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巴拉圭的法律

Resolución Nº 717/13 – Por la cual se modifica la Resolución SEAM Nº 697/13 y se establece el riego escalonado para la actividad de bombeo de agua para regadío de cultivo de arroz en la cuenca del río Tebicuary

颁布于 2013-02-22 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

research.laws.repealedOn

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拉圭
主题
Cultivated plants, Water
关键词
cereals/grains/rice, crops, agricultural commodities, irrigation, water abstraction
类别
agriculture

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文本

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  1. Mp, SECRETARIA DEL AMBIENTE PARAGUAY Resolucién N°? 444 = /13 “POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION SEAM N° 697/13, Y SE ESTABLECE EL RIEGO ESCALONADO PARA LA ACTIVIDAD DE BOMBEO DE AGUA PARA REGADIO DE CULTIVO DE ARROZ EN LA CUENCA DEL RIO TEBICUARY, POR EL PLAZO DE QUINCE (15) DIAS, BAJO MONITOREO Y CONTROL DEL CAUDAL”. Asuncién, 22de Felorero de 2013. VISTO: El Memorandum N° 213/2013, de fecha 22 de febrero de 2.013, de la Direccién General de Proteccién y Conservacion de los Recursos Hidricos, y la necesidad de establecer criterios minimos para precautelar el uso sustentable de las aguas de la Cuenca del Rio Tebicuary, en especial en épocas de estiaje, asegurando la sustentabilidad ambiental para el riego en la produccidn de arroz, y; CONSIDERANDO: Que, en el mencionado Memorandum, se solicita la elaboracién de la Resolucién “POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION 697/13, Y SE ESTABLECE EL RIEGO ESCALONADO PARA LA ACTIVIDAD DE BOMBEO DE AGUA PARA REGADIO DE CULTIVO DE ARROZ EN LA CUENCA DEL RIO TEBICUARY, POR EL PLAZO DE QUINCE (15) DIAS, BAJO MONITOREO Y CONTROL DEL CAUDAL”. Que, de conformidad a los resultados preliminares del monitoreo hidrolégico efectuado entre el 18 de febrero al 21 de febrero del 2013, que viene realizando la DGPCRH conjuntamente con los técnicos del Proyecto de Modernizacién del Sector de Agua y Saneamiento (PMSAS), se ha constatado el repunte del nivel hidrico y del caudal del Rio Tebicuary en el punto de control de Villa Florida, teniéndose un caudal superior a 40 m°/seg. con 0.50 m de altura en la regla hidrométrica, lo que permite tomar otras medidas menos gravosas para la sustentabilidad del Rio Tebicuary. Que, la actividad de cultivo de arroz, como actividad agricola conlleva indefectiblemente la utilizacion de los recursos hidricos para su implementacién, y en este contexto teniendo en cuenta el repunte verificado en las mediciones del caudal actual, permite analizar la aplicacién de otras medidas menos restrictivas a la actividad mencionada, como ser el bombeo en intervalos de tiempo. Que, asi mismo es necesario recargar los reservorios de agua de los cultivos de arroz, aprovechando el repunte del nivel hidrico y del caudal, a partir de las Iluvias caidas en la semana, lo que permitira prever reservas de riego en caso de decrecimiento de los niveles de agua en el Rio Tebicuary. Que, la Politica Ambiental Nacional del Paraguay aprobada por el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) mediante Resolucién N° 04/05 de fecha 31 de mayo del 2005, establece como objetivo general la conservacién y adecuacién del uso del patrimonio natural y cultural del Paraguay para garantizar la sustentabilidad del desarrollo, 1a distribucion equitativa de sus beneficios, la justicia ambiental y la calidad de vida de la poblacién presente y futura. Que, la Ley 3239/07 “De los Recursos Hidricos del Paraguay” cuya autoridad de aplicacion es la SEAM, establece en su Articulo 4° que: “La Politica Nacional de los Recursos Hidricos se abocara a los siguientes objetivos: a) Impulsar el uso sustentable, racional e integral de los recursos hidricos, como elemento condicionante de supervivencia del género humano y de todo el sistema ecoldgico, promoviendo con amplio sentido proteccionista su mejor disfrute, el de los otros recursos naturales y del ambiente. Para ello debera tenerse en cuenta la unidad del recurso en cualquiera de las etapas del ciclo hidroldgico, la interdependencigatre We. distintos recursos naturales y los distintos usos de agua, el acondicionamiento del am fee, la-protedcitn, m1, conservacion y la restauracién de territorios productores de agua, controlando y, uk ici que es capaz de producir la PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA rs eee a me ep uses Ra Ww e Mm SECRETARIA DEL AMBIENTE PARAGUAY Resolucién N°? A = /13 “POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION SEAM N° 697/13, Y SE ESTABLECE EL RIEGO ESCALONADO PARA LA ACTIVIDAD DE BOMBEO DE AGUA PARA REGADIO DE CULTIVO DE ARROZ EN LA CUENCA DEL RIO TEBICUARY, POR EL PLAZO DE QUINCE (15) DIAS, BAJO MONITOREO Y CONTROL DEL CAUDAL”. accién humana:...i) Exigir la preservacién integral de los recursos hidricos, actuando fundamentalmente sobre las causas de la contaminacién o degradacién y en forma subsecuente, sobre sus efectos, con un enfoque sistémico en las cuencas hidricas, las areas de recarga de acuiferos y de los humedales.... Que, de conformidad al Art. 18 inc. g) de la Ley No. 1561/00, establece que: “Es atribucién del Secretario Ejecutivo dictar todas las Resoluciones que sean necesarias para la consecucion de los fines de la Secretaria, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento”. POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales, EL MINISTTRO . SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARIA DEL AMBIENTE RESUELVE: Art. 1°: MODIFICAR la Resolucién SEAM N° 697/13 de fecha 15 de Febrero de 2013 “Por la cual se suspende toda actividad de bombeo de agua para regadio de cultivo de arroz en la cuenca del Rio Tebicuary, hasta tanto se reestablezca el caudal permitido y la altura normal”, Art. 2°: ESTABLECER el bombeo continuo por espacio de dos (2) dias corridos, contados a partir de la firma de la presente resolucion para Ilenar los reservorios de aguas, existentes en los cultivos de arroz. Art. 3°: ESTABLECER, el bombeo intermitente con intervalos de pausas de veinte y cuatro (24) horas, por el plazo de quince (15) dias, una vez finalizado el bombeo continuo establecido en el articulo 2° de la presente resolucion. Art. 4°: DISPONER, el monitoreo semanal del nivel hidrométrico y de caudales, por parte de la Direccién General de Proteccién y Conservacién de los Recursos Hidricos, durante la vigencia de la presente resolucién. Art. 5°: DISPONER, que la Direccién de Fiscalizaci6n Ambiental Integrada (DFAJ), fiscalizara el cumplimiento de los articulos 1° y 2 ° de la presente resolucién. Art. 6°: COMNUNICAR a quienes corresponda y cumplida, archivar. FDO.ING. AGR. HERIBERTO OSNAGHI Ministro, Secretario Ejecutivo ABOG. DANIA f AVALAS Encargada de Despxého “S22” Secretaria General ij. yd oe Omer

Resolución Nº 717/13 – Por la cual se modifica la Resolución SEAM Nº 697/13 y se establece el riego escalonado para la actividad de bombeo de agua para regadío de cultivo de arroz en la cuenca del río Tebicuary · Nelum