Resolución Nº 126-2011-SUNARP ─ Directiva que regula las elecciones de la Junta Directiva y la redacción de estatutos de Comunidades Nativas Inscritas
颁布于 2011-05-10 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Land and soil
- 关键词
- land reform, expropriation, abandoned land/unoccupied land, agricultural land, common property, court/tribunal, alternative dispute settlement, land consolidation, land tenure, private land, property rights, public land, transfer rights, Indigenous Peoples, traditional rights/customary rights
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PROVEI00 N° SUNARPftl.RR.PP Pase·a: .... ~ .................... . , Para: ................ .... ........................... ............ '". Fecha: RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 126-2011-SUNARP-SA Lima, 2 7 DIC. 2011 Vista, el lnforme Tecnico N° 006-2011-SUNARP/GR del 19.12.2011, el Memorandum N° 604-2011-SUNARP/GL del 19, 12.2011 y el proyecto presentado al Directorio de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; y, • CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos es un organismo publico tecnico especializado, creado por Ley N° 26366, encargado de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripci6n y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, de conformidad con los literales c) y d) del articulo 24° del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, aprobado por Resoluci6n N° 086-2009-SUNARP/SN, del 30 de marzo de 2009, el tftulo de constituci6n de una persona juridica no societaria debe contener necesariamente el estatuto que regira su funcionamiento y la designaci6n del primer consejo directivo u 6rgano equivalente, por lo que conjuntamente con el acto de constituci6n se inscribe su estatuto y su primer 6rgano de gobierno, no siendo necesario acreditar para inscribir tales actos, la convocatoria y el quorum de la asamblea fundacional en tanto se encuentran reunidos la totalidad de sus miembros; Que, en el caso particular de las Comunidades Nativas; la Constituci6n Po!itica del Peru les otorga un tratamiento especial y diferenciado al reconocerles existencia legal y personeria juridica, por lo que a traves de la Directiva N° 005-2001-SUNARP-SN, aprobada par Resoluci6n N° 157-2001 SUNARP-SN, se dispuso que el unico requisite exigible para su inscripci6n sea la resoluci6n de reconocimiento que expide la entidad administrativa competente, raz6n por la cual las normas contenidas en los articulos 21 al 27 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Jurf dicas No Societarias, re!ativas a la inscripci6n del acto constitutive, no les resulta aplicable dado que para su inscripci6n no se requiere el registro de su estatuto ni de su primera junta directiva; E RIGINAL ""iiiA • -~UEL RIVERA MACPHERSON Secretarto General SUNARP Pagina 1 de 5 Que, en tal contexto, se han advertido discrepancias de criterios entre las instancias registrales respecto a las requisitos que deben observar las comunidades nativas inscritas para el registro posterior de su estatuto y su primera junta directiva, ademas, se ha detectado que dichas organizaciones vienen presentado documentaci6n err6nea o incompleta, todo lo cual les dificulta et' acceso a los importantes beneficios que genera la inscripci6n registral; Que, las Comunidades Nativas par su lejanra a los centros urbanos, por sus diferencias idiomaticas, culturales y en algunos casos, par la falta de recurses materiales, se encuentran en mayores dificultades para acceder a los servicios de las Registros Publicos y presentar trtulos id6neos; raz6n par la cual, de conformidad con lo preceptuado en el artrculo 21 de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva, Decreto Ley N° 22175, corresponde dictar medidas adecuadas a su contexto y necesidades; Que, en este orden de ideas, resulta conveniente que en el marco de lo dispuesto por el segundo parrafo del artrculo 31 del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, se adopten medidas normativas que faciliten y propicien la inscripci6n del estatuto y de la primera junta directiva de las Comunidades Nativas inscritas y, a la vez, contribuyan a la uniformidad de las criterios registrales y a un correcto ejercicio de la funci6n registral; Que, la calificaci6n registral de las estatutos de las comunidades nativas debe tenerse en cuenta que el Convenio 169 de la OIT sabre Pueblos lnd1genas y Tribales, vigente en el Peru, luego de su ratificaci6n mediante Resoluci6n Legislativa N° 26253, precisa la necesidad de considerar las costumbres y el derecho consuetudinario de estos pueblos al aplicarse las preceptos de la legislaci6n nacional. En esa linea, el artrculo 89 de la Constituci6n PoHtica del Peru les reconoce autonomra en cuanto a su organizaci6n, pudiendo por tanto, no solo elegir libremente a los integrantes de sus juntas directivas, sino tambien definir la estructura, duraci6n, funciones y demas atribuciones que le corresponden a este 6rgano de gobiemo; Que, las disposiciones del Reglamento del Decreto Legislative N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva, relativos a los 6rganos de gobierno y administraci6n de la comunidad, corresponden ser aplicadas en concordancia con el citado marco constitucional, maxime si el Estado tiene el deber de respetar la forma de organizaci6n de las Comunidades Nativas. En consecuencia, dichas normas deben ser aplicadas en calidad de precept@~.· !'lii··-·· T ... -'i>JlfG!llli~mperativos, de JUAN ANUE ERA MACPHERSON Pagina 2 de 5 C181at1o Genera/ SUNARP manera que la adecuaci6n y cumplimiento de lo establecido en tales preceptos se verificara en el marco de la autonomra organizativa de las comunidades nativas, permitiendoles en esa medida incorporar en sus estatutos otros cargos dentro de la junta directiva y/o asignarles otras denominaciones; Que, por otro lado, el derecho a la identidad etnica y cultural previsto en el artrculo 2 incise 19 de la Constituci6n PoHtica del Peru, permite a las Comunidades Nativas proteger su existencia y su cosmovisi6n de conformidad con la herencia de los valores de sus ancestros, todo lo cual evidencia que se trata de organizaciones ancestrales con un vocaci6n de duraci6n indefinida en el tiempo y, en tal contexto, no resulta atendible exigir que sus estatutos contengan aspectos relatives al tiempo de duraci6n, a su disoluci6n y liquidaci6n o referidos al destine final de sus bienes, u otros aspectos analogos que son propios de una organizaci6n societaria o asociativa pero que no son inherentes a la naturaleza de las comunidades nativas; ).~\llltA('Of 1-.)'°!••e;,:: (;v.r-1'~ Que, en atenci6n a todo lo serialado se ha considerado conveniente la f ; ., '\,l)?..,~i modificaci6n de la segunda disposici6n complementaria y final del Reglamento ~ ! .:~ i de lnscripciones del Registro de Personas Juddicas No Societarias a fin de ~IJ.r ,. so'l~,~ regular ~I proceso de inscripci6n del estatuto y de la primera junta directiva de ,;~}:, .J:) ~~~ .:~~JY una Comunidad Nativa inscrita, precisando ademas ciertos criterios de calificaci6n con relaci6n al contenido del estatuto comunal; Que, asimismo, con la finalidad de facilitar el acceso al servicio publico de inscripci6n registral de las Comunidades Nativas resulta tambien conveniente aprobar la expedici6n de una primera gu1a que facilite la inscripci6n de las juntas directivas de las Comunidades Nativas, de manera que se presenten Utulos id6neos al Registro y, a la vez, guarde armonra con la autonomra organizativa de estas agrupaciones; as, coma tambien proporcionar un modelo de estatuto sugerido y un glosario con las terminos de uso frecuente en esta clase de procedimientos registrales; Que, mediante el lnforme Tecnico N° 006-2011-SUNARP/GR del 19 de diciembre de 2011, la Gerencia Registral de la SUNARP ha elevado a la Superintendencia Adjunta un proyecto en el sentido antes mencionado, proyecto en el que se han integrado las opiniones de la Gerencia Legal, formulada a traves del Memorandum N° 604-2011-SUNARP/GL del 19 de diciembre de 2011 y las de los representantes de las instancias calificadoras y que, ademas, ha sido publicado en la pagina web de la SUNARP y puesto en conocimiento de las entidades vinculadas a la materia; Pagina 3 de 5 JU. · .'ACPHERSON secrtttrlo Gtnera/ SIJNAFIP · • - ' Que, mediante Resoluci6n Suprema N° 188-2011-JUS publicada el df a 07 de octubre de 2011 se da par concluida la designaci6n del cargo de Superintendente Nacional de las Registros Publicos- SUNARP; Que, el literal c) del artfculo 12 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones" de la Superintendencia Nacional de las Registros Publicos SUNARP, aprobado par Resoluci6n Suprema N° 139-2002-JUS y el literal c) del articulo 13 del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos -SUNARP aprobado par Resoluci6n Suprema N° 135-2002-JUS, disponen que el Superintendente Adjunto tiene coma una de sus· atribuciones, la de reemplazar al Superintendente nacional, en cas6 de ausencia o impedimenta temporal, asi coma por delegaci6n de aquel; De conformidad con las Leyes N° 27594 y 26366, el literal c) del articulo 12 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones de la Superintendencia Nacional de las Registros Publicos - SUNARP y el articulo 13 del Estatuto. Que, el Directorio de la SUNARP, en su sesi6n N° 274 de fecha 26 de diciembre de 2011, acord6 par unanimidad aprobar la modificaci6n de la segund~ disposici6n complementaria y final del Reglamento de lnscr ipci9nes del Registro de Personas Juridicas No Societarias y la Gufa GeQeral N°-.Q1 2011-SUNARP/SA: "Elecciones de la Junta Directiva y Redacci6n de Estatuto de Comunidades Nativas lnscritas", de conformidad con lb establecido en el inciso b) del Articulo 18 de la Ley N° 26366 e inciso b) del Articulo 12 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resoluci6n Suprema N° 135-2002-JUS, del 11 de julio de 2002; Estando a lo acordado por el Directorio, de conformidad con las incisos e), v) y w) del Articulo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado par Resoluci6n Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE Articulo Primera.- lncorporar en la parte final de la Segunda Disposici6n Complementaria y Final del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, las siguientes parrafos: "Para la inscripci6n simultanea def estatuto y de la primera junta directiva s6lo bastara la presentaci6n de la copia certificada o autenticada def acta de la asamblea que contenga dichos actos. No podran formularse observaciones si el estatuto de la comunidad nativa presenta cualesquiera de las siguientes caracterfsticas: i) lncorpora otros cargos dentro de la junta directiva ylo a §. 1 ~ciones, que no Pagina 4de 5 esten previstos en el articulo 22 def Reglamento def D.L. N° 22175; ii) no consigna aspectos relativos al tiempo de duraci6n, disoluci6n y liquidaci6n u otras disposiciones relativas al destino final de sus bienes." Articulo Segundo.- Aprobar la Gufa General N° 01-2011-SUNARP/SA: "Elecciones de la Junta Directiva y Redacci6n de Estatuto de Comunidades Nativas lnscritas" -que no tiene caracter normative y cuyo contenido es de uso facultativo par las comunidades nativas-, cuyo texto, en anexo, forma parte de la presente Resoluci6n y sera publicado en la pagina web de la SUNARP. Articulo Tercero.- La presente Resoluci6n entrara en vigencia al dfa siguiente de su publicaci6n y se aplicara, inclusive, a las Utulos en tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. • ........ /VERA. MACPHERSOIPagina 5 de 5 Secretarfo General SUNARP GUiA GENERAL N° 01-2011-SUNARP/SA ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y REDACCl6N DE ESTATUTO DE COMUNIDADES NATIVAS INSCRITAS I. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES La SUNARP en el marco de sus funciones, viene adoptando un conjunto de medidas con la finalidad de asegurar la mejor calidad en la prestacion de sus servicios a la ciudadania; encontrandose dentro de esta linea de accion la elaboracion de guias que faciliten a los administrados la inscripcion de determinados actos en los Registros Publicos, en especial a favor de ciertos sectores de la poblacion que encuentran dificultades para que sus actos accedan al Registro y que requieren una intervencion proactiva del Estado bajo un enfoque de inclusion social. En este orden de ideas, se ha advertido que las comunidades nativas enfrentan ciertos inconvenientes para inscribir sus organos de gobiernos en los Registros Publicos, lo cual dificulta la acreditaci6n de sus representantes en sus relaciones con los terceros, por lo que resulta conveniente la expedicion de una primera guia que facilite la presentaci6n de titulos idoneos al Registro y, a la vez, guarde armonia con la autonomia organizativa de las comunidades nativas. En efecto, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 89° reconoce que las Comunidades Nativas . tienen existencia legal y son personas juridicas, reconociendoles autonomia en cuanto a su organizaci6n, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposicion de sus tierras, asi como en lo economico y administrative, dentro del marco que la ley establece. Asimismo, el Convenio 169 de la OIT seriala en su articulo 8 que al aplicar la legislaci6n nacional a las Comunidades Nativas se debera tomar en consideraci6n su derecho consuetudinario, teniendo en esa medida el derecho a conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que estas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema juridico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Bajo el citado marco normativo, se ha elaborado la presente guia, que no tiene caracter normative y que esta integrada por pautas y recomendaciones, elaboradas sobre la base del marco normativo legal aplicable, la jurisprudencia y la casuistica registral, a fin de ofrecer un primer documento de consulta y apoyo que facilite el proceso de eleccion y posterior inscripcion de los representantes de las comunidades nativas inscritas, proporcionando ademas modelos de actas, de constancias de convocatoria y quorum, y del estatuto, a fin de simplificar la elaboracion de los mismos y reducir los errores en que se incurren. II. OBJETIVOS: ► Generar un documento de consulta y apoyo que facilite el proceso de eleccion de los representantes de las comunidades nativas inscritas. ES PIA FIEL DE ORIGINAL 1 de 30 ► Suministrar modelos de constancias de convocatoria y quorum de estatuto, entre otros, que facilite la generaci6n de documentos adecuados para la inscripci6n de la junta directiva de las comunidades nativas inscritas. ► Proporcionar un modelo de estatuto que simplifique su labor de elaboraci6n, reduzca los errores u omisiones en que se incurren en su elaboraci6n y, por tanto, facilite su acceso al Registro. Ill. BASE LEGAL: La presente guia se ha sustentado en las siguientes normas: a) Constituci6n Politica del Peru - 1993. b) Convenio 169 OIT- Aprobado por la Resoluci6n Legislativa N° 26253 del 2 de diciembre de 1993. c) Declaraci6n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos lndigenas del 13 de septiembre de 2007. d) C6digo Civil (Art. 134, 136 al 139). e) Decreto Ley N° 22175 - Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva. f) Ley N° 26505. g) Decreto Supremo N° 003-79-AA - Reglamento de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva Decreto Ley N° 22175 (Titulo I -Arts. 21 ° al 23°). h) Decreto Ley N° 25891 - Ley de Transferencia de Funciones y Actividades comprendidas en la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva a las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias. i) Resoluci6n N° 157-2001-SUNARP/SN que aprueba la Directiva N. 005 2001-SUNARP-SN que precisa la normatividad aplicable y establece normas que regulan el procedimiento de inscripci6n de las Comunidades Nativas. j) Resoluci6n de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N. 086-2009-SUNARP-SN que aprueba el Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias. IV. PAUTAS GENERALES PARA LA ELECCl6N DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE LAS COMUNIDADES NATIVAS INSCRITAS El presente apartado contiene pautas generales que se sustentan en las disposiciones contenidas en el Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias y en otras disposiciones legales aplicables y, ademas, comprende ciertas pautas que resultan de aplicaci6n siempre que el estatuto comunal no contengan disposiciones diferentes o contrarias. Estas pautas generales sirven como guia para la elecci6n de la junta directiva respecto de aquellas comunidades nativas inscritas que cuentan con su estatuto inscrito y en caso se encuentren en algunos de los siguientes supuestos: i) les corresponde elegir a su nueva junta directiva; ii) no esta inscrita la junta directiva en ORIGINAL 2 de 30 ··juAFf HERSON IIJNA1'fJ ♦SUNARP 'i i 1•;: r: 1v1 : -~l)! 'N( l ~ !-.--\i;r,,, ., . D E Lt;~ Jl.T:.C,l:i'J ! tt "t~; l'( Ui.lf (J~ funciones; iii) no se ha inscrito dos o mas juntas directivas, encontrandose la ultima elegida en el ejercicio de sus funciones. Ademas, se formulan pautas en aquellos casos en que se solicite inscribir por primera vez el estatuto y la junta directiva encontrandose ya inscrita la comunidad nativa. 4.1 PAUTAS GENERALES PARA LA ELECCION DE NUEVA JUNTA DIRECTIVA ENCONTRANDOSE INSCRITA LA JUNTA DIRECTIVA SALIENTE. a. El Presidente de la junta directiva saliente convocara a asamblea general para la eleccion de la nueva junta directiva, salvo disposicion estatutaria diferente. En caso de ausencia o impedimento intervendrf a qui en legal o estatutariamente le corresponda reemplazarlo. b. C. d. Si ha vencido el plazo de funciones de la junta directiva convocante y aunque el estatuto establezca la no continuidad de funciones, la instancia registral considera que la junta directiva u organo analogo se entendera legitimada unicamente para convocar a asamblea general eleccionaria. La convocatoria corresponde realizarse en la forrna prevista en el estatuto, de manera que los integrantes de la comunidad tomen conocimiento efectivo y oportuno de la convocatoria, de acuerdo con los mecanismos previstos estatutariamente. Ello, implica avisar a los comuneros la fecha (dfa, mes y ario) y hora en que tendra lugar, el lugar de la reunion, asf como precisar el tema a tratar (eleccion de la nueva junta directiva). Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artfculo 21 del Reglamento del Decreto Ley N° 22175, los comuneros que puede participar en la asamblea general son aquellos inscritos en el padron comunal. Por ello, es importante que la comunidad cuente con su padron debidamente actualizado. Con relacion a las constancias de convocatoria y quorum de la asamblea general, corresponde tener en cuenta los requisitos previstos en los articulos 16, 53 y 59, en concordancia con la Segunda Disposicion Complementaria y Final, del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, los mismos que a continuacion se detallan: Tienen el caracter de declaracion jurada, se presenta en original y debe indicarse el nombre complete, documento de identidad y el domicilio real del declarante. Se presentara con firma certificada del declarante por notario, juez de paz letrado del domicilio de la Comunidad, o fedatario de la Oficina Registral en donde conste inscrita la Comunidad Nativa. Con relacion a la constancia de la convocatoria, debe indicarse, de conformidad con el estatuto comunal, la forma y la anticipacion con la que se realiza, con precision del o los medios utilizados. Asimismo, debe indicarse el nombre complete de la persona que efectua la convocatoria, que los E COP/AFIELD L ORIGINAL ."j. • ·--·---= ERSON 3 de 30 RP ♦ SUNARP •;1 l ' i•' k l"'{n'~i'WM I ~ "-.:,1;1(.•?-..i.