Resolución Nº 348-2007-PRODUCE ─ Requisitos para el ejercicio de la inspección pesquera y acuícola
颁布于 2007-11-21 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- inspection, legal proceedings/administrative proceedings, data collection/reporting, marine fisheries, aquaculture, offences/penalties, internal trade
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358144 NORMAS LEGALES E3 Perueno lirra,vernes 23denovembre de 2Cfl7 Establecen condiciones y requisitos para el ejercicio de la inspeccion pesquera y aculcola, aprueban formatos de nottticacion e inspeccion y modifican anexo de la R.M. N° 257-2002-PE RESOLUCION MINISTERIAL N° 348-2007 -PRODUCE Lima, 21 de noviembre del 2007 visto: EI Informe Tecnico W 021-2007-PRODUCEI DIGS ECO\/I, de Ia Direcclon Gene ral de Segu imIen to, Control y \/Igilancia: COHSIDE PAH DO Que mediante Decreto Suprem 0 W 016-2007 PP.ODUCE, publicado el 4 de agosto de 2007, se aprobo el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acu icolas (RISPAC), en cuyo articulo 5° se dispone que mediante res olucion ministerial se establ sceran Ias condi ciones y requisitos exigidos a los inspectores, as i com 0 las fal tas en que incurran en el ejercici 0 de sus funciones y Ias correspondientes sanci ones, Que, asimismo, el articulo 22° del RISPAC, dispone que mediante resolucion ministerial se establecsran los formatos de inspeccion y las cedulas de nofiticacion, concernientes al procedirniento sancionador en el ambito pesquero y aculcola: Que, en consecuencia, resul ta nece san 0 establecer las condiciones y requisitos para el ejercicio de la inspeccion pesquera y acui cola, as i com 0 los formatos relativos a las notificaciones y m odificar el anexo de la Resoluclon Ministerial W 257-2002-PE, que aprobo la I\torm a de Muestreo de Recursos Hidrobiolo qicos , en el extremo referido a los form atos de inspeccion: De conformidad con la Ley W 27789, Ley de Organlzaclon y Funciones del Minlsterio de la Produccion y en uso de Ias atribuci ones contend as en el IItera I j) del articulo 110 del Reglamento de Organizaclon y Funciones del Minlsterio de la Producclon, aprobado por Decreto Supremo W 010-2006-PRODUCE: SE RESU EL\/E Articulo 1°. Requlsitos de los lnspectore s Establ ecer que para el ejerci ci0 de Ias funci ones de inspsccion contempladas en el tercer parrafo del articulo 5° del P.eglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acu icolas (P.ISPAC), aprobado por Decreto Supremo W 016-2007-PRODUCE, se requiere ser profesional, tecnico o con torrnacion en carreras afines con las actividades pesqueras y acuicolas. Articulo 2°. lnspecciones Los Inspectores real izan, entre olras. Ias Sl gu ientes Insp eccio nes: 2.11n speccione s en embarca ciones pesqueras a) \/erificar el cumplimiento de las medidas de conse rvacion y 0 rdenacio n aplicables, as i com 0 Ias Ieye s y reglamentos pertinentes nacionales y, de ser el caso: la normativa aplicable del Derecho Internacional b) \/erificar la vigencia y el estado de los permisos de pesca, as i como la correcta idsntificacion de las embarcaci one s pesque ras. conform e a Ia norm ativa vigente sobre la materia. c) \/erifi car y eval uar Ias fuentes del nform aCion, taIes como bitacoras de a bordo, reglstros y otra informacion en formato eleclronico que pueda resultar !.:ilil para validar la Informacion facilitada por el capitan de la ernbar cacion pesquera EIPeruanc Lima, VB rres23de "'VBmb rede2007 