跳到主要内容
Nelum
秘鲁的法律

Resolución Nº 123-2012-PRODUCE ─ Convenio de cumplimiento del Reglamento de ordenamiento pesquero de las actividades extractivas artesanales en el departamento de Tumbes

颁布于 2012-03-15 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

research.laws.repealedOn

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, marine fishes, artisanal fisheries, fishing area, research, access right, fishing gear/fishing method, inspection, contracts, fishery management and conservation, aquatic animals

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. en anexc adjunto forma parte integrante de ta presente Resojucic n Ministe rial. Articul o 2".- Los Duectcres '1 Jefes de los 6rganos del Ministerio de Cultura son respensables del cumplimiento de las metas e indicadores a que nace rererenca er articulo precedente . Art iculo 3°, La Olicina General de Planeamiento y Presupuestc es er 6rgano respensable de consoed ar ta mrcrmacon y realizar el seguimienlo y evafuac cn ccrresccne ente a ta Matriz aprobada per la presente Resoluci6n Ministerial. A rt iculo 4°. Publiquese la presente Resoluci6n Ministerial en er Dialie Oficial EI Perua no y er anexo integrante de la misma en el Portal Instilucional del Mlnistelie de Cullura /wwwmcu!tura gob oe>. Registrese. c:omuniquese '1 publiquese LUIS ALBERTO PEIRANO FAlCONI Ministro de Cullura 765463-4 INTERIOR Designan representantes de la PNP ante el Grupe de Trabajo Multisectorial que constituye la Secci6n Nacional Peruana de la Comisi6n Binacional Peru - Ecuador de Lucha contra el Contrabando RESOLUCI6N MINISTERIAL N" 0203 ·2012 -INIPNP Lima, 16 de marzo de 2012 CONSIOERANDO' Que. mediante Resolu06n Ministerial N° 235-200S PCM del 27 de mayo de 2009 . se erea el Grupe de Trabajo Multised orial que consmwe la sececo Nacional Peruana de la Comisi6n aoee coet Peru-Ecuador de Lucha contra erContrabancc. er mismo que tendril como funciones brindar la informaci6n nac cnat que resune necesana para cumplir con los cejeevce y requerimientos de la Comisi6n amacrcnet as! como delin ir la posici6n peruan a con relacion al desarrollo de los temas que se Iraten y los acuerdos que sa adoplen en las reumones de la menCionada c cmeien Bmaconal: Que. er art iculo 2° de ta cilada aescwcicn Ministerial. dispone que e! Grupe de Trabajo Multisectorial en mencon, este integrado entre otros, por un represe ntante de ta Pcncre Nacionat del Peru: Que. de acuerdo al dispositivo legal anles mencrcneoc. resutta necesa ria la designaci6n de lOS recreeeoteotee de la Policia NaCional del Peru : De conformidad con ra Ley W29158. Ley Org<'l nica del Poder Ejecutivo ; la Ley W 29334 - ley de Organiza con y Funciones del Minislerio de l Inlerior y el Reglamento de OrganiZaci6n y Funciones del Ministerio de Interior. aprobado mediante Decre to Supremo NO 004-2oo5-IN. modificado per el Decreto Supremo NO oo3-2007- IN SE RESUELVE: Arti culo 1°. Designar al Jefe de la Divisi6n de Inveshgaci6n de Delilos Aduaneros (DIVIDA) como Represenlante Titular de la Policia Nacional del Peru, ante el Grupe de TrabajO Multised:orial que constduye la Secci6n Nacional Peruana de la Comisi6n Binacional PerU-Ecuador de Lucha contra el Contrabando . Articulo 2".