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Resolución Nº 218-2013-OS ─ Cuestionarios para la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Técnicas y de Seguridad de instalaciones de Consumidores Directos de Combustibles Líquidos y/u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos

颁布于 2013-09-27 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Energy
关键词
institution, energy conservation/energy production, inspection, environmental standards, oil, transport/storage, data collection/reporting, internal trade, non-governmental entity, standards, protection of environment, governance
类别
energy

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文本

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  1. Artículo 1º.- Disponer la publicación en la página Web anual de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de del OSINERGMIN, www2.osinerg.gob.pe, del proyecto de Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas y de resolución que modifica la metodología de facturación de Seguridad; la tarifa por Red Principal contemplada en el literal b.1) del Que, asimismo, en el artículo 4° de la misma resolución,

  2. Artículo 12º de la Resolución OSINERGMIN Nº 261-2009- dispuso que el Procedimiento de Declaración Jurada de OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones los Informes Nº 385-2013-GART y Nº 386-2013-GART, Técnicas y de Seguridad de las Unidades Supervisadas que forman parte de la presente resolución. – PDJ por la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos

  3. Artículo 2º.- Definir un plazo de quince (15) días Líquidos entraría en vigencia progresivamente, de acuerdo calendario, contados a partir de la fecha de publicación con la aprobación, por parte de la Gerencia General, de de la presente Resolución, a fin de que los interesados los formatos que contendrán las declaraciones juradas; remitan por escrito a la Gerencia Adjunta de Regulación Que, mediante Resolución de Gerencia General N° Tarifaria de OSINERGMIN, sito en la Avenida Canadá Nº 495-2012-OS/GG, de fecha 17 de diciembre de 2012, 1460, San Borja, Lima, sus opiniones y sugerencias a la se aprobó el “Cronograma para la Presentación Anual publicación a que se refiere el Artículo 1º de la presente de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de resolución. Dichos comentarios también podrán ser Obligaciones relativas a las Condiciones Técnicas y de remitidos vía fax al número telefónico de Lima 224-0491, Seguridad de las unidades supervisadas – PDJ”, el cual o vía correo electrónico a la dirección: normasgartdgn@ estableció para el mes de Octubre, la presentación anual osinerg.gob.pe indicando en el asunto: “Modificación de dichas declaraciones por parte de los responsables Resolución 261”. La recepción de las opiniones y de instalaciones de Consumidores Directos de sugerencias en medio físico o electrónico estará a cargo Combustibles Líquidos y/u Otros Productos Derivados de de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último los Hidrocarburos (OPDH) con capacidad menor a 5MB, Normas Legales del 01.10.2013 32 Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos, Grifos, de funcionarios públicos, y en uso de las atribuciones Grifos Flotantes, Grifos Rurales y Establecimientos de conferidas por el Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 604 Venta de GLP para Uso Automotor; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional Que, en tal sentido, de acuerdo con las facultades de Estadística e Informática”; conferidas en los artículos 2° y 4° de la Resolución de Consejo Directivo N° 223-2012-OS/CD, corresponde SE RESUELVE: que la Gerencia General apruebe los cuestionarios que contienen la información que los agentes señalados en Artículo Único.- DESIGNAR, a partir del 1° de el párrafo anterior deberán completar, para cumplir con la octubre de 2013, a la Sra. María Esther Cutimbo Gil, como exigencia de presentación de sus declaraciones juradas Directora Técnica de la Dirección Técnica de Demografía e en la oportunidad prevista en el cronograma dispuesto por Indicadores Sociales del Instituto Nacional de Estadística la Resolución de Gerencia General N° 495-2012-OS/GG; e Informática. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Regístrese y comuníquese. los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, la Ley de Creación ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Jefe Minería - Osinergmin, Ley Nº 26734 y el literal o) del artículo 65° del Reglamento General del Organismo Supervisor de 994627-1 la Inversión en Energía y Minería – Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; Aprueban Índices de Precios al Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. Consumidor a nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al SE RESUELVE: mes de setiembre de 2013

  4. Artículo 1º.- Aprobar los Cuestionarios para la Presentación de la Declaración Jurada de Cumplimiento RESOLUCIÓN JEFATURAL de Obligaciones Relativas a las Condiciones Técnicas y de Nº 269-2013-INEI Seguridad, que corresponden ser aplicados anualmente por los responsables de instalaciones de Consumidores Directos Lima, 30 de setiembre de 2013 de Combustibles Líquidos y/u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos (OPDH) con capacidad menor a 5MB, CONSIDERANDO: Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos, Grifos, Que, la Ley Nº 29438, modifica el Art. 10º del Decreto Grifos Flotantes y Establecimientos de Venta de GLP para Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional Uso Automotor; los mismos que, como Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de Estadística e Informática (INEI) publicará en el Diario adjuntos, forman parte integrante de la presente Resolución. Oficial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido

  5. Artículo 2º.- Autorizar la publicación de la presente a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier resolución en el Diario Oficial El Peruano, y con sus Anexos en persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del el Portal Electrónico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob. mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Regístrese y comuníquese. Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; LEONCIO JULIO SALVADOR JACOME Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010- Gerente General (e) EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; 994857-1 del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática –INEI, encargada de fijar una metodología para construir un indicador estadísticamente ORGANISMOS TECNICOS confiable para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; ESPECIALIZADOS Que, con Carta Nº 0061-2011-IAE100 la presidenta de la Comisión Especial, presentó la metodología del cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del INSTITUTO NACIONAL DE Índice de Precios al Consumidor a nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente ESTADISTICA E INFORMATICA al mes de setiembre 2013 y la variación acumulada, así como aprobar la publicación en el Boletín Mensual; y En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Designan Directora Técnica de la Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones Dirección Técnica de Demografía e del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Indicadores Sociales del INEI SE RESUELVE: RESOLUCIÓN JEFATURAL Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Nº 266-2013-INEI Consumidor a nivel Nacional (Base: diciembre 2011 = 100) correspondiente al mes de setiembre 2013, así como Lima, 30 de setiembre del 2013 su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. CONSIDERANDO: NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL AÑO / MES BASE: Dic. 2011 MENSUAL ACUMULADA Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de 2013 Director Técnico de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales del Instituto Nacional de Estadística ENERO 102,78 0,12 0,12 e Informática; FEBRERO 102,74 - 0,04 0,08 Que, a fin de asegurar el normal funcionamiento y MARZO 103,55 0,79 0,88 cumplimiento de las actividades programadas resulta ABRIL 103,82 0,26 1,14 pertinente emitir el acto mediante el cual se designe al MAYO 103,98 0,15 1,29 funcionario que desempeñará el mencionado cargo; JUNIO 104,23 0,24 1,54 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º JULIO 104,78 0,53 2,07 y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación AGOSTO 105,35 0,55 2,63 del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación SETIEMBRE 105,58 0,22 2,86

Resolución Nº 218-2013-OS ─ Cuestionarios para la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Relativas a las Condiciones Técnicas y de Seguridad de instalaciones de Consumidores Directos de Combustibles Líquidos y/u Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos · Nelum