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萨尔瓦多的法律

Acuerdo Nº 127 - Modifica el Acuerdo Nº 39, Categorización de actividades, obras o proyectos según la Ley del Medio Ambiente

颁布于 2007-11-26 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Central American Integration System (SICA)
国家
萨尔瓦多
主题
Environment, Sea, Water, Wild species and ecosystems, Waste and hazardous substances
关键词
environmental impact assessment (EIA), classification/declassification, environmental planning, pollution control, soil pollution/quality, marine pollution, hazards, legal proceedings/administrative proceedings, ecosystem conservation, institution, concession, environmental audit, environmental standards, waste disposal, waste prevention, waste management, energy conservation/energy production, biosphere reserves, monitoring, inspection, protected area, policy/planning, standards, protection of environment, governance, freshwater pollution, biodiversity, protection of habitats, offences/penalties

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  1. DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B MINISTER/0 DE MED/0 AMBIENTE Y RECURSOS NA TURALES RAMO DE MED/0 AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ACUERDO N° 127 San Salvador, veintis!:is de noviembre de dos mil siele. EL ORGANO EJECUTJVO EN EL RAMO DE MEDIO AMBJENTE V RECURSOS NATURALES, CONSIDERANDO: I. Que con fccha vcintiscis de abril dcl aiio dos mil sictc, sc cmiti6 cl Acucrdo Ne 39, quc conticnc cl documcnto de Catcgorizaci6n de Actividadcs. Obras o Proycctos scglm la Ley dcl Mcdio Ambicntc, publicado en cl Diario Oficial N"' 83, Tomo N"' 375, de fccha nucvc de mayo dcl prcscntc aiio, vigcntc dcsdc cl nucvc de mayo dcl prcscntc aiio. II. Que <lesde la vigencia y aplicaci0n dd mencionado Acm:rdo, se ban delenninado aspeclos Lt\cni(.:os que necesitan adararse, im.:orporan;e y modificarse y que estaban induidos en las dislintas actividades, obras o proyectos que ha~ta el monu:nto se han categorizado, por lo 4ue se vuelve imprescindible modificar el Acuerdo N° 39, de fecha veintiseis de abril del afio dos mil siete. POR TANTO: con base a los considerandos anteriores, a la competencia del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Art. 67 de] Reglamento lnterno del Organo Ejecutivo, ACUERDA: Art. 1.- Modificar el Acuenlo N° 39. que contiene el documento de Categorizaci6n de Actividades, Obras o Proyel'los segl.ln la Ley de! Medio Ambienle, publicado en el Diario Oficial N° 83, Tomo N° 375, de fecha nueve de mayo de! presenle afio, segl.ln lo establecido en el anexo de! presenle Acuerdo. Art. 2.- El documento de Categorizacl6n de Actividades, Obras o Proyectos seglln la Ley del Media Ambiente, publicado en el Oiario Oficial N° 83, Torno N° 375, de fecha nue\"e de mayo del presente ai'io. se mantiene integro en lo que no contravenga al presente Acuerdo. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Art. 3.- La aplicaci6n de este Acuerdo no exime al titular de las actividades, obras o proyectos a cumplir con los preceptos legales contenidos en el Reglamento General de la Ley de! Media Ambiente y los Reglamentos Especiales que sean competencia de aplicaci6n del Ministerio de Media Ambiente y Recursos Naturales. Art 4.- Los Formularios Ambientales que hubiesen ingresado a esta Secretaria de Estado a partir de la vigencia del mencionado Acuerdo N° 39 de fecha nueve de mayo de] presente ai'io, se continuanin evaluando ambientalmente y se resolvedn seglm los criterios tecnicos contenidos en el mismo Acuerdo ya referido. Art. 5.- Si producto de la evaluaci6n ambiental de! Formulario AmbientaL conforme a lo establecido en el articulo anterior, se hubiese requerido al titular de la actividad. obra o proyecto la elaboraciOn de un Estudio de lmpacto AmbientaL este se continuar.i evaluando ambientalmente y se resolveni segUn los criterios t6cnicos contenidos en el Acuerdo N° 39 de fecha nueve de mayo del presente afio. Art. 6.- El presente Acuerdo entrar.i en vigencia a partir de[ dia de su publicaciOn en el Diario Oficial. COMUNiQUESE.- EL MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES. ING. CARLOS JOSE GUERRERO CONTRERAS. DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B ACUERDO No. 39: "Categorizaci0n de actividades, obras o proyectos'' Art. 1.- Sustitllyase el p.irrafo uno del inciso octavo de! Romano IV, (P.igina 34 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007), de la siguiente manera: ■ El establecimiento de los taludes de corte, debefan ten er una relaci6n de pendiente de lH: 1 V (45°) Art. 2.- Sustitllyase el p3.rrafo cuatro de! Romano IV, (P<lgina 34 del Diario Oficial N° 83, Tomo N° 375 de] 09 de mayo de] 2007) de la siguiente manera: ■ Abastecimiento de agua para consumo hurnano con conexi6n a un sistema existente. Deber8.n de disponer de abastecimiento de agua para consumo humano mediante conexi6n a un sistema existente. De no ser factible lo anterior, debed proyectar el suministro de agua par media de un sistema independiente, debiendo presentar la constancia de no afectaci6n a las fuentes de agua, emitida por la autoridad competente y la informaci6n relativa al aforo de la fuente de agua a utilizar (si existe el pozo, rio o manantial a utilizar), si no existe, debera demostrar a traves de los estudios correspondientes la disponibilidad y calidad de] recurso hidrico. Art.3.- Modificase los numerales 6 y 8 del Grupo A: Actividades, obras o proyectos de cafacter urbano y similares, (Pagina 38 del Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007) de la siguiente manera: Grupo A: Actividades, obras o proyectos de canicter urbano y similar Construcciones de proyectos horizontales, verticales o una combinaci6n de ambos, siernpre que no comprendan mas de un nivel en s6tano, en areas urbanas, con fines: habitacionales, educativos, religiosos, comerciales y de servicio, excepto las dedicadas al almacenamiento y comercializaci0n de combustibles, las que impliquen procesos 6. industriales o procesos peligrosos o de peligro; en predios con superficie no mayor de 7,000 m2, que cuenten con factibilidad de conexi6n a sistemas existentes para los servicios de agua potable domiciliar, aguas residuales de tipo ordinario, recolecci6n municipal de desechos s61idos; siempre y cuando no se localicen en areas fr8.giles, zonas de alto riesgo y no afecte o modifique zonas de protecci6n de drenajes naturales. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Grupo A: Actividades, obras o proyectos de car.icter urbano y similar Torres, antenas y pastes de telefonia y de radio comunicaci6n, redes de distribuci6n electricas secundarias con transformadores de 50kva en vias existentes, vallas y 8. pasarelas, siempre que nose localicen en ireas frigiles (ireas naturales protegidas, zonas de amortiguamiento y humedales), sitios de riesgo, centros hist6ricos y no requiera la apertura de calle de acceso para su instalaci6n. Art. 4.- Adici6nese el numeral 10 de\ Grupo A: Actividades, obras o proyectos de agua y saneamiento, (Pagina 39 de\ Diario Oficial N" 83, Torno N" 375 de\ 09 de mayo de\ 2007) de la siguiente manera: Grupo A: Actividades, obras o proyectos de agua y saneamiento Trabajos de ernergencia y mitigaci6n: Reparaci6n de taludes, de tanques, bocatornas, lineas de impelencia y colectores colapsados, previa declaraci6n de emergencia por parte de! ente 10. competente, considerando que de no ejecutarse las mismas, podrian repercutir en peligro el desabastecimiento de agua a poblaciones enteras, contaminaci6n y enfennedades por fugas de aguas negras, accidentes vial es, deslaves u otras consecuencias graves a la infraestructura y a(m mis, a vidas humanas. Art. 5.- Adici6nese los numerales 12, 13 y 14 de\ Grupo A: Actividades, obras o proyectos de comercio, bienes y servicios, (Pagina 40 de\ Diario Oficial N" 83. Torno N° 375 de\ 09 de mayo de\ 2007) de la siguiente manera: Grupo A: Actividades, obras o proyectos de comercio de bienes y servicios T anques de almacenamiento temporal de combustible diesel, sin fines comerciales, en planteles o campamentos que cuenten con Penniso Ambiental, cuya capacidad de tanque no 12. supere los 5,000.00 litros, que posea doble pared, sistema de control de derrame (bermas de protecci6n, trampa de grasa, entre otros) y con suelos impenneabilizados. Ademis deberi contar con un sistema de prevenci6n de incendios. Esta actividad esti referida al almacenamiento no comercial. DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Grupo A: Actividades, obras o proyectos de comercio de bienes y servicios Cambio de tanques de almacenamiento de combustible (gasolina o diesel) en instalaciones comerciales que cuenten con Penniso Ambiental, siempre que la sustituci6n a realizar sea 13. por otro tanque de la misma capacidad y con mejor tecnologia para evitar fugas y/o derrames de combustible. Debera contar con suelos impermeabilizados y cumplir con las disposiciones establecidas en el Penniso Ambiental emitido. Sustituci6n de dispensadores de gasolina o diesel, en instalaciones comerciales que cuenten 14. con Permiso Ambiental. par equipo de mejor tecnologfa para la prevenci6n de fugas, derrames o emisiones. Art. 6.- Adici6nese el numeral I de! Grupo A: Actividades, obras o proyectos para la disposici0n final de materiales de desechos petreos y organicos. (Final Pigina 39 del Diario Oficial N° 83. Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007) de la siguiente manera: Grupo A: Actividades, obras o proyectos para la disposicion final de materiales de desechos petreos y org3nicos I. Disposici0n de material de desechos petreos y orgallicos en sitios autorizados por este Ministerio. Art. 7- Adicicinense los numerales 16 y 17 de! literal B. que se refiere a la Categorizaci6n de actividades, obras o proyectos especificos, (Pigina 48 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007) de la siguiente manera: 16. Almacenamiento de Gasolinas 17. Disposicion Final de material de desechos petreos y org:inicos Art. 8.- Sustituyase la Categorizaci0n de actividades, obras o proyectos de Lotificacicin/Parcelacicin. de la siguiente manera: (Pagina 49-61 del Diario Oficial N° 83. Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007) DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. 1.- Categorizacion de actividades, obras o proyectos de Lotificacion/Parcelacion Habitacional En el marco de este documento se entended por Lotificaci0n/Parcelaci6n habitacional, el fraccionamiento de un terreno rural o suburbano en parcelas de un area menor, que incluyen la apertura de vias de circulaci6n intema, la dotaci6n de infraestructura y de servicios pllblicos bisicos con el prop6sito de desarrollar proyectos habitacionales. Se define por terreno rural aquellas 3.reas destinadas a usos agricolas, ganaderos, forestales y en general de uso sostenido de los recursos naturales existentes, y como terrenos suburbanos, las ireas <lei suelo rnral que pueden tener alglln desanollo urbanistico. Aspectos importantes que se deben considerar en la planificaci6n de este tipo de proyectos, son la protecci6n de areas fragiles o de interes ambiental. La Ley de! Media Ambiente, define coma Area Fn\.gil la zona costera-marina ambientalmente degradada, areas silvestres protegidas y zonas de amortiguamiento, zonas de recarga acuifera y pendientes de mas de treinta grados, asi como otras que por ley se hayan decretado como tales, coma las areas naturales protegidas, las cuales son partes de! territorio nacional legalmente establecidas. Para efecto de la categorizaci6n, un area fragil o ambientalmente sensible, corresponded a un espacio geografico que, en funci6n de sus condiciones fisicas, capacidad de uso de! suelo, ecosistemas que lo conforman o bien de su particularidad sociocultural, presenta una capacidad de carga limitada, y, por tanto, limitantes tecnicas y ambientales para su uso en actividades de serv1e10 y produetivas. El Estado ha emitido un marco jurldico especial de protceei6n o resguardo. Las areas fragiles o ambientalmente sensibles, por su naturaleza tecnica o juridica deben ser tomadas en cuenta dentro del proceso de toma de decisiones, para el uso de un espacio geognifico determinado, para las cuales el regimen de uso antr6pieo requerira de un control especial. Entre las areas fragiles o ambientalmente sensibles, se pueden citar: Las areas naturales protegidas, los humedales, las reservas forestales, los monumentos naturales, euerpos y cursos de DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B agua naturales superficiales pennanentes, las areas de protecci6n de cursos de agua, manantiales, zona costero marina, areas con cobertura boscosa natural. areas de recarga acuifera definidas por las autoridades coffespondientes, Areas donde existen recursos arqueo\Ogicos. arquitect6nicos, cientfficos o culturales considerados patrimonio por el fatado de forma oficial y areas consideradas de aha a muy alta susceptibilidad a las amenazas naturales. En general, este tipo de proyectos tarnbien debe considerar la dotaci6n de los serv1c10s de infraestructura bisica y el manejo ambientalmente adecuado de los mismos, considerando como minima las relacionados con el abastecimiento de agua para consumo humano, el manejo de las aguas residual es de tipo ordinario ( excretas y aguas grises), desechos s6lidos comunes y aguas de escurrimiento superficial. De generarse el establecimiento de taludes en este tipo de proyectos, estos debenin proyectarse con las obras de escorrentia supe1iicial: canaletas, disipadores de energia, bennas y la revegetaci6n de los mismos. El nllmero de bennas estara en funci6n de la altura de los taludes a establecerse, y el ancho de las zonas de retiro cuando se proyecten taludes colindantes a viviendas o lotes con fines habitacionales, debefa ser en funci6n de la altura maxima de los taludes a establecerse y paralela a los mismos. • El establecimiento de los taludes de corte por cuerpo de talud, no deberin tener una altura mayor de 2.50 metros, con una relaci6n maxima de pendiente de I H:1 V (45°) • De requerirse el establecimiento de taludes de relleno, la altura maxima proyectada por cuerpo de talud no debeni ser mayor 2.0 metros con una relaci6n de talud de 2H: IV. Si las intervenciones requieren de la remoci6n de vegetaci6n primaria y/o secundaria, estas debenin compensarse en una relaci6n de 10: 1, es decir la plantaci6n y mantenimiento de 10 arboles o arbustos por cada una de las especies afectadas. La propuesta de revegetaci6n a implementar en el area del proyecto debera incluir las areas verdes del mismo, como: arriates, ireas verdes recreativas, zona de protecci6n, areas de retiro y otras areas de uso comlln, considerando especies arb6reas, arbustivas y herbaceas de acuerdo al prop6sito de la plantaci6n (ornamentaci6n y/o protecci6n), indicando el nllmero de DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. ilrboles/arbustos por especie a plantar, la especie y area a cubrir con la siembra de hierbas, sitio proruesto de plantaci6n (1ocalizaci6n: zonas verdes, zonas de protecci6n, arriates u otras Ureas), distanciamiento, tiempo de irnplementaci6n y mantenimiento previsto: fertilizaci6n, poda, riego, mano de obra, frecuencia, entre otros. Los criterios para categorizar este tipo de proyectos, estan en funci6n de su tamafio y de la sensibilidad de] medio donde pretende ejecutarse; es decir, de] impacto ambiental potencial negativo que podria ocasionar la ejecuci6n de una actividad, obra o proyecto de esta naturaleza sobre el medio fisico, biol6gico y humano. Se establecen como criterios determinantes: la pendiente <lei terreno, la presencia y afectaci6n de la cobertura vegetal existente, la localizaci6n y/o afectaci6n de! sistema de drenajes naturales y/o de los cuerpos de agua presentes o de las zonas de protecci6n a los mismos y la soluci6n al abastecimiento de agua potable y al manejo de las aguas residuales ordinarias. Las actividades, obras o proyectos incluidos en el Grupo B, independientemente de su categoria, requeririn la presentaci6n de la calificaci6n de! lugar y lfnea de construcci6n emitida por la autoridad competente. La categorizaci6n de las actividades, obras o proyectos incluyen en el grupo 8, es conforrne a los criterios y disposiciones siguientes: GRUPO B: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL LEVE, MODERADO O ALTO. REQUJEREN PRESENTAR DOCUMENTACION AMBIENT AL. + Grupo B, Categoria 1: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL LEVE. NO REQUIEREN ELABORAR ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. Corrcspondcn a la Catcgorfa 1 <lei Grupo B, las actividadcs, obras o proycctos, cuyos impactos ambientales potenciales son !eves, los cuales pueden enmarcarse en la nonnativa vigente, dando cumplimiento a las regulaciones especificas a los procesos implicitos para su ejecuci6n y funcionamiento; por tanto el Ministerio emitirit Resoluci6n de que no se requieren la elaboraci6n DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B de un Estudio de Impacto Ambiental, sino (micamente el Fonnulario debidamente completado y la infonnaci6n anexa que con else solicite. Los proyectos contemplados dentro de esta categorfa, deberim cumplir los siguientes requisitos: una extensi6n hasta de tres punto cinco (3.5) hectireas o su equivalente, localizados en terrenos con pendientes de hasta el 20%, que no comprenda la generaci6n de taludes o si los proyecta que sean menores a 1.50 m de altura, que no haya presencia de especies amenazadas o en peligro de extinci6n, no cuente con cobertura vegetal arb6rea o que esta sea menor a una densidad de 30 3.rboles/ha con OAP igual o mayor de 20 cm, no afectfodola en lo posible por la ejecuci6n de\ proyecto y si las intervenciones requieren de la remoci6n de dicha vegetaci6n, 6sta debera compensarse en una relaci6n de 10:1, es decir la plantaci6n y mantenimiento de 10 .irboles por cada uno que resulte afectado; que no se sitUen en zonas de recarga acuifera, no afecte el sistema natural de drenajes ni los cuerpos de agua existentes en el sitio, si los hubiera, estableciendo para los mismos las zonas de protecci6n cmTespondientes. Requiri6ndose como condici6n la linea y calificaci6n de lugar emitida por la autoridad competente. Este tipo de proyectos debe incluir la infraestructura y dotaci6n de los servicios bisicos para las etapas de construcci6n y funcionamiento, segtin corresponda y conforme la normativa vigente, rclativos a: ■ Abastecimiento de agua para consumo humano con conexi6n a un sistema existente. Deberin de disponer de abastecimiento de agua para consumo humano mediante conexi6n a un sistema existente. De no ser factible lo anterior, deberi proyectar el suministro de agua por medio de un sistema independiente, debiendo presentar la constancia de no afectaci6n a las fuentes de agua, emitida por la autoridad competente y la informaci6n relativa al aforo de la fuente de agua a utilizar (si existe el pozo, rfo o manantial a utilizar), si no existe, deberi demostrar a traves de los estudios correspondientes la disponibilidad, calidad y uso sostenible de! recurso hidrico. • Manejo de las aguas residuales de tipo ordinario (negras y grises) a ser generadas, conectadas a un sistema existente o propuesta de manejo ambientalmente adecuada al sitio. ■ Manejo de! material de desalojo y de los desechos s61idos comunes: La disposici6n del material de desalojo (descapote, ripio, etc.) generados durante las etapas de preparaci6n del DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. sitio y construcci6n debeni ser realizada en sitios de disposici6n final autorizados par el MARN o presentar una carta compromiso del titular en la que establezca que la disposici6n final la realizad en un sitio autorizado por el MARN. Para el rnanejo de los desechos s6lidos comunes en la etapa de funcionamiento, debera presentar la factibilidad de prestaci6n del servicio de recolecci6n por parte de la alcaldia municipal correspondiente, o en su defecto, la autorizaci6n una propuesta ambientalmente adecuada y la autorizaci6n de disposici6n final hacia un relleno sanitario con perrniso ambiental del MARN. ■ Manejo de las aguas de escorrentia superficial (aguas lluvias), estableciendo su manejo, obras y medidas de protecci6n dentro de! 3.rea de! proyecto y en los puntos de descarga previstos. Cualquiera de las conexrnnes, suministros y/o prestaci6n de los serv1c10s b3.sicos sefialados, debedn ser ernitidas por las autoridades competentes que adrninistran, operan o prestan cada uno de los servicios; los proyectos que no cuenten con dichas factibilidades, deberan presentar una propuesta ambientalmente adecuada de los mismos, que considere las ireas de retiro sanitario, obras de protecci6n y manejo, confonne al sistema a utilizar. Todas las actividades. obras o proyectos de esta Categoria, deberan incluir una propuesta de arborizaci6n en arriates, areas verdes, zona de protecci6n y otras areas de uso comlln. La propuesta de revegetaci6n a implementar en el area del proyecto deberri. incluir las areas verdes del mismo, como: arriates, areas verdes recreativas, zona de protecci6n, areas de retiro y otras areas de uso comU.n, considerando