Resolución Nº 111-2014-MEM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 004-2013-EM, Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPE)
颁布于 2014-02-24 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Energy
- 关键词
- institution, energy conservation/energy production, nuclear energy, legal proceedings/administrative proceedings, access-to-information, governance
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Artículo 2°.- Período de aplicación del Monto Regístrese, comuníquese y publíquese. Especí¿co El Monto Especí¿co determinado en el artículo JORGE MERINO TAFUR anterior, será aplicado en el período comprendido entre el Ministro de Energía y Minas 1 de mayo de 2014 hasta el 30 de abril de 2015. 1054262-1
Artículo 3°.- Vigencia La presente Resolución entrará en vigencia a partir Determinan Monto Específico para del día siguiente de su publicación en el Diario O¿cial “El el funcionamiento del Mecanismo de Peruano”. Compensación para Sistemas Aislados Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en la página web del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL de Energía y Minas (http://www.minem.gob.pe), de Nº 095-2014-MEM/DM conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Lima, 24 de febrero de 2014 Regístrese, comuníquese y publíquese. CONSIDERANDO: JORGE MERINO TAFUR Que, en el artículo 30° de la Ley N° 28832, Ley para Ministro de Energía y Minas Asegurar el Desarrollo E¿ciente de la Generación Eléctrica, se creó el Mecanismo de Compensación para Sistemas 1054261-1 Aislados, destinado a favorecer el acceso y utilización de la energía eléctrica a los Usuarios Regulados atendidos por dichos sistemas, mediante la compensación de Modifican el Texto Único de una parte del diferencial entre los Precios en Barra de Procedimientos Administrativos del Sistemas Aislados y los Precios en Barra del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN); Instituto Peruano de Energía Nuclear Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 30.2 - IPEN del artículo 30° de la Ley N° 28832, los recursos necesarios para el funcionamiento del Mecanismo de Compensación RESOLUCIÓN MINISTERIAL para Sistemas Aislados se obtendrán de hasta el cincuenta Nº 111-2014-MEM/DM por ciento (50%) del aporte de los Usuarios de electricidad a que se re¿ere el inciso h) del artículo 7° de la Ley N° Lima, 24 de febrero de 2014 28749, Ley General de Electri¿cación Rural, y el Monto Especí¿co será determinado cada año por el Ministerio de VISTO, el O¿cio Nº 209-13-IPEN/PRES de 29 de Energía y Minas; octubre de 2013 de la Presidencia del Instituto Peruano Que, de conformidad con el numeral 4.2 del artículo 4° de Energía Nuclear (IPEN), y el Informe Nº 001-2014- del Reglamento del Mecanismo de Compensación para MEM-OGP/DIR de 29 de enero de 2014 de la O¿cina Sistemas Aislados, aprobado por el Decreto Supremo N° de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de 069-2006-EM, el Monto Especí¿co anual será determinado la O¿cina General de Planeamiento y Presupuesto del por el Ministerio de Energía y Minas mediante Resolución Ministerio de Energía y Minas. Normas Legales del 27.02.2014 30 CONSIDERANDO: Regístrese, comuníquese y publíquese. Que, según el artículo 3 del Decreto Supremo Nº JORGE MERINO TAFUR 062-2005-EM que aprueba la Estructura Orgánica y el Ministro de Energía y Minas Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, y el artículo 30 de la Ley 1054260-1 Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el IPEN es un Organismo Público Ejecutor del Sector Energía y Minas, y conforme al artículo 4 del referido Reglamento Aprueban actualización del Cuadro está encargado de promover, asesorar, coordinar, para Asignación de Personal - CAP del controlar, representar y organizar las acciones para el desarrollo de la energía nuclear y sus aplicaciones en Ministerio de Energía y Minas el país; RESOLUCIÓN MINISTERIAL Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444 - Ley del Nº 113-2014-MEM/DM Procedimiento Administrativo General, establece que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan Lima, 24 de febrero de 2014 la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), siendo que VISTO, el Informe Nº 006-2014-MEM-OGP/DIR de la según el artículo 38 de dicha Ley, el TUPA se aprueba O¿cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional mediante Decreto Supremo, y conforme al numeral de la O¿cina General de Planeamiento y Presupuesto. 