跳到主要内容
Nelum
秘鲁的法律

Resolución Nº 771/04/MINSA - Estrategias sanitarias nacionales del Ministerio de Salud

颁布于 2004-07-26 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Food and nutrition
关键词
food security, nutrition, policy/planning

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Lima, Junes 2 de agosto de 2004 ~ lEll)eruano pag. 273781 como la cultura de salud para el desarrollo trstco. men tal y social de la oobtacton: el entorno saludable para toda la pobtacion: la proteccicn y recuoeracton de la salud y la rebabilitacion de las capacidades de las personas en condiciones de equidad y plena accesr bilidad; la prevencion y control de las epidemias, en tre otros; Que el articulo 10° del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, senate que el proceso de oroteccion. recuperaclon y rehabilitacion de la salud tiene como objetivo funcio nat general, prevenir riesgos y dartos as! como resta blecer la salud de la persona y de la poblacion: el que a su vez esta conformado por diversos subpro cesos. entre ellos el de requlaclon y supervisi6n de la salud individual y colectiva, cuyo objetivo funcio nal es lograr la norrnatlzaclon. estandarizacion y cum plimiento de la atencion integral y universal de la sa Iud de la poblacton: Que en el inciso c) del articulo 50° del Reglamen to de Orqanizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2002 SA, serta!a que son objetivos funcionales generales de la Direccton General de Salud de las Personas, el establecer las normas y control del desarrollo de las estrategias sanitarias y de los programas de salud de las personas; Que, asi mlsmo. en el inciso e) del referido articu to, se establece que es de cargo de la Direccton Ge neral de Salud de las Personas, proponer las politi cas, prioridades y estrategias de atencicn de salud de las personas y el modele de atencion. con alcan ce sectorial e institucional, entre otros objetivos fun clonares generales: Que en cumplimiento de las indicadas runctones. la Direccton General de Salud de las Personas, ha propuesto institucionalizar las Estrategias Sanitarias Naclonares. contempladas en el documento "La Sa Iud Integral: Compromiso de Todos- EI Modelo de Atencion Integral de Salud", aprobado por Resotucion Ministerial N° 729-2003-SAfDM, del 20 de junio de 2003, como mecamsmos necesarios para mejorar la uestlon sanitaria del sector; Que a fin de garantizar que las mencionadas Estrategias Sanitarias Nacionales puedan dlsertarse, implementarse y aplicarse exttosamente. es necesa rio establecer instancias de coorotnaclon, supervision y monitoreo; De conformidad con 10 previsto en elliterall) del articulo 8° de la Ley N° 27657 -Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°, Establecer las Estrategias Santtanas Na cionales del Ministerio de Salud, y sus respectivos 6rga nos responsables: Estrategia Sanitaria National Organos responsables Inmunizaciones - Dlrecclon General deSalud delasPersonas Prevencion y Control deEnfermedades Direccicn General deSalud Establecen las Estrategias Sanitarias Melaxerucas y ones Transmitidas par delasPersonas Nacionales del ministerio y sus respec- vectcres Prevendon y Control de Infecciones de Direcdcn General deSalud tivos organos responsables tranemeon Sexual y VIH -SIDA delasPersonas RESOLUCION MINISTERIAL - prevencon y Control deTuberculosis Direccion General deSalud N° 771-2004/MIN$A delasPersonas Salud Sexual ySalud Reproductiva Direccion General deSalud Lima, 27 de julio del 2004 delasPersonas Prevenccn y Control deDanos No - Direccion General deSslud CQNSIDERANDQ: Transmisibles delasPersonas Que el articulo 5° de la Ley N° 27657- Ley del Accidentes deJransltu Oficina General deDefensa Nacicnal Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud delosPueblos Indigenas Centro Nacional deSaludSalud diseFia y norma los procesos organizacionales correspondtentes, en e! ambito de su gesti6n institu- Intercultural del Institute clonal y sectorial, para lograr objetivos funcionales National deSalud pag. 273782 I£I'J)mlano~ Lima. limes 2 de agosto de 20()4 1. ccmtte 'recmcc Permanente: a. Elaborar el Plan de la Estrategia Sanitaria Nacio nal; b. Apoyar en el desarrollo y ejecuci6n de la Estrete gia Sanitaria Nacional; c. Efectuar el monitoreo y evaluaci6n peri6dica de los resultados; d. Gestionar recursos financieros para la ejecuci6n de la Estrategia Sanitaria Nacional; e. Integrar las actividades de las diferentes direccio nes generales y organismos publicos descentralizados a los cuales representan para el logro de los objetivos de la Estrategia Sanitaria Nacional. Articulo 2°, Las Estralegias Sanitarias Nacionales estaran a cargo de Coordinadores Nacionales que se ran nominados par resolucion ministerial. Articulo 3°. Los Coordinadores Nacionales tenoran las funciones de diserier, planitlcar, programar, monito rear, supervisar y evaluar la implementaci6n y ejecuci6n de las Estralegias Sanitarias Nacionates, as! como su arliculaci6n intra e inlersectorial. Articulo 4°, La gesti6n y ejecuclon de cada Estrate gia Sanitaria Nacional estara a cargo de un Cornite Tee nico Permanente y un Comite Consultivo, quienes ten dran las siguientes funciones: Estrategia Sanitaria Nacional Alimentaciun y Nutrldon Saludable Salud Mental y Culture dePaz Organos responsables Centro Nacional deAlimen tacion y Nutricion dellnsfi tutcNacional deSalud Direcci6n General de Prcmccicn de laSalud plente. Para la conformaci6n del comtte Consultivo, el Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Na clonal procedera a convocar a un rruernbro. como mi nimo, de cada instituci6n. Ambos Comites deberan constituirse y elaborar su reglamento dentro del pla za de treinta (30) dias calendario de publicada la pre sente resoluci6n. Articulo 7".- Los 6rganos estructurales y entida des de salud, a nivel nacional, tmplementaran las Es trategias Sanitarias Nacionales y brtnoaren e! apoyo que se requiera para garantizar el logro de los objeti vos estabrecioos en la presente resorucion ministe rial. Articulo 8".- En e! nivel regional, los responsa bles de la implementaci6n de las Estrategias Sanita rias Nacionales seran los Directores Regionales de Salud. Articulo 9".- Por Resoluci6n Ministerial de Salud, se aprobara el Plan General de las Estrategias Sani tarias Nacionales. Articulo 10".- Los planes a desarrollar y ejecutar en el marco de las Estrategias Sanitarias Nacionales deberan sujetarse al Modelo de Atenci6n Integral de Salud del cual forman parte. Articulo 11".- Las Estrategias Sanitarias Nacre nales forman parte del Modelo de Atenci6n Integral de Salud y, los planes a desarrollar y ejecutar debe ran enmarcarse en el misrno. Registrese, comuntquese y publiquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 14053 2. Comite Consultivo: a. Brindar asistencla tecnlca para e! desarrollo y eje cuci6n de la Estrategia Sanitaria Nacional; b. Apoyar en la articulaci6n de acciones del sector publico y de la sociedad civil en el marco de la Estrate gia Sanitaria Nacional. Articulo 5".- La conformaci6n de los Comites sera la siguiente: 1.- Comlte 'recmcc Permanente: a. EI Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacionat. quien ra presidira: b. Un representante de la Direcci6n General de Pro moci6n de la Salud; c. Un representante de la Oficina General de Comu nicaciones; d. Un representante de la Dlreccton de Medicamen tos, Insumos y Drogas; e. Un representante de la Oficina General de Epide miologia; f. Un representante dellnstituto Nacionat de Salud; y g. Un representante de la Direcci6n General de Sa Iud Ambiental s610para las Estrategias Sanitarias de Pre venci6n y Control de Enfermedades Metaxenlcas y otras Transmitidas par Vectores, Salud de los Pueblos Indige nas. Alimentaci6n y Nutrici6n Saludable. 2.- EI Comite Consultivo: a. tnstttuciones Acadenucas: b. Agencias de Cooperaci6n Internacional; c. Organizaciones No Gubernamentales reracionaoas con la Estrategia Sanitaria Nacional; y d. Organizaciones de personas afectadas en el mar co de la Estrategia Sanitaria Nacional. Articulo 6".- Para la conformaci6n del Cornite Tee nico Permanente, cad a Direcci6n General u Organis mo Publico Descentralizado nombrara un Titular y Su