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Resolución Nº 602-2014-MINEDU ─ Norma para la cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

颁布于 2014-05-27 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

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关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Food and nutrition
关键词
institution, food security, nutrition, legal proceedings/administrative proceedings, school feeding, governance

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文本

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  1. Normas Legales del 28.05.2014 12 un nuevo proceso de aprobación del CAP, el mismo que podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de Entidad, previo informe del órgano responsable de su elaboración; Que, en virtud de lo expuesto y considerando la opinión favorable contenida en el Informe Nº 046-2014-EF/41.03, corresponde aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado a través de la Resolución Ministerial N° 224-2011-EF/43 y modi cado a través de las Resoluciones Ministeriales N° 875-2011-EF/43 y N° 626-2012-EF/43, conforme a la propuesta presentada por la O cina General de Plani cación y Presupuesto mediante Informe N° 187-2014-EF/41.02; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública; y el Decreto Supremo N° 117-2014-EF que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reordenamiento del CAP Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Resolución Ministerial N° 224-2011-EF/43 y sus modi catorias, conforme al Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación La presente resolución es publicada en el Diario O cial “El Peruano”. El Anexo conteniendo el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado en el artículo precedente, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1088750-1 EDUCACION Convocan a procedimiento excepcional de evaluación para los profesores que se desempeñan como director o subdirector en instituciones educativas públicas y aprueban cronograma RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2014-MINEDU Lima, 27 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, modi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2014-MINEDU, establece que los profesores que vienen ejerciendo funciones de directivos en instituciones educativas públicas de gestión directa o en instituciones educativas públicas de gestión privada por convenio, de Educación Básica o Técnico Productiva, en virtud de resoluciones emitidas por las instancias de gestión educativa descentralizadas, en el marco de las normas derogadas por la Décima Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley, serán evaluados, excepcionalmente, en las habilidades requeridas para el desempeño en el cargo, a n de asignarles la plaza de director o subdirector por un periodo de tres años, conforme a la normatividad vigente. Los requisitos, procedimientos e instrumentos especí cos que se utilizarán en la referida evaluación excepcional son aprobados por el Ministerio de Educación, mediante resolución ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 204-2014 MINEDU, de fecha 21 de mayo de 2014, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación excepcional; así como, sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicha evaluación; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.2 de la referida Norma Técnica, corresponde al Ministerio de Educación convocar al procedimiento excepcional de evaluación para los profesores que se desempeñan como director o subdirector en instituciones educativas públicas, en virtud a lo dispuesto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, y aprobar el cronograma del referido procedimiento; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004 2013-ED y su modi catoria; el Decreto Supremo Nº 006 2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; y las Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 204-2014-MINEDU ”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Convocar al procedimiento excepcional de evaluación para los profesores que se desempeñan como director o subdirector en instituciones educativas públicas, en virtud a lo dispuesto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, el cual se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Ministerial N° 204-2014-MINEDU. Artículo 2º.- Aprobar el cronograma del procedimiento excepcional de evaluación al que se re ere el artículo precedente, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Disponer que la O cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1088603-2 Aprueban Norma Técnica para la cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 602-2014-MINEDU Lima, 27 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Normas Legales del 28.05.2014 13 Warma como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los 3 (tres) años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas; Que, con la Resolución Ministerial N° 0201-2013-ED se aprobó la Directiva N° 014-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDIE denominada “Normas y Orientaciones para la Cogestión del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; con la nalidad de establecer orientaciones de observancia obligatoria y de aplicación nacional, para asegurar que las niñas y niños de las instituciones educativas públicas reciban adecuadamente la alimentación que brinda el referido Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social: Que, a través del Informe N° 035-2014-MINEDU/ VMGP-DIGEDIE, la Dirección General de Desarrollo de las Instituciones Educativas mani esta que en coordinación con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, se ha visto por conveniente realizar modi caciones al mencionado documento normativo, a n de actualizar y mejorar su contenido; Que, el numeral 5.3 de la Directiva N° 023-2013-MINEDU/ SG-OAJ denominada “Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación”, aprobada por Resolución Ministerial N° 0520 2013-ED, establece que las Normas Técnicas son de alcance sectorial y describen de manera detallada la ejecución de un proceso, actividad u otras disposiciones de similar naturaleza, que permitan cumplir un n especí co, en el marco de los objetivos del Sector Educación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi cado por la Ley N° 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU, modi cada por Resolución Ministerial N° 064-2014-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica para la cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, que en calidad de Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Directiva N° 014 2013-MINEDU/VMGP-DIGEDIE denominada “Normas y Orientaciones para la Cogestión del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, aprobada por Resolución Ministerial N° 0201-2013-ED. Artículo 3º.- Disponer que la O cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución, así como su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. DESILU LEON CHEMPEN Secretaria General 1088603-1 INTERIOR Designan Director de la Dirección de Control de Drogas y Cultivos Ilegales de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0650-2014-IN Lima, 27 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, publicado el 30 de junio de 2013, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior, instrumento de gestión que crea la Dirección General Contra el Crimen Organizado, que contiene en su estructura orgánica, entre otros, a la Dirección de Control de Drogas y Cultivos Ilegales; Que, se encuentra vacante el cargo público de con anza de Director de la Dirección de Control de Drogas y Cultivos Ilegales de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar al funcionario que ocupe el mencionado cargo; De conformidad a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor Manuel Fernando Del Águila Zúñiga, en el cargo público de con anza de Director de la Dirección de Control de Drogas y Cultivos Ilegales de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1088291-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Procurador Público Ad Hoc a fin que ejerza la defensa de los derechos e intereses del Estado peruano en proceso de extradición activa de ciudadana peruana, seguido ante autoridades judiciales de España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 106-2014-JUS Lima, 27 de mayo de 2014 VISTO, el O cio N° 1456-2014-JUS/CDJE-ST, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1068, se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1068 mencionado, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 14.1 del artículo 14° de la norma antes acotada, señala que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que

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