跳到主要内容
Nelum
秘鲁的法律

Resolución Nº 131-2012-PRODUCE ─ Crea Grupo Técnico para la revisión de expedientes referidos a permisos de pesca y autorizaciones de establecimientos industriales pesqueros

颁布于 2012-03-19 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
institution, marine fisheries, marine fishes, fishing vessel, allocation/quota, total allowable catch, equipment, registration, contracts, non-governmental entity, fishing authorization, fishery management and conservation, authorization/permit, aquatic animals, governance

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. de pesca exploratoria de dos (02) cnas deberan presenta r las mismas condiciones establecidas en la Fase II de la Pesca Exploratoria autorizada con Rescluccn Ministerial N" 089-2012·PRODUCE; Que, asirmsmo, reiniciada ra activdad extractive en er area comprendida entre los O4·00'LS y los 06·00'LS a partir de las 00:00 horas del tercer dla siguien te de publ icada la Resotuci6n Ministerial ccrreeccooeore. el IMARPE debera realizar el monitoreo de los principales indicadores biol6gicos, poblacionales y pesqueros del recurso merluza, a efectos de recomendar de manera oportuna las medidas de regulaci6n correspondeotes: De conformidad con las disposiciones contenidas en et Decreto l ey N" 259n - Ley General de Pesca. su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 012· 2001-PE, er Reglamento de Ordenarnento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo N" 016 2003-PRODUCE, asl como en ejerdcio de las atribuciones conferidas par el Deceto Leqislativo N" 1047 - ley de Organizaci6n y Funciones del Minislerio de la Producci6n; y, Con el vtsaocde la Vicemimstra de Pesquena y de los Directores Genera les de la Direcci6n General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de ta oecioe General de Asesorla Jurldica : SE RESUEl VE: Articulo 1°, Modificar el inciso ae del literal A) del articulo 6" de la Resolucon Ministerial N" 415-2011 PRODUCE, mcoacadapor la Resoluci6n Ministerial N" 027 2012-PRODUCE, el que quedara redactado de la siguiente manera: "a.6 La ta/la minima autorizada para el prasente Regimen Provisional de Pesca del Recurso Mer/uza se establece en 28 em. de longitud total, permitiendose una to/erancia maxima del 40% en el numera de ejemplares menores a la talla indicada como eaptura incidental En caso de producirse captura incidental de ejemplares de menuze menores a la talla indicada en el presente numeral en porcentajes superiOres al20% por tres (3) dias consecutivos a cinco (5) dfas aitemos en un perlado de sere (7) dias, el Ministerio de la Produecion suspendertJ las faenas de pesca en la zona de ocurrencia por un perlodo de haste siete ( 7) ates cooseccevcs. si los resultados de la evaluacion sobre el seguimiento diane y los valumenes de desembarque indican que sa ateete el desarrollo poblacional de dicho recurso, En caso de reincidencia se duplicara te suspension, y de continuar dieha situaci6n sa procedera a la suspension definitiva, hasta que ellMARPE recomiende allevantamiento de dieha suspensiOn " Articulo 2",- AUlorizar Ia continuaci6n de las actividades de Pesca Exptoratona de Mertuza a partir de las 0000 horas del dla siguiente de publicada la presente Resolud6n Ministerial,porunpenodo dedos (02)dlas,con tacernccecon de la flola arrastrera dedicada a la ext racci6n del recurso merluza, con las mismas condiciones establecidas en la Fase II de la Pesca Exptoratoria autorizada con Resolud6n Ministeriat N" 089-2011-PRODUCE. Articulo 3",- Dar por finalizada la suspens i6n de las actividades extractivas del recurso mertuza (Merlucciusgayi peruanus) establecida por las Resoluc iones Ministeriales N" 361-2011-PRODUCE Y N" 344-2011-PRODUCE, en el area maritima comprendida ent re los 04'00' latitud Sur y 06' 00' Latitud Sur y reiniciar las actividades extractivas del citado recurso en dicha area a partir de las 00:00 horas del tercer dla siguienle de publicada la presente Resoluci6n Ministerial , siendo de aplicaci6 n las dispos iciones establecidas en el marco del Regimen Provisional de Pesca autorizado mediante la Resoluci6n Ministerial N" 415-2011·PRODUCE, modificada por la Resoluci6n Ministerial NO 027-2012-PRODUCE Y por 10 dispuesto en la presente Resoluci6n Ministerial. Articul o 4°, EI procesamiento del recurso merluza proveniente de \a f10ta de arrastre , se efectuara unicamente en las plantas de procesamiento con licencia de operaci6n vigente , cuyos titulares hayan suscrito el Convenio de Fiel y Cabal Cump limiento de las disposiciones contenidas en la ResoluciOn Ministerial N" 415-2012-PRODUCE. Articul o 5°. EI Inst~uto del Mar del Peru - lMARPE , efectuara e! monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biol6gicos, poblacionales y pesqueros del recurso merluza debiendo informar y recomendar oportunamente a\ Ministerio de la Producci6n las medidas de ordenamiento pesquero correspondientes 10 Art iculo 6°. EI sequimiento. control y vigi lancia se etectuara sobre \a base de los reportes del Sistema de Segu imiento Satel ital. sin perjuicio de las labores que realicen los inspecto res de la Oirecci6n General de Sequimiento. Control y Vigilancia dei Minislerio de la Producei6n y de las Direccionee Reqonales de la Producci6n de Tumbes , Piura y l ambayeque. Articulo ro,- las Dseccones Generales de Extraccon y Procesamiento Pesquero. de Seguimienlo, Control y Vig ilancia, as! como las Direcciones Regionales de Producci6n con competencia pesquera . la Direcci6n General de Capitan las y Guardacoslas del Ministerio de Defensa dentro del ambito de sus respecnvas competenc ias y jurisdicciones reanzaran las accones de difusion que correspondan y veteran por e! estricto cumpiimien to de 10 dispuestoen ra presente sesciocoo Ministe rial. Reqistrese. comunlquese y publiquese JOSE URQUiZa MAGGIA Ministro de taProoucccn 766192-1 Crean Grupo Tecnico de Trabajo para la revision de los expedientes referidos a los Incrementos de Flota, Pennisos de Pesca, Autorizaciones de Instalacton de Establecimientos Industriales Pesqueros y Licencias de Operacton de Plantas Industriales Pesqueras RESOlUCIQN MINISTERIAL N° 131-2012-PRODUCE Lima, 19 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley N" 27658 , Ley Marco de Modernizaci6n de ta Gesticn del Estado. declare at Estado peruano en proceso de rnooernzacon en sus dilerentes instancies. dependencias,entidades ,organizaciones yproced imientos , con la finalidad de merc-er la roncon publ ica y construir un Estado democrauco, descen tralizado y at serviclo del cuoaoano: Que, la l ey N" 27444, Ley del Proced imiento Administrativo General , senata que er procedirniento administ rativo se sustenta fundamenta lmente en los principles de legalidad, del debido procedirruento, de impulso de once. razonab ilidad, imparcialidad, presunci6n de veracdad. de concoc ta procedimental, de verdad material y de privilegio de controles posteriores, sirviendo de cr~erio interpretalivo a la autoridad adminis trativa para resolver las solicitudes que fonnulan lOS administrados; Que, el articulo 23° de la Ley N" 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que es fundOn del Ministro , cumplir y hacer cumpli r el marco normativo relacionado con su amb~o de competencia, ejerciendo potestad sancionadora , realizar el seguimiento respecto del desempeno y logros alcanzados y dictar las medidas correspondientes, asi como ejecutar y supervisar pollticas nacionales y sectoriales: Que, el Decreto Legislativo N" 1084, Ley sobre limites Max imos de Captura por Embarcaci6n, estableci6 el mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracci6 n de los recursos