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秘鲁的法律

Resolución Nº 245/09/MINSA - Acreditación de inspectores sanitarios de alimentos de consumo humano

颁布于 2009-04-16 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, hygiene/sanitary procedures, agricultural commodities, inspection

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Aprueban "Norma Tecnlca de SaIud para la acreditaci6n de inspectores sanitarios de alimentos de consumo humano" RESOLUCION MINISTERIAL N° 245-2009-MINSA Lima, 16 de abril de 2009 Vista el Expediente N° 09-000215-001, que contiene 2009/DHAZIDIGESA, de la Dtrecclon General de Salud Ambients! y OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO el Informe el lnforme N° N° 338 281-2009 Que, el articulo 14 de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, aprobada par Decreta Leqislativo N° 1062, dispone que el Ministerio de SaIud a traves de la Direcci6n General de SaIud Ambiental es la Autoridad de Salud de nivel nacional con competencia exclusiva en el aspecto tecnico. normativo y de supervigilancia en materia de inocuidad de los alimentos destin ados al con sumo humane. elaborados industrialmente, de producci6n nacional 0 extranjera, con excepci6n de los alimentos pesqueros y acuicolas; Paqina 15 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Que, el numeral 5 del articulo 9 del Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, aprobado par Decreta Supremo N° 034-200B-AG, establece que el inspector oficial es e! funcionario autorizado quien ha cumplido los requisitos establecidos par la autoridad competente de nivel nactonal: Que. el articulo 5 del Reglamento sabre vigilancia y control sanitaria de alimentos y bebidas. aprobado par Decreta Supremo N° 007-98-SA, establece que la vigilancia sanitaria de los establecimientos industriales de fabricaci6n de alimentos y bebidas, con excepci6n de los dedicados al procesamtento de productos bidrobioloqicos, as! como ta viqllancia sanitaria de los establecimientos de almacenamiento y fraccionamiento de alimentos y bebidas y los servicios de alimentaci6n de pasajeros en los medios de transporte estan a cargo del Ministerio de Salud: Que, elliteral b) del articulo 49 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Salud. aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, precisa que corresponde a la Direcci6n General de SaIud Ambiental a traves de su Direcci6n de Higiene Alimentaria y Zoonosis establecer las normas y coordinar la viqilancia sanitaria de los alimentos, zoonosis y supervisar las actividades de prevenci6n y control de los agentes pat6genos en protecci6n de la salud de los consumidores y la salud publica; Que, mediante documento del vleto, la Dlrecclon General de Salud Ambiental remite para su aprobaci6n la "Norma Tecnica de SaIud para la Acreditaci6n de Inspectores Sanitarios de Alimentos de Consumo Humane": Que, la referida Norma Tecnica de Salud tiene como objetivo establecer los criterios que deben cumplir quienes realizan labores de inspecci6n sanitaria para ser acreditados como inspectores sanitarios de alimentos, asi como fortalecer el sistema oficial de inspecci6n sanitaria de los alimentos destinados al consumo humano. mediante la acreditaci6n de inspectores sanitarios de alimentos: Que, reeutta convenlente aprobar ta propuesta presentada por la Direcci6n General de SaIud Ambiental; Con e! visado del Director General de ta Direcci6n General de Salud Amblental. de ta Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Viceministro de Salud; De conformidad con 10 dispuesto en elliteral I) del articulo 8 de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Satud: SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la NTS N° 076-MINSAIDIGESA V,01 "Norma Tecnlca de Salud para la acreditaci6n de inspectores sanitarios de alimentos de consumo humano". Articulo 2.- Disponer que las dependencies del Ministerio de Salud, de acuerdc a sus competencies. incorporen en sus planes las actividades previstas para la implementaci6n y ejecuci6n de la Norma Tecntca de SaIud antes mencionada. Articulo 3.- La Direcci6n General de SaIud Ambiental se encarqara de ta difusi6n, implementaci6n y supervisi6n de la presente Norma Tecnica de Salud. Articulo 4.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resoluci6n Ministerial en la direcci6n electr6nica http://www.minsagob.pe/portal/transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Paqina 16 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Registrese, comuniquese y publiquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud Paqina 17

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