Resolución Nº 433-2001-AG ─ Estudio del riesgo ambiental para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola
颁布于 2001-05-17 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, pesticides, registration, toxicity/poisoning, standards, legal proceedings/administrative proceedings
- 类别
- agriculture
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文本
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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0433-2001-AG Aprueban la “Guía para el Usuario: Elaboración del Estudio del Riesgo Ambiental para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola” Lima, 17 de mayo de 2001 VISTO: El Oficio Nº 486-2001-INRENA-J-DGMAR-OAJ-OP, del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26744, Ley de Promoción del Manejo Integrado para el Control de Plagas, en su Artículo 5, prohíbe el uso, fabricación e importación de todos los productos agroquímicos elaborados en base a los ingredientes activos que contengan Lindano, Parathion Etílico y Parathion Metílico y, los demás registrados, que para el inicio del año 2000 no cuenten con un Estudio de Impacto Ambiental, aprobado por la autoridad competente; Que, el Artículo 11 del Reglamento de la Ley de Promoción del Manejo Integrado para el Control de Plagas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-AG, dispone que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en coordinación con el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Autoridad Ambiental del Sector Agrario, establecerá los procedimientos necesarios y, complementariamente, aquellos que aseguren la evaluación del riesgo ambiental y el plan de manejo ambiental, ambos componentes del Estudio de Impacto Ambiental; Que, el Artículo 76 del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, establece que la responsabilidad de la evaluación inherente al Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola recae en el Ministerio de Agricultura a través del SENASA en los aspectos agronómicos, de verificación de especificaciones técnicas, residuos en productos agropecuarios, e INRENA en los aspectos ambientales; Que, el Artículo 77 del precitado Reglamento, dispone que SENASA basará su decisión, de otorgar o no el Registro Nacional de un Plaguicida Químico de Uso Agrícola, en los Informes Técnicos: Agronómico, Toxicólogo y Ambiental, emitidos por los entes responsables de la evaluación y en la opinión sustentada de especialistas que sean convocados para asesorar en la materia, según el caso lo requiera y cuando SENASA lo estime necesario; Que, el Anexo 11 del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, establece los lineamientos generales del Plan de Manejo Ambiental, requisito establecido en el Anexo 2 inciso 11.3.2.4. Informe de Evaluación del Riesgo y Plan de Manejo Ambiental del Producto, de dicho Reglamento; Que, el Artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0476-2000-AG, establece agregar al Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola el Anexo 12 Evaluación del Riesgo Ambiental; Que, en aplicación de las normas mencionadas, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a través de la Dirección General de Medio Ambiente Rural, ha elaborado, revisado y concluido la “Guía para el Usuario: Elaboración del Estudio del Riesgo Ambiental para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola”, documento que tiene como objetivo dar lineamientos conceptuales, técnicos y procedimientos administrativos que debe seguir el titular del registro para la presentación del Estudio del Riesgo Ambiental (evaluación del riesgo ambiental y plan de manejo ambiental) parte integrante del expediente técnico del producto a registrarse, a ser evaluado por la autoridad ambiental del Sector Agrario; Que, el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, faculta al Ministerio de Agricultura para que mediante Resolución Ministerial, dicte las disposiciones complementarias y/o modificatorias que fueren necesarias para la aplicación del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola; y, De conformidad con la Ley Nº 26744, los Decretos Supremos Nºs. 008-2000-AG y 016-2000-AG, así como el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la “Guía para el Usuario: Elaboración del Estudio del Riesgo Ambiental para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola”, la misma que en anexo forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AMAT Y LEÓN Ministro de Agricultura