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巴拉圭的法律

Resolución Nº 792 - Por la cual se reglamenta el contenido de sal (cloruro de sodio) en productos panificados de consumo masivo

颁布于 2015-10-13 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拉圭
主题
Food and nutrition, General
关键词
public health, condiments/herbs/spices, cereals/grains/rice, food additives, processing/handling, use restrictions, food safety and quality, agricultural commodities
类别
agriculture

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Artículo 1? Disponer que los productos panificados afectados por la presente Resolución son: pan tipo francés, pan felipe, galletas, palito, coquito, rosquita, y otros panificados de composición similar elaborados con harina de trigo tipo o0y 000, en sus diversas presentaciones, incluyendo la de granel.

  2. Artículo 2? Determinar que la sal agregada para la preparación de los productos citados en el artículo anterior será de 15 gramos de sal como máximo por cada kilogramo de harina de trigo.

  3. Artículo 39 Establecer que el contenido de sodio en productos panificados no debe ser mayor a 600 mg de sodio por cada 100 gramos de producto, incluyendo la sal agregada, los ingredientes propios del panificado y los aditivos agregados.

  4. Artículo 4% Disponer que los establecimientos elaboradores de productos panificados que operen dentro del territorio nacional deberán adecuar la preparación de sus productos a la presente Resolución.

  5. Artículo 59 Establecer que las actualizaciones de los Registros Sanitarios de Productos Alimenticios, R.S.P.A., vigentes, de los productos panificados, serán exonerados de abonar el arancel correspondiente a la figura de ACTUALIZACION DE REGISTRO SANITARIO, de forma que las empresas titulares de los mismos adecuen su composición cuantitativa y se realicen los ajustes correspondientes a la Información Nutricional en las etiquetas de los productos afectados por la presente resolución. <!-- page 4 --> "Sesguicentenanio de la Epopeya Hacional * Poder Ejecutivo Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social Resolución S.G., N* pL2.- POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL CONTENIDO DE SAL (CLORURO DE SODIO) EN PRODUCTOS PANIFICADOS DE CONSUMO MASIVO. , , de octubre de 2015 Hoja N* 04/04

  6. Artículo 6 Disponer que el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición — INAN, en uso de sus atribuciones, tendrá a su cargo: - Realizar la vigilancia del contenido de sodio en panificados elaborados y comercializados en el territorio nacional. - Coordinar alianzas estratégicas con industrias de alimentos, universidades, sociedades científicas y otros entes involucrados, para la promoción de la reducción de sal (cloruro de sodio) en productos alimenticios. - Fomentar el uso de Información Nutricional Complementaria (INC) en productos panificados envasados referente a la reducción de sodio. - Intensificar campañas de sensibilización sobre los beneficios que representa para la salud, la reducción de sal (cloruro de sodio) en la alimentación. - — Cualquier acción que sea necesaria para el mejor cumplimiento de la presente resolución enmarcada en las potestades institucionales.

  7. Artículo 7%. Establecer un plazo de 120 (ciento veinte) días a partir de la fecha de la presente Resolución para que las empresas elaboradoras de productos panificados adecuen la composición y etiquetado de sus productos a los límites de Sodio en los productos panificados establecidos.

  8. Artículo 8". Disponerí que el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución será considerada infracción de orden sanitario, siendo pasible de las sanciones dispuestas en la Ley N“ 836/80 Código Sanitario, y demás reglamentaciones legales vigentes en la materia.

  9. Artículo 9. Dejar sin efecto toda disposición ministerial anterior contraria a lo establecido en la presente Resolución.

  10. Artículo 10%. Comunicar a quienes corresponda y cumplido, arthivar. /sr