Resolución Nº 249-2017-SERNANP — Estrategia de Lucha Contra la Minería Ilegal en Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional 2017-2021
颁布于 2017-10-17 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Mineral resources, Wild species and ecosystems
- 关键词
- environmental planning, protected area, protection of environment, social impact assessment, policy/planning, exploration, environmental standards, mining, soil pollution/quality, environmental impact assessment (EIA), environmental audit, classification/declassification, authorization/permit, registration, standards, pollution control
- 类别
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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38 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2017 / El Peruano INEM E.I.R.L, como Entidad Certificadora para certificar De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema competencias en las ocupaciones de “Productor de Tara” Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación y “Extensionista en el manejo productivo de cuyes”, con de la Calidad Educativa – Sineace, su Reglamento una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la aprobado con Decreto Supremo Nº018-2007-ED, la Ley publicación de la presente Resolución. Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así Ministerial Nº 331-2017-MINEDU; como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob. pe). SE RESUELVE: Regístrese, comuníquese y publíquese. Artículo 1º. - Oficializar el Acuerdo Nº302-2017-CDAH, de sesión del 18 de octubre 2017 del Consejo Directivo Ad CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Hoc, mediante el cual se autorizó la certificación y registro Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc como Evaluadores de Competencias para Profesionales SINEACE Técnicos a catorce (14) participantes del VII Taller de Selección y Evaluación de Evaluadores de Competencias 1580191-2 para Profesionales Técnicos, comprendidos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución; dicha certificación tiene una vigencia de cinco (05) Oficializan Acuerdo mediante el cual años, contados a partir de la publicación de la presente se autorizó la certificación y registro Resolución. de Evaluadores de Competencias para Artículo 2º.- Registrar en el “Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Profesionales Técnicos Institutos y Escuelas de Educación Superior”, a las personas comprendidas en el artículo 1º de la presente Resolución de Presidencia del Resolución. Consejo Directivo Ad Hoc Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en Nº 415-2017-SINEACE/CDAH-P el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Lima, 25 de octubre de 2017 Regístrese, comuníquese y publíquese. VISTO: CAROLINA BARRIOS VALDIVIA El Informe Nº 000063-2017-SINEACE/DEC-IEES, de Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y SINEACE Escuelas de Educación Superior del Sineace; y, CONSIDERANDO: 1580191-3 Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de SERVICIO NACIONAL DE AREAS la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan NATURALES PROTEGIDAS un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo POR EL ESTADO de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Aprueban “Estrategia de Lucha Contra la Que, mediante la Décima Segunda Disposición Minería Ilegal en Áreas Naturales Protegidas Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley de Administración Nacional 2017-2021” Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose Nº 249-2017-SERNANP conformado mediante Resolución Ministerial Nº396- 2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Lima, 17 de octubre de 2017 Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y VISTO: los procesos en desarrollo; Que, mediante documento de visto, la Dirección El Informe Nº 661-2017-SERNANP-DGANP de la de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de Educación Superior, informa que catorce (14) en el cual se concluye que es necesario la implementación participantes presentados por las Entidades Certificadoras de una Estrategia para la erradicación de la minería ilegal; de Competencias de Profesionales Técnicos, han y, culminado exitosamente el VII Taller de selección de evaluadores de competencias para profesionales CONSIDERANDO: técnicos, realizado los días 20, 21 y 22 de setiembre 2017, encontrándose aptos para su certificación y registro Que, el artículo 68 de la Constitución Política del como evaluadores de competencias para profesionales Perú establece la obligación del Estado de promover la técnicos: siete (07) participantes de Enfermería Técnica, conservación de la diversidad biológica y de las Áreas un (01) participante de Farmacia, un (01) participante de Naturales Protegidas; Laboratorio Clínico, dos (02) participantes de Prótesis Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Dental, un (01) participante de Industrias Alimentarias Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, y dos (02) participantes de Administración de Negocios Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio Internacionales; con una vigencia de cinco (05) años; del Ambiente, se crea el Servicio de Áreas Naturales Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión del 18 de octubre constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas 2017, llegó al Acuerdo Nº302-2017-CDAH, mediante el Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su cual se autorizó la certificación y registro como evaluadores autoridad técnico – normativa; de competencias a los catorce (14) participantes que Que, según el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley aprobaron el proceso antes referido; con una vigencia de Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión cinco (05) años; Ambiental, las funciones ambientales se ejercen en
