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Resolución Nº 2026 - Por la cual se implementa el Registro nacional de empresas certificadoras, fiscalizadoras y operadores de productos ecológicos u orgánicos de origen animal y se establecen los requisitos para su registro, inspección y habilitación

颁布于 2024-12-16 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拉圭
主题
Livestock, Food and nutrition
关键词
animal production, ecological production/organic production, registration, inspection, certification, procedural matters, authorization/permit, international trade, meat, food safety and quality
类别
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  1. :.. TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rcmbiapo Scrvicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 101,/; POR LA CUAL SE IMPLEMENTA EL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS CERTIFICADORAS, FISCALIZADORES Y OPERADORES DE PRODUCTOS ECOLOGICOS U ORGANICOS DE ORIGEN ANIMAL Y SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA SU REGISTRO, INSPECCION Y HABILITACION. San Lorenzo, JG de diciembre de 2024 VISTO: La Nata ET-PO (Res.1936/2023) N° 16/2024, presentada por el Equipo Tecnico de Producci6n Organica del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), Expediente SAES N° 41.223; y CONSIDERANDO: La necesidad de establecer un sistema de control y certificaci6n de la producci6n organica de origen animal, con el objeto de brindar al consumidor la debida garantf a y confiabilidad de la calidad organica y proporcionar medidas que permitan la competencia lea! entre los operadores y asegurar la debida transparencia en los procesos de producci6n, elaboraci6n y comercializaci6n. La importancia de implementar un registro nacional de operadores, productores y de empresas certificadoras para la producci6n de productos organicos de origen animal y establecer los requisites para el registro, inspecci6n y habilitaci6n de empresas certificadoras, fiscalizadores y operadores de productos pecuarios ecol6gicos u organicos. La Ley N° 3481/2008 "De Fomento y Control de la Producci6n Organica". El Decreto del Poder Ejecutivo N° 4577/2010 "Por el cual se reglamenta la Ley N° 3481/2008 "De Fomento y Control de la Producci6n Organica". La Resoluci6n del SENACSA N° 708/2018 "Por la cual se crea el Registro Nacional de Empresas Certificadoras de Productos de Origen Animal con Destina a Exportaci6n; y se establecen requisites y obligaciones". ,,,.--.... El Decreto del Poder Ejecutivo N° 11.626/2013, por el cual se modifican parcialmente los Artf culos 1 ° y 2° del Decreto N° 10.995 del 26 de abril de 2013, "POR EL CUAL SE ACTUALIZAN LOS ARANCELES Y TASAS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS A SER PERCIBIDOS POR EL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SALUD ANIMAL (SENACSA) Y SE DEJAN SIN EFECTO DECRETOS PRECEDENTES". La Resoluci6n del SENACSA N° 1620/2022 "Por la cual se adopta la Norma Paraguaya NP 43 001 06 "Producci6n Organica, Cadena de Producci6n y Comerci 91izaci6n" - Segunda edici6n" en el Servicio Nacional de Calidad y Salud Anima1/SENACSA)". , . / ~a ~es~luci6n del SENACSA N° 1936/2023 "Por la cual se conforma el equipo t Ico:--:tQSt1tuc1onal, en el marco de la Ley N° 3481/2008 "De Fomento y Control de la •,, .. dyccion Organica" en el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) y brogaJa Resoluci6n del SENACSA N° 1621, de fecha 27 de octubre de 2022" . . ... :. . - ---•~- r' l v •-,.,,... Ci'r~-s f¥.uI ,,?1 [)~: . • .)[}8e < t r-V : : " (' ... .~. D 'ri..-1"';..-, ::~.\ ~;:-f~;--'1 .... ,~,i.-. . ,E'S'',. •"" .. • .... TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rembiapo Scrvicio Nacioo:il de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCIQN N° 1,,&G El Dictamen A.L. N° 2999/2024, emitido por la Asesorf a Legal del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA). La Ley N° 2426/2004, que crea el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), establece en su Artfculo 2° cuanto sigue: "el SENACSA sera el organismo nacional responsab/e de la elaboraci6n, reglamentaci6n, coordinaci6n, ejecuci6n y fiscalizaci6n de la politica y gesti6n nacional de calidad y salud animal". Ademas, en su Artfculo 6° dispone que: "El SENACSA tendra coma misi6n apoyar la politica pecuaria nacional, contribuyendo al incremento de /os niveles de competitividad, sostenibilidad y equidad, mediante el fomento def desarrollo de la productividad a traves de la protecci6n, manutenci6n y mejoramiento de la sanidad animal y de la ca/idad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal"; como tambien preve en su Artf culo 7° coma objetivos: " .. . b) controlar y .certificar la . calidad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal ... d) registrar y fiscafizar los establecimientos ganaderos e industriales, los productos y subproductos de origen animal, los alimentos e insumos de uso veterinario"; y por ultimo entre sus funciones determinadas en el Artfculo 8° expresa: " .. . c) dictar los reglamentos tecnicos y administrativos, asi coma las medidas requeridas para el cumplimiento de su gesti6n", al tiempo de regular en los incisos h) e I) que facultan al SENACSA la creaci6n de los registros necesarios para el cumplimiento de sus fines y establecer requisitos para el registro, habilitaci6n, inspecci6n y control. Las atribuciones conferidas al Presidente del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), en virtud de la Ley N° 2426 del 28 de julio de 2004. El Decreto del Poder Ejecutivo N° 92 del 21 de agosto de 2023, "POR EL CUAL SE NOMBRA AL SENOR JOSE CARLOS MARTIN CAMPERCHIOLI, COMO PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SALUD ANIMAL (SENACSA)". Por tanto, en uso de sus atribuciones legales, EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SALUD ANIMAL (SENACSA) RESUELVE: Disponer la implementaci6n del Registro Nacional de Empresas Certificadoras, Fiscalizadores y Operadores de Productos Ecol6gicos u Organicos de origen animal. Establ~cer los requisitos para el registro, inspecci6n y habilitaci6n de empresas c /.ificadoras, fiscalizadores y operadores de productos ecol6gicos u organicos e origen animal, que se encuentran en el Anexo A de la presente Resoluci6n . ... -3~---. .:.:..:.: f..probar los Anexos B (Proceso), C (Procedimientos), y D (Formularios • • • Tecnicos) que forman parte integrante de la presente Resoluci6n. 2 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rcmbiapo Servicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 1,olfo 4° Abrogar la Resoluci6n del SENACSA N° 1862, del 12 de diciembre de 2006, "POR LA CUAL SE IMPLEMENTA EL REGISTRO NACIONAL Y SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA EL REGISTRO, INSPECCION Y HABILITACION DE EMPRESAS CERTIFICADORAS, FISCALIZADORES Y OPERADORES DE PRODUCTOS ECOLOGICOS, BIOLOGICOS U ORGANICOS DE ORIGEN ANIMAL". ·. -~.:~-. Comunicar, dar cumplimiento y archivar. ...~.,.,, 3 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tcta Rcmbi:ipo Servicio Nacional de CALI DADY SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 1,,o1Jo . ANEXOA REQUISITOS PARA EL REGISTRO, INSPECCION Y HABILITACION DE EMPRESAS CERTIFICADORAS, FISCALIZADORES Y OPERADORES DE PRODUCTOS ECOLOGICOS U ORGANICOS DE ORIGEN ANIMAL. CAPITULO I Glosario de terminos A los efectos de la interpretaci6n de la presente Resoluci6n y los demas documentos relacionados a la producci6n organica, se entendera por: a) Acreditaci6n: procedimiento por . el cual un organismo competente otorga reconocimiento a una organizaci6n para llevar a cabo tareas especificas de certificaci6n de acuerdo a requisites especificos y dentro del alcance de la acreditaci6n. b) Aditivos: sustancias naturales o sinteticas y las mezclas de ellas, que se agregan a los alimentos para animales en muy pequerias cantidades, con el objetivo de corregir deficiencias en la alimentaci6n de los mismos y mejorar la presentaci6n. c) Agro ecosistema: unidad ecol6gica principal formada por componentes abi6ticos y comunidad bi6tica, incluyendo cultivos y crianzas, que son interdependientes e interactivos. d) Alimentos organicos: aquellos obtenidos de la producci6n organica. e) Autoridad de aplicaci6n: organismo oficial competente para regular los requisites de alimentos de origen animal y vegetal. f) Certificado de producci6n organica: documento que da fe que el producto ha cumplido con los requisites, principios y normativas de la presente Resoluci6n. g) Certificaci6n de resoluci6n organica: procedimiento mediante el cual las entidades de certificaci6n oficialmente reconocidas proveen seguridad escrita o equivalente de que los alimentos, sus sistemas de control de alimentos y los sistemas de producci6n pecuaria se ajustan a los requisites establecidos en este reglamento. h) E.T.I.P.O.: equipo tecnico institucional de producci6n organica. i) Ecosistema: unidad de funcionamiento de la naturaleza donde interactuan seres vivos con factores abi6ticos. j) ~.rnpresa Certificadora: persona juridica, debidamente registrada y habilitada por la autoddad, competente que, en el cumplimiento del presente reglamento y normativas vige /s, ·puede extender certificados de producci6n organica. • lnspecci6n: labor de visitar, evaluar, verificar y fiscalizar, los procesos e 1nstalaciones destinadas a la producci6n organica, que realiza un inspector o 4 ....... TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tela Rembiapo Scrvicio Nacional de CALI DADY SALUD ANIMAL fiscalizador autorizado, a requerimiento de: una empresa certificadora, de la autoridad competente o del productor. I) Inspector o Fiscalizador de Productos y procesos de alimentos orgamcos: persona fisica capacitada e id6nea, debidamente registrada y habilitada por la autoridad competente, para realizar inspecciones a fin de otorgar la certificaci6n organica de habilitaci6n o seguimiento, a nivel de producci6n primaria como de proceso de industrializaci6n y comercializaci6n. m) Operador de empresas alimentarias (OEA): persona fisica o jurfdica, debidamente registrada y habilitada por la autoridad competente, que participa en cualquier etapa del proceso de producci6n organica (productor, procesador, transportador, comerciante, exportador, etc.). n) Organismos geneticamente modificados (OGMs): cualquier organismo vivo que posea una combinaci6n nueva de material genetico obtenido mediante la aplicaci6n de biotecnologf a moderna, alterada, de una man era que no ocurre en la naturaleza por apareamiento o recombinaci6n natural. lncluyen sin limitarse a estas: AON recombinante, fusion celular, micro y macro inyecci6n, encapsulaci6n, supresi6n y duplicaci6n de genes. No se incluyen tecnicas de