Resolución Nº 213/10/PRODUCE - Modifica la Resolución Nº 200/10/PRODUCE, que aprueba el Convenio de fiel y cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Programa de vigilancia y control de la pesca y desembarque en el ámbito marítimo
颁布于 2010-08-26 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, marine fisheries, fishing vessel, landing, non-governmental entity, inspection, contracts, data collection/reporting, marine pollution, fishery management and conservation, governance
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Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Establecen plazo para la suscripci6n de convenios y contratos a que se refiere la R.M. N° 200-2010-PRODUCE RESOLUCION MINISTERIAL N" 213·2010·PRODUCE Lima, 26 de aqosto de 2010 VISTOS: EI Informe Tecnico W 024-2010-PRODUCEIDIGSECOVI, de la Direcci6n General de Seguimienta, Control y Vigilancia: v, el Informe N° 032-2010-PRODUCE/OGAJ eromerot de la Oficina General de Asesoria Juridica; v, CONSIDERANDO: Que, e! articulo 67 de la Constltuctcn Politica del Peru, establece que el Estado determina la polltica nacional del ambiente y promueve el usc sostenible de sus recursos naturales. Asi, el Tribunal Constitucional ha establecido, a traves en reiterada jurisprudencia, que Pagina 22 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica la protecci6n del media ambiente involucra aspectos relacionados con el manejo. usa, aprovechamiento y conservaci6n de los recursos naturales, el equilibria de los ecosistemas. la protecci6n de la diversidad bioloqica, la conservaci6n de las areas de especial importancia ecolcqica, etc; Que, de acuerdo a 10 dtepuesto en e! articulo 3 del Decreta leqielativo N° 1047, Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producclon y en e! incise d) del articulo Bdel Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado par Decreta Supremo N° 010-2006-PRODUCE, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y tiene como funci6n establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades extractives del subsector pesquerla. en coordinaci6n can los organismos competentes en esta materia; Que, e! articulo 1 de ta Ley General de Pesca. Decreta Ley N° 25977, tiene por objeto normar la actividad pesquera can el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion. empleo e ingresos y de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiol6gicos, optimizando los beneficios econ6micos, en armonia con la preservaci6n del media ambiente y la conservaci6n de la biodiversidad; Que, los recursos hidrobiol6gicos contenidos en aguas jurisdiccionales del Peru, son patrimonio de la Naci6n, correspondiendo al Estado regular su manejo integral y explotaci6n racional. considerando que la actividad pesquera es de Interes nacional, conforme al articulo 2 de la menctonada Ley; Que, el articulo 29 de la mencionada Ley, establece que la actividad de procesamiento sera ejercida cumpliendo las normae de sanidad, higiene y seguridad industrial, caudad y preservaci6n del media ambiente. con sujeci6n a las normas legales y reglamentarias pertinentes: Que, la promoclon del usa soetentble de los recursos naturales que aseguren e! abasteclmfento aumentarto. reequardando e! equilibria entre los seres humanos y ta naturaleza, se enmarca en los Principios de la Polltica de Seguridad Alimentaria 2004 - 2015. contemplados en la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004 - 2015, aprobada por Decreto Supremo N° 066-2004-PCM, teniendo par finalidad asegurar el acceso material y econ6mico a alimentos suflcientes, inocuos y nutritivos para toda la poblaci6n: Que. el tercer parrafo del articulo 1 del Decreta Supremo N° 002-2010-PRODUCE. modificado par Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE, senate que e! Ministerio de la Producci6n publicara. mediante Resoluci6n Ministerial, el Iistado de establecimientos industriales pesqueros comprendidos dentro de la ampliaci6n de los alcances del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritima", aprobado mediante Decreto Supremo W 027-2003-PRODUCE: Que, mediante Resoluci6n Ministerial N° 169-2010-PRODUCE, se public6 el Iistado de establecimientos industriales pesqueros y plantas comprendidos dentro de la ampliaci6n de los alcances del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritima", a que se refiere el articulo 1 del Decreta Supremo W 002-2010-PRODUCE, modificado par Decreto Supremo W 00B-2010-PRODUCE; Que, la Segunda Disposici6n Comptementarta del Decreto Supremo N° 002-2010 PRODUCE, modificado por Decreta Supremo N° 00B-2010-PRODUCE, sefiala que el Ministerio de la Produccion. aprobara los modelos de convenio y de contrato que deberan suscribir los titulares de los establecimientos industriales pesqueros comprendidos dentro de los alcances del citado Decreta Supremo: Que, a traves del articulo 1 de la Resoluci6n Ministerial N° 200-2010-PRODUCE, se resolvi6 aprobar el modelo de Convento Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposicionee contentdas en el Proqrarna de Viqilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Marttimo. entre la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia de este Ministerio y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros comprendidos en el Decreto Supremo N° Pagina 23 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica 002-2010-PRODUCE, modificado par el Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE, que estan Iistados en la Resoluci6n N° 169-2010-PRODUCE: Que. el articulo 3 de la Resoluci6n Ministerial N° 200-201 O-PRODUCE. estableci6 que los titulares 0 representantes legales de los establecimientos industriales pesqueros y los titulares 0 representantes de las plantas comprendidos en el listado publicado mediante la Resoluci6n Ministerial N° 169-2010-PRODUCE, deberan suscrtbir los correepondlentes convenios y contratos a que se refieren los articulos precedentes. en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicaci6n de la citada Resoluci6n Ministerial; Que, par otra parte. el segundo parrafo del articulo 1 del Decreta Supremo W 002-2010 PRODUCE. modificado par el Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE. sefiala que para el desarrollo de sus activtdades, los estabtectmfentos industriales pesqueros eetaran sujetos a las mismas obligaciones contempladas en el Decreta Supremo W 027-2003-PRODUCE, modificado par el Decreta Supremo W 029-2005-PRODUCE, asl como en las disposiciones contenidas en los decretos supremos mencionados en Iineas arriba del presente parrafo. Asimismo indic6 que el control y la vigilancia en estos establecimientos industriales pesqueros son continuos y permanentes: Que, la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producci6n, mediante Informe Tecnico de vistas, senalo que el plaza de diez (10) dias calendario eetabtecldo par ta Resotuclon Ministerial N° 200-2010-PRODUCE, ha resuttado insuficiente tanto para su adecuada difusi6n como para la suscripci6n de los convenios y contratos par parte de los titulares de los establecimientos industriales pesqueros comprendidos en el listado publicado par la Reeoluclon Ministerial N° 169-2010-PRODUCE; Que, asimismo dicha Direcci6n General setialo que el Decreta Supremo W 002-2010 PRODUCE, modificado par Decreta Supremo N° 008-2010-PRODUCE, contienen disposiciones relativas al control de ta calidad de los recursos hfdrobtoloqfcos. y constituyendo las condiciones de almacenamfento a bordo de las embarcactones pesqueras artesanafes un factor importante en la preservaci6n de la calidad de la materia prima, se hace necesario. compatibilizar y equiparar el plaza establecido par la Resoluci6n Ministerial N° 200-2010-PRODUCE, relativo a la suscripci6n del canvenia y contrato del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritima" can el plaza otorgado par la Resoluci6n Ministerial W 168 2010-PRODUCE, teniendo en consideraci6n que ambos actos administrativos se complementan y e integran bajo el mismo prop6sito; De conformidad a las disposiciones contenidas en Ley General de Pesca - Decreta Ley N° 25977 Y su Reglamento aprobado mediante Decreta Supremo W 012-2001-PE Y el Decreta Legislativo N° 1047, Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Produccion: y, Can el vi sado del Despacho vlcemtntstena! de Pesquena, de ta Dtrecclon General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Oficina General de la Asesoria Juridica; SE RESUELVE Articulo untcc.. Establezcase un plaza de treinta (30) dias calendario. contados a partir del dia siguiente de la publicaci6n de la presente Resoluci6n Ministerial. para que se de cumplimiento a ta obliqacion contentda en el articulo 3 de la Resoluci6n Ministerial N° 200-2010 PRODUCE. Registrese, comuniquese y publiquese. JOSE NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producci6n Pagina 24