- DeSignar al Jefe del Departamento de Investigaci6n de los Delitos de Defraudaci6n de Rentas de Aduanas y Conexos (DEPIDRACj como Repl'esenla nte Memo de La Policla Nacional del Peru ante el Grupe de 3 r recejc Multisectorial que constituye la Seccicn Nacional peruana de la Comisi6n Binaciona l Peru-Ecuador de Lucha contra el c cetracendo. Art iculo 3°, Dispone r la publicaci6n de la presente resolucicn en er Diario Qficial EI Peruano y se haga de conocimiento del Presidente del Grupe de Trabajo Multisedorial y de las personas que ocupan los cargos menccoaocs en los aruculosprecedentes Reqlsnese. comuniquese y publiQuese DANIEL E. LOZADA CASAPlA Ministro de l lntelier 765508-1 PRODUCE Aprueban Modelo d e Convenlo de Flel y Cabalcumpllmientodelasdisposiciones contenidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor Escal a d el ambit o maritimo adyacente al departamento de Tumbes RESOLUCI6N MINISTERIAL N·123-2012-PRODUCE lima. 15 de marzo de 2012 Vl STOS el OIicio N" 246-2012JGOB REG,TUMBE5 ORP-DR delS de febrero de 2012 de la Direcci6n Regional de La Producc:i6n del Gobiemo Regional de Tumbes; el Informe DIF-00533-2012-PRODUCElDIF-prodrigu ez del 5 de marzo de 2012 de Ia Direcci6n General de Seguimiento, Control y VlQilancia: y. el Informe N" 018 2012·PRODUCEfOGAJ-cfva del 8 de marzo de 2012 de ta Qficina Gene ral de Asesorta Jurid ica: y, CONSIDERA NOO: Que .etarticulo 2" de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N" 25977, estab lece que los recursos hidrob iol6gicos contenidos en las aguas jurisdiccio nales del Peru son patrimonio de la Naci6n, co rreeponde ndc a! Estado regular el manejo integral y la explc tacicn racional de dichos recursos. corecerancc Que ra actividad pesquera es de interes nacionaf: Que, et articulo 9" de la cnaoa Ley. estaeiece que er Minister io de la Producci6n . score la base de evidencias cleounces dispon ibles y de tactcres eocoeconorucce. ceterrrsnara. seauo et ucc de pesquertas. los sistemas de ordenamiento pesquero. las cuotas de cecwre perrnisible. las temporadas y zonas de pesca , la regul aci6n del esfuerzo pesquero. los metcoos de pesca. las tallas minimas de capture '1 demas normas Que requjeran la preservaci6n y explctaccn racional de los recursos hidrobiol6gicos: ademils, Que los derechos administratlvos otorgados se sUJetan a las med idas de ordena miento Que med iante d ispositivo legal de car<'lcter general d icta el Mlnisterio: Que . mediante Decreto Supremo N° 020-2011 PRODUCE , se aprob6 el Reg lamenlo de Ordenamiento PesQuero de las Acti vidad es Extractivas Arte sana les y de Me nor Esca la de l ambi to ma rit imo adyacente al departamento de Tumbes. es tableciendose en la Sellta Disposici6 n Trans iloria y Final Que los armad ores de las emba rcaciones pesqueras arte sanales con rede s de cerce '1 de menor esca la con red es de cerce y arrastre de fondo y med ia agua . que cumplan con 10 d ispuesto en d icM Reglamento. deberan suscribi r en el plazo que se establez ca por Reso luci6n Ministe rial, un conven io de cabal y fiel cumplimien to con la Direcc i6n Reg ional de la Producc i6n de l Gob ierno Reg iona l de Tumbes, cuyo modelo sera aprobado REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL mediante Rescluccn Ministe rial, e l cual tendra una vigencia de un al'lo , reocvatne. para que puedan opetar en el ambito maritimo adyacente a! departamento de Tumbes , debiendo senatar aeemas un representante y su domicil io real 0 procesal centre de la jurisdi cci6n del Gobierno Regional de Tumbes: Que , la eeeeeen General de Seguimiento, Control y V'9ilancia . ccosoerarcc ta propuesta de la Direcci6n Regional de 13 Produa:i6rl del Gobiemo Regional de Tumbas remlilda con et 0fIci0 de VlStOS, ha ceeseeteec para su aprobaei6n er modelo de Convenio de lie l Y cabal cumplimiento de las oecceeeres contenidas en