Resolución Nº 941/07 - Por la cual se establece la definición de bosque para los proyectos de captura y reducción de carbono
颁布于 2007-06-26 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 巴拉圭
- 主题
- Air and atmosphere, Environment, Forestry
- 关键词
- climate change, clean development mechanism
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RESOLUCIÓN Nº 941/07 POR LA CUAL SE ESTABLECE LA DEFINICIÓN DE BOSQUE PARA LOS PROYECTO DE CAPTURA/REDUCCIÓN DE CARBONO. Asunción, 26 de junio de 2007 VISTO: La Ley Nº 251/93 " Que aprueba el Convenio sobre Cambio Climático , adoptado durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo - Cumbre para la Tierra .-celebrado en la cuidad de Rió de Janeiro , Brasil , el cual tiene entre sus objetivos lograr la estabilización de las concentraciones de los Gases de Efecto Invernadero en la Atmósfera a un nivel que impida interferencias antropicas peligrosas en el sistema climático , asegurando que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitiendo que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible ,y, La Ley Nº 1447/99 "Que ratifica el Protocolo de Kyoto sobre Cambios Climáticos", el cual en su articulo 12º se establece los denominados "Mecanismos para un Desarrollo Limpio "(MDL), mecanismos que utiliza las herramientas den mercado para hacer frente al cambio climático global, y, El Decreto Nº 14943/01 "Por la cual de implementa el Programa Nacional de Cambio Climático ", como instancia ejecutiva de la política nacional sobre el cambio climático y se asignen funciones. CONSIDERANDO: La necesidad de definir Bosque para la ejecución de los proyectos de captura /reducción de carbono, y, Por tanto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1561/00; EL SECRETARIO DE LA SECRETARIA DEL AMBIENTE RESUELVE: Artículo 1º: Establecer en el ámbito de la Oficina Nacional de Mecanismo de Desarrollo Limpio. Dependiente de la Secretearía del Ambiente, la definición de Bosque para la Elaboración de Proyectos de Captura /Reducción de carbono. Articulo 2º: Acorde con la decisión 9CP9, se recomienda tomar los siguientes valores para la definición nacional de bosques para el desarrollo de proyectos en el marco del Mecanismos de Desarrollo Limpio en Paraguay: * Área mínima: 0.5 hectáreas. * Cobertura de copa. 25%. * Altura a la edad de madurez: 5 metros. Articulo 3º: Comuníquese a quién corresponda, y luego, archívese. Arq. Carlos Antonio López Dose Secretario Ejecutivo. Ministro Lic. Jorge Rivas Quevedo Secretario General