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秘鲁的法律

Resolución Nº 090/11/PRODUCE - Modelo de Convenio de conservación, inversión y producción acuícola, que deberán suscribir las personas naturales o jurídicas

颁布于 2011-03-14 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
aquaculture, contracts, legal proceedings/administrative proceedings, concession, investment

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Aprueban modelo de Convenio de Conservaci6n, Inversion y Producci6n Acuicola que deberan suscribir las personas naturales 0 juridicas que soliciten concesi6n para realizar actividades de acuicultura en terrenos 0 aguas publicae, con la Direccion General de Acuicultura RESOLUCION MINISTERIAL N° 090-2011-PRODUCE Lima, 14 de marzo de 2011 VISTQS: Los Informes N°s. 021-2010-PRODUCEIDGA-Dma-evaldiviezo, 128 y 129 2010-PRODUCEIDGA-Dma-ngonzales. de fechas 22 de febrero. 6 y 21 de diciembre de 2010. respectivamente. de la Direccion de Maricultura de la Direcci6n General de Acuicultura, y los Informes Nvs. 067 y 071-201 Q-PRODUCE/OGAJ-malayza, de feehas 20 y 27 de dfclembre de 2010. respectivamente. de la Oficina General de Asesorfa Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, ta Ley N° 27460 - Ley de Promoclon y Desarrollo de ta Acutcuttura ttene entre sus objetivos regular y promover la actividad acufcola en aguas marinas, aguas continentales 0 utilizando aquas salobres, dlepontendo edemas medidas y benetlclos en provecho de la acuicultura; Que, el articulo 20 del Reglamento de la Ley de Promoci6n y Desarrollo de la Acuicultura. aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2001-PE, establece que las personas naturales 0 jurfdicas que soliciten concesion para realizar actividades de acuicultura en terrenos o aguas publicae. debe ran suscribir con la Direccion Nacional de Acuicultura 0 las Direcciones Regionales de Pesquerta (hoy Direcci6n General de Acuicultura y Direcciones Regionales de la Producci6n 0 las que hagan sus veces) correspondtentes. previa al otorgamiento de la respective concestcn, un Convento de Conservaclon. Inversion y Producci6n Acutco!a. el mismo que contempla los termtnos de referencla relaclonados con aspectos tecntcos y financieros. garantizando el cumplimiento de las metas de producci6n y asegurando la ejecuci6n de las inversiones correspondientes; cuyo modele debe ser aprobado por Resoluci6n Ministerial; Que, mediante la Resoluci6n Ministerial N° 288-2001-PE del 20 de agosto de 2001. se aprob6 el modele de Convenio de Conservaci6n, Inversion y Producci6n Acufcola que deberan suscribir las personas naturales 0 juridicas que softctten concestcn para reatlzar actividades de acuicultura en terrenos 0 aguas publtcas: Que, posterior a la r:romulgaci6n de la Ley N° 27460 - Ley de Promoci6n y Desarrollo de la Acuicultura y sus modificaciones, y de su Reglamento aprobado mediante el Decreto Pagina 13 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Supremo N° 030-20G1-PE, Y sus modificacicnes. que norman y promueven la actividad acuicola en el pais, se aprobaron importantes normas legales referidas a la descentralizaci6n. modernizaci6n de la gesti6n del Estado, organizaci6n del Poder Ejecutivo y del Ministerio de la Produccion. entre otras: par 10 que resulta necesario adecuar el Convenia de Conservaci6n. Inversion y Producclon Acutco!a, a fin de facilitar ta administraci6n de ta actividad y la transparencia de la gesti6n publica a cargo del Ministerio de la Producci6n. Gobiernos Regionales y Locales: y contribuir con el flujo de inversiones nacionales y extranjeras en la citada actividad y dar sostenibilidad al crecimiento econ6mico del pais: Que, asimismo el Decreto Supremo N° 001-2010-PRODUCE aprob6 el Plan Nacional de Desarrollo Acuicola. documento considerado como polltica del Ministerio de la Producci6n para el desarrollo sostenible de la acutcultura en el Peru, e! cua! considers entre sus objetivos estrateqtcoe, e! incremento de ta Inversion privada en acufcuttura. a traves de diversas acciones. tales como el establecimiento de medidas que fortalezcan la estabilidad juridica y los derechos de usa de areas acuaticas en la acuicultura; De conformidad con 10 establecido en la Ley ND 27460 - Ley de Promoci6n y Desarrollo de la Acuicultura y el numeral 20.4 del articulo 20 de su Reglamento. aprobado por Decreto Supremo N° 030-2001-PE: y. Estando a 10 informado por los documentos de Vistos, y con la visaci6n del Despacho vtcemtntetena! de Pesquer!a, de ta Direcci6n General de Acuicultura y de ta Oficina General de Asesoria Jurtdica: SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el modele de Convenio de Conservacion. Inversi6n y Producci6n Acuicola que deberan suscribir las personas naturales 0 jurfdicas que soliciten concesi6n para realizar acttvldades de acufcuttura en terrenos 0 aquas pubtlcas. con la Direccion General de Acuicultura, a fin de garantizar el cumplimiento de las metas de producci6n y asegurando la ejecuci6n de las inversiones correspondientes. que como Anexo adjunto es parte integrante de ta presente Resotuclon Ministerial. Articulo 2.- Autorizar al Director General de Acuicultura a suscribir los Convenios que se celebren sequn el modele aprobado por la presente Resoluci6n Ministerial en representactcn del Ministerio de la Producci6n. Articulo 3.- Los Gobiernos Regionales, a traves de las Drecciones Regionales de la Produccton 0 las que hagan sus veces. deberan aprobar su propio modelo de Convenfo de Conservaci6n. Inversi6n y Producci6n Acuicola, los cuales se ejustaran a la normatividad dictada por el Ministerio de la Producci6n. Articulo 4.- Las concesiones de mayor escala que otorgue la Direcci6n General de Acuicultura a partir de la vigencia de la presente Resoluci6n Ministerial, se sujetaran al formato de Convenio que se aprueba en el articulo 1 precedents. Articulo 5.- Los Gobiernos Regionales en tanto aprueben sus respectivos Convenios, podran emplear como modele de gesti6n e! Convenfo que se aprueba con la presente Resoluci6n Ministerial. Articulo 6.- Publicar la presente Resoluci6n Ministerial en el Diario Oficial EI Peruano, y el Anexo referido en el articulo 1, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producci6n (www.produce.gob.pe). Reqrstreee, comuniquese y publiquese. JORGE ELiSBAN VILLASANTE ARANiBAR Ministro de la Producci6n Pagina 14

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