NORMAS LEGALES 358145 d) Identifi car las esp ecies hidrobi olog teas, las tallas y pesos m inimos de captura e) \0'1 giIar eI des embarque del as capturas f) Inspeccionar las bodegas de las embarcaciones y las artes y ap arejo s de pes ca g) Recopilar los medios probatorios que resulten de la ins psccio n h) Verificar la posicion de la ernbar cacion pesquera en coorde nada s geog raf cas 2.21ns peccio nes en Establecimientos Ind ustri ales Pesqueros a) Verlflcar el curnplirniento de las normas que reg ulan Ias actvi dad es de procesa mien to de 10 s recursos hidro bioloqi cos, tanto destin ados para el con sum 0 hum ana dirscto como indirecto. as! como el cui dado del medio ambiente, respecto al tratamiento de las aguas residuales provenientes del proceso productivo b) Verlflcar la vigencia y el estado de la Licencia de Operacion del establecimiento industrial pesquero c) Ide ntifi car Ias esp eCI es hidrobi oloqi ca s, tallas y pesos m inimos de captura, periodos de veda. d) Verificar el correcto funcionamiento de los instrum ento s de pe saje eIectron ico disconti nuo autornatico 231nspecciones en Centros Acuicolas a) Verificar la vigencia y el estado de la concesion otorgada b) Verificar el cumplimiento de la normativa pesquera y de la autorizacion otorgada para el cultivo de recursos hidro bioloqi cos, ma rinos y conti nen tales, as i como el CI clo bioloqi co del as especie s a cu Itivar y Ia infrae etruclura acuicola ufilizada c) Verificar los dsrechos administrativos que otorga el Ministerio de la Produccion 241nspecciones en otros establecimientos a) Vigilar el cumplimiento de la normativa pesquera en asti IIeros, camion es iso term icos, mercad os mayoris tas, lugares de expen di0 de allme ntos prep arados, entre otros Articulo 3°. De las infracciones de los inspectores Con stituyen infraccio nes de los ins pectores a) Representar, patrocinar 0 constituirse en gestor de Ias person as na tural es 0 j ur idicas que desa rrolle n Ia actividad pesquera 0 acuicola b) Elaborar Inform es sob re Ia bas e de hechos fal so s, asi como omitlr datos en forma dellberada en las JI.ctas de Inspecclon 0 Reportes de Ocurrencias. c) Sollcltar 0 reci bir de Ias person as que de sarro IIan la activi da d pesqu era 0 acu icol a 0 des us repre sentan tes, donativos, promesas 0 cualquler ventaJa indeblda para realizar u omltlr una accion, ya sea en cumpllmiento 0 en violacion de sus liJnciones. d) Revelar los secretos industriales 0 comerciales, asi como los procedimientos tecnologicos de que se enteren durante el eje rcici0 de su s funcione s. e) Dejar de real izar sin caus a j usti ficad a Ia inspe ccion que Ie sea encomendada, 0 culminar en forma anticipada la acci on de vigiIancia sin con tar con la autorizaci on corre spon diente. f) Retardar sin jus tifica cion algun a inspecci on 0 reten er la documentacion correspondlente sin dar cuenta a sus supe nores j era rquicos. g) 1\10 pro ced er de acuerdo con sus 0bliga cione s, omltlendo el levantamlento del Reporte de Ocurrenclas y la demas documentacion que se genere a partir de este, ante la constatacion de infracclo n flagrante h) Conslgnar datos incorrectos, incompletos 0 alterar la informacion consiqnada en el Reporte de Ocurrencias y/o dsrnas documentos que sustentan la den uncia por la cornision de una infraccion i) Vi 01 ar eI cara cter de inopi na das y res srvada s de Ias accion es de inspe ccion, hacie ndol as de conocim ien to de