especies arb6reas, arbustivas y herbaceas de acuerdo al prop6sito de la plantaci6n ( omamentaci6n y/o protecci6n), indicando el nU.mero de 3.rboles/arbustos por especie a plantar, la especie y area a cubrir con la siernbra de hierbas. sitio propuesto de plantaci6n (localizaci6n: zonas verdes, zonas de protecci6n, arriates u otras areas), distanciamiento, tiempo de implementaci6n y mantenimiento previsto: fertilizaci6n, poda, riego, mano de obra, frecuencia, entre otros. Los criterios determinantes para calificar un proyecto en esta categoria son: Extensi6n, localizaci6n, pendiente representativa del terreno, establecimiento de taludes, condiciones de riesgo, cobertura arb6rea, afectaci6n a drenajes y cuerpos de agua y factibilidad de QD DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B abastecimiento de agua, con uno de ellos que no cumpla, el proyecto pasari a la siguiente categoria. Criterio Grupo B - Categoria 1 Extension Hasta 3.5 Ha. Pendientes del terreno Hasta el 20% Diferencia de nivel dentro o colindante al Debe preverse el establecimiento de taludes 3.rea del proyecto menores a 1.50 metros de altura T amafio del lote Requiriendose coma condici6n la linea y calificaci6n de lugar emitida por la autoridad comoetente. Presencia de cobertura arbOrea Menor de 30 irbolesiha con OAP igual o mayor de 20 cm Especies de flora o fauna amenazada o en No hay presencia peligro de extinciOn Tratamiento de aguas residuales de tipo Conexi6n al sistema existente o propuesta de ordinario (aguas negras y grises) manejo ambientalmente apropiada al sitio Manejo de los desechos sOlidos Rccolccci6n y/o disposici6n autorizada o propuesta de manejo ambientalmente apropiada Conexi6n a un sistema de abastecimiento cxistcntc. aforo de la fucntc si ya sc cxplota o Abastecimiento de agua para consumo demostrar a traves de los estudios humano correspondientes, la disponibilidad y calidad del acuifero a utilizar para el abastecimiento del proyecto Considerar las obras de infraestrnctura y medidas Aguas de escurrimiento superficial de protecci6n para el manejo seguro del escurrimiento superficial dentro de! proyecto y en los ountos de descarn:a orevistos. Cauces, drenajes naturales o cuerpos de No se alteran ni modifican. se establecen las zonas agua (superficial o subterr3.neo) de protecci6n correspondientes. existentes. CondiciOn de Riesgo No existen condiciones de riesgo DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Las actividades, obras o proyectos incluidos en esta categoria deberitn cumplir, entre otras que se sefialen en la Resoluci6n Ministerial respectiva, de ser pertinente, como minima, las siguientes condiciones de cumplimiento obligatorio. • Antes de iniciar las actividades de desmonte y de rernoci6n de cobertura vegetal en las periodos de lluvias se debera tomar las medidas adecuadas para evitar una aportacl6n de sedimentos y de materias orgitnicas en la red de drenaje natural. ■ Los materiales provenientes de la limpieza, descapote, excavaciones, demoliciones y cualquier otro residua o desecho generado en la etapa de preparaci6n <lei sitio o construcci6n, deberan ser retirados <lei area <lei proyecto lo mas pronto posible y depositados en sitios autorizados por el ente o autoridad competente. Debenin tener un manejo ambientalmente apropiado durante su pe1manencia en el area de! proyecto, se debenin regar los camiones cargados, previo a su saltda del area de] proyecto y cubrir cada vehiculo cargado, con plastico, Iona o cualquier otro material resistente, con el fin de evitar o atenuar la dispersi6n de emisiones de particulas a la atm6sfera, durante su traslado; asi como al disponerlos en el o los sitios autorizados; debiendo llevar un registro de las cantidades dispuestas en los rnismos. • De no evacuarse diariamente el material removido producto de la preparaci6n de! sitio, se deberi colocar dicho material en monticulos, no mayores de 1.5 m de altura y sin compactarse, los cuales deberan ser cubiertos totalmente con material impermeable (Jonas, plisticos u otros mt'todos adecuados) para evitar su pefdida. • El irea destinada al apilamiento temporal <lei material removido, debe considerar lo siguiente: a. Limpieza de! area de cualquier material y residua que ahi se encuentre: b. Utilizar sitios cuya pendiente se encuentren dentro de un rango de 2-5%; c. No apilar el suelo orginico en las ireas de protecci6n de cualquier cuerpo de agua o drenaje natural. • No se permitiri la disposici6n a cielo abierto de los desechos s61idos, dentro o aledaflo al proyecto, ni se deberan utilizar las areas verdes ode circulaci6n para tal fin, siendo el titular responsable de proveer las instalaciones necesarias que pennitan el retiro de dichos desechos por parte del cami6n recolector, sin dificultad. QD DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B ■ En el area de construcci6n se dispondrim de recipientes para la recolecci6n de los residuos s61idos, lo cuales deben estar debidamente rotulados. • El area en construcci6n deberi estar delimitada por una valla o cerca perimetral que la separe de los terrenos vecinos, la cual se construira para deterrninar los linderos de la propiedad o irea de trabajo, en donde se presente el paso de peatones y/o vehiculos y no exista una baITera natural, topognifica, arbustiva o similar, que lo limite y separe. Se debeni ademis, establecer rotulaci6n de prevenci6n en el area del proyecto, a fin de evitar que sucedan accidentes. ■ Durante el proceso constructivo, se debe evitar realizar trabajos nocturnos principalmente en los que se utilicen equipo y maquinaria pesada, a fin de prevenir molestias a terceros, debiendo tomar las precauciones necesarias. • lmplementar el programa de mantenimiento preventivo de vehiculos y maquinaria, fuera del area de! proyecto, para evitar derrame de aceites, lubricantes y combustibles que pudieran causar contaminaci6n al suelo y al recurso hidrico presente en el lugar. ■ Dotar del equipo de protecci6n al personal que \abora en el proyecto. • Se deberin tratar las aguas negras que generad.n los trabajadores que laboren en la ejecuci6n del proyecto (preparaci6n del sitio y construcci6n ), por medio del sistema de letrinas sanitarias port<l.tiles, las cuales deber.'.ln recibir rnantenimiento seglln se requiera. ■ Las actividades, obras o proyectos que instalen y operen sistemas independientes de tratamiento de aguas residuales de tipo ordinario, se regular.'.ln seglln las especificaciones tecnicas requeridas y de conformidad al cumplimiento a las disposiciones del Reglamento Especial de Aguas Residuales, senaladas en sus articulos 7, 8, 9 , IO , 11, 12, 13, 14, 17, 18, 20, 21 y 26. ■ Los proyectos que sean abastecidos de agua por medio de un sistema independiente, debed.n a partir de la operaci6n de] pozo ( extracci6n de agua del pozo ), instalar un medidor de caudal en el pozo y rnantener un registro de los caudales de agua aprovechados, en m3/mes. Con relaci6n a la calidad de agua de! pozo, esta debera cumplir con la Nonna Salvadorefi.a de Agua Potable, competencia de! Ministerio de Salud Pllblica y Asistencia Social (MSPAS). DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. ■ De existir especies que se encuentren en la lista de amenazadas o en peligro de extinci6n, debed.n conservarse y adecuar la propuesta a la conservaci6n de dichas especies. Ademis, se debed conservar y mejorar la cobertura vegetal arb6rea localizada en el irea de! proyecto y dar seguimiento al programa de revegetaci6n propuesto, hasta lograr el establecimiento de los 3rbolesiarbustos p\antados, con un minima de dos afios de mantenimiento. En las labores de revegetaci6n se deberi utilizar preferiblemente el suelo orginico removido, producto de las acciones de descapote y terraceria. ,:• Categoria 2: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL MODERADO O ALTO. REQUIEREN ELABORAR ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENT AL. Los proyectos dentro de esta categoria seran sometidos al proceso administrativo de Evaluaci6n Ambiental y requerirall de la elaboraci6n de un Estudio de lmpacto Ambiental para lo cual el Ministerio emitin\. una Resoluci6n determinando que se Requiere de la Elaboraci6n de un Estudio de lmpacto Ambiental, anexando los Tenninos de Referencia correspondientes. De esta Resoluci6n, el titular de la actividad, obra o proyecto, puede interponer el Recurso de revisi6n, de acuerdo a lo establecido en el Art. 97 de la Ley de! Media Ambiente. Conforme a los criterios establecidos, las actividades, obras o proyectos considerados en esta categoria deben\.n ser mayores a 3.5 ha., con presencia de cobertura arb6rea mayor a 30 irboles por hectirea y DAP de 20 cm o mis; con pendientes mayores al 20%, de establecerse taludes superiores a 1.50 m de altura, deberin realizarse las estudios tecnicos conespondientes y proyectar las obras de protecci6n necesarias; no se deben\.n modificar las zonas de protecci6n a los drenajes existentes y de existir la presencia de cursos o cuerpos de agua, coma manantiales, rios, lagos u otros similares, deben\.n ser protegidos y establecerse sus zonas de protecci6n. Es relevante que el proyecto sea compatible con las usos del suelo, requirit:ndose coma condici6n la linea y calificaci6n de lugar emitida par la autoridad competente. Ademits debe contemplar el detalle de la infraestructura y los servicios bitsicos relativos a: • Manejo de las aguas de escorrentia superficial (aguas lluvias) • Manejo de los desechos s61idos generados en cada una de las etapas de! proyecto. 