conjugaci6n, transducci6n e hibridaci6n. n) Periodo de transici6n: se denomina periodo de transici6n o conversion, al tiempo que transcurre desde que se deja de utilizar productos convencionales y se inicia el trabajo con tecnicas de producci6n organica, hasta lograr la certificaci6n correspondiente en cumplimiento de las reglamentaciones vigentes. o) Producto organico: se entiende por producto organico, biol6gico o ecol6gico, en adelante "organico", a todo producto obtenido en cumplimiento de los requisitos de producci6n organica. p) PMI: plan de mejoramiento institucional. q) Programa de certificaci6n: esquema y plan implementado por el organismo de certificaci6n, en conjunto con el cliente, con el fin de lograr los objetivos propuestos. r) SAES: sistema de atenci6n de expedientes del SENACSA. s) Sistema de Producci6n convencional: forma de elaboraci6n de productos que no se basa en las normas de la producci6n organica y que utiliza productos o insumos quf micos como los aditivos y preservantes, fortificantes y complementos. t) Sisterrya.., de producci6n organica: se denomina asf al sistema de producci6n agropecuaria, as[ como a los sistemas de recolecci6n, captura y caza, mediante el manjf6 racional de los recursos naturales, sin la utilizaci6n de productos de sf ntesis qui ica y otros de efecto t6xico real o potencial para la salud humana, que brinde ~ oductos sanos, mantenga o incremente la fertilidad del suelo y la diversidad iologica, conserve los recursos hfdricos y preserve o intensifique los ciclos biol6gicos del suelo para suministrar los nutrientes destinados a la vida vegetal y que finalmente 5 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tetli Rembiapo Servicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 'l01 ,,(;; . permita la identificaci6n clara por parte de los consumidores de las caracterf sticas senaladas a traves de un sistema de certificaci6n y etiquetado que las garantice. u) Sistema de producci6n sustentable: propuesta de desarrollo productive que utiliza los recurses naturales actuales optimizando sus beneficios y evitando su degradaci6n, de manera que las futuras generaciones tambien puedan utilizarlos para satisfacer sus propias necesidades. v) Solicitante: persona fisica o juridica que solicita el registro establecido en esta Resoluci6n. w) Unidad Productiva: es la explotaci6n primaria que cumple con los requisites de la producci6n. CAPITULO II De las disposiciones generales El SENACSA, a traves de sus dependencias tecnicas, sera responsable de registrar, habilitar y fiscalizar a Empresas Certificadoras, Fiscalizadores y Operadores dedicados a la producci6n de productos, subproductos y derivados de producci6n organica de origen animal. El SENACSA, a traves de sus dependencias tecnicas, podra, previo sumario administrative, sancionar, suspender o clausurar, de acuerdo a la normativa vigente, a empresas certificadoras, fiscalizadores y operadores que incumplan esta reglamentaci6n. La calificaci6n de un producto, subproducto o derivado de origen animal como ecol6gico, biol6gico u organico se otorgara a aquellos que provengan de un sistema de producci6n organica, a fin de garantizar la debida transparencia y confiabilidad a los consumidores nacionales e internacionales. La certificaci6n del procesamiento, acondicionamiento, almacenamiento, empaque, etiquetado, transporte, comercializaci6n de los productos, derivados y subproductos de origen animal calificados como organicos, debera estar sujeta a las disposiciones de la presente Resoluci6n y demas reglamentaciones que emita el SENACSA, con el objeto de permitir una clara identificaci6n por parte de los consumidores. CAPITULO Ill De los Registros Toda empresa certificadora, fiscalizadores y operadores de la producci6n de productos, subproductos y derivados organicos de origen animal estan obligados a registrarse en el SENACSA. /.· Las ce ·ficaciones realizadas por las empresas certificadoras no seran validas, si dichas empresas no estan registradas en el SENACSA o si se encuentran con los reg is· os y ~ncidos. L . inscripci6n de empresas certificadoras, fiscalizadores y operadores en el Registro adonal ten·dra una validez de un (1) ario. 6 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tctli Rembiapo Servicio Nacion.:il de CALI DADY SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 7.,,'51.Jo . Las acreditaciones vencen el 31 de diciembre de cada afio. CAPITULO IV Delos requisitos Toda persona fisica o juridica interesada en obtener el registro y habilitaci6n por parte del SENACSA, como empresa certificadora, fiscalizador u operador de empresas alimentarias (OEA) de producci6n organica de origen animal, debera presentar el formulario de inscripci6n con las informaciones solicitadas y los documentos requeridos en Mesa de Entrada de la Direcci6n General de Calidad e lnocuidad de Productos de Origen Animal (DIGECIPOA). A- Requisitos establecidos para el registro y habilitaci6n de Empresas Certificadoras de produc~os organicos de origen animal: A.1. Generales: a) Acreditaci6n ante el Organismo Nacional de Acreditaci6n (ONA), para emitir certificaciones de conformidad a la Norma ISO 17065 (certificaci6n de productos, procesos y servicios). b) Descripci6n de la infraestructura y equipos con que cuenta la empresa certificadora. c) Planilla de operadores, detallando el area y la poblaci6n afectada al programa, especie, finalidad, volumenes de producci6n y la notificaci6n a los vecinos por parte de los operadores sobre el sistema de producci6n organica implementado. d) Procedimientos para aplicar sanciones en caso de irregularidades observadas al operador. e) Un ejemplar del certificado a ser utilizado por la empresa de certificaci6n. f) Lista de fiscalizadores y del personal autorizado a firmar los certificados. g) La empresa debera contar con un representante y un asesor tecnico habilitado y acreditado debidamente, de profesi6n veterinaria o ciencias afines. ~ A.2 Especificos A.2.1 Del Asesor Tecnico: a) Debera ser profesional egresado de una facultad de veterinaria o ciencias afines. b) Fijar residencia dentro del territorio nacional. A.2.2. De la Empresa: a) Razon Social. b) Direcci6n. c) Telefono. /d) Correo electr6nico. • e) Copia de estatutos sociales (constituci6n). f) Registro unico de contribuyente (RUC). :t Del representante: 7 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rcmbiapo Servicio N:icional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° "'1.,o?.fo . a) Nombre, apellido y denominaci6n del cargo que desempena dentro de la empresa. b) Numero de cedula de identidad. c) Telefono. d) Correo electr6nico. 8- Requisitos establecidos para el registro y habilitaci6n de Fiscalizadores de productos organicos de orig~n animal: 8.1 Generales: a) Debera ser profesional universitario egresado de la facultad de veterinaria o de ciencias afines. b) Curriculum vitae acompanado de documentos que demuestren su experiencia en producci6n organica (certificados de curses, etc). c) Firmar el documento de compromise de confidencialidad y declaraci6n de conflictos de intereses. d) Certificado o constancia de participaci6n en curses para fiscalizadores de producci6n organica. 8.2 Especificos: a) Nombre y Apellido. b) Registro unico de contribuyente (RUC). c) Cedula de ldentidad. d) Telefono. e) Correo electr6nico. f) Domicilio legal. g) No ser funcionario del sector publico. C- Requisitos establecidos para el registro y habilitaci6n de productores y organizaciones de productores de productos organicos de origen animal: C.1 Generales: a) Presentaci6n de los certificados de producci6n, elaboraci6n y comercializaci6n que se emitan a su nombre. b) En el caso de productores organizados, el listado actualizado de los miembros que integran la organizaci6n. c) Proporcionar toda la informaci6n adicional que el SENACSA solicite para actualizar la lista de productores del paf s. d) Resoluci6n de reconocimiento de la organizaci6n por parte de la autoridad competente. C.2 Especificos: a) Fo tocopia de la Cedula de identidad o estatutos sociales (constituci6n) b) /Fotocopia autenticada del ultimo informe de inspecci6n, habilitaci6n o ~abilitaci6n, segun corresponda. ) Fotocopia del ultimo certificado de acreditaci6n obtenido. }proquis o piano gener~I ?e u~icaci6 n d e la unidad productiva. e) Lista del personal adm1nistrat1vo y tecnico f) Lista actualizada de productores (s61o para organizaciones) 8 ,--... TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tela Rembiapo Servicio N::icional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESQLUCIQN N° 10lG g) Fotocopia de los formularios de control interno (solo para organizaciones) h) Organigrama (solo para las organizaciones) D- Requisitos establecidos para el registro y habilitaci6n de procesadores y comercializadores de productos organicos de origen animal: D.1. Generales: a) Nombre y apellido del representante. b) Numero de cedula. c) Domicilio legal. d) Telefono. e) Correo electr6nico. D.2. Especificos: a) Fotocopia de los estatutos de la persona juridica. b) Organigrama. b) Localizaci6n de la unidad (detallando: superficies totales, areas de procesamiento y municipio donde se encuentra la planta procesadora). c) Flujograma del proceso de procesamiento y documentaciones. d) Listado de maquinarias y equipos relevantes para el procesamiento organico. e) Lista del personal administrativo y tecnico (solo organizaciones) f) Listado de documentos utilizados para el control de los procesos. g) Fotocopia del ultimo informe de inspecci6n. h) Fotocopia del ultimo certificado de acreditaci6n obtenido. i) Lista de certificaciones otorgadas. j) Listado de los proveedores. k) Lista de los productores (s61o organizaciones). E- Requisitos establecidos para el registro y habilitaci6n de transportadores de productos organicos de origen animal: E.1. Generales: a) Se regiran por las normativas vigentes y observaran las directrices nacionales e internacionales, y aquellas que correspondan segun el tipo de producto de origen animal a ser transportado. CAPITULO IV De los lnsumos Los insumos a utilizarse deberan provenir de una producci6n organica certificada. Excepcionalmente, se autorizara el uso de material convencional, siempre que el programa de certificaci6n defina las condiciones necesarias para tal efecto, estableqiendo un plazo para la adquisici6n de materia prima u otros insumos permitidos para su utilizaci6n en la producci6n de productos organicos de origen ani~I. El plan de manejo sanitario y nutricional sera aplicado teniendo en cuenta las m idas descriptas en las normativas nacionales e internacionales. Los productos e i sun:ios de uso veterinario permitidos en el manejo sanitario y para la alimentaci6n de as especies animales de producci6n organica seran definidos por la autoridad competente. 