de anchoveta y anchoveta blanca destinada al Consumo Humano Indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernlzaci6n y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentaci6n , empleo e ingresos ; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiol6gicos, en armonia con la preservaci6n del medio ambiente y la conservaci6n de la biodiversidad: Que. asimismo el articulo 35° de la Ley N" 29158 , senala que las Comisiones del Poder Ejecutivo son 6rganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento , fiscalizaci6n, propuesta 0 emisi6n de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades . Para otras funciones que no sean las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo ; Que, un ESlado democra tico , descentralizado y ai servicio del ciudadano, impl ica el ejercicio de una REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL 11 DECRETA: 766192-2 Reqlsfrese. comunrquese y pubnquese REIACIONES EXTERIORES Entidades UNASUR - UNION DE NACIONES SURM/ERK:ANAS M:ml0 (En nuevos soles) 275.000.00 Pliego Presupuesl3lio Aelaciones ExtefiOres Art iculo 2".- Mod ificaci6 n Modifiquese el Anexo B: Cuotas Inlernacionales Ano Fiscal 2012, Fuenle : Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario : Reladones Exteriores de la Ley N' 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ana Fiscal 2012, en cuanto a tas siguientes entklades y montos : Art iculo 1°,·Adici6n Agreguese al Anexo B: Cuolas Inlernacionales Ano Fiscal 2012, Fuenle : Recursos Ordinarios, Ptiego Presupuestario: Relaciones Exteriores de la Lei N" 29812 , Ley de Presupuesta de! Sector Publico para e AM Fiscal 2012 , a fas siguienles enlidades y montos : JOSI: URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producccn fecha limite para ta acreditacicn de sus representantes en res casos que ccrrespcnda. La sesi6n de insta laci6n se nevara a cabo con representantes debtoamente acreditados. La tnrecccn General de Extraccicn y Procesam iento Pesquero y las dernas dependencias funcionales de! Ministerio de la Producci6n que corresponda n, en un plazo de tres (3) etas babites. ceteran poner a dispcsicion de! Grupo Tecntcc deTrabajo, los expedienles ydocumenlaci6n necesaria que eeie les requera para er cumplimiento de sus funccnes. EI Grupe recocc de Trabajo presentara ante et Despacho Ministerial del Ministerio de ta Producci6n , su Informe Final en un plazo no mayor de ciento cchenta (180) d las calendario contados a partir de la lecha de Instatacicn, sin pe~uicio de los Informes Parciales que er Despacho Ministerial Ie requiera con anterioridad a dicho plazo. Modifiean Anexo B: Cuotas Intemaeionales de la Ley IV" 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO N° 012·2012·RE EL PRESIOENTE DE LA REPUBLICA CONS IDERANOO: Que, mediante ra Ley N' 29812, se aprob6 la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 , yen el Anexo B: Cuotas mremaclonaies-Aac Fiscal 2012 , Fuente' Recursos Ordinanos , Pllego Presupuestario : Relacicnes Extencres. se cetauan las entoaces y montes para el aec 2012 ; Que,conroenealArt lculo 1' , inciso1.3de la LeyN" 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para er ana Fiscal 2012, previa everoecoo y orionzaccn por er Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modifica r el Anexo B, mediante decreto supremo relrendado por e! Ministro de Relaciones Exteriores ; Que luego de realizada Ia evaluaci6n y priorizaci6n ccrreeccooeotes. se ha considerado pertinente modificar el Anexo B: Cuolas tntemacicnales, Ano Fiscal 2012, Fuente Recursos Ordinaries , Pliego Presupuestario: Relaciones Exleriores, de la Ley N" 29812 ; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8" del Articulo 118' de la Conslrtuci6n Polilica del Peru: Articul o 1°. Creac i6n del Grupo 'recmcc de Trabajo. Crease el Grupo 'recnico de Trabajo , adscrito al Ministerio de fa Produccon. que uere por objeto efectuar ta revisi6n de los exped ientes releridos a los Incrementos de Ftota. Permisos de Pesce.Autoczecroresde rnstataccn de Establecimientos Industriales Pesqueros y Licencias de Operacion de Plantas Industriales Pesqueras. correspondientes al periodo comprendido desde la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N" 1084. Ley score Umiles Maximos de Captura por Embarcaci6n , hasta la fecha de expedicicn de ra presente Resoluci6n Ministerial Articul o 2".