跳到主要内容
Nelum
秘鲁的法律

Resolución Nº 334/08/AG/SENASA - Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET)

颁布于 2008-10-09 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Livestock
关键词
animal health, institution, pests/diseases, early warning system, cattle, governance

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 8 Poruono Lima, doming:, 12 de ootubre de 2:l0B 0 NORMAS LEGALES 381325 Aprueban el Programa Nacional de Prevenci6n y Vigilancia de las EncefalopatiasEspongifonnes Transmi sibles (EET's) de los animates en todo el territorio nacional RESOLUCl6N JEFATURAL N° 334.,2008-AG-SENASA La Molina, 9 de octubre de 2008 CONSIDERANDO Que, medIante el Decreto LegIslatIvo N° 1059, se aprob6 la Ley General de SanIdad AgrarIa, la cual establece en su articulo 4° que la AutorIdad NacIonal en SanIdad AgrarIa en el ServIcI0 Nacion al de Sanidad Agrana - SENASA, Que. de acuerdo a lo establec1do en la Sept1ma D1spos1c1on Complementaria Final. de la Ley General de San1dad Agraria. se faculta al SENASA. para d1ctar normas. d1rect1vas y med1das que sean necesarias para complementar. espec1f1car o precIsar el conten1do normatIvo de esta Ley. su Reglamento o d1spos1c1ones complementar1as o que se requIeran para su meJor apl1cac1on Que. conforme a lo preceptuado en el Art1culo 1° de la Ley General de San1dad Agrar1a. el SENASA tIene como uno de sus obJet1vos estrategIcos la prevencIon y la errad1cac1on de enfermedades en an1males que representen rIesgo para la v1da. la salud de las personas y los an1males. Que el Art1culo 10° de la Ley General de San1dad Agrar1a · establece que el SENASA tendra a su cargo d1rectamente o a traves de terceros la organIzacIon coord1nac1on promocIon supervision y eJecucIon de campanas f1to y zoosanItarias de ImportancIa y alcance nac1onal. Que. el T1tulo 3 8. anexo 3 84 del Cod1go San1tar10 para los An1males Terrestres de la OIE. establecen los requIsItos para la v1g1lanc1a de la Encefalopat1a Espong1forme Bovina. Que, en la REPUBLICA del PERU nunca se r1an reportado casos de encefalopatia EspongIforme Bovina (EEB), ni de otras Encefalopatias EspongIformes TransmIsIbles de los anImales (EET's), Que, las InvestIgacIon es de vIgIlancIa realIzadas desde el aho 2004, por el ServIcI0 NacIonal de Sanidad Agrana SEN ASA, demuestran fehacIentemente la InexIstencIa de estas enfermedades en nuestro pais Que, los avances en el con ocImIento de la enfermedad y en las recomendacIones InternacIonales de los organismos de referencIa, hacen necesarIa la revIsI6n y actualIzacI6n de las accIones tendIentes a la prevencI6n y vIgIlancIa de las EET's en el pais Que, de regIstrarse en el pais la Encefalopatia EspongIforme Bovina ocasIonaria p8rdIdas Irreparables en la ganaderia, con los consIguIentes perJuIcIos para los productores, el consumo y la produccI6n que hacen a la economia nacIonal De conform id ad con lo dIspu esto en Decreto LegIslatIvo N° 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008-AG, y con los vIstos buenos de los DIrectores Generales de Sanidad Animal y Asesoria JuridIca, SE RESUELVE Artfculo 1°.- Aprobar el PROGRAMA NACIONAL DE PR EVEN Cl ON Y VIGILANCIADE LAS ENCEFALOPATIAS ESPONGIFORMES TRANSMISIBLES (EET's) de los animales en todo el terntono nacIonal , que como Anexo forma parte Integrante de la presente resolucI6n Artfculo 2°.- Establecer la denuncIa oblIgatona e InmedIata de la aparIcI6n o sospecha de ENCEFALOPATIAS ESPONGIFORMES TRANSMISIBLES (EET's) en los animales de las especIes susceptIbles, orIgInada desde establecImIentos ganaderos, con centracIones de anImales, locales de exposIcI6n (fenas ganaderas), mataderos y frIgorifIcos cualquIera fuese su habIlItacI6n, asi como de aquellos animales en tr2insIto ode cualquIer otro lugar que se encuentre dentro del terrItono nacIonal Artfculo 3°.- Para la consIderacI6n de la denuncIa de una sospecha o de la confIrmacI6n de un caso de una Encefalopatia EspongIforme TransmIsIble (EET's) se tendri'.ln en consIderacI6n las defInicIones que se establecen en el numeral 4 del Anexo I, el mIsmo que forma parte Integrante de la presente ResolucI6n Artfculo 4°.- Ante una denuncIa de sospecha de un caso de una Encefalopatia EspongIforme TransmIsIble (EET's) en el pais, el SENASA procedera a InterdIctar el establecImIento con InmovIlIzacI6n del ganado susceptible a esa enfermedad Artfculo 5°.- En la oportunidad de estar frente a una sospecha o confIrmacI6n de un caso de una Encefalopatia EspongIforme TransmIsIble (EEr s) en el pai s, el SEN ASA procedera de acuerdo a lo establecIdo en el numeral 6 8 del Anexo I, el mIsmo que forma parte Integrante de la presente resolucI6n Artfculo 6°.- Los ColegIos de Medicos VetennarIos a nivel nacIonal a !raves de sus profesIonales regIstrados que eJerzan la actIvIdad profesIonal, centros de dIagn6stIco de enfermedades de anImales y Facultades de MedIcIna VeterInana, se Incorporan al Sistema Nacion al de VIgIlancIa EpIdemIol6gIca, teniendo la oblIgacI6n de notIfIcar de 381326 0 NORMAS LEGALES inmediato a la Oficina Local del SENASA mas pr6xima, la atenci6n de cualquier sospecha de enfermedad compatible con la ENCEFALOPATIA ESPONGIFORME BOVINA (EEB) y otra enfermedad espongiforme transmisible. Artlculo 7°.- Facilltese a la Direcci6n de Sanidad Animal del SENASA a efectuar las actualizaciones o modificaciones que se consideren necesarias realizar al Anexo I que forman parte integrante de la presente resoluci6n; acorde al desarrollo de los sistemas nacionales de vigilancia y control, teniendo en consideraci6n la evoluci6n de los conocimientos cientlficos en la materia yen concordancia con los lineamientos establecidos por el Programa Vigilancia de las Encefal opatl as Espongiformes Transmisibles de los animales, de la Organizaci6n Mundial de Sanidad Animal OIE. Reglstrese, comunlquese y publlquese. OSCAR M. DOMINGUEZ FALCON Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria 262847-1 El Poruooo L,rn. ~orniog:, ,2 ~e oclubre ~e :we

Resolución Nº 334/08/AG/SENASA - Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET) · Nelum