9 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tetii Rembiapo Servicio Nacional de CALI DADY SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 1 o-iG CAPITULO V Del Control El SENACSA es el 6rgano competente para efectuar la supervision y auditoria, solicitar las documentaciones pertinentes a efecto de fiscalizar a la empresa certificadora, y cuando lo considere necesario a las fiscalizadores y operadores que se hallen registrados en la lnstituci6n. Las empresas certificadoras estan obligadas a proporcionar al SENACSA, un listado de los productos y/o subproductos certificados par las mismas, asi como el rendimiento obtenido y el destine final de los productos producidos bajo este sistema, y las copias de los certificados expedidos. El informe sera mensual, con fines tecnicos y estadisticos. El SENACSA realizara visitas de inspecci6n a las operadores una vez por ano, coma minimo, y extraera muestras para analisis del producto elaborado, cuando considere necesario o cuando asi se requiera. El operador notificara a las demas productores sobre el sistema de producci6n organica que esta implementando, a fin de que las afectados tomen las precauciones necesarias para que los tratamientos no afecten las producciones organicas cercanas. CAPITULO VI Otros aspectos del control A los efectos de la confidencialidad se entendera: a) Toda informaci6n recabada por la autoridad competente se mantendra coma confidencial. b) La divulgaci6n de la informaci6n confidencial a personas o instituciones no autorizadas sera penada de acuerdo a la legislaci6n vigente. c) Cuando la ley exija que la informaci6n sea revelada a terceros, se deben dar a conocer al operador o a la certificadora, las circunstancias en que la informaci6n ha sido proporcionada. d) No se consideran informaciones confidenciales a las datos globales de producci6n, volumenes de exportaci6n, paises de destino, superficie producida y poblaci6n animal bajo producci6n organica. CAPITULO VII De la Exportaci6n e lmportaci6n de Producto Organico Par -~ exportaci6n de productos organicos de origen animal, la empresa exportadora d era adjuntar a la solicitud de exportaci6n, el certificado de producci6n organica torga<:io por la empresa certificadora, con la firma y sello original del representante de la empresa. D~ .Jose·Cslos 1\{arlin C PreSiQents del SENACS?, 10 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tctli Rcmbiapo Servicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 10~(, . Para la importaci6n de productos de origen animal bajo el r6tulo de orgarnco, el SENACSA verificara que estos cumplan con los requisites de producci6n organica establecidos en las normativas vigentes. Dichos productos deberan ingresar con un certificado del pais de origen que los acredite como tales, previa homologaci6n del mismo, por parte del SENACSA. CAPITULO VIII De las lnfracciones y Sanciones Seran consideradas infracciones: a) Rotular, identificar, denominar o publicitar un producto como orgarnco o su equivalente, en contravenci6n a la normativa vigente y con fines comerciales. b) Ejercer actividades de certificador de productos organicos y/o utilizar indebidamente el sello de producto organico, sin estar habilitado oficialmente por el SENACSA. c) lncumplir las normas del sistema producci6n organica que puedan dar origen a fraudes en la producci6n y comercializaci6n de productos organicos. d) Hacer uso de envases o embalajes que lleven las expresiones "producto organico" o su equivalente, en productos que no cumplan con tal condici6n. e) Emitir informes o certificados relacionados a productos que no han sido inspeccionados. f) No cumplir los procedimientos sobre controles e inspecciones de los productos mencionados en la norma paraguaya de producci6n organica. g) Negar u ocultar informaci6n requerida por el SENACSA en un proceso de auditorf a de fiscalizaci6n. Por un periodo que dependera del caso analizado, el SENACSA, antes de cancelar el registro de un operador, certificador, fiscalizador, suspendera temporalmente el registro y notificara sobre este hecho a la instancia correspondiente, ademas, recibira las presentaciones realizadas por los interesados y las pruebas respectivas que guarden relaci6n con el caso y correspondan en derecho. La instituci6n resolvera la cancelaci6n definitiva o la no suspension del registro, segun corresponda. Notificara a los operadores sobre la cancelaci6n del registro de la certificadora correspondiente, otorgando un plazo de 30 (treinta) dias corridos para su adhesion a otro programa de certificaci6n. En caso de incumplimiento de las disposiciones de esta Resoluci6n, el SENACSA, establecera las sanciones previstas en la Ley N° 3481/2008, el Decreto N° 4577/2010 y otras reglamentaciones vinculantes, previo sumario administrative. El SENA.CSA tendra la facultad de establecer procedimientos dentro del ambito de su competencia respecto a las actividades vinculadas a la presente Resoluci6n. Para logra/ la implementaci6n efectiva, debera planificar estrategias efectivas a traves de dependencias tecnicas con el fin de lograr las metas nacionales en concordancia os Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), referentes a la Producci6n Organica mal. · .UT. Josi Carl.~,., }!iartin C P:eski;r;t~; cJe! ~;.ENAcs.r., 11 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tetii Rembiapo Scrvicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° ·-io11:, ANEXO B {PROCESOS) FLUJORAGRAMA DE PROCESO DE REGISTRO DE EMPRESAS CERTIFICADORAS DE PRODUCCION ORGANICA ANIMAL DIGECIPOA INFORMA AL SOLICIT ANTE SOBRE LA PRESENTACION DEL PMI 1 ·~ PRESENTACION DE ACCJONES CORRECTIVAS Y DOCUMENTACION RESPALDATORIAS ,/ , PAGO DE TASAS (INTERESADO) PRESENTA l CION DE LA SOLICITUD (F3) (INTERESADO) l RECEPCION DE LA SOLICITUD - (DIGECIPOA) Acci6n: recibe el expe diente y providencia por los conductos ondientes al E.T.1.P.O. corresp l EQUIPO TECNIC 0 DE PRODUCCION ORGANICA Accion: evalua ya naliza el documento de acuerdo e chequeo y emite informe a una lista d " IN FORME TECNICO (debe co evaluaci6 ntener resultado de la n documental e in-situ) DIGECIPOA REGISTRA Y EMITE CONSTANCIA DE REGISTRO RECHAZACON OBSERVACIONES I 1.--- I ACEPTAO I I . APRUEBA I 12 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rcmbiapo Scrvicio Nacion3l de CALI DADY SALUD ANIMAL RESOLUCION N°--io1-G . ANALISIS DE EVALUACION SEGUN FINALIDAD EVALUACION (DOCUMENTALES E IN-SITU) l l l PARA REGISTRO DE SEGUIMIENTO PARA REVALIDAR 1ERA VEZ DE PMI REGISTRO (cada 1 ario) (frecuencia segun riesgo) (aleatorio) OPERATORIA: 1. PARA REGISTRO PRIMERA VEZ (EVALUACION lERA VEZ DOCUMENTAL E IN SITU). 2. EVALUACION DE SEGUIMIENTO DE PMI (FRECUENCIA SEGUN RIESGO). 3. PARA REVALIDAR REGISTRO (SE ESTABLECERA EN FORMA ALEATORIA) REFERENCIA: Las evaluaciones seran: a) Documentales: pianos, documentos solicitados para el registro. b) In-Situ: verificar ubicaci6n, operatoria, gesti6n, aplicaci6n de BPA, BP; etc. ANEXO C (PROCEDIMIENTOS) MEMORIA DESCRIPTIVA PARA EL PROCESO DE REGISTRO DE EMPRESAS CERTIFICADORAS DE PRODUCTOS ORG.ANICOS DE ORIGEN ANIMAL ff?f g:!!};l«1f'.}}ji}\/ ~;;~ii~:/~;:~~::~rio~ra el registro de empresas certificadoras de productos • Resoluci6n del SENACSA 708 del 11 de mayo del 2018 "POR LA QUE ESTABLECEN REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE EMPRESAS CERTIFICADORAS DE PRODUCTOS PECUARIOS CON DESTINO A EXPORTACION", en cuanto a documentaci6n para empresas certificadoras. • Resoluci6n POR LA CUAL SE IMPLEMENTA EL REGISTRO NACIONAL DE EM PRESAS CERTIFICADORAS, FISCALIZADORES Y OPERADORES DE PRODUCTOS ECOLOGICOS U ORGANICOS DE ORIGEN ANIMAL Y SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA SU REGISTRO, INSPECCION Y HABILITACION" Haber superado de forma satisfactoria el proceso de evaluaci6n de verificaci6n in situ de la empresa certificadora, par parte del SENACSA. 13 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tetii Rembiapo Scrvicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 1,0l<"o . Productos, subproductos y derivados de origen animal que cum plan con la norma paraguaya de producci6n organica, cadena de producci6n y comercializaci6n. NP 43 00106. Numero de expediente asignado en el SAES, al momenta de presentar la solicitud de registro a DIGECIPOA. a.- Documentaci6n requerida par la Resoluci6n del SENACSA N° 708/2018. b.-Solicitud de registro de empresa certificadora de productos organicos /registro de firma (F-03). La empresa certificadora, fiscalizadores y empresas elaboradoras de productos de organicos de origen animal, comestibles o no comestibles. Solicitantes - Gestiones: Paso 1: Completar la solicitud (F-03), acompanada de las documentaciones solicitadas en la Resoluci6n del SENACSA NQ 708/2018 y la Resoluci6n que implementa el Registro. Paso 2: Pago detasay presentaci6n del legajo en mesa de entrada de la DIGECIPOA dirigido al Director General. SENACSA- Gestiones internas: Paso 3: lngreso de la solicitud y documentos respaldatorios a traves del SAES y la correspondiente creaci6n del expediente electr6nico, posteriormente se providencia al Gabinete de Presidencia del SENACSA. Paso 4: La jefatura de Gabinete realiza la remisi6n del expediente al E.T.I.P.O., para su analisis y dictamen tecnico respectivo. Paso 5: E.T.I.P .0., recibe el expediente, realiza el analisis del legajo documental y coordina una evaluaci6n in situ yen las oficinas de la empresa certificadora. Paso 6: E.T.I.P.O. elabora el dictamen, considerando las resultados de la evaluaci6n documental e In-situ (tiempo estimado 30 dfas). a) Se toma contacto con la empresa certificadora para iniciar la evaluaci6n in-situ b) Resultado favorable de la evaluaci6n (documental e In-situ), se informa a DIGECIPOA, a fin de expedir la constancia de registro. c) Resultado rechazado, se informa a DIGECIPOA, y se otorga un plaza de 30 dfas corridos a la CERTIFICADORA a fin de que de presente un plan de mejoramiento institucional (PMI) calendarizado, con acciones a ser implementadas. Este plan de acci6n debe ser evaluado y aprobado par el E.T.1.P.O., se aguardara el cumplimiento de las plazas. Este procedimiento implica el pago de una nueva tasa. Solicitantes - Gestiones: Paso 7: El Solicitante (Empresa Certificadora) realizara la elaboraci6n y remisi6n del PMI describiendo las acciones correctivas y preventivas con suficiente evidencia de cumplimiento, (ej: fotos, registro de reuniones, capacitaciones, formularios, manuales actualizados o modificados, entre otros), debiendo realizar el pogo de nueva tasa. SENACSA- Gestiones lnternas: Paso 8: Evaluaci6n In-situ y documental. . rocedfmiente> de