38.5 de su artículo 38, una vez aprobado el TUPA, toda modi¿cación que no implique la creación de nuevos CONSIDERANDO: procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, se del Sector, Norma Regional de rango equivalente o aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Ministerio de Energía y Minas; Organismo Autónomo conforme a la Constitución, Que, con Resolución Suprema Nº 061-2010-EM según el nivel de gobierno respectivo; de 24 de setiembre de 2010 se aprobó el Cuadro para Que, el TUPA del IPEN fue aprobado por Decreto Asignación de Personal del Ministerio de Energía y Supremo Nº 004-2013-EM, y según lo referido en el Minas, conforme a los Lineamientos para la Elaboración Informe Nº 001-2014-MEM-OGP/DIR, la modi¿catoria y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal propuesta cumple con los requisitos de simplicidad – CAP de las Entidades de la Administración Pública, y Àexibilidad dentro del uso racional de los recursos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, públicos para la mejora en la calidad de atención al teniendo como base el Reglamento de Organización y administrado, en lo relacionado al procedimiento de Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Acceso a la Información que posea o produzca alguna Que, mediante Decretos Supremos Nº 030-2012-EM y de las Direcciones o dependencias del IPEN, en virtud 025-2013-EM, se modi¿có el Reglamento de Organización a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, por la que modi¿có el Reglamento de la Ley de Transparencia y creación de la Dirección de Gestión del Gas Natural y de Acceso a la Información Pública; la Dirección General de Formalización Minera; Que, en dicho sentido, resulta necesario modi¿car el Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 159 Procedimiento Nº 01 del TUPA del IPEN, denominado y 305-2013-MEM/DM, se aprobaron los procesos de “Acceso a la Información que posea o produzca alguna reordenamiento de cargos de la Dirección de Gestión del de las Direcciones o dependencias del IPEN”, con el Gas Natural y de la Dirección General de Formalización ¿n de hacerlo compatible con la precitada modi¿cación Minera, dotando de esta manera su respectivo Cuadro introducida al Reglamento de la Ley de Transparencia y para Asignación de Personal; Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Que las referidas acciones se realizaron conforme lo Supremo Nº 072-2003-PCM y sus normas modi¿catorias, establecido en el artículo 13º de los Lineamientos para la y; Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Con el visto bueno de la O¿cina General de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, Planeamiento y Presupuesto y de la O¿cina General de aprobados mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; Asesoría Jurídica; Que, conforme al documento de Visto y lo establecido De conformidad con el artículo 38 de la Ley Nº en el último párrafo del artículo 16 de los referidos 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Lineamientos, se debe actualizar el Cuadro para el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que aprueba Asignación de Personal de la entidad, y publicarlo durante los Lineamientos para la elaboración y aprobación del el primer bimestre del presente año; TUPA, y el literal h) del artículo 9 del Reglamento de De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi¿catorias, y el Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007- Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los EM; Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de SE RESUELVE: la Administración Pública;
Artículo 1.- Modi¿cación del Texto Único de SE RESUELVE: Procedimientos Administrativos del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN Artículo 1º.- Aprobación de la Actualización del Modifíquese el Procedimiento Nº 01 “Acceso a CAP – MEM la Información que posea o produzca alguna de las Aprobar la Actualización del Cuadro Para Asignación Direcciones o dependencias del IPEN” del Texto Único de Personal - CAP del Ministerio de Energía y Minas, de Procedimientos Administrativos del Instituto Peruano conforme se detalla en los Formatos Nos. 1 y 2 y que de Energía Nuclear, aprobado por Decreto Supremo forman parte de la presente Resolución. Nº 004-2013-EM, conforme se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Artículo 2º.- Publicación de la Resolución Ministerial. Ministerial La presente Resolución será publicada en el Diario
Artículo 2.- Publicación O¿cial El Peruano y en el Portal Web del Ministerio de La Presidencia del Instituto Peruano de Energía Energía y Minas. Nuclear – IPEN, dispondrá las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - Regístrese, comuníquese y publíquese. PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del IPEN (www.ipen.gob.pe), en la fecha de JORGE MERINO TAFUR noti¿cación de la misma. Ministro de Energía y Minas