0 DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B • Manejo de las aguas negras y grises a ser generadas durante la etapa de funcionarniento. • Abastecirniento de agua para consumo humano. Cualquiera de las conexiones, suministros y/o prestaci6n de los serv1c10s bisicos sefialados, deber.in ser emitidas por las autoridades competentes que administran, operan o prestan cada uno de los servicios; los proyectos que no cuenten con dichas factibilidades, debefan presentar una propuesta ambientalmente adecuada de los mismos, que considere las 3.reas de retiro sanitario correspondientes confonne al sistema a utilizar. Todas las actividades, obras o proyectos de esta Categoria, deberfo incluir una propuesta de arborizaci6n en arriates, ireas verdes, zona de protecci6n y otras areas de uso coml.ln, que compense la cobertura vegetal afectada por la ejecuci6n de! proyecto. La propuesta de revegetaci6n a implementar en el area <lei proyecto debera incluir las areas verdes de\ mismos, coma: arriates, areas verdes recreativas, zona de protecci6n, areas de retiro y otras areas de uso com\.ln, considerando especies arb6reas, arbustivas y herbaceas de acuerdo al prop6sito de la plantaci6n (ornamentaci6n y/o protecci6n), indicando el nl.lmero de 8.rboles/arbustos por especie a plantar, la especie y area a cubrir con la siembra de hierbas, sitio propuesto de plantaci6n (localizaci6n: zonas verdes, zonas de protecci6n, arriates u otras areas), distanciarniento, tiempo de implernentaci6n y rnantenimiento previsto: fertilizaci6n, poda, riego, mano de obra, frecuencia, costos de implernentaci6n de la propuesta, entre otros. Las actividades, obras o proyecto incluidos en esta Categorfa debenin presentar el anilisis de Riesgo, si las condiciones de! sitio lo requieren ante la inminente amenaza de deslizamientos, desprendimientos, inundaciones u otras causas que pongan en situaci6n de peligro la vida de personas o ecosistemas; debiendo para estos casos adicionar el Plan de Contingencias correspondiente el cual debera contemplar las medidas propuestas para la reducci6n <lei riesgo y scr incluidas en cl Programa de Mancjo Ambicntal. ExtensiOn Mis de 3.5 Ha. Pendientes del terreno Mayores al 20% DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Diferencia de nivel respecto a los terrenos colindantes Tamafio del lote Presencia de cobertura arbOrea Especies de flora o fauna amenazada o en peligro de extinci(m Tratamiento de aguas residuales de tipo ordinario {aguas negras y grises) Manejo de los desechos solidos Abastecimiento de agua para consumo humano Aguas de escurrimiento superficial Cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua (superficial o subterr3neo) existentes. CondiciOn de riesgo De preverse el establecimiento de taludes superiores a 1.50 metros de altura, debe realizarse los estudios tecnicos y obras de protecci6n Requiriendose como condici6n la linea y calificaci6n de lugar emitida por la autoridad competente. Mayor a 30 arboles/ha, con DAP igual o mayor de 20 cm Si hay presencia, aplicar la nonnativa vigente en la materia Conex16n al sistema existente o propuesta de manejo arnbientalrnente apropiada al sitio Recolecci6n y/o disposici6n autorizada, o propuesta de manejo ambientalmente apropiada Conexi6n a un sistema de abastecimiento existente, aforo de la fuente si ya se explota o demostrar a traves de los estudios correspondientes, la disponibilidad y calidad de! acuifero a utilizar para el abastecimiento de! ro ecto. Considerar las obras de infraestructura y medidas de protecci6n para el manejo seguro de! escurrimiento superficial dentro del proyecto yen los puntos de descaroa revistos. No se alteran ni modifican, se establecen las zonas de protecci6n correspondientes. Ante una condici6n de riesgo, se debenin realizar los estudios especificos correspondientes QD DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Tabla General de Categorizaci(m para actividades, obras o proyectos de LotificaciOn/ParcelaciOn Habitacional Criterios Grupo B Categoria 1 ei't!~,;i,l:r,Il,l111ill ExtensiOn Hasta 3.5 Ha. M{1s de 3.5 Ha. Pendientes del terreno Hasta el 20%i Mayores al 20% Difcrcncia de nhcl De prcvcn,c cl c:c.tablccimicnto de dentro o colindante al Establecimiento de taludes taludes superiores a I.SO metros de area del proyecto hasta I.SO metros de altura altura, debe realizarse los estudios tecmcos v obras de nrotecciOn Requ1nendose como condic16n Requiriendose corno condici6n la Tamaiio del lote la linea y calificaci6n de lugar linea y calificaci6n de lugar ernitida cmitida por la autoridad por la autoridad compctcntc. compctcntc. Presencia de cobertura Hasta 30 clrboles/ha con DAP Mayor a 30 clrbolesiha con DAP igual arlt6rea 1gual o mayor de 20 cm. o mayor de 20 cm. Presencia de especies de Si hay presencia. aplicar la normativa flora o fauna amenazada No hay presencia vigente en la matena o en peligro de extinci6n Tratamiento de aguas ConexiOn al sistema existente o ConexiOn al sistema existente o residualcs de tipo propue:c.ta de manejo propue:c.ta de manejo ambicntalmente ordinario (aguas ncgras ambientalmente apropiada al apropiada al sitio y grises) sitio RccolccciOn yio disposiciOn RccolccciOn yio dispo:c.iciOn Manejo de los desechos autorizada, o propuesta de autorizada, o propuesta de manejo sOlidos manejo ambientalmente ambientalmente aprop1ada aprop1ada ConexiOn a un sistema de ConexiOn a un sistema de abastceimiento existentc, aforo abastceimiento existente, aforo de la de la fuente si ya sc cxplota o fuentc si ya sc explota o dcmostrar a Abastecimiento de agua demostrar a traves de los traves de los estudios para consumo humano estudios correspondientes. la correspondientes. la disponibilidad y disponibilidad y calidad del calidad del acuifero a utilizar para el acuifero a utilizar para el abastecimiento del proyecto abastceimiento dcl orovecto DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Criterios Grupo B Categoria 1 @iiig·'·'·'·aii',',''''ii1IIIl'~'11 I Q 1)1 !,,,, Considerar las obras de Considerar las obras de infraestructura y medidas de infraestructura y medidas de Aguas de escurrimiento protecci6n para el manejo protecci6n para el manejo seguro del seguro <lei escurrimiento escurrimiento superficial dentro de! superficial superficial dentro del proyecto y proyecto y en los puntos de descarga en los puntos de descarga previstos. orevistos. Cauces, drenajes No se alteran ni modifican, se No se alteran ni modifican. se naturales o cuerpos de establecen las zonas de establecen las zonas de protecci6n agua (superficial o protecci6n correspondientes. correspondientes subternineo) existentes. Ante una condici6n de riesgo, se Condicion de riesgo No existe condici6n de riesgo debenin realizar los estudios especificos correspondientes Art. 9.- Adici6nese en la Categorizaci6n de actividades, obras o proyectos de Urbanizaci6n Habitacional, el texto de la siguiente manera: (Pagina 63 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007) Si las intervenciones requieren de la remoci6n de vegetaci6n primaria y/o secundaria, estas deberan compensarse en una relaci6n de 10:1, es decir la plantaci6n y mantenimiento de 10 arboles o arbustos por cada una de las especies afectadas. la propuesta de revegetaci6n a implementar en el area del proyecto debefa incluir las areas verdes de! mismos, como: arriates, areas verdes recreativas, zona de protecci6n, areas de retiro y otras areas de uso comll.n, considerando especies arb6reas, arbustivas y herbaceas de acuerdo al prop6sito de la plantaci6n (ornamentaci6n y/o protecci6n), indicando el nllmero de arboles/arbustos por especie a plantar, la especie y area a cubrir con la siembra de hierbas, sitio propuesto de plantaci6n (localizaci6n: zonas verdes, zonas de protecci6n, an-iates u otras areas), distanciamiento, tiempo de implementaci6n y mantenimiento previsto: fertilizaci6n, poda, riego, mano de obra, frecuencia, entre otros. ~ DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B De proyectarse niveles en s6tano, cualquiera que sea el nlllnero de niveles, seni la autoridad competente quien verificara si la obra es viable confonne a su disefi.o estructural, no obstante, la disposici6n final del material de excavaci6n deberi realizarse en sitios autorizados por este Ministerio. Art. 10.- P3gina 64 de! Diario Oficial, Categorizaci6n de actividades, obras o proyectos de Urbanizaci6n Habitacional. Modificase la Tabla <lei Grupo A: Actividades, obras o proyectos de canicter urbano y similar. Grupo A: Actividades, obras o proyectos de cani.cter urbano y similar Construcciones de proyectos horizontales, verticales 0 una combinaci6n de ambos, cualesquiera que sean los niveles en s6tano proyectados, en ireas urbanas, con fines: habitacionales, educativos, religiosos, comerciales y de servicio, excepto las dedicadas al almacenamiento y comercializaci6n de combustibles, las que impliquen procesos industriales o procesos peligrosos o de peligro, excepto los de uso con fines industriales; en predios con superficie no mayor de 7,000 m1, que cuenten con factibilidad de conexi6n a sistemas existentes para los servicios de agua potable domiciliar, aguas residuales de tipo ordinario, recolecci6n municipal de desechos s6lidos; siempre y cuando no se localicen en areas frilgiles, zonas de alto riesgo y no afecte o modifique zonas de protecci6n de drenajes naturales. Ton-es, antenas y pastes de telefonia y de radio comunicaci6n, redes de distribuci6n electricas secundarias con transfonnadores de baja de 50kva en vias existentes, vallas y pasarelas, s1empre que no se localicen en areas frilgiles (areas naturales protegidas, zonas de amortiguamiento y humedales), sitios de riesgo, centros hist6ricos y no requiem la apertura de calle de acceso para su instalaci6n. Art. 11.- Pilgina 66 de! Diario Oficial, modificase el primer parrafo. Categorizaci6n de actividades, obras o proyectos de Urbanizaci6n Habitacional. Grupo B, Categoria 1: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL LEVE. NO REQUIEREN ELABORAR ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENT AL. • Debenin de disponer de abastecimiento de agua para consumo humano mediante conexi6n a un sistema existente. De no ser factible lo anterior, debeni proyectar el suministro de agua por media de un sistema independiente, debiendo presentar la constancia de no afectaci6n a las fuentes de agua, emitida por la autoridad competente y la infonnaci6n relativa al aforo de la fuente de agua a utilizar (si existe el pozo, rio o manantial a utilizar), si no existe, debera demostrar a traves de los estudios con-espondientes la disponibilidad y calidad del recurso hidrico. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Art. 12.- Sustitllyase el p<lnafo segundo de Grupo B, Categorfa I: Actividades, obras o proyectos con impacto ambiental potencial leve. No requieren elaborar Estudio de lmpacto AmbientaL de la siguiente manera: (P3.gina 67 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo del 2007). ■ Los criterios determinantes para calificar un proyecto en esta categoria son: Extensi6n, la cobertura arb6rea, la afectaci6n del sistema de drenajes naturales y/o de los cuerpos de agua presentes o de las zonas de protecci6n a los mismos, la existencia de condici6n de riesgo y factibilidad de abastecimiento de agua, con uno de ellos que no cumpla, el proyecto pasari a la siguiente categorfa, para lo cual el Ministerio ernitid. una Resoluci6n detenninando que se Requiere de la Elaboraci6n de un fatudio de lmpacto Ambiental, para lo cual se anexaran las Te!"minos de Referencia. De esta Resoluci6n, el titular de la actividad, obra o proyeeto, puede interponer el Reeurso de revisi6n, de aeuerdo a lo estableeido en el A1i. 97 de la Ley de] Media Ambiente. Art. 13.