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秘鲁的法律

Resolución Nº 208/11/PRODUCE - Veda reproductiva del recurso trucha en cuerpos de agua públicos del país

颁布于 2011-07-26 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
inland fisheries, freshwater fishes, seasons, prohibited fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals

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文本

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  1. Espinoza en el cargo de vicermmstrode MYPE e Industria del Ministerio de ta Produccion: Que , et citado tuncronano ha tormutado renunca a! cargo que venia desempeilando, la que resulta pertinente aceptar ; De conformklad con 10 d ispuesto en la Ley N° 29158 , Ley Orqarnca de! Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo W 1047, Ley de Orqanizacicn y Funciones del Ministe rio de la Produccicn: Estando a 10 acordado: SE RESUELVE: Art iculo 1°. Aceptar la renuncia formulad a por el senor HUGO JAVIER RODRiGUEZ ESPINOZA al cargo de vcerrnnetrc de MYPE e Industria del Ministerio de ta Produccion. con etecuvoeo at 28 de jul io de 2011, dandosele las gracias per los servicios prestados Articulo 2".- La presente Resclucicn Suprema sera refrend ada por el Minislro de la Produccc n. Reg istrese, comuniquese vpublique se. ALAN GARCIA PI:,REZ Presiden te ccnetaoccner de ra Republica LUIS NAVA GUIBERT Minislro de la Producci6n 670963 -31 Establecen la veda reproductive del recurso trucha en cuerpos de agua publico de los departamentos de Huancavelica, Huanuco y Cusco RESOLUCIQN MINISTERIAL W 208-2011-PRODUCE Lima, 26 de julio de 2011 VISTOS: Los Oficios N" 068-2011/GOB, REG.-HVCAI GRDE-DIREPRO del 21 de marzo de 2011, N" 290-2011 GR-HUANUCO/DRPRODUCE-DR del3 de mayo de 2011 y N" 313-2011-GR-CUSCDIDIREPRO del 20 de mayo de 2011 de las Direcciones Regionales de la Producci6n de los Gobiernos Regionales de Huancavelica , Huanucc y Cusco , respecnvamen te: el Oficio N° DE-100-172·2011 PRODUCE/IMP del 14 de jumo de 2011 del Instituto del Mar del Peru - IMARPE, los Intormes N° 483-2011 PRODUCE/DGEPP-Dch y N° 576-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 20 de [unio y 11 de julio de 2011 respectivamente, de la Direcci6n General de Extracci6n y Proces amiento Pesquero: y los Informes N° 016-20 11 PRODUCE/OGAJ-dva y N" 025-2011·PRODUCE/OGAJ cfva del23 de junio y 19 de julio de 2011, respectivamenle, de la Oficina General de Asesor ia Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el art iculo 2°de la Ley General de Pesca - Decreto Ley W 25977 , establece que los recursos hidrobiol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotaci6n racional de dietlos recursos , considerando que la actividad pesquera es de interes nacional: Que , el articulo 9° de la citada Ley, establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de facto res socioecon6micos, determinara , segun el tipo de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadasy zonasde pesca, la regulaci6ndel esfuerzo pesquero , los metodos de pesca , las tallas mlnima s de captura y demas normas que requieran la preservaci6n y explolaci6n raciona l de los recursos hidrobiol6gicos; ademas , que los derechos administra livos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamien to que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, por Resoluei6n Ministerial N° 152-2010 PRODUCE publicada el 23 de junio de 2010 , se estableciO la veda reproductiva del recurso tfUcha 68 Oncorhynchus mykiss en los cuerpos de aqua cccncce del pals, quedando proh ibida ra extraccon. er trareporte. la comercialtzacion y el procesamientc del citado recurso. a partir del dia siquiente de la cubhcacic n de dicha Resoluci6n Ministeri al hasta et 30 de setiembre de 2010, excepto en el departamento de Cajamarca donde culmino el 31 de agosto de 2010 ; Que, mediante los Oficos de VIStOS, las Direcciones Regiona les de la Prcduccicnde los Gobiemcs Regionales de Huancavetica. Hcanuco y cosec Injcrman sobre et estado biol6gico y macurez sexual del recurso trucha Oncorhynchus mykiss en sus respectivas jurisdicciones y recomiendan establecer Ia veda anual reproduct iva hasta el 30 de setiembre de 2011, Que, et Inslituto del Mar del Peru - IMARPE, mediante er Oficio de vetcs remite el documento "Opinion sobre Perlodo de Veda de la Trucha", en er cuat, en base a Ia reranva mtormaccn disponib1e sobre ta evoiuccn de la condicicn reproductiva de la trocne en la regi6n Huanucc, asr como a los antecedent