Resolución Nº 288/01/PE - Modelo de Convenio de conservación, inversión y producción acuícola, que deberán suscribir las personas naturales o jurídicas
颁布于 2001-08-20 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- aquaculture, contracts, legal proceedings/administrative proceedings, concession, investment
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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 288-2001-PE Aprueban modelo de Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola Lima, 20 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 1 del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que es finalidad del Ministerio de Pesquería, promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos; Que la Ley Nº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura tiene entre sus objetivos regular y promover la actividad acuícola en aguas marinas, aguas continentales o utilizando aguas salobres, disponiendo además medidas y beneficios en provecho de la acuicultura; Que el Artículo 20 del Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura establece que las personas naturales o jurídicas que soliciten concesión para realizar actividades de acuicultura en terrenos o aguas públicas deben suscribir con la Dirección Nacional de Acuicultura o las Direcciones Regionales de Pesquería, según corresponda, un Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola, el mismo que contempla los términos de referencia relacionados con aspectos técnicos y financieros, garantizando el cumplimiento de las metas de producción y asegurando la ejecución de las inversiones correspondientes; cuyo modelo debe ser aprobado por Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 24760 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 030 2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el modelo de Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola, que deberán suscribir las personas naturales o jurídicas que soliciten concesión para realizar actividades de acuicultura en terrenos o aguas públicas, con la Dirección Nacional de Acuicultura del Ministerio de Pesquería o con las Direcciones Regionales de Pesquería, según corresponda, a fin de garantizar el cumplimiento de las metas de producción y asegurando la ejecución de las inversiones correspondientes. Artículo 2.- Autorizar al Director Nacional de Acuicultura y a los Directores Regionales de Pesquería, para que en representación del Ministerio de Pesquería y en el ámbito de su jurisdicción y conforme a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, suscriban los respectivos Convenios, cuyo modelo se aprueba en el Artículo precedente. Artículo 3.- La Dirección Nacional de Acuicultura y las Direcciones Regionales de Pesquería, velarán por el fiel cumplimiento de los convenios que se suscriban al amparo de lo establecido en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería MINISTERIO DE PESQUERIA Dirección Nacional de Acuicultura CONVENIO DE CONSERVACION, INVERSION Y PRODUCCIÓN ACUICOLA Conste por el presente documento el Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola, que celebran de una parte el Ministerio de Pesquería en adelante EL MIPE, con domicilio en Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, departamento de Lima, con R.U.C. Nº 20131371960, representado por ........................, Director ..........................., identificado con D.N.I. Nº .............., facultado por Resolución Ministerial Nº .....-2001-PE, del .... de .......... de 2001 y, de otra parte el (la) ...................., identificado con D.N.I./L.E./C.E. Nº ....................., en representación de ..............................................., con R.U.C. Nº .........., con domicilio legal en .................................., en adelante CONCESIONARIO, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA.- BASE LEGAL 1.1. Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. 1.2. Ley Nº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE. 1.3. Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería. SEGUNDA.- OBJETO El presente Convenio tiene por objeto garantizar las inversiones, así como asegurar los niveles de producción propuestos por el CONCESIONARIO, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento; así como de las demás normas vigentes, y las que para los efectos dicte EL MIPE. TERCERA.- DERECHO ADMINISTRATIVO El presente Convenio se ha elaborado sobre la base de la Memoria Descriptiva y del Certificado Ambiental para el caso de acuicultura a nivel comercial que sustentan el otorgamiento de la concesión acuícola y demás requisitos contemplados por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Pesquería, y que forman parte del expediente con registro Nº .................. del ............ de ........... de 200..... CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO La suscripción del presente Convenio obliga al CONCESIONARIO al cumplimiento de las siguientes condiciones y obligaciones: a) Desarrollar sus actividades de acuicultura de conformidad con lo que disponga la Resolución que le otorgue el derecho, para el cultivo de la(s) especie(s) ............................................. en un área de hectáreas, ubicada en el distrito de ..........................., provincia de ................, departamento de ....................... b) Cumplir con el Cronograma para la Instalación y Operación de la concesión, así como con el plazo de ocupación progresiva del área donde se desarrollará la actividad, y con las metas de producción e inversiones correspondientes, estipuladas en la Memoria Descriptiva que sustente el otorgamiento de la concesión. c) Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte el medio ambiente o altere el equilibrio bioecológico del medio circundante, cumpliendo para tal efecto con los compromisos ambientales asumidos ante EL MIPE a través del Estudio de Impacto Ambiental o Declaración de Impacto Ambiental aprobada según Certificado Ambiental Nº ................. d) Observar la normatividad vigente del Sector, así como aquella relacionada con la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales. e) Presentar la información a que están obligados de acuerdo a la resolución autoritativa, de acuerdo a los términos de referencia consignados en el correspondiente formato. f) Facilitar las labores de supervisión por parte del personal de EL MIPE acreditado para tal fin. QUINTA.- DE LA CADUCIDAD DE LA CONCESION Son causales de caducidad: a) Transferir los derechos derivados de la concesión, sin la autorización del Ministerio de Pesquería y sin suscribir el respectivo Convenio o Addendum. b) No iniciar el trámite ante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa o ante la Autoridad de Aguas del Ministerio de Agricultura, según corresponda, para la ocupación de área acuática en un plazo máximo de 30 días calendario de otorgada la concesión. c) Usar el área otorgada para el desarrollo acuícola para fines distintos a los autorizados. d) Incumplir con los compromisos asumidos en materia ambiental presentados a EL MIPE. e) Causar grave daño al ecosistema. f) No permitir la realización de las evaluaciones y acciones de vigilancia y control que, como parte de sus funciones, realicen las autoridades competentes. g) Incumplir injustificadamente con el cronograma de instalación y operación de la concesión, así como con las metas de producción e inversiones estipuladas en la Memoria Descriptiva. h) No presentar los informes semestrales sobre las actividades realizadas. i) Obtener semilla del medio natural sin la correspondiente autorización del MIPE. SEXTA.- DEL PLAZO DEL CONVENIO El plazo de vigencia del Convenio será de .............................. años, en razón a que su nivel de producción corresponde a ........................ SEPTIMA.- DE LA ESTABILIDAD JURIDICA EN MATERIA DE NORMATIVIDAD ACUICOLA Durante la vigencia de la concesión, EL MIPE respetará y dará cumplimiento a las disposiciones que sobre materia acuícola se encuentren vigentes. Aquella normatividad que sobre preservación y conservación de las especies y del medio ambiente dicte EL MIPE, en lo que no afecte el desarrollo de la concesión otorgada, será de cumplimiento de EL CONCESIONARIO. En señal de conformidad con los términos y condiciones establecidas, ambas partes suscriben el presente Convenio en dos (2) originales, en la ciudad de ............... a los ................ días del mes de .................. del .......... ............................................ ........................................ Por EL CONCESIONARIO. Por EL MIPE