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秘鲁的法律

Resolución Nº 230/02/AG/SENASA - Plan de acción para la prevención de la enfermedad de Influenza aviar en el Perú

颁布于 2002-10-30 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Livestock
关键词
animal production, hygiene/sanitary procedures, poultry, pests/diseases, vaccination, animal health, birds

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. RESOLUCION JEFATURAL Nº 230-2002-AG-SENASA Aprueban Plan de acción para la prevención de la enfermedad de Influenza Aviar en el Perú Lima, 30 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902 “Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura” se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, siendo el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo especificado en el Artículo 6 de la Ley Nº 27322 “Ley Marco de Sanidad Agraria” establece que la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria, propondrá, establecerá y ejecutará, según el caso, la normatividad jurídica, técnica y administrativa a efectos de prevenir la introducción, establecimiento y diseminación de enfermedades, así como también controlarlas y erradicarlas; Que, conforme a lo especificado en el Artículo 18 inciso a) del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-95-AG, La Dirección General de Sanidad Animal tiene entre sus funciones establecer, conducir y coordinar un sistema de control zoosanitario tanto en el comercio nacional como internacional de animales, así como en el comercio de productos y subproductos de origen animal; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 14 de la Ley Nº 27322 “Ley Marco de Sanidad Agraria” establece que la Autoridad Nacional de Aduanas, la Policía Nacional, las instituciones o empresas operadoras de puertos, aeropuertos, terminales terrestres, correos y además autoridades políticas, militares y judiciales, deberán brindar apoyo a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria en el ejercicio de sus funciones; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal, Asesoría Jurídica y Planificación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de acción para la prevención de la enfermedad de Influenza Aviar en el Perú, el cual en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- La aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución, es responsabilidad del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en todo el territorio de la República. Artículo 3.- La Dirección General de Sanidad Animal del SENASA, tendrá la responsabilidad de dirigir, coordinar y supervisar a nivel nacional lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 4.- En casos de riesgo sanitario, para efectos de coordinación o para acciones preventivas, la Autoridad Sanitaria en Sanidad Agraria, convocará y dirigirá la Comisión de Defensa contra la enfermedad de Influenza Aviar. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria