Resolución Nº 373/08/PRODUCE - Suspende actividades extractivas del recurso anchoveta en áreas del dominio marítimo
颁布于 2008-02-26 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, marine fishes, seasons, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals
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EIPeruanc Lima, mlerco BS27defeb18 rode2000 NORMAS LEGALES 361361 Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en areas de dominio marltimo RESOLUCION MINISTERIAL N° 373-2008-PRODUCE Lirna, 26 de febrero de 2008 visto: el Oficlo 1\1" DE-100-04 7-2008-PRODUCE!IMP del 26 de febrero de 2008, rnediante el cua I el Insufuto del Mar del Perij alcanza el "Inforrn e sobre Incidenci a de juveniles de anchoveta en la Regi6n Sur (Del 1 de enero al 25 de febrero del 2008)" y el Inforrne W 088-2008-PRODUCE! DGEPP-Dchi del 26 de febrero de 2008 de la Direcci6n General de Extracci6n y Procesarniento Pesquero CONSIDERANDO Que, el articulo 2" de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, establece que los recursos hidrobiol6gicos conteni dos en las aguas juris diccional es del Peru son patnrnonio de la 1\1 aci6n, correspondiendo al Estado regul ar el rnanej 0 Integral y Ia explotaci6n raci onal de dichos 361362 NORMAS LEGALES E3 Perueno Uma, mil [l)oles 27deBb18[() rn 2Cfl8 recursos, consi derando que la activi dad pesquera es de intsr es nacional, Que, el articulo 9" de la citada Ley contempla que, sobre Ia bas e de evidsncias CI entlricas disponib les y de factores socioeconornicos, la autondad pesquera deterrninara segun el tipo de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los rnetodos de pesca, tallas m inimas de captura y dernas norrnas que requi eran la preservacion y expl otacion racional de los recursos pesqueros, Que, la Resoluclon Ministerial 1\1 0 374-2007-PRODUCE del 11 de diciembre del 2007, suspsndio las actividades pesqueras del recurso anchoveta Engraulls ringens y anchovsta blanca Anchoa nasus en el area comprendida desde el extremo norte del dominio maritlmo del Peru y los 16"00' Latitud Sur a partir de Ia 00 00 horas del dia 15 de diciembre del 2007; disponiendose asimismo, que el desarrollo de las actJvidades pesqueras en Ia zona comprendida al sur de los 16"00' l.atitud Sur, se etectuara observando las medidas de conservacion y ordsnacion apl icables para dicha zona previstas en Ia Resolucion 1\,1inisterial W 327-2007-PRODUCE; Que, el articulo 6" de la R.esolucion 1\,1inisterial W 327-2007-PRODUCE, establece que cuando se registre ejemplares juveniles de anchovsta Engraulis ringens en porcsntej es supsnores al 10% de 10 s desembarques dlanos de un determ inado puerto, se suspenderan Ias actividades pesqueras por un periodo minima de tres (3) dias consecutJvos de Ias zonas de pesca 0 de ocurrenci a; Que, mediante Resol uciones 1\,1i nis teriales HOs 321 2008-PRODUCE, 329-2008-PR.ODUCE Y 351-2008 PRODUCE se suspendieron las actlvidades extractivas de la anchovsta en distintas areas de la zona sur del Peru como medida de protsccion del stock juvenil de la anchoveta; Que, mediante el Oflcio W DE-100-047-2008 PRODUCElIM P, el lnsliluto del Mar del PenJ alcanzo el "Informe sobre Incidencia de juveniles de anchoveta en la Region Sur (Del 1 de enero al 25 de febrero del 2008)", donde informa que entre el 1 de enero y el 25 de febrero del 2008 se capture 206 780 toneladas de anchovsta en la region sur y que la incidencia de juveniles de anchoveta presento los mayores porcentaj es en los puertos de Atico: La Planchada y 1\,1ollendo, con un maximo de 54% el dia 25 de febrero en Afico EI rango de tallas de anchovsta en la region sur durante febrero (1-25) tluctuo entre 8,0 y 17,5 cm, con distribucion bimodal, ubicandoss las modas en 12,0 Y 15,0 cm de longitud total, con 25% de porcentaj e de Incidencia de juveniles Flnalmente intorrno que al reiruCI 0 de Ia pesca en Ias areas sus pendidas mediante la Resolucion Minlstenal W 351-2008-PRODUCE, se continu 0 observando alta incidencia de j uveni les en el area com prendi da entre los 16"00' - 16"59' S Y dentro de las 10 millas de Ia costa entre los 1roo' - 1r59' S; recom endando la aplicacion de medidas preventivas de proteccion a los ejemplares j uvenil es de anchoveta en Ias citadas areas; De contorrnidad con las disposiciones conlenidas en el Decreto Ley HO 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo l\jO 012-2001 PE, as! como en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley W 27789; Con el visado del vicerninislro de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE Artl culo 10 .-Suspender las acfivi dades extractJvas del recurso anchovsta Engrauli s ringens, a partir de Ias 00 00 horas deI dia siguien te de Ia publ icacion de Ia presente R.esolucion Ministerial por un periodo de diez (10) dias calendari 0, en las siguientes areas a) Entre los 16"00'01" - 16"59' l.atitud Sur; y, b) Entre los 1roo'o 1" - 1r59' LatJ lud Sur, dentro de Ias 10 millas de la costa Articulo 2°. EI incumplimiento de 10 dispuesto en Ia presente Resolucion sera sanci onado conforme al R.eglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas aprobado por el Decreto Supremo I-Jo 016-2007 PRODUCE, rnodificado por el Decreto Supremo W 005 2008-PRODUCE. Articulo 3°. Las Dlrecciones Generales de Extracclon y Procesamiento Pesquero, de Segulmiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesqueria del 1\,1inisterio de la Produccion, as! como las Direcciones Regionales de la Produccion del litoral con competencia pesquera, la Dlrecclon General de Capitanias y Guardacostas del Minlsteno de Defensa y la Autoridad Portuaria Haclonal, dentro del ambito de sus respectlvas competencies y jurisdicciones, velaran por el curnplirniento de 10 dispuesto en Ia presente R.esol ucion. R.eg istrese, com un iquese y publ iquese. RAFAEL R.EY R.EY Minis tro de la Producci on 169353-1