- Sustitl.lyanse las eriterios "Presencia de cobertura", ·'Diferencia de nivel natural o proyectado respecto a las terrenos colindantes", ''Cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua (superficial o subterritneo) existentes", "Abastecimiento de agua para consumo humano", "Aguas de escurrimiento superficial" y "Condici6n de riesgo" y eliminese el criteria "Pendiente de! terreno", de! Grupo B, Categoria 1, de la siguiente manera: (Piginas 67 y 68 de! Diario Oficial N° 83, Tomo N" 375 del 09 de mayo del 2007). Criterio Grupo B - Categoria 1 Presencia de cobertura arb0rea Hasta 30 irboles por ha, con OAP igual o mayor de 20 cm. Diferencia de nivel natural o proyectado De preverse el establecimiento de taludes hasta respecto a los terrenos colindantes al 5.0 metros de altura deberin realizarse las area del proyecto estudios tecnicos y obras de protecci0n. Debe considerar el estableeimiento de las zonas Cauces, drenajes naturales o cuerpos de de proteeci6n eorrespondientes. Si incluye afectaci0n o modificaei0n a cauees, drenajes agua. naturales o cuerpos de agua, se deberin realizar los estudios tecnieos corresnondientes, los DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Criterio Grupo B - Categoria I cuales deberan ser aprobados por la autoridad competente. Conexi6n a un sistema de abastecimiento existente, aforo de la fuente si ya se explota o Abastecimiento de agua para consumo dernostrar a traves de los estudios humano correspondientes, la disponibilidad y calidad del acuffero a utilizar para el abastecimiento del proyecto Considerar las obras de infraestructura y Aguas de escunimiento superficial medidas de protecci6n para el manejo seguro de] escmTimiento superficial dentro de\ proyecto yen los puntos de descarga previstos. CondiciOn de riesgo No existe condici6n de riesgo Art. 14.- Adici6nese a la sexta linea de! inciso quinto, de la Categoria 2: Actividades, obras o proyectos con impacto potencial moderado o alto. Requieren elaborar Estudio de Impacto Ambiental, de la siguiente manera: (Pigina 70 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo <lei 2007). • Dicho Estudio sera detenninado mediante una combinaci6n del tamailo y las Art. 15.- Sustitllyanse el inciso quinto de la Categoria 2: Actividades, obras o proyectos con impacto potencial moderado o alto. Requieren elaborar Estudio de Impacto Ambiental, de la siguiente manera: (P<lgina 71 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo de! 2007). • Abastecimiento de agua para consumo humano. Deberin de disponer de abastecimiento de agua para consumo humano mediante conexi6n a un sistema existente. De no ser factible lo anterior, debefa proyectar el suministro de agua por media de un sistema independiente, debiendo presentar la constancia de no afectaci6n a las fuentes de agua, emitida por la autoridad competente y la infonnaci6n relativa al aforo de la fuente de agua a utilizar (si existe el pozo, rio o manantial a utilizar). si no existe, debera demostrar a traves de los estudios correspondientes la disponibilidad y calidad del recurso hidrico. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Art. 16.- SustitUyanse los criterios ''Presencia de cobertura arb6rea", "Diferencia de nivel natural o proyectado respecto a los ten-enos colindantes al area de! proyecto", ''Cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua (superficial o subterraneo) existentes", "Tratamiento de aguas residuales de tipo ordinario (aguas negras y grises)", ''Abastecimiento de agua para consumo humano", "Aguas de escurrimiento superficial" y ''Condici6n de riesgo"; y eliminese el criteria ''Pendiente del terreno" de! Grupo 8, Categoria 2: Actividades, obras o proyectos con irnpacto ambiental potencial moderado o alto. Requieren elaborar Estudio de lmpacto Ambiental, de la siguiente manera: (Pigina 72 <lei Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007). Presencia de cobertura arbOrea Diferencia de nivel natural o proyectado respecto a los terrenos colindantes al area del proyecto Cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua. Tratamiento de aguas residuales de tipo ordinario (aguas negras y aguas grises), Abastecimiento de agua para consumo humano. Aguas de escurrimiento superficial Mis 30 irboles por ha, con OAP igual o mayor de 20 cm. De preverse el establecimiento de taludes mayores de 5.0 metros de altura deberin realizarse los estudios tecnicos y obras de rotecci6n Debe considerar el establecimiento de las zonas de protecci6n correspondientes. Si incluye afectaci6n o modificaci6n a cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua, se deberin realizar los estudios tecnicos correspondientes, los cuales deberin ser aprobados por la autoridad com etente. Conexi6n a sisterna existente o propuesta de manejo ambientalmente apropiada. Conexi6n a un sistema de abastecimiento ex1stente, aforo de la fuente si ya se explota o dernostrar a traves de los estudios correspondientes, la disponibilidad y calidad de! acuifero a utilizar para el abastecirniento de! proyecto Considerar las obras de infraestructura y rnedidas de protecci6n para el rnanejo seguro de] escurrimiento superficial dentro del proyecto y en los puntos de descarga previstos. CondiciOn de riesgo DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Ante una condici6n de riesgo, se deberan realizar los estudios especfticos corres ondientes Art.17.- Sustituyanse los criterios '"Presencia de cobertura arb6rea", "Diferencia de nivel natural o proyectado respecto a los terrenos colindantes al irea de! proyecto", ''Cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua existentes", "Abastecimiento de agua para consumo humano", '·Aguas de escurrimiento superficial" y ''Condici6n de riesgo"; de! Grupo B, Categorias 1 y 2. Y Eliminaci6n del criterio "Pendiente del terreno" del Grnpo B, Categoria 2. Tabla General de Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de Urbanizaci6n Habitacional, de la siguiente manera: (Paginas 73 y 74 del Diario Oficial N' 83, Torno N" 375 del 09 de mayo del 2007). Grupn B Criterios Categoria I Presencia de Hasta 30 irboles por ha, con OAP cobertura arbOrea igual o mayor de 20 cm. Diferencia de nivel natural o proyectado respecto a los terrenos colindantes al llrea del ro 'ecto Cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua De preverse el establecimiento de taludes hasta 5.0 metros de altura deberftn realizarse los estudios tecnicos y obras de protecci6n Debe considerar el establecimiento de las zonas de protecci0n correspondientes. Sf incluye afectaci6n o modificaci6n a cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua, se deberftn realizar los estudios t6cnicos correspondientes, los cuales debedn ser aprobados por la autoridad competente. Mas de 30 arboles por ha, con DAP igual o mayor de 20 cm. De preverse el establecimiento de taludes mayores de 5.0 metros de altura deberan realizarse los estudios tecnicos y obras de protecci6n Debe considerar el establecimiento de las zonas de protecci6n correspondientes. Si incluye afectaci6n o modificaci6n a cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua, se deberan realizar los estudios t6cnicos correspondientes, los cuales deberftn ser aprobados por la autoridad com etente. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Criterios Abastecimiento de agua para consumo humano Aguas de escurrimiento superficial Condici0n de riesgo Grupo B Categoria 1 Conexi6n a un sisterna de abastecimiento existente, aforo de la fuente si ya se explota o demostrar a travCs de los cstudios correspondientes. la disponibilidad y calidad de! acuifero a utilizar para el abastecimiento de! proyecto. Considerar las obras de infrae~tructura y medidas de protecci6n para el manejo seguro <lei escurrimiento superficial dentro de! proyecto yen los puntos de descarga previstos. No existe condici6n de riesgo Conexi6n a un sistema de abastecimiento existente, aforo de la fuente si ya se explota o demostrar a traves de los estudios correspondientes, la disponibilidad y calidad de! acuifero a utilizar para el abastecimiento de! proyecto. Considerar las obras de infraestructura y medidas de protecci6n para el manejo seguro de! escurrimiento superficial dentro de! proyecto y en los puntos de dcscarga prcvistos. Ante una condici6n de riesgo, se debed.n realizar los estudios especificos correspondientes Art. 18.- Modifiquese sexta linea de! primer inciso, que se refiere a la Categorizaci6n de actividades, obras o proyectos viales, relativo al Mejoramiento de vias en cuanto a la longitud maxima de apertura en areas rurales, de la siguiente manera: (P.'.lgina 76 de! Diario Oficial N° 83, Torno N' 375 del 09 de mayo del 2007). • Requieran aperturas no mayores de 700 metros en areas urbanas y de 500 metros en areas rural es, Art. 19.- Modifiquese inciso tercero que se refiere a la Categorizaci6n de actividades, obras o proyectos viales, relativo a la Construcci6n de vias, de la siguiente manera: (Pagina 76 del Diario Oficial N' 83, T omo N' 375 del 09 de mayo del 2007). • Se incluyen en este tipo los nuevos proyectos con nuevos alineamientos, es decir, la construcci6n de una nueva via donde no existia antes. la construcci6n de circunvalaciones (by pass), realineamiento (cambios de ruta), construcci6n de nuevos puentes, construcci6n DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B de pasos a desnivel, intercarnbiadores de tritfico a desnivel ya sea elevado o deprimido, en la intersecci6n de dos o mis vias existentes, que requieran aperturas no mayores de 700 metros en areas urbanas y de 500 metros en ireas rurales y la adquisici6n de tierras para el proyecto. Art. 20.- Incl\Jyase subtitulo ''Criterios determinantes" y modifiquese prirnera linea de! inciso cuarto, que se refiere a la Categorizaci6n de actividades, obras o proyectos viales, de la siguiente manera: (Pagina 76 de! Diario Oficial N° 83, Torno N' 375 de! 09 de mayo de! 2007). • Criterios Detenninantes Los criterios detenninantes para la categorizaci6n de los proyectos viales estan constituidos por el tipo Art. 21.- Modifiquese Tabla de! Grupo A: Actividades, obras o proyectos viales. (Pagina 77 de! Diario Oficial N° 83, Tomo N° 375 de! 09 de mayo de! 2007), de la siguiente manera: Grupo A: Acti\'idades, obras o proyectos viales Obras de mitigaci6n de taludes para proyectos lineales, que incluya obras de manejo de aguas de escorrentia superficial y revegetaci6n. Obras de conformaci6n y estabilizaci6n de taludes, que incluyan obras de manejo de aguas de escorrentia superficial y revegetaci6n, siempre que no afecten o modifiquen los cursos naturales de los drenaies o cuemos de aaua. Art. 22.- Modifiquese numeral uno, relativo a las caracteristicas de las actividades, obras o proyectos c01Tespondientes a los literales a), b) y c), inciso tercero, que se refiere a la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos viales, de la siguiente manera: (P<lgina 78 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007). ■ Las intervenciones que se realicen sabre la via ya construida, pueden incluir mejoras geometricas para una secci6n puntual, asi corno la arnpliaci6n del ancho y/o de! corredor de la via existente y requieran movimientos de material de desalojo hasta 10,000 m3. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Art. 23- Modifiquese los criterios "Volumen de material de desalojo", "Requiere infraestrnctura adicional", "Requiere bancos de prestamo", "Requiere de sitios de disposiciOn de material de desalojo", "Requiere de cortes y rellenos" y "Reubicaci6n de pobladores". Tabla <lei Grupo B. Categoria 1: Actividades, obras o proyectos con irnpacto ambiental potencial leve. No requieren elaborar Estudio de Impacto Ambiental, de la siguiente manera: (P.igina 80 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 <lei 09 de mayo de! 2007). Criterios Grupo B - Categoria I Volumen de material de desalojo Hasta 10,000 m3 Requerimiento infraestructura adicional (planteles, campamentos, plantas de mezcla, bancos de materiales y SJ talleres) Requiere bancos de prestamo SJ Requiere de sitios de disposiciOn de material de desalojo SI Requiere cortes y rellenos SI ReubicaciOn de pobladores SI Art. 24- Modifiquese el criterio "Volumen de material de desalojo". Tabla <lei Grupo B. Categoria 2: Actividades, obras o proyectos con impacto ambiental potencial moderado o alto. Requieren elaborar Estudio de Impacto Ambiental, de la siguiente manera: (Pigina 82 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007). Criterios Grupo B - Categoria I Volumen de material de desalojo Mas de 10,000 m3 Art. 25.- Sustitllyanse los criterios "Volumen de material de desalojo", "Requiere infraestructura adicional'', "Requiere bancos de prestamo", "Requiere de sitios de disposici6n de material de desalojo", "Requiere de co11es y rellenos" y "Reubicaci6n de pobladores". Tabla General de! DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Grupo B. Categorias I y 2, de la :-.iguiente manera: (Pigina 83 del Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007). Grupo B Criterios Categoria 1 Volumen de material de desalojo J Hasta I 0,000 m· Mis de I 0,000 m1 Requerimiento infraestructura adicional (planteles, campamentos, plantas de SI SI mezcla, bancos de materiales y talleres Requiere bancos de prfstamo SJ SJ Requiere de sitios de disposiciOn de SJ SJ material de desalojo Requiere cortes y rellenos SI SI ReubicaciOn de pobladores SI SI Art. 26.- Eliminese la cuarta y quinta lfnea del inciso segundo <lei numeral 4, que se refiere a la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de extracci6n de materiales petreos en las cauces de los rios, de la siguiente rnanera: (Pigina 84 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007). • Los criterios considerados para las actividades, obras o proyectos de este grupo son: ubicaci6n, volumen de extracci6n, tiempo, epoca y profundidad de extracci6n, pendiente longitudinal, estabilidad de taludes, existencia de vegetaci6n, forma del cauce de] rio y forma de extracci6n. Art. 27.- Sustitliyanse el inciso segundo de] Grupo B: Actividades, obras o proyecto con impacto ambiental potencial leve, moderado o alto. Requieren presentar documentaci6n ambiental. Grupo B. Categoria I: Actividades, obras o proyectos con impacto ambiental potencial leve. No requieren elaborar Estudio de Impacto Ambiental, de la siguiente manera: (Pitgina 84 de! Diario Oficial N° 83, Torno N' 375 del 09 de mayo del 2007). DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. ■ Ser.in consideradas dentro de la categoria I de este grupo, aquellas extracciones hasta del 20% de la disponibilidad de material petreo en el lugar seleccionado, con un tiempo de extracci0n que no exceda de 6 meses consecutivos en epoca seca (o tiempo de no recarga), cuya irea de extracci6n se ubique a mis de 500 metros aguas arriba o aguas abajo de distancia de cualquier estructura de paso, que utilice rnetodo de extracci6n manual/artesanal y/o rnecanizado, que el material a extraer se encuentre arriba del nivel del espejo de agua y que la extracci6n no implique la afectaci6n al bosque de galeria, si existiera, con una pendiente longitudinal hasta el 1.0%, con taludes estables y tramo a extraer recto menor o igual a 300.00 my limite de extracci6n hasta 0.50 metros a partir de la superficie de terrazas explotables haeia el espejo de agua. Art. 28.- Sustitllyase el eriterio "Preseneia de material petreo arriba del nivel del agua", "Ubieaei6n de la extraeei6n", "Volumen de extraeei6n'', "Fonna de extraeei6n", "Tiempo y Cpoca de extraeei6n" y '·Forma dcl eauee dcl rio y longitud de explotaci6n" dcl Grupo B: Actividades, obras o proyecto con impacto ambiental potencial leve, moderado o alto. Requieren presentar documentaci6n ambiental. Grupo B. Categorla 1: Actividades, obras o proyectos con impaeto ambiental poteneial !eve. No requieren elaborar Estudio de Impaeto Ambiental, de la siguiente manera: (Pagina 85 de! Diario Ofieial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007). Criterios Grupo B - Categoria 1 Presencia de material petreo arriba del nivel del agua a) Presencia de material pCtreo en el lecho del SI rio b) Presencia de material pCtreo sobre el nivel del aima (islotes) Mis de 500 metros aguas arriba y aguas UbicaciOn de la extracciOn abajo de puentes, b6veda, torres y otra infraestructura Volumen de extracciOn Hasta cl 20% de la disponibilidad de material de! a.Tea solieitada a explotar Forma de extracciOn Manual/artesanal o mecanizada DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Criterios Grupo B - Categoria 1 Basta seis meses consecutivos en epoca Tiempo y epoca de extracciOn seca (tiempo de no recarga de sedimentos) Forma del cauce del rio y longitud de explotaciOn Tramo recto hasta 300 metros (tramo recto) Art. 29.- Modifiquense en las lineas: 3, 12 y 15 <lei inciso segundo del Grupo B, Categoria I: Actividades, obras o proyecto con impacto arnbiental moderado o alto. Requieren elaborar cstudio de impacto ambicntal, de la siguicntc mancra: (Pitgina 86 dcl Diario Oficial N° 83, Tomo N° 375 de! 09 de mayo de! 2007). ■ cumplimiento obligatorio: • El metodo de extracci6n podra ser manual, artesanal o mecanizado. ■ Con las labores de extracci6n y/o transporte, el titular no podri alterar el !echo y el cauce de! rio. Art. 30.- Sustitltyanse el inciso segundo del Grupo B, Categoria 2: Actividades, obras o proyecto con impacto ambiental moderado o alto. Requieren elaborar estudio de impacto ambiental, de la siguiente manera: (P8.gina 87 de\ Diario Oficial N° 83, Tomo N° 375 de] 09 de mayo <lei 2007). ■ Se consideran dentro de esta categoria aquellas extracciones que se realicen a mas de 500 metros aguas arribas o aguas abajo de una estructura de paso, que el volumen a extraer sea mayor dcl 20% de la cxistcncia de material disponiblc en cl lugar sclcccionado y hasta cl 60%, que utilice equipo mednico, que la extracci6n se realice en un periodo de hasta 6 meses consecutivos en epoca seca (tiempo de no recarga), la profundidad de extracci6n no deberi exceder de 0.5 metros arriba de! espejo de agua, y que no implique la afectaci6n al bosque de galeria, si existiera, con una pendiente longitudinal de hasta el 1.5%, requerira confonnaci6n y estabilizaci6n de taludes, con extracci6n en tramo recto mayor de 300 metros. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Art. 31.- Sustitllyase el criteria "Presencia de material petreo aniba del nivel de! agua·•, "Ubicaci6n de la extracci6n", "Fonna de extracci6n", "Volumen de extracci6n", "Tiempo y epoca de extracci6n" y "Fonna de\ cauce del rio y longitud de explotaci6n (tramo recto)" del Grupo B: Actividades, obras o proyecto con impacto ambiental potencial !eve, moderado o alto. Requieren presentar documentaci6n ambiental. Grupo B. Categoria 2: Actividades. obras o proyecto con impacto ambiental moderado o alto. Requieren elaborar estudio de impacto ambiental. de la siguiente manera: (Pitgina 87 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo de! 2007). Criterios Grupo B - Categoria 2 Presencia de material petreo arriba del nivel del agua a) Presencia de material petreo en el lecho del SI rfo b) Presencia de material petreo sobre el nivel del aim a (islotes) M3s de 500 metros aguas arriba y aguas UbicaciOn de la extracciOn abajo de puentes, b6veda, torres y otra infraestructura. Forma de extracciOn Med.nico Mas del 20% y hasta el 60% de la Volumen de extracciOn disponibilidad de material del area solicitada a explotar Hasta seis meses consecutivos en epoca Tiempo y epoca de extracciOn seca (tiempo de no recarga de sedimentos) Forma del cauce del rio y longitud de explotaciOn Tramo recto mayor de 300 metros (tramo recto) Art. 32.- Sustituyanse los criterios "Presencia de material p€treo arriba del nivel del agua'', "Ubicaci6n de la extracci6n", "Fonna de extracci6n", ''Volumen de extracci6n", ''Tiempo y epoca de extracci6n" y "Fonna de! cauce de! rio y longitud de explotaci6n (tramo recto)'' <lei Grupo B, Categorias 1 y 2, Tabla General de Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B de explotaci6n de material petreo en cauces de rios, de la siguiente manera: (P.igina 89 de! Diario Oficial N° 83, Torno N" 375 de\ 09 de mayo de\ 2007). Criterios Presencia de material petreo arriba del nivel del agua a) Presencia de material petreo en el !echo del rio b) Presencia de material pftreo sobre el nivel del a ua (islotes) UbicaciOn de la extracciOn Volumen de extracciOn Forma de extracciOn Tiempo y epoca de extraccilm Forma del cauce del rio y longitud de explotaci{m (tramo recto) SI Meis de 500 metros aguas arriba y aguas abajo de puentes, b6veda, torres y otra infraestructura Hasta el 20% de la disponibilidad de material del area solicitada a explotar Manual/artesanal o mecanizada Hasta seis meses consecutivos en epoca seca (tiempo de no recarga de sedimentos) Tramo recto hasta 300 metros SI Meis de 500 metros aguas arriba y aguas abajo de puentes, b6veda, torres y otra infraestructura. Mis de! 20% y hasta el 60% de la disponibilidad de material de\ area solicitada a explotar Med.nico Hasta seis meses consecutivos en 6poca seca (tiempo de no recarga de sedimentos) Tramo recto mayor de 300 metros Art. 33.