es ncrmauvcs de establecimienlo de perfodos de veda reproductiva y considerando los principa les aspectos biolOgicos de Ia especie v los alcances del principio precautorio , estima pruden te eetemecer ta veda reproductiva del recurso trucha Oncorhynchus mykiss en er periodo ccmprendido entre er 1 de junio y et 30 de setiembre de 2011; Que, mediante los Informes de vrstos. ta nrrecccn General de Extracc i6n y Procesamiento Pesquero, en funci6n de 10 informado por las Direccion es Regionales de la Producci6 n citadas y per el lnslituto del Mar del Peru IMARPE, seilala que el patron usual de reproduccion del recnso trucna Oncorhynchus mykiss se estarra presen tando sin ninquna vanacon especial duran te el presen te ailo en los departamentos de Huancavetica. Huanucc y cusco. per 10 Que propene establecer ra veda hasta el 3D de setiembre de 2011, por ser necesario proteger al recurso durante la epoca de mayor incidencia de su reproducciOn natural para asegurar el proceso reproductivo y proteger los stocks poblacionales: De conformidad con las dispcsiciones contenroas en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, mcotncaoa ocr et Decreto Legislativo N° 1027, su Reglamento aprobado per er Decreto Supremo N° 012-2001-PE , asr como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Leg islal ivo N° 1047, Ley de Orqantaaclcn y Func cnes del Ministeno de la Prcduccion: y, Con el visado de la vcemeustra de Pesqueria y de los Directores Generales de la Direcci6n General de Extraccicn y Procesamien to Pesquero y de fa Oncna General de Asesorra Jundica : SE RESUELVE: Articulo 1°, Establecer Ia veda reproductiva del recurso trucha Oncorhynchus mykiss en los cuerpos de agua publicos de los depart amentos de Huancavelica, Huanuco y Cusco , quedando prohibida la extracciOn, el transporte la comercia lizaci6n y el procesamiento del cilado recurso, a parti r del dia siguiente de la publicaciOn de la presente Resolucion Ministerial hasla el 30 de setiembre de 2011, Art ic ulo 2",- Las personas natura les y juridicas que a la fecha de publicaciOn de la presente Resolucion cuenten con stock de lrucha proveniente de localidades donde esta ResoluciOn Ministerial es aplicable, tend ran un plazo de siete (7) dias calendario contados a partir del dfa siguiente de la publicaci6n de la presente ResoluciOn Ministerial para su comercia lizaci6n, siempre que presenlen una decla raciOn jurada sobre dicho slock a fa dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional correspondien le , Articulo 3°, Los titula res de conces iones 0 autorizaciones para el cultivo de tfUcha en los departamentos de Huancavelica, Huanuco y Cusco que acreditencontar con stock en votumen y talla comercial ante la dependencia con competencia pesquera del Goblerno Regional respectivo podran excepcionalmente cosechar y comerci alizar dicho stock , debiendo indicar expresamenle en el comprobante de pago y gu ia de remisi6n et centro acuicola de procedencia y la Resoluci6n administrativa de la correspond iente autorizaci6n 0 concesi6n . Articul o 4°. Se exceptua de la prohibiciOn dispuesta en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial a las comunid ades y agrupaciones de pescadores artesanale s REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL 69 que reaucen ta extraccon de trucha en cuerpos de agua cerraoosque cumplan con las siquientes condiciones: a, Que los cue rpos de agua no tengan ccmumcacicn con nee: b. Contar con autorizaci6n para efectua r poblamiento o repoblamiento del recursc trucha en el cue rpo de aqua ; y. c. Acreditar ante la dependencia con ccmpetencia pesquera del Gobierno Regional respective 0 fa Direcc i6n Gene ral de Acuicultu ra que dichosambienteshid-ices han side materia de poblamiento 0 repoblamiento median te aetas. facturas . convenios u otros documentos. Articulo 5°. Ellnstituto de! Mar del Peru - IMARPE Y las eepenoenoes con competenca oesquera de los ccbemcs Regionales estaneeceptuaoosde la prchrbicion establecida en er articu lo 1° de ta presen te Resotucicn Ministerial, cuando sus actividades sean cesarrouaoas con fines de lnvesuqaclon 0 evaluaci6n del recursc nuch a. Articulo 6".