eI Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Adividades ExtradivasArtesanales y de Menor Esca13del ambito maritlmo adyacente at departamento de 'rurrees. aprobado por Decreto Supremo N" 020-201 1-PROOUCE; Que , de accerec a 10dispueslo en las normas ctecae. resuea necesario acrobar er mcceic de Convenio de Fiel Y Cabal cumplimiento de las dispasiOOnes contencas en et Reglamento de Ordenamiento Pesc uerc de las Actividades Extract ivas Artesanales y de Menor Escala del ambito maritimo adyacente a! departamento de Tumbes y establecer el plazo para la susCtipd6n de dicho Convenio: Con er visado de la Vk;emin istra de Pesquerta y de los Directores Generales de Ia Direcci6n Genera l de Seguimiento. Control y Vig ilancia y de ta Oficina General de Asesorla Jurldica: y. De con formid ad con las disposiciones cont enida s en la ley General de Pesca - Decreto ley N" 25977, su Reglamento aprobado par Decreto Sup remo N" 012-2001 PE, el Reglame nto de Ordenamiento Pesquem de las Actividades ElltradivasArtesanales y de Menor Escata del ambito mentsnc adyacente al departamento de Tumbas, acreeeec par Decreto sccreeo N" 020-2011 ·PRODUCE, asi como en elercic:io de las atribuciones conleridas par el Decreto legislativo N° 1047. ley de Organizaei6n y Funciones del MlnlSterio de la Producci6n; 4 SE RESUElVE: Articulo 1.· Aprobar eI modelo de Convenio de Fie! y Cabal cur'flllimienio de las cecceccoes CXlntenidas en e! Reglamento de Ordenamiento Pesq oero de las Acbvidades Extradivas Artesanales y de Menor Escala del arrt1to maritiTlo adyacente al depart<mento de Tumbes. aprobado par Deaeto Suprem::l NO 020-2011-PRODUCE. que enanexo formaparte inlegrante de la presente ResoUci6n MniSterial , Articulo z-Lce tltulares 0 representantes legales de las erearceocoes pesquefas artesanales con redes de cerco y de menor escaa con redes de cerco. arresee de fondo y media agua . que~n con 10 dispuesto en et referido Reglamento de Ordenamiento seecoee. deber3n suscrbir el Convenio a que se rerere al articulo oeceoeote.dentro de las setenta Ydos (72) heras conIadas a partir de la IlstalaciOn del Sistema de 5eguimlE!ntoSatelrtal - SISESAT. Articulo 3.- Disponer ta publieacion de la presente Resoluci6n Ministerial en el Diario Oficial Et Peruano . asi como en e! Portal Inst~ucional del Ministerio de ta Producci6n (wtffl produce gob cei Reg lstrese. comuniquese y publiq uese. JOSE URQU IZO MAGGIA Ministro de la Prccucccn A NEXO CONVEN IO DE FIEL Y CA BA L CUMPLIMIENTQ DE LAS DISPO SICIONES CON TEN IDAS EN EL REGLAMENTO DE ORDENAMIENTO PESQUERO DE LA S ACTlVlDADES EXTRACTIVAS ARTESAN ALES Y DE MEN OR ESCALA DEL A MBITO MARiTIMO ADYACENTE AL DEPARTAMENTO DE TUMBES, A PROBADQ POR DECRETO SUPREMO N° 020-2011-PRODUCE Conste por et presente documento. el Convenio de Fiel y Cabal Cumphtrllento de las disposiciones comencas en el Reqlamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades sxtracnvas Artesanates 'I de Menor Escala del ambito marit imo adyacente al departamento de Tumbes , aprobado por Decreto Supremo N' 02G-2011-PRODUCE, que celebran de una parte ra Direcci6n Regional de ta Producci6n del Gobierno Regional de Tumbes, con RUC N' 20484174009, con domicilio en el Proyectc Binacional Puyanqo-Tumbes . Panamericana Norte KilOmetro 4,5 Tumbes , representada cor su Director Regiona l de la Producci6n , Ingeniero OCTAVIO DAVID ENRIQUE FEIJOO GUZMAN , identificado con DNI N' 00214012, designado mediante Resofucion Ejecutiva Regiona l N" 000715-2011-GOB,REG ,TUMBES-P, a quien en adelante se Ie denominani "DIREPRO TUMBES"; Y de otra parte , el Sr. , cenunceoc con DNI N° ' con domicil io procesal en (dentro de la jurisdicei6n de Tumbes), titutar del perrrusc de pesca de la embarcacicn pesquera denominada ===' con matrfcuta N° permiso otorgado mediante Resoluci6n N' , dedicada ala actividad extracliva (1) artesanal con et uso de red de cerco, (2) de menor escara con redes de cercc (3) arrastre de fonda 'I media agua, en el ambito marmmo adyacente al departamento de Tumbes , en adelante se Ie dencmmara "EL ARMADOR ", en los termocs 'I condiciones siquientes : CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES La suscripci6n del presente Convenio se realiza de conformidad con 10 dispuesto en la Sexta Disposici6n Transitoria 'I Final del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Actividades Extractivas Artesana les y de Menor Escala del ambito maritimo adyecente at departamento de Tumbes , aprcoacc por Decreto Supremo N° 020-2011-PRODUCE , que establece que los armadores de las embarcaciones pesqueras artesana les con redes de cerco y de menor escala con redes de cerco y arrastre de tendo 'I media asue. que cumplan con 10 dispuestoen e!Reglamento,deberan suscribir un convenio de fiel 'I cabal cumplimiento con la "DIREPRO TUMBES", er cual tenore una vigencia de un eec . renovame. para que puedan ocerar en er ambito manteno adyacente a! departamento de Tumbes. CLAUSULA SEGUNOA: OBJETO El presente Convenio tiene por objeto garantizar el fiel 'I cabal cumplimiento de las dispcsiciones contenroas en el Reglamento de Ordenamien to Pesquero de las Actividades ExtractivasArtesanales 'I de Menor Escala del ambito mar itimo adyacente a! departamento de Turobes. por parte de "EL ARMADOR", CLAUSULA TERCERA: ALCANCE Pcdran suscr ibir er presente Convenio los armadores titulares de permisos de pesca 0 poseedores debidamente acred itados de ernoarcacones pesqueras artesanaies de cercc 'I de menor escara con redes de cerco 'I arrastre de fonda 'I media agua, que se encuentren inscritos en el ustaoc de la "DIREPRO TUMBES", Asimismo , er presente conveoic pocra ser suspendido a solicitud de El ARMADOR, previa comunicaci6n anticipada a la referida Autoridad Regional. A su reingreso debera just ificar documentadamente las actividades realizadas en la zona geografica donde permaneci6 . por todo el periodo de suspensi6n . CLAUSULA CUARTA : OBLIGAC IONES "EL ARMADOR " se compromete a cumplir las siguientes obligaciones: 4.1 Realizar actividades extractivas con permiso de pesca vigente fuera de las cinco millas marinas de la linea de costa. 4.2 Operar con fa correspondien te plataformalbal iza del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) instalada yoperativa 5 4,3 Cuando la errcercecon se desplace dentro de las cinco (05) millas marinas cebera mantener veiccoad de navegaci6n mayor a 4 nudes 'I rumbc constante dentro del Intervale min imo de 2 horas. 4,4 Asumir er costa del service de transrmsion satelitaL 4,5 Emptear red de pesca autorizada con tamaFios minimos de malla establecidos en la Resoluci6n Ministerial N° 209-2001-PE , sus modificatorias y ampliatorias . Las embarcaciones cerqueraedeberan contar obligatoriamente con red de cerco con tamanc de malla no menor de 38 mm (1 1/2 putgadas), 46 Desembarcar los recursos extraidos en los cesercercecerce pesqueros artesanales de Puerto Pizarro, Acapulco 'I Cancas Y en los pontes de desembarque de! Barrio 19 de Caleta La Cruz y Zorritos 4,7Presentar a la"DIREPRO TUMBES"unaoecraracron jurada de los vommenes 'I especies capturadas , luego de haber arribado a puerto, 4,8 scncnar semestra lmente a la "DIREPRO TUMBES" una inspecei6n de ertes. aparejos de pesca y operatwsrad . 