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Resolución Nº 150/00/ITINCI - Crea el Centro de Innovación Tecnológica de la Madera (CITEmadera)

颁布于 2000-10-06 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Forestry
关键词
timber extraction/logging, timber, research, capacity building, forest management/forest conservation, innovation

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. RESOLUCION SUPREMA Nº 150-2000-ITINCI Crean el Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera - CITEmadera” Lima, 6 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que, es propósito del Gobierno promover el desarrollo industrial de aquellos sectores productivos que ofrecen ventajas competitivas y que constituyen además fuentes de generación de empleo y divisas; Que, las actividades de transformación de la madera, requieren ser consolidadas mediante la promoción de la productividad, calidad e innovación de toda la cadena productiva; Que, en la V reunión del Comité Mixto de Evaluación y Seguimiento del Programa de Cooperación Técnica Hispano Peruano, celebrada en Lima en junio de 1998, dicho Comité consideró prioritario para el Programa 1999 - 2001, la ejecución del Proyecto de Cooperación: Red de Centros de Innovación Tecnológica en Sectores Priorizados para el Desarrollo de la Competitividad de las PYMES; Proyecto que ha sido aprobado el 15 de marzo de 1999 en Madrid, durante la VII Reunión de Comisión Mixta Hispano-Peruana de Cooperación; Que, asimismo, en el marco de los acuerdos de cooperación para el apoyo a las actividades productivas adoptadas por la Comisión Mixta Hispano - Peruana de Cooperación, con fecha 31 de mayo de 1999, se suscribió el Proyecto de Red de Centros de Innovación Tecnológica en Sectores Priorizados para el Desarrollo de la Competitividad de las PYMES, mediante Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI y el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, conforme al Decreto Ley Nº 25831, corresponde al Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, supervisar y evaluar la política industrial estableciendo el marco normativo para el desarrollo de las actividades industriales; Que, asimismo, la Ley Nº 27267, “Ley de Centros de Innovación Tecnológica” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2000-ITINCI, establecen los lineamientos para la creación, desarrollo y gestión de los Centros de Innovación Tecnológica - CITEs, con la finalidad de promover el desarrollo industrial y la innovación tecnológica para el crecimiento competitivo de la industria nacional; Que, uno de los Centros de Innovación Tecnológica programados para integrar la red, es el Centro de Innovación Tecnológica de la Madera, que contará inicialmente con una Unidad Técnica de Transformación Primaria en Pucallpa, y una Unidad Técnica de Transformación Secundaria en Lima; Que, el Art. 3 de la Ley Nº 27267 establece que mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y por el Ministro del Sector correspondiente, se podrán crear Centros de Innovación Tecnológica; Que, en mérito de la función de promoción del desarrollo industrial que la legislación vigente le asigna al Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y dando cumplimiento a los acuerdos internacionales de cooperación, es necesario dictar las medidas del caso; De conformidad con la Ley Nº 27267, el Decreto Ley Nº 25831 y con el Decreto Legislativo Nº 560, “Ley del Poder Ejecutivo” y el Decreto Supremo Nº 027-2000 ITINCI; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Créase el Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera CITEmadera”, como proyecto presupuestal del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, encargado del apoyo tecnológico al sector forestal para promover el mejor uso de la madera como material de construcción y la producción industrial del mueble de madera y otros artículos y productos afines y conexos; dicho Proyecto goza de autonomía técnica, financiera, económica y administrativa. Artículo 2.- El Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera” CITEmadera, tiene como objetivo promover la innovación y mejorar la calidad. productividad e información para el desarrollo competitivo en las diferentes etapas de la transformación e industrialización de productos de madera y afines. Artículo 3.- El Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera” CITEmadera tendrá su sede en Lima y podrá crear Unidades Técnica en cualquier lugar del territorio nacional, así como suscribir convenios con otras Instituciones afines. Artículo 4.- Son funciones del Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera” - CITEmadera: a. Servir como soporte tecnológico para el desarrollo del sector forestal maderero peruano, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos por el Ministerio de Agricultura en materia de conservación de los bosques y su manejo sostenido, la creación de empleo y riqueza nacional, a favor del desarrollo regional de las zonas productoras y transformadoras. b. Desarrollar programas de investigación y promover la innovación tecnológica en la cadena productiva de la madera, la construcción, el mueble e industrias conexas. c. Promover el diseño, la calidad, la investigación, la transferencia y el desarrollo tecnológico, ofreciendo como respaldo el servicio de laboratorios de ensayos de calidad y maquinaria de alta tecnología. d. Ofrecer servicios de información especializada, estudios y elaboración de publicaciones técnicas. e. Brindar servicios de control de calidad y certificación con laboratorios propios y de terceros. f. Establecer y conducir Unidades Técnicas orientadas a la innovación tecnológica de la transformación primaria y secundaria de la madera. g. Brindar servicios de asesoramiento, capacitación y asistencia técnica especializada en las áreas de su competencia a Instituciones, investigadores y consultores dedicados al manejo sostenido del bosque, a la transformación y procesamiento de la madera. h. Participar activamente en la elaboración de normas técnicas y reglamentos vinculados con el uso de la madera como materia prima. i. Facilitar la búsqueda de nuevos mercados de interés para el país en general y para el sector en particular. j. Desarrollar programas de capacitación técnica y asistencia especializada a las empresas del sector, fundamentalmente pequeñas empresas, con fines de incorporación de nuevas tecnologías y mejora de la productividad. k. Establecer convenios, propiciar mecanismos de cooperación empresarial y otras modalidades asociativas que favorezcan el desarrollo del sector maderero. l. Promover la creación de Institutos de Formación Técnica de excelencia en las especialidades afines. m. Otras que le señale el Reglamento de Organización y Funciones. Artículo 5.- El Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera” CITEmadera, será administrado por un Consejo Directivo conformado por un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales quien lo presidirá, un representante del Ministerio de Agricultura, un representante de la Comisión para la Promoción de Exportaciones PROMPEX y cuatro representantes de los empresarios designados por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales a propuesta de los gremios empresariales involucrados. El Proyecto tendrá un Director Ejecutivo designado por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, mediante Resolución Ministerial, quien tendrá a su cargo la gestión administrativa, técnica y económica del Proyecto. El Proyecto contará con un Consejo Consultivo integrado por representantes de instituciones públicas y privadas vinculadas con el sector designados por el Consejo Directivo. Artículo 6.- Son recursos del Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera”, los siguientes: a. Los que le transfiera el Estado. b. Los provenientes de la cooperación técnica internacional. c. Los generados como consecuencia del desarrollo de sus actividades. d. Las donaciones o legados aceptados por el Consejo Directivo. e. Otros recursos de diverso género y origen. La administración de los recursos se efectuará por el MITINCI directamente a través del Proyecto, o por encargo mediante Convenio que suscriba dicho Ministerio con algún Organismo Internacional. Artículo 7.- La construcción y/o implementación de las dos Unidades Técnicas iniciales de Lima y Pucallpa destinadas al funcionamiento del Centro de Innovación Tecnológica de la Madera - CITEmadera, se llevará a cabo en coordinación con las autoridades nacionales y locales que correspondan, a cuyo efecto el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales suscribirá convenios con organismos nacionales e internacionales públicos o privados, así como pondrá a disposición los expedientes técnicos y los terrenos que le han sido cedidos en uso para dicho efecto. Artículo 8.- El Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Ministerio de Agricultura, incluirán dentro de sus respectivos Pliegos Presupuestales, recursos para el funcionamiento permanente del Proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera”, que se constituyen en recursos de contrapartida nacional a los aportes de Cooperación Técnica Internacional. Artículo 9.- El Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto, será aprobado por Resolución Ministerial del Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Artículo 10.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales JOSE CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura

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