terceros, en forma previa a su ejecucion j) La apropi acion cons um ada 0 frustra da de bienes 0 servi cios qu e se encu entra n baj0 su cus todia, as i com 0 la retencion 0 ufilizacion indebida de los mismos, en bene fici0 propro 0 de terceros, con pres cinden CI a de su valor. K.) EI usa 0 entrega a terceros de informacion reservada y la sustraccion 0 ufilizacion no autonzada de documentos. I) La concurrencia en estado de ernbriaquez 0 bajo Influen cia de drogas 0 sustancia s estupe facie ntes m) Los actos de violencia, indisciplina, injuria y faltamiento de palabra verbal 0 escrita en agravio del person al j erarq uico 0 de otro s inspecto res, se a que se cometan dentro 0 fuera de la sede del Ministerio, cuando 10 s hecho s se deriven directa mente del a realizaci on de sus funcio nes n) Ho presentar sus credenciales como inspector en la inspsccion 0) Las dernas Infracciones que deterrninen las leyes 0 reglamentos aplicables en la materia. Articulo 4°. De las sanciones a los inspectores La eva luacion de los hechos y descarg os delos Inspectores se realiza por la Dlreccion General de Seguimlento, Conlrol y Vigilancia 0 la Dlreccion Regional de la Producclon respectiva, dsbiendo Imponerse la sancion de acuerdo a 10 establecido por el Decreto Legislativo ~Jo 276 y su Reglamento En cas 0 de tratars e de persona I contrata do, se pro ced e de acue rdo a 10 establ eCI do en su contra to 0 en 10 establecido en el Decreto Supremo W 083-2004-PCM, Texto IJnlco Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Las dlsp osicione s citadas en amb os cases no enervan la aplicacion de la Ley W 27815, Ley del Codigo de EIJca de la Funcion PiJbllca y del articulo 239 0 de la Ley W 27444, Ley del Procedimlento Adrninistrativo General, en 10 que corre spo nda Articulo 5°. De los formatos de notificacion Las notificaclones derlvadas del procedimlento sancionador se efectiJan mediante los formatos de cedulas de notificacion de cargos y el aviso de notificacion, segiJn los Anexos 1, 1Ay 2 de la presente resolucion ministerial Articulo 6°. De los formatos de inspeccion La cons tancia de rlecho s derivado s de Ias ins peccio nes en el ambito pesqueroy acu icola, asi como ellevantamiento de presuntas infracciones a la normativa pesquera, se consignan en el Acta y Reporte de Ocurrencias. Dichos formatos se imprimen numerados en papel fotocopiativo, en original y dos copias Una de las copias debe quedar en el talonario, una vez concluida la inspeccion En caso de anulaclon, el onginal y sus coplas deben permanecer en el talonario, consignando el motlvo de la anulaclon. Articulo r.- Modificacion del anexo de la Resol uci on Ministeri al N° 257-2002opE Los formatos de Reporte de Ocurrencias, su corre spon diente H0IJflcacion y JI.ctas de Inspecci on, de Deco mlso, de Dona cion, de Incin era cion y de Devol uClon de Recursos Hldrobiologlcos al Mar, conslgnadas en el anexo de la 1\lorma de Muestreo de Recursos Hldrobiologlcos, aprobado por Resoluclon Ministerial W 257-2002-PE, quedan modificados de acuerdo a los formatos de los Anexos 3 y 4, respectivamente, que forman parte de la presente resolucion ministerial. Reg istrese, comuniquese y publ iquese RAFAEL R.EY REY IVlinistro de la Produccion 358146 NORMAS LEGALES RM. W 348-2007-PRODUCE ANEX01 E3 Perueno lirra, vernes 23denovembre de 2Cfl7 NOMBRE 0 RAZON SOCiAl DOMICILO: IExpediente N° CEDULA DE NOTIFICACION N° DESTI NATARIO: ENTIDAD QUE NOTIFICA DOMICILIO DE LA