t< Expedici6n de registro de empresa certificadora, fiscalizadores y operadores de ;}jiJ~t~gj~ticf-){>/i)~.' empresas alimentarias de origen animal organico: 14 : TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rembiapo Scrvicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCIQN N° 201...,k:J a) Dictamen favorable, se emite constancia de registro y se comunica a la empresa certificadora. b) Dictamen rechazado, se comunica a la empresa certificadora para la presentaci6n de PMI segun recomendaci6n del E.T.I.P.O, conforme al plaza establecido. La empresa certificadora recibe las recomendaciones, no conformidades, observaciones y prepara un plan de acci6n que lo vuelve a presentar al E.T.I.P.O. para su evaluaci6n y posterior informe a DIGECIPOA. Vigencia del certificado de registro: 1 (un) aiio. Renovaci6n del Certificado de Registro: Se otorga luego de la presentaci6n de toda la documentaci6n respaldatoria, adjuntando la copia del registro anterior, a DIGECIPOA. Declaraci6n Jurada de compromiso: En caso de no existir cambios que afecten la condici6n legal del certificado el E.T.I.P.O, solicitara la firma de una Declaraci6n Jurada al retirar el certificado renovado. Tratamiento en caso de hallazgos o desvios o incumplimiento de la noma: El E.T.I.P.O. emite recomendaciones a Presidencia y de aquf a DIGECIPOA para que pueda ser comunicada a la empresa certificadora. La empresa certificadora recibe las recomendaciones, no conformidades, observaciones y prepara un plan de acci6n que lo vuelve a presentar al E.T.1.P.O. para su evaluaci6n y posterior informe a DIGECIPOA. lnforme Tecnico de situaci6n: El E.T.I.P.O. elaborara un lnforme Tecnico sabre la situaci6n de las solicitudes recibidas y el estado de las mismas, las cuales deberan ser analizadas durante la reunion del equipo tecnico y documentadas en actas, las cuales seran remitidas oficialmente a la Presidencia del SENACSA. 15 . .r---.. ,---... TYMBA RES.A.IHA IPORAMBYRA Tetii Rembiapo Servicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCIQN N° ,,.,1..,Cfl,b . ANEXO D (FORMULARIOS TECNICOS) FORM NOTA DE SOLICITUD NOTA DE SOLICITUD DE INSCRIPCION AL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE CERTIFICACION ORGANICA . .................... , ....... de .......................... de 202 ...... . Senores Direcci6n General de Calidad e lnocuidad de Productos de Origen Animal (DIGECIPOA) SENACSA- PARAGUAY Presente: El/la que suscribe (Ciudad, dfa, mes y ano) de nacionalidad con cedula de identidad N°: ................. , Registro Unico de Contribuyente RUC NQ. .............................................. caracter de .............................................................................................. , de la Empresa ....................................................................................................... , se dirige a Usted, A FIN DE SOLICITAR LA INSCRIPCION de la misma en el Registro Nacional de Empresas de Certificaci6n, que intervienen en el sistema de producci6n organica, con el compromiso de cumplir lo establecido en la Ley 3481/2008, su reglainentaci6n y demas normativas relacionadas a la producci6n organica de origen animal, bajo responsabilidad del SENACSA. Atentamente, Firma y Sello: .............................................. . Representante de la empresa en el Paraguay Adjuntos: FORM-REGISTRO - Formulario para Registro de Empresas Certificadoras DJ COMPROMISO 01- Declaraci6n de Compromiso LISTA DE DOCUMENTOS 01- Listado de Documentaciones a presentar El SEN.A.CSA guardara la confidencialidad de la informaci6n proporcionada per el solicitante en esta solicitud y sus 16 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tetii Rembiapo Scrvicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 1, o1.Jp DIRECCION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL (DIPS) FORMULARIO DE REGISTRO DE EM PRESA CERTIFICADORA DE PRODUCTOS ORGANICOS / REGISTRO DE FIRMA Fecha: ............ . RENOVACION Expediente: ................... ..~ ER . R E G 1s r R o I- DATOS DEL DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA: Nombre o Razon Social : ....................................................................................................................... . RUC: Telefono/fax: E-mail: .................................................................................................................... . Domicilio Legal: ...................................................................................................................................... . Departamento: ............................. Distrito: ........................................ Localidad: .......................... . Telefono/fax: E-mail: ............................................................................................................................. . N° de Registro Oficial de Habilitaci6n SENACSA: ......................... . Observaciones: ...................................................................................................................................... . MARQUE LA CATEGORIA A LA QUE PERTENECE EL ESTABLECIMIENTO Y DESCRIBA LA ACTIVIDAD A REALIZAR. Certificador de Productos y Subproductos Organicos de Origen Animal Descripci6n de la Actividad: II- REGISTRO DE FIRMA Y DATOS DEL RESPONSABLE LEGAL DE LA EMPRESA ANTE EL SENACSA MARCAR LO QUE CORRESPONDA Propietario D Gerente D Apoderado D Administrador D Nombres y Apellidos: ............................................................................................................................. . Cedula de)dentidad N2: ........................................... Telefono/fax: E-mail: ............................. . Direccior(particular: .......................................................................... N° ......................................... . Depa/iamento: Distrito: ....................................... Localidad: .................................................. . Cat gorfa. Declaro bajo fe de juramento que las datos son correctos y asumo el cumplimiento d las reglamentaciones del SENACSA 17 FIRMA DEL INTERESADO/A ACLARACION ...... TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rembiapo Scrvicio Nacional de CALI DADY SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 'lo?.,b . Ill- REGISTRO DE FIRMA Y DATOS DEL RESPONSABLE LEGAL DE LA EMPRESA ANTE EL SENACSA MARCAR LO QUE CORRESPONDA Responsable Tecnico D Nombres y Apellidos: ............................................................................................................................. . Cedula de ldentidad N2: ........................................... Telefono/fax: E-mail: ...................................... . Direcci6n particular: .......................................................................... N° ............................................ . Departamento: Distrito: ....................................... Localidad: ........................................................ . Categorfa. Declaro bajo fe de juramento que las datos son correctos y asumo el cumplimiento de las reglamentaciones del SENACSA Para uso exclusivo del SENACSA: FIRMA DEL INTERESADO/A ACLARACION N° de Comprobante de Pago: Fecha: --~ --~ / = ombre y apellido del Funcionario: Sella y Firma: ...................... . 18 TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Teta Rcmbiapo Scrvicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° w1Ja . DJ-COMPROMISO 01 DECLARACION DE COMPROMISO El/la que suscribe ............................................................................. de profesi6n ............................................. con Registro Profesional N2 .................. del .... ./. ..... ./. .... ./ , C.I. N2 ................................. , declara ante la Direcci6n General de Calidad e lnocuidad de Productos de Origen Animal - (DIGECIPOA) del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) que conoce y asume el compromiso de cumplir y respetar lo establecido en la "Ley 3481/2008 de Fomento y Control de la Producci6n Organica", su reglamentaci6n y demas normas especfficas de la producci6n organica de origen vegetal, asf como velar que los operadores que certifican conozcan y cum plan de los mismos. Que, las informaciones indicadas en la solicitud y documentaciones adjuntadas son ciertas. La presente declaraci6n expira en el momenta en que la Direcci6n de Calidad e lnocuidad de Productos de Origen Animal (DIGECIPOA), del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) reciba una carta de anulaci6n por mi firma y/o por el del Represe ante de la Empresa. . ................... , ...... de .......................... de 202 ..... = (Ciudad, dfa, mes y afio) Firma del Representante en el Paraguay Aclaraci6n de Firma SELLO DE LA EMPRESA 19 ~ TYMBA RESAIHA IPORAMBYRA Tctii Rcmbiapo Servicio Nacional de CALIDAD Y SALUD ANIMAL RESOLUCION N° 2-57.,,(? . LISTADO DOCUMENTOS 01 LISTADO DE DOCUMENTACIONES A PRESENTAR PARA REGISTRO DE EMPRESAS DE CERTIFICACION ORGANICA. Documentos Entrega Requisitos para la inscripci6n son: Autenti Original cado Si No Copia del certificado de acreditaci6n emitido por el ✓ 1. organismo competente o constancias de reconocimiento o de haber iniciado el proceso (en caso de renovaci6n) Copia actualizada del manual de calidad, acorde a la Gufa ✓ 2. 1SO/IEC 17065. ✓ 3. Manual de procedimiento de certificaci6n. Copia de las normas que aplican para las certificaciones de ✓ 4. los productos organicos de origen animal. 5. Lista oficial de operadores certificados yen transici6n. ✓ 6. Listado del personal autorizado a firmar los certificados, con ✓ el correspondiente registro de firma. 7. Lista de inspectores habilitados por la empresa certificadora. ✓ 8. Fotocopia del ultimo informe de inspecci6n, si corresponde. ✓ 9. Fotocopia del ultimo certificado concedido, si corresponde. ✓ Documentos del Representante Persona ffsica: ✓ 10. Copia de cedula de identidad. Persona Jurfdica: Carta poder o acta de la comisi6n en la que se designa Representante ante el SENACSA. Documentos del responsable tecnico: ✓ 11. Copia de cedula de identidad. Copia de registro profesional vigente. Copia de contrato de vinculaci6n laboral. O,tras documentaciones adicionales solicitadas por el ✓ 12 I vSENACSA, segun el caso. l ✓ Otros documentos a pedido del ETIPO I '>, N'!~a: Se guardara la confidencialidad de toda la informaci6n proporcionada por el solicitante en esta solicitud y SUS anexos. ~ 20

Resolución Nº 2026 - Por la cual se implementa el Registro nacional de empresas certificadoras, fiscalizadoras y operadores de productos ecológicos u orgánicos de origen animal y se establecen los requisitos para su registro, inspección y habilitación · Nelum