- Modifiquese inciso primero de! numeral 5, que se refiere a la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de explotaci6n de materiales p6treos a cielo abierto, de la siguiente manera: (Pagina 91 de\ Diario Oficrnl N° 83, Torno N' 375 de\ 09 de mayo de\ 2007). DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. ■ Para fines de categorizaci6n se entendera por explotacicin de materiales petreos a cielo abierto, a la extracci6n de materiales rocosos y t6rreos, los cuales se podr.in encontrar sobre la snperficie o en substratos bajo la superficie del terreno. Art. 34.- Elimfnese el criteria "Pendiente de! terreno", de la quinta linea de! inciso sexto de! numeral 5, que se refiere a la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de explotaci6n de materiales p6treos a cielo abierto, de la siguiente manera: (P.igina 91 del Diario Oficial N° 83. Torno N° 375 de\ 09 de mayo de\ 2007). • Seni.n considerados en categoria l de este Grupo, aquellas actividades, obras o proyectos de extracci6n de material p6treo a cielo abie110 que se realicen en fonna manual y/o artesanal o mecanizada, cuyo material a extraer se encuentra como atloramiento superficial disperso. con un volumen a extraer menor o igual a 10,000 metros cllbicos; su extracci6n sed. en un periodo menor o igual a un allo, que se encuentre cubiertos de pasto o matorral, con una profundidad de! nivel freiitico igual o mayor a quince (15) metros y se localicen. Art. 35.- Eliminese el criteria "Pendiente de! area de! proyecto" y modifiquese el criterio "Metodo de extracci6n", de! Grupo B, Categoria 1, de la Categorizaci6n para actividades. obras o proyectos de explotaci6n de materiales petreos a cielo abierto, de la siguiente manera: (Pigina 92 de\ Diario Oficial N° 83, Torno N" 375 de\ 09 de mayo de\ 2007). Criterios Grupo B- Categoria 1 Metodo de extracciOn Manual/artesanal y/o mecanizado Distancia de los linderos del area a explotar a infraestructura, viviendas y/o cuerpos de No menor de 100 metros agua Art. 36.- Modifiquese el inciso segundo de] Grnpo B, Categorfa 2, de la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de explotaci6n de materiales petreos a cielo abierto, de la siguicntc mancra: (Piigina 93 de\ Diario Oficial N° 83, Tomo N° 375 de] 09 de mayo de] 2007). 0 DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B ■ Se consideran en esta categoria aquellas actividades, obras o proyectos de extracci6n de material petreo que se realicen en forma mecitnica y con uso de explosivos, recurso con potencial a extraer (probado o probable), con un potencial de volumen a extraer de 10,000 metros cllbicos en su vida lnil, con un yacimiento superficial y/o subtemilleo, una profundidad de! nivel fre3.tico igual o mayor a quince (15) metros, que se encuentren cubiertos de vegetaci6n arb6rea y/o arbustiva que cubran mas del 20% del area explotada, se localicen a una distancia mayor a cien (I 00) metros de los linderos de! area a explotar y de sitios donde se localicen cuerpos de agua, infraestructura y/o viviendas, con un plan de explotaci6n hasta de diez ( I 0) aftos miximo. Art. 37.- Sustltllyanse los criterios "Volumen a explotar", "Tiempo de explotaci6n" y "M€todo de extracci6n'', "Distancia de los linderos de! area a explotar a infraestructura, viviendas y/o cuerpos de agua". y eliminese el criterio "Pendiente de\ Urea de] proyecto'' de la Tabla de\ Grupo B, Categoria 2. relativo a actividades, obras o proyectos de explotaci6n de materiales petreos a cielo abierto. de la siguiente manera: (Pitgina 93 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 de! 09 de mayo de! 2007). Criterios Grupo B- Categoria 2 Volumen a explotar Mils de 10.000 m3 en su vida util Metodo de extracciOn Med.nico y/o con uso de explosivos. Tiempo de explotacit'm Basta IO afios Distancia de los linderos del area a explotar a infraestructura, viviendas y/o cuerpos de No menor de 100 metros 31!03 Art. 38.- Sustituyase el criteria "Volumen a explotar", "Profundidad de nivel freatico en epoca de lluvia". "Metodo de extracci6n", "Tiempo de explotaci6n" ·'Distancia a infraestructura, viviendas y/o cuerpos de agua" y elimfnese "Pendiente de\ Urea del proyecto", de] Grupo B, Categorias I y 2, de la Tabla General de Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. explotaciOn de materiales petreos a cielo abierto, de la siguiente manera: (Pigina 94 del Diario Oficial N° 83, Torno N' 375 del 09 de mayo del 2007). Criterios Volumen de extracci0n Profundidad de nivel frdtico en e oca de lluvia Metodo de extracciOn Tiempo y epoca de extracciOn Distancia de los linderos del :irea a explotar a infraestructura, viviendas y/o cuer os de a ua ~iiilij;,,B\i\\\\\\\\\ '"=--~ mm-cmccii"''l"'~-·.,,:i!""i1"'111-"""7 '--------"'' ' Has ta I 0,000 m· Mis de I 0,000 m- en su vida Util Igual o mayor de 15.0 metros Igual o mayor de 15.0 metros Manual/artesanal y/o mecanizado. Menas de un ( 1) afio No menor de 100 metros Med.nico y/o con uso de explosivos Hasta diez (10) afios Mayor de 100 metros Art. 39.- Sustitllyase el criteria "Pendiente <lei terreno", de! Grupo B, Categoria I, de la CategorizaciOn para actividades, obras o proyectos agricolas, de la siguiente manera: (Pilgina 96 del Diario Oficial N' 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007). Criterios Grupo B, Categoria 1 Pendiente del terreno Hasta 25% Art. 40.- Sustitllyanse los criterios "Pendiente del te1Teno", y "Fuente de abastecimiento de agua para utilizar" de! Grupo B, Categoria 2, de la CategorizaciOn para actividades, obras o proyectos agricolas, de la siguiente manera: (Pilgina 98 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007). Pendiente del terreno Hasta 25% DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Fuente de abastecimiento de agua a Manantial, pozo, captaci6n de rio, laguna o utilizar embalse. Art. 41.- Sustitllyanse los criterios "Pendiente de! terreno" y "Fuente de abastecimiento de agua para utilizar", de! Grupo B: Categorias 1 y 2, Tabla General de CategorizaciOn de actividades, obras o proyectos agricolas, de la siguiente manera: (Pigina 99 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 <lei 09 de mayo <lei 2007). Criterios OIIUIJ!.~\\illil 1111 :',;,,,,,,"',',',',',',',',',',',',',',',',',,,,""' ll':'iili\1tp911D,,,,,,,,,, Pendiente del terreno Hasta 25% Hasta 25% Fuente de abastecimiento de agua a utilizar Reservorio y aguas lluvias de estaci6n. Manantial, pozo, captaci6n de rio, laguna o embalse. Art. 42.- Sustiniyase en la linea dos de! inciso segundo de! Grupo 8, Categoria 1: Actividades, obras o proyectos con impacto ambiental potencial !eve. No requieren elaborar Estudio de lmpacto Ambiental, del numeral 10, que se refiere a la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de Estaciones de Transferencia para Desechos S61idos, de la siguiente manera: (Pigina 120 <lei Diario Oficial N' 83, Torno N° 375 <lei 09 de mayo <lei 2007). ■ proyectos que ocupen un area no mayor de I manzana, que manejen hasta 25 toneladas por dia, Art. 43,- Sustitllyase el criteria '·Cantidad de desechos recibidos", de! Grupo 8, Categoria 1, de la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de Estaciones de Transferencia para Desechos S6lidos, de la siguiente manera: (Pigina 120 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 3 75 <lei 09 de mayo <lei 2007). DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Criterios Grupo B - Categoria 1 Cantidad de desechos recibidos Hasta 25 t0111dia Art. 44.- Sustitllyase la lfnea dos <lei inciso segundo de! Grupo B. Categoria 2: Actividades, obras o proyectos con impacto ambiental potencial moderado o alto. Requieren elaborar Esmdio de Impacto Ambiental, que se refiere a la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de Estaciones de Transferencia para Desechos S6lidos, de la siguiente manera: (PS.gina 121 de! Diario Oficial N' 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007). • area mayor a 1.0 mz., que manejen mas de 25 toneladas por dia, con un periodo de residencia Art. 35.- Sustitllyase el criteria ''Cantidad de desechos recibidos", <lei Grupo B, Categoria 2, de la Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de Estaciones de Transferencia para Desechos S61idos, de la siguiente manera: (P.3.gina 122 de! Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007). Criterios Grupo B - Categoria 1 Cantidad de desechos recibidos M.3.s de 25 ton/dia Art. 46.- Sustitl.lyanse los criterios "Cantidad de desechos recibidos", del Grnpo B: Categorias 1 y 2, Tabla General de Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos de Estaciones de Transferencias, de la siguiente manera: (P.3.gina 124 del Diario Oficial N° 83, Torno N° 375 del 09 de mayo del 2007). Criterios Cantidad de desechos Hasta 25 ton/dfa recibidos M.3.s de 25 ton/dfa DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Art. 47.- Adici6nese al documento de Categorizaci6n de Actividades, Obras o Proyectos conforme a la Ley de! Media Ambiente, de fecha veintiseis de abril del aiio dos mil siete, donde se emiti6 el Acuerdo N° 39, publicado en el Diario Oficial N° 83, Torno NCI 375, de fecha nueve de mayo del presente afio, vlgente desde la fecha de su publicaci6n, la Categoria N° 16. denominimdose "Categorizac16n para actividades, obras o proyectos: Almacenamiento de Gasolinas", la cual se detalla a continuaci6n: 16.