ENTIDAD: NORMA QUE ATRIBUYE COMPETENCIA CAR GOS IM PUTADOS/RESOl UCIO N 01 RECTORAl DOCUMENTOS ADJUNTOS: CARGO DE ENTREGA RECIS100 POR DNI RELACION CON EL DESTiNATAR 10: FECHA HORA: FIR!VIA Y!O SELLO NOTIFICADOR: DNIW FIR!VIA DEL NOTIF ICADOR OBSERVACONES: MOTIVO DE LA DEVOLUCON D 5 e nego a recibir D Nofirmo D DomicilioCerrado D 5e mudo D Domicilioe rrado (inexistente) D 5 e encuentra en el extranjero D Persona desaparecida D Otros CARACTERISTlCAS DEL DOMICILO N° de medidor a gua/luz NBterB I y color de le fa che da NBterBI y color de le puerta EIPeruanc Lima, VB rres23de "'VBmb rede2007 NORMAS LEGALES ANEX01A (Reverso) REINCIDENCIA ArtlcuI0 145' del Regia mento de la Ley GeneraIde Pesca 358141 En los casos de reincidencia ocurridad entro de los dos (02) anos, contados a partir del a fecha de notificacion de la resoluci6n sancionadora firme 0 consentid a en Ia via administrativa, se aplica el doble de la multa que corresponde imponer, y en su caso, con el dobie de la suspensi6n de los derechos administrativos del os que fuese titular el infractor EI plazo establecido en el parrafo precedente no es de aplicaci6n a las infracolones graves contempladas en el reglamento correspondiente; en estos casos, tratandose de una segunda reincidencia, se canoela definitivamente el derecho otorgad0 REGIMEN DE INCENTIVOS EN EL PAGO DE MULTAS Inc:i so a) del artlcuI0 44' del Regia mento del nspeccionesy Sanciones Pesqueras y Aculeola s a) Pago con descuento Dentro del piazo de cinco (05) dias habiles previsto para las aIegaclones, el denunciad0 podra autodeterminar la multa que Ie corresponda pagar, procediendo a depositar el 75% de dicho monto, en la cuenta bancaria del Ministerio de la Produccion 0 del Gobierno Regiona I que corresponda, para 10 cuaI pressnara. dentro de ese mismo piazo, una solicitud rsconociend0 su responsabiIidad en la cornisi6n de la infraccion y renunciand0 expresamente a la interposici6n a cualquier recurso administrativo sin condicion alguna, adjuntando el comprobante del dep6sito bancario correspondiente. Para el calculo del monto a pagar, se toma en consideraci6n la Unidad ImpositivaTributaria (UIT) que se encuentre vigente al momento de efeetuarse el dep6sito En caso que, el monto autodeterminad0 fuese inferior aI que corresponda pagar, se notificara aI infractor para que deposite el saId0 en un piazo de cinco (05) dias habiles, caso contrario, se declarara improcedente la solicitud, procediendose a expedir la resolucion direetora Ide sanci6n por el monto totaIde la multa que corresponda pagar aI infractor Si el monto autodeterminadode la multa fuese mayor al que corresponda pagar, se dispone, en la resoluci6 Noes de apiicacion el presente benefici0 para las infracolones ambientales. RECURSOS ADMINISTRATIVOS Ley N' 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General Artfculo 2060 - 206.2 S610 son impugnables los aetos definitivos que ponen f n a la instancia y los actos de tramite que determinen la imposibilidadd e continua r el procedimiento 0 produzcan indefension La contrad iccion a los restantes aetos de tramite debera alegarse por los interesados para su consideraci6n en el aeto que ponga fin al procedimiento y podran impugnarse con el recurso administrativo que, en su caso, se interponga contra el acto definitivo. Artfculo 209'. - EI recurso de apelacion se interpondra cuand0 Ia impugnaci6n se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas 0 cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiend0 dirigirse a la misma autoridad que expidi6 el acto que se impugna para que eleve 10 actuad0 aI superior jerarquico Artfculo 211'. - EI escrito del recurso debera serialar el acto del que se recurre y cumplira los demas requisitos previstos en el Articui0 113' de la presente Ley Debe ser autorizad 0 por Ietrado. Artfculo 214'. - Los recursos administrativos, se ejercitaran por una sola vez en cada procedimiento administrativoy nunca simultaneamente. 