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Resolución Nº 197-2016-MINAGRI ─ Modifica el Manual de operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL)

颁布于 2016-05-12 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Agricultural and rural development
关键词
institution, legal proceedings/administrative proceedings, agricultural development, agricultural commodities, credit, inspection, governance

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文本

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  1. 587492 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de mayo de 2016 / El Peruano AGRICULTURA Y RIEGO Modifican el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0197-2016-MINAGRI Lima, 12 de mayo de 2016 VISTOS: El Memorándum N° 305-2016-MINAGRI-OGPP/ ODOM de la Ofi cina General de Planeamiento y Presu puesto, sobre la propuesta de modifi cación del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL formulada mediante el Ofi cio N° 260-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE por el Director Ejecutivo de AGRO RURAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complemen taria Final del Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agri cultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, se creó el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, con la fi nalidad de promover el desarrollo agrario rural, a través del fi nan ciamiento de proyectos de inversión pública en zonas ru rales del ámbito agrario, en territorios de menor grado de desarrollo económico; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI se aprobó el Manual de Operacio nes del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, modifi cado por las Resoluciones Minis teriales N° 0486 y 0588-2015-MINAGRI, el cual constituye documento técnico normativo de gestión institucional que establece la naturaleza, objetivos, dependencias, funcio nes, estructura orgánica, ámbito de competencia y princi pales procesos del Programa; Que, el artículo 36 del referido Manual establece que las Direcciones Zonales son los órganos desconcentra dos, responsables de ejecutar los procesos técnicos, ope rativos y administrativos de los programas, proyectos de inversión y actividades en materia de infraestructura de riego, conservación de suelos, desarrollo forestal, desa rrollo productivo agrario y prevención y gestión del riesgo y de desastres naturales, así como de la distribución del guano de isla en sus respectivos ámbitos de intervención y en coordinación con las Direcciones del Programa; Que, mediante el Ofi cio de Visto, el Director Ejecuti vo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, propone modifi car los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, a fi n que se incorpore la Agencia Zonal Olmos bajo el ámbito de inter vención y dependencia jerárquica de la Dirección Zonal de Lambayeque, así como de la Agencia Zonal de Tarata y la Agencia Zonal de Candarave, bajo el ámbito de inter vención y dependencia jerárquica de la Dirección Zonal Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Ru ral - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 38 del Manual de Operaciones de AGRO RURAL establece el ámbito de intervención de las Direcciones Zonales y Agencias Zonales de AGRO RU RAL, y el artículo 43, contiene la relación de puestos; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 302 2011-AG, establece que los Programas y Proyectos Espe ciales adscritos al Ministerio de Agricultura, aprobarán sus manuales de operaciones mediante resolución ministerial, con la opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, considerando los criterios determinados en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que establece los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Regla mento de Organización y Función – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, mediante Informe Técnico N° 025-2016-MINA GRI-ODOM/OGPP, la Ofi cina de Desarrollo Organiza cional y Modernización de la Ofi cina General de Planea miento y Presupuesto ha emitido opinión favorable a la solicitud de modifi cación de los artículos 38 y 43 del Ma nual de Operaciones del Programa de Desarrollo Produc tivo Agrario Rural – AGRO RURAL, al igual que la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos a través del Informe Legal N° 0019-2016-MINAGRI-SG-OGGRH-ALA; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Mi nisterio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Orga nización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; y, los Linea mientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las enti dades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI, modifi cado por las Resoluciones N°s. 0486-2015-MINAGRI y 0588-2015-MI NAGRI, con efi cacia anticipada a la fecha de inicio de fun cionamiento de las Agencias Zonales de Tarata, de Can darave y de Olmos, en los siguientes términos: “Artículo 38.-Ámbito de intervención de las Direc ciones Zonales y Agencias Zonales El ámbito de intervención de las Direcciones Zonales y Agencias Zonales es el siguiente: (…) DIRECCIONES ZONALES N° AGENCIAS ZONALES AMBITO DE INTERVENCIÓN (Provincias) LAMBAYEQUE 1 INCAHUASI Ferreñafe 2 OLMOS Lambayeque TACNA 3 TARATA Tacna y Tarata 4 CANDARAVE Candarave y Jorge Basadre “ “Artículo 43.- Relación de Puestos AGRO RURAL tiene la siguiente relación de puestos: (…) 587493NORMAS LEGALESMiércoles 18 de mayo de 2016 El Peruano / N° Denominación del Puesto Número de Puestos OBSERVACIÓN ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Dirección Zonal Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Puno, Pasco, Piura, Tumbes, Tacna, Moquegua. 28 Director Zonal 19 x Agencia Zonal 29 Jefe Zonal 93 xx “ Observación: (X) Se refi ere a los cargos de confi anza que el Director Ejecuti vo puede designar. (XX) Se refi ere al Directivo Superior de libre designación y remo ción por el Director Ejecutivo. Artículo 2.- La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal del Es tado Peruano (www.perú.gob.pe), Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.ope) y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Pro ductivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural. gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta Reso lución en el referido Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1379892-1

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