- Categorizacion para actividades, obras o proyectos: Almacenamiento de Gasolinas. Se entendera por proyectos de Almacenamiento de Gasolinas, las instalaciones en donde se disponcn dcp6sitos y cquipos de trasicgo para cl almaccnamicnto de gasolinas de cualquicr tipo (regular, especial u otras). + Grupo B, Categoria I: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCTAL LEVE. NO REQUIEREN ELABORAR ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. Corresponden a la Categoria 1 de] Grupo B, las actividades, obras o proyectos, cuyos impactos ambientales potenciales son !eves, los cuales pueden enmarcarse en la normativa vigente, dando cumplimiento a las regulaciones especificas de los procesos implicitos para su ejecuci6n y funcionamiento; por tanto el Ministerio emitiri Resoluci6n de que no se requiere la elaboraci6n de un Estudio de lmpacto Amb1ental, sino Unicamente el Fonnulario debidamente completado y la informaci6n anexa que con et se solicite. Los criterios que determinan esta categoria, son: No estar ubicados en suelos inestables (Regosoles o Grumosoles), en sitios con pendientes menores a 30%, alejados de centros de concentraci6n de personas, de rios, lagos, lagunas, manantiales y pozos. La parte mis profunda de la excavaci6n para alojar los tanques de almacenamiento, deberi conservar una distancia mayor o igual a cinco (5) metros con respecto del nivel estitico miximo del manto freitico. Estas instalaciones deben inc\uir la imperrneabilizaci6n de las ireas de colocaci6n del tanque como protecci611 a los recursos hidrico y suelo. Entre la tecnologia minima a requerir se DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. establece: tanques de doble pared, sensores de fuga (piez6metros), pozos de monitoreoiobservaci6n, captura de vapores y tubos de ventilaci6n o venteo; adem3s deberan incluir coma parte de! Fonnulario Ambiental, el Estudio de Riesgo y su correspondiente Plan de Contingencia. De no cumplir con las criterios establecidos para esta categoria, se procederi a evaluar en la categoria 2 del Grupo B. Tabla de Categorizacion para actividades, obras o proyectos: Almacenamiento de Gasolinas Criterios C]J~;-:;;::;;i~'ii~i'ii!iiiiiiiiiii111111111111,,,,, Capacidad de tanque No mayor de 5,000 litros (5m3) Tipo de Suelo No estar ubicados en suelos Regosoles ni Grumosoles. Topografia del Terreno (pendientes) Menores del 30% Distancia minima de retiro de 100 metros medidos a partir de! tanque de almacenamiento UbicaciOn con respecto a sitios de concentraci6n de personas (mercados, hospitales, centros educativos, centros comerciales u otros). la base del tanque debera estar a no menos de Profundidad del nivel fre3.tico 5.0 m respecto de! nivel estatico m<l.ximo de! manto freatico Cercania a cuerpos de agua (rios, pozos, £star ubicado fuera de las zonas de protecci6n lagos, lagunas, manantiales) de los cuerpos de agua ProtecciOn al recurso hidrico de residuos Debe incluir la impermeabilizaci6n de las de hidrocarburos instalaciones subterr<l.neas de! sitio de almaccnamicnto • Tanques de doble pared • Sensores de fuga (piez6metros) Tecnologia a requerir • Pozos de monitoreo/observacl6n • Captura de vapores • Tubos de ventilaci6n o venteo Riesgo Debe incluir el Estudio de Riesgo y su Plan de Contingencias DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B Art. 38.- Adici6nese al documento de Categorizaci6n de Actividades, Obras o Proyectos conforme a la Ley de! Medio Amb1ente, de fecha veintis61s de abril de! afio dos mil siete, donde se emiti6 el Acuerdo N° 39, publicado en el Diario Oficial N° 83, Torno N° 375, de fecha nueve de mayo de! presente afio, vigente desde la fecha de su publicaci6n, la Categorfa N° 17. denomimindose "Categorizaci6n para actividades, obras o proyectos para la Disposici6n Final de material de desechos petreos y org3nicos", la cual se detalla a continuaci6n: 17. Categorizacion para actividades, obras o proyectos para la Disposicion Final de material de desechos petreos y organicos Para fines de categorizaci6n se entenderit por disposici6n final de materiales p6treos y orginicos aquellos generados par las actividades de limpieza, demolici6n y preparaci6n de! sitio previo a una construcci6n o producto de actividades de mantenimiento y limpieza en vias de circulaci6n. Los materiales petreos y orgfoicos considerados dentro de esta categoria, son los siguientes: material vegetativo, ripio, escombros, tierra, piedra, siempre que no sean desechos s6lidos comunes, industriales u otros desechos peligrosos. GRUPO A: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL BAJO. NO REQUIEREN PRESENTAR DOCUMENTACION AMBIENTAL Actividades, obras o proyectos disposiciOn de material de desechos petreos y orgllnicos Disposici6n de material de desechos petreos y orginicos en sitios autorizados por este Ministerio. GRUPO B: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL LEVE, MODERADO O ALTO. REQUJEREN PRESENTAR DOCUMENTACION AMBIENT AL. Los criterios tecnicos relevantes para la evaluaci6n de estas actividades, obras o proyectos, son: El volumen de los desechos a disponer, capacidad de! sitio, accesibilidad, metodo de disposici6n, DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. presencia de vegetaci6n, pendiente de! terreno, presencia de drenajes naturales y/o cuerpos de agua. Las actividades, obras o proyectos de dispos1ci6n de material de desechos p6treos y/u orgimicos, quc califiqucn en cstc grupo de la catcgorizaci6n dcbcnin considcrar lo siguicntc: 1. De proyectarse el establecirniento de taludes de relleno, 6stos deberin confonnarse y estabilizarse a una relaci6n de pendiente de 2H:1V, con una altura mixima de 5.0 metros, considerando las hennas y la revegetaci6n o cobertura de otro material que garantice la estabilizaci6n de los taludes y terrazas finales. 2. El manejo de la escorrentia superficial en terrazas finales, cuerpo y base de taludes hasta la descarga en los drenajes naturales existentes, debera contar con las obras de drenaje pertinentes, como: cunetas y contracunetas verticales y horizontales, disipadores de energia, cajas de sedimentaci6n, entre otros. 3. El metodo de compactaci6n a utilizar debe ser adecuado al tipo de material a disponer, que garantice la conformaci6n y estabilizaci6n de los taludes y terrazas a generarse. 4. Para el traslado de! material de desechos a los sitios de disposici6n final, debedn cubrirse los camiones cargados con Iona, pl3.stico u otro material resistente que evite el riesgo de accidentes y esparcimiento de material particulado durante su tra~lado. 5. Debera implementar las medidas de sefializaci6n vial, horarios de tr3.nsito y de protecci6n necesarias en el proceso de recolecci6n, traslado y disposici6n final de! material. ❖ Grupo B. Categoria I: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL LEVE. NO REQUIEREN ELABORAR ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENT AL. Corresponden a la Categoria 1 del Grupo B, las actividades, obras o proyectos, cuyos impactos ambientales potenciales son !eves, los cuales deben enmarcarse en la nonnativa vigente, dando DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B cumplimiento a las regulaciones especi"ficas a Im, proce~os implicitos para su eJecuciOn y funcionamicnto: en cuyo caso cl Ministcrio cmitini Rcsoluci6n de quc no sc rcquicrc la e\aboraci6n de un Estudio de Impacto Arnbiental, a traves de\ Forrnulario Ambiental debidamente completado y la infonnaciOn anexa que con el ~e ~olicite. Scrim considcrados en catcgoria I de cstc Grupo, aqucllas actividadcs. obras o proycctos cuyo volumen de disposici(m final no sea mayor a I 0,000 m\ capacidad de recepci6n de] sitio, cobertura vegetal de pa~tos y matorrales, ausencia de drenajes naturales, pendientes hasta <lei l 0%. quc no requiem la apcrtura de vias de acccso. Estc tipo de actividadcs, obras o proycctos, no dcbcni localizarsc en Ureas naturalcs protegidas. zonas de amortiguamiento, {1reas de recarga acuifera y zona costero marina. Sc cstablcccn como critcrios dctcrminantes para calificar una actividad. obra o proyccto en esta categoria: El volumen de material a disponer, capacidad de recepci6n de\ sitio, la ausencia de vegetaci6n arbustiva y arb6rea y la presencia de drenajes naturales y/o cuerpm, de agua, con uno de cllos quc no cumpla, pasani a la siguicnte catcgoria de estc grupo. DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Volumen del material a disponer Cobertura vegetal Drenajes naturales y/o cuerpos de agua Pendiente del sitio de disposiciOn Metodo de disposiciOn Accesibilidad Localizaci6n del sitio Capacidad de recepciOn del sitio Basta I 0,000 rn3 Presencia de pasto y matmral Ausencia de cuerpos de agua Hasta 10% Manual y/o mednico No requiera la ape1tura de vias de acceso Nose ubique en areas naturales protegidas, zonas de amortiguamiento y de recarga acuifera. Hasta I 0,000 m3 + Grupo B, Categoria 2: ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS CON IMPACTO AMBIENTAL POTENCIAL MODERADO O ALTO. REQUIEREN ELABORAR ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENT AL. Las actividades, obras o proyectos incluidos en esta Categoria, deberan presentar un Estudio de Impacto Ambiental. El Ministerio emitira una Resoluci0n determinando que se requiere de la elaboraci6n de dicho documento, para lo cual se anexaran los renninos de Referencia. De esta Resoluci6n, el titular de la actividad, obra o proyecto podri interponer el Recurso de Revisi6n de acuerdo al Art. 97 de la Ley de! Medio Ambiente. Se consideran en esta categoria aquellas actividades, obras o proyectos de Disposici6n Final de material es petreos y org8.nicos, cuyo volumen de disposici0n final sea mayor a I 0,000 m3, la capacidad de recepci0n del sitio mayor a I 0,000 m3, presencia de cobertura vegetal arbustiva y arb6rea, existencia de drenajes naturales y cuerpos de agua, pendientes arriba de] 10%, que DIAR/0 OF/C/AL Torno N" 37B requiera la apertura de vfas de acceso, que se localicen en areas degradadas o en la zona costero manna. Este tipo de actividades, obras o proyectos, no debed localizarse en areas naturales protegidas, zonas de amortiguamiento y ireas de recarga acuifera. Volumen del material a disponer Cobertura vegetal Drenajes naturales y/o cuerpos de agua Pendiente <lei sitio de disposiciOn Mftodo de disposiciOn Accesibilidad LocalizaciOn del sitio Capacidad de recepciOn del sitio Mayor a I 0,000 1113 Presencia de arbustos y itrboles Presencia de drenajes naturales y/o cuerpos de agua Mayor a 10% Manual y/o mednico Requiere la apertura de vias de acceso No se ubique en areas naturales protegidas, zonas de amortiguamiento y de recarga acuifera. Mayor a I 0,000 m3 DIAR/0 OF/C/AL. - San Salvador, 6 de Marzo de 2008. Tabla General de CategorizaciOn para actividades, obras o proyectos para la DisposiciOn Final de material de desechos petreos )' org3nicos Volumen del material a disponer Cobertura vegetal Cuerpos de agua Pendiente del sitio de disposici6n Metodo de disposici6n Accesibilidad Localizaci6n del sitio Capacidad de recepciOn del sitio Hasta I 0.000 m 3 Presencia de pasto y mat01Tal Ausencia de cuerpos de agua Hasta 10% Manual y/o mcdnico No rcquicra la apcrtura de vias de acccso No sc ubiquc en areas naturales protegidas. zonas de amortiguamiento y de recarga aculfera. Hasta I (l,000 m3 Mavor a I 0,000 m 3 Presencia de arbustos y 8.rboles Ausencia de cuerpos de agua Mayor a 10% Manual yio mccfi.nico Rcquicrc la apc11ura de vias de acccso No sc ubiquc en :ircas naturalcs protegidas, zonas de amoiiiguamiento y de recarga acuifera. Mavor a I 0,000 m 3

Acuerdo Nº 127 - Modifica el Acuerdo Nº 39, Categorización de actividades, obras o proyectos según la Ley del Medio Ambiente · Nelum