Resolución Nº 503/12 - Por la cual se ordena a la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales realizar un monitoreo de las áreas de reserva legal de bosques en propiedades rurales de más de veinte hectáreas en todo el teritorio nacional
颁布于 2012-12-21 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 巴拉圭
- 主题
- Forestry, Land and soil
- 关键词
- forest management/forest conservation, agro-forestry, agricultural land
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Resolucion N° 00:3 /12 POR LA CUAL SE ORDENA A LA DIRECCIN GENERAL DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL Y DE LOS RECURSOS NATURALES (D.G.C.C.A.R.N.) A REALIZAR UN MONITOREO DE LAS AREAS DE RESERVA LEGAL DE BOSQUES EN PROPIEDADES RURALES DE MAS DE VEINTE (20) HECTAREAS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL. Asuncion, Z-1 de diciembre de 2012 VISTO: Las Leyes, 294/93 "De evaluaci6n de impacto ambiental", 1561/00 "Par la cual se crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente"; Ley 422/73 "Forestal" y la Ley 3001/06 "De valoraci6n y retribuci6n de los servicios ambientales"; y, CONSIDERANDO: Que la Ley, 422/73 establece en su articulo 42° "Toda las propiedades rurales de mas de veinte hectareas en zonas forestales deberan mantener el veinticinco par ciento de su area de bosque naturales ...": Que el Art. 15, inciso b), de la Ley 1561/00 establece que la Secretaria del Ambiente ejercera autoridad, dentro de su ambito de competencia, con relacion a la Ley 422/73. Que el Art. 7 del Decreto del Poder Ejecutivo numero 10.247 del 20 de marzo de 2007, reglamentario de la Ley 3001/06, establece que la Secretaria del Ambiente establecera mediante Resoluci6n "las condiciones y los requisitos para que los adquirentes de certificados de servicios ambientales de bosques puedan utilizarlos para compensar el deficit de reserva legal de bosques naturales, de acuerdo con la Ley N° 422/73". Que dado que la certificacion de areas destinadas a servicios ambientales debe realizarse a traves del procedimiento de evaluaci6n de impacto ambiental de la Ley 294/93 (segun 10 dispuesto por el Art. 6 del Decreto 10.247/07 y la Res. SEAM 531/08), Yque para obtener una declaraci6n de impacto ambiental el proponente debe cumplir con todas las normas juridicas vigentes en la Republica, la Direcci6n General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales tiene la potestad de verificar el cumplimiento de esas nonnas juridicas, particulannente las que son pertinentes para contar con un inventario ambiental del area en la que se desarrollara el proyecto, de acuerdo con 10 establecido en el Art. 3, inciso c) de la Ley 294/93. Que el Art. 23 de la Ley 1561/00 establece que "La Direccion General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales debera formular, coordinar, supervisal', evaluar y ejecutar, (...) actividades de evaluacion de los estudios sobre los impactos ambientales y consecuentes autorizaciones, control, fiscalizacion, monitoreo y gestion de la calidad ambiental". POR TANTO, en uso de sus atribucion legales, I!J ~;~. lMINISTRO ,#'/ '/ ' ,. '.' /.~ , " ':r''< ~' 6r~q~ ;'!1°EJECUTI DE LA SECRETAIDA DEL AMBIENTE \\ ~ \ !.« ,; " ,> i:,;/ ' RESUELVE: '\~~;.~:;; J;:! . . , ....- ,'- - ,'" c: I~ If.: ' "'5 r .... c~':J'i. p+. r/ a ~·.-·.... ~ : t~~ ~· ii .. , Resolucion N° 5"03 /12 POR LA CUAL SE ORDENA A LA DIRECCIN GENERAL DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL Y DE LOS RECURSOS NATURALES (D.G.C.C.A.R.N.) A REALIZAR UN MONITOREO DE LAS AREAS DE RESERVA LEGAL DE BOSQUES EN PROPIEDADES RURALES DE MAS DE VEINTE (20) HECTAREAS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL. ORDENAR, a la Direcci6n General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales (DGCCARN), a realizar un monitoreo de todas las areas de reserva legal de bosques naturales en propiedades rurales de mas de veinte hectareas en todo el territorio nacional. DISPONER que en todo proyecto que se desarrolle en propiedades rurales de mas de veinte (20) hectareas, la Direcci6n General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales debera determinar si el proponente cumple 0 no con la obligaci6n de mantener el veinticinco (25 %) por ciento del area de bosque natural conforme a las disposiciones del Art. 42 de la Ley 422/73 "Forestal", en concordancia con 10 establecido en el Art. 2 de la Resoluci6n SEAM 531/08. DISPONER que, para aquellos casos en donde no se ha dado cumplimiento al Art. 42 de la Ley 422/73 "Forestal"; el Plan de Gesti6n Ambiental debera contener necesariamente un proyecto de reforestaci6n y/o regeneraci6n natural con especies nativas para recuperar el pasivo forestal detectado; 0 bien, a elecci6n del proponente, una propuesta bajo declaraci6n jurada de adquisici6n de certificados de servicios ambientales que permita compensar el deficit en cantidad de hectareas del area de bosque natural. DISPONER que, en caso de detectarse un pasivo forestal en relaci6n a los bosques protectores, el Plan de Gesti6n Ambiental debera incluir necesariamente, un proyecto de reforestaci6n y/o regeneraci6n natural con especies nativas para recuperar el area de bosques protectores, de acuerdo con 10 establecido en la Ley 4241110 "De restablecimiento de bosques protectores de cauces hidricos dentro del territorio nacional" y su decreta reglamentario. Art. 5°: DISPONER que, en caso de detectarse alguno de los supuestos de hecho establecidos en los articulos 2° y 3°, la D.G.C.C.A.R.N. debera elaborar un informe detallado y remitirlo a la Direcci6n de Asesoria Juridica para que esta, en el marco del procedimiento apropiado, evalue la existencia 0 no de alguna infracci6n y/o hecho punible que pudiera derivar en un sumario administrativo 0 una denuncia penal, respectivamente. En todos los casos se debera informar al Instituto orestal Nacional (INFONA) sobre la situaci6n ~--.~ ...-::::- , ' . v, ...., d t t d ~,.\1 ·': j l' ~~~ ec a a. ~~ .:. , , ' '. ·eo '.::.~'\ / ~rt~'f ~;s;<>'. ~~:l PONER que, en ni gun caso previsto en la presente resoluci6n se Ci " . '" ,,,,,,.--;..' "; c," \ / .t; t\ " :' /;~ ).· .; : J su . enderan los tramit de la Evaluaci6n de Impacto Ambiental, salvo ." .~ \~((~::~ ~'~:.~~J:}~/ .~~~/./ t " f;; ~, '~ • '/ ~ ' '%t ~' " .".;, ~.~::,:i; ~ rot: \ . .... r:,-1 " J"::'-;'::" ~ ~-~.g~~~~~~ Resolucion N° r03 /12 POR LA CUAL SE ORDENA A LA DIRECCIN GENERAL DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL Y DE LOS RECURSOS NATURALES (D.G.C.C.A.R.N.) A REALIZAR UN MONITOREO DE LAS AREAS DE RESERVA LEGAL DE BOSQUES EN PROPIEDADES RURALES DE MAS DE VEINTE (20) HECTAREAS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL. hechos graves que ameriten la imposici6n de medidas cautelares de caracter urgente. corresponda y cumplido, archivar. FDO. ING. AGR. HERIBERTO OSNAGHI Ministro - Secretario Ejecutivo