Resolución Nº 286-2019-MINEM ─ Crea el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos
颁布于 2019-09-30 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Mineral resources
- 关键词
- institution, mining, oil, hazardous waste, pollution control, public health, governance
- 类别
- energy
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文本
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Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial Créase el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos, de naturaleza temporal, dependiente al Ministerio de Energía y Minas, que tendrá como objeto la elaboración de un Plan de Acción para la optimización de la gestión de sustancias químicas en el desarrollo de Actividades de Hidrocarburos y de ser el caso identificar y/o proponer mejoras en la regulación de las #\\w.'-'IA,."' mismas. § ..... , ~ ; t- ~ r ~ • '"~-' Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial "· '~... ú~~i~ El Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en ~'ik~' Actividades de Hidrocarburos estará conformado por los siguientes integrantes: a) Dos (02) representantes de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, uno de los cuales lo ~~ide , y el otro ejerce la secretaría técnica. ~""' nl ENE.ve" ~ , .- · ...... 4'! :r z;; ~<r • '".!llo;N1a#-'' b) Un (01) representante de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; c) Un (01) representante de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente ; d) Un (01) representante de la Gerencia de Supervisión de Energía del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. Las entidades que conform~n el Grupo de Trabajo Técnico Multisoctorial antes citado pueden designar hasta 2 representantes alternos.
Artículo 3.- Designación de Representantes Los representantes titulares y alternos que conforman el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos son designados mediante comunicación escrita dirigida a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución.
Artículo 4.- Instalación del Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial El Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos se instala dentro de los diez (1 O) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución.
Artículo 5.- Vigencia El Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos tiene una vigencia de ciento ochenta (180) días calendario , contados a partir del día siguiente de su instalación, plazo en el cual deberá presentar un Informe Final al titular del Ministerio de Energía y Minas sobre el encargo conferido. Este plazo podrá ser ampliado con el debido sustento.
Artículo 6.- Financiamiento Las personas que conforman el Grupo de Trabajo Técnico Multisectorial de Sustancias Químicas en Actividades de Hidrocarburos ejercen sus funciones ad honorem. Los gastos que demande la participación de los representantes en cumplimiento do sus funciones , son cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades a las que representan , sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 7.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, así como en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese