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Resolución Nº 156-2016-MINAM ─ Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional

颁布于 2016-06-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Environment
关键词
environmental planning, land-use planning, urban land, legal proceedings/administrative proceedings, fiscal and market measures, risk assessment/management, policy/planning

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. El Peruano / Jueves 23 de junio de 2016 NORMAS LEGALES 590455 Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por AMBIENTE Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; Que, a través del informe del visto, el citado órgano de línea determina que es necesario diseñar el procedimiento Aprueban el documento denominado técnico y metodológico que facilite una mejor comprensión “Procedimiento Técnico y Metodológico de las pautas de cada estudio especializado, siendo en ese para la Elaboración del Estudio caso aplicable al EE de Dinámica Económica Regional, que comprende la identificación y caracterización de la Especializado de Dinámica Económica dinámica económica del ámbito geográfico analizado, Regional” las tendencias de crecimiento a partir de la articulación interna, así como, las tendencias de desarrollo de Resolución Ministerial asentamientos poblacionales, conectividad, áreas Nº 156 -2016-MINAM vulnerables, entre otros; por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Lima, 21 de junio de 2016 Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría Visto, el Memorando N° 325-2016-MINAM/ General, la Dirección General de Ordenamiento Territorial DVMDERN del Viceministerio de Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica; Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 057-2016-MINAM/DVMDERN/DGOT de la Dirección Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, General de Ordenamiento Territorial; el Memorando N° Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y 367-2016-MINAM/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el y demás antecedentes; y, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. CONSIDERANDO: SE RESUELVE: Que, el artículo 20 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que la planificación y el ordenamiento Artículo 1.- Aprobar el documento denominado territorial tienen por finalidad complementar la planificación “Procedimiento Técnico y Metodológico para la económica, social y ambiental con la dimensión territorial, Elaboración del Estudio Especializado de Dinámica racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar Económica Regional”; que como anexo forma parte su conservación y aprovechamiento sostenible; integrante de la presente Resolución Ministerial. Que, conforme a los Lineamientos de Política para Artículo 2.- El instrumento aprobado en el artículo el Ordenamiento Territorial, aprobados por Resolución precedente es de aplicación y cumplimiento obligatorio Ministerial N° 026-2010-MINAM, el ordenamiento a todos los procesos preparatorios para el ordenamiento territorial es un proceso político y técnico administrativo de territorial, en trámite o por iniciarse, independientemente toma de decisiones concertadas con los actores sociales, de su ámbito de ejecución. económicos, políticos y técnicos, para la ocupación Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. La promoción de la localización y desarrollo sostenible de los resolución y su anexo serán publicados, asimismo, en asentamientos humanos, de las actividades económicas, el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del sociales y el desarrollo físico espacial, sobre la base Ambiente. de la identificación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, Regístrese, comuníquese y publíquese. socioculturales, institucionales y geopolíticos; Que, el literal c) del artículo 7 del Decreto Legislativo Manuel Pulgar-Vidal Otálora N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización Ministro del Ambiente y Funciones del Ministerio del Ambiente, faculta al citado organismo a establecer la política, los criterios, las 1395869-1 herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso; Que, mediante Resolución Ministerial N° 135-2013-MINAM, se aprobó la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, norma que identifica, conceptualiza y define los instrumentos técnicos sustentatorios del Ordenamiento Territorial: La Zonificación Ecológica y Económica - ZEE, los Estudios Especializados – EE, el Diagnóstico Integrado del Territorio - DIT y el Plan de Ordenamiento Territorial - POT; Que, de conformidad con la mencionada guía, los estudios especializados son instrumentos técnicos de carácter estratégico que enfatizan el análisis de las dinámicas, relaciones y funcionalidad que se evidencian en el territorio bajo estudio y su articulación con otros territorios. Responden a la necesidad de conocer la relación de las sociedades con su medio natural, evolución, situación actual y proyección, y se priorizan a partir de la información generada en la ZEE, el contexto geográfico, el rol y las dinámicas territoriales, sociales, económicas y ambientales de cada ámbito de intervención; Que, la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente se encarga de formular, en coordinación con las entidades correspondientes, la política, planes, estrategias, lineamientos y normas de carácter nacional para el ordenamiento territorial y de conducir y orientar los procesos de Zonificación Ecológica Económica, así como la elaboración de estudios especializados, conforme lo dispone el artículo 37 del

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