358148 NORMAS LEGALES ANEXO 2 E3 Perueno lirra,vernes 23denovembre de 2Cfl7 EXPEDIENTE N° I Senor (es) IEPIEIP I DOMICILIO IJrlCallelAv I IOist I IProv I IReqi6n I Por el presentehago de su conocirn iento que el dia c::::::::r::::r a Ias I Ihrs. me presenteen su domicilio, con el objeto de entregarle la Cedula de Notificaci6nN°,en el procedimiento administrativosancionadorseguido por el CASI iniciadoen su contra por la OIGSECOVIIOIREPRO . por Ia(s) presunta(s) infracciorr es) a Ia normativa pesquera AI no encontrario presente, Ie dejo este aviso, indicllndole que volvere el dia y c::::::::J..... ...c::::::::J entre las Firma del Inspector0 Notificador Nombre del Inspector 0 Notificador ONI. Credencial No. EIPeruanc Lima, VB rres23de "'VBmb rede2007 LOCALIDAD PROVINCIA NORMAS LEGALES ANEXO 3 REPORTE DE OCURRENCIAS FECHA REGION HORA 358149 NOMBRE COMPLETO IDNI CARGO RJlZON SOCIAL DOMICILIO NOMBRE DE LA E/P IN" MATRICULA CAPACIDAD DE BODEGA EN M3 IN" PERMISO DE PESCA NOMBRE DEL PATRON IDNI IN" L1CENCIA DESCRIPCION DE LA EMBARCACION PESQUERA (COLORES U OTROS DISTINTIVOS) OTRO TIPO DE UNlOAD DE PRODUCCION, DE COMERCIALIZACION 0 TRANSPORTE HECHOS CONSTATADOS INORMA(S) INFRING IDA(S) OBSERVACIONES DE LA PERSONA INTERVENIDA NOTIFICACI N DEL REPORTE DE OCURRENCIAS De conform idad con el arti cui 0 19" del Regl am ento de Inspeccione s y Sanci ones Pesqueras y Acu icolas (RISPAC), aprobado por OS N" 016-2007-PRODUCE, se procede a efectuar la presente notificaci6n, de biend 0 el pres unto infra ctor presentar sus descargos 0 acogerse a los benefi cios de pa go establ ecidos en el articulo 44" del citado Reglamento, en el plazo de cinco (05) dias habilss a partir de la recepci6n de la presente ENTIDAD QUE NOTIFICA: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: NORMA QUE ATRIBUYE COMPETENCIA: INSPECTOR NOMBRE DNI CREDENCIAL INTERVENIDO NOMBRE DNI CARGO TESTIGO NOMBRE DNI D EL INTERVENIDO SE NEGO A FIRMAR LA PRESENTE NOTIFICACION 358150 MINISTE RIO DE LA PRODUCCION Direcci6n General de Seguim iento, Corrtrol y\l1gilancia - 01GSECO\f1 NORMAS LEGALES ANEXO 4 ACTA E3 Perueno lirra,vernes 23denovembre de 2Cfl7 Siendo Ias horas del dia sncontrandon os en D ACTA DE INSPECCION D ACTA DE DECOMISO D ACTA DE ENTREGA- RECEPCION DEL DECOMISO D ACTA DE INSTALACION, REMOCION Y SUSTITUCION DE PRECINTOS DE SEGURIDAD DE INSTRUMENTOS DE PESAJE D ACTA DE INSTALACION, REMOCION Y SUSTITUCION DE PRECINTOS DE SEGURIDAD DEL EQUIPO DEL SISESAT D ACTA DE DONACION D ACTA DE RETENCION DE PAGOS D OTRA D E/P Matricula N" D EIP D Cam i6n Isoterrn ico Placa N" D Otros del mes del ano , localizado en en presencia del senor , identificado con ONI N" , los suscritos, en representaci6n de la Oirecci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producci6n, procedieron a Obse rvacione s: INSPECTOR NOMBRE ONI CREDENCIAL INSPECTOR NOMBRE ONI CREDENCIAL 136108-1 REPRESENTANTE NOMBRE ONI CARGO OOMICILIO TELEFONO TESTIGO NOMBRE ONI