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巴拉圭的法律

Resolución N° 2.243/06 - Por la cual se actualiza el listado de las especies protegidas de la vida silvestre en peligro de extinción

颁布于 2006-11-15 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

research.laws.repealedOn

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拉圭
主题
Wild species and ecosystems
关键词
wild flora, endangered species, offences/penalties, protection of species, biodiversity

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. RESOLUCIÓN N° 2.243/06 “POR LA CUAL SE ACTUALIZA EL LISTADO DE LAS ESPECIES PROTEGIDAS DE LA VIDA SILVESTRE EN PELIGRO DE EXTINCIÓN – DEROGACIÓN DE LA RES 701/96 Y 59/04 " Asunción, 15 de noviembre de 2006 VISTO: La necesidad de elaborar un listado de las especies de protegidas de la Vida Silvestre en peligro de extinción y el informe técnico de la Dirección de Vida Silvestre N° 006/06. CONSIDERANDO: Que la Ley 1.561/00 que crea el Sistema Nacional de Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente adquiere carácter de Autoridad de Aplicación, de la Ley 96/92 "Vida Silvestre". Que el Art. 4° de la Ley 96/92 "De Vida Silvestre" establece Se declara de interés social y de utilidad pública la protección, manejo y conservación de la vida Silvestre del país, la que será regulada por esta Ley, así como su incorporación a la economía nacional. Todos los habitantes tienen el deber de proteger la Vida Silvestre. Que, el Art.8° inc. A) de la Ley 96/92 de "Vida Silvestre" establece: Serán atribuciones y funciones de la Autoridad de Aplicación Formular y proponer las políticas de protección y conservación de la Vida Silvestre, el inc g) establece otorgar permisos, contratos o cualquier otro tipo de cuestiones para el aprovechamiento de los elementos de la Vida Silvestre con fines educativos, científicos, recreativos o económicos y ejercer el control correspondiente y el inc j) Elaborar listados de especies protegidas, de las especies susceptibles de ser apropiadas y de las especies clasificadas como plagas. Que el Art. 27° de la Ley 96/92 "De Vida Silvestre" establece: Se protegerá y conservarán con regulaciones específicas, aquellas especies definidas en el artículo 26° que se desarrollen en ambientes restringidos o hábitat muy alterados por el hombre. Que el Art.32° de la Ley 96/92 "De Vida Silvestre" establece: Quedan restringidos los derechos de dominio privado sobre la flora silvestre, por razón de interés social y científico de su protección y conservación. Nadie podrá explotar industrial ni comercialmente la flora sin autorización previa de la Autoridad de Aplicación. Que, el Art. 33° de la Ley 96/92 "De vida Silvestre" establece: La Autoridad de Aplicación concederá autorizaciones para la colección, explotación, comercialización, tránsito, importación, exportación y reexportación de elementos de la flora silvestre, sea de carácter permanente u ocasional, con base en estudios científicos y atendiendo a lo dispuesto por los convenios internacionales. Que, el Art. 34° de la Ley 96/92 "De vida Silvestre" establece: Para la protección y conservación de la fauna silvestre, se tendrá en cuenta lo establecido y aplicable que se hallan en peligro de extinción o en proceso de disminución de su población. Que, la Dirección de Vida Silvestre ha elaborado el listado a que se hace referencia la presente resolución, producto de un taller realizado en el presente año en el cual se obtuvieron los criterios y que el mismo cuenta con la revisión de los especialistas que han participado del mencionado taller. http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/2000/leyes/ley 1561 00.php http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/1992/leyes/ley 96 92.php#4 http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/1992/leyes/ley 96 92.php#8 http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/1992/leyes/ley 96 92.php#27 http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/1992/leyes/ley 96 92.php http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/1992/leyes/ley 96 92.php http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/1992/leyes/ley 96 92.php#33 http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/1992/leyes/ley 96 92.php#34 Que, el Dictamen de la Dirección de Asesoría Jurídica N° 1620/06 con los argumentos expuestos no encuentra objeción en la suscripción de la misma. Que, de conformidad al Art. 18° de la Ley N° 561/2000 establece que es atribución del Secretario Ejecutivo de la Secretaría del Ambiente dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la consecución de los fines de Secretaría, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento. POR TANTO, en su uso de sus atribuciones. EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRATARIA DEL AMBIENTE RESUELVE: Art. 1°.- Establecer el Listado de las Especies en peligro de extinción: son las especies que no podrán ser explotados ni industrial ni comercialmente; y cuyo incumplimiento se halla sancionado por el Art., 6° de la Ley 716/96 con pena de uno a cinco años de penitenciaria, el comiso de los elementos utilizados y multa de 500 (quinientos) a 1.000 (mil) jornales legales para actividades diversas no especificadas. Art.2°.- El listado de las especies en Peligro de Extinción se halla en el anexo 1de esta resolución. Art.3°.- Dejar sin efecto la Resolución DPNVS N° 701 DE FECHA 16 DE AGOSTO DE 1996 Y la Resolución SEAM N° 59/04 DE FECHA 21 DE ENERO DE 2004. Art.4°:Comunicar, a quienes corresponda y cumplida archivar. Especies de Flora Nativa en Peligro de Extinción- Paraguay N° FAMILIA NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE COMÚN 1 ANACARDIACEA Astronium balansive Urunde'y picha'i 2 APOCYNACEAE Aspidosperana polymeuron Peroba, yvyra ro'mi, palo rosa 3 APOCYNACEAE Peltasies stenodentiflorus 4 APOCYNACEAE Rhodocalyx rocandifolius 5 APOCYNACEAE Rauvolfia sellowit Kirandy ro, kino, kina, quina de monte 6 ARAUCARIACEAE Araucaria angustifolia Kari'y, pino paraná 7 ARECACEAE Attalea guaranitica 8 ARECACEAE Bactris Glaacexcens 9 ARECACEAE Batia campicola http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/2000/leyes/ley 1561 00.php#18 http://www.leyes.com.py/todas disposiciones/2004/resoluciones/resolucion 59 04.php 10 ARECACEAE Batia campylospotha 11 ARECACEAE Batia exertispodia 12 ARECACEAE Batia marmorii 13 ARECACEAE Euterpe edidis Palmito, jeruty, jejy'y 14 ARECACEAE Trithrinax brasiliensis 15 ASTERACEAE Baccharís isabelae 16 ASTERACEAE Stevia rebaudíana Ka'a he'e, asuka, cira ka'a Ing. Agr. Alfredo Molinas Secretario Ejecutivo, Ministro

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