4,9 Todo 10 cemas drspuestc en er Reqlamento de On:tenamiento Pesquero de las Acuvoaoes Extractivas Artesanales y de Menor Escala del ambito maritimo adyacente at departamento de Tumbes. aprobado por Decreto Supremo N° 020-2011-PRODUCE CLAUSULA QUINTA: COMPROMISO GENERAL "EI ARMADOR" asume el compromiso que las faenas de pesca que etectue en el ambito maritimo adyacente al departamento de Tumbes las reanzara conforme al Principio de Pesca Responsable que rige el oerecnc Pesquero. En tal sentido, se ccnce a no utitizar cualqu ier arte de pesca 0 crccecnrnentc no autorizado que atente contra er ecosrstema y er aprovechamiento raclonat de los recursos hidrobiol6gicos objeto del oresente convenfo c LAUSULA SEXTA: PENALlO AOES "El ARMADOR" acepta las siguientes penalidades, en los supuestos que se sel'iala a continuaci6n : 6,1 Suspensi6n de los efectos juridicos del presente Convene. quedando inhabilitado para realizer acuvcaoes extracnvas en el ambito maritimo adyacente at departamento de Tumbes, por el incumpiimiento de las obligaciones contempladas en los numerales 4.4), 4.5), 4.7) Y 4.8) de la craoeoie cuarta del presents Convemo, hasta que cumpla con ta obligaci6n . 6,2 Suspens i6n de cinco (05) dias de los efectos juridicos det presente Conven io, quedando inhabilitado para realizar actividades extractivas en el ambito maritimo adyacente al departamen to de Tumbes , por e! incumpl imiento de las obligaciones contempladas en los numerales 4.2). 4.3) Y 4,6) de la clausula cuarta del presents convemo 6.3 Suspensi6n de quince (15) etas de los etectos juridicos del presente convene. quedando innecmtecc para reauzar actividades extractives en et ambito maritimo adyacen te al departamento de Tombes . por er incumplimiento de fa obliga ci6n contemplada en el numeral 4.1) de la clausula cuarta del presente Convenio. La suspensi6n se hara efectiva y se cumplira en el departamento de Tumbes, Las penalidades por el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Convenio , se aplicaran sin perjuicio de haber incurrido en las infracciones tipificadas en el Reglamento de ta Ley Genera l de Pesca pasibles de la aplicaci6n de las sanciones administrativas establecidas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas RISPAC, aprobado por Decreto Supremo NO 019-2011 PRODUCE , las normas modificatorias 0 complementarias o las que las sustituyan. cLAUSULA SETIMA : VIGENCIA El ptazc de vigencia del presente ccoveoc es par un (01) ano renovable par similar periodo, Laspartesdedaran su plena confomlidad con cada una de las ctaus ulas comprendidas en el creseote ccoveoc. ermismo Que se suscribe en origi nal '1 dos copies.el de de 2012, en la ciudad de 'rurrees. PORLA DIREPRO TUMBES POR ELARMAOOR 765491-1 6 Otorgan licencia a Pacific Deep Frozen S.A. para la operaclen de planta de harina residual de recursos htdrobiologfcos RESOLUCI6N OIREC TORAL NO 018-2012-PRODUCEIDGEPP Una, 13 de enero del 2012 VlSTQ: El escnto con Registro N"'OOO93428-2011 de fecha 08 de noviembre de 20 11.'1 adjunto " de fecha 02 de d~re de 2011 cresenteocs por la empresa PACIFIC DEEP FROZEN SA CQNSIDERANOQ : Que . los Art icu los 430 inciso dl . '1 46" de l Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesce , establece n que REAL TIME EIRL

Resolución Nº 123-2012-PRODUCE ─ Convenio de cumplimiento del Reglamento de ordenamiento pesquero de las actividades extractivas artesanales en el departamento de Tumbes · Nelum