Resolución Nº 204/02/PE - Funciones de la Comisión encargada de evaluar el Sistema de seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras
颁布于 2002-06-12 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- institution, enforcement/compliance, governance
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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 204-2002-PE Dejan sin efecto resolución y precisan alcances de funciones de la Comisión encargada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia de las actividades pesqueras Lima, 12 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 109 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, administrado por el Ministerio de Pesquería, tiene por objeto contribuir en la adopción de medidas de ordenamiento pesquero y el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, así como complementar las acciones de seguimiento, control y vigilancia de las actividades extractivas, estando orientado, de este modo, a brindar un valor agregado de índole científico al sector pesquero público y privado; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 340-2000-PE del 27 de diciembre del 2000 se constituyó una Comisión para que evalúe la implementación del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT, de acuerdo a los términos contenidos en los Convenios Marcos correspondientes y continuar con las labores de seguimiento y monitoreo del sistema; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE del 18 de julio de 2001, modificada por la Resolución Ministerial Nº 369-2001-PE del 26 de octubre del 2001, se constituyó la Comisión encargada de evaluar el Sistema de Seguimiento, Control y Vigilancia de las actividades pesqueras, y formular recomendaciones destinadas a fortalecer y optimizar dicho sistema; Que el sistema de seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, tiene como uno de sus pilares el SISESAT de la flota pesquera de mayor escala y de las embarcaciones de bandera extranjera, cuya implementación y funcionamiento debe sujetarse a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca y al Convenio Marco suscrito el 28 de julio de 1998; Que, en tal sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 340 2000-PE, y, asimismo, precisar que el encargo conferido a la Comisión constituida por la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE, comprende la evaluación integral de la implementación del SISESAT, del cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado, así como efectuar recomendaciones a la Alta Dirección para el desarrollo de este importante sistema; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 340-2000-PE. Artículo 2.- Precisar que el encargo conferido a la comisión constituida mediante la Resolución Ministerial Nº 259-2001-PE, modificada por Resolución Ministerial Nº 369-2001-PE, comprende la evaluación integral de la implementación del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT y el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado, así como efectuar recomendaciones al respecto. Artículo 3.- La Comisión deberá presentar al Despacho Ministerial su informe final en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de publicada la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería