Resolución Nº 254-2016-MIDIS ─ Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS)
颁布于 2016-10-19 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Agricultural and rural development
- 关键词
- institution, policy/planning, cultural heritage, Indigenous Peoples, governance
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文本
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601977NORMAS LEGALESJueves 20 de octubre de 2016 El Peruano / Aprueban los Lineamientos N° 004-2016-MIDIS, “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social“ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2016-MIDIS Lima, 19 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe N° 334-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando N° 220-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° 029-2016-MIDIS/ VMPS/DGCOPS, emitido por la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales; el Memorando N° 427-2016-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 095-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 418-2016-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; y siendo competente para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, la citada Ley N° 29792, en su artículo 5 prevé que las políticas de desarrollo e inclusión social tienen su fundamento en los principios y valores de respeto a los derechos humanos, desarrollo humano, justicia social, equidad, inclusión, universalismo, solidaridad, 601978 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2016 / El Peruano igualdad, descentralización, calidad, efectividad, participación social, interculturalidad, emprendimiento e intersectorialidad; y en el literal g) de su artículo 8, establece entre las funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, formular y aprobar las disposiciones normativas de su competencia; Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, como expresión de la política de desarrollo e inclusión social basada en la articulación de los diversos sectores y niveles de gobierno involucrados, según sus respectivas competencias, para el logro de resultados prioritarios de desarrollo e inclusión social; estableciéndose como una de las dimensiones transversales a dicha estrategia el aspecto de interculturalidad; Que, por su parte, el artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS, establece que la Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social es el órgano de línea responsable de proponer y conducir el diseño de las políticas y estrategias en materia de desarrollo e inclusión social, dirigir la articulación con otros actores públicos y privados para el establecimiento de la política, y la defi nición y seguimiento del funcionamiento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social – SINADIS. Asimismo tiene entre otras funciones, conducir y proponer políticas públicas y estrategias nacionales, en materia de desarrollo e inclusión social, considerando las dimensiones transversales de género e interculturalidad, dirigiendo el monitoreo y la supervisión para su cumplimiento; Que, en el marco de sus competencias funcionales, la Dirección General de Políticas y Estrategias, mediante Informe N° 334-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, ha propuesto la aprobación de los lineamientos denominados “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, con el objetivo de facilitar la operatividad del enfoque intercultural en el diseño, implementación, evaluación y seguimiento de las políticas del Ministerio, a fi n de que los procesos de desarrollo e inclusión social, dirigidos a la población culturalmente diversa, particularmente a los pueblos indígenas u originarios y a la población afroperuana, sean pertinentes a sus características culturales; Que, estando a lo indicado en los documentos de Vistos, corresponde aprobar los lineamientos denominados “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, propuestos por la Dirección General de Políticas y Estrategias; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Políticas y Estrategias, de la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos N° 004-2016-MIDIS, “Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social “, cuyo texto, en anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Políticas y Estrategias ejecute las acciones de difusión y asistencia técnica a los distintos órganos y unidades orgánicas del Ministerio, para la implementación de los lineamientos aprobados en el artículo precedente. Estas acciones se ejecutan en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la emisión de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1443701-1