\l nE u ·;::,, nr:.1·,1~rrK1~ r (= r,ur,:is comuneros tomaron conocimiento de la convocatoria y la reproduccion de los terminos de la convocatoria. Con relacion a la constancia de quorum, salvo disposicion estatutaria distinta, debe indicarse el numero de los comuneros que se encontraban habilitados para concurrir a la asamblea. Asimisme, debe indicarse el nembre completo de los comuneros que asistieron a la misma. A mayor detalle, se adjunta modelos de constancia de convocatoria y quorum (Formatos 2, 3 y 4). e. En el caso que se trate de una "asamblea universal" y, per ende, en la que asisten todos los comuneros con derecho a veto (aquellos inscritos en el padron comunal) no se requiere acreditar ante el Registro la convocatoria, pero se necesita acreditar a traves del acta de la asamblea que participaron todos los comuneros y todos estuvieron de acuerdo en la realizacion de la asamblea general y en la agenda a tratar (elecci6n de los nuevos miembros de la junta directiva). f. La Asamblea General de Elecciones debe llevarse a cabo conforme a lo establecido en el estatuto. Si no asisten todos los comuneros, por lo menos debe asistir el numero minimo de comuneros can derecho a voto (aquellos inscritos en el padr6n comunal) para que pueda iniciarse la asamblea, lo cual implica observar el quorum previsto en el estatuto para esta eleccion. g. La eleccion de la nueva junta directiva debe ser un acuerdo de la mayoria de los comuneros, segun lo previsto en el estatuto. Para efectuar el compute de la mayoria, se les recomienda tener en cuenta los criterios previstos en el articulo 60 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, los mismos que a continuacion se detallan: i) Para determinar si hay mayoria en la eleccion, es importante contabilizar el total de comuneros con derecho a veto que han asistido a la asamblea, incluso se puede considerar a aquellos que asistieron luego de la instalaci6n o inicio de la asamblea. ii) No habra acuerdo cuando la suma de los votos en contra, nulos y en blanco o abstenciones equivalgan a la mitad o mas de la mitad de los comuneros concurrentes con derecho a voto. iii) En las elecciones por listas u otros medios alternatives de votacion, no se requerira que la lista o alternativa ganadora obtenga mas de la mitad de los votos a favor. En este case, bastara que la suma de los votos a favor de las distintas listas equivalga a la mitad o mas de la mitad de los comuneros concurrentes con derecho a vote. iv) En el acta debe consignarse el numere de votos con el que se aprobo el acuerdo, salvo que se haya aprobado por unanimidad, en cuyo case bastara consignar dicha circunstancia. Se les recuerda que las citadas reglas para determinar el c6mputo de la mayoria seran tomadas en cuenta por los Registradores siempre que no haya disposicion en contrario en el estatute. RIGINAL 4de 30 h. i. j . k. Proclamada la nueva junta directiva, su eleccion corresponde estar contenido en un acta de la Asamblea General y constar en el Libro de Actas de la Comunidad. Este libro previamente debe estar debidamente legalizado por el Juez de Paz del domicilio de la Comunidad, o Notario Publico. En la citada acta corresponde consignar aquellos dates identificativos de la asamblea, asi como su instalacion, desarrollo y conclusion. A mayor detalle, de acuerdo con el articulo 60 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, corresponde consignar como minimo la siguiente informacion: El organo que sesiono (asamblea general) La fecha y hora de inicio y conclusion de la asamblea general; El lugar en que se llevo a cabo la asamblea, con precision de la direccion correspondiente; El nombre complete de la persona que presidio la asamblea general y de la persona que actuo como secretario. El numero de votos con el que se aprobo la eleccion salvo que se haya aprobado por unanimidad, en cuyo caso bastara consignar dicha circunstancia, El nombre complete y el documento de identidad de las personas naturales elegidas y los cargos a ejercer, asi como el periodo de funciones para el cual fueron elegidos, lo cual corresponde guardar correspondencia con lo senalado en el estatuto. La firma de quien presidio la asamblea y de quien actuo como secretario, y, en su caso, las demas firmas que deban constar en el acta conforme a las disposiciones estatutarias, o a lo que acuerde la asamblea general. Resulta conveniente recordar que los dates relatives a la fecha, hora de inicio y lugar de la sesi6n, asi como los temas a tratar deben corresponder con los senalados en la convocatoria. A mayor detalle, se adjunta un modelo de acta de asamblea general de elecciones (Formato 1 ). Consignada el acta de elecciones de la Asamblea General en el libro de actas de la comunidad y elaboradas las constancias de quorum y convocatoria, sugerimos que se solicite a la oficina registral u oficina receptora de su localidad la inscripcion de los miembros de la junta directiva electa, lo que le permitira publicitar sus representantes ante los terceros. Para tal efecto, de acuerdo con la normativa registral, se debera acompanar los siguientes documentos: a) Solicitud de inscripcion, segun formulario otorgado por SUNARP. b) Copia simple del Documento Nacional de ldentidad (DNI) de la persona que presenta la solicitud. rat fil/MIIRP 'HERSON 5 de 30 c) Copia certifica por notario, juez de paz o autenticada por fedatario de la Zona Registral del acta de elecci6n de la nueva junta directiva. d) Constancia del presidente de la junta directiva saliente sobre la convocatoria a la Asamblea General eleccionaria. e) Constancia del presidente de la junta directiva saliente sobre el quorum valido para la instalaci6n de la Asamblea General donde se eligio a la nueva junta directiva. I. Concluido el proceso electoral, se sugiere que el presidente de la junta directiva que deja el cargo, entregue a la junta directiva electa, todos los documentos que correspondan a las elecciones para que se conserven en el archivo de la Comunidad, salvo disposicion estatutaria diferente o contraria. m. De acuerdo con el articulo 46 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, en los casos en que se hubiere incurrido en defectos en la eleccion de la asamblea general eleccionaria, para efectos registrales, la nueva junta directiva no podra convocar a una nueva asamblea que tenga por objeto subsanar los defectos en su eleccion. En tales casos, se encontrara legitimado para convocar el presidente de la junta directiva anterior que estuvo facultado para convocar a la eleccion que adolece de defectos. 4.2 LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA VIENE EJERCIENDO FUNCIONES PERO NO SE INSCRIBl6 EN LOS REGISTROS PUBLICOS. En el caso de que una nueva junta directiva venga ejerciendo funciones pero no logro inscribirse en los Registros Publicos resulta importante que el proceso de elecci6n haya observado las pautas serialadas en el numeral 4.1 de la presente guia. A mayor detalle, es necesario que el presidente de la junta directiva que ya no ejerce funciones (o el organo o persona facultado estatutariamente), en su oportunidad, haya efectuado debidamente la convocatoria a asamblea general para la elecci6n de la nueva junta directiva. De manera que es importante que en el proceso de eleccion de la actual junta directiva se haya observado las normas sabre convocatoria, quorum y mayoria regulada en el estatuto de la comunidad y se haya generado el acta de eleccion de la asamblea y la constancia de quorum y convocatoria. En caso no se haya emitido la constancia de convocatoria, corresponde al presidente de la junta directiva anterior extenderla, o al 6rgano o persona estatutariamente facultado y que haya ejercido tales funciones en el proceso de elecci6n. En similar sentido, en caso no se haya extendido la constancia de quorum, corresponde al presidente de la junta directiva anterior extenderla bajo la consideraci6n que presidio la asamblea general, o por quien, actuo en su reemplazo, par al 6rgano o persona con facultad estatutaria para la convocatoria . . ?0:~FIEL L :::ON 6 de 3G 'U~ SOGff!fllrie G@ner,I §IJNARP 4.3 NO SE HA INSCRITO DOS O MAS JUNTAS DIRECTIVAS, ENCONTRANDOSE LA UL TIMA ELEGIDA EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. En aquellos casos en que se pretenda regularizar dos o mas periodos eleccionarios, esto es, inscribir la elecci6n de dos o mas juntas directivas no registradas en su oportunidad, se les sugiere realizar una asamblea general especial , denominada asamblea general de reconocimiento, la misma que se encuentra regulada en el articulo 62 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias. A traves de esta asamblea general de reconocimiento se otorga la validez al nombramiento de los miembros de las juntas directivas no inscritas. A continuaci6n, se detallan las pautas generales que se deben tomar en cuenta: a. Los comuneros que pueden participar en la asamblea general de reconocimiento son aquellos que se encuentran inscritos en el padr6n comunal. Por ello, es importante que la comunidad cuente con su padr6n debidamente actualizado. b. C. De acuerdo con el articulo 63 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, la convocatoria sera efectuada por el ultimo presidente elegido no inscrito, aunque hubiere vencido el periodo para el que fue elegido, en la forma prevista en el estatuto, de manera que los integrantes de la comunidad tomen conocimiento efectivo y oportuno de la convocatoria, de acuerdo con los mecanismos previsto estatutariamente. Con relaci6n a las constancias de convocatoria y quorum de la asamblea general, se les sugiere a los comuneros tener en cuenta los requisitos previstos en los articulos 16, 53, 59 y la Segunda Disposici6n Complementaria y Final del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, los mismos que a continuaci6n se detallan: Tienen el caracter de declaraci6n jurada, se presenta en original y debe indicarse el nombre completo, documento de identidad y el domicilio real del declarante (ultimo presidente elegido no inscrito). Se presentaran con firma certificada del declarante por notario o juez de paz letrado del domicilio de la Comunidad. Con relaci6n a la constancia de la convocatoria, debe indicarse, de conformidad con el estatuto comunal, la forma y la anticipaci6n con la que se realiza, con precision del o los medios utilizados. Asimismo, debe indicarse el nombre completo de la persona que efectua la convocatoria (ultimo presidente elegido no inscrito), que los comuneros tomaron conocimiento de la convocatoria y la reproducci6n de los terminos de la convocatoria. Con relaci6n a la constancia de qu6rum, salvo disposici6n estatutaria distinta, debe indicarse el numero de los comuneros que se encontraban CPHERSON eneral UNARP 7 de 30 .,!