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秘鲁的法律

Resolución Nº 077/11/EM - Normas para intercambiar información a efectos de implementar la capacidad adicional para el abastecimiento de energía eléctrica

颁布于 2011-09-16 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Energy
关键词
energy conservation/energy production, internal trade, subsidy/incentive, legal proceedings/administrative proceedings, data collection/reporting, non-governmental entity

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文本

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  1. 6 desoe el era de su coencecco. contome a! articulo 1 5~ de la empresa requerida se-en cursadas snnc itanearrerue con ra Ley Orqanica de Recursos aeoterrrncos. copraa ta Direcci6nGeneralde Elecmcdad y atOSINERGMIN, pudiendo user el correc electr6nico para tal fin. Registrese, comunlquese y publiquese . Arti cul o 3~.- rocos los Agentes estan obligados a permitir er uso de sus mstatacrones y a brindar las ROBERTO TAMAYO PEREYRA facilidades que les sea sonota oa per parte de la empresa Director General que sea requerida por el Ministerio, a electos de la debida Direcci6n General de Eled ricidad implementaci6n de ra capacidad adicional. Arti cul o 4~ .• La presente Resolucon entrara en vigencia al dia siguiente de su publicaci6n . 692317-1 Reg istrese. comuniq uese y publlquese. Dictan nonnas para que el COES y ROBERTO TAMAYO PEREYRA Director General las empresas que sean requeridas Direcci6n General de Electricidad intercambien informacion a efectos de 692891-1 implementar la capacidad adicional que se requiera para asegurar el FE DE ERRATAS abastecimiento de energia electrtca en DECRETO SUPREM O el SEIN W 048-2011-EM RESQLU CIQN DIRECTQRAL Mediante Olicio N° 666-2011-SCM-PR, la Secretana N~ 077-2011-EM-DGE del Consejo de Ministros solicita se pubfique Fe de Erratas del Decreto Supremo NO 048-2011-EM, publicado el dia 20 Lima, 16 de sepuemore de 2011 de septiembre de 2011. CONSIDERANDO: En et primer carratc del articulo 7": Que. con lecha 21 de agosto de 2008, se ha pubncado DICE: el Decreto de Urgenda W037~2008 , con el objeto de didar "Articulo 7",- Procedimiento de ececoacicn las disposidones necesanas para asegurar. en el corto Las Fuerzas Armadas y ta Policia Nacional del ptazc er abastecimiento oportcno de energia erecmca en et Peru deberan inscribir a todas sus instatacones de Sistema Electricc Interconectado Nacional (SEIN); almacenamiento de Combusti bles Liquidos y Ones Que. sequn el articulo 2" del relerido pee-etc de Productos Derivados de los Hidrocarburcs que se Urgend a, e! Ministerio de Energia y Minas esta facultado encuentren autorizadas a operar al momenta de ta para cecrarar las situacones de restnccon temporal de publicaci6n del preserse Decreto Supremo. {...]" generaci6n para asegurar e! abastecimiento oportuno de energia eiecmca en el SEIN, para 10 cual debe calcular la DEBE DECIR: magnitud de la capadd ad adicional necesaria y requenr a uno 0 mas empresas del Sector en las que er Estado "Articulo 7".- Procedimiento de adecuaci6n tenga participaci6n mayoritaria para que, al ampere del Las Fuerzas Armadas y ta Policia Nacional del articulo 3~ de la misma norma, efectuen las contrataaones Peru oeberan inscribir a todas sus instalaciones de y adquisiciones de obras . bienes y servicios que sean almacenamiento de Combustibles Llquioos y Otros necesarios para asegurar tal abastecimiento coortcn o de Productos Derivados de los Hidrocarburcs que se enerqra eiecmca en el SEIN; encuentren autorizadas a operar a12011. (...)" Que. para los efectos indicados en el considerando que entecede , Ia informaci6n sobre la magnitud de fa En er ultimo parrafo del articulo 7°' capacidad adiconat de generaci6n recesane . as! como la determinaci6n de las zonas donde ella debe ser mstataca DICE: v demas inlormaci6n necesaria para hacer frente a ta "Articulo 7",- Procedmuento de acecraccn restricci6n temporal, es proporcionada por el ccmne de Operacion Econ6mica del Sistema (COES) en su calidad ( ...) de coordinador de la operad6n del SEIN; Las instalaciones de las Fuerzas Armadas v de la Que. de la experience recogida desde la aplicad6n de! Poftcta Naciona! del Peru que no se encuentren autorizadas relerido Decreto de Urgencia, se coserva que es necesario a ooerar ar memento de ra publicaci6n del presente Decreto oictar rormas que explicitamente estabezcan la obligad6n Supremo oeteran sequrr e! prccennuentc que establecera del COES y de las empresas que sean requeridas. para que OS INERGMIN. de conformidad con el articulo 4° de la intercambien directamente toda la infOflTlaci6n necesaria a presente norma." erectcs de implementar oportunamente la capacidad adicional que en caoa caso se requiera para asegurar en er corto ptazc DEBE DECIR: e! aoasteomeoto de energia eectoca en e! SEIN: "Articulo 7",- procednmento de acecoacon De conformidad con Ia atribuci6n a que se refiereArtiaJ lo ( ..) 63~ y los incisos p) y u) del Articu lo 64~ del Reglamento Las instalaciones de las Fuerzas Armadas v de la de Orpanizacon y suooones del Ministeria de Energia y Policia Nacional del Peru que no se encuentren autorizadas Minas. aprobado por Dec-etc Supremo N° 031-2007-EM; a operer at 2011 ceteran seguir er procedimiento que establecera OSINERGMIN. de conlorm idad con el articulo SE RESUELVE: 4° de la presente norma: Arti cul o 1 ~,· A partir de la publicaci6n de la respectiva Resoluci6n Ministerial a que se reliere el articulo 2~ del 694006-1 Decreto de Urgencia N~ 037-2008, el Comite de Operaci6n Econ6mica del Sistema (COES) coordinara directamente con la empresa que en cada oportunidad haya side requerida, toda la inlormaci6n que sea necesaria para MUJER Y DESARROLLO SOCIAL efeetos de implementar el requerimiento efectuado. Tal informaci6n. sin que sea limitativa. esla retacionada Designan J efa Zonal Piura de la Unidad a la distribuei6n zonal de la capacidad adicional, las Gerencial de Articulacion Tenitorial y variaciones en fa magnitud de dicha capacidad adicional. los perfodos durante los euales es necesaria la capacidad Seguridad Alimentaria y Nutricional adicional, as! como cualquier otra inlormaci6n que sea del PRQNAA necesaria para implementar oportunamenle el requerimiento electuado y asegurar el abastecimiento oportuno de energia RESOLU CI6N MINISTERIAL electrica en el SEIN. N" 340-2011-MIMDES A rticulo 20,_ Las comunicacionesque, para eledos de 10 dispuesto en el artiaJlo anterior, se remitan entre el COES y Lima, 14 de setiembre de 2011

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