Resolución Nº 232-2017-PRODUCE ─ Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) - 2017 para los subsectores Industria y Comercio Interno, Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción
颁布于 2017-05-25 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Environment, Fisheries and aquaculture, Water
- 关键词
- institution, environmental planning, environmental audit, environmental impact assessment (EIA), inspection, offences/penalties, polluter pays principle, policy/planning, governance, aquaculture, freshwater pollution, pollution control
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33NORMAS LEGALESSábado 27 de mayo de 2017 El Peruano / PRODUCE Aprueban el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 para los sub sectores: Industria y Comercio Interno, Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 232-2017-PRODUCE Lima, 25 de mayo de 2017 VISTOS: El Ofi cio N° 3335-2016-OEFA/DS de la Dirección de Supervisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el Memorando N° 37-2017-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando N° 090-2017-PRODUCE/DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, y el Memorándum N° 226-2017-PRODUCE/OGPPM de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29325 se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, cuya rectoría se encuentra a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA y rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental; Que, el artículo 7 de la precitada Ley, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local (EFA) son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de dicha Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA; en ese marco, el Ministerio de la Producción constituye una Entidad de Fiscalización Ambiental; Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 004 2014-OEFA/CD, modifi cada por Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/CD, el OEFA aprueba los “Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental”, en cuyo artículo 3 literal c), se defi ne al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA como el instrumento de planifi cación a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental programa las acciones de fi scalización ambiental a su cargo, a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente, precisando que el ejercicio regular de la fi scalización ambiental a cargo de cada EFA no está limitado a lo que se establezca en su PLANEFA; y, de acuerdo al artículo 4, el PLANEFA es aprobado por Resolución del titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental; Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del 34 NORMAS LEGALES Sábado 27 de mayo de 2017 / El Peruano Ministerio de la Producción, este Ministerio es competente entre otros, en materia de industria y comercio interno y de pesca y acuicultura, estando facultado para aprobar las disposiciones normativas que le correspondan, en armonía con la protección del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad y las disposiciones en materia ambiental, así como para supervisar y fi scalizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los estudios ambientales o instrumentos de gestión ambiental complementarios al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA y la normativa ambiental vigente de competencia del sector; Que, con Memorando N° 37-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y Memorando N° 090-2017-PRODUCE/ DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, se propone el proyecto de “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2017 para los sub sectores: Industria y Comercio Interno, Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción”, el cual cuenta con la conformidad de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización otorgada mediante Memorándum N° 226-2017-PRODUCE/OGPPM, sustentada en el Informe N° 029-2017-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; Que, en función a lo expuesto y de la evaluación del contenido del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 para los sub sectores: Industria y Comercio Interno, Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción” se advierte que éste cumple con los Lineamientos aprobados por el OEFA y que es concordante con las competencias y funciones del Ministerio de la Producción, siendo procedente su aprobación con efi cacia anticipada al día 03 de febrero de 2017, fecha de entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, norma que establece la actual estructura orgánica y funciones del Ministerio consideradas en el PLANEFA 2017; De conformidad con la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA; la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014 OEFA/CD modifi cada por Resolución de Consejo Directivo N° 026-2016-OEFA/CD que aprueba los “Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA”; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE modifi cado por Decreto Supremo N° 009-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar, con efi cacia anticipada al día 03 de febrero del presente año, el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2017 para los sub sectores: Industria y Comercio Interno, Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La ejecución del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 para los sub sectores: Industria y Comercio Interno, Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción”, aprobado por el artículo precedente, está a cargo de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de acuerdo a las funciones asignadas en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA. Artículo 3.- Encargar a la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución Ministerial y del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 para los sub sectores: Industria y Comercio Interno, Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción”, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, con excepción de los Formatos N° 4: Plan de Supervisión Ambiental de los sub sectores Industria y Comercio Interno y de Pesca y Acuicultura, a fi n de asegurar la efectividad de la fi scalización ambiental a cargo de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1525947-1