiones de la reunion de la OMS cclebrada en Estocojmo (Suecia) del 15 al 18 dejunio de 1997 [Van den Berg y otros: «Pactores de equivarcnc.a tcxica (FET) para los PCB, peDD y PCDF en seres humanos y animales». Environmell/al Healt}, Perspectives, 106 (12),775, 1998]. Congenere Valor FET Conaenere Valor FET Dibenzo-p-dioxinas PCB similares a la i dioxinas: PCB no-orto + PCB mono-orto 2,3,7.8·TCDD I PCB no-orto 1,2,3,7.8-PeCDD I PCB 77 0,0001 1,2,3.4,7,8-HxCDD 0.1 PCB 81 0.0001 1,2,3.6,7,8-HxCDD 0.1 PCB 126 0.1 1,2,3,7,8,9-HxCDD 0.1 PCB 169 0.01 1,2,3,4,6,7.8·HoCDD 0.01 OCDD 0,0001 Dibenzofuranos (PCDF PCB mono-orto 2,3,7.8-TCDF 0,1 PCB 105 0.0001 1.2.3,7,8·PeCDF 0,05 PCB 114 0.0005 2,3,4,7,8-PeCDF 0,5 PCB 118 0.0001 1,2,3,4,7.8-HxCDF 0, I PCB 123 0,0001 1.2.3,6.7.8-HxCDF 0,1 PCB 156 0,0005 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 23 de Marzo de 2009. NSO 67 32 01 08. . : 1,2,3,7,8,9-HxCDF 0, I PCB 157 0,0005 2,3,4,6,7,8-HxCDF 0, I PCB 167 0,00001 1,2,3,4,6,7,8-HnCDF 0,01 PCB 189 0,0001 1,2,3,4,7,8,9-HnCDF 0,01 DCDF 0,0001 NORMASALVADORENA Abreviaturas utilizadas: T- tetra; Pe- penta; Hxehexa; Hp- nepua; 0= acta; CDD- clcrcdibenzodroxma; CDF clorodibenzoforano; CB=clorobifenilo. ..FIN DE NORMA.. 2°) EI presente Acuerdo entrara en vigencia el dia siguiente al de su publicaclon en el Diario Oflcial. COMUNIQUESE. RICARDO ESMAHAN, MINISTRO """'...",,.....,,".........