- las personas naturales y juridicas que extraq an, l ransporten, comercialicen 0 procesen el recursc dedarado en veda, asi como las que contravengan 10 dispuesto en la presente Resoluci6n MiniSterial, seran sancionadas de acuerdca 10 establecido por el Decreto ley N" 25977 -ley General de Pesce.su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N' 012-2001-PE, er Reglamento de tnspecccnes y Sanciones Pesqueras yAcu icolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo W 016-2007-PRODUCE 'I dermis disposiciones legales vqentes . Articulo 7"." las Direcciones Generales de Seguimienlo, Control y VIQilancia, de Extraccon y Prccesarmento Pesquero y de Acuconura del Ministerio de ra Producci6n, las deoenoencias con corroetenca pesquera de los Gobiemos Regionales de Huancavelica, Huanuco y CU5CO, el Ministerio del Interior y las Munid palidades, en el ambito de sus resped ivas competencias y jurisdicdones, reanaaran las acciones de difusi6n que correspondan y vetaran por el est-etc cumplimiento de 10 establecido per la presente Resoiccon Ministerial. Reglstrese. comuntquese y publlquese. l UIS NAVA GUIBERT Ministro de la Produccic n 670616-1 Aceptan renuncia de Director de Infraestructura del FONDEPES FOND O NACIONAl DE DESARROllO PESQUERO FONDEPES RESOlUCIQN JEFATURAl N" 193·2011-FONDEPESfJ lima, 25 de julio de 2011 CONSIDERANDQ: Que, el Fondo Nacional de Desa rrollo Pesquero FONDEPES es un Organ ismo Publico Ejecutor, adscri to al Ministerio de la Prcouccon. con personeria juridica de derecho publico , cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar tecoce . economica y financieramente el desarrollo de las acnvoaces de oesca artesanal y de acuicultura, para cuyc erecto goza de autonomla tecmca. economce. administrativa y acadernica : Que, mediante Resclecic n Jefatural No, 011-2011 FONDEPESfJ de 07 de enero de 2011, se designo al seno r lngeniero Wilbert Trujillano Arriola , en el cargo de Director de Infraeslructura del Fondo Nacional de Desa rrollo Pesquero - FONOEPES ; Que, er refenoo tcnccnano ha presentaoo renuncta at cargo que venia desempenando, per 10 que cor responde dictar el respectivo acto administrat ivo: De conformidad a 10 prevlsto por el articulo 3° de la ley N" 27594 , l ey que regula la participacion del Poder Ejecutivoeneinombramientoydesignaci6ndeFunciona rios Publico s y el art iculo 10' literal I) del Reglamento de Organi zaci6n y Funciones del FONOEPES , aprobado por Decreto Supremo N" 003-2010-PROOUCE; SE RESUELVE : Articul o 1' .- Aceptar la renunca del senor Inqemero Civil Wil BERT TR UJILLANO AR RIOLA, al cargo de Director de rnrraestructu ra del Fondo Nacional de Desarrollo Pesque ro - FONDEPES, dandcsele las gracias por los services prestacos . A rt icu lo 2".- l a presente resoluci6n tenora etcaca a part ir del 01 de agosto de 2011. Reqlstrese. cornunrquese y pubtlquese JOSE ANGEL DE LA CRUZ SOTOMAYOR Jefe 670544·1 REIACIONES EXTERIORES Ratificanel"AcuerdodeImplementacion entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de dapon conforme at articulo 16 del Acuerdo de Asoclaclon Econemica entre la Republica del Peru y dapon" DECRETO SUPREMO N° 094-2011-RE El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONS IDERANDO: Que, el "A cuerdo de Implementaci 6n entre el Gobierno de ta Republica del Peru y el Gobierno de Ja p6n confo rm e al articulo 16 del Acuerdo de Asocia ci 6n Econ 6mica entre la Republica del Peru y Jap6n " fue suscrito et 31 de mayo de 2011, en ra ciudad de Tokio. Jap6n; Que, es conveniente a los inlereses del Peru fa ratncacon del Citado instrurrentcjurldiCO ioternaconal. Y. Que, de conformidad con 10 drspuestc per los arucuios 57" y 118°, incise 11 de ra Constituci6n Pcuuca del Peru y el articulo 2° de la ley N° 26647 . que facultan al senor Presidentede la Republica para celebra ry ratmcart rataoos o adherirse a estes sin et requ isito de la aprobaci6n previa del Cong reso; DECRETA: Articul o 1°. Ratificase er " Ac uerdo de Implementaci 6n entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de Jap6n confo rme al art iculo 16 del Ac uerdo de Asoci aci 6n Econ 6mica entre la Republica del Peru y Jap6n" , suscrito el31 de mayo de 2011, en ta cudad de Tokio, Jap6n. A rt icu lo 2".- nese cuenta at Congreso de la Republ ica. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiseis dias del mes de julio del ano dos mit once , ALAN GARCiA PEREZ Preedente consntucionat de ta Republica JOSE ANTONIO GARCiA BELAU NDE Ministro de Relaciones sxtenores 670963-7 Ratlfican el "Acuerdo de Asoclaclon Economica entre la Republica del Peru yJapon" DECRETO SUPREMO N° 095-2011-RE El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL

Resolución Nº 208/11/PRODUCE - Veda reproductiva del recurso trucha en cuerpos de agua públicos del país · Nelum