El Peruano / Viernes 27 de octubre de 2017 NORMAS LEGALES 39 forma coordinada, descentralizada y desconcentrada, SE RESUELVE: con sujeción a la Política Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental y a las normas, Artículo 1º.- Aprobar la “Estrategia de Lucha Contra instrumentos y mandatos de carácter transectorial, que la Minería Ilegal en Áreas Naturales Protegidas de son de observancia obligatoria en los distintos ámbitos y Administración Nacional 2017-2021”, cuyo contenido se niveles de gobierno; encuentra en el Anexo que forma parte integrante de la Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº presente Resolución. 28611, Ley General del Ambiente establece que la Artículo 2º.- La Estrategia es de aplicación en las gestión ambiental es un proceso permanente y continuo, Áreas Naturales Protegidas del SINANPE donde exista constituido por el conjunto estructurado de principios, presencia de actividades de minería ilegal y en las zonas normas técnicas, procesos y actividades, orientado de amortiguamiento, donde se identifique que dichas a administrar los intereses, expectativas y recursos actividades podrían comprometer la continuidad de los relacionados con los objetivos de la política ambiental y objetivos de creación de las Áreas Naturales Protegidas. alcanzar así, una mejor calidad de vida y el desarrollo Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución y su integral de la población, el desarrollo de las actividades Anexo en el Portal Institucional del SERNANP: www. económicas y la conservación del patrimonio ambiental y sernanp.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la natural del país; presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Que, de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, dichas áreas Regístrese y comuníquese. son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA tales, para conservar la diversidad biológica y demás Jefe valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo 1580099-1 sostenible del país; Que, el artículo 2 de la referida Ley señala que las áreas naturales protegidas tienen como objetivos, entre SUPERINTENDENCIA NACIONAL otros, asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos en áreas extensas y representativas de unidades ecológicas del país; así como mantener el DE LOS REGISTROS PUBLICOS entorno natural de los recursos culturales, arqueológicos e históricos ubicados en su interior; Aprueban la Directiva N° 05 -2017-SUNARP/ Que, asimismo, el artículo 8 de la citada Ley, en concordancia con el artículo 3 del Reglamento de SN, Directiva que regula el otorgamiento Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por de la publicidad certificada con firma Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, establece que electrónica expedida a través del Servicio el SERNANP está encargado de gestionar las áreas naturales protegidas de administración nacional; aprobar de Publicidad Registral en Línea - SPRL los instrumentos de gestión y planificación; coordinar interinstitucional con las entidades del gobierno nacional, RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE los gobiernos regionales y los gobiernos locales que NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS actúan, intervienen o participan, directa o indirectamente, N° 236-2017-SUNARP/SN en la gestión de las áreas; entre otras funciones relacionadas; Lima, 26 de octubre de 2017 Que, uno de los mayores retos que afronta el país VISTOS, los Informes Técnicos Nº 15-2017-SUNARP/ es el cese de actividades de minería ilegal desarrolladas DTR y Nº 18-2017-SUNARP/DTR emitidos por la Dirección a lo largo del territorio que vienen causado el deterioro Técnica Registral, los Informes Nº 401-2017-SUNARP/ ambiental y situaciones de vulnerabilidad social; siendo OGAJ y N° 941-2017-SUNARP/OGAJ emitidos por la para el caso específico de las áreas naturales protegidas Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº una trasgresión al cumplimiento de los objetivos de 787-2017-SUNARP/OGPP emitido por la Oficina General conservación; de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorándum Nº Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1293 se 689-2017-SUNARP/OGTI emitido por la Oficina General declara de interés nacional la formalización de las de Tecnologías de la Información, y; actividades de la pequeña minería y minería artesanal, el cual tiene como objetivo la restructuración del CONSIDERANDO: proceso de formalización a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1105; Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Que, de acuerdo al artículo 4 del Decreto Legislativo Públicos - Sunarp es un organismo técnico especializado Nº 1336 que establece las disposiciones para el proceso del Sector Justicia, que tiene por objeto dictar las políticas de formalización minera integral, no pueden acogerse técnico administrativas de los Registros Públicos, a este proceso aquellas actividades desarrolladas en estando encargada de planificar, organizar, normar, áreas no permitidas, tales como zonas arqueológicas, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad áreas naturales protegidas, reservas indígenas, reservas de los actos y contratos en los Registros Públicos que territoriales en proceso de adecuación y otras según la integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso legislación vigente; de simplificación, integración y modernización de los Que, sin embargo, en el Informe del Visto, se indica Registros; que persisten actividades de minería ilegal al interior Que, por Resolución del Superintendente Nacional de las áreas naturales protegidas y sus zonas de de los Registros Públicos Nº 043-2003-SUNARP/SN, amortiguamiento, siendo necesario la implementación se aprobó el inicio del funcionamiento del Servicio de de una estrategia que tenga por objetivo identificar, Publicidad Registral en Línea - SRPL, el mismo que erradicar y mitigar la minería ilegal al interior de las áreas permite a los administrados del Sistema Nacional de los naturales protegidas, y que articule la participación de Registros Públicos, realizar búsquedas en la base de diversas entidades del Estado; por tanto, se recomienda datos central de la Sunarp y obtener copias simples de la aprobación de la misma; las partidas registrales, así como enterarse del estado de Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, sus trámites ante cualquiera de las Oficinas Registrales; de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Que, mediante Resolución de Superintendente Protegidas y de la Secretaría General; y, Adjunto Nº 087-2011-SUNARP-SA, se aprobó la Directiva De conformidad con las atribuciones conferidas en el Nº 001-2011-SUNARP-SA, la cual regula la solicitud y literal b) del artículo 11º del Reglamento de Organización y expedición de publicidad registral compendiosa nacional Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo desde cualquier Oficina Registral y, posteriormente, Nº 006-2008-MINAM. con Resolución del Superintendente Nacional de los