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Resolución Nº 228-2018-MINAGRI-SERFOR ─ Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027

颁布于 2018-10-01 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Wild species and ecosystems
关键词
institution, endangered species, management/conservation, protection of habitats, protection of species, biodiversity, governance

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  1. 6 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de octubre de 2018 / El Peruano Aprueban Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino en el Perú, Periodo 2018 2027 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 228-2018-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 1 de octubre de 2018 VISTO: El Informe Técnico Nº 037-2018-MINAGRI-SERFOR/ DGPCFFS/DPR emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico N° 073-2018-MINAGRI-SERFOR/GG-OGPP OPR e Informe Técnico N° 093-2018-MINAGRI-SERFOR/ GG-OGPP-OPR, ambos emitidos por la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 217-2018-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la Ley N° 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 39 de la Ley N° 29763, señala que el SERFOR, en coordinación con las autoridades forestales regionales, establece, promueve y aplica medidas para asegurar el aprovechamiento sostenible, conservación y protección de los recursos forestales y de la fauna silvestre a través del ordenamiento, la delimitación de áreas para protección, la identifi cación de hábitats críticos, la elaboración de listados de categorías de especies por su estado de conservación, la elaboración de planes de conservación de especies y de hábitats frágiles, entre otros; Que, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, ha considerado en el Lineamiento 2 de su Eje de Política 2: Sostenibilidad, que la gestión especial para la conservación y aprovechamiento sostenible de ecosistemas forestales y otros tipos de vegetación silvestre, que se encuentren sujetos a amenazas o procesos de degradación, se efectúa, entre otros, mediante la recuperación y manejo sostenible de las especies de fauna silvestre que se encuentren amenazadas; Que, el artículo 115 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, señala que los planes nacionales de conservación para especies amenazadas de fauna silvestre, son instrumentos de gestión de alcance nacional que tienen por objetivo garantizar la conservación de las poblaciones de especies de fauna silvestre amenazadas y sus hábitats, incluyendo las especies migratorias, cuya conservación es prioridad para el Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, se aprobó la actualización de la lista de Clasifi cación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, la cual incluye a la especie Tapir andino (Tapirus pinchaque) en la categoría En Peligro Crítico (CR); Que, mediante Ofi cio N° 219-2016-MINAM/DVMDERN el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente - MINAM, remite el Informe N° 195-2016-MINAM/DVMDERN/DGDB emitido por su Dirección General de Diversidad Biológica, a través del cual efectúa aportes y precisiones a la propuesta de “Plan Nacional de Conservación del Tapir andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2017 2027”, los cuales, conforme señala la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, han sido evaluados e incorporados a la citada propuesta de Plan Nacional; Que, el Informe Técnico N° 037-2018-MINAGRI SERFOR/DGPCFFS/DPR, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, refi ere que el “Plan Nacional de Conservación del Tapir andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027”, ha sido elaborado de manera participativa en coordinación con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, el MINAM y demás actores vinculados a la conservación de la especie de fauna silvestre Tapir andino. Asimismo, señala que el citado Plan es un documento técnico que permite establecer las acciones inmediatas a implementar para asegurar la conservación de la especie del Tapir andino (Tapirus pinchaque); Que, mediante Informe Técnico N° 073-2018-MINAGRI-SERFOR/GG-OGPP-OPR e Informe Técnico N° 093-2018-MINAGRI-SERFOR/ GG-OGPP-OPR, la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de “Plan Nacional de Conservación del Tapir andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 2027” en el Perú, toda vez que el Objetivo General, Objetivos Específi cos, Líneas de Acción y Actividades considerados en la citada propuesta se encuentran alineados al Objetivo Estratégico 1 del Plan Estratégico Institucional - PEI del SERFOR, el cual busca generar condiciones favorables para la gestión sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar el documento denominado “Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 -2027”; Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada con Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modifi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre coordina con las instituciones que participan en la ejecución del “Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 2027”, las acciones necesarias para su implementación. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre se encargue de la implementación del “Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 2027”; debiendo informar sobre los resultados de dicha gestión. Artículo 4.- La implementación del plan aprobado en el artículo 1, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, en el marco de sus competencias, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, de acuerdo con lo establecido en el Presupuesto Anual de la República. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. La Resolución y su anexo serán publicados en el Portal Institucional del 7NORMAS LEGALESMiércoles 3 de octubre de 2018 El Peruano / Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www. serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1697896-1 Designan Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 230-2018-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 1 de octubre de 2018 VISTO: El Informe N° 556-2018-MINAGRI-SERFOR-GG OGA/ORH de fecha 27 de setiembre de 2018, de la Ofi cina de Recursos Humanos; y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modifi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 155-2018-MINAGRI-SERFOR-DE del 20 de julio del 2018, se designó temporalmente al señor José María Nieto Casas, Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para que desempeñe las funciones inherentes al cargo de Director de la Ofi cina de Presupuesto, en adición a sus funciones; Que, mediante el Informe del Visto, la Ofi cina de Recursos Humanos recomienda la conclusión de la mencionada designación temporal y opina favorablemente sobre la designación del señor Víctor Abel Jesús Peña Flores en el cargo de Director de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Con el visado de la Gerente General y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modifi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal del señor José María Nieto Casas, Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, como Director de la Ofi cina de Presupuesto. Artículo 2.- Designar, a partir del 03 de octubre del 2018, al señor Víctor Abel Jesús Peña Flores en el cargo de Director de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, cargo considerado de confi anza. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución al señor Víctor Abel Jesús Peña Flores y a la Ofi cina de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1697896-2 AMBIENTE Designan representantes del Ministerio ante el Consejo Directivo del SENACE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 343-2018-MINAM Lima, 2 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, de conformidad con los artículos 5 y 6 de la referida norma, modifi cados por el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, el Consejo Directivo es el órgano máximo del SENACE y está conformado, entre otros, por un representante, titular o alterno, del Ministerio del Ambiente, con capacidad de decisión, designados por Resolución Ministerial; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y su modifi catoria; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los/las representantes del Ministerio del Ambiente ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), de acuerdo al siguiente detalle: El/La Ministro/a del Ambiente, como representante titular. El/La Viceministro/a de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, como representante alterno/a. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1698140-1

Resolución Nº 228-2018-MINAGRI-SERFOR ─ Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027 · Nelum