- Co nfo rmaci6n del Grupo 'recmc c de Trabajo. EI Grupo 'recmcc de Trabajo estara contormadc por los ecueotee merrcros: a) La vicemorstra de Pesquer ta. quien 10 oresidira : b) EI Director del Corrntede Apelaci6n de Sencicnes : y. c) EI Director General de la Oficina General deAsesoria Jurtdica. Para el cumplimiento de su cbjetc, el Grupo 'rececc de Trebejo oescoecc. podra convocar a espectaustas sobre fa mate ria y conlormar Sub Grupos de Trabajo. Los representantes de los miernbros de! Grupo 'recmcc de Trabajc . deberan ser acreditados mediante comunicaccn dirigida al Despacho Viceministeria l de Pesqueria del Ministerio de ta Producei6n, en un plazo de Ires (3) oras habies. contados a partir del dla siquiente de publ icada fa presente Resoluci6n . Los miembros del Grupe Tecnico de Trabe]c y de los Sub Grupos de Trabajo que se conformen, de ser el case, ejerceran sus cargos ad hcnorem. Art ic ulo 3°. Fun ci one s del Grupo 'recnrcc de Trabajo. EI Grupo 'recncc de Trabajo tendra las siguientes funciones : a) Revlsara los expedientes admnustrativos rerencos a los Incrementos de Flo ta, Permisos de Pesce , Autorizaciones de Instalaci6n de Eslablecimientos Indus triales Pesqueros y Licencias de Operaci6n de Plantas Pesqueras que hayan s ido otorgadas par fa Direcci6n General de Extracci6n y Procesamiento Pesquero del Minlsterio de la Produccl6n a partir de la entrada en vigencia del Decrelo Legislativo W 1084 , ley sobre Llmites Max imos de Caplura par Embarcaci6n, hasta la lecha de exped ici6n de la presente Resolucion, sea a solicitud de los adm inistrados 0 en cumpl imiento de mandala jud icia1. b) Formulara recomendaciones ysU!;lerencias aIMinistro de la Producci6n respecto a deficienClas enconlradas en los proced imientos adminislrativos descritos en el literal precedente: aquello que estuviera relacionado a presuntos aetos de responsabilidad de funcionarios a servidores que hubieren conocido de dichos proced imientos; as! como !o relacionado a la necesidad de perfeccionar el marco normativo existente, advertido en el desarrol lo de sus aetividades: y, de ser el caso, proponer modificaciones a fa normativa adminislrativa interna 0 iniciativas legislativas que correspondan . Articulo 4°. Vigenc ia. EI Grupo Tecnico de Trabajo se insta lartl en un plaza no mayo r de dos (2) dlas habiles posleriores a la acmotstraccn publica nansoereote. libre de aetos de corrupci6n que afectan el bien publico; en este contexte , resvlta necesano conrcrmar un Grupe Tecnicc de Trabajo encargado de la revision de los expedientes referidos a los incrementos de Fleta. Permisos de Pesce. Autonzacrcnes para la Insla laci6n de Estabjecirruentcs Industriales Pesqueros y licencias de Operaci6n de Plantas Industriales Pesqueras: De conformidad con tocispuesto por la Ley N° 29158, ley orcance del Poder Ejecutivo, la Ley /II" 27444, Ley del Procedimiento Administrative General; el Decreto l egislativo N° 1047, Ley de Orqanizacon y sunoones del Minislerio de la Producei6n, y su Reglamenlo aprobado por Decreta SupremoN" 01Q-2006-PRODUCE; SE RESUELVE' REAL TIME EIRL

Resolución Nº 131-2012-PRODUCE ─ Crea Grupo Técnico para la revisión de expedientes referidos a permisos de pesca y autorizaciones de establecimientos industriales pesqueros · Nelum