Normas relativas a las rutas fiscales y a los puestos de control obligatorios para el ingreso de bienes sujetos a control y fiscalización utilizados en la minería ilegal
文本截至 2026-09-28
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 类型
- 法令
- 编号
- RS N.° 162-2012/SUNAT
- 颁布机构
- SUNAT
- 国家
- 秘鲁
在哪里阅读
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
Artículo 19.- Definiciones Para efectos de la presente Resolución se entenderá por: Insumos Químicos : Al mercurio, cianuro de potasio, cianuro de sedio, diesel, gasolina y gascholes. Bienes sujetos a Control y Alos Insumos Químicos señalados en el artículo 2” del Fiscalización : Decreto Legislativo N” 1103 y las incorporaciones referidas en el indicado artículo que se realicen con posterioridad mediante Decreto Supremo. Punto de Partida : Lugar específico, desde donde se inicia el traslado de los bienes sujetos a control y fiscalización, que consta en la Guía de Remisión Remitente o Guía de Remisión Transportista según corresponda. Punto de Llegada : Lugar específico, donde finaliza el traslado de los bienes sujetos a control y fiscalización, que consta en la Guía de Remisión Remitente o Guía de Remisión Transportista según corresponda. Puesto de Control Obligatorio : Lugar de control permanente que la SUNAT utiliza para el ejercicio regular de sus funciones y la verificación de los bienes sujetos a contro! y fiscalización. Visado : Constancia que acredita el correcto uso de la Ruta Fiscal establecida a través de mecanismos manuales o <!-- page 3 --> AYBLICA DEL p S “o RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA automatizados que determine la SUNAT.
Artículo 2”.- Establecimiento de los Puestos de Control Obligatorios Los Puestos de Control Obligatorios serán designados por Resolución de NSuperintendencia y se ubicarán en las vías de transporte que conforman las Rutas iscales que designe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Artículo 3”.- Finalidad de los Puestos de Control Obligatorio En los Puestos de Control Obligatorio se verificarán los bienes sujetos a control y fiscalización, así como la documentación que sustenta el traslado de los mismos de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Comprobantes de Pago. a La documentación presentada, para efectos de su verificación, deberá será visada 2», en cada Puesto de Control Obligatorio ubicado en las Rutas Fiscales.
Artículo 4*%.- Presentación en el Puesto de Control Obligatorio Las personas que trasladen bienes sujetos a control y fiscalización están obligadas a presentarse en los Puestos de Control Obligatorio, ubicados en la Ruta Fiscal que le corresponda utilizar, para la verificación y visado correspondiente. Asimismo, se verificará que la documentación presentada se encuentre visada, en caso le haya correspondido su tránsito por un Puesto de Control Obligatorio anterior.
Artículo 5%.- Designación de Puestos de Control Obligatorios Designese como Puestos de Control Obligatorios los siguientes: PUESTO DE CONTROL 6 OBLIGATORIO UBICACIÓN Carretera Panamericana Sur Km. 56 margen izquierda, distrito PUCUSANA SALIDA de Pucusana, provincia de Lima, departamento de Lima. Complejo Institucional Contra el Crimen — COINCRI, Centro PALMERAS Pobiado Las Palmeras, distrito de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios.
Artículo 6”.- Ingreso a la Ruta Fiscal Cuando el punto de partida del traslado corresponda a un lugar no ubicado en la Ruta Fiscal, las personas que trasladen bienes sujetos a control y fiscalización deberán <!-- page 4 --> A dirigirse hacia aquélla más próxima que les permitan su inmendiata conexión utilizando “ho vía(s) de transporte disponible(s). Disposición Complementaria y Final Única.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su HENO 7 ublicación, con excepción de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 4”, el cual girá a partir del 23 de julio de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese ILL 5 TAN EA 1 a ecione 20 RINTEN ADUANAS Y DE ES ESTARIA