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Resolución Nº 407-2018-MINAM ─ Deroga la Resolución Nº 147-2011-MINAM, Manual de Procedimientos para la Implementación del Esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático

颁布于 2018-11-16 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Forestry
关键词
institution, forest management/forest conservation, afforestation/reforestation, climate change, subsidy/incentive, policy/planning, legal proceedings/administrative proceedings, community management, Indigenous Peoples, smallholders/peasants, governance

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  1. 5NORMAS LEGALESDomingo 18 de noviembre de 2018 El Peruano / de la Amazonía Peruana – IIAP, adjunta al Ofi cio N° 275-2018-IIAP-P, la correspondiente Certifi cación de Crédito Presupuestario; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado servidor, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Alberto Arévalo López, Gerente Regional del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana–IIAP en la Región San Martín, a la ciudad de Ocaña, departamento de Norte de Santander, República de Colombia, del 19 al 23 de noviembre de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana– IIAP, de acuerdo al siguiente detalle: Luis Alberto Arévalo López Pasajes Internacionales US$ 570.90 Viáticos (por 3 días) US$ 1 110.00 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana–IIAP; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana– IIAP, para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1713811-2 Derogan la R.M. N° 147-2011-MINAM que aprueba el “Manual de Procedimientos: Para la Implementación del Esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 407-2018-MINAM Lima, 16 de noviembre de 2018 VISTOS; El Memorando N° 00742-2018/MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales; el Informe N° 023-2018-MINAM/VMDERN/ PNCB/ APSPS/MCERNA y el Informe N°128-2018 MINAM/VMDERN/PNCB/UA/AAJ del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático; y, el Informe N° 00694-2018-MINAM/ SG/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente (MINAM) como un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que constituye un pliego presupuestal, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica básica y sus funciones; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2010-MINAM, se crea el Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático (PNCB), cuyo objetivo es la conservación de 54 millones de hectáreas de bosques tropicales como una contribución a la mitigación frente al cambio climático y al desarrollo sostenible; Que, mediante la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se autorizó al MINAM para que, a través del PNCB, realice el otorgamiento de subvenciones a favor de los benefi ciarios del mencionado programa nacional; Que, para operativizar el otorgamiento de las subvenciones expresadas en el considerando precedente, se expidió la Resolución Ministerial N° 147-2011-MINAM, que aprobó el “Manual de Procedimientos: Para la Implementación del Esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático”; Que, posteriormente, con Decreto Supremo N° 007-2016-MINAM se aprobó la Estrategia Nacional Sobre Bosques y Cambio Climático; y, con Resolución Ministerial N° 298-2016-MINAM, se aprobó el “Manual de Operaciones del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático”; Que, asimismo, de acuerdo a la Ley N° 30754, Ley Marco Sobre Cambio Climático, el MINAM es responsable del monitoreo y evaluación de la reducción de emisiones de deforestación y degradación de los bosques, para lo cual promueve la conservación y aumento de las reservas forestales de carbono, a través de programas y proyectos de conservación y manejo sostenible de bosques, cuyos benefi ciarios son preferentemente las comunidades y los pueblos indígenas u originarios que viven en y alrededor de dichos bosques; Que, con Informe N° 863-2018-MINAM/VMDERN/ PNCB/UICB el Jefe de la Unidad de Incentivos para la Conservación de Bosques eleva a la Coordinadora Ejecutiva del PNCB el Informe N° 023-2018-MINAM/ VMDERN/PNCB/APSPS/MCERNA el cual señala que resulta necesario contar con una herramienta Utente Barra 6 NORMAS LEGALES Domingo 18 de noviembre de 2018 / El Peruano actualizada que permita incrementar las acciones contra la deforestación por lo que se debe derogar el Manual de Procedimientos aprobado con la Resolución Ministerial N° 147-2011-MINAM para ser reemplazado con otro instrumento que se encuentre alineado al nuevo marco legal con un “enfoque basado en procesos”, de conformidad con los lineamientos establecidos en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada con Decreto Supremo N° 004- 2013 PCM; Que, con Informe N° 128-2018-MINAM/VMDERN/ PNCB/UA/AAJ el Coordinador Responsable del Área de Asesoría Jurídica del PNCB considera legalmente viable la derogación del precitado manual y recomienda la emisión de una nueva norma que lo reemplace la que deberá ser aprobada mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva del PNCB; Que, en ese sentido, el literal f del numeral 2.1 (De la Alta Dirección) del Manual de Operaciones del PNCB, faculta a la Dirección Ejecutiva para aprobar los documentos normativos y de gestión interna correspondientes, para la operatividad del Programa Nacional; Que, mediante Memorando N° 00742-2018/MINAM/ VMDERN, la Viceministra de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales remite a la Secretaría General los precitados informes y solicita la continuidad del trámite correspondiente; Que, en consecuencia corresponde derogar la Resolución Ministerial N° 147-2011-MINAM que aprobó el “Manual de Procedimientos: Para la Implementación del Esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático”; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 147-2011-MINAM que aprueba el “Manual de Procedimientos: Para la Implementación del Esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático”. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1713816-1 CULTURA Aprueban el Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 472-2018-MC Lima, 16 de noviembre de 2018 Vistos, los Informes N° SS0006-2018-DPC/DGPC/ VMPCIC/MC y N° SS0009-2018-DPC/DGPC/VMPCIC/ MC de la Dirección de Paisaje Cultural y el Informe N° 900025-2018/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográfi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratifi cada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5 la obligación de cada Estado parte, entre otros, de proteger, conservar y transmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, señala que es de interés social y de necesidad pública la identifi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 162-2016-VMPCIC/MC se declaró al Paisaje Cultural denominado “El Candelabro de Paracas” como Patrimonio Cultural de la Nación, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica; Que, el artículo 6 de la Resolución antes citada, establece que la Dirección de Paisaje Cultural elaborará las estrategias de participación ciudadana que acompañen el proceso de formulación del Plan de Gestión y Manejo correspondiente al Paisaje Cultural “El Candelabro de Paracas”, en coordinación con el Gobierno Regional de Ica, la Municipalidad Provincial de Pisco, la Municipalidad Distrital de Paracas, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas- SERNANP y la Jefatura de la Reserva Nacional de Paracas; Que, mediante los Informes N° SS0006-2018-DPC/ DGPC/VMPCIC/MC y N° SS0009-2018-DPC/DGPC/ VMPCIC/MC la Dirección de Paisaje Cultural remitió a la Dirección General de Patrimonio Cultural la propuesta del Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas, para su aprobación; Que, mediante Ofi cios N° 423-2018-SERNANP DGANP, N° 099-2018-MDP/ALC, N° 02-2018 A/ CCM-TWHV-P, N° 0040-2018-ICA/GRRNGMA y N° 443-2018-SERNANP-RNP/J, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del SERNANP, la Municipalidad Distrital de Paracas, la Municipalidad Provincial de Pisco, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ica y la Jefatura de la Reserva Nacional de Paracas, respectivamente; emiten opinión favorable respecto de la propuesta de aprobación del Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas; Que, en este contexto, con Informe N° 900025-2018/ DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural propone la aprobación del Plan de Gestión y Manejo del Paisaje Cultural El Candelabro de Paracas el cual se fundamenta en la conservación integral de sus valores materiales e inmateriales y en el uso sostenible del bien declarado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de la Ley N° 28296, aprobado mediante