&~;~~-,t,, f ~ d. e . habilitados para concurrir a la asamblea. Asimismo, debe indicarse el nombre completo de los comuneros que asistieron a la misma. A mayor detalle, se adjunta modelos de constancia de convocatoria y quorum (Formatos 2, 3 y 4). El acta de la asamblea general de reconocimiento debe contener, ademas de los .requisitos serialados en el articulo 13 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias (ver literal h) del numeral 4.1 de la presente guia), los siguientes aspectos: ■ El reconocimiento de la eleccion de los 6rganos anteriores no inscritos. ■ La conformaci6n del 6rgano directive, el mismo que, salvo disposicion distinta del estatuto, puede estar conformado par: el jefe o presidente de la Junta directiva, el Subjefe o Vicepresidente de la Junta Directiva, el Secretario que conserva el libro de actas, y el Tesorero. ■ La indicacion del nombre completo y el Documento Nacional de ldentidad (DNI) de las personas naturales integrantes de los organos objeto de reconocimiento. ■ La indicacion de las periodos de funciones que realmente hayan sido ejercidos aun cuando no concuerde con el establecido en el estatuto, con precision de las respectivas fechas de inicio y fin, asi coma de las fechas en que se realizaron las correspondientes elecciones. A mayor detalle, se adjunta modelo de acta de asamblea general de reconocimiento (Formato 5). Finalmente, para efectos de inscribir la asamblea de reconocimiento se deberan acompariar las siguientes documentos: • Solicitud de inscripci6n, segun formulario otorgado par SUNARP. ■ Copia simple del Documento Nacional de ldentidad (DNI) de la persona que presenta la solicitud. ■ Copia certifica par notario, juez de paz o autenticada par fedatario de la Zona Registral del acta de la asamblea general de reconocimiento. ■ Constancia del presidente de la junta directiva saliente sobre la convocatoria a la Asamblea General de reconocimiento. • Constancia del presidente de la junta directiva saliente sobre el quorum valido para la instalaci6n de la Asamblea General de reconocimiento. 4.4 INSCRIPC16N DE ESTATUTO Y ELECCl6N DE LA PRIMERA JUNTA DIRECTIVA ENCONTRANDOSE INSCRITA LA COMUNIDAD NATIVA. En este supuesto, la comunidad nativa se ha inscrito en el Registro Publico correspondiente de su localidad en merito a la resoluci6n administrativa de reconocimiento; sin embargo, no ha inscrito su estatuto ni su primera junta directiva. En estos cases, con la finalidad de propiciar y facilitar las inscripciones de las 6rganos de gobiemo de las comunidades nativas, de acuerdo con lo dispuesto en la Segunda Disposici6n Complementaria y Final del Reglamento de Personas COP/AF/EL EL ORIGINAL .. 8 de 30 ""ji.J UEL RIV ~CPHERSON Se o General SUNARP ,:J:z;;,:::; ( :o- .,... \ , ::','.~ s: il • ~.,,-- ..,.,. J/ Jurfdicas No Societarias, no sera necesario para este tipo de casos que las comunidades nativas adjunten la constancia de convocatoria y el quorum. Teniendo en cuenta estas consideraciones y con la finalidad de viabilizar la inscripcion del estatuto y de la primera junta directiva, se sugiere a los comuneros tomar en cuenta las siguientes pautas y recomendaciones: a. Resp~cto a la forma/idad que deben tener los documentos que se presentan al Registro, debe presentarse en la oficina registral competente la copia certificada o autenticada del acta de la asamblea general que aprueba el estatuto y que contiene la eleccion de la primera junta directiva. Teniendo en cuenta lo serialado en la Segunda Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Jurfdicas No Societarias, se les recuerda que a criterio de los propios comuneros, dicha certificacion podra estar a cargo del Notario, el Juez de Paz Letrado del domicilio de la comunidad, o por el fedatario de la Oficina Registral mas cercana a su localidad. En el caso de la certificacion realizada por el Fedatario, esta procedera siempre que el documento original obre inserto en el Libro de Actas de la comunidad. Cabe destacar que el cumplimiento de esta formalidad les permitira garantizar la autenticidad de los documentps que presenten al registro. b. Con relacion al estatuto, debe tenerse en cuenta que dicho dispositivo constituye la norma interna que regula la vida institucional y el funcionamiento de la comunidad (ver Glosario). Una vez aprobado e inscrito el estatuto, dicha norma termina siendo vinculante para todos los comuneros, por eso se les sugiere aprobar un estatuto que refleje de mejor manera su derecho consuetudinario bajo el marco constitucional y legal correspondiente. A traves de la presente gufa se propone un modelo de estatuto (de uso no obligatorio) el cual podra ser empleado como base para la elaboracion de su propio estatuto. c. En cuanto al contenido de/ acta de la asamblea general, debe tenerse en cuenta que a traves de dicho documento se transcribe la sesion de dicho organo. Se les recuerda que de acuerdo con el artf culo 13, en concordancia con la Segunda Disposicion Complementaria y Final, del Reglamento de lnscripciones del Registro de Person as Jurf dicas No Societarias, el acta debe recoger como mf nimo los siguientes aspectos: El organo que sesiono (asamblea general). La fecha y hora de inicio y conclusion de la asamblea general. El lugar en que se llev6 a cabo la asamblea, con precision de la direccion correspondiente. El nombre completo de la persona que presidio la asamblea general y de la persona que actuo como secretario. Los acuerdos (aprobacion estatuto y eleccion de junta directiva) con la indicacion del numero de votos con el que fueron aprobados, salvo que se OP/A f/EL D ORIGINAL 9 de 30 haya aprobado por unanimidad, en cuyo caso bastara con consignar dicha circunstancia. Debe contener el contenido fntegro def estatuto comunal aprobado en la asamblea general. Debe indicarse el nombre completo y el documento de identidad (si es el caso) de los comuneros integrantes de la junta directiva. Esto les permitira individualizar adecuadamente quienes son sus representantes. Debe indicarse el periodo de funciones para el cual fueron elegidos los integrantes de la junta directiva. Dicho periodo debe coincidir con el previsto en el estatuto. Debe estar suscrito por todos los comuneros debidamente inscritos en el Libro Padron de Comuneros. A mayor detalle, se adjunta modelo de acta de asamblea general (Formato 6). d. Finalmente, para efectos de inscribir los actos solicitados se deberan acompaliar los siguientes documentos a la oficina registral competente: a) Solicitud de inscripci6n, segun formulario otorgado por SUNARP. b) Copia simple del Documento Nacional de ldentidad (DNI) de la persona que presenta la solicitud. c) Copia certifica por notario, juez de paz o autenticada por fedatario de la Zona Registral del acta de la asamblea general que aprueba el estatuto y que contiene la elecci6n de la primera junta directiva. V. MODELOS DE DOCUMENTOS A UTILIZARSE FORMATO 1. ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ELECCIONARIA PARA ELEGIR LA JUNTA DIRECTIVA. FORMATO 2. CONSTANCIA SOBRE CONVOCATORIA (ESCRITA) A LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA. FORMATO 3. CONSTANCIA SOBRE CONVOCATORIA (ORAL) A LA ASAMBLEA GENERALPARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA. FORMATO 4. CONSTANCIA SOBRE QUORUM A LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA. FORMATO 5. ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE RECONOCIMIENTO. FORMATO 6. ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE APROBACION DE ESTATUTO Y ELECCION DE JUNTA DIRECTIVA. ORIGINAL . ..... .. xMMl( . .....::. • ........... 10 de 30 JUAN PHERSON ral SUNARP ♦SUNARP ~I J• t•'tt l '-Tii '\; i )I !',;l :l :..1'·,1, i;l<J!\i ,\ 1 l)E Lf •~ l'l.f'..(;};i"J !{( 'IS p(!;Ji,,)( I')~ FORMATO 1 ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ELECCIONARIA PARA ELEGIR LA JUNTA DIRECTIVA En el local.... ... ......... ... ... .......... de la Comunidad Nativa de .. ... ...... ........ .. ........................... , ubicada en el distrito de ........... . .r ...... .. ........ .... ...... .... .... , provincia de .................................. , departamento de ........... ....... .... ........ ...... , siendo las ............. horas del dia de ........... ......... .. ........ .. .. del 201 .... , los comuneros inscritos en el padr6n comunal de la comunidad, se reunieron en Asamblea General convocada por el Presidente de la Junta Directiva, Sr. .............................................. ... (consignar nombre completo) .. en la forma y anticipaci6n contemplada en el estatuto en .......... .. .. . (indicar si es primera o segunda) convocatoria, previa verificaci6n de la concurrencia de los comuneros y la presencia del numero minimo de comuneros (quorum reglamentario) para dar inicio a la asamblea. El Sr ......... . ...... .. ....... ..... (consignar nombre completo) en su calidad de Presidente de la Junta Directiva en funciones, declar6 abierta la Asamblea General quien luego de pronunciar las palabras de saludo a los asistentes pidi6 al secretario de la Junta directiva, Sr .. ... .... . ..... . .. ... ..... (consignar nombre completo) que de lectura a la agenda de la asamblea, siendo esta la siguiente: 1. Elecci6n de nueva Junta Directiva para el periodo 201 ... - 201 ... cuya entrada en vigencia sera a partir del ... de ...... . del 201 .. . A continuaci6n se dio desarrollo de la agenda. DESARROLLO DE LA AGENDA: 1. Elecci6n de nueva junta directiva para el periodo 201 ... - 201 ... Seguidamente el Jefe de la Comunidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . explica que ante la cercania del termino del periodo de mandato de la Junta Directiva de la que es presidente hace presente que es necesario renovar la junta directiva para el periodo siguiente 201 ... - 201 .. y que con esta finalidad se ha hecho la convocatoria para realizar la elecci6n el dia de hoy . Luego de un amplio debate la asamblea general acuerda por unanimidad realizar las elecciones de la Junta Directiva para el periodo 201 ... - 201 .. ,. A continuaci6n, y de acuerdo al estatuto se designa al senor comunero... ... ... ... ... ... ... ... ... .. . ... ... ... . (consignar nombre completo del comunero, pudiendo ser el presidente, secretario, otro comunero o un Comite Electoral) para que dirija el proceso eleccionario de esta manera dicho comunero solicita a todos los asistentes presentar propuestas para la elecci6n de la nueva Junta Directiva periodo 201 ... - 201 .. que entrara en funciones el ..... de ... ....... del 201 ... 11 de 30 ;~;,:t:t~,t;-;;,;:·,,, ' t';j ' ;· Luego de un debate entre la asamblea se presenta la candidatura por cargos 1 quedando de la siguiente manera: Elecci6n de JEFE (presidente de la junta directiva) Se presentaron los siguientes candidatos: 1 .......................................... DNIN° ................. . 2 . .. : ... ................................... DNI N° ................ .. 3. . ........................................ DNI N° ................. . Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .... votos (o por unanimidad) como JEFE (presidente de la junta directiva) el Sr ................................ . Elecci6n de SUBJEFE Se presentaron los siguientes candidatos: 1 .......................................... DNIN° ................ .. 2 .......................................... DNI N° ................. . 3. . ........................................ DNI N° ................ .. Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .. :-. votos (o por unanimidad) como SUBJEFE al Sr ................................ . Elecci6n de SECRETARIO Se presentaron los siguientes candidatos: 4 .......................................... DNI N° ................. . 5 .......................................... DNI N° ................. . 6 .......................................... DNI N° ................. . Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .... votos (o por unanimidad) como SECRETARIO el Sr ................................ . Elecci6n de TESORERO Se presentaron los siguientes candidatos: 1 .......................................... DNIN° ................. . 2 .......................................... DNI N° ................. . 3. . ........................................ DNI N° ................. . Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .... votos (o por unanimidad) como SECRETARIO el Sr ............................... .. (OBS: El numero de cargos dependera de lo establecido en el estatuto de la comunidad) 1 Se puede tambien presentar la candidatura por listas o por cualquier otro mecanismo que tradicionalmente use la comunidad. 12 de 30 En consecuencia, de acuerdo a las votaciones realizadas en la presenten asamblea de elecciones, la nueva junta directiva de la Comunidad Nativa ........ ..... .. ....... ........... esta conformada de la siguiente manera: JUNTA DIRECTIVA DE LA COMUNIDAD NATIVA ....... .. PARA EL PERIODO 201 ... -201 ... JEFE (Presidente de la junta directiva) : SUBJEFE: SECRET ARIO: TESORERO: No habiendo otro asunto que tratar se dio por finalizada la asamblea, siendo las .. .. horas del mismo dia procediendo a firmar los asistentes en serial de conformidad y aprobaci6n. Apellidos y Nombres D.N.I. N° Firma . (De manera alternativa, puede suscribir el presidente de la comunidad, el secretario, y quien desarrollo el proceso electoral) FORMATO 2 CONSTANCIA SOBRE CONVOCATORIA (ESCRITA) A LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA Yo, ........................................................... .......... .. (consignar nombre completo), identificado con D.N.I. N° .................... , con domicilio en ... .. ....................... ............ ...... distrito de ... ............ ... ........ ... ..... , provincia de .. ..... .. ... .. ....... ... ,departamento de ... ... ... ..... .. .... ... ... ... .. , en mi condici6n de Presidente de la Junta Directiva de la Comunidad Nativa ..................... .... ..... , de conformidad con el Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias aprobado par Resoluci6n de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 086-2009-SUNARP-SN DECLARO BAJO JU RAMENTO, que la convocatoria a la asamblea general celebrada el dia ..... del mes ...... del ano .. . .... en la que se acord6 la ELECCl6N DE LA JUNTA DIRECTIVA para el periodo 20 .. - 20 ... se ha realizado en la form a prevista en el estatuto, con la anticipaci6n debida, habiendose notificado a los comuneros mediante esquela, quienes tomaron conocimiento de la convocatoria. El tenor de la convocatoria se procede a transcribir: .... ERSON J 13 de 30 SUNARP ♦ SUNARP SI 1',..-t;:l"-li'.'\ii)!:N( I·\ t. .t.e;1,1,.\1 DE L(•S IH:.C~l:iJ•HtY,; P(ln,;rns ./,,.,~.. - , :-·~v· ... ' f \ t.. '.cf /t., :-::;~ Cf' Esquela de convocatoria: CITACION ......... , .... de ....... del 201 .. . Seiiores: Comuneros de la comunidad nativa ............. . Mediante el presente se cita a todos los comuneros de la Comunidad Nativa ............. a Asamblea General de Elecciones la misma que se realizara: Primera Convocatoria Fecha .............. . Hora .............. . Segunda Convocatoria Fecha .............. . Hora .............. . La referida asamblea se realizara en el Local de la Comunidad Nativa ......... , y cuya agenda a tratar es la siguiente: Elecci6n de la nueva junta directiva para el periodo 20 .... - 20 ... Atentamente, Presidente Junta Directiva (Firma y Sello) Nombres y Apellidos ................................... . De todo lo cual doy fe y declaro para los fines legales correspondientes y en serial de veracidad se ha certificado mi firma . .................................... , ........ de ........................ del 201 ... . (lugar) (dia) (mes) Presidente Junta Directiva (Firma y Sello) Nombres y Apellidos .............................. . ORIGINAL ·Jull:r:i • HERSfJWe 30 eneral SUNARP FORMATO 3 CONSTANCIA SOBRE CONVOCATORIA (ORAL) A LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA Yo, ................................................... {consignar nombre completo),. identificado con D.N.I. N° .................... , con domicilio en .............................................. distrito de ......... - ....................... , provmcIa de ........................ ,departamento de ............................... , en mi condici6n de Presidente de la Junta Directiva de la Comunidad Nativa .............................. , de conformidad con el Reglamento de lnscripciones • del Registro de Personas Jurf dicas No Societarias aprobado por Resoluci6n de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 086-2009 SU NARP-SN DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente: La Asamblea General de la Comunidad Nativa .............................. , llevada a cabo el ... de ...... del 201 .. , ha sido convocada con la formalidad y anticipaci6n prevista en el estatuto comunal, habiendose notificado a los comuneros de forma oral, seg(m las costumbres o derecho consuetudinario de la propia comunidad. Los miembros de la Comunidad Nativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . han tornado conocimiento de la Asamblea General a llevarse a cat)o el dfa .... de .............. del 201 .... , a las ........ (indicar hora exacta), en el local comunal de la comunidad, para tratar la siguiente agenda: ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA para el periodo 201 .... -201 ... De todo lo cual doy fe y declare para los fines legales correspondientes y en serial de veracidad se ha certificado mi firma . .................................... , ........ de ........................ del 201 ... . (lugar) (dfa) (mes) Presidente Junta Directiva (Firma y Sello) Nombres y Apellidos ................................... . FORMAT04 CONSTANCIA SOBRE QUORUM A LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA Yo, ................................................... (consignar nombre completo)., identificado con D.N.I. N° .................... , con domicilio en .............................................. distrito de .................................. , provmcIa de ........................ , departamento de ............................... , en mi condici6n de Pre ~1~~2F~ g ~~iAf>irectiva de la ..... PHERSON J Secretario General 15 de 30 SUNARP :~> I -<< ... ! ·ct Comunidad Nativa ..... .. .. .... ....... . ... ...... , de conformidad con el Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Jur[dicas No Societarias aprobado por Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 086-2009 SUNARP-SN, declaro lo siguiente: a) DECLARO BAJO JU RAMENTO que ... .... .. .. .. .... . ... (indicar numero) es el numero total de comuneros que figuran inscritos en el Libro Padron de Comuneros N° .... , legalizado con fecha .... de ..... . ... del 20 ... . por el . . . . . . . . . . . (indicar el nombre del notario o del Juez de Paz de la comunidad y su cargo), que puede participar con voz y voto en la presente asamblea general. b) DEC LARO BAJO JU RAMENTO que, a la Asamblea General del ..... de ....... .. del 20 .. .. han asistido ..... (indicar numero) comuneros inscritos en dicho cuyos nombres y apellidos son los siguientes: (lndicar el nombre completo de los miembros que asistieron a la asamblea) De todo lo cual doy fe y declaro para los fines legales correspondientes y en serial de veracidad se ha certificado mi firma . ................................... . , .. .. .... de ... .. ................ ... del 201 ... . (lugar) (d[a) (mes) Presidente Junta Directiva (Firma y Sello) Nombres y Apellidos .... .................... .. ..... .... . FORMATO 5 ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE RECONOCIMIENTO En el local . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de la Comunidad Nativa de ..................... .... .... .. .. ...... .... .. ... , ubicada en el distrito de ...... ......... ... .. ... .... ... .. ....... ... ..... . , provincia de .. .. ... .... .... .... ....... ....... . , departamento de .. ............ .... .... .. .. ....... ... , siendo las ...... .... ... horas del d[a de .................. ................ del 20 .... , los comuneros inscritos en el padron comunal de la comunidad, se reunieron en Asamblea General de Reconocimiento convocada por el ultimo presidente elegido no inscrito, Sr. . ............. .. ..... ...... ... ...... .... ....... ... . (consignar nombre completo) en la forma y anticipacion contemplada en el estatuto en . . . . . . . . . . . . .. . (indicar si es primera o segunda) convocatoria, previa verificacion de la concurrencia de los comuneros y quorum reglamentario (numero de Comuneros) para dar inicio a la Asamblea. ♦SUNARP SI 1•;..·~t '-iTi'.\1\)!:Nt ;1:\ !'\,\t;J(!l\,\J l)E I.( i~ Rl~f,):;'}'I{t" l4 ~•( at.) (05 ~ , ; ~. . ., ~ 1!.'1\ ; ~Ji •• ·o, : ·~ "1 • :? El Sr ... ... ......... .. ......... .... en su calidad de ultimo presidente elegido no inscrito, declar6 abierta la Asamblea General de reconocimiento quien luego de pronunciar las palabras de saludo a las asistentes dio lectura a la agenda de la asamblea, siendo esta la siguiente: 1. Reconocimiento de la elecci6n de las Juntas Directivas para las periodos: 201 .... - 201 .. y 201 .... - 201 ... asi coma de las actos celebrados par estos 6r ganos de gobierno dentro del periodo en el cual ejercieron su mandato. A continuaci6n se dio desarrollo de la agenda. DESARROLLO DE LA AGENDA: 1. Reconocimiento de la elecci6n de las juntas directivas para los periodos: 20 ... - 20 ... y 20 ... - 20 ... El jefe de la Comunidad Sr ........ .. ......... ............. (consignar nombre completo) explica a las asistentes de la asamblea que par razones de fuerza mayor no se logro en su momenta inscribir en las Registros Publicos las Juntas Directivas para las periodos: 20 .... - 20 ... y 20 .... - 20 ... , par lo que a fin de regularizar la situaci6n de estos 6rganos de gobierno, solicita someter a consideraci6n de la asamblea el reconocimiento del nombramiento de las directivos elegidos durante las periodos indicados. El jefe de la Comunidad explica que este proceso de regularizaci6n se realiza de conformidad con las articulos 62 y 63 del Reglamento de lnscripciones del Registro de Personas Juridicas no Societarias. Luego de un amplio debate la asamblea general acuerda par unanimidad reconocer la elecci6n de las Juntas Directivas para los periodos: 20 .... - 20 ... y 20 .... - 20 ... asi como los actos celebrados por estos 6rganos de gobierno dentro del periodo en el cual ejercieron su mandate, estando conformados dichos 6rganos par las siguientes directivos: Junta Directiva 20 .... - 20 ... Apellidos y Nombres JEFE (Presidente de la junta directiva): SUBJEFE SECRET ARIO TESORERO DNI N° La referida junta directiva ejerci6 funciones a partir del .... de ... ....... del 20 .. , y concluy6 sus funciones el .... de .. ...... . . del 20 .. . Junta Directiva 20 .... - 20 .. . Apellidos y nombres JEFE (Presidente de la junta directiva): SUBJEFE: SECRET ARIO: ES C p - ll:il/'JAL ""iii ERso;:..; 17 de 30 SUNARP TESORERO: La referida junta directiva ejerci6 funciones a partir del .... de ... ... .... del 20 .. , y concluy6 sus funciones el .... de ........ . . del 20 .. . (OBS: El numero de cargos dependera de lo establecido en el estatuto de la comunidad) La presente asamblea de reconocimiento deja constancia que la regularizaci6n de la elecci6n de la junta directiva para el periodo 20 .... - 20 .. .. se realiz6 en asamblea eleccionaria celebrada el .... de ......... . del 20 .. 1. Asimismo, la regularizaci6n de la elecci6n de la junta directiva para el periodo 20 .. .. - 20 ... se realiz6 en asamblea eleccionaria celebrada el .... de ......... . del 20 .. . No habiendo otro asunto que tratar se dio por finalizada la Asamblea, siendo las . . . . . . horas del mismo dia procediendo a firmar los asistentes en serial de conformidad y aprobaci6n. Apellidos y Nombres D.N.I. N° Firma (Puede suscribir el presidente de la comunidad, el secretario, y quien desarrollo el proceso electoral) FORMATO 6 ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE APROBACl6N DE ESTATUTO Y ELECCl6N DE JUNTA DIRECTIVA En el local . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de la Comunidad Nativa de .... ..... ... ...... ... ........... ... ..... ...... .. , ubicada en el distrito de .......... ................... .............. .. ... , provincia de .. ......... ....................... , departamento de ..... ... .... .... .. ... .... ...... ..... , siendo las ........ ... .. horas del dia de ........... .......... ......... .. .. del 20 .... , los comuneros inscritos en el padr6n comunal de la comunidad, se reunieron en Asamblea General convocada por el Sr. ... ............... .... .. ..... ... .... .. ....... .... .. (consignar nombre completo) quien en su calidad de Jefe de la Comunidad, declar6 abierta la presente asamblea quien luego de pronunciar las palabras de saludo a los asistentes dio lectura a la agenda de la asamblea, siendo esta la siguiente: 1. Aprobaci6n del Estatuto de la E Comunidad Nativa LORIGINAL de 18 de 30 2. Elecci6n de Junta Directiva para el periodo 201 .. .. - 201 ... A continuaci6n se dio desarrollo de la agenda. DESARROLLO DE LA AGENDA: 1. Aprobaci6n del estatuto de la Comunidad Nativa de .......................... . . El jefe de la Comunidad Sr .... ........ . .. . ......... ... .... (consignar nombre completo) explica a los asistentes de la asamblea que por razones de fuerza mayor al momento de inscribir en los Registros Publicos la Comunidad Nativa de ............ .. .. ............ . no se logr6 inscribir oportunamente el estatuto comunal, por lo que a fin de regularizar la inscripci6n de este acto, solicita someter a consideraci6n de la asamblea la aprobaci6n de un estatuto que permita regular de la mejor manera la vida institucional y el funcionamiento de la comunidad. Luego de un amplio debate la asamblea general acuerda por unanimidad aprobar el estatuto de la Comunidad Nativa de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . en los siguientes terminos: (Transcribir el estatuto comunal aprobado en la asqmblea) 2. Elecci6n de junta directiva para el periodo 201 ... - 201 ... Seguidamente el Jefe de la Comunidad .......... ...... ......... explica que es necesario contar con una junta directiva que se encargue del gobierno y la administraci6n de la comunidad, y dado que al momento de inscribir en los Registros Publicos la Comunidad Nativa de ... .. .. .. ...... ... .. .. .... . .. tampoco se logr6 inscribir dicho acto, propone someter a consideraci6n de la asamblea el segundo punto de agenda. Luego de un amplio debate la asamblea acuerda por unanimidad realizar la elecci6n de la Junta Directiva para el periodo 201 ... - 201 ... A continuaci6n solicitan al Sr.· Presidente que dirija la asamblea, de esta manera el Sr. . ... .. ... ....... . . (consignar nombre completo) solicita a todos los asistentes presentar propuestas para la elecci6n de la Junta Directiva periodo 201. .. . - 201... que entrara en funciones a partir del .... de ........ .. del 201 .. . Luego de un debate entre los miembros integrantes de la asamblea se presenta la candidatura por cargos2 (se puede presentar tambien la candidatura por listas, o por cualquier otro mecanismo que tradicionalmente se utilice en la comunidad), quedando de la siguiente manera: 2 Se puede tambien presentar la candidatura par listas o por cualquier otro mecanismo que tradicionamente use la comunidad. E RIGINAL ""j"ij ••• • !J!l,-f'fTVl;I~ -HERSON §!!N~flf3 fg/ 19 de 30 Elecci6n de JEFE (presidente de la junta directiva) Se presentaron los siguientes candidatos: 1. ·········································DNIN° ....•••••••••••••• 2 .......................................... DNI N° ................. . 3 .......... ········· ····· · ············ ....• DNI N° •••••• •••••••••••• Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .... votos (o por unanimidad) como JEFE (presidente de la junta directiva) el Sr ................................ . Elecci6n de SUBJEFE Se presentaron los siguientes candidatos: 7. ·················· ....................... DNI N° ·····•·••••••·•••• 8 .......................................... DNI N° ................. . 9 .......................................... DNI N° ................. . Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .... votos (o por unanimidad) como SUBJEFE al Sr ................................ . Elecci6n de SECRETARIO Se presentaron los siguientes candidatos: 1. ·········································DNIN° ....••.••••••••••• 2 .......................................... DNI N° ................. . 3 .......................................... DNI N° ...... ······ ..... . Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .... votos (o por unanimidad) como SECRETARIO el Sr ................................ . Elecci6n de TESORERO Se presentaron los siguientes candidatos: 1. ·········································DNIN° ................. . 2 ...................... ······ .............. DNI N° ................. . 3. ·················•··•••··•••••••••••••••• DNI N° •••••••••••••••••• Se discute y procede a votaci6n, siendo elegido por .... votos (o por unanimidad) como SECRETARIO el Sr ................................ . (OBS: El numero de cargos dependerc, de lo establecido en el estatuto de la comunidad) En consecuencia, de acuerdo con las votaciones realizadas en la presenten asamblea, la junta directiva de la Comunidad Nativa ................................ . queda conformada de la siguiente manera: I RP RSON 20 de 30 JUNTA DIRECTIVA DE LA COMUNIDAD NATIVA ............ PARA EL PERIODO 201... -201 ... Apellidos y nombres JEFE (Presidente de la junta directiva) SUBJEFE SECRE'J:ARIO TESORERO No habiendo otro asunto que tratar se dio por finalizada la Asamblea, siendo las . . . . . . horas del mismo dia procediendo a firmar los asistentes en serial de conformidad y aprobaci6n. Apellidos y Nombres D.N.I. N° Firma (OBS: Puede suscribir el presidente de la comunidad, el secretario, y quien desarrollo el proceso electoral) OBS: El siguiente modelo contiene algunos temas que facilitaran la aprobaci6n del estatuto de cada comunidad. Sin embargo, ninguno de sus articulos es de uso obligatorio. Por tanto, dado que se tratan de recomendaciones, su valor es solo referencial. Esta propuesta puede adecuarse o modificarse segun la el derecho consuetudinario de cada comunidad nativa. MODELO DE ESTATUTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- La Comunidad Nativa reconocida se denomina " ...... .... . " esta conformada por personas naturales que se someten a las normas del presente estatuto, a la Ley de Comunidades Nativas, Decreto Ley N° 22175 y su reglamento, el Convenio sobre Pueblos lndigenas y Tribales en Paises lndependientes N° 169 de la Organizaci6n Internacional del Trabajo - OIT, aprobado por Resoluci6n Legislativa N° 26253, la Declaraci6n de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indigenas, la Constituci6n Politica del Peru y demas disposiciones sobre la materia. 21 de 30 .. Articulo 2. La Comunidad Nativa tiene duracion indefinida. Esta asentada en la cuenca . . . . . . . . . del distrito de la provincia y departamento de ............... , de acuerdo con lo establecido en la resolucion administrativa de reconocimiento. TITULO II DE LOS FINES Y FUNCIONES DE LA COMUNIDAD: Articulo 3.- La Comunidad Nativa en el desarrollo de su vida institucional se rige por los siguientes principios: a) Conservacion y difusion de los valores, costumbres y tradiciones propias de la comunidad. b) Defensa de los intereses comunales c) Desarrollo pleno de sus miembros acorde con su condicion y dignidad de personas. d) lgualdad de derechos y obligaciones de los comuneros. e) Participacion plena de sus miembros en la vida comunal. f) Solidaridad, reciprocidad y ayuda mutua entre los comuneros. g) Defensa del equilibrio ecologico, preservacion y manejo racional de los recursos naturales. h) Otros principios que se ajusten a sus costumbres o derecho consuetudinario Articulo 4.- Son funciones de la Comunidad Nativa: a) Formular y ejecutar sus planes y programas de desarrollo en los diferentes campos o aspectos de la vida comunal, promoviendo la participacion de los comuneros. b) Regular, entre sus miembros, el acceso al uso de la tierra y de otros recursos naturales. c) Organizar el regimen de trabajo de sus miembros para las actividades comunales y familiares que contribuyan al mejor aprovechamiento de su patrimonio. d) Coordinar con instituciones estatales y privadas la ejecucion de programas de desarrollo dentro del ambito territorial de la comunidad. e) Difundir, coordinar y apoyar el desarrollo de sus actividades culturales, cfvicas, sociales y otras de caracter autentico de la comunidad. f) En general, realizar cualquier actividad contribuya al logro de los objetivos de la comunidad. TITULO Ill DE LOS COMUNEROS DE LA COMUNIDAD NATIVA Articulo 5.- Son miembros integrantes de la Comunidad Nativa: a) Los que hayan nacido en el seno de la comunidad (hombre o mujer) y que residan en la comunidad en forma permanente. b) Aquellos que hayan sido incorporados a la comunidad por decision de la asamblea general de la comunidad, observando los requisitos previsto en este estatuto. La incorporacion en la comunidad y, por lo tanto, en el Padron Comunal sera acordada por asamblea general, para cuyo efecto se requerira de la asistencia O /G/NAL ............. •· ·soN JU M Se 22 de 30 SUNA P como minimo del ... % de los comuneros y el voto aprobatorio de presentes.3 % de los Articulo 6.- Constituyen requisitos indispensables y concurrentes para la inscripcion de un comunero en el padron de comuneros de la comunidad, los siguientes: a) Haber nacido en la comunidad o haber sido incorporado como miembro de la Comunidad. b) Residir en forma estable en la Comunidad Nativa. c) Otros segun su derecho consuetudinario. En el presente estatuto, cada vez que se refiera o mencione a "comunero" o "comuneros" solo se comprende a aquellos inscritos en el padron de comuneros de la comunidad. Articulo 7.- Se pierde la condicion de comunero en los siguientes casos: a) Por renuncia voluntaria puesta en conocimiento de la asamblea general. b) Por fallecimiento. c) Por residir fuera del territorio comunal por mas de .......... meses consecutivos, sin razon ni justificacion valida. d) Por estar inscrito en otro padron comunal. e) Por exclusion acordada por la asamblea general, entre otros, por los siguientes casos: e.1) lncumplir las obligaciones contraidas con la Comunidad Nativa. e.2) Actuar contra los intereses de la misma. e.3) Por cometerse infraccion grave. Articulo 8.- La declaracion de perdida de la condicion de comuneros sera acordada por asamblea general, para cuyo efecto se requerira de la asistencia como minimo del ... % de los comuneros y el voto aprobatorio de ....... % de los presentes. 4 Articulo 9.- Todos los Comuneros deben estar debidamente inscritos en el "Padron de Comuneros". En el registro de cada Comunero se dejara constancia de los siguientes datos: a) Nombres y apellidos completos. c) Estado civil d) Ocupaci6n o actividad. e) Documento Nacional de ldentidad en el caso de contarlo. f) Fecha de Nacimiento. g) Cargo o representaci6n que ejerce en la Comunidad. h) Fecha de incorporaci6n. I) Fecha de exclusion. 3 En lugar del seiialar "voto aprobatorio de ,% de los presentes", de acuerdo a las costumbres o derecho consuetudinario de la comunidad, esta puede optar por indicar por ejemplo: • voto aprobatorio de la mayoria de los presentes (mayoria simple)" o "el voto unimime de todos los presentes•. 4 En lugar del seiialar "voto aprobatorio de ,% de los presentes", la comunidad, de acuerdo a sus costumbres o derecho consuetudinario, puede optar por indicar por ejemplo: • voto aprobatorio de la mayoria de los presentes (mayoria simple)". 23 de 30 m) Motivo de exclusion. n) Firma del Comunero N) Fecha. Articulo 10.- Son derechos de los comuneros: a) Elegir y ser elegido para los cargos directivos. b) lnterv~nir con voz y voto en las asambleas comunales. c) Presentar ante las autoridades comunales, las iniciativas y planes que juzguen adecuados para la mejor marcha de la comunidad. d) Solicitar y recibir informes sabre la gesti6n y el desenvolvimiento de las actividades de la junta directiva. e) Solicitar a la junta directiva, cuando sea necesario, la convocatoria a asamblea general. f) Otros segun el derecho consuetudinario de la comunidad. Articulo 11 .- Son obligaciones de los comuneros: a) Cumplir con lo establecido en el estatuto y con las acuerdos adoptados en la asamblea general. b) Asistir a las asambleas, reuniones y trabajos comunales que se convoquen. c) Participar activamente en forma regular en las activic:Lades de la comunidad. d) Emitir su voto en las elecciones comunales. e) Aceptar los cargos que se le asignen. f) Denunciar ante la junta directiva o ante la asamblea general cualquier acto negative o perjudicial que atente contra la organizaci6n comunal. g) Proteger y defender los bienes de la comunidad. h) Otros segun el derecho consuetudinario de la comunidad. Las sanciones de amonestaci6n seran impuestas por la junta directiva y las demas sanciones par acuerdo de la asamblea general, teniendo en consideraci6n lo regulado en el derecho consuetudinario de la comunidad. TITULO IV DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD NATIVA Articulo 12.- Constituyen 6rganos de gobierno de la comunidad: La asamblea general, La junta directiva. Articulo 13.- La asamblea general es el 6rgano maximo de la comunidad que decide sobre los asuntos propios de su competencia. Esta compuesta por todos las comuneros inscritos en el padr6n de comuneros. Sus acuerdos tienen el caracter de obligatorio para todos sus miembros, incluso los que no participan en la asamblea. Articulo 14.- La asamblea general se realiza con la frecuencia que establezca el derecho consuetudinario de la comunidad. Asimismo, se reune para la elecci6n de la nueva junta directiva. I SUNARP ·soN 24 de 30 ♦SUNARP Ii i l ' l•·~l'-<Ti<'\ii)l·r-,.t :1-\ l\;,\C;l(J!'\i,\i n r-: LP ~ In:J 11:i"J"Itt ·1;; p(im :r.os ·, , t•, ,, V ~~\~ . ~ g;~ ~~\.,\, . /. -~~~;: ~~~$~:J' La convocatoria a asamblea general se efectua por jefe de la comunidad. El subjefe efectuara la convocatoria en caso de ausencia o impedimenta del jefe. En caso el jefe o subjefe se nieguen o no puedan efectuar la convocatoria a asamblea general y la petici6n de convocatoria este ajustada al derecho consuetudinario de la comunidad, podran formular la convocatoria el % de los comuneros. Articulo 15.- La convocatoria a las asambleas se realizara de manera oral de acuerdo .a las costumbres de la comunidad, indicando la fecha serialada para la asamblea, el lugar, dia, hora y temas a tratar en la asamblea. Articulo 16.- La asamblea general requiere la asistencia de por lo menos la mitad mas uno de los comuneros. En segunda convocatoria requiere la asistencia del % de los comuneros. Los acuerdos requieren el voto aprobatorio de ... .... % de los presentes. Para disponer, gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto sobre las tierras comunales, se requerira de la asistencia de por lo menos los dos tercios de todos los comuneros y el acuerdo corresponde adoptarse con el voto conforme de no menos de los dos tercios de todos los comuneros. Articulo 17.- Corresponde a la asamblea general: a) Elegir a los miembros de la junta directiva. b) Decidir la incorporaci6n de comuneros a la comunidad o declaraci6n de la perdida de la condici6n de comuneros. c) Decidir cualquier controversia sobre la inscripci6n de los comuneros en el padr6n comunal. d) Disponer, gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto sobre las tierras comunales. e) Aprobaci6n y Modificaci6n de estatutos . f) Resolver cualquier asunto que se somete a su competencia. Articulo 18.- Los acuerdos de las asambleas generales constaran en el libro de actas de la comunidad. Articulo 19.- La junta directiva es el 6rgano responsable del gobiemo, administraci6n y representaci6n legal de la comunidad nativa. Esta constituida por los cuatros integrantes: jefe, subjefe, secretario y tesorero.5 Sus funciones seran las siguientes: a) El jefe de la comunidad es la autoridad maxima de la junta directiva y representante legal de la comunidad. Es el encargado de convocar y dirigir las reuniones de la junta directiva y las asambleas generales. b) El subjefe o vicepresidente reemplazara al presidente en caso de ausencia o impedimento (sea justificada o no). c) El secretario es el encargado de conducir, conservar y actualizar el libro de actas, el padr6n de comuneros y otros documentos de la comunidad, suscribiendo conjuntamente con el jefe, los documentos de tramite administrative. 5 De acuerdo al derecho consuetudinario de la cornunidad, puede incorporarse otros cargos dentro de la junta directiva y asignarles otras denorninaciones. 25 de 30 d) El tesorero es el responsable del manejo y conservacion de los fondos y libros contables de la comunidad, suscribiendo los documentos contables conjuntamente con el jefe.6 Articulo 20.- Los miembros de la junta directiva seran elegidos para un periodo de .. .. arias. Vencido el periodo de funciones, continuara en sus funciones hasta la eleccion de la nueva junta directiva. En este ultimo supuesto, la junta directiva no podra convocar a asamblea general ni realizar actos analogos o conexos que tenga por objeto evaluar y/o decidir la disposici6n, gravamen, arrendamiento o cualquier otro acto sabre las tierras comunales ni la suscripci6n de convenios o contratos con empresas u otros particulares. Articulo 21.- Para ser miembro de la junta directiva se requiere: a) Estar inscrito en el padr6n de comuneros de la comunidad. b) Gozar de todos los derechos al interior de la comunidad. Articulo 22.- La junta directiva real izara sus reuniones cuando lo solicite el jefe de la Comunidad o dos miembros de la junta. Articulo 23.- La convocatoria a la junta directiva • sera efectuada oralmente, avisando con la anticipaci6n necesaria la fecha para la reunion, el lugar, df a, hara y temas a tratar, de acuerdo con el derecho consuetudinario de la comunidad nativa. No sera necesaria la convocatoria cuando todos los integrantes de la junta directiva esten presentes y acuerden celebrar la reunion sin aviso previo. Articulo 24.- Para el inicio de la sesion de Junta directiva (quorum) se requiere la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros. El subjefe solo asistira a las sesiones que requieran su presencia, de acuerdo con sus funciones. Los acuerdos de la junta directiva se adoptaran por mayoria simple. El jefe tiene voto dirimente en caso de empate en la votaci6n. Articulo 25.- Los acuerdos adoptados en la sesi6n de la junta directiva deberan ser consignados en el acta que se extendera en el libro de actas de sesiones de junta directiva. El acta debe estar firmada por el presidente y el secretario. Articulo 26.- Corresponde a la junta directiva: a) Ejercer la representacion legal de la comunidad por medio del jefe de la comunidad. b) Realizar los actos de administraci6n de la comunidad. c) Convocar a asambleas generales y a elecciones de junta directiva, a traves del jefe de la comunidad d) Presentar a la asamblea general los resultados de su gesti6n. e) Proponer a la asamblea general todos los demas asuntos que requieren ser adoptados por dicho 6rgano supremo, por interes comun de la comunidad. 6 Puede incorporarse otras funciones, que se ajusten al derecho consuetudinario de la comunidad nativa. /GJNAL 26 de 30 h) Velar por la seguridad e integridad del patrimonio cultural, social, econ6mico y territorial de la Comunidad. i) Otras que asigne la asamblea general. TITULOV DE LAS ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Articulo 27.- La elecci6n de los miembros de la junta directiva se efectuara en asamblea general. Articulo 28.- Para llevar a cabo la elecci6n de la junta directiva, la asamblea general convocada para tal fin debera contar con la asistencia del .... % como minimo del total de comuneros. Articulo 29.- La elecci6n de los integrantes de la junta directiva, se efectuara bajo las siguientes reglas7 : ► ► ► ► El Jefe de la comunidad preside la asamblea general. El Jefe de la comunidad verificara que se cuente con la asistencia de numero minimo de comuneros inscritos en el padr6n comunal para iniciar la asamblea general. Verificada la asistencia minima del numero de comuneros requeridos dara inici6 a la asamblea general, que designara al comunero o comuneros que desarrollara el proceso electoral. El comunero o comuneros que desarrollaran el proceso electoral solicitara a la asamblea las propuestas de los candidatos para la elecci6n de nueva junta directiva. Establecidos los candidatos, cada comunero emitira su voto Efectuado el conteo de los votos, se proclamara a la nueva junta directiva, publicitandolo a traves de carteles u otros medias id6neos. Estas reglas seran complementadas en funci6n al derecho consuetudinario de la comunidad. TITULOVI DEL PATRIMONIO ECONOMICO Y REGIMEN ECONOMICO: Articulo 30.- El patrimonio de la comunidad se constituye por: a) El territorio cuyo dominio ejercen. b) Las edificaciones y obras realizadas por la comunidad dentro de su territorio. c) Las instalaciones, muebles, maquinarias, herramientas, medios de transporte de uso comun y otros. d) Las donaciones y otros ingresos recibidos. e) Los aportes de los comuneros. f) Todo aquello que haya sido adquirido en las fonnas permitidas por la Ley. 7 Estas reglas seran complementadas en funci6n al derecho consuetudinario de la comunidad. ORIGINAL 27 de 30 •••• PHERSON J A •ltftM'l.l"'lf'I ral SUNARP .. Articulo 31.- La propiedad sobre las tierras es de caracter colectivo, comunal y su utilizacion se realizara de acuerdo con los intereses y bienestar comun de sus miembros, en el marco de derechos de los pueblos indf genas y a la legislacion especial sobre la materia. DISPOSICIONES FINALES: PRIMERA: Todo lo no previsto en el presente estatuto y la interpretacion del contenido del estatuto sera resuelto por la asamblea general segun el derecho consuetudinario de la comunidad. El presente estatuto entrara en vigencia a partir de su aprobacion por la Asamblea General de la Comunidad y sera publica a partir de la fecha de su inscripcion en los Registros Publicos. SEGUNDA: La primera junta directiva, luego de la aprobacion del estatuto, queda conformada de la siguiente manera: JEFE DE LA COMUNIDAD: VICE PRESIDENTE SECRET ARIO: TESORERO: VI. GLOSARIO DE TERMINOS ACTA: El acta es un instrumento (documento) donde se transcribe las sesiones de la asamblea general o de la junta directiva. Se recogen aquellos datos identificativos de la sesion, asf como su instalacion, desarrollo y conclusion . ASAMBLEA GENERAL DE LA COMUNIDAD NATIVA: La Asamblea General es el organo maximo de la Comunidad Nativa y esta constituida por todos los comuneros debidamente inscritos en el Padron de Comuneros. La modalidad de tomar decisiones al interior de la asamblea se regira de acuerdo con los usos y costumbres de la comunidad, que estaran recogidas en el estatuto. ASAMBLEA UNIVERSAL: La asamblea es universal cuando asisten a la misma todos los comuneros debidamente inscritos en el Padron de Comuneros. CONVOCA TORIA: Es el acto por el cual se cita a todos los miembros de la comunidad para asistir a asamblea. Se realiza con las formalidades previstas en la ley, el estatuto o norma equivalente, pudiendo ser efectuada por el Presidente de la Junta Directiva de la Comunidad o por un organo colegiado. COMITE ELECTORAL: Es un organo integrado por varios miembros de la Comunidad que tiene a su cargo la organizacion, direccion y supervision de las elecciones de la Junta Directiva de la Comunidad, siempre que este contemplado su actuacion en el estatuto de la comunidad. 28 de 30 COMUNEROS: Son las personas que se encuentran inscritas en el Padron de Comuneros come miembros de la comunidad. COMUNIDAD NATIVA: Las Comunidades Nativas tienen origen en los grupos tribales de la Selva y Ceja de Selva y estan constituidas por conjuntos de familias vinculadas por los siguientes elementos principales: idioma o dialecto, caracteres culturale.s y sociales, tenencia y usufructo comun y permanente de un mismo territorio, con asentamiento nucleado o disperse. ESTATUTO: Es el conjunto de normas que determinan la estructura interna de la Comunidad. Contienen los derechos, las obligaciones y, de considerarlo pertinente, las sanciones que se aplicaran a todos los Comuneros asi come las reglas que sustentaran la mejor forma de vida come institucion. EXCLUSION: Es la acci6n por la cual la asamblea general decide expulsar o echar a un comunero de la propia comunidad por haber incurrido en alguna de las faltas prevista en el estatuto comunal. FEDATARIO: El fedatario tiene come labor personalisima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta ultima para su empleo en los procedimientos de la entidad de la que forma parte. Tambien puede, a pedido de los administrados, certificar firmas previa verificacion de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario. Cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepci6n documental, quienes, sin exclusion de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados. Los Registros Publicos cuentan con fedatarios. JUEZ DE PAZ LETRADO: Son quienes presiden los Juzgados de Paz Letrados. Entre otras funciones legalizan las firmas de un documento cuando el otorgante lo solicite y lo muestre ante el, o da fe sobre un documento, por ejemplo en el caso de las constancias de quorum y convocatoria, o las actas de una asamblea general de una comunidad nativa. De acuerdo con el articulo 58 de la Ley Organica del Peder Judicial el Juez de Paz realizara la funcion anterior cuando el notario Publico de la ciudad este ausente por mas de 15 dias, no exista un notario por vacancia o cuando exista un notario pero a mas de 1 O km de la ciudad. JUNTA DIRECTIVA DE LA COMUNIDAD NATIVA: La Junta directiva es el 6rgano responsable del gobiemo y de administracion de la Comunidad Nativa. Esta constituida por directivos que son elegidos entre los miembros de la Comunidad y el ejercicio del cargo es temporal. LIBRO DE ACTAS: Es el libro que deben llevar las Comunidades Nativas para registrar en el las actas de las sesiones de las Asambleas Generales y de las Juntas Directivas. MAYORIA: Se entiende por mayoria al ..sistema de votaci6n mediante el cual se aprueban decisiones en el seno de la asambli:'s 88p)~~L'bfte0~JM~la directiva. En ··:r ERSON al 29 de 30 SUNARP funcion de los usos y costumbres de la comunidad, esta podra contemplar en el estatuto una mayoria simple, absoluta o cualificada. Sera mayoria simple cuando se requiere, para aprobar una decision, mas votos a favor de los que son en contra. Sera mayoria absoluta cuando se requiera mas de la mitad de los votos de los miembros que componen el 6rgano en cuesti6n para aprobar una decision. Sera mayoria calificada cuando se requieren mas votos o mas requisites que en una mayoria absoluta para aprobar una decision a traves de porcentajes (Ej. el voto a favor del-70%, 75% o 80% de los comuneros, etc.) NOTARIO: El notario es el profesional del derecho encargado, por delegacion del Estado, de una funcion publica consistente en recibir y dar forma a la voluntad de las partes, redacta los instrumentos adecuados a ese fin, les confiere autenticidad, conserva los originates y expide traslados que dan fe de su contenido. Su funcion tambien comprende la comprobacion de hechos y la tramitacion de asuntos no contenciosos previstos en las leyes de la materia. OFICINA RECEPTORA: Las oficinas receptoras son unidades desconcentradas de una Zona Registral ubicadas en puntos estrategicos a fin de facilitar el acceso a los servicios registrales a los sectores mas alejados de la ciudad. Su objetivo primordial es recabar las solicitudes de inscripcion y de publicidad de los titulos. PADRON DE COMUNEROS: Es el registro de todos los comuneros y comuneras , .,.,.. , que pertenecen a la Comunidad. Permite conocer no solo el numero de los ~~;~:'-miembros de la comunidad sino tambien identificarlos. t s7.Ji..,.""t \ ,,., .! i ;l--; t ~ iifibu6RUM: Es la proporcion o el numero de asistentes que se requiere para que ~: 0 .~~tP una sesion de un organo colegiado (Ej. Asamblea General, Junta Directiva, etc.) se instate validamente. REGISTROS PUBLICOS: La Superintendencia Nacional de los Registros Publicos SUNARP, es la entidad del Estado que se encarga de registrar las propiedades, los hechos y actos mas importantes relacionados con el funcionamiento de las personas juridicas. HE/ja 30 de 30