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秘鲁的法律

Resolución Nº 567/98/PE - Modifica el Plan de ordenamiento de la pesquería del recurso merluza

颁布于 1998-11-24 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

research.laws.repealedOn

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, marine fishes, fishing charge, aquatic animals

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文本

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  1. Lima, micrcoles 25 de noviembre de 1998 ann Pag.166367 Modifican el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del Recurso Merluza RESOLUCION MINISTERIAL N" 567·98·PE Lima, 24 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2° del Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Naci6n los recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, co rresponde al Estado regular el manejo integral y la explo taci6n racional de dichos recursos; Que los Articulos 11°y 14° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 01 94-PE, de 14 de enero de 1994, disponenque los Planes de Ordenamiento seran aprobados por Resoluci6n Ministe rial y que ellogro de los objetivos establecidos en dichos planes sera evaluado en forma permanente por el Minis terio de Pesqueria, estableciendose que los referidos pla nes podran ser modificados atendiendo a la naturaleza dinamica de la actividad pesquera; Que mediante Resoluci6n Ministerial N" 107-98-PE, del 28 de febrero de 1998, se aprobo el Plan de Ordena .miento de la Pesqueria del Recurso Merluza, estable ciendose en el numeral 6.16 del punto 6. DEL REGIMEN .YMODALIDAD DE ACCESO, que el incumplimiento en el pago del derecho por explotaci6n del recurso en el plazo y condiciones fijados, conllevaria la suspension del permi so de pesca; Que el Articulo 23°del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el Decreto Supremo N" 09-94 PE, establece que "lospermisos de pesca, las licencias y las concesiones caducaran de pleno derecho cuando se com pruebe que los armadores de las embarcaciones pesque ras, los titulares de las plantas de procesamiento pesque ro y los concesionarios en general, no hayan cumplido con realizar el pago de los derechos que correspondan, en las oportunidadesdebidas, asi como incumplan con las nor mas ambientales", siendo esta una disposici6n imperativa no susceptible de modificaci6n ni de aplicaci6n distinta por parte de una norma de inferior jerarquia; Que en tal sentido resulta necesario adecuar la dispo sici6n contenida en el citado numeral 6.16 del punto 6 del referido Plan de Ordenamiento, a la norma citada en el considerando anterior; De conformidad con 10establecido en la Ley General de Pesca y su reglamento; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo r.-Modificarel numeral 6.16 del punto 6 del Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del Recurso Mer luza, aprobado por Resoluci6n Ministerial N" 107-98-PE, el cual tendra la siguiente redacci6n: "6.16. EI incumplimiento en el pago del derecho de explotaci6n del recurso enel plazo y condiciones fijados, sera causal de caducidad de pleno derecho y sin necesidad de declaraci6n expresa del correspondiente permiso de pesca, conforme 10dispuesto par el Articulo 23°del RegIa mento de la Ley General de Pesca. La Direcci6n Nacional de Extracci6n del Ministerio de Pesqueria publicara la relaci6n de embarcaciones cuyos permisos de pesca hayan caducado y remitira ala Direcci6n General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la relaci6n de los mismos a efectos de que proceda a no otorgar la autorizaci6n de zarpe". Articulo 2°. La presente resolucion entrara en vigen cia el dia de su publicaci6n en el Diario Oficial EI Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesqueria 13714

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